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PLE-201916
SECRETARIA GENERAL
ACTA
CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO EL
DÍA 15 DE OCTUBRE DE 2019.
En la Villa de Torrelodones, Provincia de Madrid, siendo las (18.00) dieciocho horas del día
quince de octubre de dos mil diecinueve, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos
de la Casa Consistorial, habiendo asistido y faltado con excusa y sin ella, los señores Concejales que
seguidamente se indican, con el fin de celebrar sesión ordinaria para la que habían sido previamente
convocados:
ALCALDE:
Don Alfredo García-Plata Fernández
CONCEJALES:
Doña Luz Marina Vicen Aznar
Don Luis Antonio Berutich Solar
Don Uxio Sánchez Alonso
Doña María Antonia Mora Lujan
Don David Moreno Fernández
Doña Ana María Núñez Maya
Don Jesús Moreno Pascual
Doña María Ángeles Barba Fernández
Doña Susana Albert Bernal
Don Víctor Fernando Arcos Martin
Don Rodolfo del Olmo López
Doña Isabel Ruiz-Tarazona Díaz
Doña Paula Sereno Guerra
Don Oscar Fernández Hernández
Don Gonzalo Martín Álvarez
Don Francisco José Sánchez Martín
Doña Sonsoles Palacios Moreno
Doña Marta López Rodríguez
Don Antonio Genaro Iraizoz García
Don Rodrigo Bernal Zuñiga
CONCEJALES QUE HAN FALTADO CON EXCUSA:
Ninguno.
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CONCEJALES QUE HAN FALTADO SIN EXCUSA:
Ninguno.
Presidió el acto el Sr. Alcalde, don Alfredo García-Plata Fernández y actuó como Secretario
el que lo es del Ayuntamiento, don Fernando A. Giner Briz.
Asimismo asistió la Sra. Interventora, doña Begoña Aisa Peinó.
Declarado abierto el acto por la Presidencia, previamente a tratar el orden del día del Pleno,
se procedió a la lectura de la Declaración Institucional de apoyo a la Guardia Civil cuyo texto es el
siguiente:
“DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE APOYO A LA GUARDIA CIVIL
El pasado 13 de mayo se cumplieron 175 años desde la creación del Cuerpo de la Guardia
Civil y, con ocasión de dicho Aniversario, este Ayuntamiento de Torrelodones expresa el testimonio
de su más distinguida consideración hacia el Instituto Armado.
La Guardia Civil nació en un período de constantes motines y sublevaciones, España se
había convertido en un territorio asolado por el bandolerismo y la inseguridad. De ahí la necesidad
de fundar una Institución que se encargara de responder a la necesidad de sosiego de los
españoles. Y puede afirmarse con rotundidad que, desde la creación del Cuerpo por el Duque de
Ahumada, el orden comenzó, por fin, a imperar.
El 14 de abril de 1844 el Gobierno sometió a la firma de la Reina Isabel II el Decreto de
creación de la Guardia Civil. En su exposición a la Reina el Ministerio en pleno hizo valer "la
imprescindible necesidad de contar en lo sucesivo con una fuerza armada que debía proteger a las
personas y a las propiedades", labor que, a día de hoy, siguen ejerciendo con ahínco.
D. Francisco Javier Girón y Ezpelet, quinto Marqués de las Amarillas y segundo Duque de
Ahumada, fue el encargado de organizar la creación del Cuerpo de la Guardia Civil en 1844
introduciendo notables y profundas mejoras en el primitivo plan, que concibió para el Instituto
Armado D. Facundo Infante.
El Duque de Ahumada, a través de una Circular fechada el 16 de enero de 1845, sintetizó
en un Código denominado la "Cartilla de la Guardia Civil", formado por 34 artículos, un auténtico
compendio del honor y la moral que se exigía a los miembros del Benemérito Cuerpo, y que, en la
actualidad, sigue plenamente vigente.
Desde su creación hasta ahora, el Cuerpo de la Guardia Civil se ha encargado de velar por la
seguridad de los ciudadanos en su persona y bienes, si bien, con el enorme logro de su paulatina
modernización y la adaptación del Instituto Armado al contexto histórico de cada momento
preservando los valores que siempre han distinguido al Cuerpo. Fruto de ello, es también el alto
grado de especialización del Cuerpo con más de 76.000 efectivos en sus filas.
En este proceso es preciso destacar como hito fundamental la incorporación efectiva de la
mujer al Cuerpo de la Guardia Civil que, en este mes de septiembre, hace ya 31 años, constituyen
hoy en día 5.000 efectivos.
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SECRETARIA GENERAL
Asimismo, cabe destacar también u importante protagonismo y relevancia en operaciones
internacionales que ha sido clave para la seguridad de nuestra Nación, en misiones de ayuda
humanitaria en países subdesarrollados o afectados por desastres naturales, así como en la lucha
contra las mafias de la inmigración ilegal o en la formación de las policías de países en
reconstrucción.
Por todo ello se solicita la adopción del siguiente ACUERDO:
El Ayuntamiento de Torrelodones transmite a la Guardia Civil el testimonio de su más
distinguida consideración con ocasión de su 175 aniversario, y nuestro reconocimiento a su trabajo
tanto en nuestro municipio como en todo el territorio español.
En Torrelodones, a 15 de octubre de 2019.
LO PORTAVOCES,
VECINOS POR TORRELODONES: Jesús Moreno Pascual.
PARTIDO POPULAR DE TORRELODONES: Paula Sereno Guerra.
VOX TORRELODONES: Gonzalo Martín Álvarez.
CIUDADANOS: Marta López Rodríguez.
PARTIDO SOCIALISTA DE TORRELODONES: Rodrigo Bernal Zúñiga.”
Las intervenciones que quedan registradas en el video acta se pueden consultar en el
siguiente enlace:
http://videoactas.torrelodones.es/visor.aspx?id=69&t=20
Seguidamente se pasó a tratar y discutir los asuntos referentes a esta sesión, según el
Orden del Día de la misma, en el que constan los siguientes asuntos:
PRIMERA PARTE
1º.- Toma de posesión de doña Sonsoles Palacios Moreno como Concejala de este
Ayuntamiento, incluida en la candidatura de VOX.
2º.- Borradores de las Actas de las sesiones celebradas los días 13 y 24 de septiembre de
2019 (PLE-201914 y PLE-201915).
AREA DE SEGURIDAD Y REGIMEN INTERIOR, AREA DE HACIENDA, PERSONAL,
INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACION Y AREA DE COMUNICACIÓN,
ATENCION AL VECINO, CALIDAD, DESARROLLO EMPRESARIAL Y FIESTAS
3º.- Cuenta General del ejercicio 2018.
4º.- Modificación de las Ordenanzas Fiscales nºs 2 y 18 reguladoras del Impuesto de Bienes
Inmuebles y tasa por expedición de documentos: Aprobación provisional.
5º.- Reconocimiento extrajudicial de la factura presentada por ARAT VETERINARIOS
TORRELODONES S.L.
6º.- Nombramiento de expertos en los Consejos Municipales.
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7º.- Otorgamiento del nombre de don Tomás Romera Gómez al paraje del municipio de
Torrelodones, actualmente conocido como la cantera del Arroyo de la Torre.
8º.- Fiestas Locales 2020.
9º.- Moción del Grupo Municipal Socialista relativa a la obra del estacionamiento disuasorio
de Torrelodones.
10º.- Moción del Grupo Municipal VOX relativa a la concesión de ayudas por nacimiento,
adopción de hijo y manutención.
VARIOS
11º.- Asuntos de urgencia a proponer por los miembros del Pleno del Ayuntamiento que no
tengan cabida en el turno de ruegos y preguntas.
SEGUNDA PARTE: CONTROL, FISCALIZACION Y SEGUIMIENTO DE LOS ORGANOS DE
GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO
12º.- Dación de cuenta de la Resolución de la Alcaldía sobre la modificación de delegación
de competencias en la Junta de Gobierno Local.
13º.- Dación de cuenta al Pleno de la Corporación de los índices de morosidad y del periodo
medio de pago del tercer trimestre 2019.
14º.- Dación de cuenta del cumplimiento legal del personal eventual.
15º.- Resoluciones dictadas por la Alcaldía y Concejalías Delegadas desde la nº 1976 a la nº
2202; y resoluciones de la Tesorería dictadas desde el 1 al 30 de septiembre de 2019 incluidas las
relativas a concesiones de fraccionamiento y sistema especial de pago que son automáticas:
Conocimiento por los miembros de la Corporación.
16º.- Ruegos y preguntas.
Sobre dichos asuntos recayeron los siguientes acuerdos:
PRIMERA PARTE
1º.- TOMA DE POSESIÓN DE DOÑA SONSOLES PALACIOS MORENO COMO CONCEJALA DE
ESTE AYUNTAMIENTO, INCLUIDA EN LA CANDIDATURA DE VOX.
Se da cuenta del escrito número 2019/20646 de Registro de Entrada en este Ayuntamiento,
procedente de la Junta Electoral Central, conteniendo la credencial de Concejal, cuyo texto es el
siguiente:
“DON ANTONIO JESÚS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO, Presidente de la Junta Electoral
Central, expido la presente CREDENCIAL expresiva de que ha sido designada CONCEJALA del
Ayuntamiento de TORRELODONES (MADRID) DOÑA SONSOLES PALACIOS MORENO por estar
incluida en la lista de candidatos presentada por VOX a las elecciones locales de 26 de mayo de
2019, en sustitución, por renuncia, de don Jesús Miguel del Valle-Inclán Sanz.
A los efectos de su presentación en el Ayuntamiento de TORRELODONES (MADRID), expido
la presente en Madrid a 2 de octubre de 2019.”
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SECRETARIA GENERAL
Asimismo se informa que por doña Sonsoles Palacios Moreno, se han presentado las
correspondientes declaraciones sobre causas de posible incompatibilidad de actividades y de bienes
patrimoniales, para su constancia en el Registro de Intereses.
Acto seguido y a requerimiento del Sr. Presidente, tomó posesión de su cargo, bajo la
fórmula establecida por el Decreto 707/79 del 5 de abril.
Doña Sonsoles Palacios Moreno, una vez posesionada de su cargo, pasa a ocupar su puesto
como Concejala de este Ayuntamiento.
A continuación tienen lugar las intervenciones que quedan registradas en el video acta
pudiéndose consultar en el siguiente enlace:
http://videoactas.torrelodones.es/visor.aspx?id=69&t=251
2º.- BORRADORES DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES CELEBRADAS LOS DÍAS 13 Y 24 DE
SEPTIEMBRE DE 2019 (PLE-201914 Y PLE-201915).
Dada cuenta de los borradores de las actas de las sesiones anteriores celebradas los días 13
y 24 de septiembre de 2019 (PLE-201914 y PLE-201915), cuyos textos han sido facilitados con
antelación suficiente a los señores miembros del Pleno del Ayuntamiento, previa votación ordinaria y
por unanimidad de los señores asistentes presentes, se aprueban los borradores de las actas.
Estas Actas una vez transcritas en su correspondiente Libro serán autorizadas
posteriormente con la firma del Sr. Alcalde y del Sr. Secretario, de conformidad a lo establecido en
el artículo 110 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre.
AREA DE SEGURIDAD Y REGIMEN INTERIOR, AREA DE HACIENDA, PERSONAL,
INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA DE LA INFORMACION Y AREA DE COMUNICACIÓN,
ATENCION AL VECINO, CALIDAD, DESARROLLO EMPRESARIAL Y FIESTAS
3º.- CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO 2018.
Se da cuenta del dictamen emitido sobre este asunto por la Comisión Especial y Permanente
de Cuentas en sesión celebrada el 10 de octubre de 2019.
Constan en el expediente los siguientes antecedentes:
1) Dictamen favorable de la Comisión Especial y Permanente de Cuentas en sesión
celebrada el 9 de mayo de 2019.
2) Anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 208
correspondiente al día 2 de septiembre de 2019.
3) Durante el plazo de exposición al público no se ha presentado ninguna reclamación.
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4) Propuesta de acuerdos de la Concejala Delegada de Hacienda firmada digitalmente el 4
de octubre de 2019.
A continuación se inicia el debate cuyas intervenciones quedan registradas en el video acta
pudiéndose consultar en el siguiente enlace:
http://videoactas.torrelodones.es/visor.aspx?id=69&t=330
Finalizado el debate de este asunto, el Pleno del Ayuntamiento, previa votación ordinaria y
por diecisiete votos a favor y cuatro abstenciones, acuerda:
1º.- Aprobar la Cuenta General del ejercicio 2018.
2º.- Rendir la citada Cuenta General a la Cámara de Cuentas.
4º.- MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES NºS 2 Y 18 REGULADORAS DEL
IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES Y TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS: APROBACIÓN
PROVISIONAL.
Se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, comprensiva del
Área de Seguridad y Régimen Interior, el Área de Hacienda, Personal, Innovación Tecnológica y
Área de Comunicación, Atención al Vecino, Calidad, Desarrollo Empresarial y Fiestas, en sesión
celebrada el día 10 de octubre de 2019.
Constan en el expediente, entre otros, los siguientes antecedentes:
1) Providencia de la Concejala de Hacienda firmada digitalmente el 3 de octubre de 2019.
2) Informe-propuesta del Tesorero (INFT-209017) firmado digitalmente el 4 de octubre de
2019.
3) Informe de Intervención (INFI-2018-228) firmado digitalmente el 4 de octubre de 2019.
4) Informe de Secretaría (INF-2019248) firmado digitalmente el 4 de octubre de 2019.
5) Propuesta formulada por la Concejala delegada de Hacienda firmada digitalmente el 4 de
octubre de 2019.
A continuación se inicia el debate cuyas intervenciones quedan registradas en el video acta
pudiéndose consultar en el siguiente enlace:
http://videoactas.torrelodones.es/visor.aspx?id=69&t=1718
Finalizado el debate de este asunto, el Pleno del Ayuntamiento, previa votación ordinaria y
por diecisiete votos a favor y cuatro abstenciones, acuerda:
1º.- Aprobar provisionalmente la modificación de los siguientes preceptos de la Ordenanzas
Fiscales nº 2 Impuesto sobre Bienes Inmuebles y nº 18 Reguladora de la Tasa por Expedición de
documentos:
1º.1. Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 2:
• Se modifica el art. 2, renumerando el apartado 3.A.4 como apartado 4 y quedando
redactados los apartados 3.B, 4, 5 y 6 como sigue:
“3.B) Para la concesión de bonificación será preciso cumplir los siguientes requisitos a fecha
1 de enero:
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SECRETARIA GENERAL
B.1) Ostentar la condición de familia numerosa.
B.2) El sujeto pasivo y todos los miembros que componen la familia numerosa deberán estar
empadronados en la vivienda habitual del municipio de Torrelodones.
A tal efecto, se entenderá por vivienda habitual aquella unidad urbana de uso residencial
destinada exclusivamente a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del sujeto pasivo y su
familia.
En el supuesto de que el sujeto pasivo beneficiario sea titular de más de un inmueble
radicado en el municipio de Torrelodones, la bonificación quedará referida a una única unidad
urbana, siempre que, además, constituya la vivienda habitual de la unidad familiar.
B.3) Deberá presentarse solicitud antes del 1 de marzo del año en que haya de surtir efecto,
adjuntando fotocopia del Título de Familia Numerosa.
B.4) La bonificación se aplicará hasta la fecha de renovación del título de familia numerosa,
estando los beneficiarios obligados a comunicar las variaciones que afecten a esta bonificación.
B.5) En los casos de renovación del Título de Familia Numerosa, se deberá adjuntar una
copia a la solicitud presentada en los plazos anteriormente establecidos.
4. Tendrán derecho a disfrutar de una bonificación del 35% en la cuota íntegra de este
impuesto aquellas edificaciones cuyo uso catastral sea residencial en las que se hayan instalado
sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante los
tres periodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación. Para tener derecho a esta
bonificación será necesario que dichos sistemas representan al menos el 50 por 100 del suministro
total de energía, y que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan
de la correspondiente homologación por la Administración competente, así como de la oportuna
licencia municipal.
La bonificación podrá solicitarse en cualquier momento anterior a la terminación del período
de duración de la misma, y surtirá efectos, en su caso, desde el período impositivos siguiente a
aquel en que se solicite. El cumplimiento de los requisitos técnicos anteriores deberá justificarse, en
el momento de la solicitud, con la aportación del proyecto o memoria técnica, y declaración emitida
por técnico competente, visada por el colegio oficial que corresponda o en su defecto justificante de
habilitación técnica, en el quede expresamente justificado que la instalación reúne los requisitos
establecidos en el párrafo anterior y objeto de la bonificación.
No se concederá la bonificación cuando la instalación de los sistemas de aprovechamiento
térmico o eléctrico sea obligatoria de acuerdo con la normativa específica en la materia.
5. En el caso de que se tenga derecho a más de una bonificación de las previstas en los
apartados anteriores, se aplicará solo la mayor de ellas.
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6. Para la concesión de cualquier bonificación se deberá estar al corriente en el pago de las
obligaciones con el Ayuntamiento el día en que se vaya a efectuar la liquidación del tributo
correspondiente.”
• Se modifica la disposición final, que queda redactada como sigue:
“DISPOSICIÓN FINAL
La presente modificación entrará en vigor el día 1 de enero de 2020, una vez realizada la
publicación de conformidad con lo dispuesto en el TRLRHL.”
1º.2. Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 18:
• Se modifican los arts. 2.b) y 4b), reemplazando “artículos 5 y 97 del Real Decreto
2179/81, de 24 de julio”, por “artículos 96.6 y 105 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero”.
• Se modifica el art. 4.k), reemplazando “Concesión de la licencia por un periodo de 4
años” por “Concesión de la licencia por un periodo de 5 años, conforme a lo establecido en el art.
3.3 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de
diciembre”.
• Se modifica la disposición final, que queda redactada como sigue:
“DISPOSICIÓN FINAL
La presente modificación entrará en vigor el día 1 de enero de 2020, una vez realizada la
publicación de conformidad con lo dispuesto en el TRLRHL.”
2º.- Exponer al público el expediente durante 30 días, previo anuncio en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid y en un periódico de difusión corriente, durante los cuales los interesados
podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno de la Corporación.
3º.- Esta aprobación se entenderá como definitiva en el caso de que durante el plazo de
información pública no se hubiera presentado ninguna reclamación, de conformidad con lo
establecido en el artículo 17 del TRLRHL.
5º.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE LA FACTURA PRESENTADA POR ARAT
VETERINARIOS TORRELODONES S.L.
Se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, comprensiva del
Área de Seguridad y Régimen Interior, el Área de Hacienda, Personal, Innovación Tecnológica y
Área de Comunicación, Atención al Vecino, Calidad, Desarrollo Empresarial y Fiestas, en sesión
celebrada el día 10 de octubre de 2019.
Constan en el expediente, entre otros, los siguientes antecedentes:
1) Facturas nºs 18 a 23 presentadas por Arat Veterinarios Torrelodones S.L.
2) Nota de reparo emitida por la Interventora firmada digitalmente el 27 de agosto de 2019.
3) Informes del Concejal delegado de Medio Ambiente, Patrimonio, Servicios Urbanos y
Salud Pública firmados digitalmente los días 28 y 29 de agosto de 2019 respectivamente.
4) Informe de la Intervención (INFI-2019400) firmado digitalmente el 2 de octubre de 2019.
5) Propuesta de la Alcaldía firmada digitalmente el 3 de octubre de 2019.
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SECRETARIA GENERAL
A continuación se inicia el debate cuyas intervenciones quedan registradas en el video acta
pudiéndose consultar en el siguiente enlace:
http://videoactas.torrelodones.es/visor.aspx?id=69&t=2981
Finalizado el debate de este asunto, el Pleno del Ayuntamiento, previa votación ordinaria y
por trece votos a favor y siete abstenciones acuerda:
1º Resolver la discrepancia en virtud del principio de enriquecimiento injusto.
2º El reconocimiento extrajudicial de la obligación de las siguientes facturas:
Referencia Importe Número Nombre del Interesado
FACTURA A-24 ACTUACIONES CLINICAS EN C.A.A. Y ESTERILIZACIONES COLONIAS FELINAS JUNIO
60,50 € 16811 ARAT VETERINARIOS TORRELODONES SL
FACTURA A-23 ACTUACIONES CLINICAS EN C.A.A. Y ESTERILIZACIONES COLONIAS FELINAS MAYO
2.141,22 € 16808 ARAT VETERINARIOS TORRELODONES SL
FACTURA A-22 ACTUACIONES CLINICAS EN C.A.A. Y ESTERILIZACIONES COLONIAS FELINAS ABRIL
2.731,57 € 16805 ARAT VETERINARIOS TORRELODONES SL
FACTURA A-21 ACTUACIONES CLINICAS EN C.A.A. Y ESTERILIZACIONES COLONIAS FELINAS MARZO
1.459,38 € 16804 ARAT VETERINARIOS TORRELODONES SL
FACTURA A-20 ACTUACIONES CLINICAS EN C.A.A. Y ESTERILIZACIONES COLONIAS FELINAS FEBRERO
2.793,89 € 16803 ARAT VETERINARIOS TORRELODONES SL
FACTURA A-19 ACTUACIONES CLINICAS EN C.A.A. Y ESTERILIZACIONES COLONIAS FELINAS ENERO
1.418,58 € 16801 ARAT VETERINARIOS TORRELODONES SL
FACTURA A-18 ACTUACIONES CLINICAS EN C.A.A. Y ESTERILIZACIONES COLONIAS FELINAS DICIEMBRE 2018
1.494,35 € 16800 ARAT VETERINARIOS TORRELODONES SL
Total 12.099,49 €
3º Ordenar el pago del gasto comprendido en estas facturas.
4º Que por la Intervención General se proceda a expedir los correspondientes documentos
contables.
6º.- NOMBRAMIENTO DE EXPERTOS EN LOS CONSEJOS MUNICIPALES.
Se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, comprensiva del
Área de Seguridad y Régimen Interior, el Área de Hacienda, Personal, Innovación Tecnológica y
Área de Comunicación, Atención al Vecino, Calidad, Desarrollo Empresarial y Fiestas, en sesión
celebrada el día 10 de octubre de 2019.
Constan en el expediente los Reglamentos aprobados por el Pleno del Ayuntamiento y
publicados en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 145, correspondiente al día 20 de
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junio de 2016 y Reglamento modificado aprobado definitivamente y publicado en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid nº 168 correspondiente al 16 de julio de 20180.
A continuación se inicia el debate cuyas intervenciones quedan registradas en el video acta
pudiéndose consultar en el siguiente enlace:
http://videoactas.torrelodones.es/visor.aspx?id=69&t=3664
Finalizado el debate de este asunto, el Pleno del Ayuntamiento, previa votación ordinaria y
por dieciocho votos a favor y tres abstenciones, acuerda:
1º.- Nombrar como experto en el Consejo Urbanístico Municipal de Torrelodones a don
Enrique García Ormaechea.
2º.- Nombrar como experto en el Consejo Medio Ambiental de Torrelodones a don Heikki
Willstedt Mesa.
3º.- Nombrar como expertos en el Consejo Económico y Social de Torrelodones a las
siguientes personas:
� Económico: Don Antonio Checa Cortés.
� Social: Doña Isabel Casado Trinchant.
4º.- Nombrar como experto en el Consejo Municipal de Cultura de Torrelodones a don
Andrés Ruiz Tarazona.
5º.- Nombrar como experto en el Consejo Municipal de Deportes de Torrelodones a don
Rubén Barakat Carballo.
7º.- OTORGAMIENTO DEL NOMBRE DE DON TOMÁS ROMERA GÓMEZ AL PARAJE DEL
MUNICIPIO DE TORRELODONES, ACTUALMENTE CONOCIDO COMO LA CANTERA DEL ARROYO DE
LA TORRE.
Se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, comprensiva del
Área de Seguridad y Régimen Interior, el Área de Hacienda, Personal, Innovación Tecnológica y
Área de Comunicación, Atención al Vecino, Calidad, Desarrollo Empresarial y Fiestas, en sesión
celebrada el día 10 de octubre de 2019.
Constan en el expediente, entre otros, los siguientes antecedentes:
1) Resolución de nombramiento de instructor firmada digitalmente el 10 de septiembre de
2019.
2) Propuesta del Concejal delegado de Comunicación firmada digitalmente el 26 de
septiembre de 2019.
A continuación se inicia el debate cuyas intervenciones quedan registradas en el video acta
pudiéndose consultar en el siguiente enlace:
http://videoactas.torrelodones.es/visor.aspx?id=69&t=3836
Finalizado el debate de este asunto, el Pleno del Ayuntamiento, previa votación ordinaria y
por unanimidad, acuerda:
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SECRETARIA GENERAL
Asignar la denominación del paraje, ahora conocido con la cantera del Arroyo de la Torre,
donde se ubica actualmente el Punto Limpio, como ca ntera de don Tomás Romera Gómez.
8º.- FIESTAS LOCALES 2020.
Se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, comprensiva del
Área de Seguridad y Régimen Interior, el Área de Hacienda, Personal, Innovación Tecnológica y
Área de Comunicación, Atención al Vecino, Calidad, Desarrollo Empresarial y Fiestas, en sesión
celebrada el día 10 de octubre de 2019.
Constan en el expediente, entre otros, los siguientes antecedentes:
1) Escrito de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y
Competitividad de la Comunidad de Madrid con Registro de Entrada nº 2019/20769.
2) Propuesta del Sr. Alcalde firmada digitalmente el 9 de octubre de 2019.
Sin debate, el Pleno del Ayuntamiento previa votación ordinaria y por unanimidad de los
señores asistentes, acuerda:
Proponer a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y
Competitividad de la Comunidad de Madrid, que las dos Fiestas Locales de este municipio para el
año 2020, sean las siguientes:
� 16 de julio de 2020.
� 17 de agosto de 2020.
9º.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA RELATIVA A LA OBRA DEL
ESTACIONAMIENTO DISUASORIO DE TORRELODONES.
Se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, comprensiva del
Área de Seguridad y Régimen Interior, el Área de Hacienda, Personal, Innovación Tecnológica y
Área de Comunicación, Atención al Vecino, Calidad, Desarrollo Empresarial y Fiestas, en sesión
celebrada el día 10 de octubre de 2019.
El texto de la moción presentada por el Grupo Municipal Socialista, mediante escrito nº
2019/20739 de Registro de Entrada en este Ayuntamiento, es el que se transcribe a continuación:
“Asunto.- Moción para el pleno
AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES
El Grupo Municipal Socialista, dadas las competencias de control que el Pleno del
Ayuntamiento tiene conferidas en los artículos 69 y 90 del ROM, por el presente escrito eleva ante el
Pleno de la Corporación la siguiente moción con el ánimo de que sea debatida en la sesión del 15 de
octubre de 2019.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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En el debate sobre el Estado de la Región de hace justo un año, la Comunidad de Madrid
anuncio su intención de poner en marcha el denominado Plan Aparca+T en el que se contemplaba,
por un lado la ampliación de 75 aparcamientos disuasorios repartidos por una treintena de
municipios y la creación de 16 nuevos.
El plan, tal como lo anunció en su momento el anterior ejecutivo regional, contempla una
serie de actuaciones en una primera fase que abarca hasta 2021 en la que se actuará en 26
aparcamientos con un total de 16.000 plazas. Una vez constituido el nuevo ejecutivo autonómico, en
el que el Consejero de Transportes es, curiosamente, el ex – presidente regional Ángel Garrido, se
ha anunciado la firma del primer convenio para la puesta en marcha del estacionamiento disuasorio
de Colmenar Viejo.
En el pleno del pasado 9 de abril, a mes y medio de las elecciones municipales, se dio de
alta en el Plan de Inversión Regional Supramunicipal la obra del estacionamiento disuasorio de
Torrelodones por un importe 5,86 millones de euros. En su momento, y en respuesta a una petición
del Grupo Municipal Socialista, se alquiló la parcela ubicada frente a la estación que, hace ya unos
años, fue adquirida por el Ayuntamiento de Torrelodones y se ha puesto a disposición de la
Comunidad de Madrid para poder llevar a cabo esta obra.
En el pleno municipal del pasado 24 de septiembre, en respuesta a una pregunta de nuestro
Grupo, el Concejal de Urbanismo señaló que no se había producido ningún avance en los trámites
necesarios para que, por fin, el estacionamiento disuasorio prometido por la Comunidad de Madrid
sea por fin una realidad.
Por tanto, el Grupo Municipal Socialista propone al pleno la adopción de los siguientes
ACUERDOS:
1- Instar a la Comunidad de Madrid a que agilice los trámites necesarios y habilite los
fondos económicos precios para el inmediato inicio de la construcción del tan necesario
aparcamiento disuasorio en la estación de Torrelodones.
2- Instar a la Comunidad de Madrid a que inicie a la mayor celeridad posible el proceso
administrativo para la firma del pertinente convenio con el Ayuntamiento de Torrelodones como
propietario de la parcela donde el gobierno regional quiere construir el mencionado
estacionamiento.
3- Instar al Ministerio de Fomento, RENFE y ADIF a que faciliten cuanto esté en su mano
para agilizar lo más posible la puesta en marcha de esta infraestructura tan absolutamente
necesaria para Torrelodones.
4- Dar traslado de estos acuerdos a la Dirección General de RENFE, a la Dirección General
de ADIF, al señor Consejero de Transportes, a la dirección del Consorcio de Transportes de Madrid y
a la Presidenta de la Comunidad de Madrid.
Sin otro particular, reciban un afectuoso saludo.
Rodrigo Bernal, Portavoz.
Grupo Municipal Socialista.”
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SECRETARIA GENERAL
A continuación se inicia el debate cuyas intervenciones quedan registradas en el video acta
pudiéndose consultar en el siguiente enlace:
http://videoactas.torrelodones.es/visor.aspx?id=69&t=4253
Finalizado el debate de este asunto, el Pleno del Ayuntamiento, previa votación ordinaria y
por diez votos a favor y once en contra, acuerda:
Desestimar los acuerdos propuestos por el Grupo Municipal Socialista en la moción
anteriormente descrita.
10º.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL VOX RELATIVA A LA CONCESIÓN DE AYUDAS POR
NACIMIENTO, ADOPCIÓN DE HIJO Y MANUTENCIÓN.
Por el Sr. Alcalde se indica cuanto se hace constar en el siguiente enlace:
http://videoactas.torrelodones.es/visor.aspx?id=69&t=5203
Por todo ello, se retira este asunto del Orden del Día.
VARIOS
11º.- ASUNTOS DE URGENCIA A PROPONER POR LOS MIEMBROS DEL PLENO DEL
AYUNTAMIENTO QUE NO TENGAN CABIDA EN EL TURNO DE RUEGOS Y PREGUNTAS.
No se formularon.
SEGUNDA PARTE: CONTROL, FISCALIZACION Y SEGUIMIENTO DE LOS ORGANOS DE
GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO
12º.- DACIÓN DE CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA SOBRE LA MODIFICACIÓN
DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.
Por el Sr. Alcalde se dio cuenta al Pleno de la Corporación de la resolución dictada por la
Alcaldía el día 7 de octubre de 2019, cuyo tenor literal es el siguiente:
“RESOLUCION DE LA ALCALDIA
Vista la resolución de la Alcaldía nº 1360/2019 relativa a la composición y atribuciones de la
Junta de Gobierno Local, firmada digitalmente el 17 de junio de 2019.
De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 23 de la Ley Reguladora de
las Bases de Régimen Local de 7 de Abril de 1.985 y por el 52 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986, esta
Alcaldía, en el día de la fecha
R E S U E L V E
1º.- Dejar sin efecto la resolución de la Alcaldía nº 1360/2019 relativa a la composición y
atribuciones de la Junta de Gobierno Local, firmada digitalmente el 17 de junio de 2019.
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2º.- La Junta de Gobierno Local, presidida por esta Alcaldía, estará integrada además, por
siete Concejales, cuyo número no es superior al tercio del número legal de los que constituyen el
Pleno, y que a continuación se indican:
1º Teniente de Alcalde: Doña Luz Marina Vicen Aznar.
2º Teniente de Alcalde: Don Jesús Moreno Pascual.
3º Teniente de Alcalde: Don Luis Antonio Berutich Solar.
4º Teniente de Alcalde: Doña Ana María Núñez Maya.
5º Teniente de Alcalde: Don Víctor Fernando Arcos Martín.
6º Teniente de Alcalde: Doña Mª Angeles Barba Fernández.
7º Teniente de Alcalde: Don David Moreno Fernández.
3º.- La Junta de Gobierno Local tendrá asignadas las siguientes atribuciones:
a) La asistencia permanente a la Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones.
b) Las atribuciones que el Alcalde u otro Órgano Municipal le deleguen o le atribuyan.
c) Por la Alcaldía se delegan las siguientes:
1. La concesión de licencias de obras mayores, salvo licencias para una sola vivienda,
reformas de vivienda, piscinas, derribos y demoliciones. Concesión de licencias que se concedan
para ser ejercidas en la vía pública, salvo calas solicitadas por compañías suministradoras de
servicios públicos, así como la autorización del uso de la vía pública por los particulares con
actividades que no supongan un uso normal.
2. Aprobación de campañas culturales, educativas, deportivas o sectoriales, semanas
culturales, etc…
3. Aprobación de intercambios sociales, culturales, educativos o deportivos con otras
ciudades.
4. Aprobación de realización de campañas publicitarias, encuestas y similares.
5. Aprobación de las campañas de salud y servicios sociales.
6. Concesión de becas escolares, subvenciones culturales y deportivas, y ayudas económicas
o materiales en general.
7. En general cuantas propuestas considere oportuno realizar sobre cualquier ámbito de la
gestión municipal para su resolución por la Alcaldía u órgano competente distinto de la misma.
8. Aprobar la Oferta de Empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla
aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los
concursos de provisión de puestos de trabajo.
9. Acordar el nombramiento y sanciones del personal.
10. Las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de
suministro, de servicios, los contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios
y los contratos administrativos especiales, cuando su valor estimado no supere el 10 por ciento de
los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros,
incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales
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SECRETARIA GENERAL
prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el
porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la
cuantía señalada.
11. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su
contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.
12. La competencia para la celebración de los contratos privados, así como la adjudicación
de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos
sujetos a la legislación patrimonial cuando el presupuesto base de licitación, en los términos
definidos en el artículo 100.1 de la LCSP, no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del
presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando
su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
13. Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento
general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística
y de los proyectos de urbanización.
14. Competencia para gestionar la aprobación de las tarifas de taxis.
4º.- Las facultades que podrá ejercer la Junta de Gobierno Local en relación con las
atribuciones delegadas en el apartado anterior, serán las propias que le correspondan al órgano
delegante sin que se produzca limitación o condición alguna para su ejercicio, salvo las que
expresamente se reserve esta Alcaldía en Resoluciones posteriores.
5º.- El Régimen Jurídico aplicable a la presente delegación será el previsto con carácter
general en los artículos 114 y 118 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, salvo el recurso de reposición contra los acuerdos que adopte la
Junta de Gobierno Local, que será resuelto por ésta.
6º.- Dejar sin efecto todas las delegaciones que hubieren realizado a favor de la Junta de
Gobierno Local por parte de la Alcaldía con anterioridad a la presente Resolución.
7º.- Esta Alcaldía podrá avocar en cualquier momento las competencias anteriormente
delegadas, con arreglo a la legislación vigente sobre régimen jurídico del sector público.
8º.- A partir de su constitución, la Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinaria todos
los martes, no festivos, así como extraordinaria siempre que el Alcalde lo considere oportuno.
9º.- De la presente Resolución se dará conocimiento al Pleno en la primera sesión que se
celebre, notificándose además personalmente a los designados y se publicarán en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su efectividad del día siguiente al de la presente
Resolución, conforme se indica en el artículo 23.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y en el artículo
52.4º del Reglamento de Organización y Funcionamiento de 28 de noviembre de 1986.
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La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de la fecha de la misma, sin
perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en la Sede
Electrónica del Ayuntamiento.
El Alcalde, Fdo.: Alfredo García-Plata Fernández. Resolución firmada en la fecha asociada a
la firma digital que consta en el lateral del documento. El Secretario del Ayuntamiento, Fdo.:
Fernando A. Giner Briz. Tomó razón en la fecha asociada a la firma digital que consta en el lateral
del documento.”
13º.- DACIÓN DE CUENTA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN DE LOS ÍNDICES DE
MOROSIDAD Y DEL PERIODO MEDIO DE PAGO DEL TERCER TRIMESTRE 2019.
El Pleno queda enterado del informe emitido por la Interventora el día 3 de octubre de
2019, cuyo tenor literal es el siguiente:
“Asunto.- Dación de cuentas al Pleno de la Corporación de morosidad y del periodo medio
de pago del tercer trimestre 2019.
Aprobado en 2014 el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la
metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas y
las condiciones y el procedimiento de retención de recursos de los regímenes de financiación,
previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera, se da cuenta al Pleno del resultado del periodo medio de pago de este ayuntamiento en
el tercer trimestre del ejercicio 2019.
• Tercer trimestre 2019:
Importe pagos pendientes 161.315,42 € Ratio operaciones pendientes 233,85 días Importe pagos realizados 2.091.825,43 € Ratio operaciones pagadas 6,32 días Periodo medio de pago 22,61 días”
14º.- DACIÓN DE CUENTA DEL CUMPLIMIENTO LEGAL DEL PERSONAL EVENTUAL.
Por el Sr. Alcalde se dio cuenta del siguiente escrito que se transcribe:
“Conforme al artículo 104 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, según la modificación establecida por la LRSAL, d) los Ayuntamientos de Municipios
con población superior a 20.000 y no superior a 50.000 habitantes podrán incluir en sus plantillas
puestos de trabajo de personal eventual por un número que no podrá exceder de siete.
Conforme se determinó en el Pleno de Organización celebrado el 20 de junio de 2019 y se
mantiene en la actualidad el número de plazas de personal eventual es de cero.
Es obligación de la alcaldía informar al Pleno con carácter trimestral del cumplimiento de lo
previsto en este artículo.
Motivo por el cual se informa que se cumple la legislación en esta materia.”
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SECRETARIA GENERAL
15º.- RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA Y CONCEJALÍAS DELEGADAS DESDE LA
Nº 1976 A LA Nº 2202; Y RESOLUCIONES DE LA TESORERÍA DICTADAS DESDE EL 1 AL 30 DE
SEPTIEMBRE DE 2019 INCLUIDAS LAS RELATIVAS A CONCESIONES DE FRACCIONAMIENTO Y
SISTEMA ESPECIAL DE PAGO QUE SON AUTOMÁTICAS: CONOCIMIENTO POR LOS MIEMBROS DE
LA CORPORACIÓN.
La Corporación queda enterada de las resoluciones adoptadas por el Sr. Alcalde y demás
Concejales Delegados, desde la última sesión ordinaria numeradas desde la nº 1976 a la nº 2202 y
de las resoluciones de la Tesorería dictadas desde el 1 al 30 de septiembre de 2019 incluidas las
relativas a concesiones de fraccionamiento y sistema especial de pago que son automáticas.
Los originales de las Resoluciones han estado de manifiesto y a disposición de los Señores
Concejales junto con la documentación de los asuntos de esta sesión, y con la notificación les ha
sido entregada, a cada uno de ellos, una relación de las Resoluciones, con indicación de su fecha y
extracto de su contenido.
16º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.
Las intervenciones relativas a los ruegos y preguntas quedan registradas en el video acta,
pudiéndose consultar en el siguiente enlace:
http://videoactas.torrelodones.es/visor.aspx?id=69&t=5462
Y no figurando en el Orden del Día más asuntos de que tratar, la Presidencia declaró
terminado el acto siendo las veinte horas y cuarenta minutos, de lo que como Secretario de la
sesión DOY FE.
EL ALCALDE,
Fdo.: Alfredo García-Plata Fernández.
EL SECRETARIO DE LA SESIÓN,
Fdo.: Fernando A. Giner Briz.
(Documento firmado en la fecha asociada a la firma digital que consta en el lateral del documento. Código de autenticidad y
verificación al margen) F
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