MANUAL DE USUARIO
DEL FORMULARIO PARA LA PRESENTACIÓN
DE SOLICITUDES DE AYUDAS PARA EL DIVIDENDO DIGITAL
28 abril 2015 (v2.01)
Ministerio de Industria, Energía y Turismo 2
1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................... 3
2. REQUISITOS TÉCNICOS PARA ACCEDER AL FORMULARIO .............................................................. 5
3. CUMPLIMENTACIÓN DEL FORMULARIO ......................................................................................... 6
3.1. ACCESO A LA APLICACIÓN ....................................................................................................... 7
3.2. DATOS DEL REPRESENTANTE DE LA COMUNIDAD .................................................................. 8
3.3. DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN ................................................................................... 10
3.4. DATOS DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS ..................................................................... 11
3.5. DATOS DE LA ACTUACIÓN A SUBVENCIONAR ....................................................................... 13
3.6. DOCUMENTACIÓN A APORTAR ............................................................................................. 17
3.7. ENVÍO DE LA SOLICITUD ........................................................................................................ 19
4. PREPARACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR ................................................................ 21
5. TRAMITACIÓN POSTERIOR A LA SOLICITUD .................................................................................. 22
5.1. CONSULTAR EL ESTADO DE UNA SOLICITUD ......................................................................... 22
5.2. COMUNICACIONES ................................................................................................................ 23
5.3. ANULACIÓN DE UNA SOLICITUD DE AYUDA .......................................................................... 24
5.4. MODIFICACIÓN (SUBSANACIÓN) DE UNA SOLICITUD DE AYUDA ......................................... 28
6. SOPORTE TÉCNICO ........................................................................................................................ 32
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1. INTRODUCCIÓN
El formulario de solicitud tiene por objeto recoger la información necesaria para recibir las ayudas
destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación
audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital.
El plazo para recibir las solicitudes finalizará el 30 de junio 2015. Para poder obtener la subvención, la
actuación deberá haberse realizado en el período comprendido entre el 1 de junio 2014 y el 30 de
junio 2015.
Se puede acceder al formulario a través de la siguiente dirección:
https://ayudas.televisiondigital.gob.es
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Al pulsar la opción Presentar una solicitud de ayuda para adaptar la antena colectiva le saldrá una pantalla como la siguiente que le permitirá acceder a la aplicación de dos formas:
‐ Acceso sin certificado digital: pulsando el botón Continuar.
‐ Acceso con certificado digital: pulsando el enlace aquí que aparece en la parte inferior de la pantalla. Al acceder de esta forma no tendrá que rellenar sus datos de identificación, sino que ya le aparecerán rellenos según el contenido de su certificado digital.
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2. REQUISITOS TÉCNICOS PARA ACCEDER AL FORMULARIO
El equipo desde el que se accederá al formulario debe tener instalado un navegador que soporte Javascript, como por ejemplo, Internet Explorer 7 o superior, o las últimas versiones de Mozilla Firefox, Google Chrome o Safari.
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3. CUMPLIMENTACIÓN DEL FORMULARIO
Podrá solicitar la ayuda el representante legal (presidente) o voluntario (administrador, instalador…)
de la comunidad de propietarios. La información a cumplimentar en el presente formulario de
solicitud consta de datos del representante de la comunidad, datos de la comunidad de propietarios
y datos de la actuación realizada por la empresa instaladora.
El tiempo de sesión del cuestionario es de 15 minutos, si en ese tiempo no se realiza ninguna acción
sobre el cuestionario la sesión expira y se pierden los datos y los documentos introducidos. Por eso,
es conveniente tener toda la documentación en el formato requerido antes de acceder a la
aplicación.
Es necesario cumplimentar correctamente todos los campos del formulario antes de añadir los
documentos. Si intenta añadirlos y todavía queda algún campo vacío o incorrecto, se le indicará cuál
es para que lo corrija.
Los documentos a adjuntar tienen que estar en formato PDF, JPG o JPEG y son los siguientes:
Factura del instalador (Tamaño máximo permitido de 1 MB).
Boletín de la instalación (Tamaño máximo permitido de 1 MB).
Recibo domiciliado o certificado bancario de la cuenta cuyo titular sea la comunidad de
propietarios (Tamaño máximo permitido de 1 MB).
Título constitutivo de la comunidad de propietarios (Se permite incluir 10 ficheros de tamaño
máximo de 5 MB cada uno): este fichero sólo será necesario incluirlo en el caso de
instalaciones de más de 1 cabecera.
No incluya en un mismo fichero más de un documento. Debe adjuntarse un fichero por cada tipo de
documento, excepto en el caso del título constitutivo que se permiten hasta 10 ficheros.
Para poder realizar el envío del cuestionario, es imprescindible rellenarlo completamente y adjuntar
todos los documentos solicitados. No se guardarán los campos que se hayan rellenado o los
documentos que se hayan adjuntado en distintos accesos al cuestionario sin haber completado el
envío.
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3.1. ACCESO A LA APLICACIÓN
Cuando se accede a la aplicación se muestran unas instrucciones para cumplimentar el formulario y
un código aleatorio que evita la entrada de procesos automáticos a la aplicación. Una vez
cumplimentado el código aleatorio puede pulsar el botón CONTINUAR, para seguir avanzando en el
proceso.
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3.2. DATOS DEL REPRESENTANTE DE LA COMUNIDAD
En este apartado deberá cumplimentar los datos de la persona física que realiza la solicitud, para lo
cual es necesario introducir obligatoriamente el NIF o NIE del representante voluntario o legal de la
comunidad de propietarios, así como su nombre y apellidos, y seleccionar de la lista desplegable, el
tipo de representación de entre las siguientes: Presidente de la Comunidad de Propietarios,
Administrador de la Comunidad de Propietarios, Instalador u Otros.
El número de NIF/NIE debe introducirse sin guiones intermedios entre las letras y los números, hasta
un total de 9 caracteres.
Ejemplo de formato incorrecto: 12345678‐A (sobra el guion)
Ejemplo de formato correcto: 12345678A
El formato del NIF es de 8 caracteres numéricos y una letra final, que deberá completarse con ceros
en las primeras posiciones si el NIF no tuviera 8 números.
Ejemplo de formato incorrecto: 123456A (faltan los ceros iniciales)
Ejemplo de formato correcto: 00123456A
El formato del NIE es de una letra inicial (X, Y o Z), 7 caracteres numéricos y una letra final.
Igualmente, deberá completarse con ceros después de la letra inicial si el NIE no tuviera 7 números.
Ejemplo de formato incorrecto: X12345A (faltan los ceros detrás de la X)
Ejemplo de formato correcto: X0012345A
La fecha del campo DNI válido hasta puede introducirse con el calendario automático que aparece al
pulsar el icono a la derecha de la caja o puede introducirse manualmente con el formato
dd/mm/aaaa, por ejemplo: 03/09/2018. Si el DNI tiene validez permanente (por ejemplo, en las
personas mayores de 70 años), tendrá que marcar ¿DNI Permanente?
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Importante: compruebe que la fecha que se incluye en la casilla DNI válido hasta coincide fielmente
con la consignada en la tarjeta soporte del DNI ya que se comprobará en el Ministerio y si no es
correcta su solicitud será rechazada.
Puede utilizar el icono azul con la interrogación que aparece al lado de la casilla DNI válido hasta para
visualizar con unas imágenes dónde está situada en la tarjeta de DNI la fecha solicitada.
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3.3. DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN
Para poder avisarle cuando el Ministerio publique en el registro electrónico cualquier comunicación
relacionada con su solicitud (requerimiento de aportación de documentos, resolución de
concesión…), deberá cumplimentar correctamente los datos de correo electrónico así como un
teléfono móvil de contacto y para envío de SMS. Opcionalmente, puede introducir un teléfono fijo.
Es muy importante que estos datos se introduzcan correctamente y sean verídicos, ya que se
utilizarán para avisarle de cualquier comunicación o notificación disponible en la sede electrónica,
que pueden tener un plazo limitado para contestarlas.
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3.4. DATOS DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS
En este apartado deberá cumplimentar el CIF y el nombre de la comunidad de propietarios, así como
la dirección completa de la misma (nombre y número vía, código postal, provincia y municipio).
Una vez introducidos la provincia y el municipio, el área geográfica según el Real Decreto 805/2014
queda unívocamente determinada, por lo que este campo se autocompleta en el formulario (en el
apartado DATOS DE LA ACTUACIÓN A SUBVENCIONAR).
El CIF debe introducirse sin guiones intermedios o espacios entre la letra inicial y los números, hasta
un total de 9 caracteres. Los CIF de las comunidades de propietarios que pueden beneficiarse de
estas ayudas deben comenzar por la letra H o E.
Ejemplo de formato incorrecto: H‐12345678 (sobra el guion)
Ejemplo de formato incorrecto: H 12345678 (hay un espacio intermedio)
Ejemplo de formato correcto: H12345678
La subvención se ingresará en la cuenta indicada al final de este apartado. El titular de esta cuenta
debe ser la comunidad de propietarios o, al menos, la cuenta debe aparecer en un recibo pagado por
la comunidad (uno de los ficheros que debe adjuntarse con la solicitud).
La cuenta bancaria se identifica por el IBAN, que consta de un total de 24 caracteres con el formato
siguiente:
Los 4 primeros caracteres son:
El país (ES para España) (2 caracteres)
Código de control IBAN (2 dígitos)
Los siguientes 20 caracteres numéricos corresponden al Código Cuenta Cliente:
Código de la entidad (4 dígitos)
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Código de la sucursal (4 dígitos)
Código de control (2 dígitos)
Número de cuenta (10 dígitos)
En el siguiente ejemplo, se muestran el código cuenta cliente (CCC) y el código IBAN de una misma
cuenta:
Código Cuenta Cliente: 2077 0024 15 3000025756
Código IBAN: ES76 2077 0024 15 3000025756
A veces el código IBAN se presenta dividido en bloques de cuatro caracteres, separados por espacios
o guiones, por ejemplo:
Código IBAN: ES76 2077 0024 1530 0002 5756
Código IBAN: ES76‐2077‐0024‐1530‐0002‐5756
En este formulario de solicitud debe introducir solamente los números del IBAN, no teclee espacios
ni guiones.
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3.5. DATOS DE LA ACTUACIÓN A SUBVENCIONAR
Este apartado deberá cumplimentarse a partir de los datos que figuran en el Boletín de Instalación y
en la factura que la empresa instaladora debe entregar a la comunidad.
El NIF/CIF y el Número de Registro RIN aparecen en el Boletín de Instalación. El Nombre de la
empresa se autocompleta cuando los dos valores anteriores son correctos.
RIN, es el Número de Registro de la empresa Instaladora que haya expedido el Boletín de Instalación.
Deberá corresponder al Número de Registro definitivo que tenga asignado la empresa Instaladora en
el momento de cumplimentar el formulario.
En el Boletín de Instalación se admitirá el Número de Registro provisional siempre que la empresa
instaladora que conste en el Boletín de Instalación coincida con la que figura en la solicitud de
subvención.
Los siguientes campos: Número Factura, Fecha Factura, Importe Factura (sin impuestos), Importe
Factura (con impuestos) deben cumplimentarse a partir de la factura entregada por la empresa
instaladora.
Sólo deberá marcar la opción, Marque esta casilla si la comunidad de propietarios va a compensar o
recuperar el impuesto indirecto aplicable de la factura objeto de la actuación, en caso de que vaya a
realizar la deducción de los impuestos indirectos de dicha factura dentro del régimen de tributación
de imposición indirecta que sea aplicable a la comunidad de propietarios por el ejercicio de algún
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tipo de actividad económica. Por ejemplo, comunidades de propietarios que alquilan locales de
negocio u otros elementos comunitarios (fachada, cubierta, etc.).
El Área geográfica según RD 805/2014 aparece sombreada porque se obtiene automáticamente al
cumplimentar la provincia y el municipio en el apartado DATOS DE LA COMUNIDAD DE
PROPIETARIOS.
El campo Fecha Actuación se obtiene del Boletín de instalación.
Los campos con fechas pueden introducirse con el calendario automático que aparece al pulsar el
icono a la derecha del campo o pueden introducirse manualmente con el formato dd/mm/aaaa. Si el
día o el mes son inferiores a 10, debe incluirse el 0 inicial. Por ejemplo, el 9 de febrero debe
introducirse como 09/02/2015.
A continuación, se rellenará la información sobre la instalación existente, que debe tomarse del
Boletín de Instalación. En la lista Instalación previa existente debe elegir uno de los dos valores
propuestos:
Si se selecciona la opción Amplificación monocanal, se habilitará el campo Nº de nuevos
amplificadores instalados (o nº de canales UHF afectados), en el que debe seleccionar el número que
figure en el Boletín de Instalación.
Si la instalación consta de más de 1 cabecera, y así figura en el Boletín de Instalación, deberá marcar
la casilla Adaptación en más de una cabera.
Y se habilitarán las casillas para introducir algunos datos de cada una de las cabeceras (hasta un
máximo de tres cabeceras). Todos los datos solicitados figuran en el Boletín de Instalación.
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Aunque aparecen las casillas para completar los datos de tres cabeceras, si en el Boletín de
Instalación aparecen dos cabeceras, sólo tendrá que completar las dos primeras filas.
Para cada una de las cabeceras, deberá indicar el Nº de Edificios y el Nº de Viviendas a las que da
servicio esa cabecera, y la Instalación previa existente. Al igual que ocurría en instalaciones de una
cabecera, si la instalación previa era del tipo “Amplificación monocanal” aparecerá el campo Nº de
nuevos amplificadores instalados (o nº de canales UHF afectados), que deberá cumplimentar.
Una vez cumplimentados todos los campos indicados anteriormente, la subvención que corresponde
a su comunidad de propietarios se obtiene mediante el botón Calcular Importe Subvención.
El formulario calculará automáticamente la cuantía de la subvención en función del área geográfica
correspondiente al municipio de la comunidad, de la instalación previa existente (en una o varias
cabeceras) y del importe de la factura del instalador.
Si no está marcada la casilla Marque esta casilla si la comunidad de propietarios va a compensar o
recuperar el impuesto indirecto aplicable de la factura objeto de la actuación, se tomará el importe
de la factura con impuestos para hacer el cálculo. Si está marcada dicha casilla, el cálculo se realizará
sobre el importe de la factura sin impuestos.
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La subvención no puede superar ninguno de los siguientes importes:
El importe de la factura del instalador
Los importes indicados en el Real Decreto 920/2014 en función de la instalación
preexistente, por cada una de las cabeceras adaptadas (con un máximo de 3) :
Instalación previa existente
Nº de nuevos amplificadores instalados
Importe de la subvención
Centralita programable No aplicable 100 euros
1 150 euros
Amplificación 2 250 euros
monocanal 3 350 euros
4 450 euros
5 550 euros
Además, en el caso de la amplificación monocanal, el número de nuevos amplificadores que pueden
subvencionarse es igual al número de múltiples digitales indicados para cada área geográfica en el
anexo del Real Decreto 920/2014.
No obstante, todos estos cálculos los hace automáticamente el formulario al pulsar el botón Calcular
Importe Subvención. Si aparece una subvención solicitada de 0 euros, es que falta por cumplimentar
alguna casilla y no puede hacerse el cálculo automático.
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3.6. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Una vez cumplimentados los datos de la actuación a subvencionar, pulse el botón Aportar
Documentación para continuar con el proceso.
Si todos los datos introducidos en los apartados anteriores son correctos, el formulario mostrará un
nuevo apartado Documentación a aportar. Si hay algún dato previo incorrecto, se mostrará un
mensaje en pantalla para que lo corrija.
Para finalizar la solicitud, deberá adjuntar todos los documentos mostrados en la lista Seleccione el
tipo de documento. En el caso más habitual de instalaciones con una cabecera, son los tres
mostrados a continuación:
Para adjuntar un documento, en primer lugar debe seleccionar el tipo de documento en la lista
anterior. A continuación, pulse el botón Examinar y se abrirá el explorador de ficheros de su equipo
para que elija el fichero deseado. Una vez elegido, pulse el botón Anexar Fichero.
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El fichero aparecerá en la lista inferior, en la que para cada documento anexado hay dos iconos:
Para consultar el documento (lo abre)
Por si se ha equivocado de documento y quiere eliminarlo de esta lista.
Únicamente en el caso de que la instalación conste de más de 1 cabecera, será necesario incluir el
documento Título constitutivo de la comunidad de propietarios.
Sólo podrá anexar un documento de cada tipo, excepto en el caso del título constitutivo que se
podrán adjuntar hasta 10 ficheros.
No agrupe varios documentos en un mismo fichero, anexe un fichero por cada tipo de documento.
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Los documentos a adjuntar con la solicitud deben estar en formato PDF (extensión .pdf) o JPEG
(extensiones .jpg o .jpeg) y no pueden superar los tamaños máximos indicados en pantalla. Si intenta
subir un fichero de tamaño mayor, el formulario no se lo admitirá.
3.7. ENVÍO DE LA SOLICITUD
El solicitante debe marcar la casilla del apartado Declaraciones Responsables para poder realizar el
envío.
Al pulsar el botón Enviar la Solicitud el formulario validará que se han introducido todos los datos
obligatorios, así como todos los documentos solicitados. Si todo es correcto, se realizará el envío de
la solicitud y documentos anexados al registro electrónico del Ministerio de Industria Energía y
Turismo. Si algo está mal, aparecerá un mensaje en pantalla indicando lo que debe corregirse.
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Si el envío es correcto, se mostrará una página similar a la siguiente:
En este justificante de que se ha recibido correctamente su solicitud se le indica el número de
expediente asignado y una contraseña que le servirá para conocer el estado de su solicitud y otros
trámites relacionados con ella. Le recomendamos que guarde estos datos mediante el botón Guardar
Justificante que genera un documento PDF con la información mostrada en pantalla.
También puede imprimir los datos del justificante mediante el botón Imprimir.
Los datos más importantes son el número de expediente y la contraseña porque los necesitará
posteriormente para consultar el estado de tramitación de su solicitud.
Por otra parte, este justificante no garantiza que la ayuda vaya a ser concedida, ya que la tramitación
requiere una revisión de los datos y documentos aportados en su solicitud.
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4. PREPARACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR
El tamaño de los ficheros está limitado a 1 MB en el caso de la factura del instalador, el boletín de la
instalación y el recibo domiciliado o certificado bancario.
Los tamaños de los ficheros están referidos a cada uno de ellos individualmente. Los cuatro ficheros
han de prepararse y adjuntarse por separado. No deben fusionarse en ningún caso.
En el caso del título constitutivo de la comunidad de propietarios se pueden introducir hasta 10
ficheros de 5MB cada uno (el tamaño total máximo del título constitutivo original que se fracciona
puede ser de 50 MB).
Para evitar sobrepasar los tamaños máximos, se recomienda lo siguiente a la hora de preparar la
documentación a adjuntar:
Es suficiente escanear con una resolución de 200x200 puntos por pulgada. Una mayor
resolución implica que el archivo tendrá mayor tamaño y por consiguiente se va a emplear
más tiempo en adjuntarse.
Se recomienda escanear con escala de grises con 256 tonos. No hay necesidad de hacerlo en
color, salvo que con escala de grises no se lea bien el documento.
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5. TRAMITACIÓN POSTERIOR A LA SOLICITUD
5.1. CONSULTAR EL ESTADO DE UNA SOLICITUD
Se puede acceder a consultar el estado de una solicitud a través de la siguiente dirección:
https://ayudas.televisiondigital.gob.es
Para acceder es necesario introducir el número de expediente y la contraseña que se le facilitó en el
justificante de presentación de la solicitud.
Si no recuerda la contraseña puede pulsar el enlace He olvidado mi contraseña. Se le pedirá el
número de expediente y el correo electrónico que introdujo en la solicitud para enviarle su
contraseña.
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5.2. COMUNICACIONES
Las comunicaciones a los solicitantes se harán a través del registro electrónico del Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, enviándose en el momento de publicarlas un mensaje de aviso por
correo electrónico a la dirección de correo que se indicó en el formulario de solicitud. Además,
podrán enviarse mensajes SMS al teléfono indicado en la solicitud.
Las comunicaciones más frecuentes serán:
Requerimiento de subsanación de la solicitud, en caso de que los datos o documentos
aportados no se consideren correctos.
Resolución de concesión, cuando se haya comprobado que todos los datos y documentos
aportados son correctos y se haya firmado la resolución de concesión de subvención por
parte del Director General de Red.es.
Comunicación de que se ha realizado el pago a la cuenta corriente indicada en la solicitud.
Estos pagos se realizarán a partir de enero de 2015.
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5.3. ANULACIÓN DE UNA SOLICITUD DE AYUDA
Si después de haber enviado una solicitud de ayuda se da cuenta de que contiene errores en los
campos cumplimentados o en los ficheros adjuntos, puede anularla. Si no lo hace, no podrá enviar
una nueva solicitud para la misma comunidad de propietarios o con la misma cuenta bancaria.
Para anular una solicitud se debe usar la opción Anular o modificar (subsanar) una solicitud ya
presentada del menú inicial de la aplicación web (https://ayudas.televisiondigital.gob.es).
En la pantalla que aparece a continuación, es necesario introducir el número de expediente y la
contraseña de la solicitud que se quiere anular:
Si no recuerda la contraseña puede pulsar el enlace He olvidado mi contraseña, que funciona de la
forma indicada en el apartado 5.1.
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Una vez introducidos correctamente el expediente y la contraseña, se mostrarán en pantalla los
datos principales de la solicitud y, abajo, unos enlaces con las acciones que pueden realizarse sobre
ella. Solo podrá anularla desde la aplicación web si aparece el enlace Anular la Solicitud de ayuda.
En general, las solicitudes podrán anularse al comienzo de su tramitación, cuando todavía no han
sido aprobadas por Red.es ni se ha ordenado su pago, por lo que si quiere anular una solicitud debe
hacerlo cuanto antes.
Tras pulsar sobre el enlace Anular la Solicitud de ayuda, aparece una página donde se muestra todo
el contenido de la solicitud, incluidos los ficheros adjuntos, aunque solo pueden modificarse los datos
del representante de la comunidad de propietarios. La anulación puede hacerla una persona distinta
de la que presentó la solicitud, en cuyo caso debe cambiar los datos identificativos del representante
introduciendo los suyos.
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Al final de la página está el botón Enviar Anulación. Tras pulsarlo, se produce la anulación de la
solicitud y aparece un mensaje confirmándolo:
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5.4. MODIFICACIÓN (SUBSANACIÓN) DE UNA SOLICITUD DE AYUDA
Las solicitudes de ayudas presentadas son revisadas en Red.es y, si se encuentra algo incorrecto, se
envía un requerimiento de subsanación o modificación al solicitante, indicando lo que debe corregir.
Los términos “subsanación” y “modificación” son equivalentes. En Derecho Administrativo se habla
de la subsanación de las solicitudes, que significa que deben modificarse de acuerdo con lo indicado
por el organismo al que van dirigidas. En adelante, usaremos únicamente el término “subsanación”.
A diferencia de la anulación, que es iniciada por el solicitante, la subsanación no puede hacerse si no
se ha recibido previamente un requerimiento de subsanación para esa solicitud por parte de Red.es,
a través del registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo:
https://sede.minetur.gob.es/registroelectronico
Al publicarse un requerimiento de subsanación en dicho registro se envían avisos por correo
electrónico y por SMS a la cuenta de correo y al teléfono móvil indicados en la solicitud de ayuda. Se
dispone de 10 días, que empiezan a contar a partir del día siguiente al de la publicación del
requerimiento, para presentar la subsanación de la solicitud como se explica a continuación. Si no se
presenta en ese plazo, el expediente se cierra (“por desistimiento”, en términos administrativos) y
habría que hacer una nueva solicitud de ayudas.
Para subsanar una solicitud se debe usar la opción Anular o modificar (subsanar) una solicitud ya
presentada del menú inicial de la aplicación web (https://ayudas.televisiondigital.gob.es).
En la pantalla que aparece a continuación, es necesario introducir el número de expediente y la
contraseña de la solicitud que se quiere subsanar:
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Si no recuerda la contraseña puede pulsar el enlace He olvidado mi contraseña, que funciona de la
forma indicada en el apartado 5.1.
Una vez introducidos correctamente el expediente y la contraseña, se mostrarán en pantalla los
datos principales de la solicitud y, abajo, las acciones que pueden realizarse sobre ella.
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Una vez que se ha pulsado la opción de Subsanación de la Solicitud de ayuda, aparecerá una
pequeña ventana emergente para que confirme la acción de subsanar y a continuación aparecerá
una página donde se muestra todo el contenido de la solicitud, incluidos los ficheros adjuntos. Si
la subsanación la va a realizar una persona distinta a la que presentó la solicitud, es necesario
que actualice sus datos en el primer apartado (DATOS DEL REPRESENTANTE DE LA COMUNIDAD
DE PROPIETARIOS). Se requerirá además la confirmación del correo electrónico y el teléfono de
contacto y SMS del apartado a efectos de notificación.
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Tras pulsar el botón Enviar la Subsanación que está al final de la página, se produce la subsanación
de la solicitud y aparece un mensaje confirmando la subsanación:
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6. SOPORTE TÉCNICO
Teléfonos: 901 20 10 04 y 954 30 77 96
Horario de atención: de lunes a domingo de 9:00 a 23:00 horas.
Además puede consultar toda la información sobre el Dividendo Digital en la página web:
www.televisiondigital.gob.es
La información específica sobre las ayudas al Dividendo Digital puede encontrarla en:
http://www.televisiondigital.gob.es/DividendoDigital/Paginas/ayudas‐gobierno.aspx
También pueden serle útiles las preguntas frecuentes disponibles en la dirección:
http://www.televisiondigital.gob.es/CIUDADANO/FAQ/Paginas/preguntas‐
frecuentes.aspx?Faq=Ayudas Dividendo
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