Normatividad Fitosanitaria y apertura comercial del Trigo
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Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETALDIRECCIÓN DE REGULACIÓN FITOSANITARIA
Normatividad Fitosanitaria
•Norma Oficial Mexicana NOM-001-FITO-2001, Por la que se establece la campaña contra el carbón parcial del trigo.
•Norma Oficial Mexicana NOM-017-FITO-1995, Por la que se establece la cuarentena exterior para prevenir la introducción de plaga del trigo.
•Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-028-FITO-1995, Por la que se establecen los requisitos fitosanitarios y especificaciones para la importación de granos y semillas, excepto para siembra.
Distribución de carbón parcial del trigoen México
• Municipios cuarentenados: – Comondú, Baja California Sur; Sinaloa todo el estado;
Alamos, Cajeme, Bacúm, Benito Juárez, Empalme, Etchojoa, Guaymas, Hermosillo, Huatabampo, Navojoa, Pitiquito, Quiriego, Rosario, San Ignacio Río Muerto en el estado de Sonora.
NOM-001-FITO-2001
Productos de cuarentena parcialpara movilización en México
Granos de trigo, germoplasma experimental, medios de transporte, maquinaria, implementos utilizados, muestras de semillas para su envío a laboratorio, producidos o provenientes de zonas bajo control fitosanitario
NOM-001-FITO-2001
Productos de cuarentena absoluta
en México
Semilla certificada y material apto para siembra, rastrojo, cascarilla y paja de trigo producido en zonas bajo control fitosanitario
NOM-001-FITO-2001
Plagas cuarentenarias no presentes en México o bajo regulación
Nombre común• Carbón parcial del trigo• Carbón causante del enanismo • Tizón del grano• Podredumbre basal de la gluma• Gusano telarañero• Mosca de Hess• Barrenador rosado caña de
azúcar• Mosquito rojo del trigo• Nematodo agallador de la espiga• Roya negra del tallo del trigo*
Nombre técnico • Tilletia indica • Tilletia controversa• Alternaria triticina• Pseudomonas syringae pv atrofaciens• Marasmia trepezalis• Mayetiola destructor• Sesamia cretica
• Sitodiplosis mosellana• Anguina tritici • Puccinia graminis raza ttks (Ug 99)*
NOM-017-FITO-1995
Importación de grano de trigo excepto para siembra
De Canadá, Francia y Rusia: •Sin requisitos específicos para permitir su importación
E.U.A. •El CFI deberá señalar que “ este grano es originario de un área donde no se conoce que este presente el carbón parcial del trigo”
•Ucrania•El CFI deberá señalar que el producto se encuentra libre de Pseudomonas syringae pv. syringae
NOM -028-FITO-1995
Apertura comercial
PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA CON FINES DE EXPORTACIÓN DE GRANO DE TRIGO PRODUCIDO EN ZONAS BAJO CONTROL FITOSANITARIO POR LA PRESENCIA DE CARBÓN PARCIAL DEL TRIGO (CPT).
PARTICIPANTES
RESPONSABILIDADES
Productores, responsables de centros
de acopio y exportadores de trigo.
SAGARPA, SENASICA y la DGSV, a través de un coordinador del
programa (Coordinador-DGSV).
Las Unidades de Verificación (UV) aprobadas por la
SAGARPA.
Los Organismos Auxiliares de Sanidad Vegetal (OASV) a través del Comité
Estatal de Sanidad Vegetal y las Juntas Locales de Sanidad Vegetal.
SAGARPA y la Delegación Estatal a través de los Distritos de
Desarrollo Rural (Delegación/DDR).
Procedimiento para la Certificación de Trigo para Exportación
Actividades
1. Campo Muestreo de espigas.2. Centros de acopio. Certificación de centros de acopio. Muestreo en recepción. Muestreo en centro de acopio.
3. Centro de acopio en puerto. Muestreo de grano.4. Casos específicos.
5. Sanciones.
Muestreo de espiga
OASV
600 espigas, para predios no mayores de 400 has. Muestra de
campo analizada visualmenteSi
Diagnóstico positivo
El predio no es elegible para exportación, quedando
cuarentenado un radio de 400 ha a partir del predio positivo. El OASV comunicará la ubicación de dichos
predios al Coordinador del Programa, quien a su vez
comunicará a las UV en los centros de acopio y a la JPSV/DDR.
Diagnóstico negativo
Se autoriza el envío a los Centros Receptores con RPV.
Muestreo en recepción de Centros de acopio.
Muestreo en recepción de grano en Centro de acopio
El Coordinador del programa asignará la unidad de verificación que realizará las actividades de verificación.
Las UV (verificadores) podrán apoyarse en auxiliares para la toma de muestra.
Muestreo en 5 de oros.
5 submuestras en Camiones (≤ 22 ton).
Muestreo en 8 de oros.
8 submuestras en Trailers ( > de 23 ton).
Submuestra de 1 kg/punto muestreo y homogenizar.
Tomar 250 g de la muestra homogenizada y analizar visualmente.
El resto de muestra se guarda, debidamente identificada(para realizar el muestreo en centro de acopio).
Si el resultado del análisis visual es positivo a granos dañados por CPT, el embarque no será elegible para exportación quedando cuarentenado un radio de 400 ha, a partir del predio de donde proviene.
Muestreo en centros de acopio
Diagnóstico negativoDiagnóstico negativo
Por c/1000 ton
Muestra compuesta de 5 Kg
(muestra guardada)
Muestra de trabajo de 1 Kg
Muestra de envío a Laboratorio de Pruebas de 0.5 Kg
Muestra de respaldo de 0.5 Kg
si
Se continúa almacenando
Muestreo y análisis ocular
Movilización a Puerto con RPV y copia de dictamen de laboratorio.
Diagnóstico positivoDiagnóstico positivo
El laboratorio notifica al coordinador -DGSV y se rechaza el volumen que ampara el dictamen.
negativoPositivo
El embarque no será elegible para exportación .
Se rechaza todo el silo verificado
Muestreo en Centro de Acopio del Puerto de embarque
Muestreo de cada embarque (5 de oros [≤22 ton] o 8 de oros [transportes de mayor capacidad] ) o
góndolas del ferrocarril (12 puntos en zig-zag ).
si
Se rechaza el embarque y se notifica al coordinador del programa, quien a su vez informará a la JPSV y DDR.
Se le permite el ingreso a los silos del puerto
Los embarques provengan de bodegas dictaminadas para
exportación.
La UV emite dictamen de verificación(RPV)
El OFA emitirá el CFI al grano ubicado en silos que cumplan con los requisitos establecidos por el país importador
negativo
positivo
El C.A.P. deberá contar con una UV8 de oros a los transportes de
mayor capacidad
Verificación ocular
Casos específicosTRIGO DE CAMPO DIRECTO A PUERTO
•Manejo fitosanitario y muestreo en espigas en campo.
•La UV asignada tomará dos muestras con el método de 5 de oros, una de las cuales la analizará la UV mediante observación directa para detectar granos dañados. La otra muestra será enviada al laboratorio de pruebas para su diagnóstico correspondiente.
•En caso de detectar grano dañado por carbón parcial del trigo se rechazará el embarque y el predio ya no será elegible para exportar trigo. En caso contrario, el predio podrá cosecharse y someterse a un análisis ocular (muestreo en 5 o 8 de oros) y si no se detecta grano dañado el embarque se movilizará acompañado del RPV anotando en el mismo el número de diagnóstico del laboratorio de pruebas del predio muestreado.
Casos específicos RF: GRANO LIBRE DE CPT y/o TELIOSPORAS
Cuando se pretenda exportar trigo a un país cuyos requisitos fitosanitarios indican que el grano se encuentre libre de CPT y/o Teliosporas, el dictamen de laboratorio también deberá indicar resultados sobre la presencia de Teliosporas.
Exportación de trigo de México a
Argelia Venezuela PerúCosta Rica Guatemala Nigeria
Norma Internacional para Medidas FitosanitariasNIMF n. 10
Requisitos para el establecimiento de lugares de producción libres de Plagas y sitios de producción libres
de plagas
Norma Internacional para Medidas FitosanitariasNIMF n. 10
Lugar o sitio de producción libre de plagas• Puede estar situada en un lugar donde la plaga en
cuestión esta presente, con una zona tampón de colindancia • Puede mantenerse libre solamente por uno o varios
ciclos • El lugar se maneja individualmente por el productor bajo
la supervisión y responsabilidad de la ONPF• Únicamente el lugar de producción donde se detecte la
plaga pierde su condición de libre, el resto no se ve afectado.
¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN!
Luis Javier Mendoza MeléndezDepartamento de Certificación Fitosanitaria
Tel 55 50903000 ext [email protected]
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