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“San Alberto escuela alegre, comprometida con la educación a través del arte, sana convivencia y valores.”
Reglamento interno y convivencia
escolar
ESCUELA SAN ALBERTO
Comisión Yudith Araya lobos. Directora Natasha Irarrázaval. Estudiante Yessenia Gallardo. Encargada de convivencia Daniela Machuca. Profesora segundo ciclo Miguel Muñoz Paredes Jefe Unidad Técnica. Rossana Vergara. Educadora de Párvulos. Lesly García. Profesora primer ciclo Julia Espinoza. Profesora segundo ciclo Mariela Galdámez P. Apoderado. Rocío Guerra V. Apoderado. Claudia Lazcano G. Apoderado.
2020
ESTE MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
FORMA PARTE INTEGRAL DEL REGLAMENTO
INTERNO DEL ESTABLECIMIENTO. FUE
CREADO Y APROBADO EN REUNIÓN CON
LOS DISTINTOS ESTAMENTOS DE LA UNIDAD
EDUCATIVA.
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“San Alberto escuela alegre, comprometida con la educación a través del arte, sana convivencia y valores.”
INTRODUCCIÓN
1. CONVIVENCIA ESCOLAR.
Este reglamento interno de convivencia escolar se ha elaborado conforme a lo
establecido en las disposiciones legales vigentes Constitución Política de la República de
Chile, la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza Nº 18.962 / 1990, Declaración Universal
de los Derechos Humanos, y la Declaración Universal de los Derechos del niño, que regulan
la organización y funcionamiento de los Establecimientos de Educación. Ley N°20.536/2011,
sobre violencia Escolar.
El presente Reglamento forma parte del Proyecto Educativo de nuestro
Establecimiento y se basa en los principios generales que lo fundamentan: la educación
integral del alumno y la adquisición de hábitos de convivencia dentro de un marco de
tolerancia y respeto. Pretende ser un documento normativo que regule su funcionamiento y
organice las actividades educativas que se desarrollan.
Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los
que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e
implementar acciones reparatorias para los afectados.
La convivencia escolar tiene como base la formación personal y social de cada uno
de los integrantes de la Comunidad Educativa, principalmente de los estudiantes que están
en pleno proceso formativo. La convivencia escolar tiene como norte la formación para el
ejercicio de una ciudadanía respetuosa, tolerante, participativa y solidaria. Las normas de
convivencia tiene por objetivo promover y desarrollar, en todos los integrantes de la
comunidad educativa, los principios y normas que fomenten una sana convivencia escolar y
favorezcan la prevención de toda clase de violencia o agresión. Los miembros de la
comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la
formación integral necesaria para construirlo. En caso que dicho ambiente se vea afectado,
sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas
sean atendidas para resguardar sus derechos. La convivencia escolar es una condición
necesaria para la creación de un clima y ambiente apropiado para el logro de aprendizajes
significativos y permanentes, y para alcanzar el desarrollo de competencias requeridas para
una mejor educación, que permita a los estudiantes un eficaz desempeño en los estudios
superiores, sobre la base de un sólido desarrollo valórico e intelectual. Cualquier miembro
de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una conducta que pueda ser
considerada como maltrato escolar deberá comunicarlos a la dirección y/o encargado/a de
convivencia escolar.
Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que,
inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos,
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alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la
educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.
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1. OBJETIVOS
Para defender los derechos y velar por el cumplimiento de los deberes, se establece
el Reglamento interno para la Convivencia, que recoge las normas que se deberán cumplir
por el alumnado, profesorado y padres de alumnos.
Se establecen los siguientes objetivos de este Reglamento Interno de Convivencia Escolar:
Promover la formación de estudiantes para el ejercicio de una ciudadanía
respetuosa, tolerante, participativa y solidaria.
Promover nuevos procesos de aprendizaje de normas y valores sociales que
permitan a los alumnos desarrollarse en un ambiente de tolerancia y libre de
violencia.
Desarrollar en el alumno la capacidad de escuchar y dialogar como controlando sus
emociones, para solucionar problemas y conflictos del diario vivir.
2. COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA.
Existirá un comité de sana convivencia escolar que estará a cargo de apoyar a la
encargada en la resolución de problemas que se presenten. Este comité estará conformado
por representantes de los diferentes estamentos:
a) Director.
b) Encargada de convivencia.
c) Profesor representante de primer ciclo.
d) Profesor representante de segundo ciclo.
e) Presidente de centro de alumnos.
f) Apoderado representante de centro de padres y apoderados.
g) Representante de asistentes de la educación, inspectora.
ATRIBUCIONES DEL COMITÉ
Apoyar en la toma de decisiones y en la aplicación de protocolos a la encargada de
convivencia escolar.
Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o
antecedentes relativos a la convivencia escolar.
Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia
competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u
otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada
caso.
Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.
Velar por la sana convivencia dentro del establecimiento.
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ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Este funcionario(a) debe asumir el rol primario en la implementación de las medidas
de Convivencia Escolar que determine el Consejo Escolar.
a) Promover la participación de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa
en el Consejo Escolar y Comité de Sana Convivencia Escolar.
b) Promover el trabajo colaborativo en torno a la convivencia Escolar en el consejo
Escolar y Comité de Sana Convivencia Escolar.
c) Planificar reuniones mensuales con comité de Sana Convivencia Escolar y analizar
pasos puntuales de convivencia.
d) Disponer la implementación de las medidas sobre convivencia escolar que disponga
el consejo escolar y comité de sana convivencia escolar.
e) Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y
manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad
educativa.
f) Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la
elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas
pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar.
NORMATIVAS DE LA CONVIVENCIA
NORMAS DE CONVIVENCIA REFERIDAS A HORARIO DE FUNCIONAMIENTO
Horario de funcionamiento del establecimiento.
Lunes a jueves De 08:00 hrs. a 17:30 hrs.
Viernes De 08:00 hrs. a 14:00 hrs.
Horario de clases
Horario de clases para la jornada escolar y extensión horaria
Pre- Básica (NT1 – NT2)
De Lunes a Jueves De 08:10 hrs. a 15:30 hrs.
Viernes De 08:10 hrs. a 13:15 hrs.
Horario de clases para la jornada escolar completa
1° a 8° básico
De Lunes a Jueves De 08:10 hrs. a 15:30 hrs.
Viernes De 08:10 hrs. a 13:15 hrs.
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Horario de atención de apoderados.
De acuerdo a la carga horaria del profesor se atenderá a los apoderados durante el
recreo de las 11:30 horas y durante las horas no lectivas disponibles de cada docente, las
cuales serán informadas en la primera reunión de apoderados de cada curso.
Todos los apoderados serán entrevistados previa citación de profesor jefe para
informar estados y avances de alumnos.
Reunión de consejo de profesores: primer y tercer lunes de cada mes desde las 16:00
horas a 18:00 horas, cada docente estará obligado a cumplir con sus hora de permanencia
del establecimiento de acuerdo a las horas de contrato y previo acuerdo de completación
horaria entre encargada de convivencia y encargado de UTP.
Otras observaciones: los padres de los alumnos se abstendrán de entrar en los patios y en
las aulas, acompañando a los niños, sin el permiso de la Dirección, para no interrumpir las
clases o entorpecer el normal desarrollo de los procesos educacionales.
Al inicio de la jornada (08:00 a 8:15 hrs.) el establecimiento cerrará sus puertas, para evitar
el ingreso de apoderados a las aulas, e interrumpa el normal funcionamiento de clases.
Los alumnos que deseen acceder o salir del establecimiento a partir de esa hora, deberán
justificar su retraso en oficina con inspectora.
Durante el recreo los alumnos/as serán vigilados por la inspectora de patio, para evitar
accidentes.
Los alumnos no podrán abandonar el establecimiento en horario de clases sin la presencia
de su apoderado, padres o apoderado suplente.
Medios de comunicación: los medios oficiales de comunicación entre la escuela y el
hogar, serán la libreta de comunicaciones, que le es entregada a cada estudiante al inicio
del año escolar, bajo firma de recepción por parte del apoderado, y aplicación PAPINOTAS.
Solo en casos necesarios y justificados se utilizará el llamado telefónico.
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NORMAS REFERIDAS A LOS PATIOS DE RECREO.
Los alumnos no pueden permanecer en las salas de clases durante el periodo de
recreo, sin la presencia de una persona responsable, salvo enfermedad o imposibilidad
física del alumno para salir al patio.
Los alumnos evitarán la utilización de objetos y juegos que supongan un peligro para los
demás compañeros. No está permitido subirse a los árboles o sitios que conlleven peligro,
así como comunicarse o intercambiar objetos por las mallas con personas ajenas al
establecimiento.
NORMAS REFERIDAS A SITUACIONES DE AUSENCIAS: INASISTENCIAS, PERMISOS,
ENFERMEDAD, REPRESENTACIONES EN DESFILES, MUESTRAS, CONCURSOS,
DEPORTE, Y OTROS.
Situaciones de ausencias de profesores.
Cuando estas no corresponden a Licencias Médicas, siendo de responsabilidad de la
entidad superior cautelar la suplencia respectiva en el más breve plazo posible. Las
sustituciones del profesorado en caso de ausencia, se realizarán por parte de UTP y
dirección o en efecto serán atendidos por los asistentes de aula si así se requiera.
Atrasos y ausencias de los alumnos (as).
Los atrasos deberán ser justificados por escrito por el apoderado en la respectiva
agenda o libreta escolar y al tercer atraso deberá ser justificado personalmente por el
apoderado.
En caso de ausencias por enfermedad estas deberán ser informadas al profesor jefe en
forma oportuna y si es prolongada con certificado médico.
Representaciones en desfiles.
Las representaciones del establecimiento en desfiles estarán a cargo de un directivo
y de profesores a cargo de la delegación de alumnos.
Representaciones en muestras, concursos, deporte y otros.
Estarán representados por el o la persona encargada de cada actividad y los
alumnos involucrados en cada uno de ellos. Los alumnos representantes del establecimiento
deben contar previamente con la autorización firmada del apoderado para poder salir del
establecimiento.
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NORMAS DE INTERACCIÓN QUE FAVOREZCAN LA MISIÓN INSTITUCIONAL:
VOCABUARIO, ACTITUDES, COMPORTAMIENTO.
Fomentar en todos/ as los alumnos del establecimiento, la utilización de un lenguaje y
actitudes respetuosas consigo mismo, con sus compañeros (as), profesores y con todos los
funcionarios del establecimiento. Cada estudiante se hará cargo de las consecuencias, que
sus propias conductas tienen sobre los demás.
Los alumnos, al interior del establecimiento deberán exhibir conductas acordes con su
calidad de estudiantes, prohibiéndoseles demostrar conductas agresivas o afectivas
inadecuadas.
Los alumnos deberán respetar y obedecer a todos los profesores del establecimiento y
personal no docente. Asimismo, respetarán a todos sus compañeros, no haciendo a nadie
objeto de burla o broma pesada, ni molestarles en el desarrollo de sus tareas escolares.
NORMA REFERIDA AL USO DEL CELULAR EN HORARIO DE CLASES.
Los alumnos del establecimiento deberán depositar en una caja al inicio de la jornada
escolar sus celulares, los cuales serán guardados por cada profesor y entregados al cierre
de cada jornada.
NORMAS REFERIDAS A PRESENTACIÓN PERSONAL: UNIFORME, HIGIENE, USO DE
ACCESORIOS.
Los alumnos deberán concurrir al establecimiento vistiendo el uniforme oficial
acordado por el Equipo de Gestión. Esta vestimenta comprende:
Para damas y varones: buzo institucional, polera institucional con cuello para uso diario,
polera deportiva para las clases de educación física, polerones y chaquetas del
establecimiento, delantal o cotona según corresponda.
Los alumnos (as) deberán presentarse correctamente uniformados en todas las actividades
relacionadas con el quehacer educativo y de representación del establecimiento.
Los alumnos deberán mantener su aseo y presentación personal en forma óptima
permanentemente, los varones deberán usar el corte de pelo escolar y las damas deberán
presentarse con pelo tomado.
Queda prohibido el uso de accesorios como piercing, aros colgantes, cintillos de colores,
uñas pintadas, maquillaje, pañuelos decorativos de colores al cuello.
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NORMAS REFERIDAS AL USO Y CUIDADO DEL ESTABLECIMIENTO
INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO, ÁREAS VERDES, SEÑALÉTICAS, CIERRES
PERIMETRALES, CONTENEDORES, INSTALACIONES ELÉCTRICAS, AGUA.
Los alumnos (as) que se encuentren desarrollando actividades en la biblioteca CRA,
sala de lectura y usando computadores deberán mantener estricto cuidado con los equipos
existentes en éstas dependencias. Los alumnos, deberán cuidar y mantener los bienes del
establecimiento: mobiliario, artefactos en baños, interruptores, paredes, materiales del
Centro de Recursos, etc. En caso de deterioros intencionados los apoderados deberán
responder y reponer los objetos dañados, en un plazo no superior a una semana.
Los alumnos, en tanto se encuentren desarrollando funciones o actividades propias
en algunas salas de clases o dependencias del establecimiento, deberán cuidar y mantener
el mobiliario que se les haya asignado para la ocasión.
Los alumnos tendrán la obligación de respetar toda la documentación oficial empleada
en el establecimiento sea Libros de Clases, Pruebas, Libreta de Comunicaciones y otros.
DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
DEBERES Y DERECHOS DE LOS EQUIPOS DOCENTES DIRECTIVOS.
a) A conducir la gestión del establecimiento de acuerdo al Proyecto Educativo
Institucional.
b) Liderar la escuela, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la
calidad de éstos.
c) Desarrollarse profesionalmente.
d) Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento
de las metas educativas, y cumplir y respetar todas las normas de la escuela.
e) Realizar acompañamiento docente en el aula.
Los derechos y deberes anteriores se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las
funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda.
LOS SOSTENEDORES DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES TENDRÁN
DERECHO A:
Establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad
educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley.
También tendrán derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a
la ley, y a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a
la legislación vigente.
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SON DEBERES DE LOS SOSTENEDORES
Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del
establecimiento educacional que representan.
Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar.
Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando
reciban financiamiento estatal.
Rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus
establecimientos a la Superintendencia. Esa información será pública.
Además, están obligados a entregar a los padres y apoderados la información que
determine la ley y a someter a sus establecimientos a los procesos de aseguramiento de
calidad en conformidad a la ley.
DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES
DERECHOS
a) A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
b) A que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de
tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás
integrantes de la comunidad educativa.
c) A proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso de la Escuela,
en los términos previstos por la normativa interna.
d) Disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.
DEBERES
a) Ejercer la función docente en forma idónea y responsable.
b) Orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda.
c) Actualizar sus conocimientos y evaluarse periodicamente.
d) Investigar,exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada
nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de
estudio.
e) Respetar tanto las normas de la Escuela en que se desempeñan como los
derechos de los alumnos (as).
f) Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás
miembros de la comunidad educativa.
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DEBERES Y DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN.
DERECHOS:
a) A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su
integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes; a
recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad
escolar.
b) A participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que
estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la
normativa interna.
DEBERES:
a) Ejercer su función en forma idónea y responsable.
b) Respetar las normas de la escuela.
c) Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa.
DEBERES Y DERECHOS DE LOS ALUMNOS (AS)
Al momento de matricularse y adquirir la condición de alumno(a) regular de la
escuela, el alumno(a) tiene los siguientes:
DERECHOS:
a) A recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y
desarrollo integral.
b) A recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades
educativas especiales.
c) A no ser discriminados arbitrariamente.
d) A estuiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
e) A expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no
pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.
f) A que se respeten su liberad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e
ideológicas y culturales.
g) A ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a
un sistema objetivo y transparente.
h) A participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento.
i) A asociarse entre ellos.
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DEBERES:
a) Brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la
comunidad educativa.
b) Asistir a clases.
c) Estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades.
d) Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar.
e) Cuidar la infraestructura educacional.
f) Respetar el PEI y el reglamento interno de la escuela.
DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS
DERECHOS:
a) Ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos
respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de estos, así como
del funcionamiento del establecimiento.
b) A ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les
corresponda, aportando al desarrollo del PEI en conformidad a la normativa interna
del establecimiento.
c) El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del centro
de padres y apoderados.
DEBERES:
a) Educar a sus hijos e informarse sobre el PEI y normas de funcionamiento de la
escuela.
b) Apoyar su proceso educativo.
c) Cumplir con los compromisos asumidos con la escuela, tales como: asistir a
reuniones y citaciones, a entrevistas u otro, debiendo justificar su ausencia.
d) Respetar la normativa interna de la escuela.
e) Brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa.
Observación: padres, apoderados de los alumnos u otras personas ajenas. Se abstendrán
de entrar a patios y aulas durante la jornada escolar, acompañando a los niños sin el
permiso de la direccion, para no interrumpir las clases o entorpecer el normal desarrollo del
proceso educativo.
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ROLES Y FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA ESCUELA
DIRECTOR (A)
Es el docente de Nivel Superior que se ocupa de la direccion, administraciòn,
supervision y coordinacion de la educacion de la Unidad Educativa. Su funcion principal es
liderar y dirigir el PEI. Sus obligaciones, deberes y compromisos se basaran en el Marco
para la Buena Direcciòn, emanada desde el MINEDUC, en las diferente areas de liderazgo,
gestión curricular, gestión de recursos, gestión de clima organizacional y convivencia.
1. Cumplir y hacer extensivo al personal de la Escuela el cumplimiento de las leyes,
reglamentos y normas emanadas desde el Ministerio de Educaciòn,
Superintendencia de Educacion, Agencia de Calidad, Secretaria Regional Minesterial
de Educaciòn y Corporacion Municipal de educación.
2. Cautelar la existencia del recurso humano idóneo para ejercer las distintas funciones
que la Escuela necesita para su funcionamiento, en conformidad a las disposiciones
vigentes.
3. Informar oportunamente a quien corresponda, sobre las necesidades de personal
que se produzca en la escuela.
4. Informar a quien corresponda de las deficiencias o necesidades de recursos
materiales o infraestructuras que requiera la escuela.
5. Autorizar en casos calificados peticiones de permisos administrativos del personal de
la Escuela, hasta por seis dias al año.
6. Recibir y enviar oportunamente al Sostenedor las Licencias Medicas del personal.
7. Evaluar al personal de la Escuela cuando corresponda, respetando las normas
respectivas.
8. Autorizar bajo firmar el despacho de todo informe y documentos tecnicos y/o
administrativos a las autoridades que corresponde.
9. Planificar, organizar, coordinar, conducir, controlar, supervisar y evaluar las
actividades de los distintos estamentos de la Escuela, con el proposito de que se
cumplan los objetivos planteados en el PEI.
10. Respaldar y exigir el cumplimiento del Reglamento Interno, de Convivencia Escolar y
de Evaluaciòn, como toda normativa educacional vigente.
11. Representar a la escuela y velar por su prestigio.
12. Convocar y presidir los Consejos Escolares, Consejos de Coordinación del Equipo
de Gestión, Consejo de profesores.
13. Delegar funciones para desarrollar trabajos específicos que conlleven a obtener
mayor eficacia y eficiencia en la escuela.
14. Proponer a las autoridades correspondientes las medidas adecuadas para el
cumplimiento de los objetivos de la educación, en nuestra escuela.
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15. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y entidades de la
comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el
mejoramiento de la vida comunitaria.
16. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la
comunidad educativa.
17. Promover actividades de beneficio social que vinculen a la Escuela con la comunidad
local.
18. Favorecer la sana convivencia en la Escuela, a través de la mediación de la
resolución de conflictos y aplicar las medidas disciplinarias que correspondan a la
Comunidad educativa.
19. Fomentar y facilitar el perfeccionamiento y la capacitación del personal de la escuela.
20. Promover la participación de los padres y apoderados en el proceso educativo de
sus pupilos(as) y en beneficio de la escuela.
21. Administrar eficientemente los distintos recursos financieros de la Escuela y rendir
cuenta de ello.
22. Dar cuenta de su gestión administrativa pedagógica a la comunidad educativa al
finalizar o inicio del año escolar (cuenta pública anual).
JEFE DE UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICO (UTP)
Es el docente Directivo Técnico Pedagógico encargado de dirigir la programación,
planificación, organización, seguimiento, control y evaluación del desarrollo de las
actividades de orientación, programas de estudio, métodos, biblioteca y de actividades de
colaboración, debiendo cumplir las siguientes funciones:
1. Integrar el Consejo de Coordinación y Equipo de Gestión de la escuela.
2. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar e impulsar planes definidos de
reforzamiento a favor del alumnado y en coordinacion con el Consejo de Profesores.
3. Fortalecer el trabajo tecnico pedagogico del docente de aula, asesorandolo con
apoyo oportuno y efectivo.
4. Promover el trabajo en equipo colaborativo, participativo y organizado.
5. Promover el mejoramiento del proceso enseñanza de aprendizaje a través del
perfeccionamiento del personal y docentes de la unidad a su cargo.
6. Controlar la adecuada utilización o impulsar el incremento del material didáctico de la
Escuela en concordancia con la unidad administrativa, preocupándose de que los
docentes intensifiquen el uso de dicho material.
7. Supervisar que se lleven al día los libros, registros y otros documentos de la unidad,
formulando observaciones verbales y/o escritas a los docentes e informar al
Director(a) en caso de faltas reiteradas.
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8. Colaborar en la detección de los problemas de aprendizaje de los alumnos(as),
investigar sus causas y proyectar situaciones de ajuste con el fin de disminuir la
repitencia y/o deserción.
9. Visitar las salas de clases, talleres, terrenos y otras dependencias, para ayudar a los
docentes a aumentar su eficiencia.
10. Orientar al profesorado hacia la correcta interpretación de las disposiciones legales y
reglamentarias vigentes sobre evaluación y promoción del alumnado.
11. Responsabilizarse para que la Unidad a su cargo mantenga todos los planes y
programas de estudio vigentes que correspondan a la escuela.
12. Asesorar a los docentes en las etapas de organización, programación,
implementación y desarrollo de las actividades de evaluación del proceso de
enseñanza aprendizaje.
13. Velar por la confiabilidad y validez de los instrumentos de evaluación utilizados por
los profesores.
14. Supervigilar la correcta aplicación de las técnicas e instrumentos de evaluación.
15. Revisar y analizar los resultados evaluativos semestrales y anuales, en conjunto con
los docentes y directivos.
16. Controlar el cumplimiento de los horarios, puntualidad y actividades programadas.
17. Velar por la conservación de dependencias, mobiliario y material de enseñanza que
le corresponda.
DOCENTES
1. Realizar labores administrativas como: planificaciones, evaluaciones, entrega de
pautas a UTP.
2. Realizar clases efectivas, adecuando estrategias de enseñanza para el aprendizaje.
3. Evaluar los aprendizajes y mejorar las estrategias metodológicas de acuerdo a los
resultados.
4. Asistir puntualmente a los consejos semanales administrativos, técnicos y de
orientación y a los consejos extraordinarios a los que sean citados.
5. Integrar su acción docente a la labor de otros profesores y especialistas, con fines de
desarrollar programas de equipos interdisciplinarios.
6. Participar en reuniones técnicas generales de la Escuela y en aquellas relacionadas
con el desempeño de su función específica.
7. Responsabilizarse de los aspectos disciplinarios de los alumnos (as), cumpliendo y
haciendo cumplir las normas de seguridad, higiene, bienestar, sana convivencia, etc.
8. Contribuir a desarrollar en los alumnos (as) valores, hábitos y actitudes deseables
que apunten a su armónico e integral desarrollo, en concordancia con los
lineamientos del PEI de la escuela.
9. Velar por el cuidado y mantención de los bienes a su cargo.
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10. Motivar la participacion de los alumnos(as) en actividades extraescolares, y en todos
aquellos actos o ceremonias en que la Escuela deba ser representada.
11. Pesquisar y derivar situaciones de los alumnos(as) referidas a problemas de
aprendizaje, vulneracion de derechos y salud al departamento PIE según
corresponda.
12. Efectuar las reuniones de Padres y Apoderados según calendario anual.
13. Fortalecer el trabajo con padres y apoderados a fin de afianzar el cumplimiento de
su rol como primer agente educativo de su hijo (a).
14. Colaborar en el desarrollo de un clima de respeto y sana convivencia, en la relacion
con cada uno de los estamentos que conforman la Comunidad Educativa de la
escuela.
15. Mantener comunicación permanente con los Padres y Apoderados,
proporcionandoles informacion sobre la situacion escolar de sus pupilos, ya sea en
entrevistas, comunicaciones o en reunion de padres y apoderados.
PROGRAMA DE INTEGRACIÓNJ ESCOLAR (PIE)
Es un equipo multidisciplinario que atiende a alumnos (as) con un diagnostico
psicopedagógico, psicológico (psicométrico), fonoaudiológico y/o médico para el ingreso al
PIE, que acredite ser un alumno(a) con necesidades educativas especiales (en adelante
NEE), ya sean transitorias o permanentes, tanto en aula común, como en aula de recursos.
EDUCADORA DIFERENCIAL
Es el profesional con título de docencia, debe cumplir las siguientes funciones:
1. Aportar en el proceso de deteccion o pesquisas de alumnos(as) derivados por
profesor de aula, efectuando las evaluaciones pertienentes y gestionando posible
ingreso por las NEE. Elaborar informes de estado de avance del proceso de cada
niño/a atendido, con participacion de todos los integrantes que trabajan con el
estudiante.
2. Registro de informacion en los formularios correspondientes y en el del curso, según
etapa de trabajo.
3. Realizar la atencion pedagógica especializada para los alumnos con NEE, en aula de
recursos y aula común, según tiempos asignados (horario) y formas pre-
establecidas, considerando las caracteristicas y necesidades integrales; aplicando
tecnicas y estrategias a cada estudiante o grupo de estudiantes, para desarrollar y/o
afianzar eficazmente las habilidades comprometidas.
4. Realizar asesoramiento y trabajo colaborativo con docentes de aula (planificacion,
seguimiento y evaluacion), con padres y apoderados de los alumnos con NEE, según
objetivos planteados y comunidad en general.
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“San Alberto escuela alegre, comprometida con la educación a través del arte, sana convivencia y valores.”
5. Participar activamente en reuniones y otros, internas y externas, según lo planificado
por el PIE o en solicitud de la escuela.
PSICÓLOGO (A)
La psicóloga del PIE dentro de la Escuela es el encargado(a) de realizar evaluaciones
diagnósticas y psicoeducativas, asesoramiento a los distintos estamentos dentro de la
comunidad educativa (alumnos(as), profesores, padres, etc.), además de realizar
coordinación y derivación a otros profesionales, debe cumplir las siguientes funciones:
1. Detectar, evaluar y diagnosticar a estudiantes que presentan discapacidad intelectual
a través de la realización de psicodiagnóstico.
2. Elaborar informes de alumnos(as) diagnósticos con alguna alteración intelectual.
3. Mantener un registro de los alumnos(as) evaluados.
4. Reevaluar a los alumnos(as) con NEE, según criterios acordes con el diagnóstico.
5. Realizar planificación por cada alumno(a) atendido.
6. Realizar atenciones directas a los alumnos(as) diagnosticadas y apoyar su
formacion, con el fin de potenciar habilidades intelectuales y/o sociales.
7. Realizar derivaciones de alumnos(as) integrados donde corresponda, en
coordinacion con Equipo de Integracion, UTP de la Escuela.
8. Realizar acciones de apoyo psicoeducativas a familias de estudiantes integrados.
9. Favorecer la coordinación con docentes y técnicos (trabajo colaborativo) acerca de
estrategias para apoyar a los alumnos(as) que presentan NEE, siempre y cuando
ejerza horario el establecimiento.
FONOAUDIÓLOGO (A)
Es el encargado de efectuar las evaluaciones iniciales de ingreso y reevaluación
anual para alumnos (as) con trastorno específico del lenguaje (TEL) y cualquier otro
diagnóstico que lo requiera, aplicando las pruebas estandarizadas para evaluar lenguaje,
debe cumplir las siguientes funciones:
1. Elaborar informes de ingreso, estado de avance trimestral para TEL y semestral para
otros diagnósticos y de reevaluación anual.
2. Trabajo directo con el estudiante con diagnóstico TEL u otro, de forma individual y/o
pequeño grupos (de hasta 3 alumnos (as)) en aula de recursos.
3. Mantener un registro de los (as) alumnos (as) evaluados.
4. Trabajo colaborativo con los profesores de los cursos de alumnos(as) integrados,
capacitacion grupal en relacion al diagnostico de los alumnos(as) integrados y
entrevistas individuales con los docentes del establecimiento.
5. Trabajo con padres y apoderados, atencion individual a las familias.
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6. Participar activamente en reuniones internas o externas del PIE y realizar reuniones
clinicas con el equipo del PIE para estudios de casos.
BIBLIOTECARIO (A) ENCARGADO (A) DE BIBLIOTECA CRA.
Es el funcionario encargado de la organización y funcionamiento de los recursos para el
aprendizaje, así como crear actividades lúdicas y dinámicas que inviten a los usuarios al uso
del CRA.
1. Orientar a los usuarios de la biblioteca en las consultas de material bibliográfico,
material audiovisual, y en general cualquier material puesto a disposición.
2. Procurar el máximo aprovechamiento de la biblioteca como fuente de
información y lugar de esparcimiento.
3. Clasificar, catalogar y fichar libros, revistas, material impreso o grabado.
4. Cuidar el material bibliográfico.
5. Poner a disposición de los usuarios el material solicitado disponible, registrar y
supervisar que sea devuelto en las condiciones que fue entregado.
6. Facilitar a los usuarios material disponible para ser usado en la sala o préstamo
domiciliario, preservando el cumplimiento de las normas de la escuela.
7. Realizar el inventario de todo el material existente en el CRA.
8. Responsabilizarse de todo material a su cargo.
9. Hacer reparaciones en los libros que tengan deterioros menores, solicitando los
materiales necesarios.
10. Mantener ornamentación y reposición de libros en sala de lectura.
11. En caso de accidente escolar y en ausencia de la inspectora asumirá el rol de
acompañar al accidentado al centro asistencial mas cercano.
AUXILIARES DE SERVICIO MENORES
Es aquella persona a la que corresponde las labores de cuidado, protección y
mantención de la escuela.
Este funcionario (a) desempeña las siguientes tareas:
1. Asear y ordenar dependencias de la escuela.
2. Mantener aseo de la sala de clases, comedor, oficinas y sala de profesores.
3. Mantener áreas verdes y jardines.
4. Mantener cancha y sus alrededores limpia.
5. Mantener aseados y secos baños después de cada recreo.
6. Limpiar vidrios y mobiliario.
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ASISTENTE DE AULA
Es aquel funcionario que apoya el trabajo de la educadora de párvulos, profesor
básico y educadora diferencial.
Sus funciones son:
1. Preparación de material de trabajo y didáctico.
2. Velar por el cuidado de los alumnos dentro del aula, patio y comedor.
3. Apoyar en la formación de hábitos e higiene en alumnos.
4. Apoyo y monitoreo a alumnos con NEE.
5. Mantener ornamentación de sala de clases.
6. Quedar a cargo del curso en ausencia breve del profesor (reunión, permisos
administrativos, licencias por menos de una semana).
INSPECTOR/ A DE PATIO
Es el funcionario encargado d velar por la seguridad e integridad de los estudiantes
en los recreos y actividades extracurriculares.
Sus funciones son:
1. Velar por la seguridad y buena convivencia de alumnos/as durante los recreos.
2. Cerciorarse que los alumnos salgan de las salas en hora de recreo.
3. Constatar que todos los alumnos estén dentro de la sala de clases, en el horario que
corresponde.
4. Hacer cumplir el manual de convivencia del establecimiento, derechos y deberes de
los estudiantes.
5. Apoyar las funciones administrativas relacionadas con subvención es colar y PAE.
6. Asistir y acompañar a estudiantes que sufran algún accidente leve o problemas de
salud dentro del establecimiento al centro asistencial más cercano (posta), hasta que
se presente su apoderado.
7. Asistir y acompañar a estudiantes que sufran algún accidente grave o problemas de
salud dentro del establecimiento al servicio de urgencia, hasta que se presente su
apoderado.
8. Acudir a capacitaciones relacionadas con sus funciones.
9. Controlar que NO ingresen apoderados a las salas en horas de clases.
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NORMAS Y FALTAS
Las normas de comportamiento o de conducta establecidas en este manual son
obligatorias para todos los estudiantes de la escuela San Alberto, cualquiera sea el nivel de
escolaridad que cursen.
Su finalidad es colaborar con el proceso formativo de los estudiantes, favorecer la
convivencia escolar y generar un clima adecuado para el aprendizaje.
Esta sección del reglamento interno señala: las conductas que afectan la convivencia
escolar en la comunidad educativa, las sanciones y medidas por su contravención y los
adultos responsables de aplicarlas. Establece a sí mismo, las medidas de prevención
adecuadas que deben dar cuenta de la intención formativa de las mismas.
Estas normas son aplicables a todas las actividades académicas, artísticas o
deportivas en las que participen los estudiantes o miembros de la comunidad educativa, ya
sea al interior del establecimiento o en representación de éste.
De conformidad a lo dispuesto en las normas de derecho común, los padres y/o
apoderados serán responsables por los daños causados al recinto, mobiliarios y recursos de
aprendizaje del colegio, realizados por sus hijos o pupilos.
DEFINICIÓN DE FALTA
Se considerarán como faltas, aquellas conductas que contravengan las normas
disciplinarias y/o de buena convivencia escolar contenidas en este reglamento interno,
así como también el incumplimiento de las obligaciones y/o deberes escolares por
parte de los estudiantes, establecidas en las Normas de Funcionamiento del establecimiento.
Las faltas se sancionarán con las medidas establecidas para el caso de contravencion
en proporción a su gravedad y reiteración.
La medida de expulsión y/o cancelación de matrícula se aplicará exclusivamente para las faltas
que se califican de gravísimas o por atentados graves contra la buena convivencia escolar,
establecidas en el Reglamento Interno. En ningun caso se fundará esta medida en razones
socioeconómicas ni de rendimiento escolar.
Se distinguirán tres tipos de faltas: leves, graves y gravisimas.
Falta leve: Corresponden a aquellas actitudes y comportamientos que alteren la convivencia,
pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.
Desde el punto de vista formativo, una falta leve, es entendida como una instancia para la
relfexión, análisis y diálogo, que ayude al estudiante a tomar conciencia de que las
responsabilidades prsonales y sociales se deben cumplir, en función del respeto al bien
común.
Falta grave: correspoden a actitudes y comportamientos que atenten contra la
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Integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así
como acciones deshonestas que afecten la convivencia.
Desde el punto de vista formativo, una falta grave es vista como una instancia para que el
estudiante asuma una responsabilidad de reparación y de crecimiento personl y social, frente a
la comunidad y a sí mismo. Ante una falta grave, es indispensable contar con el compromiso y
la colaboración del apoderado titular (padre, madre o adulto responsable), para que el
estudiante cumpla con la sanción estipulada.
Falta gravísima: corresponden a actitudes y comportamientos que atenten contra la
integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones
sostenidas en el tiempo y conductas tipificadas como delito. Desde el punto de vista formativo,
una falta gravisima, es entendida como una voz de alerta frente a determinados
comportamientos que están poniendo en serio riesgo la permanencia del estudiante dentro de
la comunidad, por eso, se estipula la condicionalidad como sanción y la limitación o restricción
de su plena participación en aquella.
ATENUANTES: evaluando el contexto en que se enmarca una determinada situacion de
trasgresión su gravedad podrá ser atenuada considerando los siguientes criterios o
circunstancias:
Edad, curso, desarrollo psicoafectivo y circunstancias personales, familiares o
sociales del alumno.
Haber reconocido la falta antes de la formulación de la medida, lo que tendrá mayor
valor si esto ocurre de manera espontánea.
Haber corregido el daño o compensado el perjuicio causado, antes de que se haya
determinado la medida formativa.
Mantener un buen comportamiento con anterioridad a la falta.
Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona mayor en edad, en poder y/o
en madurez psicoafectiva.
Cometer la falta en estado de alteración originada en circunstancias o condiciones
de gravedad extrema, debidamente comprobadas.
AGRAVANTES: en tanto, los siguientes criterios o circunstancias serán considerados para
establecer si una determinada transgresión reviste un mayor grado de gravedad que el
asignado al hecho o conducta en si misma:
Reiteración de una conducta negativa en particular.
En términos generales mal comportamiento anterior, aún cuando no está referido a la
reiteración de una conducta o trasgresión específica.
Representatividad del alumno ante la comunidad educativa.
Haber actuado con premeditación.
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Haber aprovechado la confianza depositada en él o ella para cometer el hecho.
Cometer la falta para ocultar otra.
Haber aprovechado condiciones de debilidad de otros para cometer la falta.
Faltas leves
Corresponden a aquellas actitudes y comportamientos que alteren la convivencia,
pero que no involucren daño físico o psicológico a otro miembro de la comunidad.
Tipificación de las faltas leves
Presentarse sin justificativo después de una inasistencia.
No haber repuesto la libreta de comunicaciones en caso de pérdida o mantenerla en
malas condiciones, en el plazo estipulado por el establecimiento. Asistir a clases sin la
libreta de comunicaciones, no mostrar comunicaciones al apoderado, no traer firmadas
las pruebas por el apoderado cuando el profesor lo estime necesario.
Incurrir en tres atrasos sin justificacion al inicio de la jornada escolar.
No traer tareas o materiales requeridos por el profesor para las clases o actividades
escolares, o la mantencion en mal estado o desorden de cuadernos al día y
materiales, guías o apuntes de clases.
Interrumpir reiteradamente la clase, conversando, parándose, etc.
Comer, beber o masticar chicle durante el desarrollo de la clase.
Hacer mal uso de los bienes que pertenecen a la comunidad como son: luz, agua,
jabón, papel, etc.
Asistir a clases si el buzo del establecimiento correspondiente o con vestuario
inapropiado, sin un justificativo.
Contravenir las normas relativas a la presentación personal e higiene contenidas en
este reglamento, sin la debida justificación.
Ensuciar o descuidar la limpieza del lugar de trabajo del estudiante o de cualquier
instalación del establecimiento.
Medidas frente a las faltas leves
Conversación (diálogo) de carácter formativo, según corresponda a la falta, con uno o más
de los siguientes profesionales:
Profesor/a jefe
Profesor de asignatura
Encargado de convivencia escolar.
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Sanciones frente a las faltas leves
Conversar con el alumno de manera que reflexione sobre sus actos.
Exposición breve de un concepto trabajado en la asignatura en la que incurre la falta.
Investigar dos palabras nuevas y exponer su significado al grupo curso, empleándola
en dos oraciones.
Firmar un compromiso de no reincidencia con la presencia del profesor jefe.
Registro (anotación) en el libro de clases de la falta cometida.
Apelación: todos los estudiantes tendrán derecho de apelación inmediata en
relación a las medidas tomadas por los funcionarios en caso de faltas leves, dicha
apelación quedará registrada en el libro de clases, en la hoja de vida del estudiante,
en conjunto con los acuerdos tomados y firmado tanto por el estudiante así como por
el docente o asistente que ingresó la falta. El plazo para realizar la apelación será de
1 día.
Responsables de aplicar las medidas y sanciones frente a faltas leves.
Profesor de asignatura
Profesor jefe
Encargada de convivencia.
Faltas graves
Corresponden a actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad
psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como
acciones deshonestas que afecten la convivencia.
Tipificación de las
faltas graves.
Medidas frente a las
faltas graves.
Sanciones frente a
las faltas graves.
Responsable de
aplicar medidas.
Faltar sin aviso, ni
justificación a las pruebas
programadas en las
distintas asignaturas.
Presentar certificado
médico y rendir en la
clase siguiente la prueba.
En caso de no presentar
justificación médica,
deberá realizar trabajo
comunitario de apoyo en
la biblioteca CRA
ordenando materiales
didácticos.
Firmar un compromiso de
no reincidencia con la
presencia del apoderado
y profesor deje (ambos
casos). Sin justificación la
nota máxima de la prueba
será un 5,0 y se tomará
en la clase siguiente.
Profesor jefe aplica la
sanción y monitorea la
aplicación de la medida.
Copiar en las pruebas o
presentar trabajos que
pertenecen a otro
estudiante; falsificar
firmas o documentos.
Realizar una charla en su
curso, en hora de
orientación, sobre la
importancia de la
honestidad.
Firmar un compromiso de
no reincidencia con la
presencia del profesor
jefe y su apoderado.
Convivencia escolar
aplica la sanción y le
comunica al profesor jefe
y monitorean la medida.
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Abandonar el
establecimiento sin
autorización durante la
jornada de clases y/o no
ingresar a clases durante
la jornada escolar
quedándose en otras
dependencias del colegio.
Realizar una charla
reflexiva en su curso de
15 minutos, sobre la falta
cometida.
Firmar un compromiso de
no reincidencia con la
presencia del apoderado
y profesor jefe.
Profesor jefe aplica y
monitorea la sanción.
Ausentarse de talleres de
apoyo que ofrece el
establecimiento tales
como reforzamiento,
programas de
integración, talleres de
JECD, entre otros.
Trabajo comunitario de
ayudantía a asistentes de
aseo (barrer cancha,
regar jardines, etc.)
determinados de común
acuerdo con el docente,
apoderado y alumno.
Firmar un compromiso de
no reincidencia con la
presencia del apoderado
encargado de
convivencia y profesor
jefe.
Profesor jefe aplica y
monitorea la sanción.
Uso inapropiado de
alguno de los elementos
computacionales del
establecimiento, de
acuerdo con lo
establecido en las
normas de uso de estos
elementos tecnológicos.
Trabajo comunitario de
apoyo en el orden y
limpieza de biblioteca u
otro espacio que
disponga el profesor jefe.
Firmar un compromiso de
no reincidencia con la
presencia del apoderado
y profesor jefe.
Convivencia escolar y
profesor jefe aplica y
monitorea la medida.
Deteriorar, pintar o rayar
cualquier instalación,
muebles o inmuebles del
colegio.
Reparar o pagar el objeto
dañado en un plazo de
una semana (lentes,
uniforme, útiles escolares
u otro artículo de uso
personal)
Realizar trabajo
comunitario ordenando o
limpiando el lugar donde
cometió la falta.
Firmar un compromiso
con la presencia del
apoderado, encargado de
convivencia y profesor
jefe. Pagar el valor del o
los objetos deteriorados.
En caso de que
apoderado se niegue a
reparar o reponer los
daños causados por el
estudiante, el alumno
quedará excluido de las
actividades extra
programáticas en las que
participa u organiza la
escuela.
Convivencia escolar y
profesor jefe monitorean
la aplicación de la
medida.
Mantener encendido un
teléfono celular propio o
ajeno en la sala durante
la realización de pruebas
y/o trabajos, ya sea para
hablar, enviar mensajería
o jugar.
Pedir disculpas en
privado al profesor/a y
consensuar una medida
reparatoria, sin perjuicio
de las indicaciones
contenidas en el
protocolo de NO uso de
celulares en clase o en el
reglamento de
El profesor deja registro
del hecho en el libro de
clases y se procede a
requisar el equipo, el que
quedará en custodia en
secretaría, hasta que el
apoderado se presente a
retirarlo del
establecimiento. Si el
Encargada de
convivencia escolar
aplica la sanción y le
comunica al profesor jefe.
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evaluación. estudiante incurre en la
misma falta por tercera
vez, el equipo será
retenido y entregado al
apoderado a fin de año.
Salir de la sala de clases,
u otras dependencias
durante el desarrollo de
las actividades
respectivas, sin
autorización del/la
profesor/a, o alterar el
normal desarrollo de la
actividad.
Pedir disculpas públicas
al profesor/a y
consensuar una medida
reparatoria.
Firmar un compromiso de
no reincidencia con la
presencia del apoderado.
Profesor jefe aplica la
sanción y le comunica al
apoderado y alumno.
Medidas adoptadas ante faltas graves
Citación de apoderado
Se citará al apoderado al establecimiento para notificar las faltas cometidas por su
pupilo, las medidas disciplinarias correspondientes y establecer compromisos.
Trabajo dirigido fuera del aula
Consiste en la realización de alguna tarea vinculada a convivencia escolar fuera de la
sala de clases (aportar en la actualización del diario mural, apoyar en la realización de
alguna actividad, entre otras).
Plan de intervención
Consiste en la derivación del estudiante a las instancias de apoyo existentes en la
escuela (psicólogo o solicitud de derivación a otros profesionales).
Suspensión de clases de 1 día.
Consiste en la suspensión temporal de todas las actividades escolares ante la
reiteración de una falta cometida por un estudiante, aun cuando se aplicaron otras medidas
disciplinarias previamente. Una vez reintegrado, el estudiante coordinará con los profesores
que corresponda, la ejecución de trabajos y/o evaluaciones pendientes producto de dicha
suspensión.
Apelación.
Todos los estudiantes tendrán el derecho de apelación inmediata, o con un plazo
máximo que no supere un día, acerca de las medidas tomadas por la directora, profesora
jefe y la encargada de convivencia, dicha apelación quedará registrada en el libro de clases,
en la hoja de vida del estudiante o en la hoja de entrevista de apoderados y acuerdos, y
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deberá ser firmado tanto por el estudiante, su apoderado, así como por la persona que
acoge la apelación.
Todas las medidas tomadas en el caso de faltas graves serán tomadas en conjunto
con la profesora jefe, encargada de convivencia y dirección, quienes podrán determinar la
sanción o consultar acerca de ella al consejo de profesores.
Faltas gravísimas.
Corresponden a actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad físi
cay psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el
tiempo y conductas tipificadas como delito.
Tipificación de las faltas gravísimas.
Actitudes de connotación sexual al interior del establecimiento, locomoción escolar o
en una actividad organizada por el colegio fuera de este.
Agredir verbal o físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante o
de cualquier otro (a) miembro de la comunidad educativa o visitas.
ingresar, portar material inflamable o armas de cualquier tipo, originales o hechizas al
establecimiento escolar o en una actividad organizada por la unidad educativa fuera
del recinto.
Portar, vender, comprar, regalar, distribuir, fumar o consumir bebidas alcohólicas,
drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, dentro o fuera del
establecimiento educacional en actividades organizadas por este.
Abrir, registrar, sustraer o destruir física o computacionalmente, correspondencia,
documentación, archivos o antecedentes de cualquier miembro de la comunidad
educativa.
La destrucción intencional de la infraestructura, bienes del establecimiento o de los
integrantes de la comunidad escolar (quemar, romper, dañar) ocasionada por cualquier
miembro de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren de visita en las
instalaciones del mismo.
Sustraer, intentar sustraer, acceder o intentar acceder de cualquier forma a
instrumentos de evaluación para anticipar las respuestas en beneficio propio o ajeno.
Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un
estudiante u otro miembro de la comunidad educativa.
Fotografiar, grabar voces o video a personas de la comunidad escolar sin su
consentimiento y para fines que vulneren su intimidad o dignidad personal o familiar.
Utilizar cualquier medio de comunicación, las redes sociales, u otro para agredir,
amenazar, violentar o degradar la imagen de las personas que conforman la
comunidad educativa.
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“San Alberto escuela alegre, comprometida con la educación a través del arte, sana convivencia y valores.”
Exhibir, transmitir o difundir por medios tecnológicos cualquier conducta de maltrato
escolar que involucre a algún miembro de la comunidad educativa.
Hurtar o robar cualquier especie perteneciente a un miembro de la comunidad
educativa o del establecimiento educacional.
Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición
social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia
étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad o defectos físicos,
entre otros.
Negarse a rendir pruebas o controles en las cuales ha existido previo aviso y se han
pasado la totalidad de los contenidos.
Intervención del libro de clases u otro documento oficial del establecimiento.
Crear, promover y/o difundir pornografía en el establecimiento.
Realizar tocaciones u/o insinuaciones de carácter sexual entre compañeros.
Medidas y sanciones frente a las faltas gravísimas
Protocolo a falta gravísima.
A.1 Se cita al apoderado para que concurra al establecimiento al inicio de la jornada del día
siguiente y tome conocimiento de la situación. De no asistir el alumno no ingresará a la sala
de clases, permaneciendo en la biblioteca trabajando en actividades según asignatura que
le corresponda.
A.2 Tomado conocimiento de la falta tipificada como gravísima, se reúne el director y la
encargada de convivencia escolar para iniciar una etapa indagatoria y de recopilación de
información y de evidencias, dependiendo del nivel de la problemática. Esta sanción la
aplicará la dirección en común acuerdo con la encargada de convivencia escolar.
A.3 Concluida la etapa indagatoria, la dirección y la encargada de convivencia citarán al jefe
de unidad técnico y al profesor jefe, a una reunión de análisis de la información recopilada
pudiendo llegar a una de las siguientes conclusiones:
Aplicar la suspensión de clases: El estudiante suspendido deberá contar con un
plan de trabajo académico para los días que duré la sanción , estos días van de 1 a 3
dependiendo la falta y la reiteración de ésta y la cantidad se aplicará de manera gradual,
partiendo por 1 día y asi sucesivamente. Además debera realizar un trabajo formativo que
será fijado por el profesor jefe o encargada de convivencia.
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No aplicar la sanción de suspensión de clases: por falta de méritos, carencia de
información relevante que amerite la sanción, o porque se consideraron antecedentes
atenuantes.
En ambas circunstancias (A1, A2, A3) se dejará registro en el libro de clases de los
resultados. No obstante, si la conclusión fuese que amerita aplicar la suspensión de clases,
la dirección citará al apoderado titular para darle a conocer los antecedentes que llevaron a
aplicar la medida y las consecuencias que aquello puede tener.
Reiteración de una falta gravísima.
Se repite el procedimiento señalado en el punto A.1, indicado anteriormente.
Concluida esa etapa, profesor jefe y encargada de convivencia le comunicará al director,
quien citará y presidirá el consejo de profesores del curso, al que se incorporará el jefe de
UTP correspondiente, para analizar la situación, pudiendo llegar a las siguientes
conclusiones:
Condicionalidad de matrícula: Acto preventivo a la cancelación de matrícula que establece
un compromiso de cambio de conducta por parte del estudiante, el que de no ser cumplido
puede conllevar la salida del estudiante de la comunidad educativa para el año lectivo
siguiente. Su aplicación será decisión exclusiva del Director del Colegio y sólo será aplicada
tras haber cumplido los pasos del debido que señala este manual, en casos que
justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún
miembro de la comunidad educativa. De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013 de la
Superintendencia de Educación, “la condicionalidad de matrícula es una medida disciplinaria
y por tanto su aplicación debe estar asociada a hechos o conductas que estén consideradas
como falta. La condicionalidad de matrícula siempre debe ser revisada al final de cada
semestre independiente de la fecha en la cual se haya aplicado”.
Determinar la cancelación de la matrícula: Sanción máxima de la escuela que conlleva la
cancelación inmediata de la matrícula a un estudiante. A través de este acto, el estudiante
deja de ser parte de la comunidad educativa. Esta sanción sólo será aplicada tras haber
cumplido los pasos del debido proceso descritos en este manual y en casos que
justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún
miembro de la comunidad educativa. De acuerdo a la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, “la
decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por el
Director del Colegio. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por
escrito al estudiante afectado y a su padre, madre o Apoderado, según el caso, quienes
podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su
notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de
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Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los
informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”.
Para que el consejo de profesores de curso, en esta circunstancia especial, tenga
validez, obligatoriamente deben estar presentes: el director, la encargada de convivencia
escolar, el/la profesor/a jefe, jefe de unidad técnica y a lo menos, el 80% de los profesores
del curso.
El Director del establecimiento, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o
cancelación de matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de
la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta
revise, el cumplimiento del procedimiento contemplado en la ley.
Los sostenedores y/o directores no podrán cancelar la matrícula, expulsar o
suspender a sus estudiantes por causales que:
Deriven de su situación socioeconómica.
Deriven del rendimiento académico.
Vinculadas a la presencia de necesidades educativa especiales de carácter
permanente o transitorio, que se presenten durante sus estudios.
Embarazo precoz o paternidad adolescente.
No determinar la cancelación de la matrícula.
Las evidencias y la información entregada no ha sido suficiente y la mayoría de los
asistentes estima, que aunque existe una reiteración de falta gravísima, no procede la
cancelación de la matrícula. Por lo tanto, se decide mantener al alumno en clases por el
resto del año escolar y se aplicará el mismo procedimiento de evaluación y seguimiento
señalado en A.2.
Investigación de los hechos
La encargada de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los
hechos, en un plazo máximo de 5 días, la cual incluirá entrevistas a las partes, información
solicitada a terceros y/o disponiendo cualquier otra medida o diligencia que estimen
necesaria para su esclarecimiento, con pleno respeto a dignidad y honra de los/as
involucrados/as.
Citación de involucrados y búsqueda de solución alternativa.
Durante el curso de la investigación, deberá ser citado al menos en una oportunidad,
al estudiante involucrado para los efectos de recibir su versión de los hechos investigados o
bien para aclarar o ampliar declaraciones prestadas previamente.
Escuela San Alberto Rinconada de Guzmanes Calle Nueva #2266 RBD. 1307-2 Fono: (34) 501675 [email protected]
“San Alberto escuela alegre, comprometida con la educación a través del arte, sana convivencia y valores.”
A esta citación podrá concurrir solo o acompañado de su apoderado/a, según lo prefiera el
estudiante. En caso de no concurrir el estudiante, se entenderá que renuncia a este
derecho, sin perjuicio de poder ser citado nuevamente si es necesario.
Apelación en caso de cancelación de matrícula.
El estudiante que resulte sancionado, él y/o su apoderado/a tendrán la posibilidad de
pedir reconsideración ante el/la directora/a del establecimiento, dentro del plazo de 15 días
hábiles, contados desde que se comunicó con la misma, en el horario de funcionamiento del
establecimiento. La solicitud de reconsideración deberá dirigirse a el/la directora/a del
colegio en forma escrita, quien a su vez entregará una respuesta dentro de un plazo no
superior a 7 días hábiles.
Observaciones positivas
Los estudiantes se harán merecedores de anotaciones positivas, cuando realicen
acciones que se relacionen con los valores establecidos en el proyecto educativo: respeto
por sí mismo y los demás, solidaridad, honestidad, tolerancia hacia la diversidad, autonomía,
responsabilidad, entre otros. Quedará constancia de ese hecho en su registro de
observaciones del libro de clases y serán destacados mensualmente en el diario mural del
establecimiento.
Medidas y sanciones aplicables a docentes, funcionarios/as y apoderados/as del
establecimiento.
Si un docente o cualquier otros funcionario/a del establecimiento incurriera en alguna
conducta o falta en contra de algún otro miembro de la Comunidad Educativa, se
aplicarána su respecto las medidas contempladas en el reglamento interno del
funcionamiento del establecimiento.
Si el responsable fuese el padre, madre y/o apoderado/a de un estudiante, en casos
graves se podran disponer medidas como la citación al colegio, la obligación de
designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento. Además,
en caso que se requiera, se aplicará la legislación vigente.
Obligación de denuncia de delitos.
La dirección y los docentes del establecimiento, de aucerdo con lo dispuesto en los
articulos 175 letra e) y 176 del código procesal penal, denunciarán ante carabineros de Chile, la
policía de investigaciones, las fiscalías del ministerio público o los tribunales competentes,
cualquier conducta que pueda revestir caracteres de delito y que afecte a un estudiante o
funcionario, que hubiere tenido lugar en el establecimiento educacional. Lo anterior, sin
prejuicio de los procedimientos, sanciones y medidas que origine el Reglamento interno.
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“San Alberto escuela alegre, comprometida con la educación a través del arte, sana convivencia y valores.”
Los docentes y asistentes de la educación el establecimiento tienen la obligación de
comunicar a la dirección del establecimiento, cualquier acción y/u omisión que pueda
revestir carácter de delito, para que aquella realice la denuncia ante carabineros de Chile, la
policía de investigaciones, las fiscalías del ministerio público o los tribunales competentes o
bien a las distintas entidades comunales como lo son OPD, PPF Colunquen y convivencia
comunal, todo esto dentro del plazo de 24 horas desde que tomen conocimiento del hecho.
SISTEMA DE RECONOCIMIENTO E INCENTIVO A LOS DISTINTOS ESTAMENTOS
En el contexto de la convivencia escolar, como establecimiento consideramos la
importancia no sólo de normar las faltas, sino que también aquellas actitudes que favorecen
las buenas relaciones y la sana convivencia entre todos los miembros de la unidad
educativa, es por ello que se crea el sistema de reconocimiento e incentivo en los diferentes
estamentos de la unidad educativa.
1. Reconocimiento para los estudiantes
Para la escuela es de especial importancia destacar a aquellos alumnos que hayan
sobresalido en las distintas áreas por su espíritu de superación, compromiso,
responsabilidad, rendimiento académico, creatividad e integridad.
Para ello, la escuela hará entrega de los siguientes premios:
a) Rendimiento escolar: Este premio distingue a él/los alumno/s que obtuvieron el
mejor promedio de su curso durante el año, debiendo ser este igual o superior a 5,5. Dicho
premio será entregado según planificación año escolar.
b) Premio Asistencia: Este premio destaca a aquellos alumnos que han logrado la
mayor asistencia durante el año escolar. Dicho premio será entregado según planificación
año escolar.
c) Premio Asistencia por curso: Este premio destaca aquel curso(s) que han logrado la
mayor asistencia durante el año escolar. Dicho premio será entregado según planificación
año escolar
d) Premio al esfuerzo: Este premio distingue al alumno que ha demostrado esfuerzo y
preocupación por el trabajo escolar, así como, compromiso con el aprendizaje. Este premio
será definido en Consejo de Profesores y será entregado según planificación año escolar.
e) Premio a los valores de San Alberto Hurtado: Este premio se otorga a aquellos
alumnos que durante el año escolar demostraron representar los valores de San Alberto.
Este premio será definido en Consejo de Profesores y será entregado según planificación
año escolar.
Medios de verificación para entregar estos premios, serán los siguientes documentos:
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Hoja de vida del estudiante.
Participar activamente de las actividades curriculares y extracurriculares.
Hoja de asistencia del estudiante.
Notas finales.
2. Reconocimiento para los padres y apoderados
Los Padres y/o apoderados constituyen un pilar fundamental en la formación y desarrollo
integral de los niños, niñas y adolescentes, es por esto que cobra relevancia fortalecer el
compromiso que estos presentan en el proceso educativo de sus hijos, no solo enmarcando
las situaciones esperadas sino también reconociendo aquellas situaciones que estos
presentan y que se constituyen en un apoyo en el aprendizaje y desarrollo del alumno.
1.- El apoderado que asiste a las reuniones, entrevistas, citaciones y asambleas
generales de padres y apoderados. . Este premio será definido en Consejo de Profesores y
será entregado según planificación año escolar.
2.- El apoderado que Apoya en el proceso educativo de su hijo/a
3. Reconocimiento a los funcionarios.
Los funcionarios que trabajan al interior de la comunidad educativa constituyen uno de
los pilares relevantes en la formación y desarrollo integral de los niños, niñas y
adolescentes, es necesario poder fijar normas que permitan fortalecer un adecuado
desempeño laboral.
1.- Funcionario que se destaca por su responsabilidad y pro actividad en las labores que
realiza. Elegido por el equipo de gestión. Este será entregado según planificación año
escolar.
2.- Funcionario que se destaca por su alto compromiso con metas comunes de la
comunidad educativa.
Reconocimiento al desempeño laboral y/o conducta destacada.
Anotaciones positivas en hoja de vida.
Reconocimiento en consejo de profesores.
Reconocimiento público en actos conmemorativos de la comunidad escolar.
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