16/11/2015
1
COSTOS Y COTIZACIONES
INTERNACIONALES
MBA Mario BarrantesCONTADOR PBLCO COLEGIADO CERTIFICADO
Percepciones en la importacin
Costos y los EE FF
COMERCIO INTERNACIONAL
PERCEPCIONES DEL IGV EN UNA IMPORTACION
MBA Mario BarrantesCONTADOR PBLICO COLEGIADO CERTIFICADO
DEFINICIN
El Rgimen de Percepciones del IGV es un
mecanismo por el cual el agente de percepcin
cobra por adelantado una parte del IGV que sus
clientes van a generar luego, por sus
operaciones de venta gravadas con dicho
impuesto.
16/11/2015
2
APLICACIN DEL RGIMEN DE PERCEPCIONES
El rgimen de retenciones se aplica a los
proveedores en las operaciones de venta de
bienes, en la primera venta de bienes inmuebles,
en la prestacin de servicios y en los contratos de
construccin gravados con el IGV. Los agentes de
retencin designados por la SUNAT deben retener
el 6% sobre el precio de venta a sus proveedores.
SUJETOS DEL RGIMEN
Harina de trigo o de morcajo (tranquilln)
Agua, incluida el agua mineral, natural o artificial y dems bebidas no alcohlicas, Cerveza de malta
Gas licuado de petrleo Dixido de carbonoPoli(tereftalato de etileno) sin adicin de dixido de titanio, en formas primarias
Envases o prefomas, de poli (tereftalato de etileno) (PET) Tapones, tapas, cpsulas y dems dispositivos de cierre
SUJETOS DEL RGIMEN
Bombonas, botellas, frascos, bocales, tarros,
envases tubulares, ampollas y dems recipientes
para el transporte o envasado, de vidrio; bocales
para conservas, de vidrio; tapones, tapas y dems
dispositivos de cierre, de vidrioTapones y tapas,
cpsulas para botellas, tapones roscados,
sobretapas, precintos y dems accesorios para
envases, de metal comnTrigo y morcajo
(tranquilln)
Bienes vendidos a travs de catlogos
16/11/2015
3
VENTAS SUJETAS
Pinturas, barnices y pigmentos al agua preparados de los tipos
utilizados para el acabado del cuero.Vidrios en placas, hojas o perfiles;
colado o laminado, estirado o soplado, flotado, desbastado o pulido;
incluso curvado, biselado, grabado, taladrado, esmaltado o trabajado
de otro modo, pero sin enmarcar ni combinar con otras materias; vidrio
de seguridad constituido por vidrio templado o contrachapado; vidrieras
aislantes de paredes mltiples y espejos de vidrio, incluido los espejos
retrovisores
VENTAS SUJETAS
Productos laminados; alambrn; barras; perfiles; alambre; tiras; tubos;
accesorios de tuberas; cables, trenzas, eslingas y artculos similares;
de fundicin hierro o acero; y puntas, clavos, chinchetas (chinches),
grapas y artculos similares; de fundicin, hierro, o acero, incluso con
cabeza de otras materias, excepto de cabeza de cobre.Adoquines,
encintados (bordillos), losas, placas, baldosas, losetas, cubos, dados y
artculos Similares.Fregaderos (pilletas de lavar), lavabos, pedestales
de lavabo, baeras, bids, inodoros, cisternas (depsitos de agua)
para inodoros, urinarios y aparatos fijos similares, de cermicas, para
usos sanitarios.Jugos de hortalizas, frutas y otros frutos Discos pticos
y estuches porta discos
MOMENTO DE LA PRECEPCIN
Cuando el Agente de Percepcin realice el cobro parcial o total
de la venta efectuada. Tratndose de pagos parciales, el
porcentaje de percepcin que corresponda se aplicar sobre el
importe de cada pago.
16/11/2015
4
DOCUMENTOS DEBE ENTREGAR EL AGENTE
DE PERCEPCIN
A fin de acreditar la percepcin, al momento de efectuarla el agente de percepcin entregar a su cliente el "Comprobante de Percepcin Venta Interna", el cual deber tener los siguientes requisitos mnimos:
Informacin impresa:
Datos de identificacin del agente de percepcin:
Apellidos y nombres, denominacin o razn social.
Domicilio fiscal. Nmero de RUC.
Denominacin del documento: "Comprobante de Percepcin Venta Interna".
Numeracin: Serie y nmero correlativo.
DOCUMENTOS DEBE ENTREGAR EL AGENTE
DE PERCEPCIN
Datos de la imprenta o empresa grfica que efectu la impresin:
Apellidos y nombres, denominacin o razn social.
Nmero de RUC. Fecha de impresin.
Nmero de autorizacin de impresin otorgado por la SUNAT, el cual ser consignado junto con los datos de la imprenta o empresa grfica.
Destino del original y copias:
En el original: "Cliente". En la primera copia: "Emisor- Agente de Percepcin".
La copia permanecer en poder del agente de percepcin, el cual deber mantenerla en un archivo clasificado por cliente y ordenado cronolgicamente.
DOCUMENTOS DEBE ENTREGAR EL AGENTE
DE PERCEPCIN
16/11/2015
5
CONSUMIDOR FINAL
Se considera como consumidor final slo a la
persona natural que adquiera bienes
comprendidos en el Rgimen por un importe
igual o inferior a setecientos y 00/100 Nuevos
Soles (S/. 700.00).
OPERACIONES EXCLUIDAS DEL RGIMEN
No se efectuar la percepcin en:
Las operaciones que cumplan, en forma concurrente, con los siguientes requisitos:
Se emita un comprobante de pago que otorgue derecho a crdito fiscal;
El cliente tenga la condicin de agente de retencin del IGV o figure en el "Listado de entidades que podrn ser exceptuadas de la percepcin del IGV".
Las ventas realizadas con clientes que tengan la condicin de consumidores finales.
Tenga en cuenta que:
Esta condicin no operar para los bienes comprendidos en los numerales 5 al 12 del Anexo 1.
Las ventas de combustible lquido derivado del petrleo y/o gas licuado de petrleo, despachado, en grifos.
En el retiro de bienes considerado como venta.
Las operaciones de venta efectuadas a travs de la Bolsa de Productos de Lima.
En las ventas en las cuales opere el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central (Sistema de Detracciones).
RECUPERACIN DE LA PERCEPCIN
El cliente sujeto de la percepcin podr deducir
del IGV que le corresponda pagar, las
percepciones que le hubieran efectuado hasta el
ltimo da del perodo al que corresponda la
declaracin.
Para ello deber presentar su declaracin y pago
mensual del IGV utilizando el PDT - IGV Renta
Mensual (Formulario Virtual 621) donde
consignar las percepciones que se le hubieran
realizado a efecto de deducir del tributo a pagar.
16/11/2015
6
CUIDADOS DEL CLIENTE PERCIBIDO
El Cliente, sujeto de la percepcin del IGV,
deber abrir una subcuenta denominada "IGV
Percepciones por Aplicar" dentro de la cuenta
"Impuesto General a las Ventas". En ella se
controlar las percepciones que le hubieran
efectuado, as como las aplicaciones de dichas
percepciones al IGV por pagar o las devoluciones
por tal concepto efectuadas por la SUNAT, de ser
el caso.
RECUPERACIN DE LA PRECPCIN
El cliente sujeto de la percepcin podr deducir
del IGV que le corresponda pagar, las
percepciones que le hubieran efectuado hasta el
ltimo da del perodo al que corresponda la
declaracin.
Para ello deber presentar su declaracin y pago
mensual del IGV utilizando el PDT - IGV Renta
Mensual (Formulario Virtual 621) donde
consignar las percepciones que se le hubieran
realizado a efecto de deducir del tributo a pagar.
DECLARACIN Y PAGO DE LAS PRECEPCIONES
A fin de declarar las percepciones del IGV que
se hubieran efectuado, los agentes de percepcin
utilizaran el PDT Percepciones a las ventas internas, Formulario Virtual N 697, cuya versin vigente se encontrar a disposicin SUNAT
Virtual.
16/11/2015
7
GRACIAS POR SU ATENCIN
A fin de declarar las percepciones del IGV que
se hubieran efectuado, los agentes de percepcin
utilizaran el PDT Percepciones a las ventas internas, Formulario Virtual N 697, cuya versin vigente se encontrar a disposicin SUNAT
Virtual.
Top Related