MECANISMOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
Eric Steve Castro
Cristian David Vega
Cristian Alejandro Rodríguez
Cristian Camilo Rodríguez
¿QUÉ SON?
Son los medios por los cuales las personas civiles ejercen su derecho a la protección de los derechos humanos. Por medio de la constitución de 1991 se instauraron estos mecanismos con el fin de brindarle seguridad al pueblo. Estos mecanismos los veremos a continuación.
EL DERECHO DE PETICIÓN
Es el derecho que tiene toda persona de presentar una petición formal frente a una entidad publica o privada a la cual se le haya solicitado algo para obtener así una pronta respuesta. En caso de no tener respuesta pronta se viola automáticamente este derecho. Este se encuentra en el articulo 23 de la constitución.
SOLICITUD DE PETICIÓN DE INFORMACIÓN
Es una petición que se le hace a las autoridades competentes para solicitar información sobre alguna situación de una entidad con el fin de saber como esta actuando.
Esta se debe responder en un plazo de diez días hábiles.
PETICIONES DE INTERÉS PARTICULAR O GENERAL
Es cuando se presente a las autoridades una solicitud en la que se manifieste el deseo de saber sobre una situación que haya sido sometida a investigación administrativa, su respuesta debe ser dentro de 15 días hábiles.
CONSULTAS
Es la que se le pide a las autoridades con el fin de saber el punto de vista que ellos tengan sobre cierta situación. Debe ser respondida a los 30 días hábiles después de la radicación.
QUEJAS
Es la exposición de conductas irregulares que estén siendo llevadas a cabo por las entidades, ya sean publicas o privadas, por parte del solicitante. Esta debe ser resuelta dentro de los 15 días hábiles siguientes.
RECLAMOS
Son presentados en el caso de que alguna entidad este prestando de una manera impertinente o haya suspendido un servicio que el pueblo este usando. Esta debe responderse en un plazo de 15 días.
MANIFESTACIONES
Es el punto de vista que presenta aquella persona que ha realizado la petición sobre algún tema sometido a investigación administrativa. Debe contestarse en un plazo de 15 días hábiles.
HABEAS CORPUS
Es la violación a la libertad ajena, esto se puede presentar en situaciones como capturas donde sean vulnerados las garantías constitucionales. Esta debe ser respondida en un plazo de 36 horas.
HABEAS DATA
Es el derecho de toda persona a conocer y rectificar la información que de ella haya sido recogida en bases de datos o en diversas entidades.
ACCIÓN DE TUTELA
Se recurre a esta en caso de haber sido vulnerados los derechos fundamentales por parte de alguna entidad. Esta no debe ser usada en caso de haber ejecutado otro mecanismo anteriormente.
ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
Este se emplea por la persona con el fin de hacer cumplir las normas con la mayor fuerza de la autoridad o actos administrativos.
ACCIÓN POPULAR
Es una acción que ha sido creada con el fin de defender y proteger los derechos de una comunidad o colectivo para poder evitar problemas mayores a futuro.
Gracias por su atención
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