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INDICE.
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INDICE:
Página:
I. Portada……………………………………………………………………1 II. Índice………………………………………………………………..…….2
III. Autorización……………………………………………………..….…...4 IV. Introducción……………………………………………………...….......6 V. Objetivo……………………………………………………………..…….8
VI. Misión y Visión………………………………………………………….10 VII. Antecedentes…………………………………………………….……...12
VIII. Marco Legal………………………………………………………….…..14 IX. Organigrama General de Tesorería……………………………..…..16 X. Estructura Orgánica……………………………………………….…...18
XI. Descripción de Puestos, Atribuciones y perfil del puesto….…..20 XII. Directorio…………………………………………………………………74
XIII. Hoja de participación ………………………………………………….76 XIV. Hoja de Control de Emisión y Revisión..…………………………..79
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AUTORIZACIÓN.
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III. AUTORIZACIÓN.
Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 115, Fracción II de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 112 y 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos;
4, 38 fracción IIIy LX, 41 Fracciones I, VI, y XXXIV, 60,61, 62, 63, 64, 79, 80, 81, 82 y 83 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Morelos; 1, 2, 3, 4, 19, 20, 81, 82, 83, 84,85,86,87,88,89,90,91 y 92 del
Reglamento de Gobierno y de la Administración del Municipio de Temixco; Morelos1, 2, 3, 5 Fracción
XVIII, y 27 del Bando de Policía y Buen Gobierno para el Municipio de Temixco, Morelos, y demás
normatividad Federal, Estatal y Municipal aplicable, se expide el presente Manual de Organización de la
Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Temixco, Morelos, el cual contiene información referente a su
estructura y funcionamiento y tiene como objetivo general servir de instrumento de consulta e inducción
para el personal adscrito a esta Dependencia.
FECHA DE AUTORIZACION. VERSION.
AGOSTO DE 2013. 02
La autorización, validación, revisión y visto bueno del presente Manual de Organización, tiene su fundamento en los
Artículos 63, párrafo segundo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Morelos; 20 y 163 fracción XVI del
Reglamento de Gobierno y de la Administración Pública del Municipio de Temixco, Morelos.
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INTRODUCCIÓN.
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IV. INTRODUCCIÓN.
La dinámica actual de la función Pública, necesita la conformación de estructuras orgánicas acordes a las
necesidades de una sociedad más exigente. En este contexto, el poder legislativo, crea normas,
mecanismos, programas y sistemas que respondan a estas demandas y necesidades, y al mismo tiempo,
se logre al cumplimiento de las metas de las dependencias y unidades que la conforman.
El presente manual, está diseñado, con el propósito de brindar una herramienta administrativa que sirva
para instrumento de inducción, orientación e incluso que ayude a la toma de decisiones para así poder
contar con una administración pública eficiente y eficaz que redunde en la prestación de los servicios
públicos y en una mejor atención a la población, que se vean reflejadas en acciones concretas, que
atiendan la problemática social, económica, política y cultural que aqueja al Municipio de Temixco.
Por lo antes mencionado, se pone a disposición de los Servidores Públicos del Poder Legislativo el
presente “Manual de Organización de la Tesorería Municipal”, en el que se describen atribuciones,
estructura orgánica y organigrama, el cual está diseñado para dar a conocer al personal adscrito a la
misma, la forma de operar en las diversas funciones administrativas; teniendo presente que su objetivo
es apoyar técnica y administrativamente, resulta de suma importancia tener definidas sus funciones con la
finalidad de establecer un control y funcionamiento más eficiente y transparente de las actividades que se
realizan en esta dependencia para lograr maximizar los recursos públicos asignados.
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OBJETIVO.
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V. OBJETIVO:
Contar con un documento idóneo, que sirviera como un instrumento eficaz para el buen desarrollo de la
Dependencia y así garantizar un óptimo servicio a los Ciudadanos de este Municipio.
Señalar y establecer la integración, organización y funcionamiento de la Tesorería Municipal y de las
Direcciones que están integradas a la misma, así como servir de instrumento de consulta permanente e
inducción para el personal adscrito. En segundo término, para efectos de información pública para la
ciudadanía.
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MISIÓN Y VISIÓN.
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VI. MISIÓN Y VISIÓN:
MISIÓN. Ser una administración financiera, tributaria y presupuestal de la Hacienda Pública Municipal, a
través de la estricta elaboración, supervisión y aplicación de manera rigurosa los lineamientos de
racionalidad, austeridad, disciplina y control presupuestal, en el manejo y transparencia de los recursos
públicos municipales, siempre buscando aplicar más recursos a la inversión y servicios públicos en
beneficio de los habitantes, pretendiendo así mejorar su calidad de vida.
VISIÓN.
Posicionarse como una Dependencia siempre a la vanguardia en el desarrollo integral de la
sistematización de los procesos presupuestales, egresos, contables, de recaudación en línea y de
servicios catastrarles con la finalidad de ofrecer y proporcionar una eficiente, honesta, transparente, e
inmediata atención a todos los requerimientos solicitados en apego al marco jurídico vigente, presupuestal
y a la disponibilidad de los recursos, velando siempre por los intereses del Ayuntamiento y de la Población.
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ANTECEDENTES.
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VII. ANTECEDENTES.
La Tesorería Municipal está considerada como la Dependencia con mayor jerarquía dentro de las demás
unidades administrativas, ya que es la encargada de la administración financiera y tributaria de la
Hacienda Pública del Municipio, es por tal razón, de su relevante importancia.
Igualmente la Tesorería Municipal ha sido creada para ejecutar, organizar y vigilar las actividades de
programación, presupuestación, control, seguimiento y evaluación del gasto público, así como para
autorizar las órdenes de pago, en términos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del
Estado de Morelos y demás disposiciones legales de aplicación Federal, Estatal y Municipal.
Así mismo esta Dependencia tiene la obligación de elaborar una política hacendaría y de racionalidad en
el manejo de los recursos públicos para que estos sean aplicados en todas las áreas de la Administración
Pública Municipal y coadyuvar al logro de los objetivos establecidos para cada una de las dependencias,
incluyendo la oportuna y transparente aplicación de los recursos financieros de naturaleza federal en
programas específicos.
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MARCO LEGAL
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VIII. MARCO LEGAL.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos;
Ley Orgánica Municipal de la Administración Pública del Estado de Morelos;
Ley de Coordinación Fiscal;
Ley de Catastro Municipal, para el Estado de Morelos;
Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con lamisma y su Reglamento;
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios delSector Público;
Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado de Morelos;
Ley de Fiscalización Superior de la Federación;
Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2013 del Estado de Morelos;
Código Fiscal para el Estado de Morelos;
Reglamento de Gobierno y de la Administración Pública del Municipiode Temixco, Morelos;
Bando de Policía y Buen Gobierno para el Municipio de Temixco, Morelos;
Reglas de Operación del Ramo 20, 23, Ramo 33 y Lineamientosemitidos por la Auditoria
superior Gubernamental;
Presupuesto de Egresos del Municipio de Temixco y
Demás ordenamientos legales aplicables
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ORGANIGRAMA GENERAL DE
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TESORERIA
DIRECCION DE INGRESOS
DEPARTAMENTO DE INSPECCION Y
EJECUCION FISCAL
DEPARTAMENTO DE IMPUESTO
PREDIAL
DIRECCION DE CATASTRO MUNICIPAL
DIRECCION DE EGRESOS Y CONTROL
PRESUPUESTAL
DEPARTAMENTO DE NOMINA Y
CONTROL PRESUPUESTAL
DEPARTAMENTO DE
PROGRAMACION Y PRESUPUESTO
DIRECCION DE CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO DE REGISTRO
CONTABLE
DIRECCION DE PROGRAMAS
FEDERALIZADOS
DEPARTAMENTO CONCENTRADOR
DE INFORMACION
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ESTRUCTURA ORGANICA
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X. ESTRUCTURA ORGÁNICA.
UNIDAD PUESTO NUMERO
DE
ADMINISTRATIVA PERSONAS
.
180401 TESORERO MUNICIPAL 1
180401 OFICINA DE TESORERIA 4
180401 DIRECTOR DE INGRESOS. 1
180401 OFICINA DE LA DIRECCION DE INGRESOS 13
180401 JEFE DE DEPARTAMENTO 2
180401 DIRECTOR DE CATASTRO MUNICIPAL 1
180401 OFICINA DE LA DIRECCION DE CATASTRO 17
180401
DIRECTOR DE EGRESOS Y CONTROL 1
PRESUPUESTAL.
180401 OFICINA DE EGRESOS Y CONTROL PRESUPUESTAL 5
180401 JEFE DE DEPARTAMENTO 2
180401 DIRECTOR DE CONTABILIDAD 1
180401 OFICINA DE CONTABILIDAD 7
180401 JEFE DE DEPARTAMENTO 1
180401 DIRECTOR DE PROGRAMAS 1
FEDERALIZADOS.
180401 OFICINA DE LA DIRECCION DE PROGRAMAS FEDERALIZADOS. 6
180401 JEFE DE DEPARTAMENTO. 1
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DESCRIPCION, ATRIBUCIONES Y
PERFIL DEL PUESTO.
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OFICINA DE TESORERIA.
XI. DESCRIPCION DE PUESTOS, ATRIBUCIONES Y PERFIL DE PUESTO.
A) OFICINA DE TESORERIA:
DESCRIPCION DEL PUESTO
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
PERSONAL A SU CARGO:
TESORERO MUNICIPAL.
PRESIDENTE MUNICIPAL.
Puesto: Núm. de Plazas:
Directores Subordinados 5
Jefes de Departamento 6
Auxiliar Administrativo A 1
Auxiliar Administrativo C 3
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FUNCIONES PRINCIPALES.
Con fundamento en el Artículo 84 del Reglamento de Gobierno y de la Administración Pública del
Municipio de Temixco, Morelos,1, además de las previstas por la ley, el Tesorero Municipal tendrá las
siguientes facultades no delegables:
I. Aplicar los recursos financieros municipales para cubrir los gastos del Ayuntamiento, de acuerdo con el
Presupuesto de Egresos aprobado por el Ayuntamiento;
II. Proponer y dirigir la política financiera y tributaria del Municipio;
III. Diseñar y establecer las bases, políticas y lineamientos para el proceso interno de programación-
presupuestación;
IV. Integrar, revisar y validar los anteproyectos de presupuesto por programas de las dependencias (sic)
Municipales;
V. Consolidar los proyectos de presupuestos de ingresos y egresos de las diferentes dependencias del
Gobierno Municipal y someterlos al Cabildo para su aprobación;
VI. Llevar los registros presupuestales y contables requeridos, consolidando el informe mensual que debe
de ser enviado al Órgano Superior de Fiscalización;
VII. Dar seguimiento al avance del ejercicio presupuestal y al cumplimiento de metas;
VIII. Diseñar conjuntamente con la Oficialía Mayor, y la Contraloría Municipal las políticas y lineamientos
de racionalidad, disciplina y transparencia en el ejercicio de los recursos financieros, estableciendo los
mecanismos que garanticen el adecuado y estricto control del presupuesto de egresos Municipal;
IX. Proponer las políticas y lineamientos para el otorgamiento de avales a las entidades Municipales;
X. Proponer las políticas, criterios y lineamientos en materia de información e investigación catastral en el
Municipio;
XI. Representar al Gobierno Municipal en los foros del Sistema de Coordinación Fiscal;
XII. Concertar para aprobación del Cabildo, los convenios fiscales y financieros que celebre el Municipio;
XIII. Expedir copias certificadas de documentos que obren en los archivos de la Tesorería;
XIV. Expedir certificaciones de no adeudo;
XV. Obligar cambiariamente al Ayuntamiento en forma mancomunada con el Presidente y el Secretario del
Ayuntamiento;
11
Periódico Oficial “Tierra y Libertad” Cuernavaca Mor., a 13 de Marzo del 2013. Periódico Núm. 5075, Pág. 42.
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XVI. Previo acuerdo del Presidente Municipal, subsidiar recargos y otorgar prórrogas para el pago en
parcialidades de contribuciones en términos de la legislación y condonar multas fiscales, en los términos
que acuerde el Ayuntamiento;
XVII. Ordenar y practicar revisiones y auditorías a los contribuyentes;
XVIII. Determinar en cantidad líquida las contribuciones y aprovechamientos que se hubieren omitido por
los contribuyentes;
XIX. Imponer en el ámbito de su competencia, sanciones a los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados que hubieren infringido las disposiciones fiscales; así como vigilar que las sanciones impuestas por sus dependencias subalternas sean apegadas en estricto derecho;
XX. Recaudar directamente o por conducto de las oficinas o instituciones de crédito autorizadas, el importe de las contribuciones, aprovechamientos y productos a cargo de los contribuyentes;
XXI. Ejercer la facultad económico-coactiva mediante el procedimiento administrativo de ejecución, con estricta observancia de lo que determinen los ordenamientos aplicables en la materia;
XXII. Autorizar el pago diferido o en parcialidades de los créditos fiscales, mediante garantía de su importe y accesorios legales, así como la dación de bienes o servicios en pago de los créditos fiscales a favor del Ayuntamiento;
XXIII. Aceptar las garantías que se otorguen para suspender el procedimiento administrativo de ejecución, previa calificación que se efectúe para determinar el monto de las mismas y, en el caso de autorización para pagar en parcialidades un crédito fiscal, aprobar la sustitución de las citadas garantías y cancelarlas cuando proceda;
XXIV. Actualizar y cancelar los créditos fiscales en los casos previstos por la Ley de Hacienda Municipal y
el Código Fiscal vigente en el Estado;
XXV. Resolver las solicitudes de devolución de contribuciones, productos y aprovechamientos, cuando se pruebe que se enteraron por error aritmético o por pago indebido;
XXVI. Realizar una labor permanente de difusión y orientación fiscal, así como proporcionar asesoría a los particulares cuando se la soliciten, en la interpretación y aplicación de las leyes tributarias en el ámbito de competencia Municipal;
XXVII. Declarar la extinción de los créditos fiscales y de las facultades de las autoridades f iscales municipales para determinarlos y liquidarlos, en los casos y con las condiciones que determina la Ley de Hacienda Municipal del Estado, el Código Fiscal vigente en el Estado y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia;
XXVIII. Determinar en cantidad líquida las responsabilidades de los servidores públicos del Ayuntamiento o a particulares, que hayan causado daño o perjuicio a la Hacienda Pública Municipal y, en su caso, notificar al Síndico Municipal de los hechos o actos constitutivos de delito, a fin de que se presenten las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público;
XXIX. Vigilar que se recauden, concentren y custodien los créditos fiscales a cargo de los contribuyentes;
XXX. Cuidar de los recursos que por cualquier concepto deba percibir el Ayuntamiento, ya sea por cuenta
propia o ajena;
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XXXI. Llevar a cabo un análisis y una evaluación financiera de lo recaudado con respecto a lo presupuestado, explicando las causas de las variaciones;
XXXII. Establecer los procedimientos o mecanismos necesarios para el manejo y control de los gastos del
Ayuntamiento;
XXXIII. Elaborar el proyecto de presupuesto de egresos, considerando la estimación de los ingresos del próximo ejercicio fiscal de que se trate;
XXXIV. Determinar las provisiones de gastos destinados a cada ramo administrativo, para el adecuado
sostenimiento y desarrollo de los Servicios Públicos Municipales;
XXXV. Elaborar anualmente, en coordinación con la Oficialía Mayor, la clasificación del gasto por
dependencia;
XXXVI. Revisar los anteproyectos del presupuesto de egresos que cada una de las dependencias
Municipales le presenten, aumentando o disminuyendo sus dotaciones;
XXXVII. Realizar estudios presupuestales con el propósito de verificar el desenvolvimiento de los Servicios
Públicos Municipales y de determinar si su costo corresponde a la función que desarrollan;
XXXVIII. Planear y controlar el flujo de efectivo, a fin de asegurar la congruencia entre los ingresos y los egresos que tenga el Ayuntamiento;
XXXIX. Contabilizar los programas económico-financieros de cualquier dependencia permanente o
transitoria en los que el Ayuntamiento deba intervenir, conforme a las disposiciones legales y
reglamentarias aplicables en la materia;
XL. Sustentar la correcta determinación de las bases de imposición para el cobro del Impuesto Predial y del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, así como de las demás contribuciones;
XLI. Llevar a cabo inspecciones y valuaciones de los predios urbanos que conforman el Catastro
Municipal, para mantener actualizados los archivos cartográficos, el padrón de contribuyentes, así como
de aquellos predios que la ley señala como exentos de pago;
XLII. Planear y ejecutar estudios sobre infraestructura urbana, haciendo un análisis de los valores
comerciales de los inmuebles ubicados en el Municipio de Temixco, en coordinación con la Secretaria de
Obras Públicas;
XLIII. Informar a la Dirección General Jurídica del Ayuntamiento los emplazamientos de carácter legal en que se vea involucrada la Tesorería Municipal en el ejercicio de sus funciones;
XLIV. Realizar inspecciones para verificar la total transparencia en la captación de los ingresos; así como
en el ejercicio y aplicación del Gasto Público Municipal;
XLV. Supervisar que se efectúe un registro documental diario de los impuestos, derechos, productos,
aprovechamientos y demás ingresos públicos Municipales que se hayan recaudado;
XLVI. Vigilar que los recursos recaudados se depositen diariamente en las instituciones bancarias
correspondientes;
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XLVII. Comprobar que se elabore un registro diario de la documentación que avale el gasto municipal,
para cuidar que se ajuste al presupuesto de egresos autorizado;
XLVIII. Registrar las altas y bajas de los bienes muebles e inmuebles propiedad del Municipio, en
coordinación la Dirección de Patrimonio;
XLIX. Ejercer las atribuciones derivadas de convenios fiscales que celebre el Ayuntamiento con los
Gobiernos Federal o Estatal; y
L. Las demás que le determine el Ayuntamiento, el Presidente Municipal, la Ley de Hacienda Municipal y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables en la materia.
ARTÍCULO 85.- El Tesorero Municipal debe caucionar manejo de fondos, en favor del Ayuntamiento,
conforme lo disponen las leyes y ordenamientos correspondientes.
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PUESTO:
RELACIONES INTERNAS:
Presidente Municipal;
Integrantes del Ayuntamiento;
Director de Ingresos;
Director de Catastro Municipal;
Director de Egresos y Control Presupuestal;
Director de Programas Federalizados y
Las demás Dependencias del Municipio;
RELACIONES EXTERNAS:
Contribuyentes;
Organizaciones Civiles;
Instituciones Bancarias;
Tesorería de la Federación;
Asociaciones y Cámaras;
Notarias;
Auditorias Superiores del Gobierno, Municipales, Estatales y Federales y
Sistema Nacional de Seguridad Pública.
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PERFIL DEL PUESTO
PUESTO:
ESCOLARIDAD:
Contador Público, Licenciado en Economía, Licenciado en Administración
o carrera a fin, con Titulo y Cédula Profesional.
EXPERIENCIA LABORAL:
CONOCIMIENTOS:
Leyes fiscales, Federales y Estatales;
Ordenamientos Jurídicos del Área Fiscal;
Asignación Financiera;
Elaboración de Anteproyectos;
Visión en el manejo de áreas recaudatorias;
Uso y proyección de sistemas informáticos y
Procesos Jurídicos, contables, financieros y administrativos.
HABILIDADES PERSONALES:
Capacidad para el manejo de sistemas
bancarios electrónicos;
Toma de decisiones y capacidad de análisis;
Capacidad para manejar relaciones públicas;
El manejo de grupos y de personal, e
Iniciativa y liderazgo;
TESORERO MUNICIPAL.
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del cargo.
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DIRECCIÓN DE INGRESOS.
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DESCRIPCION DEL PUESTO.
B) DIRECCIÓN DE INGRESOS.
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
PERSONAL A SU CARGO:
DIRECTOR DE INGRESOS.
TESORERO MUNICIPAL.
Puesto: Núm. de Plazas:
Jefe de Departamento 2
Auxiliar Administrativo A 2
Auxiliar Administrativo B 2
Auxiliar Administrativo C 2
Auxiliar de servicios A 2
Notificadores - Ejecutores 5
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FUNCIONES PRINCIPALES.
Con fundamento en el Artículo 86 del Reglamento de Gobierno y de la AdministraciónPública del
Municipio de Temixco, Morelos, a la Dirección de Ingresos le corresponde el ejercicio de las siguientes
atribuciones:
I. Elaborar y proponer al Tesorero Municipal los procedimientos y métodos para mejorar la recaudación;
II. Emitir opinión respecto de los asuntos que en materia de ingresos le solicite el Tesorero Municipal;
III. Proponer al Tesorero Municipal la Política Fiscal del Municipio y elaborar la proyección de Ingresos;
IV. Formular y evaluar metas de recaudación, por rubro impositivo y unidad administrativa generadora del
ingreso;
V. Difundir entre las diversas unidades administrativas de la Tesorería, las disposiciones legales y
administrativas relacionadas con los ingresos Municipales;
VI. Realizar estudios y análisis de la Legislación Fiscal Municipal, para sugerir reformas, adiciones o derogaciones de disposiciones legales o reglamentarias;
VII. Emitir opinión respecto de asuntos de carácter jurídico financiero que pongan a su consideración;
VIII. Subsidiar recargos y otorgar prorrogas para el pago en parcialidades de contribuciones en términos
de la legislación aplicable y condonar multas fiscales, en los términos que acuerde el Cabildo;
IX. Elaborar los sistemas y procedimientos de recaudación y control de los ingresos Municipales y
someterlos para su aprobación superior;
X. Determinar los pronósticos mensuales y anuales de ingresos del Municipio y con base en éstos, fijar y
evaluar periódicamente las metas de recaudación por cada unidad administrativa y oficina auxiliar;
XI. Registrar, clasificar, controlar, determinar e informar los montos de ingresos que recaude el Municipio;
XII. Determinar la existencia de créditos fiscales cuando así proceda, dar las bases para su liquidación,
fijarlos en cantidad líquida y cobrarlos e imponer las sanciones administrativas que procedan por
infracciones fiscales;
XIII. Recibir de los contribuyentes las manifestaciones para el pago de contribuciones que presenten los
ciudadanos para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales;
XIV. Proponer y establecer mecanismos, estrategias, programas, políticas y procedimientos tendientes a
incrementar los ingresos del Municipio;
XV. Proponer el establecimiento de nuevas oficinas auxiliares de recaudación, atendiendo a las
necesidades del servicio, con el fin de mejorar la calidad de atención a la ciudadanía;
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XVI. Integrar y mantener actualizados los padrones de contribuyentes y los demás registros que
establezcan las disposiciones aplicables;
XVII. Recibir y en su caso, requerir a los contribuyentes, conforme a las disposiciones legales, los avisos,
declaraciones y demás documentación recaudatoria;
XVIII. Prestar al contribuyente los servicios de orientación técnica para el cumplimiento de sus
obligaciones fiscales y de los procedimientos y formas para su debida observancia;
XIX. Subsidiar recargos y otorgar prorrogas para el pago en parcialidades de contribuciones en términos
de la legislación y condonar multas fiscales, en los términos que acuerde el Ayuntamiento;
XX. Revisar los sistemas y procedimientos de control de los ingresos Municipales y coordinados, para mejorar el servicio de los mismos;
XXI. Diseñar, controlar y evaluar los programas de control del cumplimiento de las obligaciones fiscales;
XXII. Supervisar y controlar la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución en cada una de sus etapas;
XXIII. Supervisar que los interventores designados para el cobro del impuesto sobre diversiones, juegos y espectáculos públicos, realicen su actividad con estricto apego a las disposiciones legales aplicables;
XXIV. Planear, coordinar y evaluar en los términos de la legislación aplicable las actividades del Catastro Municipal;
XXV. Proponer las políticas de vinculación con los diversos sectores de la población para fomentar la cultura del pago, mejorar la recaudación y proponer nuevos sistemas y fuentes de ingreso;
XXVI. Brindar orientación a los particulares para el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos, en materia fiscal;
XXVII. Divulgar los avances en materia de ingresos y las reformas a los ordenamientos fiscales;
XXVIII. Establecer los sistemas y procedimientos internos a que debe ajustarse la revisión del cumplimiento de obligaciones fiscales;
XXIX. Proponer al Tesorero Municipal los programas y acciones necesarios para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y fomentar su cumplimiento voluntario;
XXX. Proponer, establecer y supervisar procedimientos para el control de los ingresos que se generan en las diferentes unidades administrativas Municipales;
XXXI. Vigilar que los trámites que se realizan en las unidades administrativas bajo su responsabilidad se apeguen estrictamente a la legalidad; y
XXXII. Otras que le confieran mediante el acuerdo correspondiente, el Presidente Municipal o el Tesorero.
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PUESTO:
RELACIONES INTERNAS:
Presidente Municipal;
Tesorero Municipal;
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Dirección de Egresos y Control Presupuestal;
Dirección de Catastro;
Dirección de Contabilidad;
Dirección de Programas Federalizados y
Demás Dependencias del Municipio.
RELACIONES EXTERNAS:
Contribuyentes;
Organizaciones Civiles;
Instituciones Bancarias;
Tesorería de la Federación;
Asociaciones y Cámaras y
Notarias.
DIRECTOR DE INGRESOS.
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PERFIL DEL PUESTO
PUESTO:
ESCOLARIDAD:
Licenciatura en Contaduría, Administración o carrera a fin, con Titulo y Cédula Profesional.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del cargo
CONOCIMIENTOS:
Leyes Fiscales Federales y Estatales;
Ordenamiento Jurídico del Área Fiscal;
Asignación Financiera;
Elaboración de anteproyectos;
Visión en el manejo de áreas recaudatorias;
Uso y proyección de sistemas informáticos y
Procesos Jurídicos Contables Financieros y Administrativos.
HABILIDADES PERSONALES:
Manejo de grupos y de personal;
Toma de decisiones y capacidad de análisis;
Capacidad para atención de clientes;
Facilidad para llevar relaciones públicas;
Facilidad de palabra e
Iniciativa y liderazgo.
DIRECTOR DE INGRESOS.
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DESCRIPCION DEL PUESTO.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE IMPUESTO PREDIAL:
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
FUNCIONES PRINCIPALES:
Al jefe de Departamento de Impuesto Predial, le corresponde el ejercicio de las siguientes atribuciones:
I. Realizar estudios y análisis de la Legislación Fiscal Municipal, para sugerir reformas, adiciones o derogaciones de disposiciones legales o reglamentarias;
II. Recibir de los contribuyentes las manifestaciones para el pago de contribuciones que presenten los
ciudadanos para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales;
III. Integrar y mantener actualizados los padrones de contribuyentes y los demás registros que establezcan
las disposiciones aplicables;
IV. Prestar al contribuyente los servicios de orientación técnica para el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y de los procedimientos y formas para su debida observancia;
V. Brindar orientación a los particulares para el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos, en materia fiscal;
VI. Otras que le confieran mediante el acuerdo correspondiente, el Tesorero o el Director de Ingresos.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE IMPUESTO PREDIAL.
DIRECTOR DE INGRESOS
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PUESTO:
RELACIONES INTERNAS:
Tesorero Municipal;
Director de Ingresos
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Dirección de Catastro;
Dirección de Contabilidad;
Demás Dependencias del Municipio.
RELACIONES EXTERNAS:
Contribuyentes;
Organizaciones Civiles;
Instituciones Bancarias;
Notarias.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE IMPUESTO PREDIAL.
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PERFIL DEL PUESTO
PUESTO:
JEFE DE DEPARTAMENTO DE IMPUESTO PREDIAL.
ESCOLARIDAD:
Licenciatura en Contaduría, Administración o carrera a fin.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del cargo.
CONOCIMIENTOS:
Leyes Fiscales Federales y Estatales;
Ordenamiento Jurídico del Área Fiscal;
Asignación Financiera;
Visión en el manejo de áreas recaudatorias;
Uso y proyección de sistemas informáticos y
Procesos Jurídicos Contables Financieros y Administrativos.
HABILIDADES PERSONALES:
Manejo de grupos y de personal;
Toma de decisiones y capacidad de análisis;
Capacidad para atención de contribuyentes;
Facilidad para llevar relaciones públicas;
Facilidad de palabra e
Iniciativa y liderazgo.
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DESCRIPCION DEL PUESTO.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE INSPECCION Y EJECUCION FISCAL:
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
FUNCIONES PRINCIPALES:
Al jefe de Departamento de Inspección y Ejecución Fiscal, le corresponde el ejercicio de las
siguientes atribuciones:
I. Recibir y en su caso, requerir a los contribuyentes, conforme a las disposiciones legales, los avisos,
declaraciones y demás documentación recaudatoria;
II. Realizar estudios y análisis de la Legislación Fiscal Municipal, para sugerir reformas, adiciones o derogaciones de disposiciones legales o reglamentarias;
III. Determinar la existencia de créditos fiscales cuando así proceda, dar las bases para su liquidación,
fijarlos en cantidad líquida y cobrarlos e imponer las sanciones administrativas que procedan por
infracciones fiscales;
IV. Prestar al contribuyente los servicios de orientación técnica para el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y de los procedimientos y formas para su debida observancia;
V. Supervisar y controlar la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución en cada una de sus etapas;
VI. Brindar orientación a los particulares para el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos, en materia fiscal;
VII. Otras que le confieran mediante el acuerdo correspondiente, el Tesorero o el Director de Ingresos.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE INSPECCION Y EJECUCION FISCAL.
DIRECTOR DE INGRESOS
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PUESTO:
JEFE DE DEPARTAMENTO DE INSPECCION Y EJECUCION FISCAL
RELACIONES INTERNAS:
Tesorero Municipal;
Director de Ingresos;
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Dirección de Catastro y
Demás Dependencias del Municipio.
RELACIONES EXTERNAS:
Contribuyentes;
Organizaciones Civiles;
Instituciones Bancarias;
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PERFIL DEL PUESTO
PUESTO:
ESCOLARIDAD:
Licenciatura en Contaduría, Administración o carrera a fin.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del cargo
CONOCIMIENTOS:
Leyes Fiscales Federales y Estatales;
Ordenamiento Jurídico del Área Fiscal;
Asignación Financiera;
Visión en el manejo de áreas recaudatorias;
Procedimiento Administrativo de Ejecución;
Uso y proyección de sistemas informáticos y
Procesos Jurídicos Contables Financieros y Administrativos.
HABILIDADES PERSONALES:
Manejo de grupos y de personal;
Toma de decisiones y capacidad de análisis;
Capacidad para atención de contribuyentes;
Facilidad para llevar relaciones públicas;
Facilidad de palabra e
Iniciativa y liderazgo.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE INSPECCION Y EJECUCION FISCAL.
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DIRECCIÓN DE CATASTRO
MUNICIPAL.
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DESCRIPCIÓN DEL PUESTO.
C) DIRECCIÓN DE CATASTRO MUNICIPAL
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
PERSONAL A SU CARGO:
DIRECTOR DE CATASTRO MUNICIPAL
TESORERO MUNICIPAL.
Puesto: Núm. de Plazas:
Auxiliar Administrativo (atención al contribuyente) 2
Topógrafos 6
Auxiliar Administrativo Especializado (Cartografía) 2
Auxiliar Administrativo(Captura y valuación) 3
Auxiliar Administrativo(Archivo) 4
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FUNCIONES PRINCIPALES.
Con fundamento en el Artículo 87 del Reglamento de Gobierno y de la Administración Pública del
Municipio de Temixco.- a la Dirección de Catastro Municipal, le corresponde el ejercicio de las
siguientes atribuciones:
I.- Llevar a cabo la planeación, el diseño, integración, implantación, operación y actualización del Catastro en el ámbito Municipal, mediante la aplicación de los sistemas normativos, técnicos y administrativos, así como la inscripción de los predios de su jurisdicción;
II.- Describir, deslindar, identificar, clasificar, planificar, valuar y registrar los bienes inmuebles urbanos, suburbanos, rústicos o rurales, de dominio público o privado, ubicados en el Municipio;
III.- Conocer y controlar los cambios que sufran los bienes inmuebles y que alteren los datos que integran el Catastro del Municipio, actualizando sus modificaciones;
IV.- Describir objetivamente las medidas, colindancias, datos limítrofes y superficies del territorio municipal en coordinación con las autoridades estatales competentes;
V.- Mantener actualizados los planos reguladores de la ciudad y poblaciones que forman el Municipio, en coordinación con las autoridades estatales competentes;
VI.- Preparar estudios y proposiciones de los nuevos valores unitarios o tipo en bienes raíces debidamente motivados y razonados, sometiéndolos a la consideración del Congreso del Estado;
VII.- Rendir informe mensual al Ejecutivo del Estado, respecto de los registros, reclasificaciones, operaciones, movimientos catastrales múltiples o individuales y otras que se hubieren efectuado;
VIII.- Formar los planos generales y parciales que sean necesarios, de acuerdo con los procedimientos reglamentarios y técnicos que determine la Dirección;
IX.- Controlar el padrón catastral de acuerdo con las clasificaciones de administración pública y registro que se determinen;
X.- Llevar a cabo las mediciones, deslindes, planeación, valoraciones y actos u operaciones propios de la función;
XI.- Formular y actualizar la zonificación catastral correspondiente a los predios del territorio del Municipio, autorizando deslindes, levantamientos, cálculos topográficos; trazos y rectificaciones de áreas y demás trabajos de carácter técnico, así como determinar el valor catastral de los mismos, esto último, en función de las bases y lineamientos que apruebe el Poder legislativo del Estado;
XII.- Formular y expedir la cédula catastral, conforme las políticas y la información técnica que corresponda por cada uno de los predios ubicados en el territorio del Municipio;
XIII.- Resolver las consultas que en relación con este ordenamiento planteen los particulares y entidades públicas y expedir las certificaciones de documentos relativos a los predios;
XIV.- Verificar la información catastral de los predios y solicitar a las dependencias y organismos federales y estatales, así como a los usuarios o contribuyentes, los datos, documentos o informes que sean necesarios para integrar o actualizar el Catastro Municipal;
XV.- Autorizar a los peritos encargados de elaborar planos catastrales; y auxiliar a las dependencias de los
poderes Estatales o Federales para la emisión de dictámenes periciales cuando así se lo soliciten;
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XVI.- Realizar visitas y requerir los documentos inherentes al Catastro a los contribuyentes o en su caso a los fedatarios o quienes hubieren intervenido en los actos jurídicos inherentes a la propiedad inmobiliaria, así como proponer las sanciones que procedan en los términos de este reglamento;
XVII.- Proporcionar información a los solicitantes, legalmente interesados, respecto de cualquier predio;
XVIII.- Proponer, los proyectos, programas, reglamentos y disposiciones administrativas para realizar todas las funciones catastrales de su competencia, de conformidad a su propia estructura, recursos presupuestales y necesidades del servicio;
XIX.- Integrar en el Municipio, la Junta Local Catastral como Órgano Colegiado en el que participe la ciudadanía, a efecto de que pueda auxiliarle en el ejercicio de sus funciones;
XX.- Prestar los servicios como valuador de inmuebles ante todas las autoridades civiles, penales, laborales, administrativas, agrarias y fiscales, así como para la identificación de apeos o deslindes de inmuebles en procesos judiciales o administrativos; y
XXI.- Las demás atribuciones que determine la Ley, el presente Reglamento, así como otras disposiciones jurídicas aplicables y las que expresamente le asigne el Cabildo.
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PUESTO:
RELACIONES INTERNAS:
Presidente Municipal;
Tesorero Municipal;
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Dirección de Ingresos;
Dirección de Egresos y Control Presupuestal;
Dirección de Contabilidad;
Dirección de Programas Federalizados y
Demás Dependencias del Municipio.
RELACIONES EXTERNAS:
Contribuyentes;
Ciudadanos;
Dependencias del Gobierno del Estado de Morelos;
Comisión para la regularización de la Tenencia de la Tierra ( CORETT);
Colegio de Arquitectos o Ingenieros del Estado de Morelos;
Organizaciones Civiles;
Comisarios Ejidales;
Notarias Públicas del Estado de Morelos y
Registro Agrario Nacional (RAN).
DIRECTOR DE CATASTRO MUNICIPAL.
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PERFIL DEL PUESTO.
PUESTO:
DIRECTOR DE CATASTRO MUNICIPAL
ESCOLARIDAD:
Licenciatura en Arquitectura, Derecho, Ingeniería Civil o profesión a fin, con Titulo y Cédula Profesional.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del cargo.
CONOCIMIENTOS:
Jurídicos;
Manejo de Sistema Informáticos relacionados con el área y
Geografía del Municipio
HABILIDADES PERSONALES:
Manejo de grupos y de personal;
Toma de decisiones y capacidad de análisis;
Capacidad para atención de clientes;
Facilidad para llevar relaciones públicas;
Facilidad de palabra, e
Iniciativa y liderazgo.
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DIRECCIÓN DE EGRESOS Y CONTROL
PRESUPUESTAL.
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REVISION: 02
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DESCRIPCION DEL PUESTO.
D) DIRECCIÓN DE EGRESOS Y CONTROL PRESUPUESTAL.
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
PERSONAL A SU CARGO:
DIRECTOR DE EGRESOS Y CONTROL PRESUPUESTAL.
TESORERO MUNICIPAL.
Puesto: Núm. de Plazas:
Jefe de Departamento 2
Auxiliar Administrativo B 2
Auxiliar Administrativo C 3
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REVISION: 02
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FUNCIONES PRINCIPALES.
Con fundamento en el Artículo 88 del Reglamento de Gobierno y de la Administración Pública del
Municipio de Temixco, Morelos.- a la Dirección de Egresos y Control Presupuestal le corresponde el
ejercicio de las siguientes atribuciones:
I. Aplicar el sistema de contabilidad gubernamental y las políticas para el registro contable y presupuestal
de las operaciones financieras que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública
Municipal;
II. Aplicar las políticas y lineamientos generales en materia de control contable y presupuestal, de acuerdo
con lo que establece la Ley de Auditoría Superior de Fiscalización vigente, la Ley de Presupuesto
Contabilidad y Cuenta Pública y demás disposiciones aplicables;
III. Integrar la documentación contable y presupuestal para la presentación de la Cuenta Pública;
IV. Aplicar las normas y lineamientos metodológicos del Sistema Municipal de Presupuesto, así como los
mecanismos para su registro;
V. Integrar los programas de gasto e inversión pública Municipal;
VI. Dar seguimiento y analizar los programas anuales de inversión y gasto público, a fin de que sean
congruentes con el Plan de Desarrollo Municipal;
VII. Aplicar normas, sistemas y procedimientos para el ejercicio del presupuesto en gasto corriente y
adquisiciones;
VIII. Registrar el avance en la ejecución de los programas y el ejercicio del presupuesto, de conformidad
con la normatividad establecida;
IX. Supervisar la aplicación de los procedimientos para la glosa de los ingresos y egresos y elaborar la
cuenta pública anual;
X. Integrar el presupuesto de egresos Municipal;
XI. Determinar el flujo de efectivo para el pago del gasto público, acorde a la disponibilidad de recursos
existentes;
XII. Generar los cheques y efectuar los pagos con cargo al presupuesto de egresos de cada dependencia
que, conforme a las disposiciones legales, deba efectuar la Tesorería Municipal;
XIII. Reportar diariamente al Tesorero Municipal la posición financiera del municipio, en relación a las
obligaciones de gasto, así como de las disponibilidades de fondos en efectivo y en valores realizables;
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XIV. Participar en el proceso de adquisición de bienes, servicios y arrendamientos que demanden las dependencias de la administración pública municipal, así como en los de obra pública y servicios relacionados con ésta, en términos de lo que establece la legislación en la materia;
XV. Concentrar los programas operativos de las diferentes dependencias y entidades Municipales; así
como proponer los procedimientos para su fiscalización, control y evaluación, con la participación de las
dependencias competentes; y
XVI. Otras que le instruyan el Presidente Municipal o el Tesorero Municipal.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
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TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 50 de 80.
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PUESTO:
RELACIONES INTERNAS:
RELACIONES EXTERNAS:
Proveedores y prestadores de servicios;
Instituciones Bancarias y
Tesorería de Gobierno del Estado de Morelos.
DIRECTOR DE EGRESOS Y CONTROL PRESUPUESTAL.
Presidente Municipal;
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Dirección de Ingresos;
Dirección de Catastro;
Dirección de Contabilidad;
Dirección de Programas Federalizados y
Demás Dependencias del Municipio.
Empleados municipales.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
TM-180401.
TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 51 de 80.
Tesorería Municipal Manual de Organización – Ayuntamiento de Temixco, Morelos. 2013-2015
PERFIL DEL PUESTO.
PUESTO:
ESCOLARIDAD:
Licenciado en Contaduría, Administración o carrera a fin con Titulo y Cédula
Profesional.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del cargo
CONOCIMIENTOS:
En la Administración Pública;
En el área de finanzas y presupuestos;
Administración de recursos financieros;
Administración de áreas contables y
Conocimiento en sistemas de cómputo.
HABILIDADES:
Capacidad para manejar y administrar
los Recursos Financieros;
Capacidad para manejar y administrar
cuentas bancarias;
Capacidad para el manejo de sistemas
bancarios electrónicos;
Capacidad para interactuar y
negociar con proveedores y
prestadores de servicios;
Capacidad para la elaboración de
proyectos presupuestales e
Iniciativa y liderazgo.
DIRECTOR DE EGRESOS Y CONTROL PRESUPUESTAL
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
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DESCRIPCION DEL PUESTO.
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
FUNCIONES PRINCIPALES:
Al jefe de Departamento de Nomina y Control Presupuestal, le corresponde el ejercicio de las
siguientes atribuciones:
I. Generar los cheques y efectuar los pagos con cargo al presupuesto de egresos de cada
dependencia que, conforme a las disposiciones legales, deba efectuar la Tesorería Municipal;
II. Aplicar el sistema de contabilidad gubernamental y las políticas para el registro contable y
presupuestal de las operaciones financieras que realicen las dependencias y entidades de la
Administración Pública Municipal;
III. Aplicar las políticas y lineamientos generales en materia de control contable y presupuestal, de
acuerdo con lo que establece la Ley de Auditoría Superior de Fiscalización vigente, la Ley de
Presupuesto Contabilidad y Cuenta Pública y demás disposiciones aplicables;
IV. Integrar la documentación contable y presupuestal para la presentación de la Cuenta Pública y
V. Otras que le instruyan el Tesorero Municipal o el Director de Egresos y Control Presupuestal.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE NOMINA Y CONTROL PRESUPUESTAL.
DIRECTOR DE EGRESOS Y CONTROL PRESUPUESTAL.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
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TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 53 de 80.
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PUESTO:
JEFE DE DEPARTAMENTO DE NOMINA Y CONTROL PRESUPUESTAL.
RELACIONES INTERNAS:
RELACIONES EXTERNAS:
Proveedores y prestadores de servicios;
Instituciones Bancarias y
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Demás Dependencias del Municipio.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
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TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 54 de 80.
Tesorería Municipal Manual de Organización – Ayuntamiento de Temixco, Morelos. 2013-2015
PERFIL DEL PUESTO.
PUESTO:
ESCOLARIDAD:
Licenciado en Contaduría, Administración o Carrera a fin con Titulo
y Cédula Profesional.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño
del cargo
CONOCIMIENTOS:
En la Administración Pública;
En el área de finanzas y presupuestos;
Administración de recursos financieros;
Administración de áreas contables y
Conocimiento en sistemas de cómputo.
HABILIDADES:
Capacidad para manejar y administrar
cuentas bancarias;
Capacidad para el manejo de
sistemas bancarios electrónicos;
Capacidad para interactuar y
negociar con proveedores y
prestadores de servicios;
JEFE DE DEPARTAMENTO DE NOMINA Y CONTROL PRESUPUESTAL.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
TM-180401.
TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 55 de 80.
Tesorería Municipal Manual de Organización – Ayuntamiento de Temixco, Morelos. 2013-2015
DESCRIPCION DEL PUESTO.
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
FUNCIONES PRINCIPALES:
Al jefe de Departamento de Programación y Presupuesto, le corresponde el ejercicio de las
siguientes atribuciones:
I. Integrar los programas de gasto e inversión pública Municipal;
II. Aplicar las normas y lineamientos metodológicos del Sistema Municipal de Presupuesto, así
como los mecanismos para su registro.
III. Aplicar normas, sistemas y procedimientos para el ejercicio del presupuesto en gasto corriente y
adquisiciones;
IV. Registrar el avance en la ejecución de los programas y el ejercicio del presupuesto, de
conformidad con la normatividad establecida;
V. Integrar el presupuesto de egresos Municipal;
VI. Determinar el flujo de efectivo para el pago del gasto público, acorde a la disponibilidad de
recursos existentes;
VII. Reportar diariamente al Tesorero Municipal la posición financiera del municipio, en relación a las
obligaciones de gasto, así como de las disponibilidades de fondos en efectivo y en valores
realizables;
VIII. Reportar diariamente al Tesorero Municipal la posición financiera del Municipio, en relación a las
obligaciones de gasto, así como de las disponibilidades de fondos en efectivo y en valores
realizables y
IX. Otras que le instruyan el Tesorero Municipal o el Director de Egresos y Control Presupuestal.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO
DIRECTOR DE EGRESOS Y CONTROL PRESUPUESTAL.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
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PUESTO:
JEFE DE DEPARTAMENTO DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO.
RELACIONES INTERNAS:
RELACIONES EXTERNAS:
Instituciones Bancarias
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Demás Dependencias del Municipio.
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PERFIL DEL PUESTO.
PUESTO:
ESCOLARIDAD:
Licenciado en Contaduría, Administración o Carrera a fin con
Titulo y Cédula profesional.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el
desempeño del cargo.
CONOCIMIENTOS:
En la Administración Pública;
En el área de finanzas y presupuestos;
Administración de recursos financieros;
Administración de áreas contables y
Conocimiento en sistemas de cómputo.
HABILIDADES:
Capacidad para manejar y administrar cuentas bancarias y
Capacidad para el manejo de sistemas bancarios electrónicos;
JEFE DE DEPARTAMENTO DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO.
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DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD.
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DESCRIPCION DEL PUESTO.
D) DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD.
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
TESORERO MUNICIPAL.
PERSONAL A SU CARGO:
DIRECTOR DE CONTABILIDAD.
Puesto: Núm. de Plazas:
Jefe de Departamento 1
Auxiliar Administrativo B 4
Auxiliar Administrativo C 3
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FUNCIONES PRINCIPALES.
Con fundamento en el Artículo 89, del Reglamento de Gobierno y de la Administración Pública del
Municipio de Temixco, Morelos, a la Dirección de Contabilidad le corresponde el ejercicio de las
siguientes atribuciones:
I. Llevar y supervisar el registro contable de las operaciones financieras;
II. Elaborar los estados de cuenta e informes financieros de la Hacienda Pública Municipal;
III. Integrar los informes financieros mensuales y de la Cuenta Pública Anual Municipal;
IV. Validar, integrar y generar los movimientos y reportes de ingresos recibidos para determinar la correcta
aplicación financiera;
V. Aplicar y controlar los ingresos, inversiones y erogaciones de los recursos del Ramo 33, de acuerdo
Manual de Operación del Ramo 33 y demás ordenamientos legales aplicables;
VI. Realizar a tiempo la contestación de las observaciones administrativas y directas realizadas por la
Auditoria Superior de Fiscalización, derivadas de las revisiones de los informes financieros mensuales, de
la cuenta pública anual Municipal y de las auditorias físicas que se realicen. Esto en coordinación con las
entidades y dependencias de la Administración Pública Municipal;
VII. Otras que establezca el Manual de Contabilidad emitido por la Auditoria Superior de Fiscalización; y
VIII. Las demás que le confieren las disposiciones legales aplicables y le instruya el Tesorero Municipal.
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PUESTO:
RELACIONES INTERNAS:
Todas las Dependencias relacionadas con la información que genere el sistema de contabilidad;
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Dirección de Ingresos;
Dirección de Egresos y Control Presupuestal;
Dirección de Programas Federalizados y
Demás Dependencias del Municipio.
RELACIONES EXTERNAS:
Auditoria Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos;
Auditores Diversos y
Terceros relacionados con la información contable (Bancos, Deudores, Proveedores, Acreedores y
demás que genera el sistema contable.
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PERFIL DEL PUESTO
PUESTO:
ESCOLARIDAD:
Licenciado en Contaduría, Administración o Carrera a fin con Titulo y Cédula
Profesional.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del cargo
CONOCIMIENTOS:
Contables, (General y Gubernamental);
En análisis e interpretación de información
financiera;
Fiscales (obligaciones Tributarias,
presupuesto Público);
Conocimiento en sistemas de
cómputo y
Administración Pública.
HABILIDADES:
Manejo de personal;
Manejo de documentos contables;
Manejo de equipo de cómputo y registro;
Capacidad analítica y
organizacional;
Toma de decisiones Y
Trabajo en equipo.
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DESCRIPCION DEL PUESTO.
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
DIRECTOR DE CONTABILIDAD.
ATRIBUCIONES:
Al jefe de Departamento de Registro Contable, le corresponde el ejercicio de las siguientes
atribuciones:
I. Llevar y supervisar el registro contable de las operaciones financieras;
II. Elaborar los estados de cuenta e informes financieros de la Hacienda Pública Municipal;
III. Validar, integrar y generar los movimientos y reportes de ingresos recibidos para determinar la
correcta aplicación financiera;
IV. Otras que establezca el Manual de Contabilidad emitido por la Auditoria Superior de
Fiscalización; y
V. Las demás que le confieren las disposiciones legales aplicables y le instruya el Tesorero
Municipal o el Director de Contabilidad.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE REGISTRO CONTABLE.
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PUESTO:
RELACIONES INTERNAS:
Todas las Dependencias relacionadas con la información que genere el sistema de contabilidad;
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Dirección de Ingresos;
Dirección de Egresos y Control Presupuestal;
Dirección de Programas Federalizados y
Demás Dependencias del Municipio.
RELACIONES EXTERNAS:
Auditoria Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos;
Auditores Diversos y
Terceros relacionados con la información contable (Bancos, Deudores, Proveedores, Acreedores y
Demás que genera el sistema contable.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE REGISTRO CONTABLE.
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PERFIL DEL PUESTO
PUESTO:
ESCOLARIDAD:
Licenciado en Contaduría, Administración o Carrera a fin, con título
y cédula Profesional.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el
desempeño del cargo
CONOCIMIENTOS:
Contables, (General y
Gubernamental);
En análisis e interpretación de
información financiera;
Fiscales (obligaciones Tributarias,
presupuesto Público);
Conocimiento en sistemas de
cómputo y
Administración Pública.
HABILIDADES:
Manejo de personal;
Manejo de documentos contables;
Manejo de equipo de cómputo y
registro;
Capacidad analítica y organizacional;
Toma de decisiones Y
Trabajo en equipo.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE REGISTRO CONTABLE.
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DIRECCIÓN DE PROGRAMAS
FEDERALIZADOS.
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DESCRIPCION DEL PUESTO.
E) DIRECCION DE PROGRAMAS FEDERALIZADOS.
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
PERSONAL A SU CARGO:
DIRECTOR DE PROGRAMAS FEDERALIZADOS
Tesorero Municipal.
Puesto: Núm. de Plazas:
Jefe de Departamento 1 Auxiliar AdministrativoB 3 Auxiliar Administrativo C 2 Auxiliar de Servicios. B1
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FUNCIONES PRINCIPALES.
Con fundamento en el Artículo 90, del Reglamento de Gobierno y de la Administración Pública del
Municipio de Temixco, Morelos, a la Dirección de Programas Federalizados le corresponde concentrar
la comprobación relacionada con la aplicación de los recursos provenientes de los programas federales
que se ejecuten en el Municipio, de conformidad con las reglas de operación y demás disposiciones
legales aplicables, verificando su correcta inversión, justificación y sustento.
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PUESTO:
DIRECTOR DE PROGRAMAS FEDERALIZADOS.
RELACIONES INTERNAS:
Dirección de Fondos Federales y Estatales;
Presidencia Municipal
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Dirección de Ingresos;
Dirección de Egresos y Control Presupuestal
Dirección de Obras Publicas
Direcciones de Desarrollo Social
Dirección de Adquisiciones
DIF Municipal
Contraloría Municipal
Dirección de Prevención del Delito
Delegados y Ayudantes Municipales (colonias) y
Demás Dependencias del Municipio.
RELACIONES EXTERNAS:
Auditoria Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos;
Auditoria Superior de la Federación;
Secretaria de la función Pública;
Secretaria de la Contraloría del Estado de Morelos;
Dirección General de Coordinación de programas Federales de Gobierno del Estado
Instituto de desarrollo y fortalecimiento municipal (IDEFOM)
Secretaria de Desarrollo Sustentable
Demás dependencias Estatales;
Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano. (SEDATU)
Organizaciones y empresas privadas proveedoras de servicios de capacitación,
Promotores Deportivos.
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PERFIL DEL PUESTO.
PUESTO:
ESCOLARIDAD:
Licenciado en Derecho, Administración Pública, Ingeniería Civil o Carrera a fin, con
Titulo y Cédula Profesional.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño del cargo.
CONOCIMIENTOS:
Jurídicos;
Manejo de Sistemas Informáticos y
Reglas y lineamientos de operación de
los programas, ramo 33 fondo 3,4 y 5,
Programas Hábitat, Fondo de
pavimentación espacios deportivos,
alumbrado público y rehabilitación de
infraestructura educativa.
Subsidio para la seguridad
Municipal
( SUBSEMUN).
Programa de infraestructura básica
para la atención a comunidades
indígenas. (PIBAI) y
Demás programas Federales que
apliquen para el Municipio.
HABILIDADES:
Capacidad de análisis;
Relaciones Publicas y Humanas;
Capacidad analítica y organizacional;
Toma de decisiones;
Trabajo en equipo e
Iniciativa y liderazgo.
DIRECTOR DE PROGRAMAS FEDERALIZADOS
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DESCRIPCION DEL PUESTO.
PUESTO:
JEFE INMEDIATO:
FUNCIONES PRINCIPALES.
Al Jefe de Departamento Concentrador de Información, le corresponde el ejercicio de las siguientes
atribuciones:
I. Concentrar la comprobación relacionada con la aplicación de los recursos provenientes de los
programas federales que se ejecuten en el Municipio, de conformidad con las reglas de operación y
demás disposiciones legales aplicables, verificando su correcta inversión, justificación y sustento.
JEFE DE DEPARTAMENTO CONCENTRADOR DE INFORMACION.
DIRECTOR DE PROGRAMAS FEDERALIZADOS.
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PUESTO:
RELACIONES INTERNAS:
RELACIONES EXTERNAS:
Auditoria Superior de Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos;
Auditoria Superior de la Federación;
Secretaria de la función Pública; Secretaria de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano. (SEDATU)
Secretaria de la Contraloría del Estado de Morelos;
Dirección General de Coordinación de programas Federales de Gobierno del Estado y
Demás dependencias Estatales;
JEFE DE DEPARTAMENTO CONCENTRADOR DE INFORMACION.
Dirección de Fondos Federales y Estatales;
Integrantes de la Tesorería Municipal;
Dirección de Ingresos;
Dirección de Egresos y Control Presupuestal y
Demás Dependencias del Municipio.
Dirección de Obras Publicas
Direcciones de Desarrollo Social
Dirección de Adquisiciones
DIF Municipal
Contraloría Municipal
Dirección de Prevención del Delito
Delegados y Ayudantes Municipales (colonias)
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
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TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 73 de 80.
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PERFIL DEL PUESTO.
PUESTO:
ESCOLARIDAD:
Licenciado en Contaduría, Administración o Carrera a fin con
Titulo y Cédula Profesional.
EXPERIENCIA LABORAL:
Tener la experiencia y conocimientos suficientes para el desempeño
del cargo
CONOCIMIENTOS:
Jurídicos;
Manejo de Sistemas Informáticos y
Reglas y lineamientos de operación de
los programas, ramo 33 fondo 3,4 y 5,
Programas Hábitat, Fondo de
pavimentación espacios deportivos,
alumbrado público y rehabilitación de
infraestructura educativa.
Subsidio para la seguridad Municipal
( SUBSEMUN.
Programa de infraestructura básica
para la atención a comunidades
indígenas. (PIBAI) y
Demás programas Federales que
apliquen para el Municipio.
HABILIDADES:
Capacidad de análisis;
Relaciones Publicas y Humanas;
Capacidad analítica y organizacional;
Toma de decisiones;
Trabajo en equipo e
Iniciativa y liderazgo.
JEFE DE DEPARTAMENTO CONCENTRADOR DE INFORMACION.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
TM-180401.
TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 74 de 80.
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DIRECTORIO.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
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TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 75 de 80.
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XII. DIRECTORIO.
Nombre /Cargo Teléfonos Oficiales
Dirección Oficial
C.P. Miguel Ángel Salgado Ulloa
Tesorero Municipal.
3- 25-05-49
Av. Emiliano Zapata No. 16 Temixco ,Morelos
.C.P. Leticia Cruz Martínez.
Director de Ingresos
Lic. Carlos Palacios Baltazar.
Director de Catastro Municipal.
3-25-04-32
3-62-18-51
Av. Emiliano Zapata No. 16
Temixco, Morelos
Av. Emiliano Zapata No. 16 Temixco, Morelos
C.P. Jorge Armando Pantaleón Acevedo.
Director de Egresos y Control Presupuestal.
3-25-65-77
Av. Emiliano Zapata No. 16 Temixco, Morelos
C.P. Juan Alberto Reynoso Monroy.
Director de Contabilidad.
3-62-18-37 Av. Emiliano Zapata No. 16 Temixco, Morelos
L.A. Alejandro Osorio Ocampo.
Director de Programas Federalizados.
3-26-63-60 Av. Álvaro Obregón No. 57-B.Col. Centro, Temixco, Morelos
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
TM-180401.
TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 76 de 80.
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HOJA DE PARTICIPACIÓN.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
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REVISION: 02
PAG. 77 de 80.
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XIII. HOJA DE PARTICIPACIÓN.
FECHA DE INICIOFECHA DE TERMINACION
FEBRERO DE 2013. AGOSTO DE 2013.
PARTICIPANTES.
C.P. MIGUEL ANGEL SALGADO ULLOA.
TESORERO MUNICIPAL.
C.P.LETICIA CRUZ MARTINEZ. DIRECTORA DE INGRESOS
LIC. CARLOS PALACIOS BALTAZAR. DIRECTOR DE CATASTRO MUNICIPAL.
C.P. JORGE ARMANDO PANTALEON ACEVEDO. DIRECTOR DE EGRESOS Y CONTROL PRESUPUESTAL
C.P. JUAN ALBERTO REYNOSO MONROY.
DIRECTOR DE CONTABILIDAD.
L.A. ALEJANDRO OSORIO OCAMPO.
DIRECTOR DE PROGRAMAS FEDERALIZADOS.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
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TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 78 de 80.
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C.P. LORENA SOSA MILLAN
JEFE DE DEPARTAMENTO DE INSPECCION Y EJECUCION FISCAL.
C.P. MAGALI RIVERA RODRIGUEZ.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE IMPUESTO PREDIAL.
C.P. COLUMBA RODRIGUEZ MONDRAGON.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE NOMINA Y CONTROL PRESUPUESTAL.
C.P. ERNESTO DIAZ MERIDA.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO.
C. FRANCISCO QUIROZ SAGUILAN.
JEFE DE DEPARTAMENTO DE REGISTRO CONTABLE.
ING. ERIKA CANTU FIERRO
JEFE DE DEPARTAMENTO CONCENTRADOR DE INFORMACION.
LIC. FREYMAN GARDUÑO BAHENA.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCION DE INGRESOS.
LIC. NAYELLI ARIADNA MONDRAGON CASTAÑEDA.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCION DE INGRESOS.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
TM-180401.
TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 79 de 80.
Tesorería Municipal Manual de Organización – Ayuntamiento de Temixco, Morelos. 2013-2015
HOJA DE CONTROL DE EMISION Y
REVISIÓN.
AYUNTAMIENTO DE TEMIXCO, MORELOS.
CLAVE: AYTO-TX-MO-
TM-180401.
TESORERIA MUNICIPAL, MANUAL DE ORGANIZACIÓN.
REVISION: 02
PAG. 80 de 80.
Tesorería Municipal Manual de Organización – Ayuntamiento de Temixco, Morelos. 2013-2015
XIV.- HOJA DE CONTROL DE EMISIÓN Y REVISIÓN
No. Rev
.
Apartado Afectado
Naturaleza del Cambio
Motivo del Cambio Fecha de Vigencia
02 Organigrama Nueva Administración Nueva Administración. DICIEMBRE DE 2015.
02 Atribuciones Nueva Administración Nueva Administración. DICIEMBRE DE 2015.
NUMERO DE EMISION. RESPONSABLE.
03 tantos en original
Síndico Municipal, Tesorero Municipal y
Oficial Mayor.
06 tantos en copia
Dirección de Ingresos, Dirección de Catastro Municipal, Dirección de Egresos y Control Presupuestal, Dirección de Contabilidad, Dirección de Programas Federalizados y Unidad de Información Pública.
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