XXII REUNIÓN DE LA COMISIÓN
PERMANENTE DE FUNCIONARIOS
FISCALES.
Miércoles, 27 de Enero de 2010.
C.P.C. Ignacio Rendón RomeroAuditor General del Estado y Secretario Técnico
del SECOF.
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1. Lineamientos para la Integración y Presentación del Informe Financiero Cuatrimestral
para los Municipios del Estado de Guerrero correspondientes al ejercicio fiscal 2010.
2. Póliza de Fianzas.
3. Presentación de la Cuenta Pública.
4. La Ley General de Contabilidad Gubernamental: Armonización Contable.
• Antecedentes.
• Objetivo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
• Publicaciones del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).
o Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental
o Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental
o Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los
Egresos
Contenido.
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o Clasificador por Objeto del Gasto
o Clasificador por Rubros de Ingresos
o Plan de Cuentas
o Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los
Ingresos
o Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los
Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas
o Lineamientos sobre los indicadores para medir los avances físicos y
financieros relacionados con los recursos públicos federales.
Contenido.
La Auditoría General del Estado, en cumplimiento a la normatividad que nos rige,
específicamente a los Artículos 6, fracciones III y IV, 29 y 30 de la Ley de Fiscalización
Superior del Estado de Guerrero No. 564, en los que se establece la obligatoriedad de las
entidades sujetas a revisión y fiscalización de presentar los Informes Financieros
Cuatrimestrales; la Auditoría General del Estado, ha convocado a los Funcionarios
Municipales para hacer entrega de los Lineamientos para la Integración y Presentación
del Informe Financiero Cuatrimestral de los Municipios del Estado de Guerrero para
el ejercicio fiscal 2010. Dicho evento se llevará a cabo el día de mañana Jueves 28 de
enero del presente año a las 10:30 horas, en las instalaciones que ocupa el Salón
Diamante, ubicado en Boulevard “Lic. René Juárez Cisneros” Km. 273, Colonia Villa
Moderna, frente al Museo Interactivo “La Avispa”, en la Ciudad de Chilpancingo de los
Bravo, Guerrero.
1.- Lineamientos 2010.
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Sea este el foro, para realizar un atento recordatorio a los presentes respecto a la
obligación de la Presentación de Copia Certificada de la Póliza de Fianza y Copia
Certificada del Respectivo Contrato durante la primera quincena del mes de Febrero,
de conformidad a lo descrito en los Criterios y Montos para el otorgamiento de Fianzas de
los Servidores Públicos que tienen a su cargo la custodia y Administración de Recursos
Públicos, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 60, el Martes 28 de
Julio de 2009.
2.- Póliza de Fianzas.
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Durante la segunda quincena del mes de febrero es el plazo en el que los
Ayuntamientos deben cumplir con la entrega de la Cuenta Pública 2009, por lo
refrendamos nuestro interés y compromiso de colaborar con Ustedes, para que cumplan
con las obligaciones previstas en la Constitución Política del Estado de Guerrero y la Ley
de Fiscalización Superior del Estado de Guerrero No. 564.
3.- Presentación de la Cuenta Pública.
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Antecedentes:
El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, la cual es de observancia obligatoria para los
poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, Entidades Federativas; los
ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública
paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales
y estatales.
4.- La Ley General de Contabilidad
Gubernamental: Armonización Contable
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Objetivo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental:
Establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión
de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada
armonización, para facilitar a los entes públicos el registro y la fiscalización de los activos,
pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y
eficiencia del gasto e ingreso públicos.
4.- La Ley General de Contabilidad
Gubernamental: Armonización Contable
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4.- La Ley General de Contabilidad
Gubernamental: Armonización Contable
Publicaciones Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC)
El CONAC, el cual tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para
la generación de información financiera que aplicarán los entes públicos, y han publicado
Nueve documentos, y son:
1. Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental
2. Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental
3. Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos
4. Clasificador por Objeto del Gasto
5. Clasificador por Rubros de Ingresos
6. Plan de Cuentas
7. Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Ingresos
8. Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los
Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas
9. Lineamientos sobre los indicadores para medir los avances físicos y financieros relacionados
con los recursos públicos federales.
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El Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental (MCCG), es la base del Sistema de
Contabilidad Gubernamental (SCG) para los entes públicos, constituyéndose en el
referente teórico que define, delimita, interrelaciona e integra de forma lógico-deductiva sus
objetivos y fundamentos. Además, establece los criterios necesarios para el desarrollo de
normas, valuación, contabilización, obtención y presentación de información contable y
presupuestaria, en forma clara, oportuna, confiable y comparable, para satisfacer las
necesidades de los usuarios.
Está integrado por:o Características del Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental;
o Sistema de Contabilidad Gubernamental;
o Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental;
o Necesidades de información financiera de los usuarios;
o Cualidades de la información financiera a producir;
o Estados Presupuestarios, Financieros y Económicos a producir y sus objetivos;
o Definición de la estructura básica y principales elementos de los estados financieros a elaborar.
Marco Conceptual de Contabilidad
Gubernamental.
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Son los elementos fundamentales que configuran el Sistema de Contabilidad
Gubernamental, teniendo incidencia en la identificación, el análisis, la interpretación, la
captación, el procesamiento y el reconocimiento de las transformaciones, transacciones y
otros eventos que afectan el ente público y sustentan de manera técnica el registro de las
operaciones, la elaboración y presentación de estados financieros; basados en su
razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo en legislación especializada y aplicación de
la Ley de Contabilidad, con la finalidad de uniformar los métodos, procedimientos y
prácticas contables.
Postulados Básicos de Contabilidad
Gubernamental
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Los postulados básicos son:
1. Sustancia Económica
2. Entes Públicos
3. Existencia Permanente
4. Revelación Suficiente
5. Importancia Relativa
6. Registro e Integración Presupuestaria
7. Consolidación de la Información Financiera
8. Devengo Contable
9. Valuación
10. Dualidad Económica
11. Consistencia
Postulados Básicos de Contabilidad
Gubernamental
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TIPO COMPROMETIDO DEVENGADO
Servicios personales pornómina y repercusiones
Al inicio del ejercicio por el montoanual, revisable mensualmentecon la plantilla autorizada.
En la fecha de término del periodo
pactado.
Otros servicios personales fuera de nómina
Al acordarse el beneficio porla autoridad competente.
En la fecha en que se autoriza elpago por haber cumplido losrequisitos en término de lasdisposiciones aplicables.
Bienes Al formalizarse el contrato opedido por autoridad competente.
En la fecha en que se reciben deconformidad los bienes.
Servicios Al formalizarse el contrato, pedidoo estimación por autoridadcompetente.
En la fecha de la recepción deconformidad, para el periodo oavance pactado de conformidadcon las condiciones del contrato.
Normas y Metodología para la
Determinación de los Momentos Contables
de los Egresos
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TIPO COMPROMETIDO DEVENGADOComisiones financieras En el momento en el que se conoce su aplicación por parte de
las instituciones financieras.
Gastos de viaje y viáticos Al formalizarse medianteoficio de comisión oequivalente.
En la fecha de la autorizaciónde la documentacióncomprobatoria presentada porel servidor público.
Inmuebles Al formalizarse elcontrato de promesa decompra venta o suequivalente.
Cuando se traslade la
propiedad del bien.
Obra pública y servicios relacionados con las misma
Al formalizarse elcontrato por autoridadcompetente.
En la fecha de aceptación delas estimaciones de avance deobra (contrato de obra aprecios unitarios), o en lafecha de recepción deconformidad de la obra(contrato a precio alzado).
Normas y Metodología para la
Determinación de los Momentos Contables
de los Egresos
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TIPO COMPROMETIDO DEVENGADO
Recursos por convenio A la formalización de losconvenios respectivos.
En la fecha de cumplimiento delos requisitos establecidos enlos convenios respectivos.
Recursos por aportaciones Al inicio del ejercicio, por elmonto total de lasaportaciones previstas en elPresupuesto de Egresos ocuando se conoce.
De conformidad con loscalendarios de pago ycumplimiento de las reglas deoperación.
Recursos por participaciones Al momento de liquidar las participaciones.
Donativos o apoyos A la firma del convenio dedonación o acuerdo deautoridad competente por elcual se dispone la asignaciónde recursos.
En el momento en que se haceexigible el pago deconformidad con el convenio oacuerdo firmado o a la fechaen que se autoriza el pago porhaber cumplido los requisitosen término de lasdisposiciones aplicables.
Normas y Metodología para la
Determinación de los Momentos Contables
de los Egresos
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Normas y Metodología para la
Determinación de los Momentos Contables
de los Egresos
TIPO COMPROMETIDO DEVENGADO
Subsidios Al autorizarse lasolicitud o acto requerido.
Al inicio del ejercicio por elmonto anual, del padrónde beneficiarios elegibles,revisable mensualmente.
En la fecha en que se haceexigible el pago deconformidad con reglas deoperación y/o demásdisposiciones aplicables.
Transferencias Al inicio del ejercicio con elPresupuesto de Egresos,revisable mensualmente.
De conformidad con los
calendarios de pago.
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Es un instrumento que permite la obtención de información para el análisis y seguimiento de
la gestión financiera gubernamental, es considerado la clasificación operativa que permite
conocer en qué se gasta, (base del registro de las transacciones económico-financieras) y a
su vez permite cuantificar la demanda de bienes y servicios que realiza el Sector Público.
El Clasificador por Objeto del Gasto ha sido diseñado con un nivel de desagregación que
permite el registro único de las transacciones con incidencia económico-financiera que
realiza un ente público, en el marco del presupuesto.
Clasificador por Objeto del Gasto.
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Clasificador por Objeto del Gasto.
Resume, ordena y presenta los gastos programados en el presupuesto, de acuerdo con la
naturaleza de los bienes, servicios, activos y pasivos financieros. Alcanza a todas las
transacciones que realizan los entes públicos para obtener bienes y servicios que se utilizan
en la prestación de servicios públicos y en la realización de transferencias, en el marco del
Presupuesto de Egresos.
La clasificación por objeto del gasto reúne en forma sistemática y homogénea todos los
conceptos de gastos descritos e incluye los activos financieros y pasivos. En ese orden, se
constituye en un elemento fundamental del sistema general de cuentas donde cada
componente destaca aspectos concretos del presupuesto y suministra información que
atiende a necesidades diferentes pero enlazadas, permitiendo el vínculo con la contabilidad.
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Clasificador por Rubros de Ingresos.
La adecuada clasificación de los recursos resulta sumamente importante, su trascendencia
en materia de la obtención de las cuentas nacionales, en especial en lo referente al análisis
de la generación, distribución y redistribución del ingreso.
A fin de obtener esa información resulta necesario organizar las transacciones en
categorías homogéneas, que permitan la correcta interpretación de los hechos que les
dieron origen y sus repercusiones. En consecuencia, las clasificaciones de los recursos,
identifican las características distintivas de los medios de financiamiento, agrupándolos a fin
de medirlos y analizar sus efectos.
El Clasificador por Rubros de Ingresos permite que la clasificación de los ingresos
presupuestarios de los entes públicos sea acorde con criterios legales, internacionales y
contables, claro, preciso, integral y útil, que posibilite un adecuado registro y presentación
de las operaciones, que facilite la interrelación con las cuentas patrimoniales.
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Plan de cuentas.
El Plan de Cuentas, comprende los dos primeros agregados a los que deberán alinearse las
listas de cuentas que formularán los entes públicos, la cual permitirá registrar todas las
transacciones de tipo financiero patrimonial que ocurran en los mismos.
El objetivo del Plan de Cuentas es proporcionar a los entes públicos, los elementos
necesarios que les permita contabilizar sus operaciones, proveer información útil en tiempo
y forma, para la toma de decisiones por parte de los responsables de administrar las
finanzas públicas, para garantizar el control del patrimonio; así como medir los resultados
de la gestión pública financiera y para satisfacer los requerimientos de todas las
instituciones relacionadas con el control, la transparencia y la rendición de cuentas.
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Plan de cuentas.
Es herramienta básica para el registro de las operaciones, que otorga consistencia a la
presentación de los resultados del ejercicio y facilita su interpretación, proporcionando las
bases para consolidar bajo criterios armonizados la información contable.
El Plan de Cuentas que se presenta comprende la enumeración de cuentas ordenadas
sistemáticamente e identificadas con nombres para distinguir un tipo de partida de otras,
para los fines del registro contable de las transacciones.
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CRITERIOS DE REGISTRO GENERALES PARA EL TRATAMIENTO DE LOS
MOMENTOS CONTABLES DE LOS INGRESOS DEVENGADO Y RECAUDADO
INGRESOS DEVENGADO RECAUDADO
Impuestos
DeterminableA la emisión del
documento de cobro.
Al momento de percepción del
recurso.
Autodeterminable Al momento de percepción del recurso.
Devolución Al momento de efectuar la devolución.
Compensación Al momento de efectuar la compensación.
Cuotas y
aportaciones de
seguridad social
Determinable A la emisión del documento de cobro.Al momento de
percepción del recurso.
Autodeterminable Al momento de percepción del recurso.
Normas y Metodología para la
Determinación de los Momentos Contables
de los Ingresos.
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CRITERIOS DE REGISTRO GENERALES PARA EL TRATAMIENTO DE LOS
MOMENTOS CONTABLES DE LOS INGRESOS DEVENGADO Y RECAUDADO
INGRESOS DEVENGADO RECAUDADO
Contribuciones de
mejoras
DeterminableA la emisión del
documento de cobro.
Al momento de
percepción del recurso.
Autodeterminable Al momento de percepción del recurso.
DerechosDeterminable
A la emisión del
documento de cobro.
Al momento de
percepción del recurso.
Autodeterminable Al momento de percepción del recurso.
Normas y Metodología para la
Determinación de los Momentos Contables
de los Ingresos.
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CRITERIOS DE REGISTRO GENERALES PARA EL TRATAMIENTO DE LOS
MOMENTOS CONTABLES DE LOS INGRESOS DEVENGADO Y RECAUDADO
INGRESOS DEVENGADO RECAUDADO
ProductosDeterminable
A la emisión del
documento de cobro.
Al momento de
percepción del recurso.
Autodeterminable Al momento de percepción del recurso.
AprovechamientosDeterminable
A la emisión del
documento de cobro.
Al momento de
percepción del recurso.
Autodeterminable Al momento de percepción del recurso.
Ingresos por venta de bienes y servicios
A la emisión de la
factura o de conformidad
con las condiciones
pactadas en los contratos
correspondientes.
Al momento de
percepción del recurso por
la venta de bienes y
servicios.
Normas y Metodología para la
Determinación de los Momentos Contables
de los Ingresos.
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CRITERIOS DE REGISTRO GENERALES PARA EL TRATAMIENTO DE LOS
MOMENTOS CONTABLES DE LOS INGRESOS DEVENGADO Y RECAUDADO
INGRESOS DEVENGADO RECAUDADO
Participaciones Al momento de percepción del recurso de las participaciones.
Aportaciones
De conformidad con los
calendarios de pago y cumplimiento
de las reglas de operación.
Al momento de percepción del
recurso.
Recursos por convenios
En la fecha establecida en los
convenios y al cumplimiento de los
requisitos.
Al momento de percepción del
recurso
Financiamientos Al momento que se reciben los recursos.
Es importante recordar la obligatoriedad de adoptar e implementar, el Acuerdo por el que
se emiten las Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables
de los Ingresos a más tardar, el 31 de diciembre de 2010.
Normas y Metodología para la
Determinación de los Momentos Contables
de los Ingresos.
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Normas y Metodología para la Emisión de
Información Financiera y Estructura de los
Estados Financieros Básicos del Ente Público y
Características de sus Notas.
Este documento se emite con el fin de establecer las bases para que los gobiernos:
federal, de las entidades federativas y municipales, cumplan con las obligaciones que les
impone el artículo cuarto transitorio de la Ley de Contabilidad. Lo anterior en el entendido
de que los entes públicos de cada nivel de gobierno deberán realizar las acciones
necesarias para cumplir con dichas obligaciones.
Se encuentran considerados dentro del Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental,
publicado el 20 de Agosto de 2009, en el apartado VI y VII, denominados “Estados
Presupuestarios, Financieros y Económicos a producir y sus objetivos” y “Definición de la
Estructura Básica y Principales Elementos de los Estados Financieros a Elaborar”
respectivamente.
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Normas y Metodología para la Emisión de
Información Financiera y Estructura de los
Estados Financieros Básicos del Ente Público y
Características de sus Notas.
Al adoptar e implementar lo previsto en las presentes Normas y Metodología para la
Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del
Ente Público y Características de sus Notas, las autoridades en materia de contabilidad
gubernamental en los poderes ejecutivos federal, locales y municipales establecerán la
forma en que las entidades paraestatales y paramunicipales, respectivamente atendiendo
a su naturaleza, se ajustarán al mismo. Lo anterior, en tanto el Consejo Nacional de
Armonización Contable emite lo conducente.
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