LEY ORGÁNICA DE LOS CONSEJOSNACIONALES PARA LA IGUALDAD
Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 283, del 7 de julio de 2014
Es de sustancial importancia para el Ecuador contar ahora con una Ley de Consejos de Igualdad que da cuenta del rol que tiene el Estado en fortalecer la unidad nacional en la diversidad y la construcción del Estado plurinacional e intercultural.
La vigencia de esta ley forma parte del proceso de actualización de la normativa en concordancia con la naturaleza de la Constitución de Montecristi, proceso que constituye la tarea histórica de la Asamblea Nacional en estos momentos del proceso de la Revolución Ciudadana y, en este caso, en concordancia con el artículo 156 de la Constitución que establece que los consejos aseguran “la plena vigencia y el ejercicio de los derechos”.
Esta ley constituye un logro que concreta el marco constitucional en una norma que precisa el rol de coordinación que tienen los Consejos de Igualdad para promover, impulsar, proteger y garantizar el respeto al derecho de igualdad y no discriminación de las personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos con las instancias rectoras y ejecutoras así como con los organismos cuya naturaleza es la protección de derechos en todos los niveles de gobierno.
Es tarea conjunta de todas y todos los ecuatorianos y ecuatorianas hacer cada día de la letra escrita, norma viva y en orgánico diálogo con la realidad social e histórica de nuestros pueblos.
Top Related