Articulo 3:todo individuo tiene derecho a la vida , a la libertad y
a la seguridad de su persona.
Derecho a la vida
• El derecho a la vida es el que tiene cualquier ser humano por el simple hecho de existir y estar vivo.
Derecho a la libertad
• Facultad que tiene el ser humano de obrar o no obrar según su inteligencia y antojo.
Protección y seguridad hacia las personas
• La seguridad y protección es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad.
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e
internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente
efectivos.
• La carta de la declaración se creó en Paris en 1948 en la Asamblea General De La Declaración de Las Naciones Unidas
Top Related