2014OCTUBRE
CONTRATO DE FRANQUICIA
UNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALAFACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
Universidad Rural de GuatemalaFacultad de Ciencias Jurídicas y SocialesSexto Semestre, Sección “A”Derecho Mercantil IIILic. Noel De Paz
INTEGRANTES:
Alma Celeste Salazar Paredes…………………………1200453Yadira Sucely Muralles Galicia………………………..1100996Darcy Minelly Susan Gutierrez Hernández………1100762Juan Carlos Bances Galdamez…………………………1200526Rudy Estuardo Solares…………………………………….1200528Eddison Donis López……………………………………….1200424Coordinador: Oscar Armando Martínez Jerez…1200527
Guatemala, Octubre del 2014
“CONTRATO DE FRANQUICIA”
UNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALAFACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
Contrato de Franquicia
El contrato de franquicia es un documento privado suscrito por dos partes, el franquiciador y el
franquiciado, en el que se recoge por escrito el “acuerdo de franquicia”. Por dicho acuerdo, una
empresa (el franquiciador) cede a otra (el franquiciado) el derecho a la explotación de un
determinado sistema para comercializar ciertos productos y/o servicios, todo ello a cambio de una
contraprestación económica.
El contenido esencial del contrato de franquicia viene determinado por tres elementos: a) Marca: el
uso de una denominación o rótulo común y una presentación uniforme de los locales y/o medios de
transporte objeto del contrato. b) Know-how: la transmisión al franquiciado de un Know-How (o
conjunto de conocimientos o procesos prácticos verificados por el franquiciador y fruto de su
experiencia. c) Apoyo continuado: la prestación continua por el franquiciador de asistencia
comercial y técnica durante la vigencia del acuerdo de franquicia.
Características legales del contrato
a. Bilateral: porque las partes se obligan recíprocamente, b. Oneroso: porque existe utilidad para
ambos contratantes, donde cada uno se graba en beneficio del otro. b. Conmutativo: porque
genera obligaciones equivalentes para ambas partes. c. Consensual: "los contratos de
franquicia nacional e internacional se perfeccionan por el simple acuerdo de voluntades" d.
Innominado y Atípico: porque no se encuentra regulado específicamente en una norma jurídica.
e. Adhesivo: porque sus cláusulas son impuestas por el franquiciante. f. De Ejecución Sucesiva:
porque las obligaciones de las partes se deben cumplir continuamente en el tiempo de duración. g.
Las Obligaciones son de Resultado: las obligaciones deben cumplirse indefectiblemente. h, De
Colaboración Empresarial: las partes persiguen un mismo fin que es propender por el éxito
comercial del negocio.
Elementos del contrato de franquicia
a. Elementos Personales: . Los dos sujetos que intervienen en el Contrato de Franquicia son: El
franquiciante y el Franquiciado, franquiciador y franquiciado. La Franquicias constituyen una red, o
cadena (filiares) en la que todos están interesados en la preservación del renombre del activo
intangible de que se trate y el eventual éxito del negocio, de lo cual se deduce que las cualidades
de los aspirantes a franquiciados son determinantes para que el franquiciaste conceda la
Franquicia. b. Elementos Reales: Conjunto de elementos patrimoniales que constituyen la
empresa franquiciada, es decir, la fabricación, distribución, prestaciones de servicios o descripción
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de bienes materiales e inmateriales (marca, nombre comercial, saber hacer, etc.) que
ha de brindársele al franquiciado con el objeto de explotar inmediatamente el producto sin que éste
pierda sus características. Dicho patrimonio empresarial se constituirá, como la base material de
las futuras empresas, la cual pertenece al franquiciador, éste a su vez, puede ser igualmente
utilizada y franquiciada a terceras personas en iguales condiciones, al igual que se debe constituir
en el contrato el p recio, con el objeto de la obligación de pago del franquiciado. Los elementos
reales de la franquicia son: El activo intangible, la asistencia técnica y el precio. c. Elementos
Formales: El contrato de franquicia es consensual, se perfecciona con el mero consentimiento de
las partes, de manera que una vez emitida la oferta por el franquiciador la obligatoriedad de su
forma escrita en documento privado o público generalmente no existe, pues la mayoría de las
legislaciones del mundo carecen de regulación específica a este tipo de contratos. No obstante,
teniendo en cuenta la complejidad de la figura jurídica, las partes generalmente eligen la forma
escrita.
Derechos y Obligaciones de las partes contratantes
a. Franquiciante: Adjudica el derecho de explotar una unidad negocial u operativa en franquicia,
suministra al franquiciado el Know-how, las técnicas e instrucciones y el sistema para operar,
otorga al franquiciado exclusividad territorial o zonal, otorga al franquiciado licencia para la
utilización de nombre, marca o emblemas, proporcionar los manuales que contengan un detalle de
los sistemas y procedimientos de operaciones de la franquicia de que se trate, otorgar la patente
en el contrato de franquicia de producción, proporcionar especificaciones de relaciones con
terceros, clientes, publicidad, promoción, etc., suministrarle productos y servicios, limitar o velar la
elección de los locales, establecer condiciones para la revocación o extinción del contrato y sus
cuales. b. Franquiciado: Pagarle al franquiciante una tasa inicial por entrar a la cadena,
adquiriendo el derecho de utilización de la franquicia, pagarle al franciante una regalía periódica,
calculada en función de la venta bruta del negocio franquiciado, el pago del precio, ajustarse a
todas las instrucciones de comercialización y técnicas del franquiciante, adquirir la licencia de
utilización de nombre, marca, etc., guardar la debida reserva, secreto de toda la información
suministrada por el fanquiciante, satisfacer los aportes porcentuales oportunamente convenidos
para las campañas publicitarias, ajustar el sistema informático y contable a los requerimientos del
franquiciante, dar cumplimiento a la normativa vigente que regule los distintos aspectos que hacen
a la operatividad de la franquicia, mantener el esquema de atención al público, abstenerse a seguir
utilizando el nombre y/o la marca una vez concluida la relación contractual.
Diversas clases de franquicia: a. Franquicia maestra: es la que corresponde a la suscripción del
acuerdo de voluntades por la cual el franquiciante otorga exclusividad al franquiciado la opción de
sub-franquiciar el modelo de negocio entre los interesados locales. b. Franquicia individual: es el
clásico contrato entre un comerciante independiente que adquiere los derechos de explotar el
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modelo del empresario en una sola unidad. c Franquicia multiple: es el caso
anterior, agregada la facultad de abrir un número determinado de locales dentro de un área
acordada. Se debe tener en cuenta que este contrato no acepta la posibilidad de sub-franquiciar. d
Franquicia Coner: son aquellas que se instalan en pocos metros cuadrados y forman parte
integrante de un mega espacio o mega evento, como por ejemplo, un supermercado o meramente
un discurso político o evento de disciplina deportiva. Estas pueden ser corner fijo o corner móvil. e.
Franquicia de productos: se trasmite la posibilidad de vender dentro de un local, determinados
productos del franquiciante. f. Franquicia de servicios: se trata del franquiciante otorgando su
transferencia del saber hacer en la prestación de un determinado servicio como inmobiliaria,
capacitación, asesoramiento contable, jurídico, etc. g. Franquicia de distribución: si hablamos de
tornillos, no franquiciamos la fábrica de tornillos, si no su distribución, el contrato lleva inserto y
delimitada perfectamente la extensión zonal, permitida al franquiciado.
Terminación de los contratos: Al realizarse el contrato de franquicia se pacta un término de
terminación, pudiendo al llegar a ese término, alargarlo con un consentimiento de ambas partes. En
algunas ocasiones las partes determinan contractualmente algunos efectos posteriores como el no
uso de la marca por el franquiciario, la mercancía producida y no vendida, cláusulas de
confidencialidad. Las causas de la terminación de los contratos pueden establecerse en la
realización el propio contrato, algunas de estas causas son: a. Incumplimiento, b. Preaviso, c.
Por quiebra, d. Llegada del término del contrato., e. Por muerte, f. Por nulidad.
Extinción del contrato: Las causas comunes de extinción de la relación obligatoria de los
contratos pactados son a tiempo determinado o por tiempo indefinido, los cuales son: a. Fin del
contrato por justo motivo b. La resolución del contrato por incumplimiento c. La resolución
debida a causas objetivas e. La causa de extinción propia del contrato de franquicia.
En Guatemala está vigente el Decreto Número 57-2,000 del Congreso de la República, el cual
contiene la Ley de la Propiedad Industrial, como instrumento legal que regula de forma parcial los
contratos de franquicia, ya que éste solamente toma en cuenta la regulación sobre marcas y los
que ésta implica, como lo es el registro, derechos, limitaciones, enajenación, cambio de nombre del
titular, licencia de uso, todo relacionado con las marcas. Cuando se cumple el mandato
constitucional que establece como una de las obligaciones del Estado, crear condiciones
adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y extranjeros. El registro del
contrato será necesario entonces como una forma de garantizar los derechos y dar seguridad a las
partes contratantes.
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