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M A N U A L DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

M A N U A L DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Manual de Normas y ProcedimientosDe la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social del Estado Nueva Esparta

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CONTENIDOHoja de Aprobacin Estructura Operativa de la Direccin. Control de Actualizacin del Manual. Hoja para Revisin del Manual. Introduccin. CAPITULO I Propsito del Manual. Estructura Organizativa. Funciones de la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Funciones de la Departamento de Desarrollo Comunal Funciones del Departamento de Programas Sociales. Funciones del Departamento de Registro y Control Estadsticos. Bases Legales. CAPITULO II PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-01: Recepcin de Correspondencia (a modo de Informacin) Flujograma. 17 20 i ii iii iv 5

8 10 11 12 13 14 14

PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-01.1: Recepcin y Emisin de Correspondencia (en caso de solicitud de Informacin o trmites de pagos), 21 Flujogramas. 23 PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-02: Elaboracin del Plan Operativo de la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Flujogramas. PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-03 Evaluaciones de Desempeo Flujogramas. PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-04 Apertura del Fondo Rotatorio Flujogramas PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-4.1 Reposicin y Cierre del Fondo Rotatorio Flujogramas PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-05 Recepcin De Bienes, Materiales, Equipos, Artculos Y/O Servicios Flujogramas. 25 28

29 32

33 37

38 40

42 44

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PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-06 Desincorporacin De Bienes Muebles Flujogramas. PROCEDIMIENTO DSPPS-PS-07: Solicitud de Ayudas Tcnicas y Exmenes Mdicos Flujogramas. . PROCEDIMIENTO DSPPS-PS -08: Diseo y Desarrollo de Programas de Difusin y Sensibilizacin Social Flujogramas. PROCEDIMIENTO DSPPS-PS- 8.1: Coordinacin del Plan Estadal sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Flujograma PROCEDIMIENTO DSPPS-PS 8.2: Elaboracin de Reporte de Denuncias de Casos de Violencia Intrafamiliar Flujogramas. PROCEDIMIENTO DSPPS-PS- 09: Coordinacin de los Juegos Estadales Especiales, Nueva Espata Flujograma

45 48

49 52

53 56 57 58

59 60

61 64

PROCEDIMIENTO DSPPS-PS-10: Coordinacin Asistencia Tcnica Odontolgica Dirigida A Nios, Nias y Adolescentes, Nueva Esparta. 65 Flujograma 68 PROCEDIMIENTO DSPPS-DC- 11: Realizacin de Diagnostico y Estudios Socioeconmicos Flujogramas. PROCEDIMIENTO DSPPS-DC- 12: Asesoramiento Tcnico a Organizaciones Comunitarias Flujogramas. PROCEDIMIENTO DSPPS-RE-13: Compilacin y Registro de Informacin Estadstica de los Programas Sociales Flujogramas. Glosario

69 71

72 74

75 77 78

Anexos

79

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i

Presentado por: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social Revisado por: Direccin General de Planificacin y Desarrollo Dpto. de Organizacin y Mtodos Aprobado por: :Gobernador del estado

T.S.U. Adalberto Orta

Econ. Henry Milln Prof. Morel Rodrguez vila

Fecha de Aprobacin: _____/____/ _____

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ii Estructura Operativa de la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social de la Gobernacin del Estado Nueva Esparta

PERSONAL ADSCRITO A LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DIRECCIN RESPONSABLE: DIRECCIN SECTORIAL DE PARTICIPACIN Y PROTECCIN SOCIAL

DIRECTOR (A) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA T.S.U. Adalberto Orta ASESOR JURDICO Antonio Armas. ADJUNTO (A) AL DIRECTOR Oscar Armas JEFE DE DE DESARROLLO COMUNAL Egidio Ordaz COORDINADORES DE PROGRAMAS Dr. Francisco Martnez T.S.U. Blanca Gutirrez Dr. Frank Castillo Lcdo. Daniel Rodrguez T.S.U. Iris Gonzlez Emilia Milln PERSONAL TCNICO Lcda. Trina Acosta Lcda. Trina Cruz T.S.U. Fermidelys Gmez

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iiiCONTROL ACTUALIZACIN DEL MANUAL Cambio de Nmero Fecha de Incorporacin

rea Modificada

Firma

Observaciones

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ivHOJA PARA LA REVISIN DEL MANUAL

REA REVISADA _________________________________________________________ FECHA DE REVISIN ______________________________________________________ REVISIN EFECTUADA POR ________________________________________________ REVISIN N: _______ PGINA_____DE_____

Referencia con Manual de Procedimientos

Observacin

Solucin

Hecho Por

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INTRODUCCIN La Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social realiza sus funciones a travs de coordinadores y con una plantilla de personal, es conveniente mencionar que a partir de la entrada en vigencia de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Administracin Pblica, y la publicacin del Decreto N 1.393 sobre la Organizacin y Funcionamiento de la Administracin Pblica Estadal, publicado en Gaceta Oficial del estado de la misma fecha, bajo el nmero extraordinario E-959, se realiz una evaluacin exhaustiva de dichas funciones, a los fines de clarificar de acuerdo a sus competencias, la denominacin y organizacin de la mismas. En este sentido, se dise una nueva estructura organizativa conformada por tres (3) departamentos: Departamento de Programas Sociales, Departamento de Desarrollo

Comunitario y Departamento de Registro y Control Estadstico. En el Departamento de Programa Sociales se agruparan todos los proyectos del rea social, bajo la responsabilidad de un coordinador por programa; lo que permiti la fusin y eliminacin de unidades administrativas desarticuladas. Esta nueva estructura organizacional prev una mejor funcionalidad en el desarrollo de los programas, planes y proyectos que ejecuta. Los procedimientos aqu descritos se disearon a partir del levantamiento de informacin, anlisis y evaluacin de las rutinas de trabajo, convalidacin de los procedimientos con cada uno de los ejecutores de los procesos actuales originados por las leyes e incorporando las normas que rigen la materia.

La Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social, consustanciada con el sentir de las comunidades del estado Nueva Esparta, disea los programas sociales, atendiendo las experiencias extradas de la relacin permanente ejecutivo regional-comunidad. Igualmente, considera de real importancia el trabajo de las organizaciones no gubernamentales, las cuales, en su labor diaria, recogen la informacin, solicitudes y dems planteamientos que a bien suelen hacer las comunidades, facilitando as, contar con un registro que permita canalizar y dar respuesta efectiva con acciones articuladas.

La Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social cumple con hacer la presentacin del Manual de Normas y Procedimientos, que describe las normas y los procedimientos que deben seguirse en funcin de orientar su gestin institucional, fundamental en el logro de objetivos, administracin, ejecucin y control que pretende desarrollar en forma

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coordinada. Asimismo, se acoge al Artculo N 37 de la Ley de Contralora General de la Repblica, el cual establece Cada entidad del sector pblico elaborar, dentro del contexto de las normas bsicas dictadas por sta; las normas, manuales de procedimientos, indicadores de gestin, ndices de rendimiento y dems instrumentos o resultados especficos para el funcionamiento del sistema de control Interno.

En este sentido, el Director de Participacin y Proteccin Social debe velar por la divulgacin del presente Manual de Normas y Procedimientos, para tales efectos, en los actos de toma de posesin de los cargos, se le debe entregar un ejemplar al nuevo titular.

Este manual entrar en vigencia una vez aprobado por el Gobernador del estado y publicado en la Gaceta Oficial del Estado Nueva Esparta.

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CAPTULO I

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PROPSITO DEL MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS: El propsito del Manual de Normas y Procedimientos es que sirva de gua fundamental en el logro de objetivos, promueva la eficiencia operacional bajo los principios de transparencia, legalidad, eficacia y economa. Es, adems, un instrumento dinmico que debe desarrollarse al ritmo de lo cambios producidos en la administracin pblica y en concordancia con el marco legal que la regula, as como inducir el control interno eficaz de la Direccin. INSTRUCCIONES PARA EL USO DEL MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS:

En el sentido ms amplio de las leyes que rigen el Sistema de Control Fiscal, el Manual de Normas y Procedimientos, luego de ser formalmente aprobado por la mxima autoridad de la Institucin, debe ser sometido a revisin al final de cada ao, a los fines de hacer las modificaciones pertinentes y reemplazar lo que pierde vigencia o cubrir los nuevos requerimientos, indicando adems la forma de identificar las revisiones, modificaciones y actualizaciones.

La Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social es un rgano de la administracin pblica central del estado Nueva Esparta, que se encargar de la formulacin, adopcin, seguimiento y evaluacin de las polticas, estrategias, planes generales, programas y proyectos en las materias de su competencias y sobre las cuales ejerce su rectora, de conformidad con las disposiciones previstas la Ley de Reforma Parcial de la Ley de la Administracin Pblica del estado Nueva Esparta, ao 2006.

NORMAS GENERALES1.

El contenido del manual de normas y procedimientos es de estricto cumplimiento para los funcionarios involucrados, por lo tanto, el Director ser responsable de divulgar su informacin y vigilar su cumplimiento.

2.

La revisin y actualizacin completa de este manual debe hacerse, una vez al ao, a excepcin de aquellos casos donde existan modificaciones o cambios que dependan del ejecutivo regional, los cuales debern ejecutarse de forma inmediata.

3.

Ningn departamento o coordinacin tendr facultad para hacer modificaciones de las normas y procedimientos, sin la debida aprobacin del Sectorial de Participacin y Proteccin Social.

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4.

La Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social, es responsable de suministrar a todo el personal, cualquier informacin para aclarar dudas que puedan surgir respecto a las Normas y Procedimientos establecidos y emitidos en este manual.

5.

Toda solicitud para ayuda tcnica, exmenes especializados, traslados, aplicacin de estudios y diagnstico socioeconmicos, implementacin de visitas sociales, charlas y talleres sobre violencia intrafamiliar, debern ser canalizadas a travs de la Direccin Sectorial por intermedio de sus dependencias.

6.

La Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social, canalizar todas las solicitudes de ayudas mdicas y econmicas, y cualquier otra peticin y servicios a travs de las diferentes instituciones pblicas y privadas, con quien se mantienen convenios, acuerdos y alianzas, dando respuesta oportuna, de acuerdo a las necesidades y a los niveles de servicios.

7.

La Direccin de Participacin y Proteccin Social planificar, ejecutar, dirigir y evaluar todas las polticas pblicas sociales contempladas en el Pan Operativo Anual, (POA) y el Plan Cuatrianual Econmico y Social. En el campo de los programas sociales, y en concordancia con las directrices y estrategia del Gobernador y de alcance regional.

DIRECCIN SECTORIAL DE PARTICIPACIN Y PROTECCIN SOCIALDireccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social

Repblica Bolivariana de Venezuela Gobernacin del Estado Nueva Esparta

Adjunto al Director

Secretaria

Archivo

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Departamento de Programas Sociales

Departamento de Registro y Control Estadstico

Departamento de Desarrollo Comunal

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FUNDANANE

FUNDAINSULAR

PESA

CORPOSALUD

Organismos AdscritosPg. 10

IAMENE: Se encuentra en proceso de liquidacin

Departamento de Organizacin y Mtodos. 2009.

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DESCRIPCIN DE LA ORGANIZACIN

Estructura Organizativa

La Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social de la Gobernacin del estado Nueva Esparta est conformada por tres (3) Departamentos: Programas Sociales, Registro y Control Estadstico y Desarrollo Comunal. Cada departamento estar coordinado por un Jefe, quien se desempea de manera directa bajo la supervisin del Director.

FUNCIONES DE LA DIRECCIN SECTORIAL DE PARTICIPACIN Y PROTECCIN SOCIAL1.

Formular y ejecutar planes para la promocin, asistencia y desarrollo social integral y participativo de la sociedad, a travs de polticas dirigidas al fomento del desarrollo humano, especficamente en los sectores ms sensibles, as como tambin de la familia, juventud, nios, nias y adolescentes y adulto mayor.

2.

Formular y ejecutar programas de atencin integral dirigidos a los nios, nias y adolescentes, personas con discapacidades, que estimulen el proceso de socializacin y acceso a los medios que les permitan su desarrollo personal y el disfrute de los derechos y garantas constitucionales.

3.

Elaborar el Plan Operativo en lo atinente a las polticas sociales del gobierno regional y nacional, de conformidad con la formulacin presupuestaria del estado.

4.

Impulsar convenios con instituciones pblicas y privadas para desarrollar proyectos, planes y programas orientados a prestar atencin a nios, nias, adolescentes y adulto mayor en situacin de alto riesgo social.

5.

Prestar apoyo a organizaciones no gubernamentales, fundaciones sin fines de lucro, organizaciones de base que brinden ayuda social a las personas con discapacidad, a travs de la difusin de la Ley de Proteccin e Integracin de Personas con Discapacidad del estado Nueva Esparta.

6.

Realizar estudios sociales, econmicos, censos, estadsticas, con el fin de diagnosticar la situacin de grupos sociales en situacin de vulnerabilidad y canalizar la bsqueda de soluciones a travs de las polticas de ayuda sociales dictadas por el Gobierno Regional.

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7.

Formular, ejecutar e instrumentar polticas y programas de prevencin y atencin de la violencia contra la mujer y la familia, para ser implementadas, articuladamente, con los organismos receptores de denuncia y atencin de la violencia intrafamiliar.

8.

Ejercer el control de tutela de los entes que estn adscritos, de conformidad con las disposiciones que ordene la Ley de Administracin Pblica del estado Nueva Esparta y dems normas.

9.

Las dems que le atribuyan las leyes y otros actos normativos.

Funciones del Departamento de Desarrollo Comunal

El departamento de Desarrollo Comunal realiza las funciones siguientes:1.

Realizar Censos socioeconmicos, a fin de generar informes estadsticos de la poblacin objetivo.

2.

Diagnosticar los principales problemas existentes en las diferentes comunidades del estado, a fin de determinar las carencias que tiene la comunidad.

3.

Evaluar la informacin recopilada de los estudios socioeconmicos derivados de la comunidad neoespartana.

4.

Generar informes diagnsticos sobre las condiciones psico-social de la comunidad, a fin de mejorar la calidad de vida de la poblacin.

5.

Coadyuvar al desarrollo psico-social del individuo, a travs de planes y proyectos contentivos en las polticas sociales del Ejecutivo Regional, en concordancia con los lineamientos Nacionales.

6.

Prestar asesora tcnica a las organizaciones comunitarias para fomentar su desarrollo y legalizacin. Asimismo, contribuir en la formulacin de proyectos que requiera la comunidad.

7.

Promover la participacin de las organizaciones comunitarias que contribuyan al desarrollo de los programas sociales.

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Funciones del Departamento de Programas Sociales.

El Departamento de Programas Sociales debe desarrollar actividades inherente a las siguientes funciones:

1.

Planificar y coordinar los programas sociales de la Direccin, en concordancia con los lineamientos generales del programa de gobierno del Ejecutivo Regional y los lineamientos nacionales.

2.

Promover el desarrollo de las polticas pblicas sociales en funcin de acciones dirigidas a la cobertura de las necesidades sociales bsicas.

3.

Disear planes operativos de desarrollo social dirigidos a los sectores de la poblacin con mayores carencias, mediante la elaboracin de informes sociales, diagnsticos socioeconmicos y recopilacin de informacin para los anlisis situacionales.

4.

Coordinar y organizar charlas y talleres de sensibilizacin dirigidos a las comunidades, instituciones pblicas y privadas.

5.

Desarrollar programas de difusin de la Ley de Proteccin de personas con discapacidad y la Ley Orgnica sobre el Derecho de la Mujer a una vida libre de violencia, con la finalidad de informar sobre los mecanismos legales competentes.

6.

Coordinar y orientar los mecanismos de ayuda, que contribuya a disminuir los ndices de pobreza en el estado.

7.

Participar en las elaboraciones del Plan Operativo Anual de acuerdo con el Plan Econmico y Social del Ejecutivo Regional y Nacional.

8.

Generar los indicadores de gestin de los programas sociales mensualmente, para evaluar el desempeo de los mismos.

9.

Coadyuvar en el cumplimiento de los convenios y acuerdos con instituciones pblicas y privadas que participen en la ejecucin de programas de inters social.

10.

Supervisar y evaluar la gestin del personal a su cargo.

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Funciones del Departamento de Registro y Control de Estadsticas.1. 2.

Coordinar y procesar la informacin estadsticas en materia de programas sociales. Evaluar los informes estadsticos de los programas sociales, a fin de apoyar a los procesos de compilacin de datos y fortalecer el control de las acciones que garanticen claridad en los informes.

3.

Coadyuvar en la formulacin de las polticas pblicas del estado, en materia de proteccin y participacin social, en concordancia con los lineamientos nacionales.

4.

Coordinar la publicacin de los informes sobre los indicadores de gestin, conjuntamente con la Direccin General de Planificacin y Desarrollo.

5.

Desarrollar e implementar un programa estadstico sistematizado, que permita facilitar el trabajo de insercin de informacin para agilizar el mismo.

BASE LEGAL El manual de normas y procedimientos de la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin social est normado por un conjunto de disposiciones legales, leyes, decretos, resoluciones e instructivos, las cuales deben considerarse en toda su amplitud. Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela. Constitucin del Estado Nueva Esparta (2002) Ley Orgnica de la Contralora General de la Repblica, Gaceta Oficial Nmero 37.317 de fecha 17 de diciembre de 2001. Ley Orgnica de la Administracin Publica: Gaceta oficial N37.305 del 17/10/2001. Ley Contra la Corrupcin, Gaceta Oficial Extraordinaria N 5.637 de fecha 07 de abril de 2003. Ley del Estatuto de la Funcin Pblica, Gaceta Oficial N 37.522 de fecha 06 de septiembre de 2002. Ley de Reforma Parcial de la Administracin Pblica del estado Nueva Esparta, Gaceta Oficial Nmero Extraordinario E-816 de fecha 14 de noviembre de 2006. Ley de proteccin e Integracin a personas, con discapacidad del estado Nueva esparta, Gaceta Oficial Extraordinaria Nmero E-382 de fecha 06 de Enero de 2005. Ley para las personas con Discapacidad, Gaceta Oficial Nmero 38.598de fecha 05 de Enero de 2007. Le Orgnica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Gaceta Oficia Nmero 38.668 de fecha 23 de Abril de 200

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Ley de Consejo Estadal de Planificacin y Coordinacin de Polticas Pblicas. Gaceta Oficial 20 de Agosto de 2002. Nmero 37.509. Ley de Presupuesto de Ingresos y Gastos Pblicos. Ley Orgnica de Presupuesto Estadal Ley de los Consejos Comunales. Decreto N 1.319 sobre Organizacin y Funcionamiento de la Administracin Pblica Estadal, Gaceta Oficial Nmero Extraordinario E-992 de fecha 16 de agosto de 2007. Normas Generales de Control Interno, Gaceta Oficial N 36.299 de fecha 17 de junio de 1997.

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CAPTULO II

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NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA RECEPCIN Y EMISIN DE CORRESPONDENCIAS DE LA DIRECCIN SECTORIAL DE PARTICIPACIN Y PROTECCIN SOCIAL.

PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-01: RECEPCIN Y EMISIN DE CORRESPONDENCIA.

OBJETIVO: Describir las normas y pasos a seguir en la Recepcin y Emisin de Correspondencias, a los fines de garantizar un registro eficiente de actividades o asuntos oficiales que permitan dar respuestas oportunas. ALCANCE: La recepcin y emisin de correspondencia abarca desde que se recibe, revisa y emite respuesta, hasta guardar en el archivo respectivo para control interno de la Direccin.

INVOLUCRADOS: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Coordinador General. Asistente de Oficina II Programadora II Departamentos dependientes de la Direccin.

RESPONSABLES: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Asistente de Oficina II Mensajero

NORMAS ESPECFICAS:1.

Toda correspondencia recibida en la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social, debe ser registrada por el Asistente de Oficina II, en el Libro Control de Correspondencia Recibida, asignndole un nmero correlativo de entrada.

2.

Toda correspondencia recibida debe llevar el sello de la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social., fecha y nombre legible de quien la recibe.

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3.

Toda correspondencia recibida en la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social, debe ser registrada en el sistema automatizado para su control interno.

4.

La Asistente de Oficina II, debe entregar al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social todas aquellas correspondencias que se reciben diariamente, clasificndolas de acuerdo a su naturaleza.

Relativa a la emisin de correspondencia:1.

Las correspondencias emitidas por la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social debe ser registrada por La Secretaria en el Libro Correspondencia Enviadas, asignndole un nmero correlativo.

2.

La Asistente de Oficina II, clasifica las correspondencias de acuerdo a su naturaleza y guarda copia en el archivo respectivo.

3.

El Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social debe examinar la correspondencia recibida y decidir el tratamiento que se dar a la correspondencia ordinaria, as como el funcionario del departamento que se encargar de su trmite.

4.

Toda correspondencia debe llevar un nmero correlativo acorde con el tipo de correspondencia y la fecha de emisin.

5.

Toda comunicacin remitida debe sealar, en la parte inferior izquierda, la inicial del Director, inicial y media firma del Coordinador General, as como inicial del funcionario que la transcribe.

6.

Una vez distribuidas las correspondencias se debe archivar copia debidamente firmada por el ente u organismo receptor.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-DD- 01:

RECEPCIN DE CORRESPONDENCIA (A MODO DE INFORMACIN). Descripcin del Procedimiento:1.

Recibe la correspondencia, coloca sello, fecha, hora y media firma en la parte inferior derecha de la correspondencia en seal de recepcin devuelve copia firmada.

Asistente de Oficina II2. 3. 4.

Registra en Libro Control de Correspondencias Recibidas. Registra la correspondencia en el sistema automatizado. Entrega la correspondencia al Coordinador General para su revisin.

Coordinador General

5.

Recibe la correspondencia, revisa, clasifica e informa al Director(a) Sectorial de Participacin y Proteccin Social.

6.

Coloca en la parte superior derecha de la correspondencia la palabra Guardar e instruye a la Asistente de Oficina II, para el debido control en el archivo de la Direccin.

Asistente de Oficina II

7.

Recibe y guarda la correspondencia, para el respectivo control interno.

Fin del Procedimiento.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-DD- 1.1:

RECEPCIN Y EMISIN DE CORRESPONDENCIA (EN CASO DE SOLICITUD DE INFORMACIN O TRMITES DE PAGOS). Descripcin del Procedimiento:Asistente de Oficina II1. 2. 3. 4.

Recibe la correspondencia, y devuelve copia firmada, colocando fecha, hora, media firma y sello en seal de recepcin. Registra en Libro Control de Correspondencias Recibidas. Registra correspondencia en el sistema automatizado. Entrega correspondencia al Coordinador General, para su revisin.

Coordinador General

Revisa la correspondencia : Correspondencia de Asuntos Ordinarios 6. Entrega la correspondencia al Director, para su informacin y dems fines.5. 7.

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Asistente de Oficina II Coordinador General

Instruye al Asistente de Oficina II, para la elaboracin de la comunicacin, en respuesta a la solicitud o trmite respectivo.

8.

Recibe instrucciones, revisa y elabora comunicacin y tramita.

Correspondencia de Asuntos Extraordinarios: 9. Coloca en la carpeta Documentos por Leer, para la consideracin del Director.10. Revisa contenido de la carpeta Documentos por Leer, indicando

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Asistente de Oficina II

en la parte superior del documento las instrucciones para su tramitacin.11. Recibe correspondencia e instrucciones, entrega para su emisin al

Departamento que corresponda, para emitir respuesta. Departamento de Programas Sociales/ Desarrollo Comunal /Registro y Control Estadstico Programadora II12. Recibe copia de la correspondencia. 13. Emite comunicacin y entrega al Programador II, para su

transcripcin.14. Recibe la correspondencia, transcribe y entrega al jefe del

departamento que corresponda. Departamento de Programas Sociales/ Desarrollo Comunal /Registro y Control Estadstico15. Recibe, revisa correspondencia y entrega al Coordinador General.

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Descripcin del Procedimiento:Coordinador General16. Recibe correspondencia, revisa y decide:

Correspondencia con Errores 17. Devuelve a la Asistente de Oficina II para su correccin. Ir al Paso N 8. Correspondencia sin Errores 18. Entrega al Director para su firma. Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social.19. Revisa y decide:

No est de acuerdo con el contenido: 20. Devuelve al departamento que corresponda sealando las observaciones, modificaciones u objeciones. Ir al Paso N 12. Est de acuerdo con el contenido: 21. Firma comunicacin y entrega a la Asistente de Oficina II, para su tramitacin.

Asistente de Oficina II

22. Recibe, revisa, codifica y relaciona en el Libro de Control de

Correspondencia Enviadas.23. Entrega al mensajero para su distribucin.

Asistente de Oficina II

24. Recibe y guarda copia de la correspondencia para su control,

interno, una vez distribuida. Fin del Procedimiento.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-02: ELABORACIN DEL PLAN OPERATIVO ANUAL DE LA DIRECCIN SECTORIAL DE PARTICIPACIN Y PROTECCION SOCIAL

OBJETIVO: Describir las normas y procedimientos para elaborar el Plan Operativo Anual de la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social, en cumplimiento de la Ley de de la Contralora General de la Repblica.

ALCANCE: Inicia con la recepcin de los lineamientos emitidos por la Direccin General de Planificacin y Desarrollo, anlisis y revisin de los programas sociales hasta su aprobacin por parte del ciudadano Gobernador del estado. INVOLUCRADOS: Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social Direccin General de Planificacin y Desarrollo Gobernador del estado Consejo Estadal de Planificacin y Coordinacin de Polticas Pblicas. Comunidades y organizaciones vecinales.

RESPONSABLES: Director (a) Sectorial de Participacin y Proteccin Social Director General de Planificacin y Desarrollo Jefe (a) Departamento de Programa Sociales

NORMAS TCNICAS DEL PROCEDIMIENTO:1.

La Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social deber elaborar el Plan Operativo Anual, en cumplimiento de lo establecido en el Artculo N7 de la Reforma Parcial del Decreto Nmero 1319 sobre Organizacin y Funcionamiento de la Administracin Pblica Estadal.

2.

Es responsabilidad de las Unidades Ejecutoras y dems instituciones entregar la informacin en la fecha establecida en el cronograma elaborado por la Direccin.

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3.

Los programas, proyectos y metas debe estar en funcin de las estimaciones financieras asignadas.

4.

Las acciones debern corresponder a los procesos medulares de las unidades, y a los planes de gestin.

5.

Los planes deben estar vinculados financiera y presupuestariamente con el presupuesto del ejercicio fiscal.

6.

Ambos planes debe incluir componentes bsicos como: Delimitacin de los objetivos y metas que debern alcanzarse en el perodo del Plan y las respectivas estrategias prioritarias que orientarn la accin pblica. Orientaciones fundamentales en materia social, que se formulen durante el periodo de vigencia del plan. Indicadores de Gestin, mediante los cuales se estima evaluar la ejecucin del Plan.

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PROCEDIMIENTO DSPP-DD-02: ELABORACIN DEL PLAN OPERATIVO ANUAL Descripcin del Procedimiento:Director (a) Sectorial de Participacin y Proteccin Social1.

Recibe mediante oficio, los lineamientos generales de la Direccin General de Planificacin y Desarrollo, para la formulacin del Plan Operativo Anual. 2. Instruye a la Jefatura de los Departamentos de la Direccin acerca de pautas recibidas y la puesta en marcha de las acciones conducentes a la elaboracin de los planes.3.

Jefe (a) del Departamento

Recibe oficio con los lineamientos para la elaboracin del Plan Operativo Anual, (POA). 4. Planifica, coordina y prepara el material contentivo de los programas con sus objetivos, acciones y metas que debern alcanzarse en el perodo del Plan. 5. Entrega al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social, el Plan Operativo para su revisin y fines consiguientes.

6. Evala los programas contentivos en el POA: Director (a) Sectorial de Participacin y Proteccin No Esta de acuerdo con los programas propuestos: Social 7.

Devuelve para que se rediseen los programas contentivos en el plan. Va al paso N 4.

Esta de acuerdo con los programas propuestos:8.

Autoriza la impresin del Plan e instruye para su envi mediante oficio a la Direccin General de Planificacin y Desarrollo, en los lapsos sealados.

Jefe (a) del Departamento

9.

Remite Plan al Programador II para la impresin de (siete (7) ejemplares y un CD. Imprime de acuerdo al procedimiento anterior y entrega al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Autoriza a la Asistente de Oficina II el envo de los instrumentos a la Direccin General de Planificacin y Desarrollo.

Programador

10.

Director (a) Sectorial de Participacin y Proteccin Social Asistente de Oficina II

11.

12. 13.

Elabora el oficio, consigue firma del Director. Remite POA a la Direccin General de Planificacin y Desarrollo. Fin del Procedimiento

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PROCEDIMIENTO DPD-DD-03:

EVALUACIONES DE DESEMPEO OBJETIVO: Describir las normas y pasos a seguir para la evaluacin del desempeo de los funcionarios pblicos dependiente de la Direccin, a los fines de determinar el rendimiento o desempeo del personal durante un periodo determinado.

ALCANCE: Este procedimiento se inicia a partir de la distribucin de las evaluaciones de desempeo a los Directores y jefes y de oficinas y departamentos hasta su correspondiente evaluacin del funcionario. INVOLUCRADOS: Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social Direccin de Recursos Humanos Funcionario Evaluado

RESPONSABLES: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social Coordinador General Jefe de Recursos Humanos

NORMAS GENERALES:1.

El Director es quien coordina el Proceso de Evaluacin del Desempeo de los funcionarios adscritos a la Direccin.

2.

El coordinador General debe aplicar las evaluaciones dos (2) veces al ao, en la fecha prevista, de acuerdo con los lineamientos de la Direccin de Recursos Humanos.

3.

El Coordinador General deber garantizar que las Planillas de Evaluacin de Desempeo se apliquen dependiendo del nivel al cual pertenezca el trabajador, a saber: Para obreros: Evaluacin del Desempeo para Personal Obrero. Para funcionarios de carrera: dependiendo del grado al que pertenezcan, a saber:

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Funcionarios de carrera con grados comprendidos de 01 al 03 segn el Manual Descriptivo de Clases de Cargos (Evaluacin del Desempeo Funcionarios Pblicos a Nivel de Bachilleres).

Funcionarios de carrera con grados comprendidos de 4 al 5 en el Manual Descriptivo de Clases de Cargos (Evaluacin del Desempeo Funcionarios Pblicos Nivel Tcnico).

Funcionarios de carrera con grados comprendidos de 6 al 8 en el Manual Descriptivo de Clases de Cargos (Evaluacin del Desempeo Funcionarios Pblicos a Nivel Profesional).

4.

Para la evaluacin de desempeo del personal se podrn utilizar mtodos tales como: administracin por objetivos, observacin directa del desempeo y, cualquier otro mtodo que pueda alcanzar el objetivo de la evaluacin. Los mtodos aplicados podrn aplicarse por separado o consignados, considerando los siguientes aspectos: Objetivos a alcanzar. Nivel desempeado por el trabajador a evaluar. Complejidad de la naturaleza del desempeo a evaluar.

5.

Siempre que se realice una evaluacin de desempeo debe dejarse un registro formal de la misma; la cual debe ser archivada en el expediente del trabajador evaluado como evidencia escrita de su realizacin.

6.

Una vez discutidos los resultados de la evaluacin de desempeo con el trabajador evaluado, debern ser suscritos por el supervisor o supervisora inmediato o funcionario o funcionaria evaluador y por el funcionario o funcionaria evaluado.

7.

El Funcionario evaluado podr solicitar la reconsideracin de los resultados de la evaluacin en caso de no estar de acuerdo, dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de la notificacin.

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PROCEDIMIENTO DSPP-DD-03: EVALUACIONES DE DESEMPEO Descripcin del Procedimiento:Director1.

Recibe Formatos e instructivo de la Direccin General de Recursos Humano mediante oficio, para la aplicacin del instrumento de Evaluacin de Desempeo al personal profesional, tcnico y administrativo. 2. Suministra al Coordinador General y Jefes de Departamentos lo formatos de Evaluacin del Desempeo, para su aplicacin3. 4. 5.

Coordinador General /Jefes de Departamentos. Director

Recibe, revisa y aplica, conforma el instrumento de Evaluacin. Entrega Evaluacin de Desempeo al Director, para su validacin. Valida las Evaluaciones y autoriza su envo a la Direccin General de Recursos Humanos, en el lapso pre-establecido.

Direccin General de Recursos Humanos

6.

Recibe, analiza y emite Informe de los resultados de las evaluaciones aplicadas, indicando el promedio de puntaje obtenido. 7. Remite mediante oficio los resultados de la evaluacin al Director para su conocimiento.8.

Director

Recibe oficio con informacin sobre los resultados de las Evaluaciones de Desempeo y entrega al Coordinador General y jefes de Departamentos.

Coordinador General /Jefes de Departamentos

9. 10.

Procede a reunirse con el personal a su cargo. Discute los resultados de las evaluaciones, de acuerdo con el oficio de notificacin. 11. Entrega oficio de notificacin a su supervisado.12.

Personal Evaluado

Recibe oficio de notificacin de resultados de la evaluacin En desacuerdo con los resultados de la evaluacin : 13. Solicita por escrito reconsideracin en un lapso de cinco (5) das hbiles siguientes a su notificacin. Va al paso N 6 Esta de acuerdo con los resultados de la evaluacin: 14. Firma notificacin de resultados de la evaluacin en seal de conformidad. Fin del Procedimiento.

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PROCEDIMIENTO DPD-DD-04 APERTURA, MANEJO Y RENDICIN DE FONDOS ROTATORIOS OBJETIVO Describir las normas y pasos a seguir para la apertura de fondos rotatorios que permitan cubrir gastos de forma inmediata en la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. ALCANCE: Abarca desde la identificacin de gastos que se requieran cubrir de forma inmediata, verificacin de disponibilidad presupuestaria, emisin de Resueltos hasta la elaboracin de expedientes por cada fondo rotatorio y respectiva rendicin ante la Oficina de Contabilidad Fiscal. Se complementa con los procedimientos Elaboracin y Tramitacin de Ordenes de Pago y Elaboracin y Tramitacin Resueltos Finanzas Pblicas Estadal. INVOLUCRADOS: Direccin Sectorial de Participacin y proteccin Social Direccin General de Finanzas Pblicas Tesorera General del estado Oficina de Presupuesto Departamento de Ordenacin de Pagos Departamento de Contabilidad Fiscal

Responsables: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social Director General de Finanzas Pblicas. Coordinador General Coordinador (a) de Programa

Normas Generales: 1. La Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social puede gestionar la apertura de fondos rotatorios para cubrir gastos de forma inmediata, previa autorizacin del gobernador del estado mediante punto de cuenta.

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2.

El Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social debe solicitar por escrito a la Direccin General de Finanzas Pblicas realice los trmites necesarios para aperturar los fondos rotatorios que permitan cubrir gastos de forma inmediata, especificando: Monto de apertura del fondo Cdigo presupuestario de imputacin Descripcin de gastos a cubrir.

3.

La Direccin General de Finanzas Pblicas debe emitir y tramitar los resueltos que autorizan la apertura de un fondo rotatorio, en el cual debe especificar: responsables de su manejo, monto mximo a cubrir en cada oportunidad, monto de apertura, partida a la cual se carga el gasto y ejercicio fiscal que corresponde.

4.

La Tesorera General del estado debe gestionar ante la entidad bancaria y/o financiera la apertura de la Cuenta Corriente correspondiente a un fondo rotatorio, remitiendo a la Direccin, las chequeras respectivas.

5.

La Coordinadora de programa debe garantizar la rendicin ante la Departamento de Contabilidad Fiscal de la Direccin General de Finanzas Pblicas de la administracin de los recursos manejados en los fondos rotatorios aperturados para cubrir gastos de forma inmediata, cuando se ejecute el 80%.

6.

La Departamento de Contabilidad Fiscal debe revisar y examinar los soportes de los gastos efectuados a travs del fondo rotatorio rendido, emitiendo por escrito las observaciones o satisfacciones en el manejo del mismo.

7.

El expediente para la rendicin de un fondo rotatorio debe ser emitido en original y una (01) copia para ser distribuidas de la siguiente manera: Original: Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Copia 1: Departamento de Contabilidad Fiscal

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8.

El Expediente para la rendicin de un fondo rotatorio debe estar estructurado de la siguiente manera: Resolucin de la Direccin General de Finanzas Pblicas Copia de orden de pago Copia depsito apertura de cuenta Relacin detallada de cheques Relacin detallada ejecucin del fondo Estado de cuenta emitido por la entidad bancaria a la fecha. Soportes por cada gasto (solicitud, voucher, factura, presupuestos, recibo, etc.) ordenados cronolgicamente.

Relativa a la reposicin del fondo

9.

El Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social

puede reponer un fondo

rotatorio si considera pertinente y cuenta con recursos presupuestarios para hacerlo, debiendo consignar para ello la respectiva Solicitud de Pago por el monto a reponer y soportar el gasto con una copia del expediente de rendicin y comunicacin suscrita por el Departamento de Contabilidad Fiscal relativa a las satisfacciones en el manejo del mismo.

Relativa al Cierre de un Fondo Rotatorio 10. Al trmino de cada ejercicio fiscal o cuando as se decidiera, el fondo rotatorio debe ser cerrado, guardando el cumplimiento de lo siguiente: Solicitar por escrito a la entidad bancaria el cierre de la cuenta aperturada para su manejo y remisin del ltimo estado de cuenta. Consignar ante el departamento de Contabilidad Fiscal la rendicin de cuentas. Emitir comunicacin dirigida a departamento de Contabilidad Fiscal en la que se solicita el cierre del fondo rotatorio, anexando la rendicin, chequera y soportes de la clausura de la cuenta.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-04: APERTURA DEL FONDO ROTATORIO Descripcin del ProcedimientoDirector Sectorial de Participacin y Proteccin Social 1. Instruye a la Coordinadora de Programa, para que se emita comunicacin de solicitud de Apertura del Fondo Rotatorio dirigida a la Direccin General de Finanzas Pblicas. Instruye al programador II, para que elabore correspondencia dirigida al Director General de Finanzas Pblicas solicitando Apertura del Fondo Rotatorio. Elabora la correspondencia y punto de cuenta y entrega al Director para la firma. Revisa, firma y entrega a la Coordinadora de Programa, a fin de realizar los trmites correspondientes. Enva comunicacin y Punta de Cuenta a la Direccin General de Finanzas Pblicas Estadal, guardando copia en control interno. Recibe Resuelto aprobado con su respectivo recibo, consigue firma del Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social y remite a la Tesorera del estado, a fin de que realice los trmites correspondientes.

Coordinadora de Programa

2.

Programador II Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social

3. 4.

Coordinadora de Programa

5.

6.

Una vez tramitadas y aprobadas las ordenes de Pago y Cheques respectivos. 7. Recibe de Tesorera General del estado, nmero de cuenta debidamente aperturada, acompaada de copia de los talones de depsito y chequeras correspondientes. Apertura expediente por cada resuelto y cuenta corriente para seguimiento del fondo rotario. Fin del Procedimiento

8.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-DD- 4.1:

REPOSICIN Y CIERRE DEL FONDO ROTATORIO Descripcin del ProcedimientoUna vez ejecutado el 80% del Fondo Rotatorio Coordinadora de Programa 1. Compagina soportes del expediente correspondientes al Fondo Rotatorio. 2. Elabora correspondencia de rendicin dirigida al Departamento de Contabilidad Fiscal y entrega al Coordinador General para su revisin. 3. Revisa el expediente de rendicin de fondos. 4. Entrega al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social para la firma. 5. Instruye a la Coordinadora de Programa para su debida tramitacin. 6. Relaciona expediente y enva al Departamento de Contabilidad fiscal, guardando una copia para su control interno. 7. Recibe el expediente, revisa y emite consideraciones del fondo rotatorio. 8. Recibe oficio contentivo de las observaciones y/o consideraciones, revisa, evala y decide conjuntamente con el Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. No se repone Fondo Rotatorio 9. Entrega oficio contentivo de las observaciones y/o consideraciones a la Coordinadora de Programa, a fin de efectuar los trmites pertinentes al cierre del fondo rotatorio. Se repone Fondo Rotatorio 10. Entrega oficio contentivo de las observaciones y/o consideraciones e instruye a la asistente de Oficina II, para que tramite lo necesario para la reposicin del fondo. Coordinadora de Programa 11. Solicita disponibilidad presupuestaria. 12. Elabora solicitud de reposicin del fondo y solicitud de pago por el monto de lo gastado a la fecha segn lo rendido y entrega al Coordinador General.

Coordinador General

Coordinadora de Programa

Departamento de Contabilidad Fiscal Coordinador General

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Descripcin del ProcedimientoCoordinador General 13. Revisa oficio de Solicitud de Reposicin del Fondo contentivo de los siguientes soportes: Solicitud de pago, Relacin de gastos, Orden de compra, Orden de pago y entrega al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social para su aprobacin. 14. Revisa y firma la solicitud de reposicin del fondo con sus respectivos soportes y entrega a la Coordinadora de Programa, para su tramitacin. 15. Recibe la solicitud de reposicin del fondo con sus respectivos soportes y enva al Departamento de Contabilidad Fiscal, guardando copia para su control interno. Cierre el Fondo Rotatorio 16. Solicita por escrito el cierre de la cuenta aperturada para su manejo y remisin del ltimo estado de cuenta, previa autorizacin del Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social 17. Consigna ante el Departamento de Contabilidad Fiscal la rendicin de cuentas segn Planilla de Situacin del Fondo de Avance, Libro Auxiliar de Banco y Conciliacin Bancaria. 18. Emite comunicacin dirigida al Departamento de Contabilidad Fiscal, en la que solicita el cierre del Fondo Rotatorio, anexando la rendicin, chequera y soportes de la clausura de la cuenta, guardando una copia de acuse de recibo en control interno Fin del Procedimiento.

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social

Coordinadora de Programa

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PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-05

RECEPCIN DE BIENES, MATERIALES, EQUIPOS, ARTCULOS Y/O SERVICIOS

OBJETIVO: Describir las normas y pasos necesarios para la recepcin de bienes, artculos, materiales, equipos y servicios, adquiridos por la Direccin Sectorial de Participacin Y Proteccin Social.

ALCANCE: Abarca desde la recepcin de bienes, materiales, equipos, artculos y/o servicios, hasta la conformacin del acta de entrega, se complementa con Incorporacin de Bienes Muebles, Elaboracin y Tramitacin de Ordenes de Pago. INVOLUCRADOS: Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Departamento de Bienes Regionales

RESPONSABLES: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Jefe del Departamento de Bienes Regionales Asistente de Oficina II

NORMAS GENERALES:1.

El Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social debe conformar el Acta de entrega de recepcin de materiales, artculos y equipos, previa verificacin o chequeo, que el bien recibido coincida con lo requerido en cantidades y especificaciones.

2.

El Departamento de Bienes Regionales debe entregar a la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social los materiales, artculos, equipos de oficina segn Orden de Compra o Servicio, a los fines de garantizar la exactitud de la cantidad, as como la calidad y las condiciones en general de lo recibido.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-05 RECEPCIN DE BIENES, MATERIALES, EQUIPOS, ARTCULOS Y/O SERVICIOS.

Descripcin del Procedimiento Asistente de Oficina II 1. Recibe mediante oficio el bien, material, artculos y equipos por parte del Departamento de Bienes Regionales y entrega al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. 2. Recibe oficio de entrega del bien, material, artculos y equipos o servicio. 3. Verifica que coincida con lo requerido en cantidades y especificaciones y decide: En caso de no estar conforme 4. Devuelve a Bienes Regionales. En caso de estar conforme 5. Firma el acta de entrega del bien, material, artculos y equipos o servicio 6. Entrega Acta del bien, material, artculos y equipos o servicio a la Asistente de Oficina II, para su tramitacin y control respectivo. Asistente de Oficina II 7. Recibe Acta del bien, material, artculos y equipos o servicio. 8. Remite dos copias a Bienes y Materia y Guarda una copia para su control interno. Fin del Procedimiento

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social

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PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-06

DESINCORPORACIN DE BIENES MUEBLES OBJETIVO: Describir las normas y pasos a seguir para la desincorporacin de Bienes Muebles de la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. ALCANCE: Abarca desde la solicitud de desincorporacin del bien mueble ante el Departamento de Bienes y Materia hasta la firma del Acta de Desincorporacin y entrega al Departamento de Bienes y Materias, para su debido control. INVOLUCRADOS: Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social Departamento Bienes y Materias Departamento de Contabilidad Fiscal

Responsables: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social Jefe del Departamento Bienes y Materias. Jefe de Contabilidad Fiscal

Normas Generales: 1. El Departamento de Bienes y Materias es la nica dependencia de la Gobernacin del estado Nueva Esparta autorizada a canalizar la Desincorporacin de Bienes del estado. 2. La Forma Relacin del Movimiento de Bienes debe estar conformada por el Jefe de Bienes y Materias y el Registrador de Bienes y Materias. 3. Es responsabilidad de la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social informar al Departamento de Bienes y Materias cuando aparezca en inventario un bien cuyo fsico no exista en la Direccin., a los fines de efectuar la correspondiente desincorporacin e investigacin.

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Relativas a la desincorporacin de bienes muebles: 4. La Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social debe solicitar al Departamento de Bienes y Materias la desincorporacin de bienes muebles de sus inventarios a travs de un oficio explicativo, donde fundamenten dicha solicitud.

5.

Los criterios establecidos para solicitar la desincorporacin de bienes muebles registrados en el inventario de una unidad de trabajo son: Traslado del bien mueble a otras unidades de trabajo Cesin uso del bien mueble Bien inservible Deterioro Destruccin Obsolescencia Faltantes en el inventario Correccin de incorporaciones, entre otros.

6.

Los bienes muebles no pueden ser desincorporados por depreciacin de acuerdo con lo establecido en la Publicacin N 9 de la Contralora General de la Repblica.

7.

Toda desincorporacin por concepto de un bien inservible debe registrarse con el valor que aparece en los libros. La forma Acta de Desincorporacin de Bienes" debe estar conformada por dos (02) testigos y el Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social.

8.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-DD-06 DESINCORPORACIN DE BIENES MUEBLES

Descripcin del Procedimiento Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social 1. Solicita ante la Oficina de Bienes y Materias la desincorporacin del bien mueble de sus inventarios a travs de un oficio explicativo. 2. Verifica las condiciones del bien a desincorporar y los fundamentos para dicha solicitud. 3. Elabora Acta de Desincorporacin y remite a la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Socia para su validacin. 4. Firmar el Acta de Desincorporacin y entrega al Departamento de Bienes y Materias, para debido control. 5. Registra en el reporte Relacin del Movimiento de Bienes, y enva copia y Acta al Departamento de Contabilidad Fiscal. 6. Recibe copia del reporte y Acta Desincorporacin, verifica y guarda. de

Departamento de Bienes y Materias

Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social

Departamento de Bienes y Materias

Departamento de Contabilidad Fiscal

Fin del Procedimiento

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NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA COORDINACIN DE PROGRAMAS SOCIALESPROCEDIMIENTO DSPPS-PS 07: SOLICITUD DE AYUDAS TCNICAS Y EXMENES MDICOS OBJETIVO: Describir las normas y pasos a seguir para otorgar ayudas tcnicas y exmenes mdicos a nios, nias, adolescentes, adultos mayores con problemas de discapacidad de escasos recursos del estado Nueva Esparta. ALCANCE: Abarca desde la recepcin de la solicitud de la ayuda y exmenes, evaluacin de los informes, revisin de requisitos preestablecidos, articulacin de la ayuda tcnica ante institutos, organizaciones no gubernamentales, fundaciones, asociaciones civiles y empresas privada hasta la respuesta al solicitante o beneficiario. INVOLUCRADOS: Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social Coordinacin del Programa Social Instituciones Pblicas y privadas y ONGS Solicitante o Beneficiario

RESPONSABLES: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social Coordinador del Programa Social

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NORMAS:1.

Las solicitudes deben ir acompaadas de los siguientes recaudos, segn el caso: Oficio de solicitud de la ayuda Copia de la Cdula de Identidad, en caso de ser menor de edad, fotocopia de la partida de nacimiento. Informe mdico y rcipe en original.

2.

Todas las solicitudes de ayudas deben ser aprobadas por el Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Cada coordinacin deber dar respuesta de la solicitud de las ayudas en un lapso de quince (15) das hbiles, a partir de la fecha de la solicitud, de lo contrario debe incluir en una lista de espera.

3.

4.

El Director Sectorial de Participacin y Proteccin debe velar por dar respuesta efectiva a las lista de espera en orden de solicitudes de ayudas tcnicas, que no se hayan sido otorgadas o los lapsos establecidos en la norma anterior.

5.

Corresponde a la institucin que realiza la entrega de la ayuda tcnica llenar el acta de entrega de la ayuda tcnica otorgada al solicitante.

6.

Corresponde a la Direccin Sectorial de participacin y Proteccin Ciudadana mantener un registro del Nmero de solicitudes con los datos personales del solicitante. El registro debe estar numerado en orden consecutivo.

7.

Cada coordinador de programas sociales debe llevar un archivo de los documentos del solicitante. Cada coordinador debe elaborar un reporte mensual de ayuda tcnicas solicitadas y otorgadas y entregarlas al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social.

8.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-PS-07: SOLICITUD DE AYUDAS TCNICAS Y EXMENES MDICOS

Descripcin del Procedimiento:Asistente de Oficina I1.

Recibe del despacho del gobernador o de personas solicitud de ayuda tcnica (sillas, bastones, andaderas, muletas, coches ortopdicos) para personas con discapacidad 2. Revisa los requisitos de la solicitud (cdula de identidad del solicitante, informe mdico, informe socioeconmico, carta dirigida al gobernador). Recaudos incompletos segn solicitud emitida por el Despacho del Gobernador: 3. Contacta telefnicamente al demandante de la solicitud o realiza visita segn los datos e informa sobre los recaudos necesarios para tramitar dicha solicitud de acuerdo a la norma N 1. Recaudos completos: 4. Entrega al Coordinador del programa social al que corresponda Recaudos incompletos por parte del demandante de la solicitud: 5. Informa a la persona demandante de la solicitud de manera verbal, sobre los recaudos que debe presentar de acuerdo con la norma N 1. Recaudos completos: 6. Entrega al Coordinador (a) de Economa Comunitaria al que corresponda.7. 8.

Coordinador Comunitaria

(a)

de

Economa

Evala la solicitud de la ayuda tcnica. Prepara listado o reporte de las solicitudes y remite al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social, para su consideracin

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social

9.

Recibe el listado o reporte y coordina la solicitud de la ayuda tcnica para personas con discapacidad ante la institucin respectiva, para su tramitacin efectiva. 10. Efecta los contactos con institutos, fundaciones, ongs y empresas privadas. 11. Informa al Coordinador (a) de Economa Comunitaria grama sobre las posibles entregas de la ayuda tcnica12.

Coordinador de Economa Comunitaria

Realiza contacto con el solicitante o beneficiario e informa lugar y fecha de entrega de la ayuda tcnica. Fin del Procedimiento

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NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL DISEO Y DESARROLLO DE PROGRAMAS DE DIFUSIN Y SENSIBILIZACIN DE PROGRAMAS SOCIALES PROCEDIMIENTO DSPPS-PS-08 DISEO Y DESARROLLO DE PROGRAMAS DE DIFUSIN Y SENSIBILIZACIN SOCIAL OBJETIVO: Describir las normas y los procedimientos para el diseo y desarrollo de programas de difusin y sensibilizacin social, enmarcados en el programa de gobierno del estado Nueva Esparta y en concordancia con las polticas sociales emanadas del Ministerio Popular para la Participacin y Proteccin Social a desarrollarse ALCANCE: Abarca desde la diseo y elaboracin del material informativo, elaboracin del cronograma de charlas y talleres, evaluacin y aprobacin por parte del Director hasta la ejecucin de dicho cronograma, con base en la jerarquizacin de las necesidades de las comunidades. INVOLUCRADOS: Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Departamento de Programas Sociales RESPONSABLES: Director (a) Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Jefe (a) del Departamento de de Programas Sociales Coordinador (a) de Economa Comunitaria

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NORMAS GENERALES:1.

Las charlas y talleres que se dicten en las comunidades deben ejecutarse con el visto bueno del Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social.

2.

El material informativo a reproducirse para el desarrollo de charlas y talleres debe ser autorizado por el Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social.

3.

El coordinador del programa debe elaborar el material informativo, un cronograma de la programacin, lista de asistencia de los participantes, registro del material entregado.

4.

Es responsabilidad del abogado I velar por los equipos que utilicen para difundir las charlas y talleres.

5.

El coordinador (a) del programa debe elaborar un reporte mensual de todas las charla realizadas, que indiquen el nmero de participantes por actividad. Asimismo debe entregar al Director un reporte mensual de todas las charlas realizadas.

6.

El Coordinador General del programa debe coordinar con el Departamento de Registro y Control Estadsticos la elaboracin de los indicadores de gestin e informe de gestin anual de la direccin. Normas relativa al programa de violencia intrafamiliar:

1.

El coordinador del programa debe llevar un registro de las denuncias que remiten los rganos receptores de casos de violencia intrafamiliar y elaborar un informe anual de las estadsticas de nmero de casos por prefecturas.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-PS-08:

DISEO Y DESARROLLO DE PROGRAMAS DE DIFUSIN Y SENSIBILIZACIN SOCIAL.

Descripcin del Procedimiento:Coordinador del programa social1.

Elaborar material informativo (Dcticos, leyes y afiches), para realizar talleres y charlas y lo presenta al Director para su aprobacin y tramitacin. Revisa y evala el material informativo de charlas y talleres e Instruye al Asistente de Oficinista II, para que elabore memorando de solicitud de compra del material a la Direccin General de Finanzas Publicas, con copia al Departamento de Compra. Elabora el memorando de solicitud de compra del material informativo y enva a la Direccin General de Finanzas Pblicas, con copia al Departamento de Compra, previa conformacin del Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Recibe la solicitud de compra e instruye su tramitacin ante el departamento de compra. Recibe el material solicitado del Departamento de Bienes Regionales y entrega al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Chequea conjuntamente con el coordinador del programa e instruye al Asistente de oficina II, para que solicite mediante memorando la reproduccin del material. Enva memorando a la Secretaria General de Gobierno, para que autorice a la Imprenta del Estado, la reproduccin del material informativo.

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social.

2.

Asistente de Oficinista II

3.

Direccin General de Finanzas Publicas Asistente de Oficinista II

4.

5.

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social.

6.

7.

Asistente de Oficinista II

Fin del Procedimiento.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-PS -8.1 COORDINACIN DEL PLAN ESTADAL SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Descripcin del Procedimiento:Coordinador del Programa de Violencia Intrafamiliar1.

Coordina y planifica acciones articuladas con Instituciones y ONGS, para realizar el plan es Plan Estadal sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y discutir la problemtica de los casos de violencia intrafamiliar, e informa al Director. Instruye a la Coordinadora del Programa de Violencia Intrafamiliar a realizar convocatoria de reuniones.

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Coordinador del Programa de Violencia Intrafamiliar

2.

3. 4. 5. 6. 7.

Convoca a reunin para atender los casos de violencias intrafamiliar en todo el estado. Acuerda fecha para la elaboracin del plan de trabajo. Coordina mesas de trabajo para discutir y realizar el plan. Compila la informacin obtenida de las mesas de trabajo. Elabora el Plan Estadal sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de atencin a la problemtica de los casos de violencia intrafamiliar y entrega al Director para su conocimiento y fines consiguientes. Recibe el Plan Estadal sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia e informa al gobernador. Fin del Procedimiento

Coordinador del Programa de Violencia Intrafamiliar

8.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-PS -8.2 ELABORACIN DE REPORTE DE DENUNCIAS DE CASOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Descripcin del Procedimiento:Asistente de Oficina II1.

Recibe memorando de la Direccin Sectorial de Participacin y Seguridad Ciudadana con el nmero de denuncias por Violencia Intrafamiliar emitido por los rganos Receptores de Denuncias. 2. Enva la informacin suministrada a la Coordinacin del Programa de Violencia Intrafamiliar.3.

Coordinador del Programa de Violencia Intrafamiliar.

Revisa y registra en un Formato las denuncias de casos de violencia intrafamiliar, a fin de llevar un control de la prefectura que las envan. 4. Elabora un reporte del nmero de denuncias de violencia intrafamiliar y entrega al Director, a fin de mantenerlo informado.5.

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social.

Examina y evala el reporte del nmero de denuncias de violencia intrafamiliar. 6. Autoriza a la coordinadora del programa para que defina acciones articuladas con otras Instituciones y ONGS, para atender los casos de violencias intrafamiliar en todo el estado.

Fin del Procedimiento

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PROCEDIMIENTO DSPPS-PS-09: COORDINACIN DE LOS JUEGOS ESTADALES ESPECIALES, NUEVA ESPATA OBJETIVO: Describir las normas y los procedimientos para la coordinacin de los juegos deportivos especiales en diferentes disciplinas, a fin de fomentar la ejecucin de actividades de integracin social a la personas con discapacidad, enmarcados en el programa de gobierno de estado Nueva Esparta. ALCANCE: Abarca desde la solicitud de autorizacin a la Zona Educativa, articulacin con ongs, CONAPDIS, institutos de educacin especial, instituciones pblica y privadas, nombramiento del comit organizador, elaboracin de cronograma hasta la designacin de los funcionarios que asistirn en apoyo a los juegos en representacin de la Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. INVOLUCRADOS: Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Departamento de Programas Sociales Comit Organizador RESPONSABLES: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Jefe (a) del Departamento de de Programas Sociales Coordinador del Programa

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NORMAS GENERALES:1.

El Director es el responsable de coordinar la logstica para la realizacin de los juegos deportivos especiales para nios, nias y adolescentes, articulando acciones interinstitucionales.

2.

El Director debe coordinar con las escuelas de educacin especial y ONGS, que trabajan con nios, nias y adolescentes con discapacidad

3.

El Comit organizador es el encargado de coordinar y preparar la programacin de los juegos especiales para nios, nias y adolescentes con discapacidad.

4.

El Director debe solicitar la autorizacin a la Zona Educativa, Seccional Nueva Esparta, para coordinar los juegos especiales.

5.

El coordinador del programa debe participar en la elaboracin del material informativo, cronograma de Juegos por disciplinas, lista de asistencia de los participantes,

6.

El coordinador (a) del programa debe elaborar un reporte mensual de todas las accione articuladas.

7.

El Director debe propiciar y concretar acuerdos y compromisos para obtener los recursos materiales para la logstica, desde la dotacin de uniformes,(gorras, camisas y monos) premiacin (medallas, y certificados); refrigerio (agua, cachitos y cotillones) y transporte para que se realicen los juegos especiales, en las siguientes disciplinas: (artes marciales, natacin, Bowling, kickinball, atletismo y tenis de mesa)

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PROCEDIMIENTO DSPPS-PS-09:

COORDINACIN DE LOS JUEGOS ESTADALES ESPECIALES, NUEVA ESPATA

Descripcin del Procedimiento:Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social.1.

Solicita mediante oficio autorizacin a la zona educativa para la realizacin de juegos especiales. 2. Convoca reunin a ONGS que trabajan con nios, nias y adolescentes con discapacidad, institutos de educacin especial, Conapdis, instituciones pblicas y privada. 3. Nombra el Comit organizador para elaborar el cronograma de los juegos.4.

Comit organizador

Elabora el cronograma para realizacin de los juegos especiales y entrega al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Instruye al coordinador de economa comunitaria a gestionar las acciones correspondientes.

Director Sectorial de Participacin Y Proteccin Social. Coordinador de Economa Comunitaria

5.

6.

Prepara oficio de solicitud de colaboracin dirigido a ONGS. institutos de educacin especial, Conapdis, instituciones pblicas y privada. 7. Informa al Director sobre el cronograma de juegos, lugar y fecha de entrega de uniformes por disciplina y acuerdos y compromisos para obtener los recursos materiales para la logstica, desde la dotacin de uniformes (gorras, camisas y monos) premiacin (medallas, y certificados); refrigerio (agua, cachitos y cotillones) y transporte. 8. Entrega a Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social listado de participantes (nios, nias y adolescentes con discapacidad) de las escuelas de educacin especial y ONGS, por disciplinas.9. 10.

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social

Recibe listado de participantes. Designa al personal adscrito a su despacho para que asistan a la realizacin de los juegos y presten la debida colaboracin. 11. Entrega listado de participantes (nios, nias y adolescentes con discapacidad) de las escuelas de educacin especial y ONGS, por disciplinas al Departamento de Registro y Control Estadstico, para sus fines consiguientes.

Fin del Procedimiento

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Procedimiento DSPPS-PS-09: Coordinacin de los Juegos Estadales Especiales,Nueva EspartaDirector Sectorial de Participacin y Proteccin SocialINICIO1

Comit Organizador

Coordinador de Economa Comunitaria

Solicita autorizacin

Oficio2

Convoca reunin3 4

Nombra comit organizador5

Elabora cronograma y entrega

Instruye su tramitacin A A6

Prepara solicitud de colaboracin CONAPDIS Ongs

Institutos de educacin especial

Institutos pblicos y privados7

Informa

Cronograma de logstica8

Entrega listado B Recibe listado9

B Participantes por disciplina

Participantes por disciplina10

Designa personal11

Entrega listado

FIN

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PROCEDIMIENTO DSPPS-PS- 10: ASISTENCIA TCNICA ODONTOLGICA DIRIGIDA A NIOS, NIAS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD OBJETIVO: Describir las normas y los procedimientos para brindar asistencia tcnica odontolgica a los nios, nias y adolescentes y en especial a nios con discapacidad, en coordinacin con la Zona Educativa, (ZENE), la Direccin Sectorial de Educacin, (DENE), colegio de odontlogo y empresas privadas, a fin de articular esfuerzos con la implementacin del programa de salud oral. ALCANCE: Abarca desde la visita realizada por la coordinacin tcnica a los institutos de educacin especial, instituciones pblica y privadas, elaboracin de diagnstico de salud bucal, y plan de asistencia hasta la prestacin del servicio odontolgico. INVOLUCRADOS: Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Departamento de Programas Sociales

RESPONSABLES: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Jefe (a) del Departamento de de Programas Sociales Coordinador Tcnico

NORMAS GENERALES:1.

El Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social debe coordinar y concretar la suscripcin de convenios con la Procter &Gamble, a fin de garantizar la salud oral de nios, nias y adolescentes del estado Nueva Esparta.

2.

El Coordinador Tcnico debe gestionar con la Zona Educativa, (ZENE), la Direccin Sectorial de Educacin, (DENE), colegio de odontlogo y empresas privadas todos los trmites necesarios para el desarrollo de las actividades del programa de salud bucal para nios, nias y adolescentes con discapacidad.

3.

El Coordinador Tcnico es el responsable de hacer el diagnstico de salud bucal, plan de asistencia y coordinar la prestacin del servicio odontolgico. .

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4.

El coordinador del programa debe facilitar la entrega de un Kits informativo suministrado por la Procter &Gamble.

bucal y material

5.

El Coordinador Tcnico del programa debe elaborar un reporte mensual de todas las accione articuladas.

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PROCEDIMIENTO DSPPS-PS-10:

COORDINACIN ASISTENCIA TCNICA ODONTOLGICA DIRIGIDA A NIOS, NIAS Y ADOLESCENTES, NUEVA ESPARTA.

Descripcin del Procedimiento:Coordinador Tcnico del Programa.1.

Visita a centros de educacin especial dependientes de la ZENE y adscritos a la DENE, previa autorizacin del Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. 2. Presenta propuesta de implementacin del Plan de Salud Bucal. 3. Recibe listado de nios, nias y adolescentes, para la realizacin de diagnstico odontolgico. 4. Informa al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social sobre los acuerdos para implementacin del Plan de Salud Bucal, y entrega para su validacin.5.

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Coordinador Tcnico del Programa.

Recibe y valida Plan de Salud Bucal e instruye su implementacin.

6.

Elabora cronograma del Plan de Salud Bucal contentivo de las siguientes acciones: Lugar, fecha y hora para la jornada bucal. Nmero de nios, nias y adolescentes que sern atendidos Nmero de odontlogos que prestaran el servicio. Cantidad de material odontolgico a utilizar. Unidades de transporte disponible para el traslado de Nios, Nias y Adolescentes. 7. Aplica la actividad programada. 8. Elabora informe estadstico contentivo del nmero de pacientes atendidos con problemas de salud bucal y lo presenta al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. para su conocimiento y dems fines.9.

Director Sectorial de Participacin Y Proteccin Social.

Recibe informe estadstico contentivo del nmero de pacientes atendidos con problemas de salud bucal y entrega al Coordinador general para que instruya la elaboracin de indicadores de gestin. Recibe e instruye al Departamento de Registro y Control para la elaboracin de los indicadores de gestin del programa de salud bucal. Guarda copia para control interno.

Coordinador General

10.

Fin del Procedimiento

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Procedimiento DSPPS-PS-10: Asistencia Tcnica Odontolgica Dirigidaa Nios Nias y AdolescentesCoordinador Tcnico del ProgramaINICIO1

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social

Coordinador General

Visita centro de educacin2

Presenta propuesta

Plan salud oral3

Recibe listado de nios4

Informa acuerdos y entrega5 6

Plan salud oral

Recibe, valida e instruye

Elabora cronograma del Plan7

Aplica actividad programada8

Elabora y presenta informe9

Recibe y entrega10

Informe

Recibe, instruye y guarda 1 Informe

Informe

FIN

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Departamento de Desarrollo ComunalNORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA INSTRUMENTACIN DE POLTICAS PBLICAS DE DESARROLLO COMUNAL

PROCEDIMIENTO DSPPS-DC-11: REALIZACIN DE DIAGNSTICOS Y ESTUDIOS SOCIOECONMICOS OBJETIVO: Describir las normas y pasos a seguir para la realizacin de Diagnsticos y Estudios Socioeconmicos a fin de determinar los principales problemas en las comunidades. ALCANCE: Abarca desde el diseo del instrumento de recoleccin de informacin, croquis de ubicacin, aplicacin de la encuestas, anlisis de la informacin hasta elaboracin de informes socioeconmicos. INVOLUCRADOS: Direccin Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Despacho de Gobernador Departamento Desarrollo Comunal.

RESPONSABLES: Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social Socilogo Promotores comunales

NORMAS GENERALES:1.

La Oficina de Desarrollo Comunal deber elaborar los informes diagnsticos de necesidades de la poblacin neoespartana, por municipios, en un lapso de quince das a partir de aplicacin del instrumento en sitio.

2.

La Oficina de Desarrollo Comunal deber facilitar al Departamento de Registro y Control de Estadsticas las encuestas aplicadas y dems instrumentos de recoleccin de informacin aplicados a las comunidades, a fin de generar informes estadsticos que

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sirvan de apoyo para la toma de decisiones.3.

Corresponde a la Oficina de Desarrollo Comunal mantener un registro actualizado de los consejos comunales y dems organizaciones comunitarias.

PROCEDIMIENTO DSPPS-DC- 11

REALIZACIN DE DIAGNOSTICO Y ESTUDIOS SOCIOECONMICOS Descripcin del Procedimiento:Asistente Oficina II1.

Recibe oficio de solicitud de realizacin de estudios social y entrega al Director.

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social

2.

Recibe oficio y evala la solicitud de estudios socioeconmico. 3. Remite la solicitud del estudio socioeconmico mediante oficio a la jefatura de Desarrollo Comunal para su tramitacin.4.

Secretaria Jefatura de Desarrollo Comunal Jefe Desarrollo Comunal Socilogo II

Recibe oficio de solicitud del estudio socioeconmico y entrega al jefe de la oficina. Instruye al Socilogo para la ejecucin del estudio solicitado. Coordina y elabora el plan de trabajo para la ejecucin del estudio con los promotores sociales. De acuerdo al rea de atencin y necesidades. Establece cronograma de visitas para la aplicacin del estudio social. Aplica el estudio socio-econmico Tabula el instrumento de recoleccin de informacin. Prepara el informe socioeconmico y lo remite al jefe de Desarrollo Comunal, para su revisin. Recibe, revisa y aprueba el informe socioeconmico y remite al Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social. Recibe informe socioeconmico mediante oficio, registra la correspondencia y entrega al director para su convalidacin y dems fines consiguientes. Recibe, revisa y firma el informe socioeconmico y remite al despacho o unidad solicitante, para su consideracin

5. 6.

7. 8. 9. 10.

Jefe Desarrollo Comunal

11.

Asistente de Oficina II

12.

Director Sectorial de Participacin y Proteccin Social

13.

Fin del Procedimiento.

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Pr