Noviembre 14, 2015Edición Especial
Editorial
En el estudio de la contabilidad
han surgido nuevas expectativas
y nuevos cuestionamientos
sobre la orientación que se le
pueda estar dando a esta
profesión a causa de los rápidos
cambios económicos,
tecnológicos y sociales de la
actualidad.
En la actualidad la contabilidad
ha tomado una faceta, la tarea
informativa ya no es el único
objetivo que la enmarca, la
nueva realidad económica ha
hecho que la profesión contable
tome una gran importancia
dentro del marco empresarial
actual.
Contenido
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Normas o leyes de la contabilidad………………………... 04
Cuentas y sus tipos……………………………………….......... 12
Teoría del cargo y el abono…………………........ 14
Intereses simples y compuestos………………………….. 16
Publicidad………………………………………………….18
Juegos………………………………………………………19
1.Normas de la contabilidad
Para poder cumplir con sus objetivos,
la contabilidad cuenta con todo un
cuerpo
doctrinario que está formado por:
postulados básicos o supuestos
fundamentales,
técnicas, metodologías y principios,
todos ellos constituyen la base sobre la
cual
se elaboran los estados financieros.
Este cuerpo doctrinario se asume en el
ejercicio de la contabilidad como el
“Logro
accesible deseado; una meta de
trabajo, un modelo (…) [cuyo] objeto es
servir
como base practica para la institución
de procedimientos que aseguren la
conformidad de parte de un grupo(s)
persona(s)”.
(Kohler, 1970)
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*Normas de valuación
Se refieren a las normas contables vinculadas a
la medición del patrimonio y de los cambios operados
en el, que deben incluir definiciones sobre los aspectos
siguientes.
a) Capital por mantener para determinar el resultado del
periodo.
b) Criterios de medición contable
c) Unidad de medida por emplear para aplicar los
criterios de medición.
*Normas de exposición
Se refieren a las normas contables que establecen en el
contenido y la forma de los estados contables.
Según Fowler Newton, esta clasificación tiene conceso
y arraigo entre los profesionales contables, pero no es
totalmente rigurosa, porque algunas normas contables
tienen relación tanto con la medición del patrimonio
como el contenido y la forma del estado contables. Dice
que dichas observaciones son las referidas:
•a) El cumplimiento de los requisitos de información
contables;
•b) La unidad de medida por emplear;
•c) La definición del ente emisor de los estados
contables(en que casos deben emitirse estados
consolidados y que estados controlados, incluir en la
consolidación);
•d) La aplicación del concepto de significación.
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Agrega, además, que en la contabilidad histórica no
siempre hay valuación de activos, razón por la cual es
preferible emplear la palabra de medición. Por ende,
sería mejor hablar de:
a) Normas generales
b) Normas de medición;
c) Normas de exposición.
3.2. Teniendo en cuenta el alcance de las normas
3.2.1 Normas contables profesionales (NCP)
Son llamadas también principios de contabilidad
generalmente aceptados (PCGA), y sirven de base o
guía a los contadores públicos en sus trabajos de
autoría y presentación de informes sobre estados
contables.
Estas normas son emitidas por los grupos colegiados
de contadores públicos, las cuales se implantan a
través de mecanismos especiales para la lograr la
adhesión a ella de parte de la comunidad económica.
Su cumplimiento se vigila a través del dictamen de los
contadores públicos en su calidad de auditores
externos.
Es conveniente aclarar que NCP o PCGA afectan a los
contadores públicos que efectúan trabajos
de auditoría, por ser reglas que regulan su actividad
profesional, pero no es obligatorio su uso para
emisores de los estados contables.
Los auditores deben mencionar en los casos en que se
aplican las NCP en la misión de estados contables,
debiendo a efectuar salvedades o dar opinión adversa
en caso necesario.
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*Normas Contables Legales O Jurídicas
Son normas contables legales o jurídicas
aquellas que son detalladas en las leyes y
disposiciones gubernamentales, las cuales se
imponen en forma obligatoria por los poderes
del estado a los emisores de estados
contables.
En algunos casos, las NCL Son la aplicación
general para los emisores de estados
contables, en otros casos obligan solo a
determinadas clases de entidades por las
características de las actividades
desarrolladas u otros motivos.
Por lo general el Estado sanciona las NCL para
proteger a los usuarios de la información
contable, pero otras veces persiguen otros
fines, como proporcionar a los administradores
gubernamentales informaciones uniformes
ciertas actividades de las empresas, como por
ejemplo, aquellas relacionadas con
la percepción de impuestos.
En el Paraguay no existe una ley marco
de plan General de Contabilidad que
reglamente en forma general la emisión de
estados contables aplicables en todas las
empresas, tal como ocurre en muchos países
de la región. Sin embargo, existen
disposiciones dirigidas a ciertos sectores, que
provienen del sistema contable o por ende en la
forma de emisión de los estados contables de
aquellos.
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3.2.2.1. Normas contables establecidas para
el mercado de valores:
La Ley Nª 94/91 De mercado de capitales de
fecha 20 de Diciembre de 1991, artículos 40
y 83, que establecen respectivamente que
"las sociedades emisoras deberán contar
con servicio permanente de auditoría
externa y ajustar su contabilidad y balance a
los sistemas y forma que determine
la autoridad mediante la disposiciones
reglamentarias" y, por otro lado, que el
Consejo de Administración de la Comisión
Nacional de Valores tiene como atribución
"establecer métodos de información sobre
estados económicos –
financieros, auditorias, peritajes y otros
requisitos que deben llenar las sociedades
emisoras".
.Por su parte, la Res. Nª 5/92 de la Comisión
Nacional de Valores, que establece el
régimen contable de las sociedades
emisoras, adopta en general como suyas las
Normas Internacionales de Contabilidad
(NIC) emitida por el IASB (Internacional
Accounting Standards Board).
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*Normas contables legales establecidas para las entidades
bancarias, financieras y de seguros.
*Ley 489 Orgánica del Banco Central del Paraguay,
En su art.34 que establece las atribuciones de la
Superintendencia de Bancos, estipula en sus incisos:
•1) Establecer normas generales sobre sistemas de control
interno, de contabilidad y de informaciones de gestión,
adecuadas al volumen y complejidad de las actividades que
realicen y hacerlas aplicar a los administradores de las personas
físicas o jurídicas sometidas a su supervisión.
•2) "Fijar las normas de contabilidad y valoración a utilizar, y los
requisitos mínimo de información a remitir a la Superintendencia
de Bancos“
*Establecer normas sobre criterios de planes cuentas,
registración contable contenido o diseño de estados contables y
estadísticos que las personas sometidas a su supervisión deben
presentar a la Superintendencia de Bancos para evaluación,
fiscalización de las operaciones y publicación de las
informaciones".
Por parte, en el Art.115 de la misma Ley establece:
"El Directorio de Banco Central Del Paraguay adoptara para la
entidad un régimen contable concordante con los principios de
contabilidad generalmente aceptados para el sistema
financiero y acorde a la naturaleza de las operaciones de
la Banca Central. Los libros de balances diarios del Banco
Central del Paraguay serán rubricados por el Contralor General
de la Republica".
*La Ley 861/96 General de Bancos, financieras y Otras Entidades
de Crédito, en el titulo IX Control de las entidades del Sistemas
Financieros, Capitulo I, Supervisión, desde el Art. 102 a 109
legisla sobre el sistema de inspección y vigilancia, el régimen
contables, publicación de balances, auditoría externa y otros
aspectos, que en su conjunto hacen relación con las normas
contables.
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* Normas Contables legales establecidas para las entidades de seguro.
*La Ley Nª 827/96 de seguros y sus reglamentos, incluye varias
disposiciones referente al régimen de contabilidad, sistema de
fiscalización, normas de contabilidad y valoración por utilizar y los
requisitos mínimos de información financiera. Solo a modo de referencia
se extractan algunos aspectos fundamentales:
-Régimen Contable. Del Art. 29 al 35 se legisla sobre el sistema contable
que será implementado por las empresas aseguradoras. Así, en el Art. 29
dispone:" Sistema de contabilidad e informaciones. La autoridad del
Control dispondrá la adopción de un sistema claro y uniforme de
Contabilidad e informaciones y fijaras normas para la Evaluación
y Amortización de los Bienes de Aseguradoras, de modo que el activo y el
pasivo reflejen los valores verdaderos y que la cuenta" perdida y
ganancia" evidencie los resultados exactos de la explotación…"
-Obligaciones y atribuciones del Superintendente de seguros. El art. 61
establece en los siguientes incisos:
1) "Fiscalizar las empresas de seguro, hacer arqueos, pedir la ejecución y
presentación de balances y otros Estados Financieros e informe en la
fechas que estime conviviente, Revisar sus libros y sus carteras en
General, solicitar todos los Datos y Antecedentes que le permitan
interiorizarse de su estado, desarrollo y solvencia y de la forma en que
cumplen las prescripciones de esta y de las demás Leyes vigentes"
2) "Fijar nomas de contabilidad y valorización a utilizar y los Requisitos
mínimos de información financiera a terceros por parte de los
administradores de las Entidades sometida a su Supervisión los
Requerimientos de información a remitir periódica o esporádicamente a
la Autoridad de Control".
*Normas Legales, establecidas en la ley Nª 125/91 que establece el nuevo
Régimen Tributario y Ley de Nª 2421/04 de Adecuación Fiscal y sus
reglamentos.
El Régimen tributario establecido por la ley Nº2421/04 y sus reglamentos
regulan en varios aspectos el sistema contable de las empresas,
imponiendo normas que deben observar en los registros contables y en
las formas de presentación de las declaraciones juradas. Esta Ley ha
hecho avance en el sentido de estimular la aplicación de los Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA). Seguidamente se
sintetizan algunos puntos sobre salientes sobre el particular."
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*Normas contables legales establecidas por la
ley Nª1034/83 del Comerciante.
Esta ley es una de las principales
disposiciones que regulan las actividades de
los comerciantes, y, por lo tanto, en diversas
partes del texto legal establece normas que
refieren al régimen contable. El contenido de
esta ley será tratado en los capítulos
específicos en las partes relacionados con el
sistema contable.
*El código de Organización Judicial (Ley
879/81), por su parte, prevé en
el organigrama del Poder Judicial una
dependencia importante
denominada Dirección General de Registro9
Publico, del cual depende el Registro Público
de Comercio, repartición esta en donde de
acuerdo al inciso "b" del art.11 de la ley del
comerciante se establece entre las
obligaciones del comerciante inscribir en ella
su matrícula y los documentos que la ley
exige.
*Normas contables legales establecidas por
la ley Nª438/94 de Cooperativas.
Esta ley, en su Capítulo IV, al referirse al
Régimen Patrimonial, establece varias
normas que tienen relación con el sistema
contable que ha de implementarse en
esta clase de entidad.
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Normas Contables Propias De Cada
Ente.
Las normas contables propias son las
que cada ente establece para el
funcionamiento del sistema contable.
Según Fowler, la definición de las NC
propias implica la selección de:
•a) Reglas entre las alternativas
consideradas aceptable por las NCL y
la NCP aplicable s al caso;
•b) Método concreto para aplicar
dichas reglas.
Con un ejemplo ilustraremos el caso.
Si las NCP y las NCL admitiesen que
las existencias de mercaderías de
reventa se cuantifiquen a su costo
histórico o a su costo de reposición,
la NC propia podría establecer el uso
de costos de reposición.
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2. Cuentas y sus tipos
Se puede definir la cuenta como la
mínima
unidad de registro de la cual dispone una
entidad para reflejar los cambios en su
situación financiera.
*Tipos de cuentas
Siendo la cuenta la unidad fundamental
de la contabilidad, y ésta a su vez tan
diversa y compleja, sería difícil pensar
que solo un tipo de cuenta podría
registrar
toda la información que se genera en una
entidad, es por ello que se divide en
varios tipos.
Las cuentas se clasifican en:
a) Cuentas Reales
Estas cuentas se utilizan para el registro
de todas las transacciones que afectan
directamente a un balance general. Estas
reflejan la posición financiera de una
entidad de forma detallada.
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b) Cuentas Nominales
Las cuentas nominales son todas aquellas
cuentas que registran las
modificaciones al patrimonio de la
empresa por concepto de aumentos
o disminuciones a éste, durante un
período contable
c) Cuentas de Orden
Son aquellas cuentas que controlan ciertas
operaciones que no afectan el
activo, el pasivo, el capital contable o
patrimonio, o las operaciones del
período contable; pero que de una u otra
forma, las operaciones que las
generan significan alguna responsabilidad
para la empresa y en
consecuencia es necesario establecer cierto
tipo de control sobre ellas.
Estas cuentas son presentadas al pie del
balance general, las deudoras
debajo del total del activo y las acreedoras
debajo del pasivo y del patrimonio.
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3.Teoría del cargo y el abono
Esta teoría fundamenta el ejercicio de la
contabilidad en función de los motivos
que se asumen para manipular una cuenta, en
este sentido la teoría se basa en el
método de partida doble, que establece unos
convenios de cargo y abono, es
decir, fija las causas por las cuales se cargan
y abonan las cuentas de acuerdo a
su clase.
La contabilidad por partida doble se basa en
el equilibrio perfecto de la ecuación
fundamental:
ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO.
Por lo que toda transacción debe ser reflejada
por medio de cuentas, éstas a su
vez mantienen un equilibrio entre los débitos
y créditos realizados. Las cuentas
dependiendo de su saldo normal pueden
aumentar o disminuir con cargos o
abonos.
La teoría del cargo y del abono establece las
siguientes premisas fundamentales:
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La contabilidad se fundamenta en la
igualdad aritmética que existe en
cualquier operación, hecho o cómputo
de operaciones o hechos.
Las operaciones se contabilizan por
medio de cuentas, las cuales deben
identificar los hechos y cuantificarlos.
La diferencia entre los cargos y
abonos realizados a las cuentas
representa el saldo de una cuenta.
Las cuentas de ingresos, costos y
gastos informan el resultado del
ejercicio económico, es decir la utilidad
o pérdida obtenida.
Las cuentas cuyos saldos normales
sean deudores, su saldo aumenta
con cargos y disminuye con abonos.
Las cuentas cuyos saldos normales
sean acreedores, su saldo aumenta
con abonos o créditos y disminuye con
cargos o débitos.
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4.Intereses simples y compuestos
Al empresario sí le interesan los números, quizás no
la contabilidad, pero sí los números. Los negocios
están hechos para generar ganancias.
Cobrar intereses y pagar intereses es algo de todos
los días en cualquier empresa. Financiamos a
nuestros clientes. Los proveedores, los bancos y
los socios nos dan financiamiento.
Se comenzaron a cobrar intereses desde el
surgimiento de los primeros prestamistas y
mercaderes que aparecieron en la Edad Media, por
el Siglo XI. Luego grandes casas comerciales
financiaban viajes, comerciantes y otras actividades
de negocios en el Siglo XV.
Desde el principio se acostumbró PAGARA UN
RÉDITO por el uso del dinero, ese rédito es la
ganancia por haber prestado dinero un deudor a un
acreedor: ese rédito se llama interés.
Interés Simple:
Interés es el alquiler o rédito que se conviene pagar
por un dinero tomado en préstamo. Interés es el
precio del dinero en el tiempo. Se establece una
tasa en términos porcentuales, generalmente sobre
la base un año. Digamos 12% (doce por ciento) de
interés anual. Así la tasa o costo diario sería el 12%
en 365 días. El interés simple es el que se calcula
sobre el “saldo” de la deuda.
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Interés Compuesto:
Cuando los intereses mensuales se van sumando
al capital y el interés del mes siguiente se
calcula sobre esa nueva suma, estamos ante un
caso de interés compuesto.
Esto hace que la deuda crezca más rápido y que
la ganancia para el que presta sea mayor, ya que
está ganando “intereses sobre intereses”.
Esto generalmente sucede más en inversiones
que en deudas, ya que en muchos países es
ilegal cobrar intereses sobre intereses en un
préstamo.
Se dice que la gente que ha hecho mucho dinero
es porque ha entendido la ciencia del “interés
compuesto”. Hablaremos de eso en otro
artículo.
En una operación financiera a interés
compuesto, el capital aumenta en cada final de
periodo, ya que se van agregando los intereses
vencidos a la tasa convenida. Se dice que los
interesen se “capitalizan”.
Para calcular el interés compuesto se establece
la “frecuencia de capitalización” y luego, según
ese periodo, se van sumando esos intereses al
saldo anterior y se calcula para el periodo
siguiente el nuevo monto de intereses. Esto se
hace así sucesivamente hasta que llega el día de
pagar la deuda.
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