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SISTEMAS PARA LA RACIONALIZACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
15 de noviembre 2013
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SISTEMAS PARA LA RACIONALIZACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
INTRODUCCIÓN
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Concepto de Racionalización
Organización del trabajo de manera que
aumenten los rendimientos o se reduzcan
los costos con el mínimo esfuerzo
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Objetivos de la Racionalización
Mejorar la eficiencia del gasto público
buscando los mejores resultados posibles.
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Mejorar la eficiencia del gasto público →
generación fuerte competencia entre
proveedores.
Mejorar los resultados posibles →
simplificar y agilizar los procedimientos de
contratación.
¿Cómo hacerlo en las compras?
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Organizar provisión y demanda
Provisión: El objetivo se centra en recibir
producto o servicio en plazo y coste
Compra: El objetivo se centra en priorizar
peticiones, planificarlas y asignar recursos
partiendo de beneficios y valor a aportar.
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¿Qué debe tener en cuenta cualquier sistema de racionalización?
PROVISIÓN
Los centros sanitarios necesitan disponer de
los suministros y servicios necesarios
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¿Qué debe tener en cuenta cualquier sistema de racionalización?
DEMANDA
Los servicios de contratación deben elegir la
estrategia de compra que mejor se adapte a
las necesidades de los centros
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Beneficios de la Racionalización en los Servicios Sanitarios
1.- Los centros sanitarios se liberan de la
carga de trabajo que supone la preparación
de complejos expedientes administrativos
para centrarse en la planificación de sus
necesidades, en la mejora de su logística y
una gestión eficiente de los recursos puestos
a su disposición.
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Beneficios de la Racionalización en los Servicios Sanitarios
2.- La adquisición de productos y la
contratación de bienes para los centros
sanitarios tiene cobertura legal y
presupuestaria a la provisión de bienes y
servicios .
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Origen: La Ley 30/2007 de Contratos del
Sector Público traspuso la Directiva
2004/18/CE sobre coordinación de los
procedimientos de adjudicación.
Resultado: Inicio de una corriente
modernizadora en la contratación.
Origen del concepto de racionalización
técnica
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Operador económico → contratista/proveedor/prestador de servicios.
Operador económico que ha presentado una oferta → licitador.
Operador económico que ha solicitado participar en procedimiento restringido o diálogo competitivo → candidato.
Terminología de la Directiva
2004/18/CE
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Sistemas de Racionalización
El TRLCSP regula los siguientes sistemas para racionalizar la contratación:
Los Acuerdos Marco
Los Sistemas Dinámicos de Adquisición
La Centralización de la Contratación
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Racionalización técnica en la propuesta de Directiva
Contratación conjunta o centralizada.
Subastas electrónicas
Catálogos electrónicos
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SISTEMAS PARA LA RACIONALIZACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
ACUERDOS MARCO
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Definición de Acuerdo Marco
Según la Directiva 2004/18/CE
“acuerdo entre uno o varios poderes adjudicadores y uno o varios operadores económicos, cuyo objeto consiste en establecer las condiciones que rijan los contratos que se vayan a adjudicar durante un período determinado, en particular las relativas a precios y, en su caso, a las cantidades previstas”.
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Tipología según Nota Explicativa a la Directiva 2004/18/CE
Contrato Marco = todos los extremos están perfectamente definidos → no es necesario convocar nueva licitación para la adjudicación de los contratos derivados.
Acuerdo Marco= no todos los extremos están regulados → es necesario convocar nueva licitación para la adjudicación de los contratos derivados.
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Fases del Acuerdo Marco
Acuerdo Marco propiamente dicho.
Contratos derivados del Acuerdo Marco.
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Aspectos definitorios del Acuerdo Marco
Número adjudicatarios→ uno o varios, y en este último caso un mínimo de 3.
Límite temporal →4 años.
Limitación de uso → no abusar de su uso o de modo que limite/restrinja la competencia.
Normas procedimentales → las generales para la preparación y adjudicación de
contratos.
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Aspectos definitorios de los contratos derivados
Sólo se podrán celebrar contratos con los adjudicatarios del Acuerdo Marco.
No existe unanimidad si los contratos derivados tienen que ajustarse a la duración del Acuerdo Marco.
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Supuestos de contratos derivados
1 adjudicatario → el contrato y los pedidos se
realizan bajo las condiciones establecidas en el
Acuerdo Marco.
+1 adjudicatario
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• Si todas los términos están
establecidos en el Acuerdo Marco
→ igual supuesto anterior.
•Si no están establecidos todos
los términos → convocar licitación.
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Supuestos que se pueden plantear de la contratación derivada
Todos los extremos están regulados en el Acuerdo Marco = ”Contrato marco” → Pedidos directos.
Todos los extremos están regulados en el Acuerdo Marco y se firman contratos derivados concretando aspectos como lugar de entrega, volúmenes ...
No están regulados todos los extremos y se convoca licitación, normalmente procedimiento negociado.
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Ventajas de los Acuerdos Marco
Obtener ahorros vía economías de escala, fomentar
competencia entre proveedores y reducción de costes administrativos.
Lograr una contratación más ágil y eficiente por la formación de bolsa de licitadores.
Promover la fluidez y transparencia en la contratación.
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Posibles restricciones a la competencia por
el cierre del mercado a los no adjudicatarios.
Variables → número de adjudicatarios y
duración del Acuerdo Marco.
Desventajas de los Acuerdos Marco
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Utilización de los Acuerdos Marco por las CCAA
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Experiencia del Servicio Canario de la Salud
Año 2012
Medicamentos I y II
Somatropina
Ropa plana
Marcapasos y desfibriladores
Año 2013
Guantes
Stern coronarios
Indumentaria desechable
Uniforme y calzado
Sueros
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Experiencia del Servicio Canario de la Salud: problemática
Garantías definitivas.
Uso dispar de los contratos derivados por
parte de las gerencias.
Seguimiento del uso de los Acuerdos Marco.
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SISTEMAS PARA LA RACIONALIZACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
SISTEMAS
DINÁMICOS DE
CONTRATACIÓN
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SISTEMAS PARA LA RACIONALIZACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
CENTRALES DE
CONTRATACIÓN
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Directiva 2004/18/CE se refiere a este sistema como Central de Compras
Es un poder adjudicador
Adquiere suministros y/o servicios
destinados a poderes adjudicadores
Adjudica contratos públicos o celebra
acuerdos marco de obras, suministro o
servicios destinados a poderes
adjudicadores.
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Centrales de Contratación
Servicio especializado que:
Centraliza la contratación de obras, servicios o suministros.
Adquiere suministros y/o servicios para otros órganos de contratación
Adjudica contratos públicos o celebra acuerdos marco para la realización de obras, suministro o servicios destinados a los mismos .
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Centrales de Contratación
La Directiva otorga derecho a crear central
de compras a cualquier poder adjudicador.
El texto refundido sólo a entidades del sector
público
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Administración del Estado: Dirección General del Patrimonio del Estado
Conclusión de un contrato administrativo
centralizado
Procedimiento especial de adopción de tipo:
• Fase 1→Selección de bienes mediante
acuerdo marco o sistema dinámico
• Fase 2→Contratación concreta de los
mismos
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Central del INGESA
Compras agregadas
Central de contratación
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Resultado de la Encuesta - CCAA
Central de Compras
Gobierno CC .AA = 4
Servicios de Salud = 6
No central = 8
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Creación de las Centrales de Contratación en Autonomías
Tres centrales fueron creadas antes de la Ley
30/2007
Tres después de su publicación
Cuatro después de la publicación del Texto
Refundido
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Centros adheridos a la Central
Central del Gobierno CC .AA = Todos
los organismos y entidades
dependientes
Servicios de Salud = Todos los
centros
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Contratos de las Centrales de Contratación
Porcentaje de suministros: 77.7%
Porcentaje de servicios: 55.5%
Porcentaje de obras: 16.6%
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Informatización de las Centrales de Contratación
SAP: 11
Otros: 6
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Participación de Profesionales
Personal médico
Personal de enfermería
Personal de compras de los centros
Personal de catálogo
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Catálogos Centrales
Todas las Comunidades Autónomas están en
distintas fases de centralización de sus
catálogos
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Recursos Contractuales
¿Cuántas CCAA tienen tribunal propio?
¿Cuántas convenio con TCRC?
¿Número de recursos?
¿Tipología?
¿Sentido de los recursos?
¿Plazo de resolución?
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Productos susceptibles de Compra Centralizada
Farmacia
Implantes quirúrgicos
Material sanitario fungible
Producto no sanitario
De mayor importe
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Volumen de compra y millones de euros
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100
200
300
400
500
600
700
Millones Euros
% volumen C.C.
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