Jornadas 30 aniversario de la creación de la Intervención General de la Seguridad Social“Los retos de la Intervención General de la Seguridad Social en el siglo XXI”
EL MODELO DE AUDITORIA ÚNICALa perspectiva desde los Órganos Autonómicos
de Control Externo y EURORAI
Madrid, 29 de noviembre de 2007
Rafael Vicente QueraltSíndic Major de la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana
SUMARIO
I. CONCEPTO Y PRINCIPIOS GENERALESII. LAS NUEVAS TENDENCIAS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICAIII. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS
AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO1º. Elementos fundamentales desde un marco legal general de la auditoria
única de los OCEX2º. Consideraciones desde el marco normativo de la auditoria única de los
OCEXIV. LOS PRIMEROS PASOS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA EN EL
ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LOS OCEX1º. Actuaciones de los OCEX Autonómicos hacia una auditoria única en sus
propios informes2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas
Universidades Públicas Patrimonio Municipal de Suelo Rendición de Cuentas de las Entidades Locales
V. LA PERSPECTIVA DESDE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DE EURORAI
VI. CONCLUSIÓN FINAL ¿UTOPÍA?VII. BIBLIOGRAFIA
I. CONCEPTO Y PRINCIPIOS GENERALES
I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES
AUDITORIA ÚNICA
“Término que nos remite a la forma de abordar aquella situación en la que una entidad es objeto de varias auditorias, deduciéndose de este hecho la necesidad de contar con el trabajo de los auditores para evitar duplicidades en las fiscalizaciones.”
AUDITORIA ÚNICA DE CONTROL INTERNO
AUDITORIA ÚNICA DE CONTROL EXTERNO
Planificación coordinada de ambas auditorias
AUDITORIA ÚNICA
I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES
PRINCIPIOS GENERALES
La auditoria pública, por su propia naturaleza, es un estímulo para una gestión eficiente.
Aplicación de nuevas tecnologías a la auditoria pública que permitirá:
Un resultado final de mayor transparencia Facilitara el acercamiento del órgano
fiscalizador al ente auditado y del trabajo final realizado a los parlamentos a los que vadirigido, y en última instancia, a los ciudadanos
II. LAS NUEVAS TENDENCIAS HACIA
UNA AUDITORIA ÚNICA
II. LAS NUEVAS TENDENCIAS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA
1. El nuevo papel del control interno que pretende obtener una valoración real de la gestión pública para el propio gestor.2. Si llegásemos a implantar un nuevo sistema de auditoria única debemos partir de los nuevos conceptos de control externo:
COORDINACIÓN DE LAS ENTIDADES QUE
DESEMPEÑEN FUNCIONES DE
COMPROBACIÓN
IMPULSO DE LAS INTERRELACIONES ENTRE
TODOS LOS ORGANOS FISCALIZADORES TANTO
INTERNOS COMO EXTERNOS
a) EL RESULTADO FINAL FACILITE LA COMPARACIÓN DE LA
INFORMACIÓN DE LOS INFORMES Y CONSIGA LA
MEJOR GESTIÓN ADMINISTRATIVA
b)
c)
III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS
AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO
III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO
Declaración de los Presidentes de los Tribunales de Cuentas
Autonómicos
Las medidas que se adopten en materia de control externo deben “favorecer la cooperación entre todas las instituciones de control”
Avanzar sobre el modelo presupuestario con objetivos e indicadores claros y comunes que permitan al auditor externo pronunciarse en su conjunto sobre la eficacia de la gestión pública
Conviene reflexionar sobre la actualización del marco normativo correspondiente atendiendo la actuación de los OCEX, al respecto del principio de subsidiariedad
Partiendo de esta declaración de intenciones se puede analizar lo que se entiende como auditoria única desde la perspectiva del control externo
de los Órganos Fiscalizadores Autonómicos
ADMINISTRACIÓNCOMISIONES DE ENLACE
CONTROL EXTERNO
COORDINACIÓN
INFORMACIÓN
CONFIANZA
FORMACIÓN
SEGUIMIENTO
Gestión-calidad
Control internobasado en técnicas
de auditoria
Órgano de control externo
Informe final
“Auditoría única”Financiación por objetivos
(contrato-programa, indicadores de gestión,
etc)
Cumplimiento de objetivos y recomendaciones
III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO
1º. Los elementos fundamentales desde un marco general de la auditoria única de los OCEX
AUDITORíAÚNICA
Organización y personal:Capacidad profesional y
formación común; convocatoria de
reuniones periódicas de los implicados en los
procesos
Información: La confianza mutua entre todos los órganos de control e intercambio de información
Preparación de trabajos:El conocimiento y coordinación
mutua de los programas de trabajo y calendario de
ejecución (trabajo de campo)
Contenido de los informes:La utilización de los informes por
cualquier institución y seguimiento de sus recomendaciones
Normativa:El desarrollo normativo y
metodológico común en los órganos de control
III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO
Se podría resumir el concepto de auditoría única en los siguientes principios:
III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO
2º. Consideraciones desde el marco normativo de la auditoria única de los OCEX
Esta confluencia de controles sobre una misma entidad pública es la que vamos a tratar de analizar para evitar duplicidades y poder llegar a una “auditoria única”, de manera que, aprovechando los trabajos de auditoria de control interno se pueda emitir un informe final único de control externo que permita llegar a conclusiones también comunes.
Desde una perspectiva autonómica existen instituciones y entidades de carácter público que son objeto:
1º Un control financiero por parte de los órganos de
control interno de la propia administración
y a la vez 2ª De un control externo posterior por parte del Tribunal de Cuentas
Autonómico
IV. LOS PRIMEROS PASOS
HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA EN EL ÁMBITO DE
ACTUACIÓN DE LOS OCEX
IV. LOS PRIMEROS PASOS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LOS OCEX
1º. Actuaciones de los Órganos de Control Externo Autonómicos hacia una auditoria única en sus propios informes
A. Existe un doble control en las Universidades Públicas Valencianas con carácter anual llevado a cabo:
Por la Intervención General de la Comunidad Autónoma Por la Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana
En la Comunidad Valencia, para evitar este doble control se adoptó la decisión de llevar a cabo
una fiscalización coordinada entre
Sindicatura e Intervención, en 2002
Se optó por efectuar una fiscalización limitada de todas las universidades con una específica revisión sobre las áreas:
Presupuesto y contabilidad Inversiones Contratos y convenios de investigación Ingresos excepto tasas Activos y Pasivos Financieros Balance de Situación y Cuenta de Resultados
(Incluyendo pagos a justificar)
Tesorería y Extrapresupuestarios y Tasas y Otros ingresos no se realizaron por ser analizadas en profundidad por las firmas de auditoria privadas contratadas por la Intervención
Para llevar a cabo este informe se tomaron las siguientes prevenciones:
COORDINACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN
Ajuste de los programas de auditoria entre la Intervención General y la Sindicatura de Comptes
COORDINACIÓN DEL CALENDARIO DE EJECUCIÓN Y TRABAJO DE CAMPO
Racionalización de las pruebas de las áreas a revisar a las que se ha hecho referencia mediante:
Única petición de documentación inicial Única circularización a terceros Trabajo de campo simultáneo con la firma de
auditoria Aplicación de las normas de auditoria que regulan
la utilización de trabajos de otros auditores y sobre admisión o no de sus conclusiones
COORDINACIÓN EN EL CONTENIDO FINAL DEL INFORME
La Sindicatura hizo este informe final único como un informe propio al amparo de su programa anual de actuación, con su tramitación interna y externa análoga a la de cualquier otro informe.
POBILIDAD CONJUNTA DEL SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES
Seguimiento posterior de las recomendaciones, con su comunicación a la Intervención General, con lo cual se cerró el denominado “ciclo de control” con este informe único
IV. LOS PRIMEROS PASOS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LOS OCEX
1º. Actuaciones de los Órganos de Control Externo Autonómicos hacia una auditoria única en sus propios informes
B. Supone también un avance muy significativo el “Convenio de colaboración entre la Consejeria de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias y la
Audiencia de Cuentas de Canarias para el establecimiento del sistema de la auditoria única en el ejercicio de sus competencias de control”, que pretende:
Desarrollar un plan conjunto de actuación que propicie la implementación de las características del modelo o sistema de auditoria única (universidades
públicas Canarias, empresas de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y Fundaciones Públicas de la misma Comunidad)
Coordinar los respectivos planes de actuación con:
Normalización procesos de planificación
Ejecución de controles
Elaboración de informes finales comunes
Constitución de una comisión de dirección del convenio y otra de seguimiento del mismo
IV. LOS PRIMEROS PASOS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LOS OCEX
1º. Actuaciones de los Órganos de Control Externo Autonómicos hacia una auditoria única en sus propios informes
C. Hay que destacar que cualquier actuación que mejore la transparencia en la gestión de los fondos públicos, ha de facilitar los pasos para conseguir una auditoria única.
La Intervención General de la Generalitat Valenciana ha publicado en julio de 2007 a través de su página web:
La Cuenta General de la Administración Autonómica del ejercicio 2006, que comprende:
Cuentas de la Administración del ConsellEntidades AutónomasEmpresasFundaciones PúblicasLos correspondientes informes de auditoria interna financiera, de
legalidad y operativa.
Esto permite que el órgano de control externo conozca con la antelación suficiente aquellos informes de auditoria interna y pueda utilizarlos en un
hipotético informe final que supondría la consolidación de la auditoria única
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de CuentasA.- Informe de fiscalización conjunto del TCU y de los OCEX respecto de las Universidades Públicas, ejercicio 2003 (a iniciativa de la Comisión Mixta Congreso- Senado), cuyos pasos más significativos fueron:
a) Convocatoria de la Comisión de Coordinación, para planificar y llevar a cabo esta fiscalización conjunta de las Universidades Públicas
b) Constitución de tres grupos de trabajo que:
Elaboraron los programas de actuación
Confeccionaron los cuestionarios correspondientesc) Programa general de fiscalización (aprobado por los Plenos de los órganos intervinientes), coordinado con su programa de actuación anual, para la revisión de las siguientes áreas:
Organización interna y estructura funcional de cada
universidad
Rendición de cuentas, aprobación y ejecución del
presupuesto y análisis situación económico
financiera
Gestión del personal, actividad docente,
investigación, contratación e
informática
Los informes de cada órgano fueron aprobados y tramitados internamente por sus órganos competentes y remitidos a los respectivos Parlamentos Autonómicos; se cursaron al Tribunal de Cuentas, el cual a su vez, ha elaborado el informe conjunto definitivo, que fue aprobado por el Pleno de ese Tribunal y sometido a la Comisión Mixta Congreso-Senado
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas
INICIATIVA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
A TRAVÉS DE LA ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN EN EL ÁMBITO LOCAL Y LA
CREACIÓN DE UNA COMISIÓN DE TÉCNICOS
Los órganos competentes respectivos de los órganos de control externo participante, incluyeron este informe en su programa de actuación anual con las siguientes características:
1. Verificar la constitución y el adecuado control del PMS. 2. Analizar los bienes que integran el PMS procedentes de operaciones
realizadas en el ejercicio a fiscalizar.3. Comprobar la gestión y utilización del PMS en el ejercicio a
fiscalizar, verificando que los usos son conformes con las finalidades del PMS previstas legalmente.
OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN
B.- Informe de fiscalización horizontal del área del Patrimonio Municipal del Suelo, ejercicio de 2004 llevado a cabo en colaboración de los OCEX con el Tribunal de Cuentas.
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas
B.- Informe de fiscalización horizontal del área del Patrimonio Municipal del Suelo, ejercicio de 2004 llevado a cabo en colaboración de los OCEX con el Tribunal de Cuentas.
FASES DE LA FISCALIZACIÓN
FASE 1Legislación aplicable
FASE 2Estudio comparativo
de las legislaciones
FASE 3Cuestionarios
FASE 4Trabajo de campo
Comparación de la
legislación autonómica y
estatal (OCEX)
Realizada sólo por el TCU, quien ha
efectuado un estudio comparativo de las
legislaciones autonómicas y
estatal sobre el PMS
Cuestionario del que se ha obtenido
información general de los ayuntamientos seleccionados
(OCEX)
Fiscalización “in situ” de los Ayuntamientos seleccionados
(OCEX)
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas
B.- Informe de fiscalización horizontal del área del Patrimonio Municipal del Suelo, ejercicio de 2004 llevado a cabo en colaboración de los OCEX con el Tribunal de Cuentas.
ÁMBITO SUBJETIVO
Los mayores de 100.000 habitantes.
Las capitales de provincia, cualquiera que sea su población.
Los 5 ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes de cada Comunidad Autónoma que hayan tenido un mayor crecimiento de población en los últimos 4 años, tomando como fuente la revisión del Padrón Municipal
a 1 de enero de 2004 y 2000 (Instituto Nacional de Estadística).
Criterios de selección de los ayuntamientos para la FASE 3:
B.- Informe de fiscalización horizontal del área del Patrimonio Municipal del Suelo, ejercicio de 2004 llevado a cabo en colaboración de los OCEX con el
Tribunal de Cuentas.
CONCLUSIONES GENERALES SOBRE LOS CUESTIONARIOS DE LA COMUNIDA VALENCIANA
a) Todos los ayuntamientos disponían de Plan General y debían haber constituido el PMS. Sin embargo, ninguno lo ha constituido formalmente.
b) La información sobre las altas de los bienes incorporados al PMS sólo la han proporcionado dos ayuntamientos.
c) Igualmente, la información sobre el destino dado a los recursos del PMS ha sido limitada.
d) El control interno presenta debilidades significativas y contables.
TRAMITACIÓN
El informe se tramitó interna y externamente por la Sindicatura de Cuentas y se remitió al Parlamento Autonómico y al propio Tribunal de Cuentas.
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas
C.- Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, a partir del ejercicio 2006. Las EELL pueden rendir sus cuentas ante el órgano de control autonómico o al Tribunal de Cuentas.Para evitar esta duplicidad se ha firmado un Convenio entre algunos OCEX y el Tribunal de Cuentas, basado en los siguientes principios generales:
PRINCIPIOS
DE COOPERACIÓN
DE LEALTAD INSTITUCIONAL
DE INFORMACIÓN RECÍPROCA
DE UTILIZACIÓN CONJUNTA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS
Las actuaciones y características fundamentales de este convenio que supone el avance más importante llevado a cabo en esta materia, son las siguientes:
DE EFICACIA Y EFICIENCIA, CON UTILIZACIÓN DE LOS MEDIOS TELEMÁTICOS E INFORMÁTICOS ACTUALES
RENDICIÓN EN UN “ACTO ÚNICO” AL TCU Y SC Y NORMALIZACIÓN DE LA CUENTA GENERAL (según Convenio)
Convenio entre el Tribunal de Cuentas y Sindicatura de Comptes:
a)Coordinar funciones
fiscalizadoras
b)Iniciar los pasos para un registro único de cuentas
anuales de EELL
c)Evitar
duplicidades en la
fiscalización
Características del ConvenioRendición en acto único y formato normalizado
Establecer con carácter obligatorio la rendición en soporte informático
Características del Convenio
Implantar y regular la rendición telemática de las cuentas de las entidades y en soporte informático
C.- Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, a partir del ejercicio 2006.
Presidente de la Entidad
Tribunal de CuentasSindicatura de Comptes
Remisión: telemática/soporte informático
Examen de las Ctas. (incidencias)
Entidad Local
TRAMITACIÓN DE LAS CUENTAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Cuentas rendidasCuentas incompletasCuentas no aprobadasCuentas con deficiencias en su tramitaciónEntidades que no han rendido cuentas
Tramitación interna y aprobación por el Pleno
C.- Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, a partir del ejercicio 2006.
FORMATO NORMALIZADO DE LA CUENTA GENERAL EN SOPORTE INFORMÁTICO
La Resolución de la IGAE de 28 de julio de 2006 recomienda un modelo a los OCEX, que combina dos formatos:
PDF que presentará la información con la forma establecida por respectiva instrucción
XML que presente la información numérica
C.- Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, a partir del ejercicio 2006.
D.- Breve referencia a la actuación de los OCEX y el Tribunal de Cuentas en la fiscalización que lleva a cabo el Tribunal de Cuentas Europeo de los fondos procedentes de la Unión
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas
Las relaciones entreTRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO
con
Los respectivos ESTADOS DE LA UNIÓN
Se lleva a cabo a través del
TRIBUNAL DE CUENTAS
NACIONAL
La inspección preliminar y posteriores comprobaciones de ayudas procedentes de la Unión Europea por iniciativa del Tribunal de
Cuentas Europeo se efectúa por el
TRIBUNAL DE
CUENTAS
Que permite la participación de los órganos de control externo a través de la invitación que este último cursa al
efecto.
Esta actuación debería ser objeto de reconsideración, intentando reconducirlo hacia una posible verdadera “auditoria
única” en la que se aprovechara el personal y los conocimientos de los órganos de control autonómicos
V. LA PERSPECTIVA DESDE
LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DE EURORAI
(ORGANIZACIÓN EUROPEA DE INSTITUCIONES REGIONALES DE CONTROL EXTERNO DEL SECTOR
PÚBLICO)
V. LA PERSPECTIVA DESDE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DE EURORAI
Ni el Tribunal de Cuentas Europeo ni los Tribunales de Cuentas Nacionales forman parte, por definición del marco de control interno. Ante el Dictamen de la Comisión sobre la declaración 2/2004 del Tribunal de Cuentas Europeo, el Comité Directivo de EURORAI adoptó la:
DECLARACIÓN DE MONTPELLIER
El control interno incumbe a los órganos de esta naturaleza, en el ámbito de la Unión Europea, la comisión y en el ámbito de los estados miembros a las unidades de control interno de los mismos.
Las instituciones regionales de control externo manifiestan la necesidad de establecer una cooperación estrecha con los tribunales de cuentas nacionales y el propio Tribunal de Cuentas Europeo. En este sentido proponen el establecimiento de procedimientos o convenios de cooperación voluntaria entre el control externo e interno.
Las instituciones regionales de control externo de Europa desean contribuir a la mejora de su actividad mediante la realización de fiscalizaciones propias que podrían estar basadas en el principio de cooperación con los órganos de control interno.
VI. CONCLUSIÓN
FINAL ¿UTOPÍA?
EMPRESAS PÚBLICAS, FUNDACIONES, ORGANISMOS AUTÓNOMOS, UNIVESIDADES,
ETC.(con doble control posterior)
(Órganos de gestión)
Rendición de cuentas
Control internoPlan plurianual de auditoría interna
ÓRGANO DE CONTROL INTERNO:
INTERVENCIÓN GENERAL
Plan de auditoría de control financiero
Empresas privadas de auditoría
ÓRGANO AUTONÓMICO DE CONTROL EXTERNO
Programa plurianual de actuación
(Órgano competente del OCEX y Parlamento
Autonómico)
INFORME :
AUDITORIA ÚNICA
Coordinación Normas comunes
VI.CONCLUSIÓN FINAL. ¿UTOPÍA?Se han dado pasos para fijar unos principios y llevar a cabo un modelo de “auditoria única” pero aún queda mucho por hacer aunque de forma utópica podríamos fijar unas metas a conseguir:
SOBRE EFICIENCIA Y EFICACIA
CONCLUSIONES
SEGUIMIENTO(fin del ciclo de “auditoría única”)
VI.CONCLUSIÓN FINAL. ¿UTOPÍA?
1. Sobre la fiscalización de las cuentas:
De regularidad y De cumplimiento
2. Fiscalizaciones horizontales3. Auditorias Operativas4. Auditorias Informáticas5. Auditorias de las nuevas figuras de contratación público-privadas
VI.CONCLUSIÓN FINAL. ¿UTOPÍA?
Si se cumpliese este esquema habremos conseguido llegar a:
UN NUEVO CONCEPTO DE CONTROL
Que parta de una perfecta coordinación, información y
comunicación entre los órganos de gestión, los de
control interno y los de control externo.
Que concluya con la elaboración de un informe
final útil para los gestores y en última instancia para la
opinión pública.
Que ponga de manifiesto el cumplimiento de la
eficacia y eficiencia de la gestión pública y de los
objetivos propuestos
AUDITORIA ÚNICA
VII. BIBLIOGRAFIA
VII. BIBLIOGRAFIA
CANARIAS. Gobierno. Convenio de colaboración entre la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias y la Audiencia de Cuentas de Canarias para el establecimiento del sistema de auditoría única en el ejercicio de sus competencias de control. Las Palmas de Gran Canaria, 2007.
COLOM I NAVAL, Joan: El modelo de auditoría única y sus consecuencias para el control externo. Barcelona, 2006
Declaración de los Presidentes de los Tribunales Autonómicos de Cuentas. Pamplona, 2006. GARCÉS SANAGUSTÍN, Mario y Juan Miguel BÁSCONES RAMOS: Técnicas de coordinación del
control de la actividad económico-financiera en España. Propuesta para un modelo de auditoría pública única, Barcelona: Auditores Públicos de España, 2006.
GARCÍA CRESPO, Milagros, dir. El control del gasto público en Europa. La coordinación de la auditoría pública en la Unión Europea, Madrid: Instituto de Estudios Fiscales, 2005. Las Instituciones Regionales de Control Externo del Sector Público en Europa. 2ª ed. rev. y ampl., Valencia: EURORAI, 2007. PEDROCHE ROJO, Luís: “El control de la actividad económico financiera del Sector Público Estatal.
Consideraciones para el desarrollo de un marco de actuación diferente”, Cuenta con IGAE, 7 (junio 2003), pp. 37-51.
RUIZ DEL MOLINO, José Andrés: “El control de las universidades públicas valencianas: problemática y racionalización”, Auditoría Pública, 31 (octubre 2003), pp. 25-33.
SAN MARTIN CASTELLANOS, Ulpiano: “El informe de fiscalización del conjunto de las universidades públicas”, Financiación y rendición de cuentas en el sistema universitario público de España. 24ª
Jornadas de Gerencia Universitaria. Jaén, 2006. pp.19-35. VICENTE QUERALT, Rafael: “La rendición de cuentas de las universidades públicas a sus agentes
financiadores”, ”, Financiación y rendición de cuentas en el sistema universitario público de España. 24ª Jornadas de Gerencia Universitaria. Jaén, 2006. pp. 39-56.
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