FINIQUITO DE OBRA DE
CONSTRUCCION
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
SUB DELEGACION CULIACAN EN SINALOA
DEPARTAMENTO DE AUDITORIA PATRONES
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DEPARTAMENTO DE AUDITORIA PATRONES
L.C.P. GERARDO PALAZUELOS VELASQUEZ
AUDITOR DE LA CONSTRUCCIÓN
L.C.P. MARCO ANTONIO INZUNZA TRIAS
AUDITOR DE CORRECCIÓN Y DICTAMEN
L.C.P. LORENA CASTRO BARRAZA
JEFA DE OFICINA DE CORRECCIÓN Y DICTAMEN
M.C. PABLO OCHOA BARRAZA
JEFE DE DEPARTAMENTO DE AUDITORÍA
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SISTEMA SATIC
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SATIC-01 “Aviso de registro de obra del propietario o contratista”
Mediante el aviso SATIC-01, el patrón o contratista principal debe realizar
el registro de su obra, debiéndolo presentar vía Internet o en la
subdelegación del IMSS que corresponda a la ubicación de la obra.
La obra deberá registrarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
fecha de inicio de los trabajos.
Sistema de Afiliación de Trabajadores de la Industria de la Construcción
(SATIC)
SATIC-02 “Aviso de registro de fase de obra de subcontratista”
Se establece la obligación para los subcontratistas del registro de la fase
o fases de la obra que les corresponda, lo cual permite al Instituto contar
con mayor información para el seguimiento de las obras.
•SATIC-03 “Aviso de incidencia de obra”
Los Contratistas y Subcontratistas deberán informar al Instituto las
incidencias de obra de construcción correspondientes, la suspensión,
reanudación y cancelación, así como la terminación de la obra o fase
de obra.
•SATIC-04 “Aviso de cancelación de subcontratación”
El patrón, contratista principal y subcontratista, podrán dar aviso de la
cancelación de una subcontratación.
•SATIC-05 “Relación mensual de trabajadores de la construcción”
Se deberá identificar a los trabajadores que intervienen en cada obra,
para lo cual los patrones deberán presentar, durante los primeros
cinco días posteriores al inicio de la obra de que se trate, así como
bimestralmente por cada una de las obras que estén ejecutando, una
relación mensual de los trabajadores.
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II.- Glosario
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SATIC-06 “Aviso para informar la subcontratación”
Se establece la obligación para los patrones, contratistas principales o
subcontratistas de avisar al Instituto de la subcontratación de parte o
partes de la obra, lo cual permite al Instituto contar con mayor
información para el seguimiento de las obras.
II.-
Oficio de Promoción para Registrar Obra
SATIC-A osario
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Es un invitación para que el patrón o subcontratista registre su obra, el cual
tiene 5 días hábiles para registrarla.
En los formatos SATIC 01 o en el SATIC 02.
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Oficio de Promoción SATIC-B
Este oficio es para Regularización en la Presentación del Aviso de Incidencia
de Obra SATIC 03 y Relación Mensual de Trabajadores SATIC 05, el cual
tiene 5 días hábiles para realizar esos movimientos.
Los oficios de promoción SATIC-B que no sean atendidos, se deberán,
enviar los primeros 5 días hábiles del mes a la Subdelegación que
corresponda el domicilio fiscal del patrón, para que sea considerado en la
programación de Fiscalización.
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CORRECCIÓN PATRONAL
1.- CORP 01 SOLICITUD
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FORMATOS EN LA CORRECCION PATRONAL
2.- CORP 02 PRESENTACION
3.- CORP 03 SOLICITUD DE PRORROGA
SOLICITUD DE LA CORRECCION PATRONAL (Art. 178 RACERF)
Presentar la siguiente documentacion :
• Formato CORP 01
• Acta constitutiva y sus modificaciones.
• Poder del Representante Legal.
• Identificación Oficial vigente del Representante Legal.
• Tarjeta de Identificación Patronal.
RECHAZO DE LA SOLICITUD DE LA CORRECCION PATRONAL
Se da en los siguientes supuestos:
• Por estar obligado al dictamen en términos del articulo 16 de la LSS en el
periodo de la corrección.
• Que este autorizado el aviso del dictamen por el periodo de la corrección
• Que se haya iniciado la revisión interna del dictamen por el periodo a
corregirse.
• Si el Registro Patronal se encuentra asociado con el RFC de un patrón.
contenido em el padrón de patrones obligados a dictaminarse y que hayan
incumplido com dicha obligación.
• Que no cuenten con un registro patronal.
• Que tenga antecedentes de fiscalización del periodo a corregir.
II.- Glosario
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PRESENTACION DE LA CORRECCIÓN PATRONAL DE UN PATRÓN DE LA
CONSTRUCCIÓN (Art. 180 RACERF)
Presentar su Estudio de Corrección del periodo a corregir con el siguiente
soporte documental:
• Cedulas en excel (A, G, H, I, O, Q, R)
• Balanzas de comprobación.
• Pagos de cuotas SUA mensuales y bimestrales
• Nóminas, contratos de personal, y documentos que permitan validar que las prestaciones no son
integrantes del S.B.C., entre ellos los siguientes: políticas de asistencia y puntualidad, tarjetas de
checado, políticas de fondo de ahorro, de comedor, y cualquier otro documento que acredite que
esta en los supuestos de exención establecidos por la ley o por los acuerdos del consejo técnico.
• Documentación que sustente los pagos honorarios como: contratos, constancias de retenciones,
auxiliares contables, recibos o comprobantes fiscales (cuando menos de tres meses), y demás
información que considere necesaria.
• Declaración anual ante el SAT (ISR).
• Copia del comprobante de pago de las COP, o, en su caso, el convenio de pagos en parcialidades
debidamente formalizado
• Formato impreso o el medio magnético correspondiente al programa informático autorizado por el
Instituto (DISPMAG) para el pago y constancia de la presentación de los avisos afiliatorios y
movimientos salariales resultantes de la corrección.
PRESENTACION DE LA CORRECCIÓN PATRONAL DE UN PATRÓN DE LA
CONSTRUCCIÓN
Documentacion Adicional para patrones de la construcción :
• Registro de costos y gastos registrado por Obra; Auxiliares, Pólizas.
• Nómina por obra.
• Registros de Obra (SATIC 01, 02, 03, 04, 05, 06).
• Contrato de Obra, Acta de Entrega Recepción, Estimaciones.
• Presupuesto y Planos Arquitectonicos.
• Manifestación o Permiso de Construcción.
• Subcontratos de Obra y facturación expedida.
• Licencia de construcción
SE TENDRÁ POR ABANDONADA LA CORRECCIÓN CUANDO EL PATRÓN O SUJETO
OBLIGADO SE ENCUADRE DENTRO DE ALGUNO DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS:
• No presente su estudio de corrección en el plazo de cuarenta días hábiles en términos del artículo
180 del RACERF.
• No presente el estudio de corrección con los comprobantes de pago o la información y
documentación de los movimientos afiliatorios.
• No presente la información o documentación complementaria que en su caso, le solicite el Instituto
en el plazo de diez días hábiles en términos del artículo 180 del RACERF.
• No aclare o en su caso, no pague las diferencias a satisfacción del Instituto en un plazo de quince
días hábiles siguientes a la fecha en que se le notifique el oficio de diferencias, de acuerdo con el
penúltimo párrafo del artículo 180 del RACERF.
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