8/17/2019 LEGISLACIÓN Y CONTAMINACIÓN DEL AGUA
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LEGISLACION Y CONTAMINACION DEL AGUA
INTRODUCCION
El agua es un recurso vital para la vida y soporte del desarrollo económico ysocial de cualquier país del mundo, fundamental para los ecosistemas y
requisito para la sustentabilidad del medio ambiente y su biodiversidad. La
distribución natural del agua en el ámbito mundial y regional es desigual
mientras en algunas regiones es abundante, en otras es escasa o inexistente.
En la región Latinoamericana puede encontrarse variados ejemplos sobre la
legislación en materia de recursos hídricos. no de ellos es el de !"xico, endonde se ha pronosticado el agotamiento de los recursos de aguas a corto
pla#o, lo que obligará a desarrollar y obtener recursos en forma no tradicional.
Ejemplo de estas vías será el recurrir al uso de agua de mar en servicios
sanitarios a la desalación de las aguas para cubrir el abastecimiento de agua
potable.
En los diversos países de $m"rica Latina así como en los de Europa y otros
continentes se han fijado normas relativas a la concesión del derecho de
aprovechamiento y control del uso del agua. Estas legislaciones se ha ido
complementando y mejorando para adecuarlas a las necesidades y t"cnicas
modernas impuestas por el desarrollo.
%ero a pesar de estas la contaminación del agua ya sea urbana o por desechos
químico u otros amena#a la salud y la vida de los seres humanos asi como el
de la fauna y la flora terrestre.
El objetivo de este trabajo es mostrar la legislación de dos países
Latinoamericanos y uno Europeo para llegar a algunas conclusiones sobre el
particular.
CAUSAS DE LA CONTAMINACION DEL AGUA
Entre estas tenemos&
• 'ontaminación %or desechos industriales, %ueden ser de dos tipos& _ En forma líquida& (cidos. $ceites y sustancias químicas
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_ En )orma sólida& metales, vidrios y plásticos.
• $guas *esidualesEstas son generadas por los centros urbanos
• +errames de %etróleo
%rovienen de los accidentes de los buques tanques y de las fugas de los
equipos de perforación marina.
CONSECUENCIAS DE LA CONTAMINACION DEL AGUA&
on Las siguientes&
• $lteración del Ecosistema• Escases del agua• uelos inf"rtil
• Extinción de la )lora• !uerte de la )auna• *uptura de la cadena alimenticia• +esaparición de la vida
ESCASES DEL AGUA
En las -ltimas d"cadas, el agua se ha convertido en un recurso estrat"gico
para el desarrollo económico y la supervivencia de los países debido a la
escase# del agua para consumo humano y a la perdida de la calidad original.eg-n las naciones nidas dos de cada / personas en el mundo, más de dos
mil millones de personas, carecen de fuentes de agua potable, lo que
ocasiona que por día 3!"" ni#os $ueran por es%e pro&le$a , mientras que
más de 0, 1// millones no cuenten con saneamiento básico.
_ Es por eso que en el 0//2, el agua 'a sido ca%alo(ada por la ONU
co$o un recurso )ini%o cu*o acceso se(uro es considerado co$o
uno de los derec'os )unda$en%ales y una de las !etas del !ilenio,donde se planteaba reducir para el a3o 0/4 el porcentaje de personas
que no tienen agua, donde se planteaba reducir para el a3o 0/4 el
porcentaje de personas que no tienen agua.
i+, SITUACI-N DEL AGUA EN M./ICO
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+iversos estudios muestran que las #onas costeras mexicanas presentan
problemas de contaminación, los cuales producen efectos nocivos sobre los
organismos que habitan en el mar, los estuarios, las lagunas costeras y los
humedales, produci"ndose en algunos casos da3os irreversibles a los
ecosistemas costeros y considerables costos sociales y económicos
LEGISLACI-N SO0RE EL AGUA EN M./ICO
Den%ro del $arco 1urídico 2i(en%e 'a* 2arios ordenamientos con
disposiciones en materia de agua. En primer lugar está la 'onstitución %olítica
de los Estados nidos !exicanos 5'%E!6, que en el artículo 07, párrafos
primero y quinto, establece la propiedad originaria de la nación sobre lasaguas. Este derecho de propiedad es inalienable e imprescriptible, seg-n el
párrafo sexto, y el derecho de beneficiarse de las aguas sólo será aquel que
derive de una concesión otorgada por el %oder Ejecutivo )ederal.
El servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de
sus aguas residuales está regulado en el artículo 4 de la '%E!, en el que
se establece que es de competencia municipal. )inalmente, creemos que en elartículo 8, párrafo quinto, cuando se habla de que& 9:oda persona tiene derecho
a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar;
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aguas residuales. Estos criterios deben considerarse en la expedición de
normas? en el tipo de tratamiento que debe aplicarse a las aguas residuales? en
el establecimiento de #onas reglamentadas, de veda o de reserva? en las
concesiones, asignaciones y permisos? y en los trabajos hidrológicos en
cuencas, cauces y aguas subterráneas. +e acuerdo con la L>EE%$,
corresponde a la emarnat expedir las =ormas @ficiales !exicanas para
prevenir y controlar la contaminación de las aguas nacionales.
ii+, SITUACI-N DEL AGUA EN ECUADOR
+urante muchos a3os el tema del manejo del agua se ha limitado casiexclusivamente al manejo de embalses, construcción de canales de riego,
drenajes, obras de captación, sistemas de agua potable, y alcantarillado. Es
decir, se han centrado en la provisión de agua para las diferentes actividades,
concentradas en la cantidad de agua que se puede entregar a una determinada
población o para una determinada actividad. in embargo, Ecuador tiene una
deuda muy alta en cuanto a los esfuer#os que se reali#an para mejorar la
calidad del agua, especialmente, del agua que se vierte producto deactividades industriales, dom"sticas y agropecuarias.
La ciudad de Auito, por ejemplo, no posee ning-n sistema de tratamiento de
aguas residuales de importancia, los que existen son muy peque3os o se
encuentran al interior de algunas industrias. 'omo consecuencia, el deterioro
de la calidad del agua se refleja en los altos índices de contaminación que se
registran en los ríos !achángara, >uayllabamba y !onjas. Los esfuer#os para
solucionar este problema en Auito no han dado sus frutos y a pesar de a3os de
estudios, millones de dólares de inversión y actuali#aciones de estudios, se
estima que en el a3o 0/2 Auito podrá contar con sus primeros sistemas de
tramiento de aguas residuales.
Lamentablemente esta situación no es exclusiva para la ciudad de Auito, casi
todas las ciudades de tama3o mediano y grande en el Ecuador, con excepción
de 'uenca y algunos sectores de >uayaquil, carecen de sistemas de
tratamiento de agua. Las consecuencias de la contaminación del agua se
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reflejan en los altos niveles de parasitosis, enfermedades diarreicas, y p"rdida
de la biodiversidad acuática relacionadas a la mala calidad dal agua.
La contaminación del agua provoca que muchos ríos a pesar de tener agua
corriendo por su cauce, el agua no se puede utili#ar para riego, ganadería o
generación electrica. %or tanto, se provoca una escase# de agua limitada por la
calidad de la misma y no por la cantidad. Esto tiene consecuencias importantes
en la gestión de los recursos hídricos ya que la falta de agua en las #onas
bajas aumenta la presión sobre los páramos y ecosistemas de altura para suplir
de agua de buena calidad a las poblaciones locales.
MARCO LEGAL SO0RE EL AGUA EN ECUADOR
La problemática ambiental fue uno de los elementos más debatidos en la
$samblea 'onstituyente de !ontecristi. Es cierto que la 'onstitución de B72
ya incorporó el derecho a vivir en un ambiente sano y libre de contaminación,
pero su texto obedecía a una tendencia histórica de pensar en la naturale#a
como la fuente de recursos y rique#as, visión antropoc"ntrica que ya había sido
cuestionada.
e plantea la visión de un modelo de desarrollo del 9buen vivir< o 9sumaCCaDsay
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$demás la 'onstitución no solo se queda con esta declaración sino que la
complementa&
• toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad
p-blica el cumplimiento de los derechos de la naturale#a 5art. 76.
• El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos,
para que protejan la naturale#a, promoverá el respecto a todos los
elementos que forman un ecosistema 5art.76.
• La naturale#a tiene derecho a la restauración. Esta restauración será
independiente a la obligación que tiene el Estado y las personas jurídicas y
naturales a indemni#ar a los individuos colectivos que dependen de los
sistemas naturales afectados 5art. 706.
• El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades
que destruyan el ecosistema o la alteración permanente de los ciclos
naturales. 5art. 7G6
• +eber ciudadano de respetar los derechos de la naturale#a, preservando un
ambiente sano y utili#ando los recursos naturales de modo racional,
sustentable y sostenible 5art. 2G6.Estos artículos reflejan el deber que tiene el Estado a garanti#ar que se cumpla
estos derechos. $sí, el artículo / párrafo 0 establece que la naturale#a será
sujeto de aquellos derechos que le recono#ca la 'onstitución. $ esto,
complementa el artículo . =umeral 0 párrafo 0 que establece que el
Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real
a favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de
desigualdad. H la naturale#a es sujeto de estos derechos.+e manera complementaria la Cons%i%uci4n es%a&lece el derec'o 'u$ano al
a(ua+ +e acuerdo a la @bservación >eneral =o. 4 relativa al derecho al agua
emitida por el 'omit" de +erechos económicos, ociales y 'ulturales de las
Naciones Unidas este derecho comprende que el agua sea accesible, que no
puede nadie verse discriminado, que su gestión recono#ca las prácticas y
normas de las distintas culturas, que est" disponible en cantidad y calidad de
manera oportuna y que se cuide su permanencia para las próximas
generaciones.
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$sí mismo, la Le* de A(uas vigente de B70, todos los derechos de aguas
deben tener concesiones, a excepción de las que se usen para el servicio y uso
dom"stico. e considera servicio, a aquella cantidad de agua que se requiere
para subsistencia, con la condición de que no de&e ser con%a$inada
des2iada o es%ancada+ En el caso de agua potable, y uso dom"stico, se
permite la desviación y el tratamiento.
El marco legal ecuatoriano, además, reconoce a las personas, el derecho a
vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de
contaminación? preservando el medio ambiente y garanti#ando un desarrollo
sustentable, por lo que además cuenta con&
a6 Ley de >estión $mbientalb6 Ley de %revención y 'ontrol de la 'ontaminación $mbiental.c6 :exto nificado de Legislación $mbiental ecundaria
=ormas con las cuales pretenden cumplir con sus objetivos.
III+, SITUACI-N DEL AGUA EN 5RANCIA
En )rancia, la agricultura intensiva es responsable de dos terceras partes de la
contaminación del agua potable, seg-n un estudio reali#ado por )' Aue'hoisir 5nión )ederal de 'onsumidores6.
$ pesar de que )rancia cuenta con una importante política de potabili#ación y
de prevención de la contaminación del agua, y de que la gran mayoría 5B7,4I6
de sus habitantes tiene acceso al agua potable, existe un porcentaje que no la
tiene. 'asi dos millones de personas se ven afectadas, principalmente en las
peque3as ciudades de alrededor de 4// habitantes.
Los agrotóxicos usados en la agricultura representan la mayor contaminación
agrícola que se produce en el agua, siendo la atra#ina, un herbicida
ampliamente utili#ado, responsable del 1/I esa contaminación. Esto se debe a
su persistencia en el medio ambiente por largos a3os, sino d"cadas, despu"s
de haber sido utili#ada. Ejemplo de esta situación es la propia )rancia, donde la
atra#ina fue prohibida en el 0//G y a-n sigue presente en el agua. En el restode la nión Europea se prohibió en el 0//7.
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Esta situación le ha creado a )rancia grandes problemas de polución agrícola
que contamina sus ríos, por lo que en el a3o 0/0 fue sancionada por el
'onsejo de Justicia de la nión Europea 5'JE6 con una multa de varias
decenas de millones de euros.
MARCO LEGAL SO0RE EL AGUA EN 5RANCIA
La Le* del 3 de enero de 6778, llamada 9Le* de A(uas: fijó los principios de
una verdadera gestión integrada del agua& carácter patrimonial del agua 5el
agua es el 9patrimonio com-n de la =aciónE 5%lan !aestro de
$provechamiento y >estión de $guas6 para las grandes cuencas hidrográficas,
el $>E 5%lan de $provechamiento y >estión de $guas6 para las subcuencas
La Direc%i2a Marco Europea del A(ua ;DMA< del 0G de octubre de 0///,
estableciendo un marco para una política comunitaria en el ámbito del agua,
dio una coherencia global a una legislación europea muy densa 5una treintena
de directivas y reglamentos desde los a3os setenta6. Esta +irectiva fija
objetivos, un calendario y un m"todo de trabajo comunes a los 07 Estados
!iembros de la nión Europea. 'omien#a por un preámbulo muy importante&
9El agua no es un bien comercial como los demás, sino un patrimonio que hay
que proteger, defender y tratar como talobierno hacia las autoridades locales& el poder ejecutivo
local se transfirió del %refecto 5representante del Estado6 hacia los
representantes elegidos 5consejo general y consejo regional6.
Le* n= 78,68> del ? de )e&rero de 6778 lla$ada @le* ATR@ la ley relativa ala $dministración :erritorial de la *ep-blica creó dos nuevos Establecimientos
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%-blicos de 'ooperación ntermunicipal 5E%'6 con fiscalidad propia& la
'omunidad de !unicipios y la 'omunidad de 'iudades, competentes en
materia de desarrollo económico y ordenación del territorio.
Le* n= 73,688 del 87 de enero 6773 lla$ada @le* Sapin@ esta ley, relativa a
la prevención de la corrupción y a la transparencia de la vida económica y de
los procedimientos p-blicos, no se refiere exclusivamente a la gestión del agua,
pero tuvo un impacto considerable en las prácticas de gobernabilidad de todos
los servicios p-blicos. nstaura, en el caso de una delegación de servicio
p-blico, la obligación de apertura a la competencia de las empresas. La
instauración de un procedimiento de licitación puso fin a las prórrogas tácitas
de los contratos.
Le* n= 7>,6"6 del 8 de )e&rero de 677> lla$ada @le* 0arnier@ esta ley
relativa al fortalecimiento de la protección del medio ambiente instituye la
obligación de un informe p-blico anual del $lcalde sobre el precio y la calidad
de los servicios de agua potable y saneamiento. La ley Farnier fija tambi"n la
duración de las delegaciones de servicio p-blico y prohíbe la práctica de
los 9derechos de entrada< que eran pagados tradicionalmente por la empresa
delegada a cambio del derecho de explotación del servicio p-blico del agua.
Le* n=7>,68B del ! de )e&rero de 677> lla$ada @le* Maeaud@ esta ley
relativa a las delegaciones nde servicio p-blico prev" la entrega de un informe
por la empresa delegada, que debe describir las cuentas de todas las
actuaciones relacionadas con la ejecución de la delegación e incluir un análisis
de la calidad del servicio. El informe debe incluir un anexo financiero y t"cnicoque permite a la autoridad p-blica apreciar las condiciones de ejecución del
contrato.
I+, CONCLUSIONES
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6 En los países desarrollados, la contaminación del agua por las aguas
residuales dom"sticas e industriales cada ve# se controla mejor, las
contaminaciones de origen agrícola siguen siendo preocupantes.
06 En los países en desarrollo, las poblaciones sufren sobre todo de la falta deagua sana y de contaminaciones microbiológicas graves& el agua sigue
siendo la primera causa de mortalidad en el mundo con 8 millones de
muertes cada a3o seg-n la @!
G6 %ero, si bien es cierto que en ambos contextos existe enjundiosos marcos
legales que se encargan de imponer los castigos pertinentes para las
personas u organi#aciones que no cumplan con estas disposiciones elproblema es que en la práctica se soslayan o se incumplen por diversas
ra#ones. %or lo que se requiere hacer cumplir las leyes irrestrictamente con
la finalidad de proteger de forma imperativa la vida humana, fauna y flora, o
dicho de otra manera, hay que terminar con la falta de autoridad del Estado
para hacer que se respeten las leyes sobre el particular y en general.
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