Numero de boletin: 27554
Fecha: 21/06/2011
INDICE:
Sección Legislación y Normativa Provincial
22058---ACUERDO 1361 / 2011 ACUERDO / 2011-06-09
22056---ACUERDO 1397 / 2011 ACUERDO / 2011-06-13
22045---DECRETO 1591 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22046---DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22047---DECRETO 1593 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22048---DECRETO 1594 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22049---DECRETO 1595 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22057---DECRETO 1596 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22043---DECRETO 1597 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22055---DECRETO 1598 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22052---DECRETO 1599 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22051---DECRETO 1600 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22059---DECRETO 1601 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22053---DECRETO 1602 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22054---DECRETO 1603 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22041---DECRETO 1605 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
22042---DECRETO 1788 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
22044---DECRETO 240 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-02-10
22050---RESOLUCIONES 160 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-10
22060---RESOLUCIONES 166 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-13
22061---RESOLUCIONES 167 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-13
22065---RESOLUCIONES 249 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-26
22064---RESOLUCIONES 348 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-07
22063---RESOLUCIONES 370 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09
22062---RESOLUCIONES 372 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09
Sección Avisos
159213---JUICIOS VARIOS / ACOSTA PAOLA INES S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA
159136---JUICIOS VARIOS / BANCO DEL TUCUMAN S.A. C/ COLOMBRES ALBERTO AUGUSTO Y
OTROS
159164---JUICIOS VARIOS / "BELTRAN MARIA FERNANDA Y CANIGIA JUAN JOSE C/ MOLINA LOPEZ
EDUARDO LUIS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS"
159115---JUICIOS VARIOS / CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROV. DE TUC. C/ SANCHEZ
TARDAN EDGARDO A.
158708---JUICIOS VARIOS / "DIAZ NORMA BEATRIZ Y OTRAS S/ CANCELACION (ESPECIAL)"
159156---JUICIOS VARIOS / "GRANDES BAZARES DEL NORTE S.A. Y PRIETO RAFAEL LEON Y YAPUR
DE PRIETO NELLY S/ CONCURSO PREVENTIVO"
158953---JUICIOS VARIOS / HERRERA BLANCA ROSA S/ PRESCRIPCION ADQ
159000---JUICIOS VARIOS / MONTENEGRO NORMA DEL VALLE C/ COLOMBRES GARMENDIA LUIS
OSCAR
158871---JUICIOS VARIOS / "MONTOYA MIRTA SUSANA C/ CIA. AZUCARERA BELLA VISTA S.A S/
PRESCRIPCION ADQUISITIVA"
158856---JUICIOS VARIOS / MORENO DE CORDOBA MARIA RAMONA Y OTROS C/BARROS MIGUEL
ANGEL Y OTROS
159046---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUC. -DGR- C/ TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS
TUCMA S.R.L.
159108---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI RUBEN HUGO
159110---JUICIOS VARIOS / "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ GUTIERREZ ANTONIO S/ COBRO
EJECUTIVO. EXPTE. N° 823/09"
159187---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ CABEGE ELECTRO
CONSTRUCCIONES S.R.L.
159177---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ DROGUERIA GRAFON S.R.L.
159139---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ JUAN RICARDO VILLA S.R.L.
159146---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/JUAREZ NORMA BEATRIZ
159144---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ MICSA S.R.L.
159048---JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ R.D. DISTRIBUCIONES S.R.L.
159074---JUICIOS VARIOS / PULIDO MIGUEL ANGEL S/ CONCURSO PREVENTIVO
159103---JUICIOS VARIOS / SUPERCANAL S.A..C/ TELSAT S.R.L.
159208---JUICIOS VARIOS / TARJETA PLATINO S.A. C/ SIMULA ALEJANDRINA
156687---JUICIOS VARIOS / TRUJILLO MANUEL FRANCISCO - CUARTA PUBLICACION
159221---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCION DE ARQUITECTURA Y URBANISMO
158860---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº 01/2011
158855---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº 02/2011
159120---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PUBLICA N° 7/2011 - FUNDACION MIGUEL
LILLO
158911---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACION PUBLICA Nº 04/2011. MINISTERIO DE
EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA
159044---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE SEGURIDAD CIUDADANA-LIC PUB Nº 05-
2011
159141---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES LICITACIÓN
PUBLICA N° 02/2011
159215---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION LIC. PUB. N°
01/2011
159072---LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL LIC. PUB. 01/11
159062---REMATES / CARRASCOSA FATIMA BEATRIZ C/CORNEJO JUAN FACUNDO Y OTRO
159109---REMATES / ELIAS ALEJANDRO JOSE C/ CASTRO BUADAS CECILIA
159220---REMATES / "FEDER.DE COOP.VITIVINICOLAS ARG.COOP.LTDA. (FECOVITA) C/GUERRERO
LUIS PROSPERO S/ Z- COBRO EJECUTIYO DE PESOS - EXP Nº 5458/94"
159207---SOCIEDADES / ASOC. COOP. PROGRAMA DE EDUC. PERMANENTE ADULTOS MAYORES
(E.P.A.M.)
159222---SOCIEDADES / AVANZADA MUTUAL DE SERVICIOS SOCIALES
159061---SOCIEDADES / BIBLIOTECA POPULAR NICOLAS AVELLANEDA
159013---SOCIEDADES / COLEGIO DE PROFESIONALES EN SERVICIO O TRABAJO SOCIAL
159209---SOCIEDADES / DORMIR CONSTRUCCIONES S.R.L.
159226---SOCIEDADES / MOVIMIENTO AUTONOMO DE BASES POR LA ESPERANZA Y LA LIBERTAD
(M.A.B.E.L)
159204---SOCIEDADES / MOVIMIENTO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO
159224---SOCIEDADES / PARTIDO "DE LA JUSTICIA Y LA VICTORIA" DISTRITO TUCUMÁN
159214---SOCIEDADES / PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE JUAN BAUTISTA
ALBERDI
159227---SOCIEDADES / PARTIDO "EL FORTIN DE LA VICTORIA" MUNICIPAL
159223---SOCIEDADES / PARTIDO "FEDERALISMO PARA LA VICTORIA" MUNICIPAL
159206---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL NUEVO ENCUENTRO
159203---SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL UNIDAD Y SOLIDARIDAD SIMOQUEÑA
159225---SOCIEDADES / PARTIDO "UNIDOS PARA LA VICTORIA" MUNICIPAL
159210---SOCIEDADES / "SALSENCH S.R.L."
159205---SOCIEDADES / TRABAJANDO POR LA GENTE
159218---SUCESIONES / ABRAHAM AMADO DEBBO
159119---SUCESIONES / ALBERTO RAMON HARO
159162---SUCESIONES / ALFREDO AGUILAR
159189---SUCESIONES / BRUNO AMERICO COZZI
159104---SUCESIONES / CARLOS VICENTE BACHE
159100---SUCESIONES / CARMEN ABELLA M.I. Nº 2.525.035
159147---SUCESIONES / EDUARDO DELGADO
159217---SUCESIONES / ELIAS SANTIAGO CUEVA
159182---SUCESIONES / ELVIO JESUS MEDINA D.N.I. Nº 7.059.260
159216---SUCESIONES / FELIPE TEODORO LONSALLE Y/O FELIPE TEODORO LONZALLES
159107---SUCESIONES / FERMIN JUSTO GRAMAJO
159219---SUCESIONES / FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ
159212---SUCESIONES / GONZALEZ DORA CARMEN - PEREZ EVARISTO WERTEL
159142---SUCESIONES / "HUGO ANTONIO VELIZ"
159155---SUCESIONES / JOSE MARINO SAID
159117---SUCESIONES / "JOSE MERCEDES GRANEROS"
159091---SUCESIONES / JOSE NAPOLEON ORTEGA
159114---SUCESIONES / JOSE VICENTE SILVA M.I. Nº 11.910.595
159153---SUCESIONES / JUANA DEL CARMEN CASTILLO
159202---SUCESIONES / JULIO FRANCISCO BARRAZA
159201---SUCESIONES / LUIS ROSARIO CARRANZA Y ANA FRANCISCA DIAZ
159118---SUCESIONES / RAMON EDUARDO CAMPBELL D.N.I. Nº 7.016.350
159158---SUCESIONES / RAUL ROBERTO TANOS
159098---SUCESIONES / ROBIN BRITO
159211---SUCESIONES / VILLAGRA ESPECHE MARIA LUCRECIA
Aviso número 22058
ACUERDO 1361 / 2011 ACUERDO / 2011-06-09
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS. ACUERDO N° 1361, del 09/06/2011. --- Acuerda
Artículo 1°: Aprobar el Informe N° 4°/10 referido al Monitoreo de la Deuda
Pública correspondiente al período: mayo/junio de 2010 elaborado por el
Departamento de Contadores Fiscales, en el que se estima que al 31/08/10 la Deuda
Pública asciende a la suma de $4.821,86 (expresado en millones de pesos); y los
intereses pagados durante dicho bimestre fueron de $6.942.761,72 (pesos seis
millones novecientos cuarenta y dos mil setecientos sesenta y uno con 72/1 00).
Artículo 2°: Disponer que por Secretaría General se extraigan las copias
pertinentes, las que debidamente autenticadas formarán parte del presente
Acuerdo. Cumplido, deberá ponerse en conocimiento de lo actuado al Poder
Ejecutivo de la Provincia y a la H. Legislatura. Artículo 3°: Comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y oportunamente archívese. C.P.N. Miguel Ch.
Terraf. Dr. Sergio M. Díaz Ricci.
Aviso número 22056
ACUERDO 1397 / 2011 ACUERDO / 2011-06-13
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS. ACUERDO N° 1397, del 13/06/2011. --- Artículo 1°:
Rectificar Parcialmente el artículo 1° del Acuerdo N° 1361-HTC-11 en el sentido
que donde dice mayo/junio de 2010 debe decir julio/agosto 2010. Art. 2°
Comuníquese y oportunamente archívese. C.P.N. Miguel Ch. Terraf. Dr. Sergio M.
Díaz Ricci.
Aviso número 22045
DECRETO 1591 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.591/4 (MDS), del 16/05/2011. --- Autorízase a la señora Ministra de
Desarrollo Social, Prof. Beatriz Graciela MIRKIN, a trasladarse en Misión Oficial
a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante los días 17 y 18 de mayo de 2011.
Aviso número 22046
DECRETO 1592 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.592/3 (SH), del 16/05/2011. --- Autorízase a la DIRECTORA GENERAL DE
PRESUPUESTO, C.P.N. Ruth I. Gil Viera a trasladarse el 18 de mayo de 2011, usando
la vía aérea, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de asistir a la
"Reunión de Comité Ejecutivo del Foro Permanente de Direcciones de Presupuesto y
Finanzas de la República Argentina", a realizarse los días 18 y 19 de mayo del
corriente año, debiendo regresar a la Provincia el día 19 de mayo de 2011.
Aviso número 22047
DECRETO 1593 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.593/1 (SEP), del 16/05/2011. Expte. N° 762/130-M-2011. ---
Autorízase al Director del Instituto Provincial de la Administración Pública de
la Secretaría de Estado de Planeamiento, Prof. Luis R. Marchetti, a trasladarse -
vía aérea- en misión oficial a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días 17 y
18 de mayo del corriente año.
Aviso número 22048
DECRETO 1594 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.594/1 (SEP), del 16/05/2011. Expte. N° 786/130-S-2011. ---
Autorízase al señor Secretario de Estado de Planeamiento, Dr. Julio Saguir, a
trasladarse -vía aérea- en misión oficial a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
del 18 al 19 de mayo del corriente año.
Aviso número 22049
DECRETO 1595 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.595/3 (ME), del 16/05/2011. Expte. N° 1571/325-SC-20011. ---
Autorízase al Dr. Rubén Darío Aquino -Categoría 20 Planta Temporaria- y al Señor
Sebastián Patricio Medina Naessens Categoría 19 Planta Temporaria, dependientes
de la Dirección Provincial del Agua a trasladarse por vía terrestre a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires el día 16 de mayo de 2011 con regreso para el día 21 del
mismo mes y año.
Aviso número 22057
DECRETO 1596 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.596/1, del 16/05/2011. --- Autorízase al Lic. Marcelo DITINIS,
Personal de Gabinete del Poder Ejecutivo (con rango de Subsecretario), a
trasladarse vía aérea, en misión oficial a la Capital Federal, el 17 de mayo de
2011, acompañando al Titular del Poder Ejecutivo.
Aviso número 22043
DECRETO 1597 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.597/5 (MEd), del 16/05/2011. --- Autorízase, a la señora Responsable
del Centro de Documentación e Información Educativa (CENDIE) -Prof. Vilma
SÁNCHEZ- dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, a ausentarse de la Provincia en
misión oficial -vía aérea- con destino a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el
día 18 de mayo de 2.011, con regreso en idéntica fecha. Déjase establecido que lo
dispuesto no producirá erogación alguna al erario provincial.
Aviso número 22055
DECRETO 1598 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.598/3 (ME), del 16/05/2011. --- Autorízase al Señor Secretario de
Estado de Hacienda, CPN. ROLANDO J. STEIMBERG, a trasladarse -usando la vía
aérea- el día 17 de mayo de 2011, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos
de cumplir una misión oficial el día 18 de mayo de 2011.
Aviso número 22052
DECRETO 1599 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.599/3 (ME), del 16/05/2011. --- Autorízase al Señor Ministro de
Economía, C.P.N. JORGE GUSTAVO JIMÉNEZ a trasladarse -usando la vía aérea- a la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 17 de mayo de 2011, a fin de cumplir la
misión oficial encomendada durante los días 17 al 18 de mayo del corriente año.
Aviso número 22051
DECRETO 1600 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.600/21 (MSP), del 16/05/2011. Expte. N° 1704/400-S-11. ---
Autorízase, al Dr. Alberto SABAJ, Personal de Gabinete con rango de Subsecretario
del MINISTERIO DE SALUD PUBLICA, a trasladarse en Misión Oficial- vía terrestre-
en colectivo de línea- a la provincia de Córdoba, el día 19 de mayo de 2011 con
regreso el día 22 de mayo de 2011.
Aviso número 22059
DECRETO 1601 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.601/4 (SENAyF), del 16/05/2011. --- Autorízase a la Lic. Graciela
Sare de García, Secretaria de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia del
Ministerio de Desarrollo Social, a trasladarse en Misión Oficial a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires durante los días 19 al 21 de mayo de 2011.
Aviso número 22053
DECRETO 1602 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.602/9 (MDP), del 16/05/2011. --- Autorízase al Ing. Rubén Amado Dip
- Director de Medio Ambiente, categoría 24 -, para que por vía aérea se traslade
a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 19 de mayo de 2011, atento a lo
expresado en el considerando que antecede, debiendo regresar por igual medio el
día 20 de mayo de 2011.-
Aviso número 22054
DECRETO 1603 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1.603/9 (MDP), del 16/05/2011. --- Autorízase a la Licenciada Estela
Noemí Santillán Personal de la Dirección de Medio Ambiente, para que por vía
aérea se traslade a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 19 de mayo de 2011,
debiendo regresar por igual medio el mismo día.-
Aviso número 22041
DECRETO 1605 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-16
DECRETO N° 1605/7 (STSV), del 16/05/2011. --- Autorízase al Sr. Secretario de
Estado de Transporte y Seguridad Vial, Proc. Ramiro Eduardo GUTIÉRREZ, D.N.I. N°
18.185.091, a ausentarse de la Provincia, con destino a la Provincia de Santiago
del Estero, en misión oficial, vía terrestre, el día 19 de Mayo de 2011, con
fecha de regreso el día 20 del citado mes y año.
Aviso número 22042
DECRETO 1788 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-05-30
DECRETO N° 1.788/4 (SENAyF), del 30/05/2011. Expte. N° 18.589/425-F-2.010. ---
Apruébase el gasto, al solo efecto de rendir cuentas, por la suma total de
$40.700,00, en concepto del pago efectuado a los profesionales y operadores
sociales que se desempeñan en el "Programa Provincial Proteccional de Derechos de
la Niñez, Adolescencia y Familia, correspondiente al mes de Octubre de 2.010,
autorizado por Resolución 3.828/4-SENAyF de fecha 24/11/2010. La erogación
resultante fue atendida con Orden de Pago N° 94.718/10.
Aviso número 22044
DECRETO 240 / 2011 DECRETO SINTETIZADO / 2011-02-10
DECRETO N° 240/1, del 10/02/2011. --- Queda nuevamente en posesión del Poder
Ejecutivo de la Provincia, su Titular, C.P.N. José Jorge ALPEROVICH.
Aviso número 22050
RESOLUCIONES 160 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-10
DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 160/2011 DPJ, del 10/06/2011. ---
ARTICULO 1°: APROBAR la reforma parcial del Estatuto de la Asociación Civil
"COMEDOR INFANTIL CAROZO Y NARIZOTA" con domicilio legal en la Provincia de
Tucumán y sede en calle Eva Duarte S/N de la Ciudad de Concepción, Dpto.
Chicligasta de la Provincia de Tucumán.- en virtud de la cual en lo sucesivo se
denominará "CENTRO COMUNITARIO DE DESARROLLO SOCIAL CAROZO Y NARIZOTA" conforme
fuera sancionado en Asamblea General Extraordinaria de fecha 12 de Mayo de 2011.
ARTICULO 2°: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución
N° 394/03 -DPJ de fecha 21/11/2003. ARTICULO 3°: DETERMINAR que las fojas del
Estatuto precedentemente aprobado obrantes en texto ordenado de fojas 09 a 23,
serán firmadas y selladas por el Sr. Director de este organismo de contralor.
ARTICULO 4°: Regístrese, notifíquese, publíquese en Boletín Oficial y archívese.-
Aviso número 22060
RESOLUCIONES 166 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-13
DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 166/11 DPJ, del 13/06/2011. Art.
1°.- Apruébase el Acta Constitutiva obrante a fs. 02 a 04 del expte. N° 1931/211-
A-2011 del Club de Leones Tucumán Lola Mora Asociación Civil, con domicilio legal
en Hotel Premier, Sala Vip, calle Crisóstomo Alvarez N° 500, San Miguel de
Tucumán, Provincia de Tucumán, y reconócese a la misma el carácter de Persona
Jurídica, quedando obligada el estricto cumplimiento de las disposiciones legales
en vigor. Art. 2°.- Las fojas del estatuto precedentemente aprobado serán
firmadas y selladas por el Sr. Director de la Dirección de Personas Jurídicas.
Art. 3°.- Notifíquese, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 22061
RESOLUCIONES 167 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-13
DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS. RESOLUCION N° 167/11-DPJ, del 13/06/2011. ---
Art. 1°.- Apruébese el Acta Constitutiva obrante a fs. 04 a 06 del expte. N°
634/211-C-2011 del Club de Leones Tucumán Aconquija Asociación Civil, con
domicilio legal en Hotel Premier, Sala Vip, Crisóstomo Alvarez N° 500, San Miguel
de Tucumán, Provincia de Tucumán, y reconócese a la misma el carácter de Persona
Jurídica, quedando obligada al estricto cumplimiento de las disposiciones legales
en vigor. Art. 2°.- Las fojas del estatuto precedentemente aprobado serán
firmadas y selladas por el Sr. Director de la Dirección de Personas Jurídicas.
Art. 3°.- Notifíquese, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Aviso número 22065
RESOLUCIONES 249 / 2011 RESOLUCION / 2011-05-26
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 249/11-H.J.E.P., del 26/05/2011. --- I-
Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación ACCIÓN DEMOCRATICA" para
actuar como partido político en la jurisdicción del Municipio de Las Talitas,
Departamento Tafi Viejo. II- Otorgar el número 289 al mencionado partido según lo
dispuesto por el artículo 26° de la ley 5.454 y resolución de la H. Junta
Electoral del 22/04/03.- III- Publíquense edictos por un día, libre de derechos,
en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la declaración de
principios y bases de acción política, carta orgánica y la presente resolución.-
Hagase Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr. Pedro Vicente Giudice,
Vocal. Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente Subrogante de la H. Legislatura
de Tucumán.
DECLARACION DE PRINCIPIOS
Tucumán en toda se extensión, muy especialmente el radio capitalino y lo que
podría ser El Gran San Miguel de Tucumán, tiene la posibilidad de lograr su
desarrollo, por la avasalladora personalidad que la caracteriza históricamente y
puede ser dueña del propio destino, esa es nuestra cuestión. Nuestra provincia
con el municipio capitalino y todos los del interior en forma conjunta con el
país, se encuentran atravesando una etapa de transición y cambios que la han
ubicado en una situación donde toda determinación no admite errores, por lo tanto
se hace necesario tomar rápido control de las situaciones planteadas por lo cual
debemos inclinarnos a la creación de proyectos simples, cortos o de mediano
plazo, sin la fantasía a la que nos llevaría la promesa fácil y la mentira. Es en
esta etapa coyuntural de nuestro país, que nos encontramos formando un partido
político que comenzó siendo de acción comunitaria, para transformarse en Político
Social. Las necesidades imperantes, nos han dotado de una capacidad de acción,
creación, imaginación, decisión y realización que no estamos viendo en los
partidos tradicionales con estructuras anquilosadas, mas preocupados en
permanecer que en hacer, incapaces de contener a las personas o de dar respuestas
a un crecimiento sostenido con imaginación, creatividad y libertad. El actual
panorama de los políticos nos muestra que están mas dedicados al interés personal
y del grupo mezquino que los rodea, que a dar respuestas a la problemática de la
comunidad; a hacer nepotismo y asegurarse algún tipo de continuidad en el poder
(con esposas, hijos, novias, amantes, amigos íntimos, etc.), generando unas
especies de feudos reinos de la corrupción, llegando a abarcar provincias
completas, embargando el accionar de Instituciones Fundamentales de la Nación,
como Legislaturas, Congresos y Justicia, todo con una población a la que han
empujado para que sea chata e incapaz de reaccionar por la compra de voluntades
con planes sociales que exceden lo inmoral, hasta vergonzosos bolsones de comida
que les permite jugar con el hambre y la necesidad del pueblo, llegando a
concluir que la representación y la defensa de los intereses del pueblo es lo que
menos cuenta. Por lo expuesto, es que queremos asumir el papel protagónico en ese
destino que de todos modos nos embargará para nuestro bien o mal. Estamos seguros
y consientes que el camino es de lucha, duro, largo y penoso, pero se trata de
ser dueños y artífices de nuestro destino; no luchar mas la batalla de otros cuya
única y fundamental preocupación es su individualidad, no queremos más ser
víctimas y perdedor, tanto si se pierde como cuando se gana. No más pelear la
batalla de otros que dicen quitemos el látigo de nuestro explotador, para después
blandirlo sobre nuestras espaldas. Se trata de ser dueños de nuestra voluntad, de
no mendigar la comida, el espacio, el salario, sin doblegarnos ni ganar con la
gloria efímera para poner la imaginación en el poder. Por lo tanto nuestro
Partido Acción Democrática, propone justamente eso acción e imaginación dentro de
un marco democrático; buscando entre todos una solución a cada problema de
nuestra comunidad y de los individuos; estudiar cada caso hasta encontrar la
calidad y excelencia en la respuesta, sin impedimentos ni imposiciones. Por ello
llamamos y convocamos a los ciudadanos de Las Talitas, a incorporarse para tratar
su problemática y visión, y proponer mecanismos de acción con el solo límite de
la imaginación, la posibilidad real y la razón. Por lo expuesto consideramos que
es un deber y un derecho de las personas, participar de su comunidad y hacerlo
por todos los medios que disponga y sea posible. Nosotros le entregamos este
canal e instrumento de participación, distinto de la problemática y punto de
vista de los partidos tradicionales, esperando que la comunidad así lo comprenda,
valore y se incorpore, estudie proponga y peticione. Nosotros lo haremos
primorosamente, buscando la calidad de excelencia en nuestras personas, a las que
se les exige por sobre todas las cosas, la búsqueda permanente de las situaciones
problemáticas, como así también el estudio metódico y sistemático de cada caso.
No aceptaremos al político vocacional y oportunista, deberá conocer
sistemáticamente las leyes fundamentales de la nación, la provincia y el
municipio, como así también sus instituciones, su funcionamiento y uso. Todos
estos estudios se harán sin limitaciones ideológicas o partidarias, y para ello
se confeccionará como parte programática un diagrama de conferencias, actos
culturales y sociales, que se realizaran tanto internamente como públicamente,
con conferenciantes propios o ajenos, que se invitarán para tratar temas que nos
preocupen o interesen, todo esto en estrecha relación con ONG., partidos
políticos sin distinción de banderas, instituciones gubernamentales, educativas,
artísticas y/o deportivas, todos pueden ser invitados a dar a conocer su
perspectiva o puntos de vista. La permanencia en cargos se verá sujeta siempre a
presentar trabajos, monografías, conferencias, actividades sociales, culturales,
turísticas y/o artesanales, para lo cual se ira emplazando a los individuos a
presentar su programa personal de estudio, trabajo y acción, en conferencias
internas, externas o en las que fuera invitado dentro o fuera de nuestra
comunidad con la frecuencia de por lo menos una vez al año por persona y cargo
burocrático ocupado, llevándose un registro cierto de ello, sin limitación
ideológica o partidaria, no importando la polémica que genere, porque estimamos
que debe ser y por sobre todas las cosas EL TRIUNFO DE LO EXELENTE. Priorizaremos
dentro de nuestro accionar como pilares básicos, la defensa, lucha por logros,
renacimiento e institucionalización de dos temas que consideramos olvidados
dentro de nuestra comunidad y que siempre fueron pilares de todos los pueblos, la
CULTURA y el TURISMO y como un tercer tema en cuestión que empezaremos a darle el
tratamiento y jerarquización como obligación dentro de nuestra comunidad en
primera instancia, hasta hacer una causa nacional con respuesta inmediatas y
jurisprudencia adecuada de estricto acatamiento, las CAPACIDADES DIFERENTES o
DISCAPACIDAD. Todo lo aquí expresado, no es meramente enunciativo, está plasmado
en las Bases de Acción Política para el futuro, que ha sido cuidadosamente
elaborado por expertos profesionales, tomando muestreos reales y por una gran
parte de integrantes de la comunidad. Algunos de estos proyectos ya han sido
puestos en funcionamiento con notable éxito y otros se están desarrollando ahora;
por eso invitamos a todos los ciudadanos de buena voluntad, sumarse a nuestro
proyecto de trabajo, para que juntos pongamos de pie y en marcha a nuestra
municipio, provincia y a la nación entera, que pensamos, lentamente se va
despertando de un largo sueño. Volviendo a lo netamente partidario, destacamos
que para un integrante de Acción Democrática, lo mejor no es solo otro integrante
partidario, sino cualquier otro ciudadano que lo revalorizará en cuanto piensa,
trabaja, estudia y da respuestas, aunque estas sólo sean asertivas o
aproximativas. Invocando la protección de Dios, fuente de toda sabiduría, y con
manifiesta fe en un futuro de grandeza que ya se vislumbra, dejamos sentada esta
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS para esta comunidad y para todos los hombres de buena
voluntad de la nación entera.
BASES DE ACCION POLITICA
Frente a la agobiadora realidad que padecen las mujeres y hombres de Las Talitas
y de toda la provincia de Tucumán, el Partido ACCIÓN DEMOCRÁTICA convoca a todos
los sectores que integran su tejido social, a efectos de que cada uno de ellos
estructure su propio programa político, económico y social con la finalidad de
que así lo exponga en abierto debate sin limitaciones, de lo que surgirá un
enriquecimiento mutuo y programas de bases comunes, para responder a las
esperanzas que han puesto sus individuos. Este intercambio de ideas y continuo
dialogo entre sectores políticos y sociales es lo que se fomentará para alcanzar
las bases de un desarrollo en libertad e independencia. BIENESTAR DEL PUEBLO El
progreso de cualquier comunidad esta vinculado esencialmente a la calidad de vida
de la totalidad de sus habitantes. El hombre constituye el factor esencial de
todo proceso económico, social y político. El hombre determina estos procesos y
los pone a su servicio. El hombre modifica su medio y su propia realidad. La
capacidad creadora y realizadora de los pueblos es ilimitada. Consideramos que la
Salud Pública y la Educación, inciden directamente en todo proceso de superación
material y cultural de su pueblo, por ello las dos grandes batallas a librar son
las de la Saluda Publica y la Educación, sin descuidar hoy entre otros aspectos,
la Seguridad. SALUD PÚBLICA. La Salud Publica es el incremento, preservación,
prevención y promoción de la salud de todos los integrantes de una comunidad.
Partiendo de un relevamiento, revalorización de los servicios sanitarios
existentes, planteamos garantizar sistemas de asistencia médica integral, a la
que todos podrán acceder sin impedimentos dinerarios de ningún tipo y cuando así
lo requieran, o se manifieste que es necesario operar socialmente, a todos los
habitantes y ciudadanos que lo requieran, coordinando servicios públicos,
sociales, mutuales y privados. Introduciendo el criterio de que los servicios
públicos estatales o municipales son costosos a la comunidad, y que NO son
gratuitos en lo absoluto, ya que finalmente alguien debe pagarlos y que los
presupuestos por prevenidos que sean, terminan siempre siendo insuficientes o
escasos, es que habría que considerar el pagarse por parte del usuario a fin de
reponerlos a la comunidad y que estos servicios no se agoten, siempre que tenga
medios de pago que puedan ser exigibles y estos medios suministrados por los
llamados sistemas pre-pagos de salud u otro análogo como seguros, etc., de esta
manera siendo exigibles tendríamos ahorros reales que servirían al pago de la
salud del individuo que contribuyo a ellos. El estado los exigirá al ciudadano a
través de una declaración jurada y/o de otro medio de prueba. Perseguirá el cobro
de los servicios de salud efectivamente prestados de cualquier naturaleza. Las
empresas financiadoras de salud individual, sean privadas o públicas y lo hagan
por cualquier forma de seguro, como así también todo servicio de salud o campaña
pública contará con un servicio de procuración y gestión de repagos a cargo de
profesionales del derecho. Con esto no queremos limitar la salud a nadie, sino
que quienes poseen la capacidad real de pago, así lo hagan, pero siempre con la
premisa fundamental PRIMERO: CUREMOS, DESPUES: INSTRUMENTEMOS LA FORMA DE COBRAR,
cuando ya el paciente se encuentre totalmente recuperado o se haya producido su
deceso. EDUCACION: El vivir y compartir la vida, origina relaciones con los
individuos y el medio físico y social, a través de esto se adquiere
conocimientos, desarrollando capacidades, actitudes y experiencia. Este proceso
cuando se sistematiza y es planificado se denomina EDUCACIÓN. Tanto el
aprendizaje como la educación son procesos continuos y de por vida. El estado
debe garantizar una educación, básica y común, respetando la libre religiosidad
de los individuos. Se determinará el ciclo de grados obligatorios y se
establecerá que no se puede pretender puesto público en el ámbito provincial en
ninguna categoría, bajo ese nivel de instrucción. Se afianzará el sistema de
educación primaria para mayores. Por la obligatoriedad de educación de los
menores responden los padres que deberán ser conminados a presentarlos a la
escuela pública o serán denunciados. Existiendo escuelas públicas los empleados
del estado municipal, provincial o nacional, no puede dejar de presentar a sus
hijos en la escuela. Todos los sistemas de enseñanza primaria y secundaria o
cualquier otra existente, como así también su reglamentación y aplicación, será
la vigente emergentes de los organismos oficiales de educación que para cada caso
se haya estipulado. El ingreso a la universidad será libre y gratuito, sin
perjuicio de las exigencias de nivelación debidamente evaluadas. El estado
responderá por el ingreso a la escuela media y/o universitaria de los egresados
desde sus escuelas según el nivel. Deberá solucionar y arbitrar los medios por
los problemas que hubiere en la educación, para el cuidado y preparación debida
de los educandos, gestionando o suprimiendo barreras limitacionistas que afecten
a los egresados de sus escuelas. Propenderá la realización periódica de cursos de
superación y actualización docente y laboral en su ámbito, en forma directa o
indirecta auspiciando programas de este tipo, propiciados por particulares de la
educación o producción u otros a ella vinculados. Los medios de comunicación
social, deberán brindar espacios culturales, artísticos, educativos y deportivos,
como carga publica en número mínimo de horas anuales a escuelas del estado y a
otras, con motivo determinable y atendible. VIVIENDA: Se buscará la forma de
posibilitar y lograr el acceso a la vivienda única de la familia de todos los
trabajadores, haciéndose extensible a todos los integrantes de la comunidad, con
planes de urbanización. Se controlará estrictamente y se adecuaran periódicamente
las reglamentaciones a cerca de loteos privados y públicos. De la misma manera se
deberá proceder con la formulación (si no existiera) de un código de construcción
que permita ordenar urbanamente a cada municipio, permitiendo que adquieran una
fisonomía y orden regular, como toda ciudad bien organizada. Se procurará mejorar
las condiciones de vivienda a las familias radicadas en loteos irregulares,
procurando solucionar esta problemática y erradicándola definitivamente, para que
en el futuro todos los terrenos y sus viviendas sean poseídos por los ciudadanos
con dignidad, dejando de lado las viviendas ranchos sin sanitarios, sin
tratamiento de aguas y elementos fecales. DE LA JUVENTUD: Se procurará insertar
al joven en los objetivos de pertenencia, para que este se identifique con la
comunidad y la cosa publica, respetándola, amándola y haciéndola respetar,
dándole una participación destacada en actos públicos a través de su escuela,
club, capilla, comedor comunitario, academia, ong, etc., o en eventos culturales,
deportivos, religiosos o de cualquier índole dentro de su jurisdicción o fuera de
ella, haciéndolos sentir útiles y otorgándoles protagonismo en su propia
historia. Siendo hoy acosados por tentaciones y despreocupaciones, los jóvenes en
su gran mayoría buscan mitigar su soledad con vicios peligrosos, salvo aquellos
muy pocos que prefieren con inteligencia encontrar albergue en la cultura, el
deporte u otra actividad recreativa o de ayuda humanitaria. De ellos podemos
decir que no debemos preocuparnos tanto, los otros son la cuestión, todos
aquellos que viendo su familia destruida, que sus padres por razones laborales no
pueden controlarlos, los que por necesidades extremas, etc., se vuelcan a lo
fácil y peligroso, las drogas, el alcohol, el juego, la prostitución, la
delincuencia. Es a esa juventud a la que debemos insertar o mejor dicho
reinsertar en la sociedad, procurándoles acciones que les permita vislumbrar un
futuro que valga la pena vivir, dejando de lado todo lo malo que hemos señalado,
que sabemos nos esta llevando a nuestros jóvenes por los caminos incorrectos. Por
lo expuesto es que debemos retrotraernos a los primeros párrafos de este tema tan
frágilmente tratado por la sociedad quizás por temor, pero se nos ocurre pensar
que con ejemplos de vida, formando lideres dentro de los campos deportivos,
culturales, etc., dándoles responsabilidades y protagonismo en la comunidad,
cuando todos los ojos los miren, sentirán sin presión que son útiles y que vale
la pena vivir en esta sociedad. El ¿Cómo?, es tarea de todos nosotros ya, con
proyectos claros y aplicables. DEL MENOR: Al igual que el tema de la juventud hay
que tratar este, que paralelamente corre estrechamente vinculado. En la
problemática del menor digamos que se constituirán hogares para recepción de
menores desamparados, en forma directa o apoyando a ong., estableciéndose
estricta fiscalización sobre establecimientos de este tipo, públicos o privados.
Se realizarán planes especiales para estudiar cada caso, incorporando esos
menores a la sociedad, haciéndolos útiles a ellos y a la comunidad que velará por
su bienestar y futuro. DEL DEPORTE: Este es un punto donde hoy todo el país está
estacionado y sin reflejos para corregir su marcha o puesta en funcionamiento,
por eso, proponemos que para paliar la inactividad, en espacios comunes de
barrios donde quede un espacio libre, se construyan playas de salud, predios de
mayores dimensiones, se dé prioridad a todas las disciplinas deportivas tanto del
tipo de práctica individual como a las colectivas. Toda expresión deportiva será
revalorizada y se garantizará la práctica y desenvolvimiento de una gran cantidad
de niños, jóvenes, ancianos, varones, mujeres y todo el que quiera comenzar o
perfeccionar algún deporte, contando con una secretaría de deportes que velará
por el desarrollo multidisciplinario dentro del territorio provincial, como así
también, enviando delegaciones a competencias fuera del ámbito que nos
corresponde. SEGURIDAD SOCIAL: Se propenderá la reestructuración del actual
sistema provisional y de seguridad social, asegurando la prestación de servicios
de salud incondicional y eficazmente y una jubilación inmediata y cierta,
garantizando la participación de trabajadores activos y pasivos en la conducción
y funcionamiento de organismos provisionales y de seguridad social. SISTEMA
IMPOSITIVO: Suspensión de la superposición de impuestos, simplificando la
percepción. Que se trate de una contribución del ciudadano y no de una imposición
que pese como castigo; devolviendo a cambio, servicios y obras públicas para su
bienestar. Simplificar su cobro a través de bocas en los negocios barriales, de
tal manera que el contribuyente evite las colas que son motivo de abandono de
pagos en muchos casos. Que estas contribuciones exclusivamente para el ciudadano
común, sean mínimas y no asfixiantes y para el comerciante, según el régimen
impositivo existente. LUZ, GAS AGUA Y SERVICIOS SANITARIOS: Se procurará romper
toda gestión que garantice el monopolio de las prestaciones por empresas únicas,
al menos en el ámbito provincial, por cuanto de esta manera podremos contar con
la libertad de elección y excelencia en servicios. Pasaremos de ser esclavos de
una empresa al estatus de clientes preferenciales, se nos atenderá con
privilegios y no como asta ahora solo un número aportante para recibir lo que a
ellos se les ocurra creer que es lo mejor. Se procurará la optimización de los
servicios, examinando la calidad de los mismos, promoviendo dentro del ámbito
provincial que las empresas eduquen y actualicen su personal en todos los
niveles. Severamente se sancionará la calidad de los trabajos mal terminados con
fallas o de mala calidad. TURISMO: Este será uno de los pilares sobre los que
asentaremos nuestra propuesta, por considerar que la Industria sin chimeneas
dentro del ámbito provincial esta mal diseñada y carece de proyectos serios,
propicios para su explotación. Primero hay que contar con infraestructura
necesaria, caminos óptimos para llegar a los lugares a explotar y poniendo
inteligencia e imaginación, preservando totalmente la naturaleza y el medio
ambiente, empezar una campaña de promoción. Hoy toda la actividad apunta
solamente a la promoción de dos zonas vallistas (Tafí del Valle y Ráco) las
cuales se encuentran sobre saturadas y aun así no cuentan con la infraestructura
necesaria para tanta promoción. Se ha olvidado que la provincia cuenta en cada
municipio o comuna con paisajes, costumbres o monumentos históricos que la hacen
digna de promoción turística, por ello proponemos la creación de zonas de
atracción turística alternativa, en cada una de ellas incentivar a los organismos
del estado (intendencias y/o comunas) o inversores privados, con programas
estructurados y bien definidos, a la instalación de servicios básicos de atención
a los visitantes, tales como autocamping, hostel, hosterías, hoteles, etc. Según
la cantidad de visitantes estimada. Que el organismo de aplicación del estado
Ente Tucumán Turismo sirva de contralor y principal colaborador, allanando los
caminos de quienes deseen realizar inversiones o acudan solicitando apoyo para
sus iniciativas. De esta manera esta institución estatal, estará cumpliendo con
el rol fundamental por e1 cual ha sido creada. Con miras al turismo, se relevará
lugares de significación histórica procurando la creación de museos y realizar
exposiciones del tipo que fueran, como así también ferias diversas estable o
transitorias, como epocales y/o festivales. También se revalorizará todo espacio
verde buscando el diseño de plazas y parques que sirvan de atracción. Hoy la
provincia cuenta con lugares propicios para recibir a personas de escasos
recursos, para mejorar y optimizar estos se buscará la forma del desarrollo del
turismo social interno, permitiendo a quienes no tienen la posibilidad de
vacacionar fuera de la provincia, que pueda hacerlo dignamente en estos lugar
propios. CULTURA: Como este será el otro pilar sobre los que se asentaran
nuestras actividades políticas, por todos los medios a nuestro alcance buscaremos
establecer un régimen que permita a todos los hombres y mujeres de esta
provincia que quieran desarrollar sus actividades dentro del campo artístico
cultural, que se profesionalicen libremente permitiéndoles hacer de ello un medio
de vida que sirva como sustento y actividad laboral. Se propenderá a la creación
de leyes de protección a los artistas en todos los géneros y especialidades, que
estas leyes especiales protegiendo su actividad laboral los dignifique
permitiendo que quienes vocacionalmente han elegido el arte como medio de vida,
no vean frustrado su futuro. Así también con la dignificación se les otorgue,
créditos, becas y subsidios especiales que permitan su expansión y dedicación
exclusiva, que no sea meramente un hobby. Que se los incorpore al sistema
provisional como lo que son, y no buscando una figura jurídica nueva que pueda
aplicarse en casos especiales, en una palabra que al entrar en años y tras haber
dejado una vida en su profesión, se los dignifique con una justa jubilación
acorde con lo realizado. Que al momento de tener que contratar artistas de
cualquier genero y en cualquier ocasión, quien deba hacerlo, sea un organismo del
estado o empresario privado, por ley esté obligado a contratar en un 90% a los
artistas locales, es decir que sean oriundos o que vivan dentro del territorio
provincial. MEDIOS DE COMUINICACION SOCIAL: Se buscará que aparte de su
programación comercial, sirvan a la educación y difusión de la cultura y el arte
local como una formación integral, esparcimiento sano y la libertad informativa
garantizada. Se exigirá a los organismos de control del estado en materia de
información publica, el permanente control sobre los contenidos de las letras de
canciones, en lo que respecta a las que atentan contra la moral, castigando
severamente a aquellos que haciendo caso omiso sobre las normas vigentes,
propalen este tipo de material; no se pretende con esto censurar el arte, sino
preservar el bien publico, no permitiendo que lo soez y agresivo, que daña a la
gran mayoría de la capa social, se instale en nuestro medio, permitiendo a unos
pocos cultivarse con la anticultura de lo mal llamado popular. PRODUCCIÓN
AGROPECUARIA: Se buscará llegar al productor con planes educativos, para el
mejoramiento de su producción del tipo que fuese, procurando un mejor uso de sus
recursos y bajar los costos. Se lo educará en mercadeo y/o ventas, mostrándole
como puede operar personalmente o reunido a otros, sobre las mejores formas de
vender lo que producen. Así también se buscará guiarlo a optimizar sus productos
y presentaciones, para acercarlo a mercados nacionales e internacionales. PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA: Promover su desarrollo, acercando información de interés sobre
todo plan nacional, provincial, privado y/o de ong. al respecto. Asesorar y
gestionar con personal técnico especializado, sobre la presentación a
instituciones bancarias que posibiliten el crédito. Llevar un ordenamiento o
registro del tipo, producto o servicio de todas las PYMES del ámbito provincial,
para mantener un contacto fluido con ellas, donde además se estudiará y se les
facilitará con gestión oficial el acceso a mercados provinciales, nacionales, del
MERCOSUR e internacionales en general. VIGENCIA PLENA DE LOS DERECHOS Y
GARANTIAS: Se ejercerán plenos los Derechos y Garantías, con oficinas de Derechos
Humanos y maltrato de personas, sea cual fuere su origen, no permitiendo que
autoridad alguna, civil, policial o militar se extralimite, pidiendo el máximo
control judicial de los actos y a través de programas de educaron, divulgación,
conferencias u otros, se enseñara a defender la plena vigencia del ámbito
democrático, representativo, republicano, federal y pluralista. DERECHOS DE LA
MUJER: Se procurará desarrollar una oficina de asistencia, a la mujer con
dificultades, a la mujer golpeada, a la madre soltera para que no arruine su vida
y salud matando al niño en el ultimo mes del embarazo, garantizándole su dignidad
por sobre todas las cosas y la posibilidad de una adopción con las garantías de
la Ley y bajo una estricta supervisión. Se desarrollarán planes materno
infantiles, donde el desamparo tanto de madres como de criaturas, no engrasen las
estadísticas alarmantes y se instrumentaran planes de nutrición con alimentación
a las madres como a los niños, realizándose un control ajustado, para evitar
casos aislados de desnutrición o de mala alimentación en toda la etapa de
crecimiento desde el feto hasta los 8 (ocho) años. PARLAMENTARIOS: Partiendo de
la premisa que el cargo de parlamentario le pertenece al pueblo que lo ha votado
eligiéndolo su representante, que este cargo no lo inviste de inmunidades
especiales ni lo aleja de promesas formuladas durante el periodo electoral, como
así tampoco lo declara omnipotente ni omnipresente, siendo dichos calificativos
solamente aplicable a Dios, fijamos con estas bases algunos ínfimos conceptos
morales que deberá observar, quien ostente la dicha de ser representante del
pueblo. Será obligatoriedad del parlamentario en cualquiera de sus formas, el
presentar proyectos y/o ante proyectos que sirvan de beneficio y orden para la
comunidad, por lo menos uno por año mientras dure su mandato. Así también queda
obligado a efectuar informes periódicos sobre sus actividades de rutina, que
permitan un seguimiento de su desempeño. Se instrumentará la forma de que por mal
desempeño de sus funciones o por falta grave, se les revoque el mandato. Entre
otras obligaciones deberá atender al publico que reclame audiencia a puertas
abiertas en su despacho, tratando cada tema de la problemática planteada con el
interés que este requiera y entregándolo a manos de especialistas que lo seguirán
hasta resolver cada problema. Deberá acompañar al ejecutivo en el accionar como
así también controlarlo y exigirle por los carriles correspondientes, que informe
a la comunidad sobre su accionar, obras y servicios desarrollados y/o a
desarrollar. DE ESTAS BASES: Consideramos que en la elaboración de estas bases de
acción política, hemos puesto de manifiesto nuestro interés cívico y la mejor
voluntad filosófica, logrando que sea de fácil interpretación y síntesis muy
breve del verdadero pensamiento; que sirva de aplicación para el engrandecimiento
de los hombre y de las instituciones democráticas del país. Por lo expresado,
concluimos con este trabajo, poniéndolo a consideración de quien o quienes deseen
leerlo, aplicarlo, sancionarlo o simplemente usarlo de guía para futuras bases de
otras instituciones; hoy se lo entregamos y nos sirve de guía para la formación
de nuestro Partido: Acción Democrática
CARTA ORGANICA
CAPITULO I DE LA CONSTITUCIÓN
Art. 1° - Constituyen el PARTIDO ACCION DEMOCRATICA todas las personas de buen
voluntad que habitan en el territorio geográfico de Tucumán denominado con el
nombre de : Ciudad de Las Talitas, zonas urbanas y suburbanas, que cumpliendo con
la legislación vigente, se ajusta al dictado de la misma y obligándose a respetar
y acatar la Constitución Nacional, Provincial, Ley Orgánica de Municipalidades y
Leyes que se dicten en consecuencia, de acuerdo a las prescripciones de la
presente CARTA ORGANICA. Art. 2° - Todas las personas que quieran participar de
este partido hacen suyas la Declaración de Principios, Bases de la Acción
Política y Carta Orgánica del mismo, así como los reglamentos que en su
consecuencia se dicten. Art. 3° - El PARTIDO ACCIÓN DEMOCRÁTICA constituye
domicilio a los efectos legales en Calle 5 Nro. 147 CP 4101 Villa Mariano
Moreno Las Talitas Dpto. Tafí Viejo Tucumán, siendo atribución de sus órganos
ejecutivos determinar el cambio del mismo y asiento real.
CAPITULO II GOBIERNO ADMINISTRACIÓN FISCALIZACIÓN CONTROL Y DISIPLINA
Art. 4° - Son organismos del PARTIDO ACCIÓN DEMOCRÁTICA: a) Los Congresos
Ordinarios y Extraordinarios de afiliados; b) La Junta Ejecutiva; c) La
Comisión Fiscalizadora;: d) el Tribunal de Disciplina. Ellos ejercerán sus
funciones conforme a lo determinado en la presente CARTA ORGANICA. CONGRESOS:
Art. 5° - El Congreso es el órgano de jerarquía superior y autoridad suprema del
PARTIDO ACCIÓN DEMOCRÁTICA y ejercerá sus atribuciones según las normas de la
presente Carta Orgánica y de más normas legales vigentes. Art. 6° - La
convocatoria se efectuará a través de la Junta Ejecutiva, indicando lugar, fecha
y hora de su celebración y el correspondiente orden del día. Con el voto
favorable de los dos tercios de sus miembros debidamente acreditados, se podrán
incorporar nuevos puntos en el temario o alternarse el propuesto. Las comisiones
propuestas en la convocatoria, así como las que designe el congreso, se
compondrán de tres miembros como mínimo y un miembro de la Junta Ejecutiva. En
todo lo referente a los Congresos en el aspecto de procedimiento, se aplicará en
lo que fuere pertinente, las disposiciones respectivas de la Carta Orgánica y
subsidiariamente el Reglamento de la Cámara de Legisladores de la Provincia de
Tucumán. Art. 7° - La Junta Ejecutiva designará por simple mayoría la Comisión de
Poderes que se reunirá 24 (veinticuatro) horas antes del Congreso y durará hasta
el término de las sesiones. Esta comisión estará compuesta de 3 (tres) miembros
titulares y 2 (dos) suplentes; uno de los miembros deberá pertenecer a la Junta
Ejecutiva. Las decisiones se tomarán por el voto coincidente de dos de sus
miembros. De todo lo actuado confeccionará actas y elevará un informe por escrito
a la Mesa Directiva del Congreso. Art. 8° - Los delegados a los congresos deberán
presentar hasta una hora antes de la iniciación de las sesiones, ante la Comisión
de Poderes, la documentación que acredite sus respectivos mandatos. Art. 9° - Con
los delegados cuyas credenciales no hubiesen sido objetadas por la Comisión de
Poderes, se constituirá automáticamente el Congreso en el día y hora establecidos
en la convocatoria. El acto será presidido provisionalmente por el Secretario
General de la Junta Ejecutiva, asistido por dos secretarios que él mismo
designará de entre los congresales procediéndose a elegir por votación por signos
de Mesa Directiva, compuesta por un presidente (que podrá ser delgado o no), dos
vicepresidentes y dos secretarios (que deberán serlo). Constituida la Mesa
Directiva, el Congreso se pronunciará en primer término, sobre las credenciales
observadas por la Comisión de Poderes. Art. 10° - Participarán en el Congreso,
los afiliados de los distintos centros, con más de seis meses de antigüedad,
siempre que hubieren cumplido con las exigencias de esta Carta Orgánica y las
disposiciones en vigencia. Cada centro podrá designar un delegado titular y un
suplente por cada 100 (cien) afiliados o fracción no menor de 50 (cincuenta).
Siempre podrá nombrar un delegado cualquiera sea el número de miembros. Art. 11
El mandato de los delegados sólo es válido para ser ejercido en el ceno del
congreso para el cual fueron electos, caducando automáticamente en el momento en
que concluya el mismo. Art. 12° - Los delegados titulares y suplentes serán
elegidos por los afiliados de los centros, reunidos en Asamblea Extraordinaria
convocada a tal fin, mediante voto secreto y directo. Los delegados serán
designados en forma proporcional al número de votos obtenidos por cada lista
participante. La Comisión Administrativa del centro, en la convocatoria,
determinará el sistema proporcional a aplicar. Art. 13° - Los delegados titulares
y suplentes deberán tener como mínimo un año de antigüedad partidaria, sin otra
exigencia, en el centro que los designe; pero si el centro tiene más de seis (6)
meses y menos de un (1) año de antigüedad, será suficiente la antigüedad de seis
(6) meses del delegado. No pueden ser elegidos delegados indirectos. Art. 14° -
Los congresos actuarán conforme a las siguientes normas: a)- para formar quórum,
será necesaria la presencia de la mitad más uno de los delegados que ya se vayan
incorporando al congreso o con los miembros presentes una hora después de la
convocatoria; b)- sin perjuicio de los dispuesto en el artículo siguiente, las
proposiciones serán presentadas a la presidencia por escrito y firmadas, la que
las girará a las comisiones respectivas; c)- Ninguna proposición será
considerada por el congreso sin el despacho de la comisión respectiva, salvo que
se resuelva tratarla sobre tablas por dos tercios de votos de los delegados
presentes; d)- Las mociones de orden, sobre tablas y de reconsideración se
presentarán de viva voz, se discutirán brevemente y se votarán si fueren apoyadas
por tres (3) o mas delegados; e)- Son mociones de orden: 1- que se levante la
sesión, 2- que se pase a cuarto intermedio, 3- que se declare libre el debate, 4-
que se cierre el debate, 5- que se pase al orden del día, 6- que se postergue la
consideración de un asunto o que se vuelva a comisión, 7- que se cierre el debate
con lista de oradores. Las mociones de orden interrumpen el debate y deben ser
consideradas y resueltas antes de continuarlo; f)- Es moción sobre tablas las que
tienen por objeto considerar un asunto con o sin despacho de comisión en el
momento en que disponga el Congreso; g)- es moción de reconsideración, para ser
aprobada deberá ser votada afirmativamente por dos tercios de los delegados
presentes. Art. 15° - La Junta Ejecutiva convocará a los Congresos ordinarios con
no menos de 40 (cuarenta) días de anticipación y a los extraordinarios dentro de
un plazo no mayor de 20 (veinte) días. Por lo menos 30 (treinta) días antes de la
realización de los Congresos Ordinarios, los centros podrán formular
proposiciones sobre las cuestiones que estimen pertinentes. La Junta Ejecutiva
podrá enviar proposiciones a los congresos. Art. 16° - Los miembros de la Junta
Ejecutiva, Legisladores, Concejales, Director o Directores del periódico del
partido (en caso de existir), tendrán voz pero no voto en los congresos. Art. 17°
- Queda terminantemente prohibido atacar o discutir supuestas intenciones
atribuidas a proposiciones o despachos. Art. 18° - Cada delegado tendrá un voto,
cualquiera sea el número de afiliados del Centro que representa. Todas las
resoluciones serán adoptadas por simple mayoría, salvo las que tengan previsto un
régimen especial.
CONGRESOS ORDINARIOS
Art. 19° - El Congreso Ordinario de Centros se reunirán por lo menos una vez al
año, para tratar los informes de la Junta Ejecutiva, representantes municipales y
de gobierno, Comisión Fiscalizadora y Tribunales de Disciplina. Fijará la línea
política y programática del partido en su territorio de acción en un todo de
acuerdo con lo resuelto por los Congresos.
CONGRESOS EXTRAORDINARIOS
Art. 20° - El Congreso Extraordinario de Centros se reunirán por convocatoria de
la Junta Ejecutiva o a petición del 20% (veinte por ciento) como mínimo, de los
Centros reconocidos, con no menos de 6 (seis) meses de antigüedad o a petición
del 10% (diez por ciento) de los afiliados del partido. Será privativo de los
Congresos Extraordinarios de Centros, considerar todos los asuntos cuya
naturaleza, importancia y/o urgencia impidan su tratamiento en el Congreso
Ordinario, así como las cuestiones especiales previstas en la presente Carta
Orgánica. Art. 21° - Asimismo corresponde resolver a los Congresos
Extraordinarios de Centros, por dos tercios de votos de los miembros presentes,
por votación nominal: a)- concurrencia o abstención a elecciones en el orden que
fueran convocadas, como también la alianza, acople o frente electoral con otro/s
partido/s; b)- las alianzas, pactos o listas mixtas y toda otra forma de acuerdo
o apoyo a candidatos no afiliados en el orden que fuera o la abstención a
comicios. Art. 22° - Realizado el Congreso Ordinario o Extraordinario de Centros,
es obligación de los organismos, centros y afiliados, respetar y hacer cumplir
sus resoluciones, bajo pena de medida disciplinaria.
JUNTA EJECUTIVA
Art. 23° - La Junta Ejecutiva del Partido ACCIÓN DEMOCRÁTICA se compondrá de
8(ocho) miembros, que deberán tener una antigüedad mayor de un año como afiliado
al partido y que serán elegidos por el voto secreto y directo de los afiliados y
durarán 3 (tres) años en sus funciones. Asimismo, se elegirá a igual número de
suplentes, los que se incorporarán a la Junta en los siguientes casos: a)-
fallecimiento del titular; b)- ausencia del titular por más de 30 (treinta) días;
c)- renuncia o expulsión del titular; d)- impedimento del titular. Art. 24° - En
su primera reunión, la Junta Ejecutiva procederá a designar por simple pluralidad
de votos de sus componentes, los siguientes cargos: 1)- PRESIDENTE Representará
al partido ante las autoridades nacionales, provinciales, municipales, y
legislativas, partidos políticos, instituciones publicas o privadas; supervisará
y coordinará las tareas de todos los secretarios. 2)- VICEPRESIDENTE Reemplazará
al Presidente transitoriamente ante casos eventuales con sus mismas facultades.
Designándose también a los siguientes secretarios. 3)- SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN
E INTERIOR, Atenderá todo lo relacionado con las campañas de afiliación y el
fichero de afiliados. Intervendrá en toda actividad dispuesta por otros
secretarios, procurando a tal fin proveer la mejor utilización de los recursos
del partido; atenderá también los asuntos del interior del distrito o radio de
acción partidario y sobre la constitución y normal funcionamiento de los centros.
4)- SECRETARIO DE ACTAS Redactará las actas en las reuniones de la Junta
Ejecutiva, firmándolas con el Presidente y mantendrá la información partidaria
interna. Estará a su cargo llevar debidamente el libro de actas y resoluciones en
hojas fijas. 5)- SECRETARIO GREMIAL Coordinará la acción sindical de los
afiliados y la difusión entre los trabajadores, del pensamiento y programa
partidario. 6)- SECRETARIO DE PRENSA Y PROPAGANDA atenderá lo relacionado con la
difusión de los principios y programas del partido en los medios de comunicación
social, propaganda permanente y las campañas especiales y/o electorales. 7)-
SECRETARIO DE FINANZAS PERCIBIRÁ LOS INGRESOS Y EFECTUARÁ LOS PAGOS. Realizará
las operaciones financieras que acuerde la junta. Llevará al día el estado
financiero del Partido en el distrito y la contabilidad de todo ingreso de fondos
o especies, con indicación de la fecha de los mismos y de los nombres y
domicilios de las personas que los hubieren ingresado y/o recibido. Deberá llevar
un libro de Inventario y un libro de Caja, conservando la documentación
complementaria correspondiente por el término de 3 (tres) años. Elevará cada 3
(tres) meses un estado de cuentas a la Junta Ejecutiva, la que también podrá
exigirlo en cualquier momento. Tendrá a disposición de la Comisión Fiscalizadora
toda la contabilidad y comprobantes, como así también el balance que deberá
confeccionar al finalizar cada ejercicio anual. 8)- SECRETARIO DE CULTURA Y
ASUNTOS TECNICOS programará la actividad cultural del partido, auspiciando y
coordinando conferencias de tipo informativo y atenientes a la realidad
provincial, nacional, municipal e internacional y todo lo concerniente a
capacitación de los cuadros partidarios en la problemática universal. Combinará
la información técnica y creará comisiones de estudio para la preparación de los
programas y el análisis de los problemas existentes. Art. 25 El quórum de la
Junta Ejecutiva se constituirá con la mitad más unote sus miembros. Las reuniones
serán mensuales como mínimo y de carácter público, salvo que la mitad mas uno de
sus miembros resuelvan declararla reservada. Podrá ser convocada de urgencia por
resolución del Presidente o a petición de 3 (tres) secretarios en cualquier
momento. Art. 26° - Cada Secretario tendrá un voto. Las resoluciones se tomarán
por simple mayoría de votos y el Presidente tendrá doble voto en caso de empate.
Art. 27° - En los casos previstos en el Artículo 23 in fine se observará las
siguientes reglas: a)- el Vicepresidente reemplazará al Presidente. b)- El
Secretario de Organización e Interior reemplazará al Vicepresidente. c)- El
Secretario de Actas, reemplazará al Secretario de Organización e Interior y al
Vicepresidente en ese orden. d)- los miembros suplentes de la Junta Ejecutiva se
incorporarán por el orden de lista. El suplente se incorporará a la Secretaría
que ejercía el ausente, salvo que se trate del presidente, el vicepresidente y
del secretario de organización e interior. En caso de que la ausencia de esos
Secretarios sea permanente, el o los suplentes se incorporarán a la Junta,
oportunidad en que se deberán distribuir las Secretarías de conformidad con lo
dispuesto por el Art. 24 de la presente Carta Orgánica. Art. 28 Son atribuciones
de la Junta Ejecutiva: a)- representar al partido en todo el territorio
municipal, provincial y nacional a los efectos políticos, civiles y
patrimoniales; b)- coordinar y fiscalizar las actividades de los centros y grupos
parlamentarios; c)- proponer el ingreso de nuevos centros al partido o proponer
la aprobación de sus disolución; d)- interpretar las disposiciones de la presente
Carta Orgánica y reglamentarla total o parcialmente; e)- nombrar mandatarios o
apoderados; f)- ejercer todos los derechos de carácter público o privado
tendientes al mejor cumplimiento de sus tareas; g)- cumplir y hacer cumplir la
Declaración de Principios, esta Carta Orgánica, el Programa y las decisiones
adoptadas y velar por el sostenimiento del régimen democrático, representativo,
republicano y federal y por el de los principios y los fines de la Constitución
Nacional y provincial, así como el respeto por los Derechos Humanos; h)- ejercer
toda tarea o función no enumerada anteriormente en este articulo que esté
implícitamente contenida dentro de la presente Carta Orgánica; i)- elevar los
antecedentes relativos a in conducta partidaria al Tribunal de Disciplina. Art.
29° - No podrán ser miembros de la Junta Ejecutiva, los empleados a sueldos de la
misma.
COMISIÓN FISCALIZADORA
Art. 30° - Juntamente con la elección de miembros de la Junta Ejecutiva y por
igual periodo se elegirán 3 (tres) miembros titulares y 3(tres) suplentes, que
deberán tener una antigüedad mayor de un año como afiliado del partido, que
integrarán la Comisión Fiscalizadora. Art. 31° - La Comisión Fiscalizadora tendrá
a su cargo el control patrimonial del partido e informará al Congreso respecto
del balance presentado. A tal efecto tendrá acceso a los libros partidarios y
demás información contable, como así mismo a los que lleven los centros. La
comisión deberá hacer observar fielmente todas las disposiciones que sobre
control patrimonial establecen las normas vigentes. Certificará el estado anual
del patrimonio y la cuenta de ingresos y egresos del ejercicio, en su carácter de
órgano de control, así como la documentación contable que debe presentarse a la
autoridad de aplicación.
TRIBUNAL DE DISCIPLINA
Art. 32° - El Tribunal de Disciplina se compone de 3 (tres) miembros titulares y
3 (tres) suplentes, los que deberán tener una antigüedad mayor de un año como
afiliado del partido y serán elegidos como a los miembros de la Junta Ejecutiva,
por igual termino de mandato, pudiendo ser reelectos. A los fines de garantizar
que los integrantes del Tribunal de Disciplina gocen de garantías que aseguren la
independencia de su cometido, los miembros serán inamovibles, salvo caso de mala
conducta y no podrán ocupar cargos en ningún otro cuerpo orgánico del partido, ni
ser delegados a los Congresos, ni ser candidatos a elecciones. Art. 33° - El
Tribunal de Disciplina, designará en su seno un presidente y un secretario de
actas. Sus resoluciones serán siempre fundadas y requerirán dos (2) votos
coincidentes. De no conseguirse este número después de tres votaciones, el
tribunal se ampliará con los suplentes y resolverá a pluralidad de sufragios. En
caso de empate el presidente tendrá doble voto. Art. 34° - Si el Tribunal de
Disciplina no se reúne durante mas de dos meses sin causa justificadas y teniendo
asuntos a dictaminar, la Junta Ejecutiva lo intimará para que realice su tarea
dentro del termino improrrogable de 60 (sesenta) días, bajo apercibimiento de
declarar su caducidad total por mal desempeño de sus funciones, llamando a
elecciones para completar el periodo, dando cuenta de su proceder al primer
congreso ordinario que se efectúe. Art. 35° - Todos los afiliados tienen el
derecho y la obligación de velar por la buena organización y administración del
partido. Deben estricto acatamiento a la Declaración de Principios, a la Carta
Orgánica y Reglamentos que se dicten en consecuencia, a las resoluciones de los
Congreso y de los Órganos partidarios, al programa, a la plataforma electoral y a
los fallos del Tribunal de Disciplina. Art. 36° - Los afiliados responsables de
in conducta partidaria serán pasibles de acuerdo a la importancia y gravedad de
la falta cometida y personalidad del infractor, de las siguientes sanciones
disciplinarias: amonestaciones, suspensión de hasta un año, separación del cargo
partidario que ocupe y expulsión del partido. La sanción de suspensión lleva
implícita la suspensión en el cargo partidario que desempeña y de los derechos de
afiliado, hasta el cumplimiento efectivo y completo de la sanción. Art. 37° - Son
atribuciones y deberes del Tribunal de Disciplina: 1) investigar y decidir las
cuestiones que lleguen a su conocimiento, de oficio por denuncia de cualquier
afiliado del distrito, con derecho a voto o según lo dispuesto por los Art. 28°
Inc.) y Art. 52° de la presente, e imponer la sanción que corresponda. 2) llevar
acta de sus reuniones consignando los votos de sus miembros y conservar en orden
la documentación; las actas serán suscriptas por el Secretario y el Presidente,
después de leídas y aprobadas por el tribunal. 3) respetar y hacer respetar el
derecho de defensa, asegurando el debido proceso. 4) informar de su gestión al
congreso ordinario de centros. Art. 38° - El Tribunal de Disciplina dictará su
reglamento interno, el que será aprobado previamente por el Congreso Ordinario.
Art. 39° - Todas las resoluciones que adopte el tribunal de disciplina, podrán
ser apeladas ante el mismo tribunal, en las formas y plazos establecidos por el
régimen interno.
CAPITULO III DE LOS CENTROS
Art. 40° - Los Centros partidarios se conformarán con un mínimo de 10 (diez)
afiliados y a cada uno de ellos la Junta Ejecutiva, les asignará un ámbito
territorial de actuación. Art. 41° - Los Centros para funcionar como tales,
deberán ser reconocidos por la Junta Ejecutiva del partido. A tal efecto deberán
elevar a la misma, la solicitud acompañando copia del acta constitutiva y nomina
de autoridades del Centro. La Junta Ejecutiva propondrá el reconocimiento al
Congreso ordinario y extraordinario, el más cercano a la fecha de presentación.
Art. 42° - Los Centros tienen a su cargo la actividad partidaria, dentro del
territorio de su actuación, de acuerdo con la Declaración de Principios, el
programa y directivas que impartan los organismos del partido. Art. 43° - Los
Centros se administraran mediante una Comisión Administrativa, constituida por un
mínimo de 5 (cinco) miembros y un máximo de 7 (siete), de los cuales uno
revestirá el cargo de Secretario General, otro de Secretario de Actas y un
tercero de Tesorero, siendo los restantes sus vocales. Art. 44° - Las Comisiones
Administrativas de los Centros se reunirán, por lo menos cada 30 (treinta) días y
tratarán sobre tablas todos los asuntos que fueran sometidos a su consideración
por los integrantes o los afiliados del Centro, adoptándose todas las
resoluciones por simple mayoría de votos de los presentes; en caso de empate el
Secretario General tendrá doble voto. Para sesionar se constituirá el quórum con
la mitad mas uno de los miembros. Art. 45° - Los miembros de la comisión
administrativa del centro, durará un año en sus funciones y para poder
integrarlas se requiere una antigüedad como afiliado, mayor de 6 (seis) meses.
Serán electos por el voto directo y secreto de los afiliados del centro, en actos
eleccionarios que la comisión administrativa saliente o la Junta Ejecutiva en su
defecto convocará a tal fin. Art. 46° - Todos los afiliados con mas de tres meses
de antigüedad en el partido, tienen derecho a elegir miembros de la Comisión
Administrativa de los Centros. Art. 47° - Con la anticipación no menor de treinta
días a la fecha del vencimiento del mandato, la Comisión Administrativa Saliente
convocará a asamblea general ordinaria de afiliados del centro a los efectos de
proceder a la renovación de autoridades. En el seno de dicha asamblea se
postularán los candidatos, se integrarán las distintas listas y se procederá a la
votación. La comisión administrativa, se integrará en forma proporcional al
número de votos obtenidos por cada lista participante. La comisión administrativa
saliente, en su convocatoria, o la junta ejecutiva en su defecto establecerá el
sistema proporcional a aplicar. Art. 48° - Las Asambleas de los Centros serán
Ordinarias y Extraordinarias. Las Extraordinarias serán convocadas con no menos
de 48horas de anticipación. Art. 49° - Las Asambleas Ordinarias se celebrarán
anualmente y se tratará obligadamente el informe de la comisión administrativa
saliente, el balance y los de mas temas que incluya la misma en el Orden del
Día, el que deberá remitirse a los afiliados juntamente con la convocatoria. Art.
50° - Las Asambleas Extraordinarias, serán convocadas por la comisión
administrativa cuando asunto de urgencia lo requerían y para tratar los asuntos
del orden del día confeccionado al efecto. Se convocarán asimismo a petición del
10 % de los afiliados del centro para considerar los asuntos que ellos
solicitaren. Art. 51° - Las Asambleas del Centro sesionarán conforme a las normas
establecidas en la presente Carta Orgánica para los Congresos partidarios. Art.
52° - La Comisión Administrativa del Centro podrá elevar los antecedentes
relativos a las faltas disciplinarias de los afiliados ante el tribunal de
disciplina, salvo los miembros de la Junta Ejecutiva provincial.
CAPITULO IV DE LOS AFILIADOS
Art. 53° - Pueden ser afiliados del PARTIDO ACCIÓN DEMOCRÁTICA todos los
ciudadanos argentinos, naturalizados o por opción que hayan cumplido los 18años
de edad y que tengan su domicilio dentro del distrito. Art. 54 El ciudadano que
desee afiliarse al partido deberá presentar, su ficha de solicitud de afiliación
por triplicado ante el centro respectivo o al mas próximo a su domicilio o ante
la Junta Ejecutiva o ante la justicia de aplicación o por intermedio de la
oficina de correos de la localidad del domicilio. El centro que corresponda
considerará la misma en la primera reunión de su comisión administrativa y la
Junta en su primera reunión ordinaria, dispondrá su aprobación o rechazo. Art.
55° - Si estos organismos no se expidieran en el término de 90 días de la
presentación de la solicitud de afiliación, la misma se tendrá por aceptada. Si
mediare rechazo expreso, el solicitante podrá recurrir ante la primera asamblea
ordinaria del centro respectivo, la que se expedirá al respecto y remitirá los
antecedes a la junta ejecutiva para su resolución. El congreso ordinario será el
organismo que decidirá en definitiva cualquier impugnación. El registro de
afiliados estará permanentemente abierto. Art. 56° - No pueden ser afiliados: a)
los excluidos del registro nacional de electores como consecuencia de
disposiciones legales vigentes; b) el personal superior y sub alterno de las
fuerzas armadas de la nación en actividad o en situación de retiro cuando hayan
sido llamados a prestar servicios; c) el personal superior y sub alterno de las
fuerzas de seguridad de la nación y de la provincia en actividad o jubilados
llamados a prestar servicios; d) los magistrados y funcionarios del Poder
Judicial Nacional y Provincial. Art. 57° - Todos los afiliados están obligados a
respetar la Declaración de Principios del partido, su programa, resoluciones de
sus cuerpos orgánicos y las disposiciones que en su consecuencia se adopten, así
como la presente Carta Orgánica y guardar respeto a sus compañeros y directivos.
Art. 58° - Los afiliados cesan en su carácter de tales en virtud de:
fallecimiento, renuncia o medidas disciplinarias expulsivas o según los previsto
por los Art. 30° inc. 2° de la Ley 22.627 Carta Orgánica de los Partidos
Políticos. Art. 59° - La renuncia deberá hacerse llegar por escrito y firmada a
la comisión administrativa de su centro o a la Junta Ejecutiva. Las renuncias o
fallecimientos serán comunicados de inmediato por el centro a la Junta Ejecutiva,
esta deberá comunicar al juez de aplicación la extinción de afiliación por
cualquier causa, dentro de los 30días de haberse conocido.
CAPITULO V DEL REGIMEN ELECTORAL
Art. 60° - Las elecciones de la Junta Ejecutiva, de la Comisión Fiscalizadora y
del Tribunal de Disciplina y para candidatos a cargos públicos electivos se
ajustarán a las prescripciones del presente capitulo. Art. 61° - 90 (noventa)
días antes de finalizado su mandato o 90 (noventa) días antes de la fecha fijada
para la oficialización de las listas a cargos públicos electivos, la Junta
convocará a los centros adheridos para que elijan a los integrantes de la nueva
junta, comisión fiscalizadora, tribunal de disciplina y candidatos a cargos
públicos electivos en su caso. Fijará la fecha de los comicios con no menos de 45
(cuarenta y cinco) días de anticipación, los que se realizarán simultáneamente en
todo el distrito. Las elecciones se llevarán a cabo en los lugares y durante el
horario que al efecto fije la junta ejecutiva en la convocatoria. Art. 62° - Con
la convocatoria, la Junta Ejecutiva designará una junta electoral de 5 (cinco)
miembros) titulares y 3 (tres) suplentes los que deberán tener como mínimo una
antigüedad no menor de un año como afiliado al partido y no pertenecer a la Junta
Ejecutiva, a la Comisión Fiscalizadora, al Tribunal de Disciplina, ni ser
Legislador, Concejal ni funcionario público nacional, provincial o municipal.
Art. 63° - La Junta Electoral tendrá a su cargo todo lo correspondiente al
proceso electoral y se integrará además por un representante de las listas que
intervengan en el comicio. En su primera reunión, la junta electoral designará un
secretario general y un secretario de actas, fijará los días y horas de atención
a los representantes de las listas. Sus deliberaciones quedarán con constancia en
acta firmada por los comparecientes. Todas sus decisiones serán adoptadas por los
dos tercios de los votos de los miembros presentes. Art.64° - Las resoluciones
serán numeradas quedando notificaciones para todos los representantes de listas y
afiliados en el mismo local de actuación de la junta electoral. Art. 65° -
Durante su primera reunión la junta electoral resolverá sobre el término de
presentación de listas que no podrá ser menor de 10 (diez) días antes de la fecha
del comicio. Las listas deberán ser refrendadas por el uno por ciento como mínimo
de los afiliados empadronados. Esta resolución será dada a difusión en forma
inmediata. Los centros serán notificados directamente. Toda otra resolución que
adopte la junta electoral respecto al reclamo de listas o afiliados será dada a
conocer mediante la exposición en los transparentes en la sede central del
partido, habilitado especialmente a esos fines. Art. 66° - El comicio se
realizará mediante el voto secreto y directo en los lugares y horarios que fije
la convocatoria, pudiendo votar todos los afiliados con antigüedad no menor de
tres meses a la fecha de la convocatoria. Art. 67° - La Junta Ejecutiva
conjuntamente con la convocatoria a elecciones procederá a dar a publicidad de
los padrones de afiliados. El periodo para las impugnaciones vence 10 días
después de darse a conocer los padrones, siendo posteriormente inadmisible todo
reclamo al respecto. Las impugnaciones serán resueltas por la junta electoral.
Art. 68° - Las lista a candidatos se identificarán por orden numérico de acuerdo
a su fecha de presentación y serán firmadas por todos los candidatos, con
expresión de su documento de identidad, domicilio y centro al que pertenecen.
Art. 69° - Dentro de los 10 días posteriores a la presentación de las listas,
podrán producirse tachas de los candidatos, que deberán fundarse en el
incumplimiento de los deberes de afiliados. La junta electoral debe resolver
dentro de las 48horas siguientes de hacerse lugar a las mismas, se concederá a la
lista un plazo de 48horas para suplir al candidato observado. Las listas bajo
penas de nulidad de la presentación deberán ofrecer candidatos para cubrir la
totalidad de los cargos titulares y suplentes. Art. 70° - La Junta Electoral
designará autoridades de los distintos comicios pudiendo recaer el cargo en
miembros de la comisión administrativa de los centros. Art. 71° - Los afiliados
depositarán su voto personalmente en urnas lacradas y selladas, en sobres
debidamente autorizados por el presidente de la mesa y el o los fiscales que
deseen hacerlo. El votante acreditará su identidad con documento hábil y debe
encontrarse empadronado. Art. 72° - Las listas podrán controlar los comicios
mediante fiscales designados por los delegados incorporados a la junta electoral
y acreditados ante la misma. Art. 73° - Las urnas con todos los votos emitidos y
el acta, se remitirán inmediatamente a la Junta Electoral que practicará el
escrutinio definitivo y resolverá sobre las impugnaciones, votos nulos y todo lo
concerniente al escrutinio, siendo su dictamen definitivo. La junta electoral
proclamará los resultados obtenidos por cada lista, practicándose acta detallada.
Los candidatos electos serán puestos en posesión de sus cargos por los salientes
el día que cumplan con su mandato o en su defecto por la junta electoral. Esta
comunicará el resultado al juez electoral y realizará las publicaciones de ley.
Art. 74° - Los puestos de la junta ejecutiva se adjudicarán en forma proporcional
a los votos obtenidos por cada una de las listas participantes. Cada lista
accederá a tantos cargos como veces el coeficiente (resultante de dividir el
número de votos, validamente emitidos por el número de cargos a cubrir) este
contenido en el número de votos por ella obtenido. En su primera reunión la junta
electoral decidirá la forma y readjudicación de los restos que pudieran existir.
Art. 75° - Los puestos de la comisión fiscalizadora y el tribunal de disciplina
serán adjudicados en la forma prevista en el articulo anterior. Los suplentes
reemplazarán a los titulares según la lista y el orden de su elección en los
casos previstos en el Art. 23°. Art. 76° - En lo referente a la elección para
cargos públicos electivos, regirá el principio de presentación proporcional, con
excepción de los candidatos a gobernador y/o intendente municipal, que serán
ocupados por el candidato que obtenga mayor cantidad de votos. La junta ejecutiva
determinará en la convocatoria el sistema de representación proporcional que se
aplicará asegurando una debida representación de las minorías. Art. 77° - Las
elecciones internas para las designaciones de las autoridades de distrito serán
consideradas validas cuando votasen un porcentaje de afiliados superiores al 10%
del mínimo de afiliados requeridos para la obtención de la personería jurídico
política en este distrito; de no alcanzarse tal porcentaje, se deberá efectuar
una segunda elección, a cargo de la misma junta electoral dentro de los 45 días,
que a los efectos de ser tenida por valida deberá reunir los mismos requisitos
que la anterior. A los fines de mejor desenvolvimiento de la 2da. Elección, la
junta electoral podrá requerir la colaboración de los centros y la junta
ejecutiva.
CAPITULO VI DEL PATRIMONIO REGIMEN DE LOS BIENES
Art. 78° - El patrimonio del partido se formará con: a) la contribución mensual
de los centros que será fijada por períodos determinados por la Junta Ejecutiva,
sobre la base de una cuota por afiliado. Las comisiones administrativas de los
centros determinarán en que casos se exceptuará a los afiliados de la obligación
de contribuir; b) por el 30% (treinta por ciento) de las remuneraciones por todo
concepto del que ocupare cargos tales como Gobernador, Intendente Municipal,
Legisladores, Concejales y de todo afiliado que ocupe cargos electivos en el
gobierno o desempeñen funciones jerárquicas en los mismos; c) por las
contribuciones y donaciones no prohibidas por leyes vigentes; d) cualquier otro
ingreso licito. Art. 79° - Los bienes inmuebles se inscribirán a nombre del
partido. Los fondos del partido deberán depositarse en bancos provinciales o
municipales a nombre del partido y a la orden conjunta de dos e indistinta de
cuatro de los siguientes miembros de la junta ejecutiva: Presidente,
Vicepresidente, Secretario de Organización e Interior y Secretario de Finanzas.
Art. 80° - Para efectuar la venta, hipoteca o constitución de gravamen de
cualquier naturaleza sobre los bienes inmuebles o muebles registrables del
partido, se requerirá la resolución expresa del Congreso Extraordinario convocado
al efecto y con el voto de dos tercios de los miembros presentes. Art. 81° -
Anualmente se practicará un balance e inventario de los bienes partidarios, el
que será elevado al congreso ordinario en el informe respectivo y sometido a su
aprobación.
CAPITULO VII CONSULTA A LOS AFILIADOS
Art. 82° - La Junta Ejecutiva deberá a pedido del 20 % de los afiliados del
distrito o podrá por si, someter a la decisión de los afiliados de toda la
jurisdicción o a los centros, cualquier asunto de interés general o partidario
con expresa exclusión de los de naturaleza disciplinaria, a tales efectos
remitirá una exposición clara y precisa de la cuestión, concentrándola en
términos que permitan una respuesta por la afirmativa o la negativa. En esta
consulta el voto será nominal y firmado.
CAPITULO VIII MODIFICACIÓN DE LA CARTA ORGANICA
Art. 83° - La Carta Orgánica podrá ser modificada total o parcialmente por el
Congreso Extraordinario convocado por la Junta Ejecutiva, por su propia
iniciativa o a pedido del 20 % (veinte por ciento) de los centros, a ese solo
efecto. El contenido de las reformas a tratar será fijado por la junta ejecutiva
por si o a propuesta de los centros. No podrán modificarse otros artículos que
los incluidos en el Orden del Día. Las modificaciones se resolverán en el
congreso por el voto afirmativo de los dos tercios de los miembros presentes.
CAPITULO IX DE LA EXTINCION
Art. 84° - El PARTIDO ACCION DEMOCRATICA, se extinguirá por las siguientes
causas: a) por fusión con otro u otros partidos políticos para crear uno nuevo;
b) por incorporación a otro partido político. La extinción se decidirá en
congreso extraordinario reunido al efecto, siempre que reúna el quórum de la
mitad mas uno de todos los centros reconocidos, que a su vez reúnan dos tercios
de los afiliados del distrito. La decisión será adoptada por los dos tercios de
los miembros presentes y la misma será valida si es ratificada por el congreso
extraordinarios de centros. Art. 85° - El secretario de finanzas procederá a
practicar la liquidación de los bienes que hasta el momento posea el partido y su
remanente libre de cargas impositivas, serán donadas a la entidad de bien publico
u organismo estatal que determine el congreso extraordinario de centros que
resolvió la extinción.
CAPITULO X DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art. 86° - La Junta Ejecutiva con mandato prorrogado por la legislación vigente,
es la única autoridad partidaria hasta la asunción de las autoridades
definitivas, conforme a la disposición de la presente carta orgánica. Art. 87° -
A los efectos de la primera elección de autoridades partidarias o candidatos a
cargos electivos, no serán exigibles los requisitos de antigüedad de la
afiliación para ser elector o elegido.
Aviso número 22064
RESOLUCIONES 348 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-07
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 348/11-H.J.E.P., del 07/06/2011. --- I-
Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación MOVIMIENTO ESPONTANEO DE
JOVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.)" para actuar como partido político en la
jurisdicción del Municipio de Concepción, Departamento Chicligasta. II- Otorgar
el número 341 al mencionado partido según lo dispuesto por el artículo 26° de la
ley 5.454 y resolución de la H. Junta Electoral del 22/04/03.- III- Publíquense
edictos por un día, libre de derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia,
haciéndose conocer la declaración de principios y bases de acción política, carta
orgánica y la presente resolución.- Hagase Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan,
Presidente. Dr. Pedro Vicente Giudice, Vocal. Leg. Regino Néstor Amado, Vocal
Presidente Subrogante de la H. Legislatura de Tucumán.
DECLARACIÓN JURADA DE PRINCIPIOS Y BASES DE ACCION POLITICA
EL PARTIDO MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.), se
constituye como un partido político de carácter municipal, cuya actuación se
desarrollara en el municipio de la ciudad de Concepción departamento Chicligasta,
Provincia de Tucumán. EL PARTIDO MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS
(M.E.J.O.R.), adhiere al sistema representativo Republicano y Federal
participativo, Social y Pluripartidista, comprometiéndose al pleno acatamiento de
la Constitución Nacional y de la Constitución de la Provincia de Tucumán, como
así a todas las normas que regulen el funcionamiento de los partidos políticos.
EL PARTIDOMOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.), observará el
pleno respeto por los Derechos Humanos, rechazando la violencia en cualquiera de
sus manifestaciones. EL PARTIDO MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS
(M.E.J.O.R.), rechaza todo tipo de discriminación, basada en la nacionalidad,
cultura, sexo, etc. EL PARTIDO MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS
(M.E.J.O.R.), adhiere a los postulados y normas referentes a la preservación del
medio ambiente y al equilibrio ecológico. EL PARTIDOMOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE
JÓVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.), tiene como objetivo contribuir al crecimiento
y desarrollo económico, educativo, social, cultural del municipio de Concepción t
de sus habitantes. La solidaridad y la justicia social, constituyen metas
fundamentales del partido. El bienestar del hombre y de la familia constituyen
metas fundamentales del partido. EL PARTIDO MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES
ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.), tiene como prioridades en su accionar político: a) El
desarrollo y el crecimiento económico de la ciudad de Concepción. b) La
generación de fuentes de trabajo. c) La realización de obras de infraestructuras
y la ejecución de Obras Públicas. d) El mejoramiento de los Servicios Públicos.
e) La asistencia Social a los sectores de menores recursos. f) La participación
de las organizaciones intermedias. g) Promover la solidaridad social. h) Aplicar
los principios del partido, equitativa distribución de los recursos y de igualdad
de oportunidades. i) Brindar los medios para la capacitación en los trabajadores,
en especial de los jóvenes. j) Impulsar la actividad cultural en todas sus
manifestaciones. k) Coadyuvar el mejoramiento de los recursos materiales y
humanos en materia educativa. l) Brindar servicios de atención de salud,
promoviendo las ventajas de la medicina preventiva. m) Gestionar ante el Estado
Nacional y Provincial, los recursos económicos, tecnológicos y humanos que fuesen
necesarios para el municipio y la comunidad. La observancia de los principios
declarados, el respeto y aplicación de las bases de acción Política, son el
compromiso que asumen el partido MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS
(M.E.J.O.R.), con la comunidad de la ciudad de Concepción.
CARTA ORGANICA
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1: La presente Carta Orgánica es la ley fundamental del partido MOVIMIENTO
ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.) en cuanto a su organización y
funcionamiento.- Art. 2: El partidoMOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS
(M.E.J.O.R.) , está constituido por la totalidad de sus afiliados, adhiere al
sistema representativo, republicano y federal, social y pluripartidista, al
respeto por los derechos humanos, rechaza la violencia y cualquiera de sus
manifestaciones. Respeta las elecciones internas para la elección de sus
autoridades y de los candidatos a cargos selectivos, como así a dar
representaciones a la minoría. Igualmente se establece como pleno acatamiento a
la Constitución Nacional y a la Constitución de la Provincia de Tucumán, a la Ley
Nacional de los Partidos Políticos y a la Ley Provincial N° 5454 y sus
modificatorias.- Art. 3: Las autoridades partidarias antes de asumir prestaran
juramento de acatar las disposiciones de la Constitución Nacional y Provincial,
la declaración de principios y base de acción política, y la presente Carta
Orgánica.- Art. 4: Se autoriza la Constitución de alianza y frente electorales en
los términos de la legislación presente y de conformidad a las disposiciones de
ésta Carta Orgánica. De acuerdo a ello se podrá designar candidatos
extrapartidarias.- Art. 5: En ésta situación no prevista se aplicarán
supletoriamente las disposiciones de la ley N° 5454 y sus modificatorias, y
códigos Nacional Electoral.-
CAPITULO II: AUTORIDADES Y ORGANISMOS PARTIDARIOS
Art. 6: La conducción, gobierno, administración, control y fiscalización del
partido MOVIMIENTO ESPONTÁNEO DE JÓVENES ORGANIZADOS (M.E.J.O.R.), estará a cargo
de los siguientes organismos: Consejo Municipal; Congreso Municipal; Junta de
Disciplina; Junta de Fiscalización; Junta Electoral; Art. 7: Los miembros de los
organismos mencionados en el artículo anterior, serán los elegidos mediante el
voto directo y secreto de los afiliados en la presente Carta Orgánica, durará dos
años en sus funciones y pueden ser reelectos. En caso de renuncia, muerte,
separación, exclusión o vacancia por cualquier causa los miembros de los órganos
citados serán reemplazados por el que le sucediera en el orden de la lista
respectiva. Art. 8: El Congreso Municipal, es el órgano de máxima jerarquía y
representativa de la soberanía partidaria, sus decisiones son inapelables, salvo
por recursos de reconsideración ante el propio cuerpo. Su pronunciamiento implica
el agotamiento de la vía partidaria. Art. 9: Congreso Municipal, está formado por
catorce congresales titulares y siete suplentes. Art. 10: El quórum para
funcionar será de la mitad mas uno de la totalidad de los miembros del cuerpo y
decisiones se adaptarán por simple mayoría de miembros presentes, salvo en los
casos que expresamente ese prevea una mayoría especial. Art. 11: Son autoridades
del Congreso Municipal: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un
prosecretario y tres vocales. Estas autoridades serán elegidas en la primera
sesión constitutiva, por mayoría del total de miembros del cuerpo.-
Art. 12: Son atribuciones del Congreso Municipal: a) Formular una declaración de
principios y bases de acción política y aprobar la plataforma electoral. b) Fijar
las pautas y planes de acción política, social, cultural y económica. c) Reformar
la Carta Orgánica con la mayoría absoluta del total de miembros del cuerpo. d)
Impartir directivas para el funcionamiento del partido las que serán del
cumplimiento obligatorio para los afiliados y organismos partidarios. e) Juzgar
el grado de apelación la conducta de los miembros del cuerpo y de los afiliados.
f) Considerar anualmente los informes que deberán elevar los organismos
partidarios. g) Designar, cuando razones de fuerza mayor no permitieran la
realización de comicios internos, los candidatos a cubrir cargos electivos para
lo cual será necesario el voto de los DOS TERCIOS del total de miembros del
cuerpo. h) Autorizar al consejo Municipal para realizar actos de disposición
sobre bienes inmuebles registrables. En este caso se requiere la mayoría
absoluta. i) Dictar sus reglamentos internos. j) Aplicar a sus miembros las
sanciones previstas en ésta Carta Orgánica. k) Designar candidato de carácter
extrapartidario con el voto del total de miembros del cuerpo. Art. 13: El
Congreso Municipal tendrá su sede en la ciudad de Concepción, y se reunirá
ordinariamente por lo menos una vez al año. También se reunirá ordinariamente por
lo menos una vez al año. También se reunirá cuando sea convocado por el Consejo
Municipal, o lo solicite un tercio del total de sus miembros. En todos los casos
se deberá notificar a los integrantes y ocho en forma fehaciente, con cuarenta y
ocho horas de anticipación. Art. 14: De cada sesión se labrara un acta con una
redacción sucinta de las deliberaciones y soluciones adoptadas que serán firmadas
obligatoriamente por el presidente y el secretario de tas y voluntariamente por
quienes deseen hacerlo. Esta acta deberá ser aprobada en la sesión posterior. A
este fin deberá llevar un libro foliado. Art. 15: Consejo Municipal, es el
organismo ejecutivo del partido que tendrá su asentamiento en la ciudad de
Concepción. Art. 16: El Consejo Municipal, está formado por diez miembros
titulares y cinco suplentes. Art.17: El quórum para sesionar será de la mitad mas
uno del total de miembros. Y las decisiones se adaptaran por simple mayoría salvo
los casos que expresamente se requiere mayoría especial.
Art.18: El Consejo Municipal será constituido por un presidente, un
vicepresidente, un secretario, un tesorero, y tres vocales designados entre sus
propios miembros por mayoría absoluta. Art.19: El presidente del Consejo
Municipal ejerce la representación legal del partido. Art.20: Son atribuciones
del Consejo Municipal: 1. Conducir políticamente al partido emitiendo las
resoluciones y directivas que consideren necesarias a tal fin. 2. Designar
asesores representantes y comisiones internas. 3. Administrar los bienes y
recursos partidarios. 4. Convocar a elecciones internas de afiliados para elegir
autoridades partidarias y candidatos a cargos electivos. 5. Convocar al Congreso
Municipal. Establecer el régimen de afiliación y control de los mismos.
Dirigir las campañas electorales. La presente enumeración es de carácter
indicativo y no taxativo.- Art.21: El Consejo Municipalidad se reunirá por lo
menos una vez al mes debiendo notificar a sus miembros con veinticuatro horas de
anticipación. Esta notificación estará a cargo del presidente o secretario.-
Art.22: Junta de Disciplina, estará integrada por tres miembros titulares y dos
suplentes. En su primera reunión elegirán un presidente, un vicepresidente y un
secretario. El quórum para sesionar será de dos miembros y las decisiones se
adaptaran por mayoría absoluta del total de miembros.- Art.23: Son atribuciones
de Junta de Disciplina. 1. Intervenir un caso de denuncia contra cualquier
afiliado o miembro de los organismos partidarios pudiendo aplicar las siguientes
sanciones: Apercibimiento, suspensión de afiliación, desafiliación, expulsión y
multa. 2) Considerar los casos de separación de integrantes de los organismos
partidarios en los casos previstos en la carta orgánica. Art. 24: El trámite ante
la junta de disciplina será el siguiente: Recibida la denuncia se correrá
traslado por cinco días al afiliado, quien deberá Contestar en dicho plazo y
ofrecer la prueba. Dentro de los cinco días la junta de disciplina deberá
resolver mediante resolución fundada. Las resoluciones de la junta de disciplina
serán apelable dentro de los cinco días de notificadas por ante el consejo
municipal que deberá pronunciarse en su primera sesión posterior. Art. 25: Junta
de Fiscalización, estará integrada por tres miembros titulares y dos suplentes.
En su primera reunión erigirán un presidente, un vicepresidente y un secretario.
El quórum para sesionar de dos miembros y las decisiones se adaptarán por mayoría
absoluta del total de miembros. Art. 26: Son atribuciones de la Junta de
Fiscalización: a) Controlar las cuentas, ingresos, egresos de recursos, estados
patrimonial y financieros, fiscalizar los gastos, distribución y percepción de
recursos. b) Solicitar a cualquiera de los organismos partidarios rendición de
cuentas y exhibición de la documentación respectiva. c) Informar al congreso
municipal sobre los resultados de su gestión. Art. 27: La Junta Electoral estará
integrada por tres miembros titulares y dos suplentes. En su primera reunión
erigirán un presidente, un vicepresidente y un secretario. El quórum para
sesionar será de dos miembros y las decisiones se adoptaran por mayoría absoluta
del total de sus miembros. Art. 28: Son atribuciones y obligaciones de la Junta
Electoral: I. Organizar, reglamentar y fiscalizar las elecciones internas fijando
el cronograma electoral. II. Resolver en única instancia las impugnaciones y
planteos que se realicen. III. Imprimir fichas de afiliación, llevar el fichero y
registro de afiliados haciendo imprimir el padrón respectivo que deberá
mantenerse actualizado. IV. Dictar su reglamento de funcionamiento, designar
asesores y colaboradores Ad Honoren. V. Designar autoridades de mesa, lugares de
votación y todo acto necesario para la realización de comicios internos. VI.
Hacer el escrutinio definitivo y proclamar los candidatos electos.
CAPITULO III: AFILIADO
Art. 29: Tendrán el carácter de afiliados todos los ciudadanos mayores de 18 años
que hayan suscripto la ficha de afiliación respectiva, y haya sido aceptada por
la autoridad partidaria. Art. 30: El carácter de afiliado le confiere al mismo el
derecho a elegir, y ser elegido, debiendo observar las bases de acción política y
la declaración de los principios, la carta orgánica y las resoluciones emanadas
de órganos partidarios.
CAPITULO IV: PATRIMONIO DEL PARTIDO.
Art. 31: Estará formado por los aportes que voluntariamente hicieren los
afiliados, por las donaciones y contribuciones de personas públicas o privadas,
por los subsidios estatales, por los fondos que las leyes le designen y por
cualquier otro recurso o bien que ingresen a su patrimonio.
CAPITULO V: CANDIDATOS.
Art. 32: Para ser candidatos a ocupar cargos partidarios o cubrir cargos
electivos se requiere: 1) Ser mayor de dieciocho años. 2) Ser afiliado al
PARTIDO. 3) No estar comprendido en las inhabilitaciones o incompatibilidades
previstas por la carta orgánica o la legislación vigente. Art. 33: Es
incompatible el desempeño simultáneo de dos cardos partidarios. Art. 34: La
convocatoria a elecciones internas para elegir autoridades partidarias o elegir
candidatos serán efectuadas con una anticipación de noventa días como mínimo de
la fecha de realización del comicios, será realizada por el concejo Municipal.
Art 35: La junta Electoral dictara las normas reglamentarias inherentes a los
comicios internos y confeccionara el cronograma electoral. Art. 36: La
distribución de los cargos en los organismos partidarios y candidaturas para
ocupar cargos directivos se realizara mediante el sistema de mayoría simple.
Art. 37: Cuando en las elecciones internas se hubiese presentado una sola lista,
la misma será proclamada por la junta electoral, no siendo necesaria la
realización del comicios.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
Art. 38: Dentro de los 60 días de obtenido el reconocimiento del partido se
convocará a elecciones para ocupar los cargos partidarios, de conformidad a las
normas establecidas. Art. 39: La convocatoria estará a cargo de la junta
promotora, quien designara a tres de sus miembros que actuaran como junta
electoral provisoria.
Aviso número 22063
RESOLUCIONES 370 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 370/11-H.J.E.P., del 09/06/2011. --- I-
Aprobar el cambio de nombre de la agrupación Movimiento de Trabajadores Tucumanos
cuya denominación a partir de la presente será Movilización de Trabajadores
Rurales. II- Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación
MOVILIZACIÓN DE TRABAJADORES RURALES" para actuar como partido político en la
jurisdicción de la Provincia de Tucumán. III- Otorgar el número 358 al mencionado
partido según lo dispuesto por el artículo 26° de la ley 5.454 y resolución de la
H. Junta Electoral del 22/04/03.- IV- Por Secretaría tómese nota en el registro
de Partidos Políticos respectivo y precédase a la modificación de la carátula
identificatoria. V- Publíquense edictos por un día, libre de derechos, en el
Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la declaración de principios
y bases de acción política, carta orgánica y la presente resolución.- Hagase
Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr. Pedro Vicente Giudice, Vocal.
Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente Subrogante de la H. Legislatura de
Tucumán.
PRINCIPIOS Y BASES DE ACCION POLITICA
Al ser la familia la primera manifestación de sociabilidad donde el hombre
nace y se forma, y se manifiesta socialmente. Las instituciones intermedias
desarrollan un espacio en lo local, lo que aumenta la complejidad de
las relaciones y modo de interactuar, para lo cual se hace necesario una
visión de la totalidad en el ámbito Provincial. El bienestar y su realización,
son prioridades del hombre. La solidaridad Y justicia social constituyen sus
metas principales. Es deber del gobernante, es promover, apoyar sostener la
familia, células básicas de sociedad; garantizar el pleno ejercicio de sus
derechos y deberes específicos; asegurar su unidad en la diversidad; garantizar
su crecimiento y su desarrollo, asegurar la justicia y el bien común. Debemos
forjar un modelo de cooperación y participación en el que el sector público
actúe, con orden, con inteligencia y la producción Privada sea el motor de la
Economía. Es nuestro compromiso el pleno respeto de los Derechos Humanos,
rechazando todo tipo de discriminación asentada en la nacionalidad, cultura,
religión, sexo, raza, etc. y rechazar la violencia en cualquiera de su
manifestación. EL PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES, adhiere al
sistema representativo, Republicano y Federal, Social u Pluralista con las
representaciones de las mismas, con pleno acompañamiento de la Constitución
Nacional, Constitución Provincial y todas las Leyes y Normas que regula el
funcionamiento de los Partidos Políticos. EL PARTIDO: MOVILIZACION DE
TRABAJADORES RURALES, en su accionar político tendrá las siguientes prioridades
a) Salud, Educación y Trabajo para el desarrollo y crecimiento Económico de
Tucumán. b) Administración de servicios en base al merito, honestidad y
eficiencia. c) Optimización de los Servicios Públicos. d) Asistencias Sociales a
los sectores marginados. e) Igualdad de oportunidades, equitativas de
distribución. f) Capacitación y eficiencia en los recursos materiales y humanos.
En EDUCACION, TRABAJO y SALUD. g) Promoción de la Medicina Preventiva, promover
la SOLIDARIDAD SOCIAL y el Cooperativismo en los Organismos Intermedios, como
necesarios para alcanzar el bien común. Peticionar ante el Estado Nacional los
Recursos Económicos, Tecnológicos y Humanos necesarios para la provincia. La
observancia de los principios declarados de los respeto y las
aplicaciones de la PLATAFORMA y LAS BASES DE ACCIÓN POLITICA, son
compromisos asumidos por el PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES, con
la comunidad y la Provincia de Tucumán. Dado en la Sede Partidaria sito en calle
Ernesto Padilla 1.592, B° Celestino Gelsi, de la Ciudad de Concepción- Tucumán.
CARTA ORGANICA
CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Art.1° La presente CARTA ORGANICA es LEY fundamental del PARTIDO: MOVILIZACION DE
TRABAJADORES RURALES, en cuanto a su organización y su funcionamiento. Art.2°
EL PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES esta constituido por la
totalidad de sus afiliados, adhiere al sistema Representativo, Republicano y
Federal, Social y pluralista al respeto por los Derechos Humanos rechazando la
violencia en cualquiera de sus manifestaciones, y a respetar las elecciones
internas para autoridades y a los candidatos a Cargos Electivos como así también
a la representaciones de las minorías. Igualmente se establece el pleno
acatamiento a la Constitución Nacional, A la Constitución de la Provincia de
Tucumán, a la Ley Nacional de los Partidos Políticas, a la Ley Provincial N°
5.454 y modificatorias y toda Norma que regule el funcionamiento de los Partidos
Políticos. Art.3° Las Autoridades antes de asumir prestaran juramento de
acatar la Constitución Nacional, Provincial. La Declaración de Principios y Bases
De Acción Política, y la presente Carta Orgánica. Art. 4° Se autoriza a la
Constitución de Alianza y Frentes Electores, en los Términos de Legislación
vigente y de conformidad a las disposiciones de conformidad a las disposiciones
de esta CARTA ORGANICA. De acuerdo a ella, se podrá designar candidatos de
carácter EXTRA-PARTIDARIOS.- Art.5° En esta situación no prevista se aplicaran
supletoriamente las disposiciones de la LEY PROVINCIAL N° 5.454 y sus
modificatorias y el CODIGO ELECTORAL NACIONAL.-
CAPITULO II - AUTORIDADES Y ORGANISMOS PARTIDARIOS
Art.6° La conducción, Gobierno, Administración, control y fiscalización del
PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES, estará a cargo de los siguientes
organismos: A) Concejo Provincial B) Congreso Provincial C) Junta Disciplinaria
D) Junta de Fiscalización E) Junta Electoral Art.7° Los Miembros de los
Organismos mencionados en el artículo anterior, serán elegidos mediante el
voto directo y secreto de los afiliados en la forma que establece la presente
Carta Orgánica, duraran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelectos.
En caso de renuncia, muerte, separación, exclusión o vacante por cualquier
causa, los miembros de la organización todos serán reemplazados por el que le
sucediere en el orden de la lista respectiva.- Art.8° EL CONGRESO PROVINCIAL,
es el órgano de máxima jerarquía y representatividad de las Soberanía
Partidaria, sus decisiones son inapelables, salvo por recursos de reconsideración
ante el propio cuerpo, y pronunciamiento implica el agotamiento de la vía
partidaria.- Art.9° EL CONGRESO PROVINCIAL esta formado 12 (doce) congresales
Titulares y 6 (seis) suplentes.- Art.10° El quórum para funcionar serán la mitad
mas uno de la totalidad de los Miembros de los cuerpos, y las decisiones se
adoptaran por simple mayoría de los miembros presentes, salvo en los casos
que expresamente se prevea una mayoría especial. Art.11° Son autoridades del
CONGRESO PROVINCIAL: A) Un Presidente B) Un Vice-presidente C) Un Secretario D)
Un Pro-secretario E) Un Tesorero F) Un Pro-tesorero. Estas autoridades serán
elegidas en la primera sesión constitutiva por la mayoría de los miembros
presentes. Art.- 12° Son atributos del CONGRESO PROVINCIAL: A) Formulas
declaraciones de principios y bases de acción políticas y aprobar la forma
electoral; B) Fijar las pautas y planes de acción política, social,
cultural y económica; C) Reformar la CARTA ORGANICA con los DOS TERCIOS de los
Miembros presentes de los cuerpos; D) Impartir directivas para el funcionamiento
del partido, que serán de cumplimiento obligatorio para los afiliados y
organismos partidarios; E) Juzgan el grado de apelación, la conducta de los
miembros de los Cuerpos y de los afiliados; F) Considerar como fuente los
informe que deberán elevar los organismos partidarios; G) Designar, cuando por
razones de fuerza mayor no permitieran la realización de comicios internos,
los candidatos a cubrir cargos Electivos para la cual será necesario el voto
de los DOS TERCIO De los Miembros presentes del cuerpo; H) Autoriza al CONCEJO
PROVINCIAL a realizar actos de disposición de bienes inmuebles y bienes muebles
registrables. En este caso se requiere de los DOS TERCIOS de los miembros
presente del cuerpo. I) Dicta su reglamento interno, hasta tanto ello ocurra,
se regirá por el Reglamento interno de La HONORABLE LEGISLATURA DE TUCUMAN; J)
Aplicar a sus miembros las sanciones previstas en esta CARTA ORGANICA;
K) Designar candidatos de carácter EXTRA - PARTIDARIOS con los votos de los DOS
TERCIOS de los miembros presente del cuerpo. Art.13° El CONGRESO PROVINCIAL,
tendrá su Sede en calle Ernesto Padilla 1592 B° Celestino Gelsi de la Ciudad de
Concepción, Departamento Chicligasta, y se reunirá ordinariamente una vez al año
calendario. También se reunirá cuando sea convocado por el CONCEJO PROVINCIAL, o
lo solicite, UN TERCIO del total de sus miembros en todo caso se deberá
notificar a los integrantes en forma fehaciente con 48 horas de anticipación.
Art. 14° De cada sesión se labrara un acta con redacción sucinta de las
deliberaciones, y resoluciones adoptadas que serán firmadas obligatoriamente por
el Presidente y Secretario, y voluntariamente por quienes deseen hacerlo esta
debe ser aprobada en la sesión posterior. A este fin se debera llevar un libro
foliado.- Art.15° EL CONCEJO PROVINCIAL, es el órgano Ejecutivo del PARTIDO:
MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES y tendrá su asentamiento en calle
Ernesto Padilla N° 1592 B° Celestino Gelsi de la, Ciudad de Concepción,
Departamento Chicligasta.- Art.16° EL CONCEJO PROVINCIAL, estará formado por 10
(diez) Titulares y 5 (cinco) suplentes.- Art.17° El quórum para sesionar será
de la mitad mas de uno del total de sus miembros, y las decisiones se
adoptaran por simple mayoría, salvo el caso que expresamente se requiera
mayoría especial.- Art.18° EL CONCEJO PROVINCIAL estará constituido por un
Presidente, un Vice-Presidente, un Secretario de acta, un Pro-Secretario, un
Tesorero, un Pro-Tesorero, designado entre sus miembros por mayoría simple de los
presentes, en su primera sesión.- Art.19° EL PRESIDENTE DEL CONCEJO PROVINCIAL,
ejerce la representación legal DEL PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES
RURALES.- Art.20° Son atribuciones del CONCEJO PROVINCIAL: A) Conducir
políticamente al partido resoluciones y directivas que considere necesaria a tal
fin; B) Designar asesores, representantes y comisiones internas; C) Administrar
los bienes y recursos partidarios; D) Convocar a elecciones internas a los
Afiliados para elegir autoridades Partidarias y a Candidatos a Cargos Electivos;
E) Convocar al CONGRESO PROVINCIAL; F) Establecer el régimen de afiliaciones y
control de los mismos; G) Dirigir las campañas Electorales; La presente
ennumeración es de carácter indicativo y no taxativo.- Art.21° EL CONCEJO
PROVINCIAL, se reunirá por lo menos cada 3 (tres) meses, debiendo notificar a
sus miembros con 24 horas de anticipación Esta notificación estará a cargo del
Presidente y/ o Secretario.- Art.22° LA JUNTA DE DISCIPLINA, estará integrada por
3(tres) miembros Titulares y 2 (dos) Suplentes, en su primera sesión se
elegirán Un Presidente, Vice-presidente y Un Secretario. El quórum para
sesionar será de 2 (dos) miembros, y las decisiones se adoptaran por mayoría
de sus miembros; Art.23° Son atribuciones de la JUNTA DE DISCIPLINA: A)
Intervenir en caso de denuncia contra cualquier afiliado o miembros de los
organismos partidarios, pudiendo aplicar las siguientes sanciones,
apercibimiento, suspensión de afiliación, expulsión y multa; B) Considerar los
casos de separación de integrantes de los organismos Partidarios, en los casos
provistos por esta CARTA ORGANICA.- Art. 24° El trámite ante la JUNTA DE
DISCIPLINA será el siguiente: recibida la denuncia se correrá traslado 5
(cinco) días al afiliado, quien deberá contestar en dicho plazo y ofrecer
pruebas, dentro de los 5 (cinco) la JUNTA DE DISCIPLINA deberá resolver mediante
resolución fundada Las resoluciones de la JUNTA DE DISCIPINA serán apelables
durante los 5 (cinco) días de notificado por ante el CONGRESO PROVINCIAL, que
deberá pronunciarse en su primera sesión posterior.- Art.25° JUNTA DE
FISCALIZACION; estará integrada por 3(tres) miembros Titulares y 2(dos)
suplentes, en su primera reunión elegirán Un Presidente, Un Vice-presidente y
Un Secretario. El quórum para la sesión será de 2(dos) miembros y las
decisiones se adoptaran por la mayoría absoluta del total de los miembros.-
Art.26° Son atribuciones de la JUNTA DE FISCALIZACION: A) Controlar las cuentas y
egresos de de los recursos patrimonial y financiero y fiscalizar gastos,
distribución y percepción de recursos; B) Solicitar a cualquiera de los
organismos partidarios, rendición de cuentas y exhibición de documentación
respectiva; c) Informar al CONGRESO PROVINCIAL, sobre el resultado de su
gestión.- Art. 27° LA JUNTA ELECTORAL, estará integrada por 3(tres) miembros
Titulares y 2(dos) Suplentes. En su primera sesión elegirán un Presidente,
Un Vice-presidente, y Un Secretario, el quórum para sesionar será de 2 (dos)
miembros y las decisiones se adoptaran por mayoría absoluta del total de sus
miembros.- Art.28° Son atribuciones de la JUNTA ELECTORAL: a) Organizar,
reglamentar y fiscalizar las elecciones internas, fijando cronograma electoral;
b) Resolver en única instancia las impugnaciones y planteos que se realicen; c)
Imprimir fichas de Afiliación, llevar ficheros y registro de afiliación haciendo
imprimir, el padrón respectivo que deberá obtenerse actualizado.- d) Dictar su
reglamento de funcionamiento, designar asesores y colaboradores Ad-honores; e)
Hacer el Escrutinio definitivo y proclamar los candidatos Electos.-
CAPITULO III - DE LOS AFILIADOS
Art.29° Tendrán carácter de afiliados todos los Ciudadanos Mayores de 18 años
Que hayan suscripto las fichas de afiliaciones respectivas, y haya sido aceptado
por la autoridad partidaria.- Art.30° El carácter de afiliado le confiere al
mismo el derecho de elegir y ser elegido, debiendo observar las bases de
acción política y la declaración de principios, la CARTA ORGANICA y las
resoluciones emanadas de los órganos partidarios.-
CAPITULO IV - PATRIMONIO DEL PARTIDO
Art.31° Estará formado por los aportes que voluntariamente hicieran los
afiliados, por las donaciones y contribuciones de personas publicas y privadas,
por subsidios estatales, por los fondos que las Leyes les asigne y por cualquier
otro recurso que interfieren a su patrimonio.-
CAPITULO V - CANDIDATOS
Art.32° Para ser Candidatos para aceptar cargos partidarios o cubrir
cargos partidarios o cubrir cargos electivos se requiere: a) Ser Mayor de 18
años; b) Ser afiliado del PARTIDO: MOVILIZACION DE TRABAJADORES RURALES; c)
En los cargos electivos podrá ser candidato de origen EXTRAPARTIDARIO; b) No esta
comprendido en las inhabilitaciones prevista por esta CARTA ORGANICA, a la
LEGISLACION vigente.- Art.33° A los fines previstos en el artículo anterior, es
incompatible el desempeño de dos cargos Partidarios.- Art.34° La convocatoria a
elecciones internas para elegir autoridades partidarias o elegir candidatos será
efectuado con 60 (sesenta) días como mínimo con la fecha de realización de
los comicios. Esta será realizada por el CONCEJO PROVINCIAL.- Art.35° LA JUNTA
ELECTORAL, dictara las normas reglamentarias inherentes a los comicios internos y
confeccionara el cronograma electoral.- Art.36° La distribución de los cargos
electivos se realizara mediante el Sistema Sáenz Peña (DOS TERCIOS para la
mayoría y UN TERCIO para la Minoría).- Art.37° Cuando en las elecciones internas
se hubiera presentado una sola lista, la misma será proclamada por la JUNTA
ELECTORAL no siendo necesaria la realización de los comicios.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art.38° Dentro de los 60 días de obtenido el reconocimiento del PARTIDO, se
Convocara a elecciones para ocupar los cargos partidarios. De conformidad a las
normas establecidas en esta CARTA ORGANICA.- Art.39° La convocatoria estará a
cargo de la (JUNTA PROMOTORA), quien designara a 3 (tres) de sus miembros que
actuaran como JUNTA ELECTORA PROVISORIA hasta tanto se constituya la definitiva.-
Aviso número 22062
RESOLUCIONES 372 / 2011 RESOLUCION / 2011-06-09
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL. RESOLUCION N° 372/11-H.J.E.P., del 31/05/2011. --- I-
Reconocer personalidad jurídico política a la agrupación TRANSVERSALES DE
AGUILARES para actuar como partido político en la jurisdicción del Municipio de
Aguilares, Departamento Rio Chico. II- Otorgar el número 360 al mencionado
partido según lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley 5.454 y resolución de la
H. Junta Electoral del 22/04/03.- III- Publíquense edictos por un día, Libre de
Derechos, en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndose conocer la
Declaración de Principios y Bases de Acción Política, Carta Orgánica y la
presente Resolución.- Hágase Saber.- Dr. Antonio Daniel Estofan, Presidente. Dr.
Pedro Vicente Giudice, Vocal. Leg. Regino Néstor Amado, Vocal Presidente
Subrogante de la H. Legislatura de Tucumán.
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Y BASES DE ACCIÓN POLÍTICA
Porque sentimos el llamado a sellar esta transformación en base a sus valores
espirituales, intelectuales, económicos y políticos, y así continuar con este
plan de desarrollo integral para Tucumán. Sostener esta transformación iniciada
en el 2.003. Es la nueva forma de hacer política ¡ES EL ACTUAL DESAFIO!. La
Democracia como sistema de Gobierno, en la que el poder pertenece y descansa en
el Pueblo y la Política como instrumento idóneo; que guía y encamina todas las
actividades; donde los Gobiernos establecen los fines; apuntando al bien común de
sus habitantes. Para progresar con Libertad y Dignidad. El Partido TRANSVERSALES
DE AGUILARES se constituye en Partido Político de carácter Municipal, y su radio
de acción será el Ejido Municipal de la Ciudad de Aguilares, Departamento Rió
Chico, Provincia de Tucumán. La Familia: Célula Básica de la Sociedad, donde el
Hombre nace, crece, se forma y educa, siendo esta la primera manifestación de
sociabilidad. Es en esta, donde como individuo debe adquirir un desarrollo
humanitario, Solidario y de Justicia Social. Pero es en Sociedad, cuando se
relaciona con parientes, amigos y conocidos, cuando alcanza su plenitud. Es en
Sociedad donde la complejidad de las relaciones aumenta, dada por los distintos
pensamientos y modos de interactuar del Hombre. Es por esto que las instituciones
intermedias nos dan una visión mas completa de la totalidad. Esta orden natural
nos lleva a que el deber Primario de todo Gobierno, sea el de Apoyar, Sustentar y
Contener a la Familia. El segundo, es la búsqueda de la unidad en la diversidad,
garantizar el crecimiento y desarrollo de sus distintos estamentos con Justicia,
Libertad y Dignidad. Esta búsqueda del Bien Común debe darse en un modelo
participativo; en forma ordenada e inteligente, entre las instituciones
Representativa y el sector productivo privado. Adherimos al sistema
Representativo, Republicano y Federal; Participativo, Social y Pluralista con
representación de las minorías. Pleno acatamiento a la Constitución Nacional,
Constitución de la Provincia y toda Ley y norma que regule los Partidos
Políticos. Pleno acatamiento de los Derechos Humanos y rechazamos la violencia en
toda sus manifestaciones. Este modelo de gestión es nuestro compromiso para con
la Comunidad de Aguilares.
CARTA ORGANICA
CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
ART.1°.- La presente CARTA ORGANICA es ley fundamental del Partido TRANSVERSALES
DE AGUILARES, en cuanto a su organización y su Funcionamiento.- ART.2°.- El
Partido TRANSVERSALES DE AGUILARES se Constituye Partido Político de carácter
Municipal, cuyo accionar se Desarrollara en el perímetro del Ejido Municipal de
la ciudad de Aguilares, Departamento Rió Chico, Provincia de Tucumán.- ART.3°.-
El Partido TRANSVERSALES DE AGUILARES está Constituido por la totalidad de sus
afiliados, adhiere al sistema Representativo, Republicano y Federal, Social y
pluralista, al respeto. Por los Derechos Humanos rechazando la violencia en
cualquiera de sus manifestaciones; y a respetar las elecciones internas para
autoridades y a los candidatos a cargos electivos como así también a las re-
presentaciones de las minorías. Igualmente se establece el pleno acatamiento a la
Constitución Nacional; a la Constitución de la Provincia de Tucumán, a la Ley
Nacional De los Partidos Políticos, a la Ley Provincial N° 5.454 y
modificatorias y toda norma que regule el funcionamiento de los Partidos
Políticos.- ART.4.- Las autoridades antes de asumir prestaran juramento de acatar
la Constitución Nacional, Provincial, la declaración de Principios y Bases De
acción de Política, y la presente Carta Orgánica. ART.5.- Se autoriza la
Constitucional de Alianzas y Frente Electorales, en los Términos de la
legislación vigente y de conformidad a las disposiciones de esta carta Orgánica.
De acuerdo a ello, se podrá designar candidatos de carácter extra partidario.-
ART.6.- En toda situación no prevista se aplicara supletoriamente las
disposiciones de la Ley Provincial N ° 5.454 y sus modificatorias y el Código
Electoral Nacional.-
CAPITULO - Autoridades y Organismos Partidario
ART.7.- La conducción, gobierno, administración, control y fiscalización del
Partido TRANSVERSALES DE AGUILARES, estará a cargo de los siguientes organismos:
a) Concejo Municipal. b) Congreso Municipal. c) Junta de Disciplina. d) Junta de
Fiscalización. e) Junta Electoral. ART.8.- Los miembros de los organismos
mencionados en el articulo anterior serán elegidos mediante el voto directo y
secreto de los afiliados en la forma que establece la presente Carta Orgánica,
duraran cuatro años en sus funciones y pueden ser reelectos. En caso de renuncia,
muerte, separación, exclusión o vacante por cualquier causa, los miembros de la
organización todos serán reemplazados por el que sucediere en el orden de la
lista respectiva. ART.9.- EL CONGRESO MUNICIPAL, es el órgano de máxima Jerarquía
y representatividad de la soberanía partidaria, sus decisiones son inapelabes,
salvo por recurso de reconsideración del propio cuerpo, y su pronunciamiento
implica el agotamiento de la vía partidaria. ART.10.- EL CONGRESO MUNICIPAL, esta
formado por 6(seis) congresales titulares y 3 (tres) suplentes.- ART.11. El
quórum para funcionar será de la mitad mas uno de la totalidad de los miembros
del cuerpo, y las desiciones se adoptaran por simple mayoría de los miembros
presentes, salvo en los casos que expresamente se prevé una mayoría especial.-
ART.12.-Son autoridades del CONGRESO MUNICIPAL: a) Un Presidente. b) Un
Vicepresidente. c) Un Secretario. d) Un Pro-Secretario. e) Un Tesorero. f) Un
Pro-Tesorero. Estas autoridades serán elegidas en la primera sesión constitutiva
por mayoría de los miembros presentes. ART.13.- Son atributos del CONGRESO
MUNICIPAL: a) Formular declaraciones de principios y bases de acción política y
aprobar la plataforma electoral. b) Fijar las pautas y planes de acción
política, social, cultural y económica. c) Reformar la CARTA ORGANICA con los dos
tercios de los miembros presentes del cuerpo. d) Impartir directivas para el
funcionamiento del partido, las cuales son de cumplimiento obligatorio para los
afiliados y organismos partidarios. f) Juzgan en grado de apelación, la conducta
de los miembros y de los afiliados. f) Considerar como fuente los informes que
deberán elevar los organismos partidarios. g) Designar, cuando por razones de
fuerza mayor no permitiera la realización de comicios internos, los candidatos a
cubrir cargos electivos, para lo cual será necesario el voto de los DOS TERCIOS
de los miembros presentes del cuerpo. h) Autoriza al CONCEJO MUNICIPAL a realizar
actos de disposición sobre bienes inmuebles y bienes muebles registrables. i)
Dicta su reglamento interno, hasta tanto ello ocurra, se regira por el reglamento
interno de la Honorable Legislatura de Tucumán. j) Aplicar a sus miembros las
sanciones previstas en esta CARTA ORGANICA. k) Designar candidatos de carácter
EXTRAPARTIDARIOS con el voto de los DOS TERCIOS de los miembros presentes del
cuerpo. ART.14.-EL CONGRESO MUNICIPAL, tendrá su sede en el domicilio partidario
de la Ciudad de Aguilares Departamento Rio Chico reunirá ordinariamente por lo
menos una vez al Año calendario. También se reunirá cuando sea convocado por el
Concejo Municipal o lo solicite un tercio de el total de sus miembros, En todos
los casos se deberá notificar a todos los integrantes en forma fehaciente con 48
horas de anticipación. ART.15.-De cada sesión se labrara un acta con redacción
sucinta de las deliberaciones, y resoluciones adoptadas que serán firmadas
obligatoriamente por el Presidente y el Secretario, y Voluntariamente por quienes
deseen hacerlo. Esta debe ser aprobada en la sesión siguiente. ART.16.-EL CONCEJO
MUNICIPAL, es el órgano ejecutivo del Partido TRANSVERSALES DE AGUILARES y tendrá
domicilio Partidario y Legal en la Ciudad de Aguilares Departamento Rio Chico.
ART.17.-EL CONCEJO MUNICIPAL esta formado por 6(seis) Titulares y 3 (tres)
suplentes. ART.18.-El quórum para sesionar de la mitad mas uno del total de sus
miembros, y las decisiones se adoptaran por simple mayoría, salvo el caso que se
requiera expresamente mayoria especial- ART.19.-EL CONCEJO MUNICIPAL estará
constituido por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Pro-
Secretario, un Tesorero y un Pro- Tesorero, designados de entre sus miembros por
mayoría simple de los presentes en la primera sesión. ART.20.-El Presidente del
CONCEJO MUNICIPAL ejerce la representación legal del partido TRANSVERSALES DE
AGUILARES. ART.21.-Son atribuciones del CONCEJO MUNICIPAL: a) Conducir
políticamente el Partido emitiendo resoluciones y directivas que considere
necesarias a tal fin; b) Designar asesores, representantes y comisiones internas;
c) Administrar los bienes y recursos partidarios; d) Convocar a elecciones
internas de afiliados para elegir autoridades partidarias y candidatos a cargos
electivos; e) Convocar al CONGRESO MUNICIPAL; f) Establecer el régimen de
afiliaciones y control de los mismos; g) Dirigir las campañas electorales. La
presente enumeraciones de carácter indicativo y no taxativo. ART.22.-El CONCEJO
MUNICIPAL se reunirá por lo menos una vez al mes debiendo notificar a sus
miembros con 24hs. de anticipación. Esta notificación estará a cargo del
Presidente y/o Secretario. ART.23.- JUNTA DE DISCIPLINA estará integrada por
3(tres) miembros Titulares y 2(dos)suplentes, en su primera sesión elegirán un
Presidente, un Vice-Presidente y un Secretario. El quórum para sesionar será de
2(dos) miembros y las decisiones se adoptaran por mayoría absoluta del total de
sus miembros. ART.24.-Son atribuciones de la JUNTA DE DISCIPLINA: a) Intervenir
en caso de denuncia contra cualquier afiliado o miembros de los organismos
partidarios y pudiendo aplicar siguientes sanciones: apercibimiento, suspensión
de afiliación expulsión y multa; b) Considerar los casos de separación de
integrantes de los organismos partidarios, en los casos previstos por esta CARTA
ORGANICA.- ART.25.-El trámite ante la JUNTA DE DISCIPLINA será el siguiente:
Recibido la denuncia se correrá traslado por 5 (cinco) días al afiliado quien
deberá contestar en dicho plazo y ofrecer prueba. Dentro de los 5 (cinco) días la
Junta de Disciplina deberá resolver mediante resolución fundada. Las resoluciones
de la Junta de Disciplina serán apelables dentro de los 5(cinco) días de
notificados por ante el Congreso Municipal deberá pronunciarse en su primera
sesión posterior. ART.26.-JUNTA DE FISCALIZACION: Estará integrada por 3(tres)
miembros titulares y 2(dos) suplentes. En su primera reunión elegirán Presidente,
Vicepresidente y Secretario. El quórum para sesionar será de 2(dos) miembros y
las decisiones se adoptaran por mayoría absoluta del total de los miembros.
ART.27.-Son atribuciones de la JUNTA DE FISCALIZACION: a) Controlar las cuentas y
egresos de los recursos, estado patrimonial y financiero y fiscalizar gastos,
distribución y percepción de recursos. b) Solicitar a cualquiera de los
organismos partidarios, rendición de cuentas y exhibición de documentación
respectiva; c) Informar al CONGRESO MUNICIPAL sobre los resultados de su gestión.
ART.28.-JUNTA ELECTORAL: Estará integrada por 3(tres) miembros titulares y
2(dos) suplentes. En su primera sesión elegirán un Presidente, un Vice-
Presidente, y un Secretario. El quórum para sesionar será de 2(dos) miembros y
las decisiones se adoptaran por mayoría absoluta del total de sus miembros.
ART.29.-Son atribuciones y obligaciones de la JUNTA ELECTORAL: a) Organizar,
reglamentar y fiscalizar las elecciones internas, fijando el cronograma
electoral; b) Resolver en única instancia las impugnaciones y planteos que se
realicen; c) Imprimir fichas de afiliación, llevar fichero y registro de
afiliación, haciendo imprimir el padrón respectivo que deberá mantenerse
actualizado; d) Dictar su reglamento de funcionamiento, designar asesores y
colaboradores. e) Hacer el escrutinio definitivo y proclamar los candidatos
electos. ART.30.-Tendrán carácter de afiliados todos los ciudadanos mayores de
18 años que hayan suscripto la ficha de afiliación respectiva, y haya sido
aceptado por la autoridad partidaria.- ART.31.-El carácter de afiliado le
confiere al mismo el derecho de elegir y ser elegido, debiendo observar las bases
de acción política y la declaración de principios, la Carta Orgánica y las
resoluciones emanadas de los órganos partidarios.
CAPITULO IV - Patrimonio del Partido
ART.32.-Estará formado por los aportes que voluntariamente hicieran los
afiliados, por las donaciones y contribuciones de personas publicas y privadas,
por subsidios estatales, por los fondos que las leyes los asignan y por cualquier
otro recurso o bienes que ingresen a su patrimonio.-
CAPITULO V - Candidatos
ART.33.-Para ser candidatos para ocupar cargos partidarios o cubrir Cargos
partidarios o cubrir cargos electivos se requiere: a) Ser mayores de 18 años. b)
Ser afiliado del Partido AGUILARES POR LA VICTORIA. c) En los cargos Electivos,
podrá ser de origen Extrapartidario. d) No estar comprendido en las
inhabilitaciones previstas por esta Carta Orgánica o la legislación vigente.
ART.34.- A los fines previstos en el articulo anterior, es incompatible el
desempeño de dos cargos partidarios. ART.35.-La convocatoria a elecciones
internas para elegir autoridades partidarias o elegir candidatos, será efectuada
con una anticipación de (sesenta) días como mínimo de la fecha de realización
del comicio. Esta será realizada por el CONCEJO MUNICIPAL.- ART.36.-La JUNTA
ELECTORAL dictara las normas reglamentarias inherentes a los comicios internos y
confeccionara el cronograma Electoral.- ART.37.-La distribución de los cargos
electivos se realizara mediante el sistema Sáenz Peña (dos tercios para la
mayoría y un tercio para la minoridad).- ART.38.-Cuando en las elecciones
internas se hubiere presentado una sola lista, la misma será proclamada por la
Junta Electoral, no Siendo necesaria la realización del comicio.
Disposiciones Transitorias
ART.39.-Dentro de los 60(sesenta) días obtenido el reconocimiento del partido, se
convocara a elecciones para ocupar los cargos partidarios, de conformidad a las
normas establecidas en esta Carta Orgánica.- ART.40.-La convocatoria estará a
cargo de la JUNTA PROMOTORA, quien Designara a 3(tres) de sus miembros que
actuaran como JUNTA ELECTORAL PROVISORIA hasta tanto se constituya la
definitiva.
Aviso número 159213
JUICIOS VARIOS / ACOSTA PAOLA INES S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA
POR 5 DÍAS - Se hace saber que por ante este juzgado civil y Comercial Común de
la VIIIa. Nominación, Titular Dra. María Isabel Tenreyro, Secretaría autorizante
Dra. Estela del Valle Ruiz, tramitan los autos caratulados: ACOSTA PAOLA INES
S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA. Expte. N° 100/10, en los que se ha dictado el
siguiente proveído: "San Miguel de Tucumán, 1 de febrero de 2011.- 1.-
Notifíquese bajo apercibimiento de Ley, el traslado de la demanda Terán Tomasa de
Hill, y en su caso contra sus herederos, en el carácter de titular registral del
inmueble, mediante edictos a publicarse en el Boletín Oficial por el término de
Ley (cinco días).- Personal".- Fdo. Dra. María Isabel Tenreyro.- Juez. E 21 y V
27/06/2011. $134,13. Aviso N° 159.213.
Aviso número 159136
JUICIOS VARIOS / BANCO DEL TUCUMAN S.A. C/ COLOMBRES ALBERTO AUGUSTO
Y OTROS
POR 5 DIAS - En los autos del rubro que tramitan por ante este Juzgado Civil en
Documentos y Locaciones de la la. Nominación a cargo de la Dra. Graciela del V.
Lopez de Valverde, Secretaría de la autorizante Dra. Maria Victoria Gomez
Tacconi, se ha dispuesto librar la presente en los autos caratulados BANCO DEL
TUCUMAN S.A. C/ COLOMBRES ALBERTO AUGUSTO Y OTROS S/ COBRO EJECUTIVO (INH-
INHIBICION- JUZG.ORIG.4a D.Y LOC.) Expte. n° 9079/01 a fin de notificar al
demandado Soler Jose y Fioretti Raul Eduardo, de la providencia que a
continuación se transcribe: San Miguel de Tucumán, 16 de marzo de 2011.- Atento a
lo peticionado y constancias de autos, notifíquese a los Sres. Soler, Jose y
Fioretti, Raul Eduardo la Planilla del 23/09/10 (fs. 242),mediante publicación de
edictos en el Boletín Oficial por el término de Cinco Días (art. 284 inc. 5 del
C.P.C.C.).-San Miguel de Tucumán, 23 de septiembre de 2010. De la planilla
presentada, córrase traslado a la parte demandada por el término de cinco días.-
Personal.- Fdo. Dra. Graciela del V. Lopez de Valverde. Juez. Secretaría, San
Miguel de Tucumán, 17 de marzo de 2011. Nora Estela Alvarez, Prosecretaria. E 17
y V 24/06/2011. $215,53. Aviso N° 159.136.
Aviso número 159164
JUICIOS VARIOS / "BELTRAN MARIA FERNANDA Y CANIGIA JUAN JOSE C/
MOLINA LOPEZ EDUARDO LUIS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS"
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante el Juzgado de la. Instancia en lo Civil y
Comercial Común de la Séptima Nominación, a cargo de la Dra. Nilda Graciela Dalla
Fontana, Juez; Secretaría del Dr. Guillermo Garmendia, tramitan los autos
caratulados: "BELTRAN MARIA FERNANDA Y CANIGIA JUAN JOSE C/ MOLINA LOPEZ EDUARDO
LUIS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS", Expte. n° 1865/06, en los cuales se ha
dictado el proveído que se transcribe: San Miguel de Tucumán 23 de septiembre de
2010.- Atenta a lo solicitado y a constancias de autos, notifíquese la demanda a
Eduardo Luis Molina López por medio de edictos. A sus efectos publíquense edictos
por el término de Cinco Días, en el Boletín Oficial con un extracto de la demanda
Fdo. Dra. Nilda Graciela Dalla Fontana (Juez).-. San Miguel de Tucumán, 24 de
octubre de 2006.Proveyendo el escrito de demanda: cítese a los accionados para
que se apersonen a estar a derecho en la presente causa y córraseles traslado de
la demanda por el término de quince días, bajo apercibimiento de ley. Personal.
Notificaciones, lunes y jueves o día subsiguiente hábil en caso de feriado.
Permítase la actuación simple y Libre de Derechos. Concédase un plazo de 30 días
para presentar los instrumentos exigidos por la ley 6314 Fdo Dra Nilda Graciela
Dalla Fontana (Juez) Extracto de la Demanda A fs. 56 se presenta el el letrado
Ramón Mariano Peralta, apoderado de los actores Maria Fernanda Beltrán D.N.I. N°
20.653.007 y Juan José Canigia D.N.I. N° 16.216.408 quienes actúan por si y por
sus hijos menores Agustín Canigia, Alejo Canigia y Maria Valentina Canigia,
iniciando demanda por daños y perjuicios en contra de Eduardo Molina López D.N.I.
N° 21.027.194, Julio Esteban Suarez D.N.I. N° 25.741.779, Claudio Gustavo
Gonzalez D.N.I. N° 20.179.024, y José Maria Gasco, D.N.I. N° 12.413.485 por la
suma de $226.000 mas intereses gastos y costas. Manifiesta que la actora Maria
Fernanda Beltrán con sus hijos menores, el día 09.08.04, siendo hs 19:00
aproximadamente abordaron un remis de la empresa "Cinco Estrellas, marca Fiat
Duna color verde oscuro. Circulando por calle Cuba, al llegar a la intersección
con Avda Avellaneda, se produjo una colisión con otro vehiculo que venía desde el
norte. Posteriormente fueron llevados, la actora y sus hijos a Hospital Padilla
donde se le practicaron curaciones a ella y su hijo Alejo quién luego por las
heridas sufridas fue trasladado al Hospital de Niños. El accidente fue
protagonizado por Julio Esteban Suarez conductor del vehículo Renault 19 color
blanco, dominio DDD-736 y propiedad de Eduardo Molina Lopez, que embistió al
Remis Fiat Uno de color verde, dominio AEF-167, el que era conducido por Jose
Mario Gasco y propiedad del Sr. Caludio Gustavo Gonzalez, siendo Jose Mario Gasco
también responsable del accidente como consta en la causa caratulada: Suarez
Julio Esteban y Gasco Jose Marío S/Lesiones Culposas que se tramitan en la
Fiscalía de Instrucción de la VII Nominación. Posteriormente presenta
documentación y solicita que se haga lugar a la demanda incoada San Miguel de
Tucumán 9 de Junio de 2011. Libre de Derechos. Ley 6314. Secretaría. Fdo. Dr.
Guillermo Garmendia, Secretario. E 17 y V 24/06/2011. Libre de Derechos. Aviso
N° 159.164.
Aviso número 159115
JUICIOS VARIOS / CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROV. DE TUC. C/
SANCHEZ TARDAN EDGARDO A.
POR 3 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial
Común de la Tercera Nominación, a cargo del Sr. Juez Subrogante Dra. Graciela
Dalla Fontana, y Secretaria Vespertina a cargo de la Proc. Julieta Ramirez,
tramitan los autos caratulados: "CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROV. DE TUC. C/
SANCHEZ TARDAN EDGARDO A. S/ COBROS (SUMARIO)", Expediente N° 3347/06, se ha
dispuesto la providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 20 de Abril
de 2011. Asimismo atento lo solicitado, declárese rebelde a Edgardo Alfonso
Sanchez Tardan, y hágasele saber que las notificaciones se practicarán conforme
lo prevee el art. 191 del CPCC .. - Fdo.: Dra Graciela Dalla Fontana Juez.-
PT".Saludo a Ud. Atte. E 16 y V 21/06/2011. $83,69. Aviso N° 159.115.
Aviso número 158708
JUICIOS VARIOS / "DIAZ NORMA BEATRIZ Y OTRAS S/ CANCELACION
(ESPECIAL)"
POR 15 DIAS: Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial
Común de la Ia. Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Fabiana P. Borquez,
tramitan los autos caratulados: "DIAZ NORMA BEATRIZ Y OTRAS S/ CANCELACION
(ESPECIAL)" expte. n° 1799/10, en los cuales se ha dictado el siguiente proveído:
San Miguel de Tucumán, 27 de abril de 2011.- Atento a las constancias de autos, y
según lo solicitado, publíquese Edictos en el Boletín Oficial conforme lo
ordenado en el punto III) del proveído de fecha 07/07/2010 (fs.14).- Fdo. Dr.
Ricardo Molina Juez P/T San Miguel de Tucumán, 7 de julio de 2010 .I)Téngase a
la Sra. Defensora Oficial Maria Isabel Vidal Sanz, por presentada, con el
domicilio legal constituido en su público despacho. Désele intervención. II)
Téngase por iniciada la cancelación judicial del certificado de plazo fijo N°
0869507/08 suscripto en fecha 19/4/2010 y con fecha de vencimiento el día
19/5/2010; emitido por la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán -
Sucursal Trancas- por un monto de $ 8.428,48 (Pesos ocho mil cuatrocientos
veintiocho con 48/100). III) Notifíquese mediante Edictos en el Boletín Oficial,
por el término de 15 días, para que quien se creyera con derecho a su cobro,
comparezca a tomar intervención en estos autos, bajo apercibimiento de que una
vez transcurrido el plazo de sesenta días desde la última publicación de edictos,
sin haberse deducido oposición, dicho valor Quedara Privado de Toda Eficacia
Jurídica (art. 89 y ccdtes. Dto. Ley 5965/63, aplicable al caso). IV) Líbrese
Cédula la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán -Sucursal Trancas.
V) Previamente preste el actor caución juratoria de ley Lunes y Jueves para
notificaciones en Secretaría o día subsiguiente hábil en caso de feriado. VI)
Previo a todo trámite, atento lo solicitado, informes acompañados y según lo
prescripto en el art. 268 del C.P.C., permítase al actor litigar sin gastos. Del
pedido Beneficio para litigar sin gastos, córrase vista a Fiscalía Civil, que por
turno corresponda. A tal fin, remítansele los presentes autos. Fdo. Dra. Maria
Isabel Tenreyro Juez. -Secretaría. San Miguel de Tucumán, 29 de abril de 2011.
Fdo. Fabiana P. Borquez, Secretaria. E 03 y V 24/06/2011. Libre de Derechos.
Aviso N° 158.708.
Aviso número 159156
JUICIOS VARIOS / "GRANDES BAZARES DEL NORTE S.A. Y PRIETO RAFAEL
LEON Y YAPUR DE PRIETO NELLY S/ CONCURSO PREVENTIVO"
POR 2 DIAS - Por disposición del Sr. Juez, del Juzgado Civil y Comercial Común de
la Cuarta Nominación, Dra. Emely Ana Amenabar; Secretaría Judicial de Concursos y
Quiebras a cargo del Dr. Tomas Martínez Pardo, por ante el cual se tramitan los
autos caratulados: "GRANDES BAZARES DEL NORTE S.A. y PRIETO RAFAEL LEON y YAPUR
DE PRIETO NELLY S/ CONCURSO PREVENTIVO", Expediente N° 3008/01, se ha dispuesto
por este medio notificar la providencia que se transcribe a continuación: "San
Miguel de Tucumán, 8 de junio de 2011.- Atento a lo solicitado, publíquese
edictos por el término de dos días, haciéndose saber que el lugar de pago de la
Tercera cuota concordataria es en la sede de la concursada "Grandes Bazares Del
Norte S.A" sito en calle Córdoba N° 725 de la ciudad de San Miguel de Tucumán,
los días hábiles en el horario de 9:00 a 12:00 y de 17:00 a 20:00 hrs.- A sus
efectos, líbrese edictos a La Gaceta y al Boletín Oficial.- Fdo. Dra. Emely Ana
Amenabar.- Juez.- Secretaría, 15/06/11. Fdo. Dr . Tomas Martínez Pardo,
Secretario. E 17 y V 21/06/2011. $78,51. Aviso N° 159.156.
Aviso número 158953
JUICIOS VARIOS / HERRERA BLANCA ROSA S/ PRESCRIPCION ADQ
POR 10 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil y Comercial Común de la IIa. Nominación del Centro Judicial de Concepción,
a cargo de la Dra. Marcela Fabiana Ruiz, se tramitan los autos caratulados:
HERRERA BLANCA ROSA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA (09/04/10 rec. sin causa pasa a
C.C.C. lla. Nom.), en los cuales la Sra. Juez que entiende en la causa a dictado
el siguiente proveído: Concepción, 14 de abril de 2011.- Téngase presente lo
manifestado. Atento lo peticionado, cítese a: Alderete Justa y/o sus herederos
y/o las personas que se creyeren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio,
Ubicado en: Localidad de Amberes, Dpto. Monteros, en el km. 749 de la ruta
Nacional N° 38, desde allí, por camino vecinal a 7km aproximadamente. Linderos:
al Norte: Alderete Manuel Antonio; Sur: Camino Vecinal; Este: María Alderete de
Díaz, hoy Acuña; y al Oeste: Camino Vecinal.- Dimensión: Según Plano de Mensura
para información posesoria N° 13826/89, aprobado por la Dirección General de
Catastro mediante expte. 2698D/R/1989, de fecha 29/03/1989, mide: del punto A-S:
279,16m.; del punto S-C: 13,39m.; del punto C-D: 495,12m.; del Punto O-E: 281,21
m.; y del punto E-A punto de partida: 499,77m. superficie: Tiene una superficie
total de 14 Has. 3053,1268 m2.- Nomenclatura catastral: Padrón Inmobiliario
Provincial: 40400, Circunscripción: II, Sección G, Mat./Ord.: 19305/55, Manzana
365, Parcela 127 , para que se apersonen a estar a derecho y córraseles traslado
de la demanda para que la evacuen en el plazo de SEIS días, bajo apercibimiento
de designárseles en su representación a un Defensor de Ausentes (art. 284 Inc.
5°, 393, 394 Procesal). A sus efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial
por el término de Diez Días, haciéndose constar el inmueble del juicio y que se
han designado los días martes y viernes o subsiguiente hábil en caso de feriado
para las notificaciones en Secretaría, donde se reservan las copias para
traslado. Fdo. Dra. Marcela Fabiana Ruiz - Juez." Concepción, 27 de abril de
2011.- MFL Dr. Paulo Federico Uribio, Sec. Judicial. E 13 y V 27/06/2011.
$789,21. Aviso N° 158.953.
Aviso número 159000
JUICIOS VARIOS / MONTENEGRO NORMA DEL VALLE C/ COLOMBRES GARMENDIA
LUIS OSCAR
POR 10 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de
la Ia. Nominación, , Secretaría a cargo de la Dra. Fabiana P. Borquez , tramitan
los autos caratulados: "MONTENEGRO NORMA DEL VALLE C/ COLOMBRES GARMENDIA LUIS
OSCAR Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA" expte. n° 3806/09, en los cuales se ha
dictado el siguiente proveído: San Miguel de Tucumán, 22 de marzo de 2011. Atento
a lo solicitado y según constancias de autos, publíquense edictos en el Boletín
Oficial por el término de diez días, haciéndose conocer la iniciación del
presente juicio por prescripción adquisitiva que promueve la Sra. Montenegro
Norma del Valle, respecto del inmueble ubicado en calle Rondeau n°1997/99,
ciudad, identificado con padrón n° 131425, matrícula/n° de orden 11399/3213, C.
I, Sección 13, parcela I, manzana n°67, en contra de Luis Oscar Colombres
Garmendia, Antonio Colombres Garmendia y Mario Colombres Garmendia en el caracter
de herederos de Clementino Colombres Garmendia. En los mismos cítese a Luis Oscar
Colombres Garmendia, Antonio Colombres Garmendia y Mario Colombres Garmendia y/o
sus herederos, y/o quienes se creyeren con derecho, a fín de que dentro del
temino de seis días contesten demanda, bajo apercibimiento de designarseles como
su legítimo representante al Defensor Oficial de Ausentes.- Lunes y Jueves, para
las notificaciones en Secretaría o día subsiguiente hábil en caso de feriado. ML
3806/09.-" Fdo. Dra. Hilda Graciela Vazquez Juez P/T.- Secretaría. San Miguel de
Tucumán, 11 de abril de 2011.- Dra. Fabiana P. Borquez, Sec. Judicial. E 14 y V
28/06/2011. $592. Aviso N° 159.000.
Aviso número 158871
JUICIOS VARIOS / "MONTOYA MIRTA SUSANA C/ CIA. AZUCARERA BELLA
VISTA S.A S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA"
POR 10 DIAS - Por disposición del Sr. Juez del juzgado Civil y Comercial Común de
la Cuarta Nominación, Dr. Dra Emely Ana Amenabar; Secretaría a cargo de la Dra.
Andrea Josefina Gallegos, por ante el cual se tramitan los autos caratulados :
"MONTOYA MIRTA SUSANA C/ CIA.AZUCARERA BELLA VISTA S.A S/ PRESCRIPCION
ADQUISITIVA", Expediente N° 1663/07, se ha dispuesto por este medio notificar la
providencia que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 16 de mayo
de 2011.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de diez días,
haciéndose conocer la iniciación del presente juicio que por prescripción
adquisitiva promueve Mirta Susana Montoya, sobre el siguiente inmueble: Lote N°
8, Padrón 178.850 sito en calle 9 de Julio 130 (ex Agustina B. de García
Fernández, Cuartos Nuevos), B° Las Moreras de la ciudad de Bella Vista, Dpto.
Leales (ex-Famaillá).- En los mismos cítese a Cía. Azucarera Bella Vista S.A y/o
quienes se creyeren con derecho, a fin de que dentro del término de seis días se
apersonen a estar a derecho, bajo apercibimiento de designarse como representante
legal al Defensor Oficial de Ausentes; en el mismo acto córraseles traslado de la
demanda la que deberán contestar dentro de igual plazo.- Lunes y jueves para las
notificaciones en Secretaría o día siguiente hábil en caso de feriado.
Secretaría, 30/05/2011. Fdo. Andrea Josefina Gallegos, Secretaria. E 09 y V
23/06/2011. $527,62. Aviso N° 158.871.
Aviso número 158856
JUICIOS VARIOS / MORENO DE CORDOBA MARIA RAMONA Y OTROS C/BARROS
MIGUEL ANGEL Y OTROS
POR 10 DIAS - Por disposición del Sr. Juez del juzgado Civil y Comercial Común de
la Cuarta Nominación, Dr. Dra. Emely Ana Amenabar; Secretaría a cargo de la Dra.
Andrea Josefina Gallegos, por ante el cual se tramitan los autos caratulados :
"MORENO DE CORDOBA MARIA RAMONA Y OTROS C/BARROS MIGUEL ANGEL Y OTROS S/
ESCRITURACION", Expediente N° 2700/04, se ha dispuesto por este medio notificar
la providencia que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 12 de
abril de 2011. Atento lo ordenado por el Tribunal Superior, practíquese la
notificación faltante que dá cuenta el informe de la Excma. Cámara en fecha
26/08/2010 (fs. 179),. A sus efectos, notifíquese la resolución de fecha
01/09/09, cuya parte pertinente se transcribirá, a los demandados Jacobo León,
Eduardo Augusto Abregú, Miguel Ángel Barros y Alicia Tobías Leavy De Barros,
mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial por el término de diez
días.- Publíquese edictos haciéndose constar que son "libres de derecho - ley
6.314".- "San Miguel de Tucumán, 01 de Setiembre de 2009 Autos y Visto: ......
Resulta: ..... Considerando: .... Resuelvo: I- Hacer Lugar a la presente demanda
por escrituración seguida por María Ramona Moreno de Córdoba y Víctor Horacio
Córdoba, en contra de Miguel Ángel Barros, Alicia Tobías Leavy de Barros, Jacobo
León, Alfredo León y Eduardo Augusto Abregú. En consecuencia condeno a los
demandados a suscribir a favor de los actores la escritura traslativa del dominio
del inmueble ubicado en calle Esquiú al 200, manzana F, lote 11, Barrio Los
Fresnos, Yerba Buena, Provincia de Tucumán, de las siguientes medidas
perimetrales: 10 mts de frente por 10 mts de contrafrente; por 30 mts de fondo en
su lado Oeste y 30 mts de fondo en su lado Este. Linda al Norte con calle
pública; al Sud con lote N° 20 F; al Oeste con lote N° 10 F y al Este con lote N°
12 F. Padrón Catastral 483.388; matrícula 7713 bis, Circunscripción |; sección N;
manzana/lámina 125; parcela 26; sub-parcela 11 F. Dicho lote forma parte de un
inmueble de mayor extensión inscripto en el Registro Inmobiliario bajo el N° T-
01936. La escritura traslativa de dominio deberá otorgarse dentro de los diez
días de quedar firme la presente resolución, bajo apercibimiento de otorgarla el
Juzgado en su representación y a su cargo. ||- Las Costas se impondrán a los
demandados vencidos en forma solidaria e ilimitada, conforme se considera, (art.
106 C.P.C y C.T). |||- Reservar pronunciamiento sobre regulación de honorarios
para su oportunidad. Hágase Saber". Secretaría, 17/05/2011. E 09 y V 23/06/2011.
Libre de Derechos. Aviso N° 158.856.
Aviso número 159046
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUC. -DGR- C/ TRANSPORTE COLECTIVO DE
PASAJEROS TUCMA S.R.L.
POR 5 DIAS - Edictos Libre de derechos - Por disposición del Juzgado de Cobros y
Apremios de la Segunda Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E.
Garrocho Terán, y Claudia Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados:
"PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS TUCMA S.R.L. S/
EJECUCION FISCAL. Expte. N° 2573/08".-, se hace saber a Transporte Colectivo de
Pasajeros Tucma S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del
rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de
Tucumán, 16 de mayo de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en
autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 01/08/2008 mediante la
publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- San
Miguel de Tucumán, 01 de agosto de 2008.- I) Por apersonado y con domicilio legal
constituido, désele intervenci6n se Ley al presentante en el carácter invocado.
II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $126.456,20
y $25.291,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. En defecto de
pago, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de
su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento
de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código
Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese
hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente
ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C.
P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 129, Ley citada. III) Atento
a lo solicitado autorizase al letrado Federico Rodríguez (MP 6149) para retirar y
diligenciar oficios y cédulas pertenecientes a los autos del rubro.
Notificaciones diarias en Secretaría.- CLC 2573/08 - Fdo: Dra. Adriana Elizabeth
Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. " Se hace constar que las copias se
encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 16 de mayo de 2011. Dras.
Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial. E 15 y V 22/06/2011. Libre de Derechos.
Aviso N° 159.046.
Aviso número 159108
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI RUBEN HUGO
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Terán, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ CARLETTI
RUBEN HUGO S/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N° 3785/09".-, se hace saber al Sr.
Carletti, Rubén Hugo, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del
rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de
Tucumán, 20 de mayo de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en
autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha. 07/10/2009 mediante la
publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese. Miguel de
Tucumán, 7 de octubre de 2009. I) Por apersonado y con domicilio legal
constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.
II) Resérvese la documentación en Caja de seguridad del juzgado. IV) Intímese a
la parte demandada al pago en el acto de la suma de $1.000,00 y $200,00 por
capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de remate para
que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación, oponga las
excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse adelante la
presente ejecución (Art. 502 Inc. I y Ccs. del C.P.C. y C.). A sus efectos
líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su domicilio,
el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas, procederá de
acuerdo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C. P. C. y en el mismo acto
dejará las copias del art. 129, Ley citada. Notificaciones diarias en Secretaría.
"Se hace constar que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.-
Secretaría. 20 de mayo de 2011.- Dras. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial.
E 16 y V 23/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.108.
Aviso número 159110
JUICIOS VARIOS / "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ GUTIERREZ ANTONIO S/ COBRO
EJECUTIVO. EXPTE. N° 823/09"
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Teran, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN C/ GUTIERREZ
ANTONIO S/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N° 823/09", se hace saber al Sr. Gutierrez,
Antonio, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se ha
dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán. 20 de
abril de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en autos: cúmplase
con la medida ordenada con fecha, 20/05/09 mediante la publicación de edictos
durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- SMS-823/09 - Fdo Dra. Adriana
Elizabeth Berni- Juez de Cobros y Apremios II° NOM" .-"San Miguel de Tucumán. 20
de mayo de 2009. I) Por apersonado y con domicilio legal constituido, désele
intervención de ley al presentante en el carácter invocado. II) Resérvese la
documentación en Caja de seguridad del juzgado. III) A la reserva: Téngase
presente IV) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la suma de
$1.204,00 y $240,00 por capital y acrecidas, respectivamente. Al mismo tiempo,
Cítesela de Remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su
notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de
llevarse adelante la presente ejecución (Art. 502 Inc. I y Ccs. del C.P.C. y C.).
A sus efectos Iíbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en
su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas,
procederá de acuerdo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C. P. C. y en el
mismo acto dejará las copias del art. 129, ley citada. Notificaciones Diarias en
Secretaría. 823/C9 CIC Fdo: Dra. Adriana Elizabeth Berni- Juez de Cobros y
Apremios II° NOM.- Secretaría. 20 de abril de 2011.-SMS. Fdo. Claudia L. Salas de
Zossi, Secretaria. E 16 y V 23/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.110.
Aviso número 159187
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ CABEGE ELECTRO
CONSTRUCCIONES S.R.L.
POR 5 DIAS - Se hace saber a Cabege Electro Construcciones S.R.L., cuyo domicilio
actual se ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Dra. Ana
María Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y
Sylvia Liliana Liendo se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -
DGR- C/ CABEGE ELECTRO CONSTRUCCIONES S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N°
6775/10, en el que se ordenó la siguiente providencia que a continuación se
transcribe: San Miguel de Tucumán, 15 de abril de 2011.- Agréguese. Téngase
presente. Atento lo solicitado practíquese la medida ordenada mediante
providencia de fecha 22/9/2010, mediante edictos, debiéndose efectuar su
publicación por cinco días, en el Boletín Oficial libre de derechos, quedando a
su disposición para ser compulsada las fotocopias de la demanda en Secretaría
Actuaria. Fdo.: Dra. Ana María Antun de Nanni - Juez - San Miguel de Tucumán, 22
de septiembre de 2010. I) Por apersonado y con domicilio legal constituido,
désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado. II) Intímese a
la parte demandada al pago en el acto de la suma de $465,66 y $1.000,00 en
concepto de capital y acrecidas respectivamente. Al mismo tiempo, Cítesela de
remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su notificación,
oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento de llevarse
adelante la presente ejecución (Arts. 176 y 179 del Código Tributario). A sus
efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese hallado en su
domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente ordenadas,
procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 500 y 157 del C.P.C. (Ley
6176) y en el mismo acto dejará las copias del art. 128 (Ley 6176), Ley citada.
Notificaciones diarias en Secretaría. Fdo.: Dra. Ana María Antun de Nanni -
Juez". San Miguel de Tucumán, 10 de mayo de 2011. Sylvia Liliana Liendo, Sec.
Judicial. E 17 y V 24/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.187.
Aviso número 159177
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ DROGUERIA GRAFON
S.R.L.
POR 5 DIAS - Se hace saber a Droguería Grafon S.R.L., cuyo domicilio actual se
ignora, que por ante éste Juzgado Civil de Cobros y Apremios, Dra. Ana Maria
Antun de Nanni - Juez; Secretaría a cargo de las Dras. Teresa E. Tagle y Sylvia
Liliana Liendo se tramitan los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/
DROGUERIA GRAFON S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL", Expediente N° 6776/10, en el que se
ordenó la siguiente providencia que a continuación se transcribe: San Miguel de
Tucumán, 15 de abril de 2011.- Agréguese. Téngase presente. Atento lo solicitado
practíquese la medida ordenada mediante providencia de fecha 22/9/2010, mediante
edictos, debiéndose efectuar su publicación por Cinco Días, en el Boletín Oficial
Libre de Derechos, quedando a su disposición para ser compulsada las fotocopias
de la demanda en Secretaría Actuaria. Fdo: Dra. Ana Maria Antun de Nanni - Juez -
San Miguel de Tucumán, 22 de septiembre de 2010. I) Por apersonado y con
domicilio legal constituido, désele intervención de ley al presentante en el
carácter invocado. II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de la
suma de $260,79 y $1.000,00 en concepto de capital y acrecidas respectivamente.
Al mismo tiempo, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil
subsiguiente al de su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere
bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 176 y 179
del Código Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el
deudor no fuese hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas
precedentemente ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts.
500 y 157 del C. P. C. (Ley 6176) y en el mismo acto dejará las copias del art.
128 (Ley 6176), ley citada. Notificaciones diarias en Secretaría. Fdo.: Dra. Ana
Maria Antun de Nanni - Juez". San Miguel de Tucumán, 10 de mayo de 2011.- Sylvia
Liliana Liendo, Sec. Judicial. E 17 y V 24/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N°
159.177.
Aviso número 159139
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ JUAN RICARDO VILLA
S.R.L.
POR 5 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Terán, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ JUAN
RICARDO VILLA S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. Expte. N° 7843/08".-, se hace saber a
Juan Ricardo Villa S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos
del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel
de Tucumán, 19 de mayo de 2011. Atento a lo peticionado y constancias obrantes en
autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 01/04/2009 mediante la
publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese. San Miguel
de Tucumán, 1 de abril de 2009.- I) Por apersonado y con domicilio legal
constituido, désele intervención de ley al presentante en el carácter invocado.
II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $91.706,41 y
$18.341,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. En defecto de
pago, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de
su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento
de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código
Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese
hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente
ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 517 y 158 del C.
P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 129, Ley citada. III) Atento
a lo solicitado autorízase al Dr. Manuel López Vallejo (MP 6031) para retirar y
diligenciar oficios y cédulas pertenecientes a los autos del rubro.
Notificaciones diarias en Secretaría.-" Se hace constar que las copias se
encuentran a su disposición en Secretaría.- Secretaría. 19 de mayo de 2011.-
Dras. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial. E 17 y V 24/06/2011. Libre de
Derechos. Aviso N° 159.139.
Aviso número 159146
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/JUAREZ NORMA BEATRIZ
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Terán, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR-
C/JUAREZ NORMA BEATRIZ S/ EJECUCION FISCAL. Expte. N° 2542/07".-, se hace saber a
la Sra. Juárez, Norma Beatriz, cuyo actual domicilio se desconoce, que en los
autos del rubro se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San
Miguel de Tucumán, 18 de mayo de 2011. Cúmplase con la medida ordenada con fecha,
09/11/2010 mediante la publicación de edictos durante 3 días en el Boletín
Oficial. Ofíciese.- San Miguel de Tucumán, 9 de noviembre de 2010.- Autos y
Vistos: ... Considerando: Resuelvo: Primero: Ordenar se lleve adelante la
presente ejecución seguida por Provincia de Tucumán -DGR-, en contra de Juárez,
Norma Beatriz, hasta hacerse a la parte actora, pago íntegro del capital
reclamado en autos, Pesos cuarenta y un mil ochocientos doce con noventa y seis
centavos- ($41.812,96), en concepto de capital, con más sus intereses, gastos y
costas. Para el cálculo de los intereses se aplicará la tasa fijada por el Art.
50 del C. Tributario de la Pcia. (Ley 5121), practicándose el mismo
exclusivamente sobre el monto del capital reclamado desde la fecha de emisión del
cargo tributario, hasta su efectivo pago. Costas a los ejecutados vencidos.-
Segundo: Regular al letrado Fabricio R. Brito la suma de Pesos cuatro mil
quinientos treinta y seis con 71/100 ($4.536,71-) en concepto de honorarios por
las labores profesionales cumplidas en la primera etapa de este juicio. Con
respecto a la Sra. Defensora de Ausentes María Isabel Vidal Sanz no emitir
pronunciamiento sobre honorarios conforme lo considerado. Tercero: Comuníquese a
la Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores a los efectos
de la Ley 6.059 - Hágase saber.-" Secretaría. 18 de mayo de 2011.- Dra. Claudia
Lía Salas de Zossi, Sec. Judicial. E 17 y V 22/06/2011. Libre de Derechos. Aviso
N° 159.146.
Aviso número 159144
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ MICSA S.R.L.
POR 3 DIAS - Y por disposición del Juzgado de Cobros y Apremios de la Segunda
Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E. Garrocho Terán, y Claudia
Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados: "PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/
MICSA S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL. Expte. N° 2503/09".-, se hace saber al Sr.
Micsa S.R.L., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro se
ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 28
de octubre de 2009.- Autos y Vistos: ... Considerando: ... Resuelvo: Primero:
Ordenar se lleve adelante la presente ejecución seguida por Provincia de Tucumán
-DGR-, en contra de Micsa S.R.L., hasta hacerse a la parte actora, pago íntegro
del capital reclamado en autos, pesos ciento cincuenta y cinco mil cuatro con
ochenta y tres centavos- ($155.004,83), en concepto de capital con más sus
intereses, gastos y costas. Para el cálculo de los intereses se aplicará la tase
fijada por el Art. 48 del C. Tributario de la Pcia. (Ley 5121), practicándose el
mismo exclusivamente sobre el monto del capital reclamado desde la fecha de
emisión del código tributario, hasta su efectivo pago. Costas a los ejecutados
vencidos.- Segundo: Regular al letrado Fabricio R. Brito la suma de pesos
dieciséis mil ochocientos dieciocho con 02/100 ($16.818,02-) en concepto de
honorarios por las labores profesionales cumplidas en la primera etapa de este
juicio.- Tercero: Comuníquese a la Caja de Previsión y Seguridad Social de
Abogados y Procuradores a los efectos de la Ley 6.059.- Hágase saber.- Fdo.: Dra.
Adriana Elizabeth Berni - Juez de Cobros y Apremios II° Nom. Secretaría. 19 de
mayo de 2011. Dra. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial. E 17 y V 22/06/2011.
Libre de Derechos. Aviso N° 159.144.
Aviso número 159048
JUICIOS VARIOS / PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ R.D. DISTRIBUCIONES
S.R.L.
POR 5 DIAS - Edictos Libre de derechos - Por disposición del Juzgado de Cobros y
Apremios de la Segunda Nominación, Secretaría a cargo de las Dras. Liliana E.
Garrocho Terán, y Claudia Lía Salas de Zossi, en los autos caratulados:
"PROVINCIA DE TUCUMAN -DGR- C/ R.D. DISTRIBUCIONES S.R.L. S/ EJECUCION FISCAL.
Expte. N° 483/10".-, se hace saber a la firma R.D. Distribuciones S.R.L. C.U.I.T.
N° 30-69721676-2., cuyo actual domicilio se desconoce, que en los autos del rubro
se ha dictado la siguiente providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán,
30 de mayo de 2011. Téngase presente. Atento a lo peticionado y constancias
obrantes en autos: cúmplase con la medida ordenada con fecha, 12 14/10 mediante
la publicación de edictos durante 5 días en el Boletín Oficial. Ofíciese.- San
Miguel de Tucumán, 12 de abril de 2010.- I) Por apersonado y con domicilio legal
constituido, désele intervención de Ley al presentante en el carácter invocado.
II) Intímese a la parte demandada al pago en el acto de las sumas de $41.616,44 y
$8.323,00 en concepto de capital y acrecidas, respectivamente. En defecto de
pago, Cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de
su notificación, oponga las excepciones legítimas que tuviere bajo apercibimiento
de llevarse adelante la presente ejecución (Arts. 160 y 164 del Código
Tributario). A sus efectos líbrese mandamiento. En caso de que el deudor no fuese
hallado en su domicilio, el encargado de cumplir las medidas precedentemente
ordenadas, procederá con arreglo a lo prescripto por los arts. 516 y 157 del C.
P. C. y en el mismo acto dejará las copias del art. 128, Ley citada. III) Atento
a lo solicitado autorizase al letrado Débora Lis Schinardi (MP 6621) y Diego
Matías Alderete (MP 7061), para retirar y diligenciar oficios y cédulas
pertenecientes a los autos del rubro. Notificaciones diarias en Secretaría.- Se
hace constar que las copias se encuentran a su disposición en Secretaría.-
Secretaría. 30 de mayo de 2011.- Dras. Liliana E. Garrocho Terán, Sec. Judicial.
E 15 y V 22/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.048.
Aviso número 159074
JUICIOS VARIOS / PULIDO MIGUEL ANGEL S/ CONCURSO PREVENTIVO
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial
Común de la Tercera Nominación, a cargo de la Sra. Juez. Dra. Emely Amenabar, y
Secretaría a cargo de la Dra. Alejandra V. Chemes, tramitan los autos
caratulados: "PULIDO MIGUEL ANGEL S/ CONCURSO PREVENTIVO", Expediente N° 3023/09,
se ha dispuesto la providencia que se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 06 de
junio del 2011.- Habiéndose denunciado el domicilio con posterioridad a la fecha
en que el Dr. Juan Carlos Augier retiró los edictos, realícese una publicación
comlementaria con los datos contenidos en el presente escrito.- Fdo.: Dra. Emely
Amenabar - Juez - P/T". Se hace constar que la síndico atenderá las demandas de
verificación de créditos, consultas de legajos así como las impugnaciones u
observaciones y sus eventuales contestaciones en el presente proceso concursal,
en las oficinas de calle San Martín 938 (altos), de esta Capital, de Lunes a
Jueves de 9 a 12 horas y de 18 a 20 horas.- San Miguel de Tucumán, 10 de junio
de 2011 .E 15 y V 22/06/2011. $194,81. Aviso N° 159.074.
Aviso número 159103
JUICIOS VARIOS / SUPERCANAL S.A..C/ TELSAT S.R.L.
POR 5 DIAS - Se hace saber TELSAT S.R.L. que por ante el Juzgado de Ia. Instancia
en lo Civil y Comercial Común de la Séptima Nominación, a cargo de la Dra. Nilda
Graciela Dalla Fontana, Juez; Secretaría del Dr. Guillermo Garmendia, tramitan
los autos caratulados:"SUPERCANAL S.A.. C/ TELSAT S.R.L. S/ DIVISION DE
CONDOMINIO", Expte. n° 1977/08, en los cuales se ha dictado el proveído que se
transcribe: "15 de noviembre de 2010.- . San Miguel de Tucumán, 15 de noviembre
de 2010.-Téngase por adecuada la demanda en los términos de esta presentación, en
consecuencia, cítese a los accionados para que se apersonen a estar a derecho en
la presente causa y córraseles traslado de la demanda por el término de quince
días, bajo apercibimiento de ley. Personal. A sus efectos y atenta a que no pudo
determinarse el domicilio social de la demandada TELSAT S.R.L., publíquense
edictos por el termino de Cinco Días en el Boletín oficial, con un extracto de la
demanda . ............-1977/08 - GG Fdo. Dra. Nilda Graciela Dalla Fontana-
(Juez) Extracto de la Demanda: A fs. 194 se presenta el letrado Marcelo Daniel
Yanotti en el carácter de apoderado de Aconquija Televisora Satelital S.R.L
(empresa absorbida por fusión por SUPERCANAL S.A., según consta en el acuerdo
definitivo de fusión, formalizado por escritura publica n° 491 de fecha
24.10.08), con domicilio en Avda Mate de Luna 4695 de esta ciudad , ordinarizando
demanda por división de condominio en contra de TELSAT S.R.L., con domicilio en
calle Huemul 125 de esta ciudad, respecto de la red de cable coaxil tendida en
ciertos barrios de la ciudad de San Miguel de Tucumán y zonas aledañas. La misma
se encuentra destinada a la prestación del servicio de televisión por circuito
cerrado (el "Sevicio"), siendo la actora copropietaria con TELSAT por partes
iguales en virtud de un contrato celebrado el 19/07/93, el cual venció el
18/07/08. Esta comunidad de bienes se compone de un cable coaxil, amplificadores
troncales, y de distribución, fuentes de alimentación, derivadores, tabs
(dispositivos para conexión al usuario), y las acometidas a los domicilios de los
clientes usuarios. En virtud de lo manifestado, es que inicia la presente acción
solicitando se proceda a dividir el condominio existente sobre la red de CATV,
presentando a sus efectos un proyecto de partición. Acto seguido ofrece pruebas y
solicita que se haga lugar a la presente acción. Secretaría 24 de Febrero de 2011
Fdo. Dra. Nilda Graciela Dalla Fontana- . San Miguel de Tucumán, 24 de mayo de
2011. Secretaría. - Dr. Guillermo Garmendia, Sec. Judicial. E 16 y V 23/06/2011.
$481,93. Aviso N° 159.103.
Aviso número 159208
JUICIOS VARIOS / TARJETA PLATINO S.A. C/ SIMULA ALEJANDRINA
POR 2 DIAS - Se hace saber a Alejandrina Simula, DNI N° 25.444.263 con domicilio
desconocido, que por ante éste Juzgado en lo Civil en Documentos y Locaciones de
la Novena Nominación, del Centro Judicial Capital, a cargo del Dr. Luis Miguel
Violetto, Secretario Proc. Carlos Edgardo Sosa y/o Dra. Ileana Maria Moreno se
tramitan los autos caratulados: "JUICIO: TARJETA PLATINO S.A. C/ SIMULA
ALEJANDRINA S/ COBRO EJECUTIVO. EXPTE. N° 545/07, en el que se ordenaron las
siguientes providencias: San Miguel de Tucumán,31 de mayo de 2011.- Atento a lo
manifestado intímese al demandado por edictos por dos días, conforme lo
solicita.- MFC.545/07. Fdo. Dr. Luis Miguel Violetto. Juez. S. M. de Tucuman, 18
de octubre de 2010.- I).- Por iniciada ejecución de honorarios del Dr. Maximo F.
Campero.- II).- Por apersonado y con domicilio legal constituído, désele
intervención al presentante en el carácter invocado. Intímese a la parte
demandada el pago en el acto de la suma de $1.550.- en concepto de honorarios
regulados, con más la suma de $600.- calculadas para acrecidas. Al mismo tiempo
cítesela de remate para que dentro del quinto día hábil subsiguiente al de su
notificación oponga las excepciones legítimas si tuviere bajo apercibimiento de
llevarse adelante la presente ejecución. ... . Notificaciones diarias en
Secretaría. .... MFC 545/07. Fdo. Dr. Luis M. Violetto. Juez.- Se hace constar
que el Dr. Máximo F. Campero inicia ejecución de honorarios en contra de
Alejandrina Simula, DNI N° 25.444.263 por el cobro de la suma de pesos mil
quinientos cincuenta ($1.550), con más los intereses, gastos y costas según
correspondan. Fundamenta la presente acción con sentencia de trance y remate de
fecha 05 de julio de 2.010 recaída en autos y en la que se regularon sus
honorarios profesionales. Solicitando el mismo: se intime de pago a la demandada
por edicto teniendo en cuenta que se agotaron todas las vías correspondientes
para localizarla. Se reserva en secretaría copia de demanda por el término de
5(cinco) días.- Fdo. Dr. Luis Miguel Violetto. Juez. Libre de derechos. San
Miguel de Tucuman, junio 10 de 2.011. Dra. Ileana Maria Moreno, Sec. Judicial. E
21 y V 22/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.208.
Aviso número 156687
JUICIOS VARIOS / TRUJILLO MANUEL FRANCISCO - CUARTA PUBLICACION
POR 1 DIA - Por una vez por mes y durante seis meses - Cuarta Publicación - Se
hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de la Va.
Nominación, Secretaria Va., Titular Dra. Hilda Graciela del Valle Vazquez,
Secretaría autorizante Dra. María Karina Dip, tramitan los autos caratulados:
"TRUJILLO MANUEL FRANCISCO S/ AUSENCIA" expte. n° 535/10, en los que se ha
dictado el siguiente proveído: "San Miguel de Tucumán, 3 de mayo de 2010.- Por
presentado, con los recaudos legales acompañados, y constituido domicilio legal,
désele intervención.- Atento lo solicitado y conforme lo previsto en el art. 268
del C.P.C., permítase al actor litigar sin gastos.- Líbrense los oficios exigidos
por la ley 6314, otorgándose al peticionante un plazo de sesenta días para
acreditar el diligenciamiento de los mismos.- Cítese a Manuel Francisco Trujillo,
D.N.I. N° 10.600.886, haciéndole saber la existencia del presente juicio.- A sus
efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial una vez por mes y durante seis
meses.- Asimismo y en los términos del art. 613 del C.P.C. y C. désele
intervención al Defensor de Ausentes y al Agente Fiscal.- Pasen los autos a los
funcionarios que por turno correspondan.... Fdo. Dra. Hilda Graciela del Valle
Vazquez ////San Miguel de Tucumán, 23 de febrero de 2011.- Habiéndose repuesto
tasa de justicia, líbrense los edictos ordenados en providencia del 03/5/2010.-"
Fdo. Dra. Hilda Graciela del Valle Vazquez.- Secretaría. San Miguel de Tucumán, 9
de marzo de 2011.- Dra. Maria Karina Dip, Sec. Judicial. E y V 21/06/2011. Libre
de Derechos. Aviso N° 156.687.
Aviso número 159221
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / DIRECCION DE ARQUITECTURA Y URBANISMO
DIRECCION DE ARQUITECTURA Y URBANISMO
Licitación Pública N° 001/11
Expediente N°: 1513/321-P-2010
POR 4 DIAS - Objeto de la Licitación: Prórroga - Provisión e Instalación de
Ascensores Ex Hotel Corona - Dpto. Capital". Presupuesto Oficial: $675.470,40.-
Fecha de Apertura: 06/07/11.- Horas: 10:00.- Valor del pliego: $700,00.- Vto.
Venta Pliego: 30/06/11.- Para consulta o compra del pliego recurrir a la
Secretaría de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo, sita en calle Bolívar N°
981 de esta ciudad, en el horario de 8:00 a 13:00 hs. E 21 y V 24/06/2011. Aviso
N° 159.221.
Aviso número 158860
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº
01/2011
MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA
Gobierno de Tucumán
El Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento ha accedido a financiar y
asistir al Gobierno Argentino, en la ejecución de las obras correspondientes al
Proyecto de Mejoramiento de la Educación Rural Subcomponente A1-Mejoramiento de
Obras de Infraestructura Escolar y Equipamiento, mediante el préstamo BIRF 7353 -
AR. En el marco del citado proyecto, se anuncia el llamado a Licitación Pública
para la remodelación de edificios escolares.
Licitación Pública N° 01/2011.
POR 10 DIAS - Objeto: Ampliación y Refacción. Escuela: N° 164 "Padre José
Carrone" - Loc. Valle de San Javier - Dpto. Tafí Viejo - Provincia de Tucumán.
Garantía de Oferta Exigida: $13.593,00. (pesos trece mil quinientos noventa y
tres con 00/100). Fecha de Apertura: 06/07/2011 Hora: 10:00. Lugar: Coord.
Provincial PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de Tucumán. Plazo de Entrega:
180 (Ciento Ochenta) días corridos. Valor del pliego: $ 300. Lugar de Adquisición
del Pliego: Coord. Provincial PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de
Tucumán.- Financiamiento BIRF (Préstamo 7353-AR) a través del Ministerio de
Educación de la Nación Argentina. E 10 y V 24/06/2011. Aviso N° 158.860.
Aviso número 158855
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / GOBIERNO DE TUCUMAN LIC. PUB. Nº
02/2011
MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA
Gobierno de Tucumán
El Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento ha accedido a financiar y
asistir al Gobierno Argentino, en la ejecución de las obras correspondientes al
Proyecto de Mejoramiento de la Educación Rural Subcomponente A1-Mejoramiento de
Obras de Infraestructura Escolar y Equipamiento, mediante el préstamo BIRF 7353 -
AR. En el marco del citado proyecto, se anuncia el llamado a Licitación Pública
para la remodelación de edificios escolares.
Licitación Pública N° 02/2011.
POR 10 DIAS - Objeto: Ampliación y Refacción. Escuela: N° 263 "Tierra del Fuego"
- Loc. Donato Álvarez - Dpto. Juan Bautista Alberdi - Provincia de Tucumán.
Garantía de Oferta Exigida: $13.401,00. (pesos trece mil cuatrocientos uno con
00/100). Fecha de Apertura: 06/07/2011 Hora: 12:00. Lugar: Coord. Provincial
PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de Tucumán. Plazo de Entrega: 180 (Ciento
Ochenta) días corridos. Valor del Pliego: $ 300. Lugar de Adquisición del Pliego:
Coord. Provincial PROMER - Av. Sarmiento 850 - San Miguel de Tucumán.-
Financiamiento BIRF (Préstamo 7353-AR) a través del Ministerio de Educación de la
Nación Argentina. E 10 y V 24/06/2011. Aviso N° 158.855.
Aviso número 159120
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACIÓN PUBLICA N° 7/2011 -
FUNDACION MIGUEL LILLO
FUNDACIÓN MIGUEL LILLO
Licitación Pública N° 7/2011
Expte. N° 085-PCAV-2011
POR 15 DIAS - Obra: "Remodelación y Revalorización parte Histórica del Viejo
Edificio de Botánica". Sitio Ejecución de Obra: Miguel Lillo N° 251 S.M. de
Tucumán.
Condiciones e Informes: Dirección General de Administración, Departamento de
Compras y Suministros, Calle Miguel Lillo N° 251, S.M. de Tucumán, días hábiles
de 8 a 12.30 horas. Valor Pliego: $ 800. Presupuesto Oficial: $ 840.563. Apertura
de Sobres: El día 08/07/2011 horas: 10 (Diez). Publicación en Boletín Oficial de
la Prov. de Tucumán (quince) días a partir del 16/06/2011. Consulta de Pliego por
Internet: www.argentmacompra.gov.ar. Fdo. Olga C. Mercado de Said, Directora de
compras. E 16/06 y V 07/07/2011. $415,70. Aviso N° 159.120.
Aviso número 158911
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / LICITACION PUBLICA Nº 04/2011.
MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA
MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION ARGENTINA
Ministerio de Educación de Tucumán
En el marco del Programa "Plan de Obras" se anuncia el llamado a Licitación
Pública.
Licitación Pública N° 04/2011.
POR 15 DIAS - Objeto: Edificio Nuevo. Escuela: Primaria Brig. Gral. Diego de
Rojas - Famaillá - Provincia de Tucumán. Presupuesto Oficial: $ 5.238.423,81.
Garantía de Oferta Exigida: $ 52.384,23. Fecha de Apertura: 27/07/2011 Hora:
11:00. Lugar: Salta 805 - San Miguel de Tucumán. Plazo de Entrega: 360
(Trescientos Sesenta) días corridos. Valor del Pliego: $ 3.500. Fecha límite de
venta de pliego: 25/07/2011 Hora: 12:00. Lugar de Adquisición del Pliego: Salta
N° 805 - San Miguel de Tucumán. Financiamiento: Ministerio de Educación de la
Nación Argentina. E 13/06 y V 04/07/2011. Aviso N° 158.911.
Aviso número 159044
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / MINISTERIO DE SEGURIDAD CIUDADANA-LIC
PUB Nº 05-2011
GOBIERNO DE TUCUMAN
Ministerio de Seguridad Ciudadana
Dirección General de Institutos Penales
Licitación pública N° 05-2011.
Expediente N° 163/215-2011
POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Equipos sanitarios y de laboratorios:
Guantes y Barbijos Descartables, Valor del Pliego: Gratuito, Lugar y fecha de
apertura: Ministerio de Seguridad Ciudadana -25 de Mayo 90 (Casa de Gobierno) -
1° piso, San Miguel de Tucumán., el día 01/07/2011, a horas 11:00. Consulta y
Adquisición de Pliegos: Dirección General de Compras y Contrataciones, 25 de Mayo
90, San Miguel de Tucumán. Llamado autorizado por Resolución Ministerial N° 166/7
(SSC). E 15 y V 21/06/2011. Aviso N° 159.044.
Aviso número 159141
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES
LICITACIÓN PUBLICA N° 02/2011
GOBIERNO DE TUCUMAN
SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTES
POR 4 DIAS - Licitación Pública N° 02/2011 Expediente n° 219/530-S-11
Objeto de la licitación: Vehículos: 1 unidad de Pick Up Cabina doble 4x2, Valor
del Pliego: gratuito, Lugar y fecha de apertura: Salón Comedor de Casa de
Gobierno - 25 de Mayo 90- 1er Piso- San Miguel de Tucumán, el día 05/07/2011, a
horas 11:00. Consulta y Adquisición de Pliegos: Dirección General de Compras y
Contrataciones - 25 de Mayo 90- San Miguel de Tucumán Llamado autorizado por
Decreto N° 1947/1 (SED). E 17 y V 23/06/2011. Aviso N° 159.141.
Aviso número 159215
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION LIC.
PUB. N° 01/2011
GOBIERNO DE TUCUMAN
Secretaría de Prensa y Difusión
Licitación Pública N° 01/2011
Expediente N° 67/120-S-2011
POR 4 DIAS - Objeto de la licitación: Vehículos: 1 unidad de Vehículo minibús
marca Mercedes Benz - modelo Sprinter 413 - CDI- para 19 pasajeros sentados y un
conductor (19+1), Valor del Pliego: Gratuito, Lugar y fecha de apertura:
Secretaría de Estado de Prensa y Difusión - 25 de Mayo 90 (Primer piso) Sala de
Periodistas - S. M. de Tuc, el día 06/07/2011, a horas 11:00. Consulta y
Adquisición de Pliegos: Secretaría de Estado de Prensa y Difusión - 25 de Mayo 90
(sub-suelo). S. M. de Tucumán - Tel.: 4844000 int. 483 - De lunes a viernes de 8
a 12:00 hs y 18:00. E 21 y V 24/06/2011. Aviso N° 159.215.
Aviso número 159072
LICITACION (PRIVADA/PUBLICA) / UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL
LIC. PUB. 01/11
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL
Programa de Apoyo para el Desarrollo de la Infraestructura Universitaria
Licitación Pública N° 01/11
POR 15 DÍAS - Presupuesto Oficial $2.887.525,97. Facultad Regional Tucumán
"Pabellón Laboratorios, Aulas y Biblioteca - Etapa 1" San Miguel de Tucumán -
Tucumán. Objeto: Obras Públicas. Lugar donde deben retirarse o consultarse los
pliegos Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional Tucumán Rivadavia 1050
- San Miguel de Tucumán Tel: (0381) 430-5872 Fax: 421-7150 Consulta y Venta de
pliegos: a partir del 15/06/2011. Lugar de Presentación de las ofertas: Facultad
Regional Tucumán Rivadavia 1050 - San Miguel de Tucumán. Fecha de Apertura: 14 de
Julio de 2011. Hora de apertura: 18,00. Fechas de publicación: del 15/06 al
06/07/2011. Valor del Pliego: $2.900,00. Valor de garantía de oferta: 1% del
presupuesto oficial. Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios. Ministerio de Educación. E 15/06 y V 06/07/2011. $546,68. Aviso N°
159.072.
Aviso número 159062
REMATES / CARRASCOSA FATIMA BEATRIZ C/CORNEJO JUAN FACUNDO Y OTRO
Martillero: Rubén María Sal
POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil de Conciliación y
Trámite del Trabajo de la Tercera Nominación, a cargo de la Dra. Delicia Legname,
Juez; Secretaría de la Dra. Cristina Carino de Alonso y de la Dra. Mariel F. V.
Melero, tramitan los autos caratulados: "CARRASCOSA FATIMA BEATRIZ C/CORNEJO JUAN
FACUNDO Y OTRO S/ X - INSTANCIA UNICA CON BLOQUEO DE SALA", Expediente N° 149/99,
en los cuales se ha dictado el presente proveído que se transcribe a
continuación: "San Miguel De Tucumán, 26 de mayo de 2011.- A lo solicitado, no
habiéndose abonado al actor el capital condenado $8.507,47 atento las constancias
y encontrándose cumplidos los recaudos exigidos por el art. 555 del C.P.C.y C. de
aplicación supletoria, señalase el día 24/06/11 a hs.11, para que el Martillero
Rubén María Sal M.P.039 proceda al remate en la sede del Colegio de Martilleros
sito en calle 9 de Julio 421 de esta ciudad, del automotor Marca Renault, Modelo
Traffic, Corto Nafta, Dominio BHO 105 de propiedad de All Music SRL.- Que según
acta de fs.918 el citado vehículo presenta abolladuras en compuertas traseras con
rotura de una bisagra en puerta derecha, sin paragolpe plástico trasero
izquierdo; rotura de faro trasero izquierdo; insignia trasera despegada; falta el
tapizado de la puerta derecha; picado y herrumbrado en ambos pasaruedas
delanteros; paragolpe delantero roto y parrilla delantera quebrada; tapizado de
ambos asientos deteriorados y tapizados de compuertas traseras ausentes; sin
rueda de auxilio; sin gato herramienta ni batería y no cuenta con equipo de GNC;
sin cinturones de seguridad; las cubiertas se encuentran en regular estado; no
tiene stereo.- Colocada una batería el vehículo arranca y puede salir en marcha.-
Registra las infracciones que da cuenta el informe de fs. 937/939 del Tribunal
Municipal de Faltas; según informe del Registro Nacional de la Propiedad
Automotor registra los embargos e inhibiciones que constan a fs.932/935; adeuda a
la Dirección General de Rentas de la Provincia $1328,78 (fs.938 vta.).- La
subasta se efectuará sin base en dinero de contado efectivo y al mejor postor.-
Comisión al Martillero 10%, Sellado de Ley 3%, a cargo del comprador y 0,5%
L.7268 para el Colegio de Martilleros a cargo del resultado de la subasta.- Mayor
información en Secretaría Actuaria, cualquier día hábil en horas de despacho, o
al Martillero interviniente.- Atento lo dispuesto por Acordada N°88/83, ofíciese
a Secretaría de Superintendencia de la Excma. Corte, comunicando fecha y hora del
remate.- Por su naturaleza de carácter alimentario de la presente causa laboral,
está exceptuada de suspensión de ejecuciones, art.12 L.25.589.- Publíquense
edictos en el Boletín Oficial, por cinco días, libre de derechos, art13 L.6204.-
Comuníquese al Sr. Juez del Juzgado Federal de Tucumán, Secretaría de Ejecuciones
Fiscales N° 1, para que tome razón en las causas "Fisco Nacional vs. All Music
SRL S/ Ejeción Fiscal", exptes., N°5454//04, N°1547/05, N°4015/04 y N°2907/06 y
al Sr. Juez del Juzgado Federal de Tucumán N°2, Secretaría de Ejeciciones
Fiscales, para que tome razón en las causas "Fisco Nacional vs. All Music s/
Ejec.Fiscal", exptes.N° 77/06 y N°935/06.- Personal.-Fdo. Dra. Delicia Legname-
Juez" San Miguel de Tucumán, 1 de junio de 2011. Secretaría.- E 15 y V
22/06/2011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.062.
Aviso número 159109
REMATES / ELIAS ALEJANDRO JOSE C/ CASTRO BUADAS CECILIA
Martillero: Juan Alejandro Tezeira
POR 3 DIAS - Se hace saber que por ante éste Juzgado Civil en Documentos y
Locaciones de la Segunda Nominación, a cargo de la Dra. Lucía del Valle Alcorta,
Secretaría de la Dra. María del V. Antonio de Montivero y Escribana Marcela B.
Arnut, en los autos caratulados: "ELIAS ALEJANDRO JOSE C/ CASTRO BUADAS CECILIA
S/ COBRO EJECUTIVO DE PESOS" EXPTE. N° 130/06 se ha dispuesto sacar a remate por
el Martillero Público Juan Alejandro Tezeira (Mat. 103), conforme decreto que a
continuación se transcribe: "San Miguel de Tucumán, 11 de mayo de 2011.- Atento
lo solicitado, constancias de autos, sáquese a remate por el Martillero Público
designado Juan Alejandro Tezeira MP: N° 103 el vehículo prendado marca Ford,
Modelo: Ecosport 2.0L 4WD XLT -2004-, Motor: CJJA48568516, Dominio EQK096, cuyas
demás características constan en autos y en el estado visto en que se encuentre.-
La subasta se realizará el día 23 de Junio de 2011, a hs.10 ó día subsiguiente
hábil a la misma hora en caso de feriado en el Salón de Remate de Tribunales sito
en calle 9 de Julio N° 421 de esta ciudad.- El remate se hará tomando como base
la suma de $ 30.800 (capital).- En caso de no haber postores se sacará nuevamente
a remate en el mismo acto sin base, dinero en efectivo de contado y al mejor
postor, debiendo el comprador depositar en el acto de la subasta el importe total
que resulte en definitiva por la subasta, más el 10% por comisión del martillero
más el 3% de sellado de Ley.- Publíquese edictos por tres días de anticipación a
la fecha de subasta en el Boletín Oficial y en otro diario de gran circulación y
por el término de tres días.- Se hace constar que los impuestos y multas y que
constan en autos son a cargo del comprador.- Se hace saber que el vehículo se
encuentra depositado en la calle Maipú N° 1.933 de esta ciudad.- Notifíquese a
las partes y martillero actuante y los Juzgados interesados que surgen de informe
del estado de dominio agregado a fs. 251 de autos.- Ofíciese a la Excma. Corte a
los fines pertinentes y al Colegio de Martilleros.-....- Fdo. Dra. Lucía del
Valle Alcorta.- Juez.- Las características del vehículo a rematar son: Dominio:
EQK096; Marca: Ford; Modelo: Ecosport 2.0L 4WD XLT 2.004; Marca Motor: Ford; N°
Motor: CJJA48568516; Tipo: Camioneta; Marca Chasis: Ford; N° de chasis:
9BFZE13F748568516.- Gravámenes sobre el vehículo: Inhibiciones: Fecha:
31/10/2008.- Carátula: Tribunal: Juzgado Federal, Secretaría 1 de Ejec. Fiscales
de Tucumán - Autos: Expte. N° 4882 año 2006, Castro Buadas Cecilia, Monto
$7.159,63, Intereses $1.073.94.- Fecha: 20/04/2010.- Carátula: Tribunal: Juzgado
Federal, Secretaría 2 de Ejec. Fiscales de Tucumán - Autos: Expte. N° 1375 Año
2007, Castro Buadas Cecilia, Monto $4.384,85, Intereses $ 657.72.- Fecha:
30/06/2010.- Carátula: Provincia de Tucumán DGR c/ Castro Buadas Cecilia s/
Ejecución Fiscal.- Expte. N° 15578/06, Juzgado de Cobros y Apremios de la II.
Nom. del Centro Judicial Capital.- Embargos: Fecha Inscrip.: 02/03/2009 Monto:
$30.800; Autos: Elías Alejandro José c/ Castro Buadas Cecilia s/ Cobro Ejecutivo
de pesos.- Juzgado en Documentos y Locaciones de la 2° Nominación.- Expte. N°
130/06.- Fecha Inscrip.: 27/11/2009 Monto: $6.336.65; Autos: Fisco Nacional vs.
Castro Buadas s/ Ejec. Fiscal.- Expte. N° 4094/2005, Juzgado Federal de Tucumán
N° 1.- San Miguel de Tucumán, 30 de mayo de 2011.- Escribana Marcela B. Arnut,
Sec. Judicial. E 16 y V 21/06/2011. $386,95. Aviso N° 159.109.
Aviso número 159220
REMATES / "FEDER.DE COOP.VITIVINICOLAS ARG.COOP.LTDA. (FECOVITA)
C/GUERRERO LUIS PROSPERO S/ Z- COBRO EJECUTIYO DE PESOS - EXP Nº
5458/94"
Martillera Silvia Else Diaz Thomsen
POR 2 DIAS - En el Juzgado de Documentos y Locaciones de la V° Nom. Secretaría
Actuaria a cargo de la Dra. María Inés Barros de Araujo y Secretario Carlos A.
Prado, del Centro Judicial Capital de la Provincia de Tucumán, sito en calle 24
de Septiembre 677 4to. piso, se ha procedido a dictar en los autos caratulados
"FEDER.DE COOP.VITIVINICOLAS ARG.COOP.LTDA. (FECOVITA) C/GUERRERO LUIS PROSPERO
S/ Z- COBRO EJECUTIYO DE PESOS - Exp n° 5458/94" el siguiente proveído: San
Miguel de Tucumán, 23 de mayo de 2011. I) Atento a lo solicitado, estado de la
causa: Fijase para el día 24/06/11, a hs. 11,30 o día subsiguiente hábil, a la
misma hora, en caso de feriado, para que tenga lugar la Pública Subasta de los
automotores secuestrados (fs. 56) dominios T -024320 y T -066649, todo en el
estado visto en que se encuentra, dinero de contado y al mejor postor, sin base,
siendo a cargo del comprador el 10% de comisión al martillero y 3% ley de sellos.
El remate se realizará en el local de calle 9 de Julio N° 421 de esta ciudad por
la Martillera Pública designada Martillera Silvia Else Diaz Thomsen MP. N° 038.
Publíquense edictos en el Boletín Oficial y otro diario local de gran circulación
por Dos Días. Notifíquese personalmente a las partes y a la citada martillera.
Comuníquese a Secretaría de Superintendencia de la Excma. Corte a los fines que
hubiere lugar. Líbrese Oficio. Notifíquese al demandado a los fines que prevé el
art. 533 del C.P.C. Personal. Fdo. Dr. Luis Miguel Violetto. Juez(P.T)..-. MSZ.
San Miguel de Tucumán 17 de Junio de 2011. Maria Ines Barros de Araujo. Informes
al 156815213 y/o 4220373. E 21 y V 22/06/2011. $120,77. Aviso N° 159.220.
Aviso número 159207
SOCIEDADES / ASOC. COOP. PROGRAMA DE EDUC. PERMANENTE ADULTOS
MAYORES (E.P.A.M.)
POR 1 DIA - La Comisión Directiva de la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL PROGRAMA DE
EDUCACIÓN PERMANENTE PARA ADULTOS MAYORES (E.P.A.M.) pone en conocimiento de los
asociados que el día 22 de junio de 2011 se llevará a cabo la Asamblea General
Ordinaria, a las 9:00 horas, en el local de Rivadavia 417, San Miguel de Tucumán,
con el siguiente orden del día: Elección de dos asociados para la firma del acta.
Motivo de la demora del llamado a Asamblea General Ordinaria. Lectura,
consideración y aprobación de Memoria, Balance e Inventario por el periodo
finalizado al 31 de Diciembre de 2010. Informe de la Comisión Revisora de Cuentas
año 2010. E y V 21/06/2011. $25. Aviso N° 159.207.
Aviso número 159222
SOCIEDADES / AVANZADA MUTUAL DE SERVICIOS SOCIALES
POR 1 DIA - AVANZADA MUTUAL DE SERVICIOS SOCIALES. Convocatoria
El Consejo Directivo convoca a los señores socios a la Asamblea General Ordinaria
a realizarse el día 24 de Julio de 2011, a Hs. 10:30 en la Sede Social de calle
San Martín 1154 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, a fin de considerar el
siguiente: Orden del día: 1) Designación de dos asociados que aprueben y firmen
el Acta de la Asamblea. 2) Tratamiento y consideración de la Memoria,
Inventario, Balance General, Cuenta de Recursos y Gastos, Estado Patrimonial del
Ejercicio cerrado el 31/03/2011 y documentación anexa. Aprobación del Proyecto de
Distribución del Resultado, y aprobación de la Gestión del Consejo Directivo y
Junta Fiscalizadora al 31/03/2011.3) Aprobación del ordenamiento de los cargos
del Consejo Directivo. Se recuerda a los asociados las disposiciones estatutarias
para poder asistir a la Asamblea con vos y voto. San Miguel de Tucumán, Junio de
2011. E y V 21/06/2011. $35,93. Aviso N° 159.222.
Aviso número 159061
SOCIEDADES / BIBLIOTECA POPULAR NICOLAS AVELLANEDA
POR 4 DIAS - La Asociación Civil "BIBLIOTECA POPULAR NICOLAS AVELLANEDA", sita en
calle San Martín 1650 de la Ciudad de Concepción, invita a los señores asociados
a Asamblea General Ordinaria para el Martes 21 de Junio de 2011 a Hrs. 21:00, en
el local de la Institución, para tratar el siguiente orden del día: 1- Lectura
del presente Instrumento. 2-Designación de dos socios para firmar el acta. 3 -
Informe acerca de la demora en esta convocatoria. 4- Renovación parcial de
autoridades según Estatuto (cap IV Art. 18) Maria Estela del Valle López.
Presidente. E 15 y V 21/06/2011. $86,88. Aviso N° 159.061.
Aviso número 159013
SOCIEDADES / COLEGIO DE PROFESIONALES EN SERVICIO O TRABAJO SOCIAL
POR 5 DIAS - COLEGIO DE PROFESIONALES EN SERVICIO O TRABAJO SOCIAL: Se convoca a
Asamblea Extraordinaria para el 24/06/11 a horas 19 en Chacabuco 268, 1° piso.
Temario: 1) designación de 2 asambleístas para firmar el Acta. 2) recursos de
reconsideración y apelación en subsidio presentados por el Lic. Hernán Abel Zampa
Gaiero. Fdo. Gladis Omill, Presidente y Rodrigo Azcuy, Vocal 1°. E 14 y V
21/06/2011. $75,48. Aviso N° 159.013.
Aviso número 159209
SOCIEDADES / DORMIR CONSTRUCCIONES S.R.L.
POR 1 DIA - Por disposición del Sr. Juez de Comercio, Dra. Emely Amenabar quién
firma por titular, se hace saber que por Expediente N° 1179/11 de fecha
02/06/2011, se encuentra en trámite de Inscripción el Instrumento de fecha 19 de
mayo de 2011, mediante el cuál se constituye la sociedad "DORMIR CONSTRUCCIONES
S.R.L. (constitución)", siendo las partes integrantes de su contrato social de
acuerdo a lo normado en Ley N° 19.550, las siguientes: Socios: 1) Dominga Del
Valle Albarracin, argentina, soltera, DNI n° 13.051.530, nacida 13 de diciembre
de 1958, profesión comerciante, domicilio Mza. K Casa 4 B° 300 Viviendas, altura
Frias Silva 700 Yerba Buena - Tucumán, 2) Della Fatima Miranda, argentina,
soltera, DNI N° 26.880.378, nacida 22 de junio de 1979, profesión comerciante,
domicilio Larrea 2272, ciudad capital - Tucumán.- Fecha del instrumento de
constitución 19 de mayo de 2011.- Razón social o la denominacion "DORMIR
CONSTRUCCIONES S.R.L. (constitución) ".- Domicilio: Se establece el domicilio de
la sociedad en Calle Larrea N° 2.272, ciudad San Miguel de Tucumán.- Designación
de su objeto: La sociedad podrá dedicarse por cuenta propia o de terceros o
asociada a terceros con fondos propios y/o de terceros a las siguientes
operaciones: Inmobiliarias y Constructora, mediante la compra, venta,
construcción, arrendamiento, administración y subdivisión de toda clase de
inmuebles urbanos o rurales a tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no
sean prohibidos por las leyes o por el estatuto. Comerciales. Mediante la compra,
vena, permuta, importación, exportación, representación, comisión, consignación y
distribución de bienes muebles, maquinarias e implementos, mercaderías, materias
primas y productos elaborados o no que incluya a todas las actividades del ramo
de la construcción, siendo. la presente discriminación meramente enunciativa y no
limitada, que incluya toda actividad relacionada con la construcción.- Plazo de
duración. El término de duración de la sociedad se fija en 99 años contados a
partir de la fecha de inscripción del instrumento en el Registro Público de
Comercio.- Capital social: El capital social se fija en la suma de $50.000,
dividido en 5.000 cuotas de valor nominal de $10 cada una, suscriptas e
integradas por los socios de la siguiente manera: Dominga del Valle Albarracin
2.500 cuotas - Delia Fátima Miranda 2.500 cuotas.- Organización de la
administración. La Administración, representación de la sociedad estará a cargo
de Delia Fátima Miranda quién revestirá el carácter de socio - gerente.- Fecha de
cierre de ejercicio. El ejercicio social cerrará el día 31 de diciembre de cada
año.- San Miguel de Tucumán, 14 de junio de 2011.- Alejandrina Rodríguez de
Molina, Pros. Judicial. E y V 21/06/2011. $105,41. Aviso N° 159.209.
Aviso número 159226
SOCIEDADES / MOVIMIENTO AUTONOMO DE BASES POR LA ESPERANZA Y LA
LIBERTAD (M.A.B.E.L)
POR 1 DIA - Concepción, 08 de Junio del 2011. Resolución N° 04 JEP Visto: Las
Resoluciones 01, 02 y 03 de la "Junta Promotora" convocando a elecciones internas
cerradas y designando esta "Junta Electoral Provisoria", y: Considerando: Que en
cumplimiento de las mismas, se hace necesario realizar el respectivo cronograma
electoral, por ello: La Junta Electoral Provisoria del partido "MOVIMIENTO
AUTONOMO DE BASES POR LA ESPERANZA Y LA LIBERTAD (M.A.B.E.L)" Municipal de
Concepción, Resuelve: Art. 1° - Fijar el siguiente cronograma electoral para las
elecciones internas cerradas del día, 18 de Junio del 2011: 15/06/2011 Hs. 10:00
Cierre de padrones de afiliados; 15/06/2011 Hs. 12:00 Exhibición de padrones:
16/06/2011 Hs. 10:00 Vence el plazo de presentación de listas; 16/06/2011 Hs.
20:00 Oficialización de listas; 17/06/2011 Hs. 20:00 Vence el plazo para
presentar boletas y mazo de boletas; 18/06/2011 Hs. 08:00 Inicio del comicio,
Hs.16:00 Cierre del comicio Hs. 20:00 Escrutinio definitivo, Hs. 22:00
Proclamación de candidatos y puesta en funciones. Art.2° - Serán de aplicación al
presente proceso electoral, las normas establecidas en la Carta Orgánica y de
aplicación supletoria, las normas del Código Electoral Nacional; Art. 3° - Las
Resoluciones serán notificadas por su exhibición, en la Sede Partidaria; Art. 4°-
Comuníquese a la Honorable Junta Electoral Provincial; Art. 5° - Cópiese en el
libro de Acta y Resoluciones. E y V 21/06/2011. $53,98. Aviso N° 159.226.
Aviso número 159204
SOCIEDADES / MOVIMIENTO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO
POR 1 DIA - Convóquese a elecciones internas cerradas del MOVIMIENTO DE
INTEGRACIÓN Y DESARROLLO en cumplimiento de la ley 5454, para el día 19 de Junio
del corriente año en el domicilio partidario. Cronograma electoral. Día 18: Hs
8.00 Exhibición de padrones, Hs 10.00 Recepción de lista y boletas, Hs 12.00
Planteo de impugnaciones, Hs 17.00 Resolución de impugnaciones, Hs 19.00
Legalización de listas. Día 19: Hs 8.00 Apertura de comicios, Hs 18.00 Cierre y
escrutinio, Hs 20.00 Consagración de lista ganadora y Oficialización de
candidatos. Fdo. Enrique F. R. Aguilar, Presidente. E y V 21/06/2011. $25. Aviso
N° 159.204.
Aviso número 159224
SOCIEDADES / PARTIDO "DE LA JUSTICIA Y LA VICTORIA" DISTRITO TUCUMÁN
POR 1 DIA - Concepción, 08 de Junio del 2011. Resolución N° 04 JEP Visto: Las
Resoluciones 01, 02 y 03 de la "Junta Promotora" convocando a elecciones internas
cerradas y designando ésta "Junta Electoral Provisoria", y: Considerando: Que en
cumplimiento de las mismas, se hace necesario realizar el respectivo cronograma
electoral, por ello: La Junta Electoral Provisoria del partido "DE LA JUSTICIA Y
LA VICTORIA" Distrito Tucumán , Resuelve: Art. 1° - Fijar el siguiente cronograma
electoral para las elecciones internas cerradas del día 18 de Junio del 2011:
15/06/2011 Hs. 10:00 Cierre de padrones de afiliados; 15/06/2011 Hs. 12:00
Exhibición de padrones; 16/06/2011 Hs. 10:00 Vence el plazo de presentación de
listas; 16/06/2011 Hs. 20:00 Oficialización de listas; 17/06/2011 Hs. 20:00 Vence
el plazo para presentar boletas y mazo de boletas; 18/06/2011 Hs. 08:00 Inicio
del comicio, Hs.16:00 Cierre del comicio Hs. 20:00 Escrutinio definitivo, Hs.
22:00 Proclamación de candidatos y puesta en funciones. Art.2° - Serán de
aplicación al presente proceso electoral, las normas establecidas en la Carta
Orgánica y de aplicación supletoria, las normas del Código Electoral Nacional;
Art.3° - Las Resoluciones serán notificadas por su exhibición, en la Sede
Partidaria; Art. 4°- Comuníquese a la Honorable Junta Electoral Provincial; Art.
5° - Cópiese en el libro de Acta y Resoluciones. E y V 21/06/2011. $52,17. Aviso
N° 159.224.
Aviso número 159214
SOCIEDADES / PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO DE LA CIUDAD DE JUAN
BAUTISTA ALBERDI
POR 1 DIA - La Junta Promotora del PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO DE LA CIUDAD
DE JUAN BAUTISTA ALBERDI Convoca: 1) A realizar el día Jueves 16 de Junio de 2011
la elección de Delegados Convencionales de acuerdo a los establecido en el
articulo 6° de la Carta Orgánica Partidaria y La Elección los tres miembros
integrantes de la Junta Fiscalizadora del Partido (art. 27). La elección se
realizara en asamblea general de afiliados y por el voto secreto de los afiliados
en las urnas correspondientes a cada barrio del municipio, en el barrio CGT
manzana D casa 14 de la Ciudad de Juan Bautista Alberdi. De 16 a 20 horas. 2) Y a
realizar el día viernes 17 de Junio de 2011 La Convención del Partido Del Trabajo
y del pueblo Del Municipio de Juan Bautista Alberdi, en el local de Avenida Sáenz
Peña y Rivadavia de la Ciudad de Juan Bautista Alberdi, a partir de hora 16. 3)
La convención funcionará con el siguiente Orden del Día: a) Designación de un
Presidente y dos secretarios provisorios y la Comisión de Poderes (art.6°). b)
Con posterioridad a la aprobación a los mandatos de los convencionales, elegirá
de su seno un Presidente y Tres secretarios (art.6°). c) Elección de los miembros
del Comité de Distrito, del Tribunal de Disciplina, y de la Comisión Revisora de
Cuentas (art. 24 y 25). 4) Concluida la elección de Autoridades Partidarias, se
procederá a la elección del Candidato a Intendente y Concejales (10 titulares y 5
suplentes), que representaran al Partido del Trabajo y del Pueblo de la Ciudad de
Juan Bautista Alberdi en las Próximas elecciones de la Provincia de Tucumán.
Blanca Rosana Gramajo, Apoderada. E y V 21/06/2011. $61,12. Aviso N° 159.214.
Aviso número 159227
SOCIEDADES / PARTIDO "EL FORTIN DE LA VICTORIA" MUNICIPAL
POR 1 DIA - Concepción, 08 de Junio del 2011. Resolución N° 04 JEP Visto: Las
Resoluciones 01, 02 y 03 de la "Junta Promotora" convocando a elecciones internas
cerradas y designando ésta "Junta Electoral Provisoria", y: Considerando: Que en
cumplimiento de las mismas, se hace necesario realizar el respectivo cronograma
electoral, por ello: La Junta Electoral Provisoria del partido "EL FORTIN DE LA
VICTORIA" Municipal de Concepción, Resuelve: Art. 1° - Fijar el siguiente
cronograma electoral para las elecciones internas cerradas del día, 18 de Junio
del 2011: 15/06/2011 Hs. 10:00 Cierre de padrones de afiliados; 15/06/2011 Hs.
12:00 Exhibición de padrones; 16/06/2011 Hs. 10:00 Vence el plazo de presentación
de listas; 16/06/2011 Hs. 20:00 Oficialización de listas; 17/06/2011 Hs. 20:00
Vence el plazo para presentar boletas y mazo de boletas; 18/06/2011 Hs. 08:00
Inicio del comicio, Hs. 16:00 Cierre del comicio Hs. 20:00 Escrutinio definitivo,
Hs. 22:00 Proclamación de candidatos y puesta en funciones. ART. 2° - Serán de
aplicación al presente proceso electoral, las normas establecidas en la Carta
Orgánica y de aplicación supletoria, las normas del Código Electoral Nacional;
ART. 3° - Las Resoluciones serán notificadas por su exhibición, en la Sede
Partidaria; ART. 4°- Comuníquese a la Honorable Junta Electoral Provincial; ART.
5° - Cópiese en el libro de Acta y Resoluciones. E y V 21/06/2011. $52,54. Aviso
N° 159.227.
Aviso número 159223
SOCIEDADES / PARTIDO "FEDERALISMO PARA LA VICTORIA" MUNICIPAL
POR 1 DIA - Concepción, 08 de Junio del 2011. Resolución N° 04 JEP Visto: Las
Resoluciones 01, 02 y 03 de la "Junta Promotora" convocando a elecciones internas
cerradas y designando esta "Junta Electoral Provisoria", y: Considerando: Que en
cumplimiento de las mismas, se hace necesario realizar el respectivo cronograma
electoral, por ello: La Junta Electoral Provisoria del partido "FEDERALISMO PARA
LA VICTORIA" Municipal de Concepción, Resuelve: Art. 1° - Fijar el siguiente
cronograma electoral para las elecciones internas cerradas del día 18 de Junio
del 2011: 15/06/2011 Hs. 10:00 Cierre de padrones de afiliados; 15/06/2011 Hs.
12:00 Exhibición de padrones; 16/06/2011 Hs. 10:00 Vence el plazo de presentación
de listas; 16/06/2011 Hs. 20:00 Oficialización de listas; 17/06/2011 Hs. 20:00
Vence el plazo para presentar boletas y mazo de boletas; 18/06/2011 Hs. 08:00
Inicio del comicio, Hs.16:00 Cierre del comicio Hs. 20:00 Escrutinio definitivo,
Hs. 22:00 Proclamación de candidatos y puesta en funciones. Art.2° - Serán de
aplicación al presente proceso electoral, las normas establecidas en la Carta
Orgánica y de aplicación supletoria, las normas del Código Electoral Nacional;
Art.3° - Las Resoluciones serán notificadas por su exhibición, en la Sede
Partidaria; Art. 4°- Comuníquese a la Honorable Junta Electoral Provincial; Art.
5° - Cópiese en el libro de Acta y Resoluciones. E y V 21/06/2011. $52,39. Aviso
N° 159.223.
Aviso número 159206
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL NUEVO ENCUENTRO
POR 1 DIA - Que por Resolución N° 02/2011 de fecha 14/06/2011, de la Junta
Electoral Ad-hoc del Partido Municipal "NUEVO ENCUENTRO" de Ciudad Banda Rió
Salí. Resolvió: Proclamar y Oficializar a las siguientes personas para cargos
partidarios. Concejo partidario - Presidente: Ruíz Díaz Pedro Nolasco - DNI N°
16.842.543 - Vice Presidente: Ferreyra Antonio Tomas - DNI N° 12.247.320.
Congreso partidario - Presidente: Díaz Domínguez Florinda Magdalena - DNI N°
10.942.588 - Vicepresidente: Díaz María Nieves - DNI N° 8.989.746. - Comision
Fiscalizadora - Presidente: Corbalan Francisco Agustín - DNI N° 11.900.869 -
Vicepresidente Ruiz Díaz Juan Daniel - DNI N° 34.357.127. - Tribunal de conducta
- Presidente: Macias Pedro Telmo - DNI N° 8.477.035 - Vicepresidente: Macias
Juana Eulalia - DNI N° 1.383.669. - Junta Electoral - Presidente: Ruíz Díaz
Mónica Gisella - DNI N° 35.920.232 - Vicepresidente: Ferreyra Antonio Emmanuel -
DNI N° 33.051.640. E y V 21/06/2011. $34,97. Aviso N° 159.206.
Aviso número 159203
SOCIEDADES / PARTIDO MUNICIPAL UNIDAD Y SOLIDARIDAD SIMOQUEÑA
POR 1 DIA - Se comunica a los afiliados del Partido Municipal "UNIDAD Y
SOLIDARIDAD SIMOQUEÑA", la convocatoria a elecciones internas para elegir
autoridades partidarias y para cargos públicos, presentándose para intendente,
concejales, para el Municipio de Simoca, Sección Electoral 2 Este, válido para
ambos actos eleccionarios; de acuerdo al siguiente cronograma: 18/06/2011: 08:00
hs. Exhibición de Padrón Provisorio. 18/06/2011: 08:30 hs. Inicio Periodo de
Tachas. 18/06/2011: 11:00 hs. Cierre Periodo de Tachas. 18/06/2011: 11:30 hs.
Designación y ubicación del lugar donde se realizará la Elección. 18/06/2011:
12:00 hs. Exhibición de Padrón Definitivo. 18/06/2011: 17:00 hs. Vence plazo para
presentar Lista de Candidatos. 18/06/2011: 17:30 hs. Exhibición de Listas
presentadas. 18/06/2011: 18:00 hs. Vence el plazo para impugnaciones.
18/06/2011: 18:30 hs. Vence plazo para resolver impugnaciones. 18/06/2011: 19:00
hs. Oficialización de Listas presentadas. 18/06/2011: 19:30 hs. Vence plazo de
presentación de boletas para su oficialización. 18/06/2011: 20:00 hs. Designación
de autoridades de mesa. 18/06/2011: 20:30 hs. Vence plazo para presentación de
votos testigos. 19/06/2011: 08:00 hs. Inicio de Comicios. 19/06/2011: 18:00 hs.
Cierre de Comicios. 19/06/2011: 18:00 hs. Escrutinio. 19/06/2011: 20:00 hs.
Proclamación de candidatos y comunicación a la H.J.E.P. E y V 21/06/2011. $51,87.
Aviso N° 159.203.
Aviso número 159225
SOCIEDADES / PARTIDO "UNIDOS PARA LA VICTORIA" MUNICIPAL
POR 1 DIA - Concepción, 08 de Junio del 2011. Resolución N° 04 JEP Visto: Las
Resoluciones 01, 02 y 03 de la "Junta Promotora" convocando a elecciones internas
cerradas y designando ésta "Junta Electoral Provisoria", y: Considerando: Que en
cumplimiento de las mismas, se hace necesario realizar el respectivo cronograma
electoral, por ello: La Junta Electoral Provisoria del partido "UNIDOS PARA LA
VICTORIA" Municipal de Concepción, Resuelve: Art. 1°- Fijar el siguiente
cronograma electoral para las elecciones internas cerradas del día, 18 de Junio
del 2011: 15/06/2011 Hs. 10:00 Cierre de padrones de afiliados; 15/06/2011 Hs.
12:00 Exhibición de padrones; 16/06/2011 Hs. 10:00 Vence el plazo de presentación
de listas; 16/06/2011 Hs. 20:00 Oficialización de listas; 17/06/2011 Hs. 20:00
Vence el plazo para presentar boletas y mazo de boletas; 18/06/2011 Hs. 08:00
Inicio del comicio, Hs. 16:00 Cierre del comicio Hs. 20:00 Escrutinio definitivo,
Hs. 22:00 Proclamación de candidatos y puesta en funciones. ART. 2° - Serán de
aplicación al presente proceso electoral, las normas establecidas en la Carta
Orgánica y de aplicación supletoria, las normas del Código Electoral Nacional;
ART. 3° - Las Resoluciones serán notificadas por su exhibición, en la Sede
Partidaria; ART. 4°- Comuníquese a la Honorable Junta Electoral Provincial; ART.
5° - Cópiese en el libro de Acta y Resoluciones. E y V 21/06/2011. $52,21. Aviso
N° 159.225.
Aviso número 159210
SOCIEDADES / "SALSENCH S.R.L."
POR 1 DIA - Por disposición del Señor Juez de Comercio, Dra. Emely Amenabar, se
hace saber que por Expediente n° 1149/11, de fecha 31/05/2011.Se encuentra en
trámite de inscripción el instrumento de fecha 16 de mayo de 2011, mediante el
cuál, el Sr.: Irene Caparros Gomez, transfiere a título de Donación la cantidad
de 8.970 cuotas, que le corresponden de la sociedad "SALSENCH S.R.L.", a favor
de: Juan Manuel Salsench Caparros, argentino, Ingeniero Agrónomo, nacido
29/06/1968, DNI 20.218.397, casado, con domicilio en calle Entre Ríos n° 745, 1°
Piso, Dpto. "A", ciudad capital - Tucumán. Como consecuencia de la presente
Donación el capital social queda conformado: $783.000 representados por 78.300
cuotas de $10 cada una, suscripto por los socios: Irene Caparros Gomez 42.420
cuotas Juan Manuel Salsench Caparros 8.970 cuotas - Pedro Salsench Caparros 8.970
cuotas - Maria de los Angeles Salsench Caparros 8.970 cuotas - Montserrat
Salsench Caparros 8.970 cuotas. San Miguel de Tucumán, 16 de junio de 2011.Fdo.
Alejandrina Rodriguez de Molina. E y V 21/06/2011. $39,55. Aviso N° 159.210.
Aviso número 159205
SOCIEDADES / TRABAJANDO POR LA GENTE
POR 1 DIA - El Partido "TRABAJANDO POR LA GENTE", con domicilio real y legal en
Av. Eva Duarte de Perón N° 100 de Lastenia, Banda del Río Salí, Departamento Cruz
Alta, convoca sus afiliados para el día 19 de Junio de 2011 desde horas 10:00 a
16:00, para tratar en esa oportunidad los siguientes puntos del orden del día,
los que a continuación se detalla: 1°) Lectura del orden del día. 2°) Elecciones
Internas General. 3°) Designación de 2 (dos) afiliados para firmar el acta.
Mercedes del V. Correa, Presidente. E y V 21/06/2011. $25. Aviso N° 159.205.
Aviso número 159218
SUCESIONES / ABRAHAM AMADO DEBBO
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, citase por tres días a los herederos o acreedores del causantes:
ABRAHAM AMADO DEBBO, M.I. N° 10.690.914, fallecido el 01 de marzo 2.001, cuya
sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
de mayo 2011. Dr. Robin Marquez Raúl Angel, Sec. Judicial. E 21 y V 23/06/2011.
$30. Aviso N° 159.218.
Aviso número 159119
SUCESIONES / ALBERTO RAMON HARO
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:
ALBERTO RAMON HARO M.I. N° 8.090.845, fallecido el 07 de Noviembre de 2009, cuya
sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
06 de Junio de 2011. Fdo.: Dra. De Piero Maria Giselle, Secretaria. E 16 y V
21/06/2011. $30. Aviso Nº 159. 119.
Aviso número 159162
SUCESIONES / ALFREDO AGUILAR
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado en Familia y Sucesiones
de la III° Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos
o acreedores de ALFREDO AGUILAR, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría
del autorizante. Se hace constar que el presente actúa con beneficio para litigar
sin gastos. Secretaría, 30 de mayo de 2011. Rolando Andrés Cabrera, Pros.
Judicial. E 17 y V 22/06/2.011. Libre de Derechos. Aviso N° 159.162.
Aviso número 159189
SUCESIONES / BRUNO AMERICO COZZI
POR 3 DIAS - Por Disposición del Sr. Juez Subrogante del Juzgado Civil en Familia
y Sucesiones de la Cuarta Nominación, cítese por tres días a los herederos o
acreedores de BRUNO AMERICO COZZI D.N.I. N° 7.072.798 y MARIA JATIF L.C. N°
9991721, Cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 15 de abril 2011. Dra. María Isabel Soria Tenreyro, Sec.
Judicial. E 17 y V 22/06/2011. $30. Aviso N° 159.189.
Aviso número 159104
SUCESIONES / CARLOS VICENTE BACHE
POR 3 DIAS - Por disposición del Sr. Juez Dr. Carlos Torino, cítese por tres días
a los herederos o acreedores de CARLOS VICENTE BACHE (D.I. N° 8.066.104), cuya
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
30 de mayo de 2011.- Proc. Marcela Fabiana Flores, Sec. Judicial. E 16 y V
21/06/2.011. $30. Aviso N° 159.104.
Aviso número 159100
SUCESIONES / CARMEN ABELLA M.I. Nº 2.525.035
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Claudia Inés Lopez a cargo del
Juzgado en Familia y Sucesiones de la VIª Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de CARMEN ABELLA M.I. N° 2.525.035 , cuya sucesión
tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 31 de
Mayo de 2011. Fdo. Dra. Marta María Norry, Secretaria. E 16 y V 21/06/2011. $30.
Aviso N° 159.100.
Aviso número 159147
SUCESIONES / EDUARDO DELGADO
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Marta E. Paz de Centurión del
Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Cuarta Nominación, cítese por tres
días a los herederos o acreedores de EDUARDO DELGADO cuya sucesión tramítase por
ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 17 de Septiembre de
2010. Fdo. Fabio Eugenio Barbaglia , Secret. Judicial. E 17 y V 22/06/2011. $30.
Aviso N° 159.147.
Aviso número 159217
SUCESIONES / ELIAS SANTIAGO CUEVA
POR 3 DIAS - Por disposición del S.S. Dra. Silvia Karina Lescano de Francesco
Juez a cargo del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Primera Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de ELIAS SANTIAGO CUEVA, D.N.I.
N° 3.592.543, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 14 de junio de 2011. Dr. José Fabricio Argiro, Sec. Judicial.
E 21 y V 23/06/2.011. $30. Aviso N° 159.217.
Aviso número 159182
SUCESIONES / ELVIO JESUS MEDINA D.N.I. Nº 7.059.260
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia García Zavalía de
Sanchez Iturbe del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la II° Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de ELVIO JESUS MEDINA D.N.I. N°
7.059.260, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San
Miguel de Tucumán, 4 de Abril de 2011. Fdo. Dra Marta Maria Posse, Sec. Judicial.
E 17 y V 22/06/2011. $30. Aviso N° 159.182
Aviso número 159216
SUCESIONES / FELIPE TEODORO LONSALLE Y/O FELIPE TEODORO LONZALLES
POR 3 DIAS - Por Disposición de la Sra. Juez, Dra. María Elisa Villafañe de De
Mitri, del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la IIa. Nominación Centro
Judicial de Concepción, cítese por tres días a los herederos o acreedores de la
sucesión de: FELIPE TEODORO LONSALLE y/o FELIPE TEODORO LONZALLES.- Concepción,
26 de Mayo de 2011. Fdo. Sandra M. de Papiz Cruz,Secretaria. E 21 y V 23/06/2011.
$30. Aviso N° 159.216.
Aviso número 159107
SUCESIONES / FERMIN JUSTO GRAMAJO
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:
FERMIN JUSTO GRAMAJO, D.N.I N° 20.757.732, fallecido el 20 de Noviembre de 2008,
cuya sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de
Tucumán, 11 de Mayo de 2011. Fdo. Guillermo Isaias Grabar, Secretario. E 16 y V
21/06/2011. $30. Aviso N° 159.107.
Aviso número 159219
SUCESIONES / FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S. Dra. Silvia Karina Lescano de Francesco,
Juez a cargo del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Primera Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de FRANCISCO ANTONIO FERNANDEZ,
D.N.I. N° 10.218.813, cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del
autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de Mayo de 2011. Fdo. Estela Fabiana
Aparicio, Pros. Jud. E 21 y V 23/06/2011. $30. Aviso N° 159.219.
Aviso número 159212
SUCESIONES / GONZALEZ DORA CARMEN - PEREZ EVARISTO WERTEL
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones
de la Quinta. Nom., cítese por tres días a los herederos o acreedores de GONZALEZ
DORA CARMEN D.I. N° 2.277.756 - PEREZ EVARISTO WERTEL D.I. N° 6.974.409, cuya
sucesión tramita por ante la Secretaría del autorizante. Secretaria, 14 de Junio
de 2011. Fdo. Dra. Emma Maria Carmelich, Secretaria. E 21 y V 23/06/2011. $30.
Aviso N° 159.212.
Aviso número 159142
SUCESIONES / "HUGO ANTONIO VELIZ"
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones
IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos o
acreedores de "HUGO ANTONIO VELIZ", cuya sucesión tramítase por ante la
Secretaría del autorizante. Secretaría, 13 de Junio de 2011. Fdo. Rolando Andrés
Cabrera, Secretario. E 17 y V 22/06/2011. $30. Aviso N° 159.142.
Aviso número 159155
SUCESIONES / JOSE MARINO SAID
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Claudia Inés Lopez a cargo del
Juzgado en Familia Y Sucesiones de la VIª Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de JOSE MARINO SAID, M.I N°: 7.009.546, cuya sucesión
tramítase por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de
Mayo de 2011. Fdo. Dra. Ma. Laura Garcia Lizarraga, Secretaria. E 17 y V
22/06/2011. $30. Aviso N° 159.155.
Aviso número 159117
SUCESIONES / "JOSE MERCEDES GRANEROS"
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones
IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos o
acreedores de "JOSE MERCEDES GRANEROS", cuya sucesión tramítase por ante la
Secretaría del autorizante. Secretaría, 31 de Mayo de 2011. Fdo. Rolando Andrés
Cabrera, Secretario. E 16 y V 21/06/2011. $30. Aviso N° 159.117.
Aviso número 159091
SUCESIONES / JOSE NAPOLEON ORTEGA
POR 3 DIAS - Por Disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:
JOSE NAPOLEON ORTEGA, M.I. N° 3.629.401, fallecido el 15 de Marzo de 1994 y MARIA
DOMINGA LOPEZ, M.I. N° 0.964.268, Fallecida el 16 de Noviembre de 1984, cuya
sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
13 de Junio de 2011. Fdo. Guillermo Isaias Gabar, Secretario. E 16 y V
21/06/2011. $30. Aviso N° 159.091.
Aviso número 159114
SUCESIONES / JOSE VICENTE SILVA M.I. Nº 11.910.595
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Claudia Inés Lopez a cargo del
Juzgado en Familia y Sucesiones de la VIª Nom., cítese por tres días a los
herederos o acreedores de JOSE VICENTE SILVA, M.I. N° 11.910.595, cuya sucesión
tramita por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de Mayo
de 2011. Fdo. Dra. María Laura García Lizarraga, Secretaria. E 16 y V 21/06/2011.
$30. Aviso N° 159.114.
Aviso número 159153
SUCESIONES / JUANA DEL CARMEN CASTILLO
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado en Familia y Sucesiones
de la III° Nominación Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los
herederos o acreedores de JUANA DEL CARMEN CASTILLO, cuya sucesión tramítase por
ante la Secretaría del autorizante. Secretaría, 27 de mayo de 2011. Rolando
Andres Cabrera, Prosecretario. E 17 y V 22/06/2.011. $30. Aviso N° 159.153.
Aviso número 159202
SUCESIONES / JULIO FRANCISCO BARRAZA
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante: JULIO
FRANCISCO BARRAZA, M.I. N° 34.138.962, fallecida el 14 de Junio de 2010, cuya
sucesión tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán,
31 de Mayo de 2011. Fdo. Guillermo Isaias Grabar, Secretario. E 21 y V
23/06/2011. $30. Aviso N° 159.202.
Aviso número 159201
SUCESIONES / LUIS ROSARIO CARRANZA Y ANA FRANCISCA DIAZ
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Jueza Dra. Sylvia García Zavalía de
Sanchez Iturbe del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la II° Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de LUIS ROSARIO CARRANZA D.I.
N° 6.974.250 y ANA FRANCISCA DIAZ D.I. N° 1.613.963, cuya sucesión tramítase por
ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 2 de Junio de 2011.
Fdo. Dra. Marta Maria Posse, Sec. Judicial. E 21 y V 23/06/2011. $30. Aviso N°
159.201.
Aviso número 159118
SUCESIONES / RAMON EDUARDO CAMPBELL D.N.I. Nº 7.016.350
POR 3 DIAS - Por disposición de S.S. Dra. Silvia Karina Lescano de Francesco,
Juez a cargo del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la Primera Nominación,
cítese por tres días a los herederos o acreedores de RAMON EDUARDO CAMPBELL
D.N.I. N° 7.016.350, cuya sucesión tramita por ante la Secretaría del
autorizante. San Miguel de Tucumán, 24 de Mayo de 2011.- Fdo. José Fabricio
Argiro, Sec. Judicial. E 16 y V 21/06/2011. $30. Aviso N° 159.118.
Aviso número 159158
SUCESIONES / RAUL ROBERTO TANOS
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII°
Nominación, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante: RAUL
ROBERTO TANOS, M.I. N° 7.036.353, fallecido el 22 de Julio de 2009, cuya sucesión
tramítase por ante la secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 30 de
Mayo de 2011. Fdo. Dra De Piero María Giselle, Secretaria. E 17 y V 22/06/2011.
$30. Aviso N° 159.158.
Aviso número 159098
SUCESIONES / ROBIN BRITO
POR 3 DIAS - Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones
IIIa. Nom. Centro Judicial Concepción, cítese por tres días a los herederos o
acreedores de "ROBIN BRITO", cuya sucesión tramítase por ante la Secretaría del
autorizante. Secretaría, 1 de Junio de 2011. Fdo. Rolando Andrés Cabrera,
Prosecretario. E 16 y V 21/06/2011. $30. Aviso N° 159.098.
Aviso número 159211
SUCESIONES / VILLAGRA ESPECHE MARIA LUCRECIA
POR 3 DIAS - Por disposición del Juzgado de la Quinta Nominación Civil en Familia
y Sucesiones, cítase por tres días a los herederos o acreedores del causante:
VILLAGRA ESPECHE MARIA LUCRECIA, D.N.I. N° 10.553.133, cuya sucesión tramítase
por ante la Secretaría del autorizante. San Miguel de Tucumán, 14 de Junio 2011.
Fdo. Emma Maria Carmelich, secretario. E 21 y V 23/06/2011. $30. Aviso N°
159.211.
Numero de boletin: 27554
Fecha: 21/06/2011