Madrid, 21 de Mayo de 2008.
LA RENOVACIÓN EN LAS TÉCNICAS DE SUPERVISIÓN:
EXPERIENCIA EN CHILE
Sr. Osvaldo Macías M., SVS-Chile
Mercado Asegurador.
Intermediarios• Agentes de Venta• Corredores de Seguros• Corredores de Reaseguros• Liquidadores de Siniestros
Compañías• Cías. de Seguros Generales (primer grupo)
• Cías. de Seguros de Crédito (primer grupo)
• Cías. de Seguros de Vida (segundo grupo)
• Cías. de Reaseguro
Organismo Supervisor y Regulador Superintendencia de Valores y Seguros
Marco Legal
Clasificadoras de RiesgoAuditores Externos
Adm. de MHE
BomberosSistema de consultas y ofertas
de montos de pensiónSCOMP
Estructura del Mercado.NÚMERO DE PARTICIPANTES EN EL MERCADO
1991 1995 2000 2002 2004 2006 2007
Compañías de Seguros 45 52 56 55 52 51 49Generales 20 23 23 23 22 21 21Vida 25 29 33 32 30 30 28
Compañías de Reaseguro 62 88 136 1 1 93 98Nacionales 4 4 2 1 1 1 3
Generales 2 2 0 0 0 - -Vida 2 2 2 1 1 1 3
Extranjeras 58 84 134 0 0 92 95
Corredores de Reaseguros 30 60 85 86 51 52 51Nacionales 1 1 12 13 17 20 19Extranjeros 29 59 73 73 34 32 32
Liquidadores 517 579 205 205 204 201 195Personas Naturales 485 536 168 168 161 152 149Personas Jurídicas 32 43 37 37 43 49 46
Corredores de Seguros 2.330 2.140 2.136 2.361 2.493 2.545 2.568Personas Naturales 2.014 1.786 1.740 2.001 2.140 2.158 2.176Personas Jurídicas 316 354 396 360 353 387 392
Adm. Mutuos Hipotecarios 6 14 20 16 16 16 16
Adm. Fondos de Terceros - - 2 2 2 0 0
TOTAL 2.990 2.933 2.640 2.726 2.819 2.958 2.977
Antecedentes del cambio.
• Evaluación Interna cumplimiento principios básicos IAIS.
• Recomendaciones FSAP 2004.
• Consultoría FIRST (OSFI Canadá)
• Experiencia Internacional.
• Experiencia supervisión bancaria nacional (SBIF).
Cambios en la Estructura Organizacional.
• Durante el año 2007 se efectuó una reorganización de algunas divisiones, con el objetivo de adecuarse al nuevo enfoque de supervisión.
• Las nuevas estructuras actualmente permiten que la SVS enfrente de manera adecuada la transición hacia el nuevo enfoque de supervisión.
JEFE DE DIVISIÓN
SUPERVISORESANALISTAS
SUB-JEFE DIVISIÓN
Esquema antiguo: División Control Financiero.
Esquema nuevo: División de Supervisión de Seguros.
JEFE DIVISIÓN
UNIDADVida 1
DPTO DE
RIESGOUNIDADP&C 1UNIDAD
Vida 2
UNIDADP&C 2UNIDAD
Vida 3
ANALISTAS ANALISTAS ANALISTASANALISTAS ANALISTAS
Esquema nuevo: División Regulación Seguros.
JEFE DIVISION
DPTODE
ACTUARIADO
DPTO TÉCNICO Y DE
SEG. PREVISIONALES
DPTODE
REGULACION
ANALISTAS ANALISTAS ANALISTAS
Enfoque de Supervisión de la IAIS. Nivel 3 Nivel 2 Nivel 1
EVALUACION DE SUPERVISION E INTERVENCION
FINANCIERA
GOBIERNO
CORPORATIVO
CONDUCTA DE
MERCADO
Condiciones básicas para La autoridad supervisora de seguros el funcionamiento efectivo de El sector y la supervisión de seguros
Precondiciones
Requerimientos regulatorios
Evaluación de Supervisión
Reporte al Supervisor
Divulgación Pública
ESTRUCTURA COMUN DE SOLVENCIA Y ESTANDARES
NIVEL REGULATORIO:
REQUERIMIENTOS MINIMOS DE SOLVENCIA
NIVEL 2
NIVEL 1
NIVEL DE SUPERVISION:
PROCESO DE EVALUACIÓN DE RIESGOS Y ACTIVIDADES DE MITIGACION
Nuevo Modelo Supervisión de Seguros.
• ENFOQUE DE SUPERVISION BASADO EN RIESGOS
• GOBIERNOS CORPORATIVOS
• CONDUCTA DE MERCADO Y DISCLOSURE
• CAPITAL BASADO EN RIESGO
• NUEVO REGIMEN DE INVERSIONES
• NUEVAS NORMAS SOBRE VALORIZACION DE ACTIVOS Y PASIVOS CONSIDERANDO VALOR ECONOMICO (IFRS)
Modificación modelo de Supervisión Seguros.
• Contempla fundamentalmente las siguientes áreas o materias:
1. Nuevo régimen de inversiones.
2. Nuevo requerimiento de capital sensible a los riesgos.
3. Nuevo sistema de evaluación de solvencia de las compañías.
4. Otros aspectos complementarios.
1. Nuevo régimen de inversiones.
NIVEL REGULATORIO:
REQUERIMIENTOS MINIMOS DE SOLVENCIA
• CAPITAL BASADO EN RIESGO
• NUEVO REGIMEN DE INVERSIONES
• NUEVAS NORMAS SOBRE VALORIZACION DE ACTIVOS Y PASIVOS CONSIDERANDO VALOR ECONOMICO (IFRS)
NIVEL 1
Nuevo régimen de inversiones.
Situación actual
• La actual regulación establece una serie de restricciones y límites a las inversiones de las aseguradoras.
- OBJETIVO limitar el riesgo de insolvencia de las aseguradoras, producto de inversiones riesgosas que le puedan originar pérdidas futuras importantes.
- PROBLEMA pueden generar distorsiones en las decisiones de inversión de los agentes y rigideces para administrar las carteras de inversión, en un ambiente altamente dinámico como el actual.
Nuevo régimen de inversiones.
•El nuevo régimen contempla:
- Mayor flexibilidad para invertir.
- Responsabilidad del Directorio.
- Requerimiento de capital sensible a los riesgos de los activos y pasivos.
Nuevo régimen de inversiones.
• Los cambios que se contemplan en materia de inversiones son:
A. Se eliminará el concepto de inversión calificada para respaldar compromisos, considerándose todos los activos de la compañía, siempre que tengan un claro valor de realización y no estén sujetos a gravámenes o prohibiciones.
Nuevo régimen de inversiones.
B. Se reemplazará la actual malla de límites de inversión por un reducido número de límites que apuntan a objetivos específicos.
Por ejemplo:
• En Ley : grupos empresariales y empresas relacionadas.
• En Decreto Supremo Ministerio de Hacienda:
– Derivados– Activos de baja liquidez– Por emisor
Nuevo régimen de inversiones.
C. Se incorporarán los riesgos de las inversiones a los requerimientos de capital, limitándose por esta vía una excesiva exposición a riesgos de la compañía.
D. Como complemento al requerimiento de capital, el nuevo esquema de supervisión de solvencia basada en riesgos incluirá un nivel de supervisión que contempla:
- Un análisis de políticas de inversión a nivel individual.
- Una evaluación de la calidad de la gestión de riesgo de las inversiones de la compañía.
2. Nuevo requerimiento patrimonial.
NIVEL REGULATORIO:
REQUERIMIENTOS MINIMOS DE SOLVENCIA
• CAPITAL BASADO EN RIESGO
• NUEVO REGIMEN DE INVERSIONES
• NUEVAS NORMAS SOBRE VALORIZACION DE ACTIVOS Y PASIVOS CONSIDERANDO VALOR ECONOMICO (IFRS)
NIVEL 1
SITUACIÓN ACTUAL CAMBIO PROPUESTO
Concepto de Patrimonio Neto:
Activos menos Pasivos, deducidos los activos que no constituyan inversión efectiva.
Concepto de Patrimonio Disponible:
Activos menos Pasivos, deducidos los activos que no constituyan inversión efectiva.
Adicionalmente, se deducen los activos afectos a gravámenes o prohibiciones.
Se incorpora posibilidad de considerar como capital la deuda subordinada.
Nuevo Requerimiento Patrimonial.
SITUACIÓN ACTUAL CAMBIO PROPUESTO
Exigencia Patrimonial:
Máximo entre:
- Patrimonio necesario para mantener las relaciones de endeudamiento.- Margen de Solvencia.- US$ 4 millones (aprox.)
Exigencia Patrimonial:
Máximo entre:
- Capital Basado en Riesgo.- US$ 4 millones (aprox.)
Nuevo Requerimiento Patrimonial.
Concepto de Capital Basado en Riesgo (CBR).
• Se determinarán factores de depuración de los activos, atendiendo diferentes riesgos que los pueden afectar (riesgos de mercado, de crédito, de iliquidez, etc.)
• Simultáneamente se determinarán factores de ajustes de los pasivos.
• Los ajustes se basarán en una estimación de pérdidas esperadas para un período determinado y con un margen de confianza asociado.
Nuevo Requerimiento Patrimonial.
Concepto de Capital Basado en Riesgo (CBR).
• El capital requerido en base a riesgos corresponderá a la suma de las pérdidas esperadas para hacer frente a las disminuciones de activos e incrementos de pasivos.
• Su importancia radica en que permite diferenciar exigencias patrimoniales atendiendo la gestión que efectúe la compañía de los diferentes riesgos que la afectan.
• El CBR se determinará de acuerdo a la metodología, bases técnicas, procedimientos y otros parámetros fijados mediante Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda.
Nuevo Requerimiento Patrimonial.
Concepto de Capital Basado en Riesgo (CBR).
• La determinación del CBR se efectuará sobre la base de una metodología estándar, que considerará, entre otros aspectos, la determinación de factores de riesgo a aplicar sobre las diferentes partidas del balance.
• Alternativamente, se autorizará la utilización de modelos internos que reemplacen total o parcialmente la metodología estándar.
3. Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
NIVEL 2
NIVEL DE SUPERVISION:
PROCESO DE EVALUACIÓN DE RIESGOS Y ACTIVIDADES DE MITIGACION
• ENFOQUE DE SUPERVISION BASADO EN RIESGOS
• GOBIERNOS CORPORATIVOS
• CONDUCTA DE MERCADO Y DISCLOSURE
• Como complemento al requerimiento regulatorio, la SVS incorporará un nuevo sistema de evaluación de solvencia de las compañías, con el objetivo de:
– Capturar otros riesgos de carácter más bien cualitativo que no son recogidos por el requerimiento patrimonial de solvencia.
– Incentivar y promover que las aseguradoras adopten sistemas de monitoreo, evaluación y mitigación de los riesgos, acordes al tamaño y complejidad de sus negocios.
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
• Se establecerán categorías y los conceptos básicos con los que la SVS evaluará la solvencia de las aseguradoras. Con este fin se clasificará a las compañías de acuerdo a lo siguiente:
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
CATEGORIA
DE SOLVENCIA
Solvencia Fortaleza Patrimonial
Nivel de Riesgo
I Fuerte A A
II Adecuada A
B
B
A o B
III Vulnerable C
A o B
A o B
C
IV Débil C
A o B
C
D
V Alto Riesgo de Insolvencia
D
C
A, B, C o D
D
• Para clasificar a las aseguradoras en las categorías de solvencia anteriores, en primer lugar se establecerán los siguientes niveles de fortaleza patrimonial:
Nivel A: Compañías con patrimonio disponible / patrimonio requerido ≥ X
Nivel B: Compañías con Y ≤ patrimonio disponible / patrimonio requerido < X
Nivel C: Compañías con Z ≤ patrimonio disponible / patrimonio requerido < Y
Nivel D: Compañías con patrimonio disponible / patrimonio requerido < Z
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
•En segundo lugar se establecerán los niveles de riesgo siguientes:
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
NIVEL COMPAÑIAS
A Con riesgo bajo, que no se encuentran clasificadas en los niveles B, C y D siguientes.
B Con riesgo moderado, cuya estabilidad financiera no debería verse afectada ante situaciones económicas o de negocios adversas.
C Con riesgo sobre el promedio, cuya estabilidad financiera es vulnerable ante situaciones económicas o de negocio adversas y que requieren la adopción de medidas de mitigación de sus riesgos con prontitud, para evitar situaciones de insolvencia.
D Con riesgo alto, cuya viabilidad se encuentra en duda y que requieren la adopción de medidas urgentes para mantener su continuidad de negocios y evitar su insolvencia.
Nivel de Fortaleza Patrimonial
Nivel A
Nivel B
Nivel C
Nivel D
Nivel I (Fuerte)
Nivel II (Adecuado)
Nivel III (Vulnerable)
Nivel IV (Débil)
Nivel II (Adecuado)
Nivel II (Adecuado)
Nivel III (Vulnerable)
Nivel IV (Débil)
Nivel III (Vulnerable)
Nivel III (Vulnerable)
Nivel IV (Débil)
Nivel IV (Alto
Riesgo)
Nivel IV (Alto Riesgo)
Nivel IV (Alto Riesgo)
Nivel IV (Alto Riesgo)
Nivel IV(Alto
Riesgo)
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
Nivel de Riesgo
Nivel A Nivel B Nivel C Nivel D
• En síntesis, la mencionada metodología se basará en el análisis de:
1. Fortaleza patrimonial dada por la relación entre Patrimonio Disponible y CBR.
2. Nivel de riesgo con énfasis en la calidad de la gestión.
• La SVS establecerá la metodología específica para la señalada evaluación de solvencia.
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
1. Fortaleza patrimonial:
• Se medirá sobre la base de la holgura patrimonial por sobre el requerimiento mínimo:
CBR)o4.000MUS$(riesgosabaseenRequeridoPatrimonio
DisponiblePatrimonio
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
2. Nivel de Riesgo:
a. Evaluación de riesgos inicial.
b. Matriz de Riesgos.
c. Mitigación de Riesgos.
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
a. Evaluación de riesgos inicial: Indicadores Alerta Temprana.
– Con el objetivo de disponer de un análisis simplificado de la situación de cada aseguradora que permita priorizar la aplicación de la evaluación de riesgo, se dispondrá de un conjunto de indicadores de alerta temprana.
– Éstos, junto a un análisis de impacto, permitirán obtener un primer análisis básico de cada compañía (supervisión de primera línea).
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
• Los componentes de la metodología serán:
– ratios o indicadores
– valores o rangos para cada uno de ellos
– análisis de impacto
– métrica que combina estos tres componentes generando una medida de riesgo
• Dependiendo del tipo de indicador y del impacto de la aseguradora en el mercado, se determinará un cierto nivel de alerta para la compañía.
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
• Los indicadores considerados corresponden a:
– Inversiones– Operacional– Rentabilidad– Estructura de Costos– Endeudamiento y Solvencia
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
• Para definir el tipo de indicador, se asignaron en tres niveles de importancia: baja, media, alta.
• En relación al impacto, la clasificación se relaciona con la participación de mercado de la compañía en el mercado como un todo y en ciertos productos específicos, asignándose los siguientes niveles: alto, medio alto, medio bajo y bajo.
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.Compañía xxGrupo VidaImpacto altoPeríodo
Nombre del IndicadorImportancia del
indicador
Resultado del Indicador (1= fuera de rango; 0=dentro del
rango)Puntaje
Indicador 1 3 0Indicador 2 3 0Indicador 3 3 0
Indicador 4 2 0Riesgo
PonderadoRiesgo Final
Indicador 52 1
Indicador 6 2 1Indicador 7 2 0
Indicador 82 0
Indicador 9 2 0
Indicador 10 1 1Indicador 11 1 1
Indicador N-2 1 0
Indicador N-11 0
Indicador N 1 0
10
10 Bajo
0
Alerta Incumpliento de Normas
b. Matriz de RiesgoRiesgos inherentes
Riesgos de Activos: - Crédito- Mercado- Liquidez
Riesgos de Pasivos:- del Seguro- Reservas Técnicas
Operacionales y Tecnológicos Legal y Regulatorios Riesgo de Contagio o de Partes Relacionadas
Riesgo Neto _ Soporte de Capital: Cobertura de capital Utilidades Acceso a capital adicional
Calidad de la Gestión de Riesgos
Gobierno Corporativo
Control Interno
Cumplimiento
Gestión de riesgos
Gestión Operacional
Clasificación General
Riesgo Neto
Riesgo Neto Total
= RIESGO GENERAL DE LA
COMPAÑÍA
Dirección de Riesgo
Plazo
c. Mitigación de los riesgos.
– Analizado el nivel de riesgo de la compañía, se adoptarán medidas de mitigación de acuerdo a los distintos niveles de riesgo detectados en la aseguradora.
– Esto permite actuar en forma proactiva y oportuna en casos de situaciones de riesgos que pongan en peligro la estabilidad financiera de la compañía.
Nuevo sistema de evaluación de solvencia.
Gobiernos Corporativos.
Se establecerá:
• Como responsabilidad del Directorio la definición de las políticas de inversión, suscripción de riesgos, entre otras, y la adopción de adecuados procedimientos para el control y gestión de sus riesgos.
• La obligación de la SVS de mantener un registro de aquellos auditores externos que podrán llevar a cabo sus actividades en aseguradoras y reaseguradoras.
Otros aspectos complementarios.
Gobiernos Corporativos.
Se establecerá:
• La obligación de la SVS de mantener un registro de actuarios matemáticos que cumplan con los requisitos para desarrollar dicha función en las compañías.
• Que las compañías cuenten con al menos un actuario de los inscritos en el registro como responsable de la adecuada determinación de los compromisos mantenidos con asegurados y beneficiarios.
Otros aspectos complementarios.
Licencias.
• En relación al otorgamiento de autorización para la constitución de una entidad aseguradora, para las compañías de P&C, se hacen extensivas las exigencias sobre el otorgamiento de licencias existentes para compañías de vida.
• Como complemento de lo anterior, las exigencias incorporan otros requerimientos usualmente considerados de acuerdo a las recomendaciones internacionales y buenas prácticas en materia de supervisión.
Otros aspectos complementarios.
IFRS.
• El nuevo enfoque se complementa con la adopción de IFRS a seguros a partir del año 2010.
Otros aspectos complementarios.
Vigencia y aplicación de las modificaciones.
• Los cambios que no requieren modificaciones legales están siendo implementados gradualmente.
• Los cambios descritos que requieren modificaciones legales serán aplicables en un plazo aproximado de dos años contados desde la publicación de las modificaciones a la ley.
Otros aspectos complementarios.
Top Related