1. INGENIERO RESIDENTE
Está obligado a suscribir el acta de recepción de entrega del terreno donde se
ejecutara la obra. Es el responsable directo de la ejecución y manejo de la obra a
su cargo, en los aspectos técnicos y administrativos.
2. INGENIERO INSPECTOR
Es el representante del Ente Contratante y generalmente es el único autorizado
para comunicar al contratista, las posibles modificaciones (Autorizadas por el
contratante) o nuevas propuestas técnicas que modifiquen el proyecto o el
presupuesto.
3. INSPECCION DE OBRA
Es el ejercicio o servicio profesional orientado a garantizar la mejor realización de
la obra como objetivo fundamental y atendiendo a los objetivos generales
derivados del interés colectivo y objetivos específicos derivados de los variados
intereses que intervienen en el proceso total de la obra.
Alcance:
Al desempeñarse como Inspector, el profesional actúa como representante del
Ente Contratante ante el Contratista y ante los beneficiarios de la obra. Este tipo
de servicio involucra:
1) La inspección técnica.
2) La inspección administrativa.
4. TIPOS DE INSPECCION
La inspección técnica: Cuyo objeto es garantizar que la obra se ejecute
de acuerdo con los planos y especificaciones, requiriéndose en la mayoría
de los casos servicios de apoyo, como la ejecución de ensayos de control
de calidad, mediciones o levantamientos topográficos, etc.
La inspección administrativa: La cual implica mediciones de obra,
verificación del presupuesto, trámite de actas, control de programas de
trabajo y autorizaciones de pago o valuaciones al Contratista: firma de
valuaciones las actividades necesarias para inspeccionar una obra deben
responder a un proceso previo de estudio, donde se deberán determinar los
factores incidentes para lograr una inspección eficiente y eficaz de acuerdo
con la obra que se va ejecutar.
5. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL INGENIERO INSPECTOR Y RESIDENTE
Ingeniero Residente:
El ingeniero residente está obligado a suscribir el acta de recepción de
entrega del terreno donde se ejecutara la obra.
Es responsable directo de la ejecución y manejo de la obra a su cargo, en
los aspectos técnicos y administrativos.
Controlar el buen estado de operatividad y el buen uso del equipo mecánico
asignado así como el aprovisionamiento oportuno de los insumos
necesarios.
Autorizar, controlar y evaluar el gasto de planillas, combustibles, lubricantes
repuestos, viáticos, y otros rubros inherentes a las actividades
administrativas del proyecto.
Impartir normas de seguridad para el personal y custodia de los bienes de
la obra a su cargo.
Supervisar, controlar y evaluar el cumplimiento de las funciones y
responsabilidades del personal técnico y administrativo a su cargo.
Ingeniero Inspector:
Elaborar y firmar el Acta de Inicio de los trabajos conjuntamente con el
Ingeniero Residente y el Contratista.
Supervisar la calidad de los materiales, los equipos y la tecnología que el
contratista utilizará en la obra.
2
Rechazar y hacer retirar de la obra los materiales, y equipos que no reúnan
las condiciones o especificaciones para ser utilizados o incorporados a la
obra.
Fiscalizar los trabajos que ejecute el contratista y la buena calidad de las
obras concluidas o en proceso de ejecución, y su adecuación a los planos,
a las especificaciones particulares, al presupuesto original o a sus
modificaciones, a las instrucciones del ente contratante y a todas las
características exigibles para los trabajos que ejecute el contratista.
Rechazar cualquier integrante del personal técnico u obrero del contratista
cuando a su juicio no sea idóneo para la ejecución de los trabajos o sea
perjudicial a la buena marcha de los mismos.
6. CUALES SON LAS CUALIDADES DEL INGENIERO INSPECTOR Y RESIDENTE
Ingeniero Inspector:
Intuición.
Disciplina.
Iniciativa.
Sentido común.
Sensibilidad social.
Facilidad de expresión y redacción.
Ingeniero Residente:
Honestidad a toda prueba.
Atención permanente.
Responsabilidad.
Experiencia suficiente.
Decisión.
Capacidad para trabajos de campo.
Autoridad (Técnica, Administrativa, Laboral).
Buenas Relaciones con los elementos del proceso.
3
7. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Asume legalmente ante el Ente Contratante, la obligación y responsabilidad de
realizar una obra a través de una relación contractual en un lapso establecido y
por un monto acordado. Según el tipo de contrato, aporta elementos de trabajo,
materiales, equipos, personal y otros recursos auxiliares necesarios y previstos en
el presupuesto contratado.
8. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA EN LA OBRA Y CON TERCEROS
Los contratistas y subcontratistas que realizan su actividad en una obra de
construcción tienen la consideración, a efectos legales, de empresas que
desarrollan su actividad en una obra (centro de trabajo). En consecuencia, tendrán
la obligación, respecto a sus propios trabajadores, de cumplir todas las exigencias
derivadas del deber de protección (art. 14 Ley 31/1995). Más concretamente,
desglosando el artículo 11 del RD 1627/97 referente a las obligaciones de
contratistas y subcontratistas en obra de construcción, los contratistas y
subcontratistas estarán obligados a:
1. Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el
artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, desarrolladas
en el artículo 10 del RD 1627/97.
2. Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plan de
seguridad y salud. Para ello, cada contratista, previo al inicio de los
trabajos, deberá hacer entrega a cada subcontratista y trabajador
autónomo que haya contratado, aquella parte del plan de seguridad y
salud que le afecte. De igual forma, el empresario (contratista y
subcontratista) deberá informar a sus trabajadores sobre los riesgos y
medidas preventivas en obra y cuáles son sus obligaciones al respecto.
3. Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales,
teniendo en cuenta, en su caso, las obligaciones sobre coordinación de
actividades empresariales desarrolladas por el RD 171/2004. En
4
concreto hace referencia a su deber de cooperación y al deber de
información, ampliamente desarrollado en otros artículos publicados en
este portal.
4. Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores
autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que
se refiere a su seguridad y salud en la obra. Esta información e
instrucciones puede ser de carácter general (la que emana del plan de
prevención de la empresa que le subcontrata) y específica (derivada del
plan de seguridad y salud), más concretamente la relativa a los riesgos y
medidas preventivas generales de obra y tareas del trabajador.
5. Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en
materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su
caso, de la dirección facultativa. De ello se deriva que el incumplimiento
de las medidas previstas en el plan de seguridad y salud en el trabajo,
por parte de contratistas y subcontratistas, será objeto de
responsabilidad administrativa.
9. CUALES SON LAS CARACTERISTICAS DE UN INGENIERO
INSPECTOR IDEAL
Debe tener experiencia en las técnicas constructivas, en la interpretación de
planos, y en la organización y administración de obras.
Conocer y dominar las normas vigentes para la construcción, a fin de
aplicarlas con seguridad en la obra.
Criterios profesionales bien formados mediante el análisis concienzudo de
los problemas de ingeniería, que le permitan tomar decisiones maduras y
efectivas.
Una esmerada preparación profesional y conocimientos sólidos de la
construcción, que le permitan aplicar, o recomendar su aplicación en la
obra, de una tecnología moderna, práctica y segura.
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Conocer y saber aplicar los métodos de control de calidad en el área que le
compete.
Observador acucioso para detectar los detalles, identificar las fallas y
preocuparse por que se ejecuten los correctivos cuando sean necesarios.
10. INSPECCION AL CONTROL DE CALIDAD
Arquitecto Alfredo Cilento, en la Ponencia “La Inspección de Obras, la
Normalización y el Control de Calidad en el Sector Construcción” presentada en
las Primeras Jornadas Venezolanas sobre Inspección de Obras, dice: El control de
calidad en su sentido más amplio se refiere al control sistemático de aquellas
variables de los procesos de producción que influyen sobre la excelencia del
producto final. Estas variables se deben a la aplicación de los materiales, hombres
y maquinarias; y a las condiciones de fabricación.
11.RESIDENCIA DE OBRA Y SU ALCANCE
Es una actividad ejecutada para una empresa o contratista, por un profesional de
la ingeniería Colegiado o grupo de profesionales y técnicos, coordinados
igualmente por un profesional de la ingeniería responsable de dirigir la ejecución
de una obra y cuya misión primordial consiste en ejecutar la construcción de la
obra tal como se previó en los planos, especificaciones y demás documentos del
proyecto, salvo las adaptaciones aprobadas que sean necesarias en campo; de
conformidad con el presupuesto y el proyecto de la Obra, las normas técnicas y de
seguridad, la ética y dentro de los límites presupuestarios y contractuales
programados.
Alcance:
El profesional residente suele tener simultáneamente la responsabilidad técnica y
administrativa de la obra, no obstante, de acuerdo a la magnitud de la obra, las
funciones administrativas pueden compartirse o asignarse a personal de apoyo al
residente. El ejercicio de las funciones del profesional residente reviste
obligatoriedad legal para efectuar construcciones, detentando además como
6
persona natural o jurídica responsabilidad civil y penal de la construcción,
compartida con el Contratista.
12.CUALES SON LAS ACTIVIDADES PREVIAS A LA INSPECCION Y
EXPLIQUE
Previo al inicio de la obra, revisar los documentos relacionados con el
terreno, estudios e investigaciones, permisos, trámites oficiales, incluyendo
la preparación de informes relacionados con estos tópicos.
Revisar de forma detallada los planos de la construcción, elaborados por el
contratista y los fabricantes de equipos.
Velar porque el cumplimiento de la obra esté bajo el concepto con el que
fue diseñado, indistintamente de las circunstancias o inconvenientes que
puedan presentarse durante el desarrollo de la misma.
Solucionar aquellos problemas de diseño complementarios al proyecto,
elaborando cualquier tipo de documentación necesaria (diseño de croquis,
planos, especificaciones complementarias, etc).
Coordinar y vigilar el correcto desempeño de la obra, de manera que todas
las actividades se realicen bajo el total cumplimiento de las normas y
especificaciones técnicas y de seguridad, siguiendo así lo mejor posible, el
diseño elaborado en los planos del proyecto.
Proporcionar indicaciones oportunas, eficaces y aptas a la dirección de
Inspección y Residencia de la obra, en su calidad de asesor.
Garantizar que el desarrollo de la obra se realice bajo el presupuesto,
costos y los tiempos calculados para la misma o a lo sumo lo más parecido
a dicha proyección.
Revisar los contratos y los conocimientos técnicos responsables de los
contratistas.
Recabar todo tipo de documentos generales de consulta y control.
Realizar el debido control de calidad en materiales, maquinaria y equipos
dispuestos para el proyecto.
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Finalmente, revisar regularmente los informes que elabora la dirección de
inspección de la obra, donde acepta conforme el desarrollo de la misma.
13.CONSIDERACIONES DE LA RESIDENCIA DE OBRAS DE ACUERDO AL
COLEGIO DE INGENIEROS
Se entiende por residencia, el servicio prestado por un profesional que actúa como
representante técnico y profesional del contratista, durante la ejecución de una
obra. Su misión tiene como fin primordial el que ella sea ejecutada eficientemente,
de conformidad con las mejores normas técnicas y de seguridad, según los
planos, especificaciones y demás documentos del proyecto.
El profesional residente suele tener simultáneamente la responsabilidad técnica y
administrativa de la obra; sin embargo de acuerdo a la magnitud de la misma se le
puede desligar de la responsabilidad administrativa. En cualquier caso sin
embargo, las funciones del profesional residente son de obligatoriedad legal,
detentando además como persona jurídica individual y en primera instancia, la
responsabilidad civil y penal de la construcción.
Consiste en llevar adelante la obra en la forma tal como se previó en el proyecto,
salvo los ajustes que sea necesario efectuar en campo, para desarrollar de una
mejor manera la obra dentro de los límites presupuestarios programados.
Sustituye en muchos casos las actividades y alcances indicados en la gerencia de
construcción (SI-10), incluye el asiento de información (Libro de Obra-CIV).
Normalmente la residencia es llevada a cabo por un sólo profesional responsable
en el sitio de la obra, pudiéndose acordar con el cliente la coordinación de
personal supervisor adicional, puesto a disposición por el cliente para la obra.
14.OBLIGACIONES DE LA PRESENCIA DEL INGENIERO RESIDENTE EN LAS OBRAS
DECRETO Nº 1.417- CGCO-GACETA Nº 5096 DEL 16/09/96 (Importante para la
defensa del Ejercicio Profesional).
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“Artículo 21° CGCO: El contratista deberá mantener al frente de la obra un
Ingeniero en legal y libre ejercicio de la profesión, quién ejercerá las funciones de
Ingeniero Residente, con experiencia y especialidad en el área de la obra objeto
del contrato, certificado como tal por el Colegio de Ingenieros de Venezuela, y
participará por escrito al Ente Contratante la designación de éste, acompañada de
la constancia de su aceptación, de copia de la solvencia y la certificación emitida
por el Colegio de Ingeniero de Venezuela. El Ingeniero Residente tendrá poder
suficiente para actuar por el Contratista durante la ejecución de los trabajos.”
“El contratista deberá notificar al ente contratante cuando por cualquier causa
deba sustituir al Ingeniero Residente designado. Mientras el contratista no dé
cumplimiento a lo previsto en este artículo, no podrá iniciar o continuar según el
caso la ejecución de la obra.
El ente contratante podrá ordenar la paralización de los trabajos en cualquier
momento cuando compruebe que no se cumple lo previsto en este artículo, sin
perjuicio de declarar la rescisión del contrato si el incumplimiento de este requisito
se prolonga por más de una semana.
En caso de que el Ingeniero Residente se retire de la obra sin dar previo aviso al
contratista o cuando se compruebe debidamente que ha sufrido un accidente,
alguna enfermedad u otra causa que lo justifique, el Contratista no podrá continuar
las obras sin la presencia de un Ingeniero Residente.
El ente contratante tendrá el derecho de rechazar al Ingeniero Residente
designado por el contratista cuando, a su juicio, existan causas que lo justifiquen.
Cuando la naturaleza de la obra lo requiera, el ente contratante podrá exigir al
contratista la designación de varios Ingenieros en ejercicio legal de la profesión.
En tal caso, uno de ellos deberá ser designado Ingeniero Residente de la Obra.”
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15.RESPONSABILIDAD DEL ENTE CONTRATANTE, ENTE EJECUTO,
SUPERVISOR, CONTRALORIA Y UNIDAD DE FISCALIZACION,
GERENCIA DE PROYECTOS, CONTRATISTA, SUPERVISION D
EOBRAS Y GERENTE GENERAL DE PROYECTOS
Ente contratante:
Organismo Público, Persona Natural o Jurídica, de carácter Público o Privado,
encargado de ejecutar una obra de ingeniería, Contratar un servicio o adquirir
bienes, bien sea para uso colectivo o particular, mediante el aporte de los recursos
financieros y la contratación de una o varias empresas contratistas, según la
magnitud o complejidad del proyecto. Ente que origina la contratación y la avala un
Contrato mediante la firma de su representante legal, efectuando los pagos
correspondientes.
Ente ejecutor:
Entidad encargada de llevar adelante una determinada obra con la aplicación de
las medidas de control e inspección. Ejemplo: el ente contratante puede ser una
Gobernación de Estado y el ejecutor podría ser una Dirección de un Ministerio, o
también un Instituto Estadal y una dependencia regional adscrita a un Ministerio,
respectivamente. Generalmente el Contratante y el Ejecutor son la misma persona
jurídica.
Supervisor:
Profesional de la Ingeniería altamente calificado, designado como asesor para
prestar asistencia técnica al contratante de obras, sirve como un apoyo adicional y
asistencia a las labores de Inspección y Residencia, para hacer cumplir los
criterios y concepción original de la obra, canalizando las necesidades que surjan
de modificaciones del proyecto o nuevas especificaciones.
Contraloría o unidad de fiscalización:
En los Organismos Públicos y en algunos entes privados existe un órgano que se
encarga por velar que efectivamente los recursos se están invirtiendo de acuerdo
con las previsiones presupuestarias y al marco técnico y administrativo.
10
Gerencia de Proyectos:
Con el transcurrir del tiempo las obras se hacen más sofisticadas. La
especialización se diversifica. Surge un nuevo elemento adicional a la Inspección:
La Gerencia de Proyectos, dentro del proceso total de la obra, conforma un
sistema o manejo integral de coordinación, control, evaluación y retroalimentación
de todo el proceso de la obra desde el momento mismo de su concepción, donde
la Inspección es una fase de apoyo dentro de ese sistema.
Contratista:
Empresa Calificada que asume legalmente ante el Ente Contratante, la obligación
y responsabilidad de realizar una obra a través de una relación contractual en un
lapso establecido y por un monto acordado. Según el tipo de contrato, aporta
elementos de trabajo, materiales, equipos, personal y otros recursos auxiliares
necesarios y previstos en el presupuesto contratado.
Supervisión de Obras:
Servicio que realiza periódicamente el profesional consultor durante la ejecución
de una obra de manera que, actuando directamente en representación del
propietario, comitente (Contratante), promotor o entidad financiera
correspondiente, cumpla conjunta o separadamente sus objetivos. En general su
responsabilidad no implica funciones de dirección pero sí, de asesoramiento,
vigilancia y control.
Gerente general de proyectos:
Hay casos en los cuales el cliente cuenta dentro de su organización con recursos
profesionales capacitados y desea llevar a cabo un proyecto, generalmente de
elevada complejidad, desde sus estudios preliminares hasta la puesta en marcha
de la obra, pero no cuenta con la organización adecuada o suficiente para
acometerlos por sí mismo.
16. INSPECCION DE TRABAJO11
La Inspección de Trabajo, es un servicio público a cargo del Ministerio de Trabajo
y Promoción Social, que tiene como objeto velar por el cumplimiento de las
disposiciones legales y convencionales en materia laboral, de promoción y
formación para el trabajo, y de seguridad y salud en el trabajo, con la finalidad de
prevenir o solucionar los conflictos o riesgoslaborales entre trabajadores y
empleadores.
17.COMPUTOS METRICOS
Es un estudio minucioso de todos los elementos del proyecto, para determinar qué
cantidad de materiales y qué cantidad de obra requiere y por supuesto cuánto
costará hacer realidad ese proyecto.
18.CONCEPTO Y DIFERENCIAS DE TIPOS DE ACERAS, BROCALES,
ASFALTADOS Y BACHEO
Acera:
Las aceras constituyen una sección de la orilla de una vía pública destinada a la
circulación de peatones; debe tener una superficie cómoda y durable y brindar
seguridad a los usuarios.
Tipos de acera:
o Aceras baldosas: Son los solados constituidos por baldosas de cemento
sobre una base de hormigón en masa.
o Aceras de cemente continuo: Son los solados constituidos por una capa
de mortero sobre un cimiento de hormigón.
Brocal:
Es un antepecho que rodea la boca de un pozo para impedir que alguien se caiga
en él.
Asfaltado:
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Es un material viscoso, pegajoso y de color negro. Se utiliza mezclado con arena o
gravilla para pavimentar caminos y como revestimiento impermeabilizante de
muros y tejados.
Tipos de asfalto:
o Asfalto natural: Se encuentra en estado natural formando una mezcla
compleja de hidrocarburos sólidos en lagunas de algunas cuencas
petroleras, como sucede en el lago de Guanoco, el lago de asfalto más
extenso del mundo (Estado Sucre, Venezuela), con 4km² de extensión y 75
millones de barriles de asfalto natural.
o Asfalto de petróleo: Es un asfalto obtenido de la destilación del crudo de
petróleo.
o Asfalto fillerizado: Asfalto elaborado a partir de un cemento asfáltico, al
cual luego de un proceso de oxidación, se le incorpora una carga mineral
inerte. Asfalto que contiene materias minerales finamente molidas que
pasan por el tamiz N°200.
o Asfalto liquido: Material asfáltico cuya consistencia blanda o fluida hace
que esté fuera del campo de aplicación del ensayo de penetración, cuyo
límite máximo es 300.Generalmente, se obtienen fluidificando el betún
asfáltico con disolventes de petróleo, al exponer estos productos a los
agentes atmosféricos los disolventes se evaporan, dejando solamente el
betún asfáltico en condiciones de cumplir su función.
Bacheo:
Es cuando la superficie presenta fallos, brechas o huecos se requiere de un
método rápido y eficiente que soluciones permanentemente la falla del pavimento,
sin contaminar, y que la presencia del agua o temperatura del material al ser
aplicado garanticen su duración y así no tener que repetir este trabajo.
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19.LIBROS DE OBRAS Y SU USO
Documento con páginas numeradas que forma parte del expediente oficial de la
obra y que se mantiene en ésta durante su desarrollo, en el cual se consignan las
instrucciones y observaciones a la obra formuladas por los profesionales
competentes, los instaladores autorizados, el inspector técnico, el revisor
independiente cuando corresponda, y los inspectores de la Dirección de Obras
Municipales o de los Organismos que autorizan las instalaciones.
20.VALUACIÓN Y CUADRO DE CIERRE
Valuación:
Son los documentos o formatos requeridos para el pago de anticipos, valuaciones
de obra ejecutada, variaciones de precios o devolución de retenciones.
Cuadro de cierre:
Es el resumen de las cantidades de obras realmente ejecutadas en una
construcción.
21.PASOS PARA UNA CONTRATACIÓN DE OBRAS
Preparación:
El contrato de obras se inicia con una fase preparatoria, que incluye
la elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del correspondiente proyecto, y
que necesariamente precederá a la adjudicación del contrato.
Elaboración del proyecto:
La elaboración del proyecto corresponderá normalmente al ente del sector público
que contrata. Excepcionalmente, la elaboración del proyecto podrá ser realizada
por la propia empresa contratista. Tal supuesto se contempla para situaciones de
gran dificultad técnica, e implica la necesidad de que la Administración presente
un anteproyecto al que se ajustará el proyecto que elabore el contratista.
Supervisión:14
La solicitud de informe de la oficina o unidad de supervisión correspondiente será
obligatoria para las obras de cuantía igual o superior a 350.000 €, y para las obras
que afecten a la estabilidad, seguridad o estanqueidad del inmueble. En los demás
casos, la solicitud de informe será potestativa.
Replanteo:
El replanteo del proyecto de obra consiste en la comprobación de la realidad
geométrica de la misma y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal
ejecución. El replanteo se producirá tras la aprobación del proyecto, y antes de la
tramitación del expediente de contratación.
22.CONTRATO DE OBRAS
Es aquel mediante el cual una parte se compromete a ejecutar determinado
trabajo, por si solo o bajo su dirección, mediante un precio que la otra se obliga a
satisfacerle. De acuerdo a esta definición legal, se puede entender que el contrato
de obras es aquel en el que una persona se obliga a ejecutar un determinado
trabajo de orden cualquiera, con vistas a un resultado final y en razón de una
contraprestación o precio, que la otra se obliga a satisfacerle.
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