CIUDADANA
FISCAL GENERAL DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
DOCTORA LUISA ORTEGA DIAZ.
SU DESPACHO.
Atención: FISCALIA CUARTA DEL MINISTERIO PUBLICO
BARINAS
Yo, CARLOS ALBERTO ZORRILLA, venezolano, mayor de edad, de profesión Lic. En
Educación, titular de la cedula Nº: 14.711.363, con domicilio en la ciudad de Barinas. Municipio
Barinas. Estado Barinas, actuando en mi carácter de representante legal de la Asociación Civil
“BELEN SAN JUAN”, según consta en el acta de Asamblea Protocolizada por ante el Registro
Inmobiliario del Municipio Barinas. Estado Barinas, en fecha 02 de Diciembre 2009, inscrita bajo
el Nº 32, folios 134, del tomo 94 del protocolo de transcripción de 2009.Quienes nos
organizamos Ciento Noventa Y Seis Familias (196), mediante acta de Registro Inmobiliario del
Municipio Barinas. Estado Barinas, en fecha 08 de Marzo 2005, inscrita bajo el Nº 31, del tomo
17 del protocolo primero, principal y duplicado primer trimestre del 2005. Ante usted, con el
debido respeto y acatamiento ocurro para exponer lo siguiente: Con la finalidad de adquirir un
terreno para la consecución de nuestras viviendas, y siendo el caso que todos los integrantes
pertenecemos al MINISTERIO DE EDUCACION POPULAR PARA LA EDUCACION, y a su caja
de ahorros I.P.A.S.M.E, o lo que es lo mismo, al INSTITUTO DE PREVENCION Y ASISTENCIA
SOCIAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION; Dicho instituto ofrece financiamientos a O.C.V,
de Educadores, siempre que estos sean propietarios de terrenos y proyecto permisados (como
requisitos), por lo que nuestra organización procedió a cumplir cabalmente con los mismos, y
todos los demás requisitos exigidos para el financiamiento del Desarrollo Habitacional “BELEN
SAN JUAN”. En el año 2005, se introdujeron dichos recaudos, aprobando nuestro desarrollo
para el año 2006, este desarrollo habitacional lo financia el IPASME, con la hipoteca en primer
grado individual de cada parcela, perteneciente al mismo y para ese momento fue por la
cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (40.000,00) por cada uno; como parte del
procedimiento del IPASME, para otorgar los recursos financieros, ellos asignaron o
recomendaron la Empresa Constructora “CONSORCIO CAICAGUANA, M & D
NEGOCIACIONES C.A”, cuyos representantes legales son los ciudadanos: DOMINGO
LUIS TENORIO ALCANTARA y FRANCISCO DOMADOR CHACON, titulares de las cédulas de
identidad números 5.535.660 y 2.889.407 en su condición de PRESIDENTE y SUPLENTE de
dicho consorcio respectivamente, domiciliados en el Estado Yaracuy, para la ejecución de
dicho DESARROLLO HABITACIONAL “BELEN SAN JUAN”; se apertura un Fideicomiso
Administrado, en la Entidad Financiera Banfoandes, hoy Banco Bicentenario, (el cual consigno
como parte de los anexos) en este Fideicomiso el IPASME, deposita los recursos financieros
para la ejecución, de manera proporcional al avance de obra, otorgando primero un anticipo de
obra y posteriormente las respectivas valuaciones, que según el Ingeniero Inspector verifique y
apruebe, la asociación y el mismo IPASME constata lo relacionado en obra y envía al banco
todos los recaudos y es así como la entidad financiera procede a realizar el pago a la
constructora. Es de resaltar que en teoría realmente el procedimiento pareciera una buena
solución para la construcción de viviendas; sin embargo me permito esbozar circunstancias que
han hecho de este, un verdadero viacrucis para la realización de nuestro sueño de contar con
una vivienda digna. En primer lugar, el atraso en la realización del procedimiento para la
entrega de los recursos financieros, nos ha traído como consecuencia la no construcción a
tiempo por lo que los diferentes aumentos en la mano de obra, materiales y equipos necesarios,
nos dejen sin posibilidad de culminación del desarrollo, aunado a la grave situación de que la
Empresa constructora que contrato nuestro desarrollo y a la que el IPASME le otorgo los
recursos financieros, luego de un anticipo de obra del 40% y de la tercera valuación cobrada,
no continuó el desarrollo y demostrando irregularidades en la ejecución; lo que nos llevo como
Asociación Civil a tomar la decisión en Asamblea de socios, rescindir el contrato y solicitar ante
el IPASME, el cambio de la Empresa y La Ejecución de la Fianza de anticipo y de fiel
cumplimiento, y en general para que tomara todas las acciones legales correspondientes al
caso. Consigamos ante el IPASME, todas las pruebas de las irregularidades suscitadas, así
como el Acta de Asamblea de socios donde constaba nuestras decisiones, informes y demás
documentos suficientes para que se tomaran las acciones legales pertinentes. El Instituto,
procedió a cambiarnos la Empresa por lo que se le otorgo nuevo contrato a: “CONPAO 3000
C.A” y al Ingeniero Inspector del IPASME, para continuar con el desarrollo, pero pese a todas
las gestiones y presiones ejercidas por nosotros no ha accionado legalmente en contra de la
Primera Empresa constructora, situación esta que nos ha dañado aun mas, por cuanto la
Empresa que incumplió el contrato de ejecución no termino de amortizar el anticipo dado y
existe entonces un faltante de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES
(Bs.3.500.000,00) que hoy están siendo deducidos de la deuda hipotecaria de cada uno de los
socios. En vista de los atraso de la entrega de los recursos financieros, aunado la situación de
la Empresa que incumplió y los años que han transcurrido desde el primer presupuesto año
2005 hasta la actualidad; nos vimos en la desagradable tarea de sincerar los precios de la
vivienda por lo que iniciamos un proyecto con cuyo valor de la vivienda era de CINCUENTA Y
SEIS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 56.000,00) cuyo financiamiento se desglosaba de la
siguiente manera: CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (40.000,00) otorgado por crédito
hipotecario del IPASME y el restante, es decir la cantidad de: DIECISEIS MIL BOLIVARES
FUERTES (Bs.16.000,00) por convenio suscrito entre el MINISTERIO DE EDUCACION y el
MINISTERIO DE LA VIVIENDA de otorgar el subsidio de la Ley Política Habitacional, debiendo
el IPASME gestionar dicho beneficios ante el BANAVIH; al sincerar el presupuesto nos arrojo
como resultado para el mes de julio año 2009, que el valor de la vivienda con su respectivo
urbanismo era de: CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.185.000,00)
realizándose la consulta ante el IPASME, ya que el mismo cubre solo hasta por el valor de
CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.120.000,00), como solución al problema
propuso que se consignara un presupuesto, irreal, pero que se ajustara al monto mencionado y
que el restante, es decir la cantidad de: SESENTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES
(Bs.65.000,00) se cubriera de la siguiente manera: la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES
FUERTES (Bs.30.000,00) con un crédito complementario para refracción otorgado por el
mismo INSTITUTO, y la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES
(Bs.35.000,00) por concepto del SUBSIDIO DE LEY DE POLITICA HABITACIONAL; Se
introducen entonces ambos presupuestos y proceden a la aprobación de los recursos
financieros adecuados al nuevo valor de la vivienda, con una entrega parcial de los mismo; no
obstante a las conversaciones donde se solicitan las celeridades del caso, con objeto de
cometer errores pasados, hasta la presente fecha luego de año y medio de haber presentado
todas estas soluciones, nos encontramos nuevamente con que los recursos ya no son
suficientes para la culminación debido a los aumentos ya mencionados y siendo el caso que el
IPASME, HA INCUMPLIDO MES TRAS MES CON LA ENTREGA DE LOS RECURSOS
FINANCIEROS, teniendo valuaciones firmadas y tramitadas desde el año 2010, experimentado
nuevamente una paralización en la obra, debido a que el INSTITUTO adeuda a la Empresa que
actualmente cuenta con el contrato la cantidad de: CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS
SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEITIDOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.867.522,00);
aumentando la angustia de que ya para esta fecha los recursos no son suficientes para la
culminación de las CIENTO NEVENTA Y SEIS VIVIENDAS (196) contando hasta ahora con un
avance de obra del 45% ejecutado. Cabe destacar, que pese a la tardanza y los constantes
incumplimiento de la entrega de recursos financieros, todos los socios constituimos la garantía
ante el IPASME, lo que trae como consecuencia que cuando alguno de estos han tomado la
decisión de retirarse por la larga espera atravesada, el IPASME exige que se deben cancelar la
totalidad del valor hipotecado, es decir por los CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES
(Bs.120.000,00) encontrándonos en una situación de indefensión y de extrema gravedad para
nosotros ya que nos encontramos sin vivienda y con una deuda generando intereses, y la
negativa del INSTITUTO a subsanar o eliminar dicha deuda por incumplimiento. Es por todas
estas razones ya expuestas, que consideramos, la ESTAFA INMOBILIARIA de la que somos
VICTIMAS. Es importante destacar que el IPASME todos los meses descuenta de la nomina al
universo de docentes suscritos a el, la cuota del ahorro reglamentario, por lo que consideramos
que dicha ESTAFA es agravada, ya que de los recursos aprobados para cualquier
financiamiento, sale de los ahorros de todos. SOLICITAMOS, una solución veraz, oportuna y
eficaz para la culminación de nuestras viviendas. Esperando que dicha solicitud, sea atendida
con EL calificativo de ESTAFA INMOBILIARIA y tramitada conforme a derecho. Es todo en la
ciudad de BARINAS a los 07 días del mes de ABRIL.
Consigno en este acto las pruebas que creemos pertinente para agilizar su decisión.
CIUDADANA
FISCAL GERENERAL DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
DOCTORA LUISA ORTEGA DIAZ.
SU DESPACHO.
Nosotros, los miembros de las diferentes ASOCIACIONES CIVILES, PRO-VIVIENDA, adscritas
al INSTITUTO DE PREVENCION Y ASISTENCIA SOCIAL DE EL MINISTERIO DE
EDUCACION IPASME; solicitamos ante su digno despacho atienda la problemática, que existe
en la Construcción de vivienda dentro del INSTITUTO, cuyo factor general lo constituyen: 1)
Incumplimiento de las Empresas financiados por este, en la ejecución de proyectos
habitacionales para los Educadores; 2) El vencimiento de las respectivas fianzas de fiel
cumplimiento y de anticipos de estas Empresas financiadas;3) Retardo de la aprobación y
estrega de Recursos financieros, oportunos para dicha construcción; 4) Compromisos
Hipotecarios, sin viviendas construidas; 5) Endeudamientos de los Educadores, en materia
habitacional, privándolos de otra solución habitacional; 6) Acarreando la paralización, y en
algunos casos el abandono de TRECE MIL (13.000) viviendas que se financian, a traves de
este modelo constructivo; 7) La falta de probidad y atención, por parte del IPASME, para la
consecución de soluciones optimas y oportunas, en las situaciones planteadas. Sin más a que
hacer referencia, nos suscribimos de Usted, en la búsqueda de soluciones a lo que
consideramos ESTAFAS INMOBILIARIAS, orquestadas por y con el consentimientos del
INSTITUTO los abajo firmantes.
Top Related