Download - MIGUEL ÁNGEL IÑIGUEZ BRAMBILA, GUILLERMO ESPINOZA …

Transcript
Page 1: MIGUEL ÁNGEL IÑIGUEZ BRAMBILA, GUILLERMO ESPINOZA …

GOBIERNO MUNICIPAL 201 8-20ZJ Contrato de Adquisición de Cuadernos Escolares

Contrato de Adquisición de Cuadernos de Útiles Escolares, que celebran en esta ciudad de Autlán de Navarro, Jalisco; a 30 de Diciembre del año 2019 dos mil diecinueve, ante los testigos que al calce firman, comparecen por una parte el MUNICIPIO DE AUTLAN DE NAVARRO JALISCO, representado en este acto por el C. MIGUEL ÁNGEL IÑIGUEZ BRAMBILA, en su carácter de Presidente Municipal, LIC. GUILLERMO ESPINOZA SOLORZANO, en su carácter de Síndico Municipal y L.C.P. NORA ANGELICA VELASCO MARTÍNEZ, en su carácter de Encargada de la Hacienda Municipal, a quien en lo sucesivo y para los efectos de este contrato se le denominara como EL MUNICIPIO, y por otra parte el C. JORGE CAMPOS MOLINA, a quien en lo sucesivo y para los efectos de este contrato se le denominara como EL PROVEEDOR, los cuales manifiestan su voluntad en celebrar el presente contrato de Adquisición de Cuadernos Escolares, sujetándose al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas:

l 1.1 Que es un Municipio libre con personalidad jurídica y patrimonios propios con la capacidad para contratar y obligase en los términos del art 115 fraccion II de la constitución política de los estados unidos mexicanos y los artículos 73 y 77 en su parte considerativa de la constitución política y soberano de Jalisco.

DECLARACIONES:

1. DECLARA EL MUNICIPIO

1.2 Que para efectos del presente contrato señala como domicilio para todos los efectos legales el ubicado en calle Venustiano Carranza no. 1 c.p. 48900. colonia centro. Autlán de navarro, Jalisco, además de contar con un registro federal de Contribuyentes {RFC) MAN850101KQA.

1.3 Es representado legalmente en este acto por el Presidente Municipal, Síndico Municipal Encargada de la Hacienda Pública del H. Ayuntamiento de Autlán de Navarro, por lo que tiene fa para celebrar y suscribir el presente contrato.

2. DECLARA EL PROVEEDOR

2.1 Que su Registró Federal de Contribuyente expedido por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público es CAMJ8102133D6.

2.2 Que tiene la capacidad legal, financiera, técnica, y productiva necesaria para dar cumplimiento al presente contrato.

2.3 Que reconoce como suya la propuesta presentada a su nombre como participante en el proceso de LICITACIÓN PÚBLICA NUM. L.PL.AUT-EDU 11/12/2019-01 SIN CONCURRENCIA DE COMITÉ PARA LA ADQUISICION DE CUADERNOS ESCOLARES

1

CIUDAD CON GRAN ,

C10RAZON Venustiano Carranza # 1 Autlán de Navarro, Jalisco. México. C.P. 48900 ~ 01(317) 38 2 5100 www.autlan.gob.mx

Page 2: MIGUEL ÁNGEL IÑIGUEZ BRAMBILA, GUILLERMO ESPINOZA …

GOBIERNO MUNICIPAL 2018-2021

2.4 Que cuenta con los conocimientos y la capacidad, financiera, técnica y productiva necesarios para cumplir con los requisitos, datos técnicos y especificaciones requeridos para la adquisición de paquetes

de útiles escolares señalado en el anexo 1 de "LA LICITACION".

2.5 Que no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 52 de la ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, por lo que tiene conocimiento que los Contratos que se realicen en contravención de la citada Ley, serán nulos

previa determinación de la autoridad competente.

3. AMBAS PARTES DECLARAN:

PRIMERO.- Ambas partes declaran que el presente contrato, cuyo objeto será solventado con recursos del municipio y que se origina con motivo de la LICITACIÓN PÚBLICA LOCAL LPL.AUT.EDU 11/12/2019-01 SIN CONCURRENCIA DE COMITÉ, de la que resulto adjudicado EL PROVEDOR mediante el Acta de Fallo d~ Adjudicación de fecha 26 de Diciembre del 2019, emitido por el comité de Adquisiciones del MUNICIPIO DE ¿( AUTLAN DE NAVARRO JALISCO; Asimismo EL PROVEDOR se obliga a cumplir con todas y cada una de la~ obligaciones derivadas de las bases de dicho proceso de Licitación, en lo subsecuente LAS BASES, las cuales

obran en el expediente del proceso.

SEGUNDO. - Que se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen, por lo cual sujetan el presente contrato a las subsecuentes, por lo que renuncian a las excepciones de falta de personalidad o capacidad en caso de controversia judicial, y manifiestan que ratifican su deseo de celebrar el presente

contrato, al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS:

PRIMERA. - El Municipio de Autlán de Navarro Jalisco, en lo subsecuente será el ADMINISTRADOR DEL

CONTRATO, y serán los receptores finales del objeto de este contrato.

SEGUNDA. - DEL OBJETO- El objeto del presente contrato es que el "PROVEEDOR" provea los bienes que conforman los paquetes de útiles en los siguientes términos:

12930 Cuadernos Escolares

ESPECIFICACIONES MÍNIMAS: Cuaderno escolar tamaño profesional 20 x 26 cm, 100 hojas, 52 grs., con espiral metálico, pasta sulfatada de 16 pts. Con barniz UV, con impresión personalizada a todo color en la portada frontal con un mínimo de 7 diseños de portada diferente (los diseños de las portadas serán elaborados por el Gobierno Municipal). Rayado de hojas interiores como se muestra a continuación:

3862

2099

Cuadro número 5

Cuadro número 7

6969 Raya

2 CIUDl6.D CON GRAN ,

CORAZON Venustiano Carranza # 1 Autlán de Navarro, Jalisco. México. C.P. 48900 Q 01(317) 38 2 5100 www.autlan.gob.mx

Page 3: MIGUEL ÁNGEL IÑIGUEZ BRAMBILA, GUILLERMO ESPINOZA …

GOBIERNO MUNICIPAL 2018-20ZI

TERCERA. - Los bienes objetos de este contrato deberá de ser entregados por el PROVEEDOR en el MUNICIPIO DE AUTLAN DE NAVARRO JALISCO, ubicado VENUSTIANO CARRANZA No. 1 C.P. 48900. COLONIA CENTRO. AUTLAN DE NAVARRO, JALISCO. de acuerdo a lo establecido en el ANEXO 3 de LAS BASES, en un periodo de 10 días hábiles después de la fecha de adjudicación, asegurándose de su adecuada entrega y bajo la estricta responsabilidad del "PROVEEDOR".

Se considerará que el PROVEEDOR ha desarrollado correctamente el objeto de este proceso de contratación, una vez que en la factura correspondiente se plasme el sello y firma del municipio de Autlán de Navarro, previa notificación electrónica del área centralizada de compras conocida como Jefatura de Proveeduría y Compras del MUNICIPIO DE AUTLAN DE NAVARRO JALISCO, de haber recibido los bienes a entera satisfacción.

CUARTA. - El presente instrumento contractual comenzara a surtir sus efectos a partir del día 30 de Diciembre mismo año.

QUINTA. - DEL PRECIO. EL PROVEEDOR fija un precio por la Adquisición de Cuadernos Escolares para la~ Escuelas Públicas. Objeto de este contrato por la cantidad de $286,777.06 (Son Doscientos ochenta y seis=---~ . mil setecientos setenta y siete mil Pesos 06/100 m. n) IVA incluido. ~ ~~-- SEXTA. - DE LA FORMA DE PAGO. - Se otorgará el 50% (cincuenta) por ciento de anticipo. El pago total o finiquito de los bienes se realizará dentro de los 05 (cinco) días naturales posteriores a la entrega total de cada una de las partidas que contenga los bienes o servicios que le fueron asignados y a partir de la fecha en que el Proveedor presente la factura debidamente sellada y firmada de recibido. EL MUNICIPIO DE AUTLAN

JI DE NAVARRO JALISCO realizara el pago a EL PROVEEDOR, directamente en las oficinas de la Hacienda j Municipal del MUNICIPIO DE AUTLAN DE NAVARRO JALISCO ubicado VENUSTIANO CARRANZA No. 1 t.A- C.P.48900. COLONIA CENTRO. AUTLAN DE NAVARRO, JALISCO, debidamente requisitados los siguientes \..J documentos:

a. Original y copia de la factura, a nombre del H. Ayuntamiento Constitucional de Autlán de Navarro, Jalisco, con domicilio en la calle Venustiano Carranza No. 1, Colonia Centro, Autlán de Navarro, Jalisco C.P. 48900, R.F.C. MAN850101KQA, validada por la Dependencia.

b. Original de la Orden de compra, en caso de parcialidad solo Copia, y original de la última parcialidad (en caso de generarse).

c. Original del anexo de entregas, en caso de parcialidad solo copia (en caso de generarse). d. Copia del Acta de "RESOLUCIÓN" o "FALLO". e. 1 copia del "CONTRATO". f. Original del oficio de Recepción de los bienes recibidos a entera satisfacción. g. 1 copia de la garantía de cumplimiento de "CONTRATO" a nombre del H. Ayuntamiento

Constitucional de Autlán de Navarro, Jalisco; con domicilio en la calle Venustiano Carranza No. 1, Colonia Centro, Autlán de Navarro, Jalisco. C.P. 48900, R.F.C. MAN850101KQA, en caso de corresponder.

3

CIUDAD CON GRAN ,

CORAZON Venustiano Carranza # 1 Autlán de Navarro, Jalisco. México. C.P. 48900 ~ 01(317) 38 2 5100 www.autlan.gob.mx

Page 4: MIGUEL ÁNGEL IÑIGUEZ BRAMBILA, GUILLERMO ESPINOZA …

GOBIERNO MUNICIPAL 2018-2021

El documento de la factura deberá contar con los siguientes datos: Nombre: RFC: Domicilio: Col., Entidad Federativa: CP: Numero de contrato u Orden de compra firmada por el representante legal.

SEPTIMA. - DE LA GARANTIA MATERIAL. - EL "PROVEEDOR" garantizara al MUNICIPIO la calidad de los bienes en los términos de la propuesta presentada por este.

OCTAVA. - DE LA PENALIZACION POR ATRASO EN LA ENTREGA. - En caso que el "PROVEEDOR" no entregue en tiempo y forma los bienes por cualquier causa que no sea imputable al 11MUNICIPIO", la Coordinación de compras podrá descontar al 11PROVEEDOR" del monto total establecido en la cláusula quinta de este contrato una pena convencional, conforme a la siguiente:

En caso de atraso en la entrega de los bienes o servicios, imputable al Proveedor, la pena convencional que se aplicara será el 04 (cuatro) al millar por cada día natural de demora, respecto de los bienes o servicios no entregados o prestados oportunamente, sin incluir el impuesto al valor agregado correspondiente y sin que esta penalización rebase el 10% (diez por ciento) del monto adjudicado. Conforme a lo establecido en el número 19.2 de las Bases

En forma independiente a la pena convencional pactada, si la rescisión contractual se ejecutara por incumplimiento del "PROVEEDOR", con motivo en un acto u omisión que causará daños y prejuicios al "Municipio", este responderá por el cien por ciento de ellos. ~

OVENA. - DE LA RESCICION. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 85 fracción 1 de LA LEY, EL 11MUNICIPIO" podrá optar por el cumplimiento forzoso del contrato o su rescisión, sin necesidad de declaración judicial alguna para que operen, siempre y cuando el "PROVEEDOR" incumpla con cualquier obligación establecida en las 11BASES", la adjudicación señalada en la cláusula segunda anterior, o en el presente contrato; o bien cuando los bienes objeto de este contrato sean de características inferiores a las solicitadas en las 11BASES" en prejuicio de el 11MUNICIPIO". Este hecho será notificado de manera indubitable

~al "PROVEEDOR"; el 11PROVEEDOR" se obliga a efectuar el pago del 5% de la cantidad señalada en la cláusula V quinta de este contrato, en caso de que el "MUNICIPIO" decida rescindir el presente contrato, por causas

imputables al 11PROVEEDOR". De ser el caso, para efectos del presente párrafo, el 11MUNICIPIO" podrá reclamar al 11PROVEEDOR", el pago directo de la cantidad que equivale dicho porcentaje. Las PARTES convienen que en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del "PROVEEDOR", el 11MUNICIPIO"

,i dependientemente de las penas pactadas, podrá exigir el pago de daños y prejuicios de conformidad con el artículo 86, fracción 1 de la 11LEY", además de poder solicitar el cumplimiento forzoso de este contrato o su rescisión.

DECIMA. - DEL RECHAZO. Las PARTES acuerdan que el Municipio no estará obligado a recibir aquellos bienes que el 11PROVEEDOR" intente entregar, cuando a juicio de dicha coordinación las características de los mismos difieran, o sean inferiores de aquellas ofertadas en las 11BASES". La falta de recepción de los bienes con motivo de la presente clausula, no será motivo para considerar interrumpidos los plazos de entrega pactados. En tal razón, en caso de que una vez entregados los bienes por parte del 11PROVEEDOR", se detecte una discrepancia de características en los términos de la presente clausula, dicha circunstancia se hará del conocimiento del 11PROVEEDOR", sin que tampoco se consideren interrumpidos los plazos de entrega para efectos de las penas convencionales, e inclusive para la rescisión del presente contrato.

~ ---~ 4

CIUDAD CON GRAN ,

CORAZON Venustiano Carranza # 1 Autlán de Navarro, Jalisco. México. C.P. 48900 ~ 01(317) 38 2 5100 www.autlan.gob.mx

Page 5: MIGUEL ÁNGEL IÑIGUEZ BRAMBILA, GUILLERMO ESPINOZA …

~utlán GOBIERNO MUNICIPAL 2018-2021

DECIMA PRIMERA. - DE LA CESION. El 11PROVEEDOR11 no podrá gravar o ceder a otras personas físicas o jurídicas de forma parcial o total, los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, salvo los de cobro que se generen en los términos de este contrato, en cuyo caso deberá contar con la conformidad

previa del 11MUNICIPI011•

DECIMA SEGUNDA. - DE LAS RELACIONES LABORALES. Las PARTES manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación algún patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, el 11PROVEEDOR

11

será responsable por la o las personas que contrate o emplee para cumplir con las obligaciones adquiridas mediante este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo al "MUNICIPIO", de cualquier acción o derecho que indistintamente se les reclame con motivo de prestaciones contenidas en la legislación en materia laboral, de seguridad social, fiscal, civil, Penal o cualquier otra, en el entendido de que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que duren vigentes este contrato o sus garantías.

DECIMA TERCERA. - DE LA TERMINACION ANTICIPADA. De conformidad con el artículo 89 de la LEY, El "MUNICIPIO" podrá dar por terminado el presente contrato en cualquier momento sin responsabilidad para sí, cuando se extinga la necesidad de contar con los bienes o servicios objeto del presente contrato, por tratarse de causas de interés general o público, por cambios en el proyecto o programa para los cuales se haya pretendido destinar el objeto de este contrato, cuando se corra el riego de ocasionar algún daño o perjuicio al MUNICIPIO, o por caso fortuito o fuerza mayor, bastando únicamente la notificación por escrito~ que se realice al "PROVEEDOR" para que dicha terminación pueda surtir efectos; o bien o por acuerdo entre ~ las PARTES. En cualquier caso, se realizará el pago de los gastos generados al

11

PROVEEDOR11

hasta el -:::r' momento que se notifique la terminación, siempre y cuando dichos gastos estén debidamente comprobados

por el 11PROVEEDOR11•

DECIMACUARTA. - DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de

-cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación.

A DECIMA QUINTA. - DE LA AUTORIZACION PARA UTILIZAR DATOS PERSONALES. El 11

PROVEEDOR11

manifiesta \J tener conocimiento de que el "MUNICIPIO", está sujeto a las disposiciones contenidas en la legislación en

materia de acceso a la información pública gubernamental, y que cuentan con diversas obligaciones, entr las que destacan la publicación de convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos que celebren. En est contexto, el 11PROVEEDOR" manifiesta su consentimiento expreso para que al presente contrato se le

publicidad que la legislación invocada disponga, en las formas que la misma determine.

DECIMA SEXTA.- DE LA GARANTIA.- Las partes manifiesta su conformidad en lo estipulado en los puntos 17.

y 17 .3 de los Bases.

DE CIMA SEPTIMA. - DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCION. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolverlo todo aquello que no esté previamente estipulado en el, las partes acuerdan en regirse en primer término por lo dispuesto en el ANEXO 1 de especificaciones de LAS BASES, la junta aclaratoria, LA PROPUESTA y para lo no previsto en los anteriores se sujetaran a la legislación aplic en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los tribunales que se encue

CIUDAD CON GRAN ,

CORAZON

la circunscripción territorial del Décimo Segundo partido judicial del Estado de Jalisco, con sede en ,_:=:+ Venustiano ~arranza # 1 Autlán de Navarro, Jalisco. México. C.P. 48900

~ 01(317) 38 2 5100 www.autlan.gob.mx.

Page 6: MIGUEL ÁNGEL IÑIGUEZ BRAMBILA, GUILLERMO ESPINOZA …

GOBIERNO MUNICIPAL 2018-2021

Navarro, Jalisco renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.

Previa lectura y enteradas las partes de su contenido y alcances legales manifiestan que en el mismo no existe error, dolo, mala fe o enriquecimiento ilícito, por lo que firman de común acuerdo por triplicado.

"EL MUNICIPIO" "PROVEEDOR"

TESTIGO TESTIGO

CIUDA CON GRAN ,

CORAZON 6

Venustiano Carranza # 1 Autlán de Navarro, Jalisco. México. C.P. 48900 ~ 01(317) 38 2 5100 www.autlan.gob.mx