Autor:
Yraida Yoley Arevalo Pacheco
Ci. 20718330
Prof: Dulcemar Montero
Catedra: Medicina Legal
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
VICERECCTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO ENERO 2015
LA LESIONOLOGIA
Son producidas por instrumentos que constan esencialmente
de una hoja terminada en punta aguda y de uno o dos bordes
cortantes Navajas
Tijeras
Heridas Punzo Cortantes
Láminas delgadas de metal
Son aquellas producidas por
instrumentos
aplanados que tienen uno o dos
bordes cortantes
Cuchillos
Las heridas cortantes se agrupan en tres tipos:
Se producen cuando el
instrumento cortante
penetra perpendicularmente
a la superficie corporal
Cuando el arma cortante
penetra en dirección
oblicua a la piel y tejidos
subyacentes
Son aquellas en los cuales
el arma secciona una parte
del cuerpo humano,
separándola totalmente o
en forma casi total del
resto del cuerpo
HERIDAS EN COLGAJO
LESIONES REGULADAS EN EL CODIGO
PENAL VENEZOLANO
Daño a la integridad física de una persona.
Lesión El Código Penal sanciona aquellos hechos que
atenten contra la integridad física de las
personas
El que sin intención de matar, pero si de
causarle dañó, haya ocasionado a
alguna persona un sufrimiento físico
Si el hecho ha causado una enfermedad mental o
corporal, cierta o probablemente incurable, o la pérdida
de algún sentido de una mano, de un pie, de la palabra,
de la capacidad de engendrar o del uso de algún órgano
LESIONES MENOS GRAVESLESIONES GRAVÌSIMAS
Artículo 413.
será castigado con prisión de
tres a doce meses.
Artículo 414.
será castigado con presidio
de tres a seis años
Si el hecho ha causado inhabilitación permanente
de algún sentido o de un órgano, dificultad
permanente de la palabra o alguna cicatriz
notable en la cara o si ha puesto en peligro la
vida de la persona ofendida
Si el delito previsto en el artículo 413, no solo no ha
acarreado enfermedad que necesite asistencia medica,
sino que tampoco ha incapacitado a la persona
ofendida para dedicarse a sus negocios u ocupaciones
habituales
LESIONES GRAVES
Artículo 415.
la pena será de prisión de
uno a cuatro años.
LESIONES LEVÌSIMAS
Artículo 417.
la pena será de arresto de diez
a cuarenta y cinco días
Si el delito previsto en el artículo 413 hubiere
acarreado a la persona ofendida, enfermedad que
solo necesita asistencia medica por menos de diez
días o sólo la hubiere incapacitado por igual
tiempo para dedicarse a sus negocios ordinarios,
u ocupaciones habituales
LESIONES LEVES
Artículo 416.
la pena será de arresto de
tres a seis meses
HERIDAS CAUSADAS POR PROYECTIL
Elementos Indicadores.
5. Anillo de Enjugamiento:
1. El Tatuaje2. Quemadura
3. Haz:
4. Cono de Dispersión
6. Anillo de Contusión
Es el punto por el cual el proyectil abandona
el cuerpo, tiene bordes evertidos.
Orificio de Entrada.
Es el punto del cuerpo humano en el cual
se produce el impacto del proyectil.
Orificio de Salida.
Trayecto intraorgánico.
COMO PODEMOS SABER A QUE DISTANCIA SE HIZO EL DISPARO
No se observan elementos
constitutivos del disparo. A
diferencia del disparo a corta
distancia.
HERIDAS TERMICAS Y QUEMADURAS
Penetra por todo el espesor de la piel;
incluyendo terminaciones nerviosas,
vasos sanguíneos, linfáticos.
Primer Grado
Se limitan a la capa superficial de la
piel epidermis, se les puede llamar
eritema o epidérmicas
Enrojecimiento de la piel, piel seca.
Dolor intenso tipo ardor.
Segundo GradoTercer Grado
Profunda:
Superficiales:
Experimentar accidentes laborales es un
trauma difícil de superar, por todos los
desequilibrios emocionales y mentales que
producen en ese momento
Son lesiones de músculos, tendones, nervios y
articulaciones que se localizan con más
frecuencia en el cuello, espalda, hombros,
codos, puños y manos
TRAUMAS LABORALES AFECCIONES LABORALES
Pérdida de
seguridad
MiedoDisminución del apetito
Lesión Funcional O Corporal
Gran
Discapacidad
Discapacidad
Temporal Parcial
Discapacidad
Temporal Total
Discapacidad Temporal
Permanente
Discapacidad
Temporal Absoluta
Una lesión física identificable
es causada por un Accidente
es única e independiente de cualquier otra causa