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MTRO. ADÁN ARMENTA GÓMEZMTRO. ADÁN ARMENTA GÓMEZ
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RECURSO DE INCONFORMIDAD RECURSO DE INCONFORMIDAD
Medio de impugnación establecido en favor de los partidos políticos para cuestionar la validez de una elección, los resultados obtenidos en los cómputos, el otorgamiento de las constancias de mayoría, en las elecciones de diputados, Gobernador y Ayuntamientos, por las causas, en los supuestos y para los efectos, expresa y limitativamente establecidos en la ley.
Medio de impugnación establecido en favor de los partidos políticos para cuestionar la validez de una elección, los resultados obtenidos en los cómputos, el otorgamiento de las constancias de mayoría, en las elecciones de diputados, Gobernador y Ayuntamientos, por las causas, en los supuestos y para los efectos, expresa y limitativamente establecidos en la ley.
CONCEPTO
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PROCEDIBILIDAD TEMPORAL
PROCEDENCIAPROCEDENCIA
Exclusivamente durante el proceso electoral: en la etapa de resultados y declaración de validez de las elecciones.
Exclusivamente durante el proceso electoral: en la etapa de resultados y declaración de validez de las elecciones.
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PROCESO ELECTORAL
RENOVACION PERIODICA DE LOS INTEGRANTES DE LOS PODERES EJECUTIVO,
LEGISLATIVO Y DE LOS AYUNTAMIENTOS
PRIMERA ETAPA
PREPARACION ELECCION
SEGUNDA ETAPA
JORNADA ELECTORAL
CONCLUSIONdeclaración de validez de las
elecciones con la resolución de la
última impugnación
INICIO
Seis meses antes del mes de la elección
TERCERA ETAPA
RESULTADOS DECLARACIONES
DE VALIDEZ
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PROCESO ELECTORAL
TERCERA ETAPA
RESULTADOS DECLARACIONES
DE VALIDEZ
Recepción, depósito y salvaguarda de los paquetes por parte de los consejos respectivos
Cómputos municipales, distritales, estatal y de representación proporcional
Declaración de validez de las elecciones
Otorgamiento de las constancias de mayoría
Asignación de diputados y regidores de representación proporcional
Recepción, depósito y salvaguarda de los paquetes por parte de los consejos respectivos
Cómputos municipales, distritales, estatal y de representación proporcional
Declaración de validez de las elecciones
Otorgamiento de las constancias de mayoría
Asignación de diputados y regidores de representación proporcional
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PROCEDIBILIDADPROCEDIBILIDAD
Elecciones impugnables
Gobernador
Diputados de M.R. y RP
Ayuntamientos
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MUNICIPALESMUNICIPALESCONSEJOS
MUNICIPALES CONSEJOS
MUNICIPALES
DISTRITALESDISTRITALES
CONSEJOS DISTRITALESCONSEJOS DISTRITALES
COMPUTOS IMPUGNABLES VÍA INCONFORMIDAD
COMPUTOS IMPUGNABLES VÍA INCONFORMIDAD
ACTOSACTOS
Obtención de resultados de los cómputos de diputados de MR y RP y Gobernador en el distrito
Expedición de constancias de Mayoría en elección de diputados MR (Presidente del Consejo)
Obtención de resultados de los cómputos de diputados de MR y RP y Gobernador en el distrito
Expedición de constancias de Mayoría en elección de diputados MR (Presidente del Consejo)
PROCESO ELECTORAL 3ª ETAPAPROCESO ELECTORAL 3ª ETAPA
Obtención resultados de los cómputos de la elección de integrantes de ayuntamientos
Expedición de constancias de Mayoría
Obtención resultados de los cómputos de la elección de integrantes de ayuntamientos
Expedición de constancias de Mayoría
Ver artículos 106, frac., XXXIV; 133, frac.. IX; 134, frac. IX y 295, frac. IIIVer artículos 106, frac., XXXIV; 133, frac.. IX; 134, frac. IX y 295, frac. III
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PROCEDIBILIDAD PROCEDIBILIDAD
Actos impugnables
Resultados en las actas de cómputo distritales o municipales.
La declaraciones de validez de las elecciones y el otorgamiento de constancias
La asignación de diputados de RP y el otorgamiento de las constancias por error en la aplicación de la fórmula
Los cómputos para Gobernador, diputados y ayuntamientos por error aritmético
Resultados en las actas de cómputo distritales o municipales.
La declaraciones de validez de las elecciones y el otorgamiento de constancias
La asignación de diputados de RP y el otorgamiento de las constancias por error en la aplicación de la fórmula
Los cómputos para Gobernador, diputados y ayuntamientos por error aritmético
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Medio para establecer la existencia de presuntas violaciones durante el día de la jornada electoral. Medio para establecer la existencia de presuntas violaciones durante el día de la jornada electoral.
No constituye requisito de procedibilidad, para los recursos, sino que tiene el carácter de documental privada con valor probatorio indiciario.
No constituye requisito de procedibilidad, para los recursos, sino que tiene el carácter de documental privada con valor probatorio indiciario.
ESCRITO DE PROTESTAESCRITO DE PROTESTA
Artículo 266Artículo 266
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RECURSO DE INCONFORMIDAD RECURSO DE INCONFORMIDAD
Escrito de protestaDurante el transcurso de la jornada electoral
ANTE EL CONSEJODISTRITAL
O MUNICIPAL
presentación
Artículo 266Artículo 266
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RECURSO DE INCONFORMIDAD RECURSO DE INCONFORMIDAD
Escrito de protesta
Requisitos
El partido político o coalición que lo presenta
Número y ubicación de la casilla ante la que se presenta.
Los actos ilegales que repercutan en el escrutinio y cómputo, describiendo hechos y citando preceptos violados
La causa por la que se presenta la protesta, y
El nombre, firma o huella dactilar y cargo partidario de quien lo presenta.
Si se presenta ante el Consejo Distrital o Municipal, se deberá identificar individualmente cada una de las casillas impugnadas.
El partido político o coalición que lo presenta
Número y ubicación de la casilla ante la que se presenta.
Los actos ilegales que repercutan en el escrutinio y cómputo, describiendo hechos y citando preceptos violados
La causa por la que se presenta la protesta, y
El nombre, firma o huella dactilar y cargo partidario de quien lo presenta.
Si se presenta ante el Consejo Distrital o Municipal, se deberá identificar individualmente cada una de las casillas impugnadas.
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REQUISITOS DE LA DEMANDAREQUISITOS DE LA DEMANDA
Nombre y firma del promovente
Domicilio para oír y recibir notificaciones
Narración de los hechos
Expresión de agravios
Cita de Preceptos Presuntamente Violados
Ofrecer y Aportar pruebas
Acreditar personería
Identificación del acto y autoridad responsable
Por escrito
Ante la autoridad responsable
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REQUISITOS ESPECIALESREQUISITOS ESPECIALES
Señalar la elección que se impugna, si se objetan: resultados del cómputo, la declaración de validez y/o el otorgamiento de la constancia;
Mención individualizada del acta de cómputo municipal o distrital;
Mención individualizada de las casillas cuya votación solicite sea anulada y la causal invocada;
Conexidad o relación con otras impugnaciones.
En la impugnación de la asignación de diputados de RP indicará el supuesto y razones para considerar que debe modificarse el resultado
Señalar la elección que se impugna, si se objetan: resultados del cómputo, la declaración de validez y/o el otorgamiento de la constancia;
Mención individualizada del acta de cómputo municipal o distrital;
Mención individualizada de las casillas cuya votación solicite sea anulada y la causal invocada;
Conexidad o relación con otras impugnaciones.
En la impugnación de la asignación de diputados de RP indicará el supuesto y razones para considerar que debe modificarse el resultado
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COMPETENCIACOMPETENCIA
TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE
MORELOS
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LEGITIMACIÓNLEGITIMACIÓN
A TRAVÉS DE SUS
REPRESENTANTES ACREDITADOS
ANTE LOS ÓRGANOS
Los registrados formalmente ante el órgano responsable
Los dirigentes de los Comités Estatales Distritales y Municipales
Quienes Tengan facultades de representación
PARTIDOS POLÍTICO
S
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PLAZOS PLAZOS
COMPUTO DISTRITAL
COMPUTO MUNICIPAL
Gobernador y diputadosGobernador y diputados
AyuntamientosAyuntamientos
JULIO
1 2 3
4 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30
DÍAS A PARTIR DEL SIGUIENTE DE LA CONCLUSIÓN DEL CÓMPUTO RESPECTIVO O SE NOTIFIQUE LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA
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ACTOR: AUTORIDAD
RESPONSABLE: TERCERO: NUM. EXP:
MAGDO. PONENTE: SECRETARIO:
Cuernavaca, Morelos, a treinta de agosto de dos mil once ------------------
RESULTANDOSResumen de los hechos y agravios expuestos-----------------------------------------
CONSIDERANDOS
Argumentación jurídica, fundamentos Jurídicos, Valoración de pruebas,----------------------------------------------------------------
RESOLUTIVOS
PRIMERO. ----------------------------------------SEGUNDO. ---------------------------------------
Se deberán suplir las deficiencias u omisiones en los agravios cuando puedan deducirse de los hechos.
Cuando los preceptos se citan de manera equivocada o no se señalan, se resolverá tomando en consideración los que debieron invocarse o resulten aplicables.
SENTENCIASENTENCIA
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SENTENCIASSENTENCIAS
Confirmar el acto
Confirmar el acto
Efectos
Declarar nulidad de votación
Declarar nulidad de votación
Revocar la constancia y otorgarla al que resultó ganador
Revocar la constancia y otorgarla al que resultó ganador
Declarar nulidad de elección
Declarar nulidad de elección
Revocar la declaración de validez u otorgamiento de constancia
Revocar la declaración de validez u otorgamiento de constancia
Modificar actas de cómputo respectivas
Modificar actas de cómputo respectivas
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SENTENCIAS SENTENCIAS
15 DE AGOSTO DIPUTADOS
AYUNTAMIENTOS1 DE OCTUBRE
GOBERNADOR1 DE SEPTIEMBRE
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NOTIFICACIONESNOTIFICACIONES
Partidos políticos Personal o por estrados
Personal o por estrados
Por escrito (copia
certificada)
Por escrito (copia
certificada)
Consejo Estatal del IEE 48 horas48 horas
Siguientes a la sentenciaSiguientes a la sentencia
Artículo 332Artículo 332
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JUSTICIA SOCIAL
MESA DIRECTIVA DE CASILLA 0737 TIPO: BÁSICA
DISTRITO ELECTORAL 14
C. PABLO GARCÍA TORRES, representante del Partido Justicia Social, personalidad que tengo debidamente acreditada ante el órgano en que se actúa, comparezco para exponer:
Que a nombre del partido político que represento y con fundamento en los artículo 200 párrafo 1, inciso d) del Código electoral y 51 de la Ley de medios de impugnación, vengo a presentar ESCRITO DE PROTESTA, en contra de los resultados contenidos en el acta de escrutinio y cómputo de la casilla en la que se actúa, respecto de la elección de DIPUTADO FEDERAL, por los siguientes hechos:
Se encontraron más boletas de las que se recibieron, pues se extrajeron de la urna 400, se inutilizaron 100, lo que da un total de 500, y en el acta de jornada consta que se recibieron 450, es decir, 50 más de las que se recibieron.
Por lo expuesto, solicito:
UNICO. Relacionar el presente en el acta respectiva y agregarlo al expediente.
Firma del Representante: Luis Flores García
Recibí original_______________________ México, D. F. a 6 de julio de 2010 SECRETARIO
JUSTICIA SOCIAL
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SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN
HERIBERTO BRAVO ALCALÁ, representante propietario ante el Consejo Distrital del 15 Distrito Electoral Federal en el Distrito Federal, del PARTIDO JUSTICIA SOCIAL, personalidad que tengo acreditada y reconocida ante el órgano responsable, con domicilio para oír y recibir notificaciones, el ubicado en el número 25 de la Calle Colima, Colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc en esta Ciudad, C.P. 06700 y autorizo para tales efectos a los CC. Roberto Bermudez Guillen, Ignacio López Méndez y Sandra Pérez Florez, ante Ustedes, comparezco para exponer:
Que vengo a interponer JUICIO DE INCONFORMIDAD, para impugnar los resultados consignados en el acta de cómputo distrital, la declaración de validez y el otorgamiento de la Constancia de Mayoría de la elección de Diputado por el principio de Mayoría Relativa, por nulidad de la votación recibida en las casillas siguientes:
61 B 63 EX 102 C 224 B 275 B 398 C 401 B 524 C 578 ES
Señalo como AUTORIDAD RESPONSABLE al Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral correspondiente al 15 Distrito Electoral Federal en el Distrito Federal.
JUSTICIA SOCIAL
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HECHOS
HECHOS
La casilla 61 B, se instaló sin causa justificada en lugar distinto al señalado por el Consejo Distrital, pues el domicilio que aparece en el acta es el de calle Melchor Ocampo, número 42, colonia y en el encarte aparece Avenida López Mateos, núm. 325, Col. Niños Héroes.
En la casilla 63 EX, se encontraron más boletas de las que se recibieron, pues se extrajeron de la urna 400, se inutilizaron 100, lo que da un total de 500, y en el acta de jornada consta que se recibieron 450, es decir, 50 más de las que se recibieron.
AGRAVIOS
La instalación de la casilla 61 B en un lugar distinto al aprobado por el Consejo Distrital, sin causa justificada, contraviene lo dispuesto por el artículo 205 del código electoral y además vulnera los principios de certeza, legalidad e imparcialidad que establece el artículo 41 Constitucional.
En relación a la casilla 63 EX, por el hecho de haberse encontrado más boletas de las que se recibieron, se vulneran los principios de certeza, legalidad y objetividad establecidos en la Constitución y contraviene lo dispuesto en el artículo 227 del código electoral.
JUSTICIA SOCIAL
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HECHOS
PRUEBAS
Copias certificadas del acta de escrutinio y cómputo de la elección de Diputados de mayoría relativa, la que relaciono con el hecho 1 y 2
Copia certificada de la lista oficial de ubicación de casillas electorales e integración de las mesas directivas, la que relaciono con el hecho 1
Copia certificada del acta de la sesión de cómputo distrital de la elección de diputados de mayoría relativa
Copias de los escritos de protesta relacionados con las casillas impugnadas
JUSTICIA SOCIAL
Por lo expuesto, solicito a esta sala regional, lo siguiente:
PRIMERO: Tenerme por presentado en tiempo y forma el juicio de inconformidad, con la personería que ostento.
México, Distrito Federal a los 11 días del mes de julio de 2010
A T E N T A M E N T E
HERIBERTO BRAVO ALCALÁ
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