RGANO INTERNO DE CONTROL ift INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ORGANIZACIN Y CONSERVACIN DE ARCHIVOS
DEL RGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO FEDERAL DE
TELECOMUNICACIONES
ANTECEDENTES
l. El11 de junio de 2013, se public en el Diario Oficial de la Federacin (DOF),
el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los
artculos 6o., lo., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitucin Poltica de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones, en lo
sucesivo el (Decreto), el cual entr en vigor el 12 de junio del mismo ao,
ordenando la creacin del Instituto Federal de Telecomunicaciones (El
Instituto), como organismo constitucional autnomo con personalidad
jurdica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo eficiente de
la radiodifusin y las telecomunicaciones, adems de ser la autoridad en
materia de competencia econmica en dichos sectores.
11. Que el 1 Ode septiembre de 2013, qued integrado el Instituto, en trminos
de lo dispuesto por el artculo sexto transitorio del Decreto, con la ratificacin
por parte del Senado de la Repblica de los nombramientos de los
Comisionados propuestos por el Ejecutivo Federal que integran su rgano de
gobierno y designacin del Presidente del Pleno de este Instituto.
111. Que el 14 de julio de 2014, se public en el DOF, el Decreto por el que se
expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusin (Ley), y la Ley
del Sistema Pblico de Radiodifusin del Estado Mexicano; y se reforman,
adicionan y derogan, diversas disposiciones en materia de
RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DEl TELECOMUNICACIONES telecomunicaciones y radiodifusin que otorgan diversas atribuciones al
Instituto.
IV. Que el 4 de septiembre de 2014, se public en el DOF la reforma al Estatuto
Orgnico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (El Estatuto), alineado
a lo establecido en la Ley, y que entr en vigor el da 26 de septiembre de
2014, dispositivo que prev la figura de la Contralora Interna, como rgano
dotado de autonoma tcnica y de gestin.
V. Que el27 de mayo de 2015, se public en el DOF el "DECRETO por el que se
reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitucin
Poltica de los Estados Uoidos Mexicanos, en materia de combate a la
corrupcin", destacando el artculo 28 vigsimo prrafo, fraccin XII,
modificndose la denominacin del rgano fiscalizador del Instituto Federal
de Telecomunicaciones, de "Contralora Interna" a "rgano Interno de
Control".
En virtud de los antecedentes, y
CONSIDERAN DO
Que el artculo 28, prrafo vigsimo, fraccin XII de la Constitucin Poltica de los
Estados Unidos Mexicanos, establece que el Instituto Federal de
Telecomunicaciones contar con un rgano Interno de Control, cuyo titular ser
designado por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cmara de
Diputados, en los trminos que disponga la Ley.
Que los artculos 35 de la Ley y 80 del Estatuto establecen que en el ejercicio de sus
atribuciones, la entonces Contralora Interna del Instituto, hoy rgano Interno de
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RGANO INTERNO DE CONTROl ltt INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Control, estar dotado de autonoma tcnica y de gestin para decidir sobre su
funcionamiento y resoluciones, entendiendo a la autonoma tcnica como la
facultad que le ha sido otorgada para emitir y expedir sus propias disposiciones
normativas, con el propsito de regular sus procedimientos, ello dentro del mbito
delimitado de las atribuciones que ejerce y la de gestin, respecto de las
actividades que desarrolla.
Que la autonoma tcnica y de gestin implica, no depender de criterios de
comportamiento de otros rganos u organismos. Por ello, la capacidad para
conducir su actuacin, bajo los principios de legalidad, honradez, lealtad,
imparcialidad, eficacia y eficiencia que rigen el seNicio pblico; as como para la
emisin y expedicin de los acuerdos y lineamientos de regulacin y actuacin, los
que deben respetar, en todo momento, el cumplimiento de la Constitucin Poltica
de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley, por lo que resulta indispensable emitir
y expedir: acuerdos, circulares, manuales, lineamientos y dems normas que se
requieran para hacer efectiva su autonoma tcnica y de gestin.
Que el artculo 6., Apartado A fraccin V de la Constitucin Poltica de los Estados
Unidos Mexicanos, establece como uno de los principios para garantizar el ejercicio
del derecho a la informacin, que los sujetos obligados debern preseNar sus
documentos en archivos administrativos actualizados.
Que el artculo 4, fraccin V de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Informacin Pblica Gubernamental, establece en los objetivos de la misma
mejorar la organizacin, clasificacin y manejo de los documentos.
\ Que la Ley Federal de Archivos, en su artculo 1, prev que tendr por objeto
establecer las disposiciones que permitan la organizacin y conseNacin de los
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RGANO INTERNO DE CONTROL ft INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES1
archivos. de entre otros entes, los de aquellos rganos autnomos. ello con la
finalidad de preservar el patrimonio documental de la Nacin.
Que el artculo 25 de la Ley arriba invocada, dispone que los sujetos obligados,
distintos a l Poder Ejecutivo Federal. en el mbito de sus respectivas competencias,
determinaran mediante reglamentos o acuerdos de carcter general las
autoridades encargadas de aplicar esta Ley y las disposiciones secundarias que
resulten necesarias, ello a tendiendo a las directrices y criterios que emita el Consejo
Nacional de Archivos.
Que una correcta organizacin archivstica, contribuye a sentar las bases para la
modernizacin y eficiencia de todas las actividades del rgano Interno de Control,
proporcionando elementos que garanticen la integridad y conservacin de sus
expedientes, y as facilitar y controlar su consulta y destino final, teniendo como
consecuencia la conformacin de su memoria documental.
Por lo anterior, y toda vez que a la fecha de emisin de los presentes lineamientos.
el rgano Interno de Control no cuenta con Titular, y en el ejercicio diario de sus
facultades y atribuciones, genera un gran cmulo de documentos que conforman
sus expedientes, resulta necesario que con fundamento en lo dispuesto por los
artculos 4, ltimo prrafo. 80, 82, 88 y Noveno Transitorio del Estatuto Orgnico del
Instituto Federal de Telecomunicaciones, as como los artculos 14, 16 y 28, prrafo
vigsimo, fraccin XII de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos;
en correlacin con el diverso 35 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusin; se emiten los
LINEAMIENTOS EN MATERIA DE ORGANIZACIN Y CONSERVACIN DE ARCHIVOS
DEL RGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO FEDERAL DE
TELECOMUNICACIONES
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RGANO INTERNO DE CONTROL INSTITUTO FEDERAL DE~ift TELECOMUNICACIONES TTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artculo l. Los presentes Lineamientos tienen como objeto establecer los criterios de
organizacin y conservacin de la documentacin contenida en los archivos del
rgano Interno de Control del Instituto, con la finalidad de que stos se conserven
autnticos, fiables, ntegros y d isponibles para permitir y facilitar un acceso expedito
a la informacin contenida en los mismos.
Artculo 2. S~n objetivos especficos de los presentes Lineamientos:
l. Definir las responsabilidades y actividades necesarias para la organizacin y
conservacin de los documentos y expedientes de archivo;
11. Promover la aplicacin de tecnologas de la informacin para la correcta
organizacin y administracin de los documentos que conforman los
expedientes de archivo;
111. Asegurar la conservacin y custodia de los archivos para evitar su uso
indebido, ocultamiento, destruccin, alteracin o, en su caso, divulgacin
de informacin reservada o confidencial;
IV. Facilitar a las Direcciones Generales que integran el rgano Interno de
Control del Instituto, as como a las Unidades Administrativas que lo
requieran, la consulta oportuna de la informacin;
V. Facilitar la localizacin y consulta de los expedientes;
VI. Garantizar la transparencia y el acceso a la informacin pblica.
Artculo 3. Los presentes Lineamientos son de observancia y aplicacin obligatoria
para todos los servidores pblicos adscritos al rgano Interno de Control del
Instituto.
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RGANO INTERNO DE CONTROL ltt INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Artculo 4. Para efectos de los presentes Lineamientos son aplicables las definiciones
establecidas en el artculo 4 de la Ley Federal de Archivos y, en lo conducente, las
establecidas en el artculo 3 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la
Informacin Pblica y las siguientes:
l. rea coordinadora de archivos: La Direccin General designada por el
Titular del rgano Interno de Control;
11. Cartula de identificacin de expedientes (portada o guarda exterior):
Frente del expediente donde se establecern los datos de identificacin
del mismo, de acuerdo a l cuadro general de clasificacin archivstica y el
catlogo de disposicin documental vigentes, entre los elementos debe
incluir los necesarios para sealar el fundamento legal de aquellos
expedientes que se encuentren clasificados como reservados y/o
confidenciales;
111. Catlogo de disposicin documental: Instrumento de registro general y
sistemtico que establece los valores documentales, los plazos de
conservacin, la vigencia documental, la clasificacin de reserva o
confidencialidad y el destino final de los documentos de archivo;
IV. Ciclo vital del documento: Fases por las que atraviesa un documento a lo
largo de su existencia, determinadas por sus valores y usos que tiene
durante la misma. A cada fase le corresponde un tratamiento
especializado y se conserva en un archivo especfico;
V. Cuadro general de clasificacin archivstica: Es el instrumento tcnico,
que refleja la estructura de un archivo con base en las atribuciones y
funciones del rgano Interno de Control;
VI. Custodia: Responsabilidad sobre el cuidado de los documentos, que se
basa en su posesin fsica y el derecho a controlar el acceso a los
documentos;
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RGANO INTERNO DE CONTROL ~ 1ft INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
VIl. Depuracin: Se entiende como el proceso de seleccin final de los
expedientes que sern conservados de manera permanente, de aquellos
que por su irrelevancia deben de eliminarse;
VIII. Direcciones Generales: La Direccin General de Responsabilidades y
Quejas, la Direccin General de Auditorio y la Direccin General de
Control, Evaluacin y Desarrollo Administrativo;
IX. Documento electrnico: Aquel que a lmacena la informacin en un medio
que precisa de un d ispositivo electrnico para su lectura, generado por
las Direcciones Generales, as como los que reciban de particulares o
autoridades, en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Estatuto;
X. Documento original: Es todo registro implicado en los procesos del rgano
Interno de Control, que es generado, recibido, transformado o usado que
cuente con firma autgrafa y/o sellos de recibido en original;
XI. Documentos de apoyo informativo: Documentos constituidos por
ejemplares de origen y caractersticas diversas cuya utilidad en las
unidades responsables reside en la informacin que contiene para apoyo
de las tareas asignadas.
XII. Documentos de comprobacin administrativa inmediata: Documentos
creados o recibidos por una institucin o individuos en el curso de trmites
administrativos o ejecutorios.
XIII. Expediente: Unidad documental constituida por uno o varios documentos
de archivo, ordenados y relacionados por un mismo asunto, actividad o
trmite.
XIV. Expediente activo: Integrado con la documentacin necesaria para el
ejercicio de las atribuciones de cada una de las Direcciones Generales,
de uso frecuente, que se conserva en el archivo de trmite;
XV. Expediente semiactivo: Integrado con la documentacin de uso
espordico que debe conservarse de manera precaucional por razones
administrativas, legales, fiscales o contables en el archivo de
concentracin;
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RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DEl TELECOMUNICACIONES XVI. Expurgo: Consiste en el retiro de documentos repetidos o intiles dentro
de un expediente, durante su formacin, previo a su transferencia al
archivo de concentracin;
XVII. Fondo: Conjunto de documentos producidos orgnicamente por una
dependencia o entidad con cuyo nombre se identifica.
XVIII. Gua simple de archivo: Esquema general de descripcin de las series
documentales de los archivos del rgano Interno de Control, que indica
sus caractersticas fundamentales conforme a l cuadro genera l de
clasificacin archivstica y sus datos generales;
XIX. Instituto o 1FT: Al Instituto Federal de Telecomunicaciones;
XX. Instrumentos de consulta y de control archivstico: Instrumentos tcnicos
que permiten el desempeo de las actividades archivsticas y el control
de la documentacin a lo largo de su ciclo vital;
XXI. Inventario de baja documental: Instrumento de control y consulta que
registra los expedientes que han perdido su vigencia documental y que
son susceptibles de un proceso de baja documental;
XXII. Inventario de transferencia: Instrumento de control y consulta que permite
registrar de manera sistemtica la transferencia de expedientes al archivo
de concentracin;
XXIII. Inventario general: Instrumento de control y consulta archivstico a cargo
del rea coordinadora de archivos, el cual describe el nmero de
expediente, su clasificacin y localizacin fsica, permite conocer el
contenido de las series documentales conforme al cuadro general de
clasificacin archivstica;
XXIV. legajo:Cada una de las partes en las que se puede dividir un expediente
voluminoso para facilitar su manejo, y en los cuales la foliacin es
continua;
XXV. ley: Ley Federal de Archivos;
lineamientos: Los Lineamientos en materia de organizacin y
conservacin de archivos del rgano Interno de Control;
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RGANO INTERNO DE CONTROl e ft INSTITUTO FEDERAL DEl TELECOMUNICACIONES XXVII. Nmero de expediente: El nmero que permite identificar de manera
nica a cada uno de los expedientes; y que pudiera ser dentro de cada
serie y subserie un consecutivo.
XXVIII. Oficiala de Partes: rea encargada de brindar los servicios centralizados
de recepcin y turno de documentos que se presenten al rgano Interno
de Control, as como del control de gestin documental correspondiente;
XXIX. rgano u OIC: rgano Interno de Control del Instituto.
XXX. Plan anual de desarrollo archivstico: Instrumento elaborado por el rea
coordinadora de archivos que contempla las acciones a emprender para
la actualizacin y mejoramiento continuo de los servicios documentales y
archivsticos;
XXXI. Responsable de archivo de concentracin: El servidor pblico designado
por el Titular del rgano Interno de Control, encargado de dar
seguimiento a las acciones necesarias en materia del archivo de
concentracin;
XXXII. Responsables de archivo de trmite: Los servidores pblicos designados
por el Titular de cada Direccin General y quienes son los encargados de
dar seguimiento al interior de cada una de ellas, las acciones necesarias
en materia del archivo de trmite;
XXXIII. Seccin: Cada una de las d ivisiones del fondo, basada en las atribuciones
de cada dependencia o entidad de conformidad con las disposiciones
legales aplicables.
XXXIV. Serie: Divisin de una seccin que corresponde al conjunto de
documentos producidos en el desarrollo de una misma atribucin general
y que versan sobre una materia o asunto especfico.
XXXV. Sistema de archivos y gestin documental: Constituido por la oficia la de
partes, el rea coordinadora de archivos, los responsables de archivo de
trmite de cada Direccin General y de concentracin, que interactan
desde que se producen los documentos hasta su destino final; y
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RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DEl TELECOMUNICACIONES XXXVI. Transferencia primaria: Traslado controlado y sistemtico de expedientes
de consulta espordica de un archivo de trmite al archivo de
concentracin.
Artculo 5. La estructura del Sistema de archivos y gestin documental del OIC est
compuesta por:
J. La Oficiala de Partes;
JI. El rea coordinadora de archivos, que en ejercicio de sus funciones, facilita
la organizacin, administracin, clasificacin, conseNacin y el acceso a la
informacin existente en el archivo;
111. Los Responsables de archivo de trmite de cada Direccin General que dan
seguimiento a las acciones necesarias para la organizacin, integracin y
actualizacin de la documentacin e informacin de su competencia que
integra su archivo, y
IV. El archivo de concentracin, unidad operada por el responsable del archivo
de concentracin, a quien le corresponde custodiar los expedientes
recibidos de los archivos de trmite de cada Direccin General, as como
realizar bajas documentales correspondientes.
TTULO SEGUNDO
DE LA ORGANIZACIN DE LOS ARCHIVOS
Captulo 1
De Jos Documentos
Artculo 6. Los documentos de archivo, as como los documentos de
comprobacin administrativa inmediata y de apoyo informativo, tienen
lO
RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DEl TELECOMUNICACIONES caractersticas d iferentes, por lo que el rea coordinadora de archivos brindar
asesora a las Direcciones Generales a fin de ayudar a identificarlos.
Artculo 7. Son documentos de archivo los que forman un conjunto de registros
organizados que se interrelacionan y deben ser integrados en expedientes,
adems debern reunir una o varias de las caractersticas siguientes:
l. Conforman constancia y evidencia del registro de un hecho o acto
administrativo, jurdico o contable, para la integracin de los expedientes de
cada Direccin General;
11. Se obtienen, generan, transforman o modifican en el ejercicio de funciones
y atribuciones conferidas a cada una de las Direcciones Generales, de
acuerdo con el marco jurdico-administrativo aplicable;
111. Son documentos nicos que acreditan el cumplimiento de las funciones de
los servidores pblicos del OIC, independientemente del soporte en el que
se encuentren;
IV. Los genera cada Direccin General como evidencia y testimonio del
cumplimiento de obligaciones de la gestin administrativa, independiente
de su soporte, o
V. Son documentos originales.
Artculo 8. Cuando el documento original ha sido daado por causas de riesgos
biolgicos, fsicos y humanos, es vlido el uso de copias certificadas de
documentos de archivo, para integrarlos a los expedientes.
Cuando el trmite de un asunto compete a varias reas, slo el rea productora,
quedar en posesin del documento original y el resto de los involucrados
respaldar lo correspondiente con la copia.
ll
RGANO INTERNO DE CONTROL ltt INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Artculo 9. Son documentos de comprobacin administrativa inmediata aquellos
que cumplen con todos o a lguno de los requisitos siguientes:
l. Se crean o reciben por el OIC en el curso de trmites administrativos;
11 . Son comprobantes de la realizacin de un acto administrativo inmediato,
tales como minutarios, registros de visitantes, listados de envos diversos, listas
de asistencia, etctera, o
111. Son documentos nicos que no son parte de un trmite o asunto definido en
el cuadro general de clasificacin archivstica.
Artculo 1 O. Son documentos de apoyo informativo los que cumplen con todos o
alguno de los requisitos siguientes:
t. No comprueban un hecho o acto administrativo;
11. Son documentos constituidos por ejemplares de origen y caractersticas
diversas cuya utilidad reside en la informacin que contienen para apoyo
de las tareas asignadas;
111 . Generalmente son ejemplares mltiples que proporcionan informacin, no
son documentos originales, se trata de ediciones, reprografas, fotocopias o
impresiones que sirven de informacin para la actividad de su usuario, o
IV. Por su contenido, no documentan el ejercicio de las funciones de los
servidores pblicos.
Artculo 1 1. Los documentos de comprobacin administrativa inmediata y de
apoyo informativo se podrn integrar en carpetas, legajos u otro tipo de guarda,
pero no como parte de un expediente. Estos documentos tampoco sern
transferidos al archivo de concentracin; su eliminacin se realizar en el archivo
de trmite y estar sujeta al cumplimiento de resguardo que se establezca en el
catlogo de disposicin documental. Una vez concluida su vigencia se eliminan
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RGANO INTERNO DE CONTROl ~ 1 ft INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
bajo supervisin y levantamiento de un acta administrativa firmada por el rea
productora correspondiente, el responsable del archivo de trmite y el coordinador
de archivos.
Captulo 11
De la integracin de Expedientes
Artculo 12. El proceso de apertura e integracin de expedientes, se lleva a cabo
considerando todos los documentos de archivo que se hayan recibido y/o
generado durante la gestin y trmite de los asuntos en el mbito de las
competencias de las Direcciones Generales. Para estas actividades. debern
observar lo siguiente:
l. La apertura de expedientes se har una vez que se constate que el asunto
no tenga antecedente en otro expediente;
11. Los documentos debern corresponder a un mismo asunto, funcin, persona
fsica o moral basados, segn corresponda, en atencin a las atribuciones
establecidas para cada una de las Direcciones Generales del OIC;
111. No debern integrarse a los expedientes los documentos que no
correspondan a l asunto, as como las copias, documentos duplicados y
papeles de trabajo;
IV. Los expedientes deben integrarse siguiendo el orden cronolgico del
trmite; es decir a partir del primer documento, entendiendo como tal, al
ms antiguo, haca el ms reciente, o con el orden que se les han dado a l
ser producidos, acumulados, conservados y utilizados en el desarrollo de su
propia actividad.
Para el caso de los expedientes de auditoras, verificaciones, visitas de
inspeccin y acompaamientos preventivos, se ordenarn de conformidad
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RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DEl TELECOMUNICACIONES con la gua que para tal efecto emita la Direccin General de Auditora
Interna;
V. Los expedientes contendrn una nomenclatura que permita su fcil
identificacin, localizacin y administracin, la cual deber corresponder a
una organizacin lgica;
VI. Los expedientes deben ser conformados en contenedores, los cuales
pueden ser: flderes, carpetas y/o portafolios, que debern estar
debidamente rotulados para su identificacin;
VIl. Los expedientes que cuenten con Anexos o documentos en otro soporte
como disquetes, fotografas, CD, revistas o publicaciones, se integrarn a l
expediente en sobres y/o cajas con una relacin anexa que los describa e
identifique;
VIII. Los expedientes deben permitir un manejo gil, y se crearn en su caso, la
cantidad de legajos en forma progresiva segn sea necesario, agregando
divisiones para una mejor identificacin;
IX. Los expedientes no debern contener clips, grapas u otros materiales que
puedan perjudicar su vida til y conservacin;
X. Los expedientes se debern foliar de manera mecnica y consecutiva, con
tinta roja, colocando el nmero respectivo en la parte superior derecha de
cada hoja que lo conforma, una vez que el expediente se haya integrado
en su totalidad;
XI. Los expedientes se colocarn en los muebles asignados para su guarda y
conservacin, y
XII. Los expedientes se deben identificar por medio del formato denominado
"Cartula de identificacin de expedientes", acorde con el Anexo 1 de estos
Lineamientos.
Artculo 13. Cuando la Direccin General determine que el asunto ha concluido,
proceder a:
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RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DEl TELECOMUNICACIONES l. Verificar que estn completos los datos de la cartula de identificacin de
expedientes;
11. Revisar que el expediente cuente con todos los documentos de archivo que
se relacionan con ese asunto, tomando en cuenta los que haya generado
o recibido la Direccin General productora del mismo;
111 . Practicar, en su caso, el expurgo correspondiente;
IV. Verificar que antes de ser transferidos al archivo de concentracin los
expedientes estn debidamente foliados, de forma mecnica y
consecutiva conforme a la fraccin X, del artculo 12, y
V. A partir de la fecha de cierre indicada en la cartula de identificacin de
expedientes, se contar el plazo de conservacin en el archivo de trmite
establecido en el catlogo de disposicin documental.
Para la realizacin de las actividades sealadas y para el cierre de
expedientes, la Direccin General se apoyar del rea coordinadora de
archivos, los responsables de archivo de trmite y los servidores pblicos que
hayan tenido bajo su responsabilidad el asunto.
Una vez realizadas las actividades sealadas la Direccin General, con el
apoyo y bajo la coordinacin que corresponda del rea coordinadora de
archivos cerrar el expediente de que se trate.
Captulo 111
De los documentos electrnicos
Artculo 14. Los documentos electrnicos participan de la misma naturaleza que los
documentos impresos, y por lo tanto las Direcciones Generales, los deben clasificar
atendiendo a sus caractersticas, ya sea como documentos de archivo, de
comprobacin administrativa inmediata o de apoyo informativo.
Los documentos electrnicos se clasificarn conforme a los rubros temticos o
series documentales del cuadro general de clasificacin archivstica.
15
RGANO INTERNO DE CONTROL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
Artculo 15. En las actividades de digitalizacin de documentos originales de
archivo, debern tomarse las medidas necesarias para garantizar su conservacin,
integridad, inalterabilidad, legibilidad, y reproduccin.
Captulo IV
Instrumentos de control y consulta archivsticos.
Artculo 16. El OIC contar con instrumentos de control y consulta archivsticos que
propicien la organizacin, administracin, conservacin y localizacin de los
archivos. Son Instrumentos de control y consulta archivsticos:
l. El cuadro general de clasificacin archivstica, y debe elaborarse acorde
con el Anexo 2 de estos Lineamientos.
11. El catlogo de disposicin documental, y debe generarse segn se
determina en el Anexo nmero 3 de los presentes Lineamientos;
111. La gua simple de archivo, y debe elaborarse de acuerdo con el formato a
que se refiere el Anexo nmero 4 de estos Lineamientos;
IV. Los inventarios documentales: general; de transferencia y de baja
documental y deben elaborarse acorde con el Anexo 5 de estos
Lineamientos.
Los instrumentos de control y consulta archivsticos debern ser autorizados por el
Titular del OIC.
Artculo 17. El cuadro general de clasificacin archivstica se actualizar cuando
se den cualquiera de los siguientes supuestos:
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RGANO INTERNO DE CONTROl INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
l. Cambie la estructura orgnica funcional del OIC, con motivo de la
publicacin de una modificacin al Estatuto Orgnico del Instituto;
11 . Se incorporen o desincorporen series, y
111. Se optimicen los procesos.
Artculo 18. Para el caso del catlogo de disposicin documental, adems de los
supuestos anteriores se actualizar cuando:
l. Se justifiquen cambios para los plazos de conseNacin y los valores
documentales, o
11. Se justifiquen cambios en la clasificacin de la informacin como
reseNada y/o confidencial de acuerdo a las disposiciones jurdicas
aplicables.
Los cambios se notificarn al rea coordinadora de archivos, mediante la
actualizacin de la ficha tcnica de valoracin documental, contenida en el
Anexo 6 de estos Lineamientos.
Artculo 19. La gua simple de archivo se deber actualizar anualmente y deber
ser publicada en el portal de Internet del 1FT.
Artculo 20. El rea coordinadora de archivos actualizar el inventario general por
expediente cada seis meses, a ms tardar el ltimo da hbil de los meses de
febrero y de agosto, acorde con el Anexo 5 de estos Lineamientos.
Artculo 21 . Para llevar a cabo las transferencias primarias por parte de las
Direcciones Generales, a travs del responsable del archivo de trmite, se har uso
17
RGANO INTERNO DE CONTROL ~ 1 ft INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
del inventario documental de transferencia primaria. acorde con el Anexo 5 de
estos Lineamientos.
Artculo 22. Para realizar la baja de expedientes que hayan prescrito en sus
valores documentales y carezcan de valores histricos se emplear el inventario de
baja documental, tomando como base el Anexo 5 de estos Lineamientos.
Captulo V
Del control y gestin documental
Artculo 23. El OIC contar con una oficiala de partes comn. que tendr las
siguientes funciones:
l. Recibir y registrar la documentacin que ingrese;
11. Digitalizar. turnar y dar seguimiento a la documentacin que recibe, y
111. Llevar un control para el seguimiento administrativo de la gestin a la que
d lugar cada documento ingresado al Instituto; ste deber contener por
lo menos: un nmero identificador, el cual consistir en un folio consecutivo
de ingreso renovable anualmente; una breve descripcin del contenido del
documento; la fecha y hora de recepcin, as como el nombre y cargo del
generador y receptor del documento de que se trate.
Para la recepcin de documentos en la Oficiala de Partes, el horario ser en los
das y horas hbiles. de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 3 del Estatuto Orgnico
del Instituto Federal de Telecomunicaciones. as como al Acuerdo que para tales
efectos. emita el titular del rgano Interno de Control, por lo que hace a das y
horas hbiles.
18
RGANO INTERNO DE CONTROL INSTITUTO FEDERAL DEift TELECOMUNICACIONES TTULO TERCERO
DE LAS REAS RESPONSABLES.
Artculo 24. Corresponde a las Direcciones Generales:
l. Recibir y registrar los documentos que les sean turnados por la Oficiala de
Partes;
11. Llevar un control y registro de la documentacin que generen en el ejercicio
de sus atribuciones;
111. Llevar a cabo la gestin, en el mbito de su competencia, de los
documentos que les hayan sido turnados para atencin, trmite y en su
caso, resolucin;
IV. Crear, integrar, custodiar y cerrar los expedientes, por conducto del
responsable del archivo de trmite;
V. Despachar la documentacin que le corresponda en el mbito de su
competencia;
VI. Organizar, con base en la Ley y los presentes Lineamientos, su
correspondiente archivo de trmite;
VIl. Identificar los documentos de archivo que forman parte de los asuntos
registrados con base en el cuadro general de clasificacin archivstica;
VIII. Asignar el nmero de expediente que corresponda a los documentos de
archivo;
IX. Nombrar, por conducto de su titular, al responsable de archivo de trmite;
X. Clasificar la informacin de conformidad con las disposiciones jurdicas
aplicables, y
XI. Las dems que le correspondan de conformidad con la Ley, estos
Lineamientos y dems normativa aplicable.
19
RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESl
Artculo 25. En adicin a las funciones que le establece la Ley, corresponde al rea
coordinadora de archivos las siguientes:
l. Apoyar a las Direcciones Generales para la adecuada organizacin,
administracin, funcionamiento y clasificacin de sus expedientes
contenidos en el archivo de trmite;
11. Apoyar a las Direcciones Generales y a los correspondientes
responsables de archivo de trmite, para la identificacin de los diversos
tipos de documentos, a saber: documentos de archivo; documentos de
comprobacin administrativa inmediata, y documentos de apoyo
informativo;
111. Dirig ir las actividades en materia de archivos para la debida integracin,
administracin, resguardo, organizacin, clasificacin, inventario,
prstamo y consulta, transferencia, baja documental, y conservacin de
los expedientes generados por los servidores pblicos en el cumplimiento
de sus atribuciones;
IV. Fungir, en su caso, y de la misma forma que el representante del 1FT, como
representante del OIC ante el Consejo Nacional de Archivos, y proveer
lo necesario para el debido cumplimiento de las resoluciones que dicho
Consejo establezca y que le resulten aplicables;
V. Proponer al Comit de Transparencia del Instituto los procedimientos y
pautas en materia de clasificacin, organizacin y conservacin de
archivos que, en su caso, se estimen necesarias;
VI. Elaborar, en coordinacin con los responsables de archivo de trmite y
concentracin; el cuadro general de clasificacin archivstica; el
catlogo de disposicin documental; los inventarios generales, de
transferencia y de baja documental; as como la gua simple de archivo;
VIl. Coordinar en el mbito de su competencia, las acciones de los archivos
de trmite y de concentracin; programas de capacitacin y asesora
archivstica, que permitan a los servidores pblicos, y en particular a los
20
RGANO INTERNO DE CONTROL ltt INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES responsables de archivo de trmite, obtener y reforzar conocimientos en
las materias de gestin documental y de archivos, a fin de brindar las
herramientas necesarias para mantener la gestin documental y los
archivos organizados;
VIII. Supervisar que los archivos del OIC, se encuentren actualizados,
organizados y conservados de conformidad con las disposiciones
aplicables en la materia, y permitan la localizacin expedita de los
expedientes, su d isponibilidad e integridad;
IX. Proporcionar asesora a los responsables de los archivos de trmite y de
concentracin en materia de gestin de documentos y administracin
de archivos;
X. Publicar en el sitio web del OIC, el plan anual de desarrollo archivstico,
el programa de capacitacin y asesora archivstica, as como los
instrumentos de control y consulta archivstica, y
XI. Las dems que le correspondan de conformidad con la Ley, estos
Lineamientos y dems normativa aplicable.
Artculo 26. Corresponde a cada responsable de archivo de trmite la organizacin
y conservacin de la documentacin de uso cotidiano para el ejercicio de las
atribuciones de la Direccin General a la que est adscrito, y ser responsable de
realizar, adems de las funciones que le establece la Ley, las siguientes funciones:
l. Representar a su Direccin General en materia de archivos ante el rea
coordinadora de archivos;
11. Integrar los expedientes de archivo y custodiarlos en el espacio fsico
asignado para el archivo de trmite de su Direccin General;
111. Coordinar la creacin e identificacin de los expedientes incorporando el
formato denominado cartula de identificacin de expedientes, segn se
determina en el Anexo nmero 1 de los presentes Lineamientos. Para el caso
de expedientes integrados por informacin proveniente de otras Unidades
21
RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DEl TELECOMUNICACIONES Administrativas, que en su caso contengan informacin clasificada como
reservada y/o confidencial y/o datos personales, es necesario realizar una
anotacin al reverso de la cartula con la identificacin de los folios de la
informacin clasificada.
IV. Mantener debidamente organizados los expedientes activos para su gil
localizacin;
V. Evitar la acumulacin de expedientes que hayan perdido su vigencia
documental en la Direccin General a la que est adscrito;
VI. Realizar las acciones necesarias para transferir los expedientes que han
cumplido con su plazo de conservacin en el archivo de trmite al archivo
de concentracin, previo expurgo de su contenido;
VIl. Enviar al rea coordinadora de archivos el formato denominado Catlogo
de firmas, segn se determina en el Anexo nmero 7 de los presentes
Lineamientos, nombrando a los servidores pblicos adscritos a su Direccin
General, facultados para la consulta y prstamo de expedientes;
VIII. Notificar a la Direccin General de Adquisiciones, Recursos Materiales y
Servicios Generales, cuando el espacio fsico y el mobiliario de los archivos
de trmite no cumplan con las condiciones de seguridad y funcionalidad
que garanticen la custodia y conservacin de los documentos y
expedientes;
IX. Coordinar el mantenimiento, organizacin y custodia de la documentacin
desde su ingreso a la Unidad Administrativa hasta su transferencia primaria;
X. Elaborar el inventario de archivo de transferencia primaria, acorde con el
Anexo 5 de estos Lineamientos;
XI. Realizar las transferencias primarias de aquellos expedientes que hayan
cumplido el plazo de conservacin establecido en el catlogo de
disposicin documental, y
XII. Apoyar, en el mbito de sus funciones, al rea coordinadora de archivos en
las actividades que lleven al cumplimiento de los presentes Lineamientos y
dems normatividad aplicable.
22
RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES l
Artculo 27. Corresponde al responsable del archivo de concentracin la
conservacin de los expedientes semiactivos hasta cumplir su vigencia
documental conforme al catlogo de disposicin documental, y ser responsable
de realizar, adems de las funciones establecidas en la Ley, las siguientes:
l. Recibir, conservar, guardar precautoriamente y custodiar los expedientes
semiactivos del OIC, que hayan sido transferidos del archivo de trmite
correspondiente;
11. Coadyuvar con el rea coordinadora de archivos para la elaboracin del
cuadro general de clasificacin archivstica, el catlogo de disposicin
documental, la gua simple de archivo y el inventario de baja documental,
tomando como base los Anexos 2, 3, 4, y 5 de estos Lineamientos.
111. Solicitar al rea coordinadora de archivos, con el visto bueno de su direccin
general, la liberacin de los expedientes que hayan cumplido su plazo de
conservacin en el archivo de concentracin para determinar su destino '
final;
IV. Procurar que las transferencias de la documentacin enviadas a l archivo de
concentracin sean giles, cuidando que la documentacin se integre
adecuadamente a su acervo;
V. Realizar las bajas documentales de los expedientes que carecen de valor
histrico cuyo plazo de conservacin en el archivo de concentracin haya
concluido;
VI. Realizar las acciones tendientes a la enajenacin o donacin de papel
proveniente de las bajas documentales del archivo de concentracin,
conforme a la normatividad aplicable;
VIl. Atender en forma oportuna mediante los mecanismos establecidos, las
solicitudes de consulta y prstamos de expedientes que le requieran;
VIII. Elaborar y mantener actualizado el catlogo de los servidores pblicos
facultados para la consulta y prstamo de expedientes;
23
RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONESl
IX. Planificar y promover la correcta administracin de los documentos de
archivo que se encuentren en el archivo de concentracin;
X. Vigilar la correcta aplicacin del catlogo de disposicin documentaL con
la finalidad de que se realicen las transferencias primarias en los tiempos
establecidos;
XI. Coadyuvar con el rea coordinadora de archivos en el anlisis y resolucin
de las necesidades respecto al manejo de la documentacin del archivo
de concentracin;
XII. Evitar la acumulacin excesiva de documentacin, procurando la oportuna
transferencia y depuracin de la documentacin, y
XIII. Las dems que le correspondan de conformidad con la Ley, estos
Lineamientos y dems normativa aplicable.
El responsable de archivo de concentracin deber contar con conocimientos y
experiencia en archivstica.
Artculo 28. Para la preservacin de documentos de archivo electrnicos, el rea
coordinadora de archivos tendr el ejercicio de las siguientes funciones:
l. Definir e implementar la estrategia para garantizar el debido resguardo,
confidencialidad y seguridad de los documentos electrnicos, as como de
sus plataformas;
11. Definir, en el mbito de su competencia, polticas de respaldo, depuracin
y preservacin, asegurando la autenticidad, fiabilidad, integridad y
disponibilidad de la informacin contenida en los documentos electrnicos;
111. Aplicar las medidas tcnicas de administracin y preservacin que aseguren
la autenticidad, fiabilidad, integridad y disponibilidad de los documentos
electrnicos de acuerdo con las especificaciones de soportes, medios y
aplicaciones, de conformidad con las mejores prcticas y, en su caso, las
normas nacionales e internacionales aplicables, y
24
RGANO INTERNO DE CONTROL ltt INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES IV. Atender las disposiciones que se emitan, en su caso, por las instancias
correspondientes en materia de creacin, uso y preservacin de los
expedientes electrnicos.
Artculo 29. Bajo ninguna excepcin los servidores pblicos del OIC podrn sustraer
documentos de archivo al concluir su empleo, cargo o comisin.
TTULO CUARTO
DE LA BAJA DOCUMENTAL
Artculo 30. Corresponder al responsable del archivo de concentracin, llevar a
cabo las siguientes acciones para el trmite. de baja documental:
l. Ubicar la documentacin semiactiva cuya vigencia ya prescribi a travs
de los inventarios de transferencia primaria;
11. Deber elaborar un oficio a travs del cual le informe a la Direccin General
productora que los valores de la documentacin han cumplido su plazo de
conservacin, lo anterior para garantizar la prescripcin efectiva de la
vigencia administrativa, legaL fiscal o contable de tales documentos;
111. La Direccin productora de la documentacin, va oficio, deber validar
que efectivamente la documentacin es susceptible de someterla a un
procedimiento de baja documental;
IV. A partir de la informacin obtenida, proceder a la elaboracin del
inventario de baja documental correspondiente, el cual deber estar
aprobado por la Direccin General correspondiente, el que se turnar al
Titular del OIC para su visto bueno;
Una vez que se cuente con el visto bueno del Titu lar del OIC, se debern
remitir oficios a los titulares de las Direcciones Generales productoras
25
RGANO INTERNO DE CONTROl e ft INSTITUTO FEDERAL DEl TELECOMUNICACIONES respectivas, a efecto de informar sobre dichas autorizaciones, que
constatan la destruccin de la documentacin en cuestin;
VI. Elaborar acta circunstanciada de la baja documental, la cual se debe
turnar a las Direcciones Generales involucradas para su firma;
VIl. Conservar en el archivo de concentracin por un plazo de cinco aos
contados a partir de la fecha en que se haya autorizado la baja
correspondiente, los inventarios de baja documental; y
VIII. Resguardar y archivar el acta circunstanciada de baja documental
debidamente firmada.
Artculo 31. Las acciones descritas en el artculo 30 se llevarn a cabo una vez al
ao durante el mes de agosto.
TTULO QUINTO
DISPOSICIONES FINALES
Artc ulo 32. Corresponde a la Direccin General de Responsabilidades y Quejas, de
conformidad con sus atribuciones, vigilar el cumplimiento de las disposiciones
contenidas en el presente Acuerdo.
ARTCULOS TRANSITORIOS
Primero.- El presente Acuerdo se publicara en la pgina de Internet del Instituto.
Segundo.- En aras de transparencia, se publicar en el Diario Oficial de la
Federacin un resumen con los datos de identificacin de estos Lineamientos y la
26
RGANO INTERNO DE CONTROL 6 1ft INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
direccin electrnica en la que podrn ser consultados. Estos Lineamientos
entrarn en vigor a l da siguiente a l de la pub licacin del referido resumen.
Tercero.- La primer baja documental a que se refiere el artculo 30, se llevar a
cabo dentro de los 120 das naturales posteriores a la entrada en vigor de los
presentes Lineamientos.
Firmo en s
en su ord
ejercicio de los olribuciones previstos poro lo Direccin General
de Responsabilidades y Quejos. con fundamento en los artculos 82 primer
prrafo y 88 en correlacin con lo sel'\olodo en el Noveno Transitorio del
Estatuto Orgnico del Instituto Federal de Telecomunicaciones publicado
en el Diario Oficial de lo Federacin el 4 de septiembre de 201 4 en
concordancia con lo reformo Constitucional al 28 prra fo vigsimo.
fraccin XII. publicado el27 de moyo de 2015.
27
RGANO INTERNO DE CONTROL ft INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES1
ANEXO l . CARTULA DE IDENTIFICACIN DE EXPEDIENTES
Instituto Federal de Telecomunicaciones
~iftrgano Interno de Control CARTULA DE IDENTIFICACIN DE EXPEDIENTES s ~o EC ERA C;E
~U:CC'I.' U ',x:ACIO'IIES
Clasificacin archivstica
rea productora de la documentacin:
Seccin Serie
Subserie Cdigo de clasificacin
Descripcin del expediente/ asunto
Tradicin documental Soporte documental
Original Copia Papel 1
Electrnico 1
Fechas Volumen
De apertura De cierre No. de fojas No. de legajos
Valor documental Vigencia documental (nmero de aos)
Administrativo Contable En trmite En concentracin
Legal Fiscal
Carcter de la informacin
Fecha de clasificacin Fecha de desclasificacin
Rubrica del servidor pblico que clasifica Rubrica del servidor pblico que desclasifica
Informacin reservada Informacin confidencial
SI contiene (fojas) En su totalidad Si contiene (fojas) En su totalidad
Fundamento legal Fundamento legal
Perodo de reserva
Ampliacin del perodo de reserva
28
RGANO INTERNO DE CONTROL ~lft INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
ANEXO 2. C UADRO GENERAL DE CLASIFICACIN ARCHIVSTICA
CUADRO GENERAL DE CLASIFICACIN ARCHIVSTICA
~ift Versin: Ao Fondo: Instituto Federal de Telecomunicaciones 'S'1Ut0 FEOE~;:, -IU.ECOM U',lCJ..CIONES Seccin: 1 OC Control y Auditora de Actividades Pblicas
Cdigo Serie Subserie Area productora
AUTORIZ
NOMBRE Y CARGO
29
RGANO INTERNO DE CONTROL ift INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES ANEXO 3. CATLOGO DE DISPOSICIN DOCUMENTAL
CATLOGO DE DISPOSICIN DOCUMENTAL
Versin: Aoift Fondo: Instituto Federal de Telecomunicaciones ,s ,ro fEOt~A .. DE
TH.ECOMUt, CACIONES Seccin: Control y Auditora de Actividades Pblicas
Vigencia documental Tcnicas Contexto de de la Valor Plazos de
seleccin informacindocumental conservacin
Ql oQl e: i!o = E e:Serie Observaciones:0 Qle:Cdigo -oo :2Ql ~~ o:;documental :g "O u "'Ql ue: Ql ....~-_g e:....u oo ~o o Ql -o o Ql Qlo>-Cl u i! -"O;:"' - e: e: "OQl"'Ql .r; :2QlQlo 1..... :::lo.E ou u :g 1:"'e:> < e: :Eo o: o"O :Eu o uuu< u.... "O ;;"' Q..<
AUTORIZ
NOMBRE Y CARGO
30
RGANO INTERNO DE CONTROl ift INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES ANEXO 4. GUA SIMPLE DE ARCHIVO
GUfA SIMPLE DE ARCHIVO
Versin: Ao
Nombre de la Instituto Federal de Telecomunicaciones
dependencia o rgano Interno de Control
entidad:ift NS... o: Hoja 1 de __TelCo.'.IU~ CACOMS
ARCHIVOS DE TRMITE Unidad administrativa: Nombre del responsable:
Cargo:
Domicilio:
Telfono:
Correo electrnico:
Seccin:
Serie documental Descripcin Fechas Volumen
(Ao anterior)
Apertura de expedientes
(Ao actual)
Transferencias primarias
Baja documental
Volumen total
Noto: Se ono torn todos y codo uno de los unidades administrativosque confo rman el OIC.
ARCHIVO DE CONCENTRACIN Nombre del responsable:
Cargo:
Domicilio:
Telfono:
Correo electrnico:
rea productora Serie documental Volumen
(Ao anterior)
Transferencia primaria
Baja documental
Volumen total Observaciones
AUTORIZ
NOMBRE Y CARGO
\ 31
http:TelCo.'.IURGANO INTERNO DE CONTROL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
ANEXO 5. INVENTARIO DE ARCHIVO
INVENTARIO DE ARCHIVO
Tipo: Hoja 1 de
ift Documental Transferencia primaria ( ( ) ) Fecha de transferencia: No. de transferencia: . . o ...... DE IHECO,~UI ICACI().'IifS Baja documental ( ) Ubicacin topogrfica:
Dependencia: Instituto Federal de Telecomunicaciones
Unidad administrativa: rgano Interno de Control
rea de procedencia:
Valor primario: Administrativo ( ) legal ( ) Fiscal o contable ( )
Seccin: 1OC Control y Auditora de Actividades Pblicas
Serie:
Nmero de Nmero Nmero de Descripcin del Periodo Plazos de c onservacin Observaciones caja c onsec utivo expediente expediente o asunto de
tramite Trmite Concentracin
El presente inventario c onsta de _ (fojas} y ampara la cantidad de __ expedientes de los aos de __ al __ (periodo) contenidos en _ (cajas), con un peso aproximado de __(kgs).
AUTORIZA Vo.Bo.FORMULO RECIBE
Coordinacin de archivos Responsable del archivo de concentracin
32
RGANO INTERNO DE CONTROL e ft INSTITUTO FEDERAL DE l TELECOMUNICACIONES ANEXO 6. FICHA TCNICA DE VALORACIN DOCUMENTAL
ift Instituto Federal de Telecomunicaciones rgano Interno de Control s l.. O HOERAt O?
FICHA TCNICA DE VALORACIN DE SERIE DOCUMENTALTEUCO\'U'1CACIONES
Unidad Administrativa rgano Interno De Control
Area productora de la documentacin
Nombre y puesto del responsable del rea productora
Nombre y puesto del responsable del archivo de trmite del rea productora
Domicilio Insurgentes Sur No. 838, Primer Piso, Colonia del Valle, Delegacin Benito Jurez, C.P. 03720, Mxico, Distrito federal
Telfono 50154000
Correo electrnico del responsable del archivo de trmite.
Ubicacin ffslca de la serie
Cdigo Seccin
Cdigo Serie documental
Cdigo Subserle documental
Descripcin de la serie documental
Funcin por la cual se genera la serie documental
Actividades Inherentes a la serie
No. Descripcin de la Responsable de Actividad coordinada Tipo documental actividad llevarla a cabo con producido
1
N.
33
\
RGANO INTERNO DE CONTROL ift INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES FUNDAMENTO DE LA FUNCIN POR LA CUAL SE GENERA LA SERIE DOCUMENTAL
LFT 1
1 Estatuto orgnico 1 1
Otro 1
Describir: 1
reas de la direccin general que intervienen en la generacin, recepcin, trmite y conclusin de los asuntos o temas a los que se refiere la serie documental
1
2
Otras reas relacionadas con la gestin y trmites de los asuntos o temas a los que se refiere la serie documental
1
2
Tradicin documental Volumen y soporte documental
Original 1 1
Copia 1
Fojas 1 1
Papel 1 1
Electrnico 1
Trminos relacionados con la serie
Condiciones de acceso a la serie documental
Pblica 1
Reservada 1 1
Aos 1 1
Confidencial 1
Fundamento legal
Valores documentales
Administrativo Justificacin
Legal Justificacin
Fiscal o Justificacin contable
Vigencia documental plazos de conservacin de la serie (nmero de aos}
En trmite 1 1
En concentracin 1 1
Vigencia total 1
Tcnica de seleccin
Eliminacin 1 1
Conservacin 1 1
Muestro 1
Justificacin de la tcnica de seleccin
Fecha de apertura Fecha de cierre Fechas de la serie
Ao de conclusin de la Causa o motivo serie documental
34
\
RGANO INTERNO DE CONTROL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
OBSERVACIONES
Titular de la direccin general Responsable del archivo de trmite
Mxico, D.F. a _ de de20_
35
RGANO INTERNO DE CONTROL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES
ANEXO 7. CATLOGO DE FIRMAS
ift Instituto Federal de Telecomunicaciones
rgano Interno de Control
. ~ ... "u ;f::JE".:.. CE CATlOGO DE FIRMAS TEU CO.v u .
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