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INFORME DE EVALUACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE
LOS OBJETIVOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y
LÍMITE DE DEUDA EN LA APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO
2021 (PERÍMETRO DE CONSOLIDACIÓN)
En virtud del artículo 15.3 de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (modificada por la Orden HAP/2082/2014, de 7 de noviembre), esta Intervención General emite informe de evaluación sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de límite de deuda en la aprobación del Presupuesto General del ejercicio 2021 del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
Las reglas fiscales se encuentran suspendidas para la aprobación del
Presupuesto 2021 y su liquidación, puesto que el Congreso de los Diputados en su sesión de 20 de octubre de 2020 apreció, por mayoría absoluta de sus miembros, que se da una situación de emergencia extraordinaria que motiva la suspensión de las reglas fiscales, requisito que establece el artículo 11.3 de la LOEPSF.
En base a dicho acuerdo, quedan suspendidos el Acuerdo de Consejo de
Ministros de 11 de febrero de 2020 por el que se adecúan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el año 2020 para su remisión a las Cortes Generales, así como el Acuerdo de Consejo de Ministros de 11 de febrero de 2020 por el que se fijan los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el conjunto de Administraciones Públicas y de cada uno de sus subsectores para el período 2021-2023 para su remisión a las Cortes Generales, y el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado para 2021.
Considerando lo anterior, los objetivos de estabilidad, de deuda pública y la
regla de gasto, aprobados por el Consejo de Ministros en fecha el 11 de febrero de 2020 no resultan de aplicación, al haberse aprobado la suspensión de las reglas fiscales para los ejercicios 2020 y 2021, así como entenderse superado el Plan económico financiero (PEF) aprobado para 2020-2021.
No obstante lo anterior, a continuación se va a proceder a cuantificar las
magnitudes a incluir en la plataforma del Ministerio de Hacienda a través de los formularios de la aplicación informática de “presupuestos 2021”, puesto que estos datos se deben tener en cuenta en otros expedientes, como la autorización de competencias impropias del artículo 7.4 de la ley 7/1985, de bases de régimen local.
Para ello, es necesario determinar el perímetro de consolidación.
El Presupuesto General 2021 está integrado por el de la propia Entidad Local,
el de los Organismos Autónomos y el de las sociedades mercantiles de capital íntegramente propiedad de las mismas (Art. 209.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y regla 97.2 de la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local). En este ejercicio, en el Ayuntamiento de Fuenlabrada existen
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cinco Organismos Autónomos y cinco Sociedades Mercantiles, que enumero a continuación: 1.-Patronato Municipal de Cultura y universidad Popular de Fuenlabrada. 2.-Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada. 3.-Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada (O.T.A.F.). 4.-Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (C.I.F.E.). 5.-Instituto Municipal de Limpieza y Servicios Públicos de Fuenlabrada. 6.-Fuenlabrada Medios de Comunicación, S.A. (F.U.M.E.C.O.). 7.-Empresa Municipal de Transportes de Fuenlabrada, S.A. (E.M.T.). 8.-Instituto Municipal de la Vivienda de Fuenlabrada, S.A. 9.-Animajoven, S.A. 10.-En Clave Joven, S.L.U.
La Subdirectora General de Análisis y Cuentas económicas del Sector Público comunicó en su escrito de 1 de agosto de 2011, la clasificación de los agentes del sector público local del Ayuntamiento de Fuenlabrada, que concluye:
1) Unidades dependientes incluidas en el sector de las Administraciones Públicas:
-Todos los Organismos autónomos. -Las sociedades: Fuenlabrada Medios de Comunicación S.A. (FUMECO) y Instituto Municipal de la Vivienda de Fuenlabrada S.A. y Animajoven, S.A. -Consorcio Madrid Sur para el Empleo.
2) Unidades dependientes incluidas en el sector de las Sociedades no
financieras:
-Empresa Municipal de Transportes de Fuenlabrada, S.A. (EMT). -Enclave joven, S.L.
Posteriormente, con fecha 5/05/14 se recibió escrito de la Subdirección General
de Análisis y Cuentas del Sector Público (IGAE) comunicando la nueva clasificación de la entidad ENCLAVE JOVEN, S.L.U. dentro del sector de las Administraciones Públicas. De acuerdo con lo anterior, únicamente la sociedad EMT está excluida del perímetro de consolidación a efectos de aplicar la normativa de estabilidad, y se informa de forma independiente.
Por otro lado, se informa que el Consorcio Madrid Sur para el Empleo está disuelto según acuerdo del Consejo General del Consorcio de fecha 27 de enero de 2015.
Por tanto, las entidades a considerar son todas las unidades que han sido clasificadas como Administraciones Públicas en la última clasificación disponible, que en nuestro caso son:
- Ayuntamiento de Fuenlabrada. - Patronato municipal de Cultura y Universidad Popular (PMC). - Patronato municipal de Deportes de Fuenlabrada (PMD). - Centro de iniciativas de formación y empleo de Fuenlabrada (CIFE). - Instituto municipal de limpieza y servicios de Fuenlabrada (IML). - Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada (OTAF).
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- Instituto municipal de la Vivienda de Fuenlabrada, S.A. (IMV) - Fuenlabrada Medios de Comunicación, S.A. (F.U.M.E.C.O.) - Animajoven, S.A. - En Clave Joven, S.L.U.
Se adjunta como Anexo I el Estado de Consolidación de las unidades
dependientes incluidas en el sector de las Administraciones Públicas correspondiente al Presupuesto 2021 (perímetro de consolidación).
A) OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA:
El artículo 3 de la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, regula el Principio de estabilidad presupuestaria. Este artículo establece que se entenderá por estabilidad presupuestaria la situación de equilibrio o superávit estructural.
El objetivo de estabilidad antes de ajustes alcanza las siguientes cifras:
- Ayuntamiento de Fuenlabrada (-21.446.096,39.-€). - Patronato municipal de Deportes de Fuenlabrada (0,00.-€). - Patronato municipal de Cultura y Universidad Popular de Fuenlabrada
(0,00.-€). - Centro de iniciativas de formación y empleo de Fuenlabrada (CIFE)
(0,00.-€). - Instituto municipal de limpieza y servicios de Fuenlabrada (IML) (0,00.-
€). - Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada (OTAF) (0,00.-€). - Fuenlabrada Medios de Comunicación, S.A. (F.U.M.E.C.O.) (3.500,00.-
€). - Instituto municipal de la Vivienda de Fuenlabrada, S.A. (155,80.-€). - Animajoven, S.A.(23.259,19.-€). - En Clave Joven, S.L.U.(6.000,00.-€). - Consolidado de la Entidad (-21.413.181,40.-€).
El resultado calculado anteriormente debe ser objeto de los siguientes ajustes
previstos en el “Manual de cálculo del déficit en Contabilidad nacional adaptado a las Corporaciones Locales”, publicado por la IGAE (Ministerio de Economía y Hacienda):
1) Registro en contabilidad nacional de impuestos, cotizaciones sociales, tasas y otros ingresos:
Los capítulos I, II y III del Presupuesto de Ingresos deben computarse con
criterios de recaudación. Este criterio no se aplica a los impuestos cedidos parcialmente por el Estado a esta Corporación Local.
Este ajuste es negativo y asciende a un total de -2.834.052,14.-€. No se
incluye ajuste para las Sociedades Mercantiles por resultar de una cuantía mínima. Su descomposición por Entidades se puede ver en el siguiente cuadro:
DRN CAP. 1 A 3 RECAUDACIÓN CORRIENTE
RECAUDACIÓN CERRADOS AJUSTE
AYUNTAMIENTO 101.151.693,79 90.538.216,21 7.836.298,55 -2.777.179,03
DEPORTES 1.236.782,63 1.178.632,90 5.122,98 -53.026,75
CULTURA 433.263,37 433.263,37 0,00 0,00
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CIFE 1.930,05 1.930,05 0,00 0,00
OTAF 1.958,79 1.958,79 0,00 0,00
INSTITUTO 29.792,98 25.585,75 360,87 -3.846,36
TOTAL -2.834.052,14
2) Tratamiento de las Entregas a cuenta de impuestos cedidos, del Fondo complementario de Financiación y del Fondo de Financiación de asistencia sanitaria: Se origina un ajuste positivo por los reintegros que se efectúan en el ejercicio 2021 correspondientes a las liquidaciones definitivas de la Participación en los Tributos del Estado (PIE) de ejercicios anteriores. En 2021 no se prevé el reintegro de ninguna cuantía, por lo cual este ajuste es por importe de 0,00.-€.
3) Tratamiento de los intereses en Contabilidad Nacional:
Los intereses activos y pasivos deben computarse con criterios de devengo. a) Intereses pasivos:
Solo existen préstamos en el Ayuntamiento, por lo que solo debe realizarse
ajuste por los intereses pasivos en esta Entidad. Se ha realizado un ajuste negativo en el Ayuntamiento por importe de -8.343,89.-€, cantidad idéntica a la incluida en el informe de evaluación de la liquidación del Presupuesto 2019.
b) Intereses activos: No existen en el Ayuntamiento depósitos a plazo. 4) Inversiones realizadas por el sistema de “abono total del Precio”: El sistema de “abono total del precio” es aquel por el cual se precio del contrato
se satisface mediante un pago único al término de la obra. En las entidades que forman parte el perímetro no se da este caso en este
ejercicio. 5) Inversiones realizadas por cuenta de Corporaciones Locales: Se trata de que una Corporación Local encomiende a una empresa pública de
ella dependiente (que no tenga la consideración de Administración Pública) la realización de una inversión por cuenta de la Corporación Local, que será traspasada a Balance de la Corporación a su término.
En las entidades que forman parte el perímetro no se da este caso en este
ejercicio.
6) Consolidación de transferencias entre Administraciones Públicas: En contabilidad nacional rige el principio de uniformidad, es decir, que se
registren las transferencias en las distintas unidades implicadas por el mismo concepto, importe y periodo. A su vez, en contabilidad nacional se debe respetar el criterio de contabilización del pagador de la transferencia. Por ello, en caso de que el beneficiario de la transferencia la registre de forma distinta, se realizará el
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correspondiente ajuste. La Corporación Local contabiliza, en principio, las transferencias recibidas mediante ingreso de contraído simultáneo (DRI).
Se pueden dar dos casos:
a) Consolidación de las transferencias entre unidades dependientes del
Ayuntamiento de Fuenlabrada (transferencias internas): Las transferencias se han contabilizado con criterios de uniformidad en todas las unidades dependientes por lo que no procede realizar ajuste.
b) Consolidación de las transferencias recibidas por las unidades
dependientes del Ayuntamiento de Fuenlabrada procedentes de otras Administraciones Públicas (Estado, Comunidad de Madrid, Seguridad Social, otras Corporaciones Locales): No procede realizar ajuste.
7) Tratamiento de los ingresos obtenidos por la venta de acciones de
sociedades (privatización de empresas): En las entidades que forman parte el perímetro no se da este caso en este
ejercicio.
8) Tratamiento de la contabilidad nacional de los dividendos y participación en beneficios:
En las entidades que forman parte el perímetro no se da este caso en este
ejercicio.
9) Ingresos obtenidos del Presupuesto de la Unión Europea:
En las entidades que forman parte el perímetro no se da este caso en este ejercicio.
10) Operaciones de permuta financiera (SWAPS):
En las entidades que forman parte el perímetro no se da este caso en este ejercicio.
11) Operaciones de ejecución y reintegro de avales concedidos por el Ayuntamiento a sus unidades dependientes:
En las entidades que forman parte el perímetro no se da este caso en este
ejercicio.
12) Aportaciones de capital a empresas públicas:
En las entidades que forman parte el perímetro no se da este caso en este ejercicio.
13) Asunción y cancelación de deudas de empresas públicas:
En las entidades que forman parte el perímetro no se da este caso en este ejercicio.
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14) Gastos realizados en el ejercicio y pendientes de aplicar al Presupuesto de gastos de la Corporación Local:
El saldo de la cuenta 413 “Acreedores por operaciones devengadas” recoge las obligaciones derivadas de gastos realizados en el ejercicio que no han sido imputados todavía a presupuesto.
Por tanto, si el saldo final de la cuenta 413 es mayor que el inicial, la diferencia dará lugar a un ajuste que aumentará el déficit (o disminuyendo el superávit), es decir, negativo. Y en caso contrario, si el saldo final es menor que el inicial, la diferencia dará lugar a un ajuste que disminuirá el déficit (o aumentará el superávit), es decir, positivo.
En el Ayuntamiento y demás organismos autónomos el saldo inicial previsto a
1.01.21 (es decir, a 31.12.20) de la cuenta 413 “Acreedores por operaciones devengadas”, es de 0,00.-€ y el saldo final previsto a 31.12.21, es también de 0,00.-€ por lo que no procede realizar ajuste.
15) Tratamiento de las operaciones de censos:
En las entidades que forman parte el perímetro no se da este caso en este ejercicio.
16) Tratamiento de operaciones de leasing:
En Contabilidad nacional se produce el gasto íntegramente cuando se entrega el bien, es decir, cuando se firma el contrato de leasing. Por ello en el primer año, en el que se firma el contrato de leasing, se deberá realizar un ajuste negativo (mayor gasto) por el valor del bien en el momento en que se concierte el leasing menos la cuota abonada en ese año. Y durante los años de vida del leasing, procede efectuar un ajuste positivo (menor gasto) por las cuotas abonadas cada año. De acuerdo con la información suministrada por el departamento de Contratación, no existen contratos de leasing ni en el Ayuntamiento ni en sus entidades dependientes.
17) Ajuste por grado de ejecución del gasto: Este ajuste se regula en la Guía para la determinación de la Regla de Gasto
para Corporaciones Locales (3º edición de noviembre de 2014), no obstante, es de aplicación también para el cálculo del objetivo de estabilidad, puesto que se ha incluido este ajuste dentro del modelo facilitado por la Oficina virtual del Ministerio.
En las Corporaciones Locales la ejecución presupuestaria final suele presentar
desviaciones respecto de los créditos iniciales del Presupuesto. Por este motivo para el cálculo del gasto computable en los “proyectos de presupuestos o presupuestos iniciales” se realizará un “ajuste por grado de ejecución del gasto” que reducirá o aumentará los empleos no financieros.
Este ajuste, de acuerdo con la información suministrada por la plataforma del
Ministerio, sólo puede realizarse en aquellas unidades que cuentan con contabilidad presupuestaria, es decir, el Ayuntamiento y Organismos autónomos.
El ajuste del Presupuesto de 2021 será el resultado de aplicar el porcentaje estimado del grado de ejecución del Presupuesto 2021 (se ha estimado en un -11,42%), al importe de los créditos iniciales de los capítulos I a VII del estado de
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Gastos, una vez descontado el capítulo III (que se excluye entero salvo los créditos de emisión, formalización, modificación y cancelación de préstamos, deudas y otras operaciones financieras, así como los créditos por ejecución de avales, que en nuestro caso, son 0,00.-€) y minoradas las transferencias internas del capítulo IV (se minora 33.114.856,05.-€ del capítulo IV del Ayuntamiento por las transferencias internas de este a los OOAA, 349.820,16.-€ del capítulo IV del Patronato de Deportes por la transferencia de este al Instituto de la Limpieza , 536.283,87.-€ del capítulo IV de Patronato de Cultura por la transferencia de este al Instituto de la Limpieza, 107.488,89.-€ del capítulo IV del CIFE por la transferencia de este al Instituto de la Limpieza) (195.141.452,24.-€). Se adjunta Anexo II bis con estos datos. Por lo anterior, procede realizar un ajuste positivo, que suponga un menor gasto y un menor déficit y que se estima para 2021 en un importe total de 22.285.153,85.-€, distribuido por entidades como sigue:
1.-Ayuntamiento de Fuenlabrada: 18.264.851,69.-€ (159.937.405,31.-€
(en el capítulo III se han excluido todos los créditos y en el capítulo IV se ha descontado la cantidad de 33.114.856,05.-€ correspondiente a las transferencias previstas realizar del Ayuntamiento a los Organismos autónomos) x 11,42%).
2.-Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada: 1.303.127,25.-€ (11.410.921,66.-€ (en el capítulo III se han excluido todos los créditos y en el capítulo IV se ha descontado la cantidad de 349.820,16.-€ correspondiente a las transferencias previstas realizar del Patronato de Deportes al instituto de la Limpieza) x 11,42%).
3.-Patronato Municipal de Cultura y universidad Popular de Fuenlabrada: 1.051.886,90.-€ (9.210.918,54.-€ (en el capítulo III se han excluido todos los créditos y en el capítulo IV se ha descontado la cantidad de 536.283,87.-€ correspondiente a las transferencias previstas realizar del Patronato de Cultura al instituto de la Limpieza) x 11,42%).
4.-Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo (C.I.F.E.): 499.906,77.-€ (4.377.467,34.-€ (en el capítulo III se han excluido todos los créditos y en el capítulo IV se ha descontado la cantidad de 107.488,89.-€ correspondiente a las transferencias previstas realizar del CIFE al instituto de la Limpieza) x 11,42%).
5.-Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada (O.T.A.F.): 336.969,32.-€ (2.950.694,60.-€ (en el capítulo III se han excluido todos los créditos) x 11,42%).
6.-Instituto Municipal de Limpieza y Servicios Públicos de Fuenlabrada: 828.411,92.-€ (7.254.044,79.-€ (en el capítulo III se han excluido todos los créditos) x 11,42%).
En la “3ª edición de la Guía para la determinación de la Regla de gasto”, hoy vigente, se modifica la forma de cálculo de este ajuste, limitándose en la actualidad a decir que “este ajuste se estimará por cada Entidad local en función de la experiencia acumulada de años anteriores sobre las diferencias entre las previsiones presupuestarias y la ejecución real”. Esta intervención informa que a partir del Presupuesto inicial 2018, se ha adoptado un cambio de criterio en el cálculo de este ajuste, en dos sentidos:
-El dato de las obligaciones reconocidas correspondientes a “Inversiones financieramente sostenibles” (IFS), se va a tener en cuenta a la hora de determinar este ajuste, puesto que desvirtúan la realidad de la ejecución, al no tener en cuenta datos homogéneos (en los créditos iniciales no se incluyen, pero sí en las obligaciones reconocidas de la liquidación). Las IFS no se incluían en la forma de cálculo de la Guía, al no existir aún en dicho ejercicio.
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-Para el cálculo de la media aritmética, se van a tener en cuenta, como en
ejercicios anteriores, los tres últimos ejercicios, pero actualmente los tres últimos liquidados, es decir que ya cuenten con datos ciertos, y no meras previsiones (a diferencia de años anteriores, que se cogían los dos últimos cerrados y la información trimestral del vigente).
Así, el porcentaje estimado del grado de ejecución del presupuesto del año 2021 tendrá como límite, superior o inferior, la media aritmética de los porcentajes del grado de ejecución de los créditos por operaciones no financieras del presupuesto de gastos de los tres ejercicios anteriores “liquidados”, una vez eliminados valores atípicos. Es decir, la media aritmética de los ejercicios 2017, 2018 y 2019 de (Obligaciones reconocidas netas en las liquidaciones de cada ejercicio de capítulos I a VII salvo el capítulo III (ORN) – Créditos iniciales del Presupuesto de cada ejercicio de dichos capítulos (CI))/Créditos iniciales (CI).
Si la media aritmética es negativa, implica una ejecución inferior a los créditos
iniciales (inejecución) y el porcentaje estimado no podrá superar esta media, dando lugar a un ajuste que disminuirá los empleos no financieros. Si es positiva, el porcentaje estimado no podrá ser inferior a dicha media, dando lugar a un ajuste que aumentará los empleos no financieros.
Por otro lado, la IGAE respondió a una consulta del COSITAL Network respecto de lo que se considera “valores atípicos”. Así, se entiende como valor atípico, un valor muy distinto del resto, que hace que la media aritmética no sea representativa del grupo de valores considerado. A efectos de este ajuste, se consideraran valores atípicos, siempre que cumplan con lo dispuesto en el párrafo anterior:
1.- Los gastos de naturaleza extraordinaria derivados de situaciones de
emergencia, acontecimientos catastróficos, indemnizaciones abonadas en virtud de sentencias judiciales y similares.
2.- Los gastos financiados con subvenciones finalistas procedentes de la Unión
Europea o de otras Administraciones Públicas, dado que estos gastos no se incluyen en el cálculo del gasto computable para la determinación de la regla de gasto.
3.- Los gastos financiados con derechos procedentes de la enajenación de
terrenos e inversiones reales “reconocidos en el mismo ejercicio” dado que en el cálculo del gasto computable se considera la inversión neta.
4.- Los gastos financiados a través del mecanismo extraordinario de pago a
proveedores. Esta intervención ha considerado “valor atípico”, como ya se ha informado
anteriormente, también los gastos correspondientes a IFS financiados con RTGG. En los ejercicios 2017 a 2019 aún no se habían generado gastos extraordinarios ocasionados la Covid 19, por lo que en este ejercicio no se incluyen como valor atípico.
En el caso del Ayuntamiento de Fuenlabrada y de sus Organismos autónomos,
los datos del “grado de ejecución” correspondientes a los tres últimos ejercicios liquidados, son los que aparecen en el Anexo II. En el mismo se puede ver que el límite es -11,42%, que es la media aritmética de los porcentajes del grado de
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ejecución de los créditos de los ejercicios 2017, 2018 y 2019, una vez eliminados los valores atípicos.
Como se puede ver en el mismo, en el ejercicio 2017, el grado de ejecución ha
sido negativo en el porcentaje de -8,44%, en 2018 es negativo de -10,71%, y en 2019 es negativo de -15,09%. Es necesario recordar que las obligaciones reconocidas en estos ejercicios financiadas con el agente Préstamo, no han podido ser consideradas como “valor atípico”, lo que desvirtúa el resultado real, que sería de un grado de ejecución negativo superior.
Se ha establecido un porcentaje del -11,42%, que es en todo caso igual o inferior al límite obtenido (-11,42%).
18) Otros:
En este ajuste denominado “Otros” se ha incluido el siguiente ajuste:
Un ajuste positivo de 40.000,00.-€ correspondiente a la cuantía de devolución de ingresos de IAE, que se prevé devolver en 2021, y se encuentran provisionados así como minorados del Estado de ingresos del Presupuesto. Esta cantidad de 40.000.-€ se ha estimado en base a las devoluciones efectuadas en este ejercicio. Se recuerda que existe una provisión (cuenta contable 585) contabilizada por el Ayuntamiento en 2015 por la devolución de Ingresos con motivo de la Sentencia del Tribunal de Justicia de Madrid nº 205 de 12 de marzo de 2015 estimatoria del recurso interpuesto por Aplicaciones Coil, S.L. contra una liquidación del IAE 2012 (ver registro de entrada en Intervención nº 2483 de 30.12.15) (1.150.000,00.-€) minorada en la cuantía que se ha devuelto ya hasta este momento. Se recuerda que en la liquidación 2015 se incluyó este ajuste por importe de 1.150.000,00.-€, pero con signo negativo. Se adjunta correo electrónico de la IGAE avalando este ajuste en el apartado “Otros” (nº registro de entrada 495 de 28/03/16).
Después de ajustes el objetivo de estabilidad alcanza las siguientes cifras: - Ayuntamiento de Fuenlabrada (-5.926.767,62.-€). - Patronato municipal de Deportes de Fuenlabrada (1.250.100,50.-€). - Patronato municipal de Cultura y Universidad Popular de Fuenlabrada
(1.051.886,90.-€). - Centro de iniciativas de formación y empleo de Fuenlabrada (CIFE)
(499.906,77.-€). - Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada (OTAF)
(336.969,32.-€). - Instituto municipal de limpieza y servicios de Fuenlabrada (IML)
(824.565,55.-€). - FUMECO (3.500,00.-€). - Instituto municipal de la Vivienda de Fuenlabrada, S.A. (155,80.-€). - Animajoven, S.A. (23.259,19.-€). - En Clave Joven, S.L.U. (6.000,00.-€). - Consolidado de la Entidad (-1.930.423,59.-€).
B) OBJETIVO DE LÍMITE DE DEUDA:
Se ha calculado el volumen de deuda viva a 31.12.21, según el modelo de la
Subdirección General de Relaciones Financieras con las Entidades Locales, así este volumen en términos de porcentaje sobre los ingresos corrientes (capítulos I a V) liquidados consolidados (se deben de eliminar las operaciones internas entre las
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distintas unidades dependientes) por todas las entidades que forman parte del perímetro a efectos de la estabilidad presupuestaria (puesto que el artículo 53.2 del TRLRHL se remite al 53.1 de la misma norma, que establece la consolidación del Ayuntamiento, sus Organismos autónomos y las sociedades mercantiles dependientes que no se financien mayoritariamente con ingresos de mercado), minorados por los ingresos afectados, es el siguiente:
NIVEL DE DEUDA VIVA
1) (+) Derechos reconocidos consolidados en liquidación 2019 (capítulos 1 a 5 de ingresos) 165.493.499,18
2) (-) Derechos reconocidos aprovechamientos urbanísticos -0,00
3) (-) Derechos reconocidos de otros ingresos afectados (cuotas de urbanización) -0,00
4) (+) Ajuste por liquidación PIE ejercicios anteriores 1.487.467,02
5) TOTAL INGRESOS AJUSTADOS (1-2-3+4) 166.980.966,20
6) Deuda viva a 31.12.21 (según anexo a este informe) 18.115.743,60
7) Deuda formalizada no dispuesta a 31.12.21 40.900.866,20
8) Porcentaje carga viva ( 6+7 / 5) 35,34%
Por lo que se informa que el nivel de deuda así calculado estaría por debajo del 110% de los ingresos corrientes, límite previsto según el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Se adjunta como anexo a este informe el “Estado de la deuda viva consolidada a 31 de diciembre de 2021”, en el que aparecen todos los préstamos de la Entidad Local (concertados y operación proyectada a concertar en 2021).
Todos los préstamos concertados pertenecen al Ayuntamiento de Fuenlabrada,
por lo que sus unidades dependientes no incluyen ningún préstamo.
Ni en el Ayuntamiento ni en sus entes dependientes, se ha concertado ninguna operación de tesorería (a corto plazo) en el ejercicio 2020.
A fecha 1 de enero de 2020 existían quince préstamos concedidos al
Ayuntamiento de Fuenlabrada (todos formalizados). En el CIR constaban certificados los mismos préstamos. En el Estado de la Deuda a 1.01.20 se incluyó también la “Deuda vigente a 31.12.19 con las Entidades Públicas”, correspondiente a la cantidad a reintegrar por el Ayuntamiento en concepto de las “Liquidaciones definitivas de la Participación en los tributos del Estado de los ejercicios anteriores” (195.548,63.-€) por la parte no reintegrada en 2019 de la liquidación negativa de 2017.
A fecha 1 de enero de 2021 existirán diecisiete préstamos, puesto que en 2020 no se ha amortizado íntegramente ningún préstamo y se han concertado dos (uno con BBVA de 11.559.769,81.-€ y otro con Caja Rural de Jaén de 4.000.000,00.-€). En 2020 no se ha dispuesto ningún préstamo porque se recuerda que en 2019 no se concertó ninguno. En el Estado de la Deuda a 31 de diciembre de 2021 además de los diecisiete préstamos anteriores también se incluye la operación prevista concertar en dicho ejercicio 2021 por importe de 25.341.096,39.-€ y que consta en el capítulo IX del Estado de ingresos del presupuesto 2021.
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En el Estado de la Deuda a 31.12.2021 se debe incluir también la “Deuda
vigente prevista con las Entidades Públicas”, correspondiente a la cantidad a reintegrar por el Ayuntamiento en concepto de la “Liquidación definitiva de la Participación en los tributos del Estado de los ejercicios anteriores”, en este sentido, se informa que no existen liquidaciones de ejercicios anteriores pendientes.
Según lo anterior, el capital vivo se estima a 31.12.2021 en la cantidad de 59.016.609,80.-€ (59.016.609,80.-€ más 0,00.-€ de la devolución PIE de ejercicios anteriores). Dentro de este capital vivo existirá previsiblemente “Deuda formalizada no dispuesta” a 31.12.21 por importe total de 25.341.096,39.-€ correspondiente a la operación proyectada.
Los datos de endeudamiento se desglosan entre:
a) Endeudamiento a efectos del protocolo del Procedimiento de Déficit
Excesivo (Deuda viva PDE). b) Endeudamiento a efectos de la aplicación del régimen de autorización,
recogido en el artículo 53 del TRLRHL y disposición final 31ª de la LPGE de 2013.
La deuda viva PDE se refiere al capital “dispuesto” al final del periodo
considerado y se obtendrá como la agregación de los siguientes conceptos: -Deuda a corto plazo (no existe previsión a 31.12.21). -Deuda a largo plazo, desagregado entre: *Emisiones de deuda (no existe previsión a 31.12.21). *Operaciones con entidades de crédito (dispuesto 18.115.743,60.-€). *Factoring sin recurso (no existe previsión a 31.12.21).
*Deudas con Administraciones Públicas (únicamente se incluirán los préstamos con el Fondo de Financiación a Entidades Locales (FFEL), que incluye el Fondo de Impulso Económico, el Fondo de Ordenación y el Fondo en Liquidación para la financiación de los Pagos a Proveedores (FFPP), tanto si se han instrumentado a través de una operación de endeudamiento, como a través de la participación en los tributos del Estado (PTE)) (no existe previsión a 31.12.21).
*Arrendamiento financiero (no existe previsión a 31.12.21). *Asociaciones Público-Privadas. Los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado a partir de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, quedan integrados en la modalidad de contratos de concesión (según la nota informativa del Ministerio de Hacienda y Función Pública de julio de 2017 sobre el Régimen Legal aplicable a las operaciones de endeudamiento a largo plazo 2018) (no existe previsión a 31.12.21, porque no existen en el Ayuntamiento ni se prevé concertar en 2021 contratos de concesión, en el que el concesionario asume el coste de la inversión y se lo repercute al Ayuntamiento vía tarifas. En el Ayuntamiento de Fuenlabrada solo existe una concesión (con la sociedad Fuenlabrada Sport 10, S.L.) en la cual se le abona una tarifa al concesionario, pero no es para la repercusión de la inversión, sino una tarifa de equilibrio para la explotación del servicio). *Pagos aplazados por operaciones con terceros (no existe previsión a 31.12.21).
*Otras operaciones de crédito (no existe previsión a 31.12.21).
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Por tanto, la deuda viva PDE a 31.12.21 es de 18.115.743,60.-€. Para pasar de deuda viva PDE a deuda a efectos de la aplicación del
régimen de autorización recogido en el art. 53 del TRLRHL y en la disposición final 31ª de la LPGE 2013, se debe añadir a la deuda viva PDE: el riesgo deducido de los avales (capital vivo de las operaciones avaladas), la deuda formalizada disponible no dispuesta (40.900.866,20.-€), la deuda con Administraciones Públicas distinta de la incluida en el FFEL y otras deudas.
La deuda a efectos de la aplicación del régimen de autorización recogido
en el art. 53 del TRLRHL y en la disposición final 31ª de la LPGE 2013 es de 59.016.609,80.-€.
Si calculamos el ratio de endeudamiento consolidado, tal y como señala el artículo 53 del TRLRHL, es decir, sin ajustar en positivo las cantidades a devolver por las liquidaciones definitivas de la PIE de ejercicios anteriores, el resultado es el siguiente, que no varía al no existir deudas pendientes:
CAPITAL VIVO
ING. CORRIENTES LIQ. CAP. I a V
59.016.609,80 x 100 = 35,66%
165.493.499,18
Como información adicional, se incluye el cálculo del AHORRO NETO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA:
Ahorro Neto = DRN de los capítulos I a V (161.962.766,13) – ORN de los capítulos I, II y IV (136.913.566,56) – Obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto de capítulos I, II y IV ( 3.077.345,99.-€, que es el saldo final de la cuenta 413 de dichos capítulos (5.838.266,75.-€) menos el saldo inicial de la cuenta 413 de dichos capítulos que ha llegado a fase “O” (-2.760.920,76.-€) – Devoluciones de ingresos pendientes de aplicar al Presupuesto de capítulos I a V ( 140.100,17.-€, que es el saldo final de la cuenta 4180 de dichos capítulos (356.698,04.-€) menos el saldo inicial de la cuenta 4180 de dichos capítulos (216.597,87.-€)) – Suma de las anualidades teóricas de Amortización (7.230.673,55.-€) – Aplazamientos PIE ejercicios anteriores (0,00) = 25.049.199,57 – 3.077.345,99 – 140.100,17 – 7.230.673,55 – 0,00 = 14.601.079,86.-€.
Esta cantidad se debe minorar con los ingresos extraordinarios procedentes de las contribuciones especiales, las cuotas de urbanización y los aprovechamientos urbanísticos, que en 2019 han sido por importe total de 0,00.-€. Lo que supone un ahorro neto positivo de 14.601.079,86.-€.
Los derechos reconocidos netos de los capítulos I a V y las obligaciones reconocidas netas de los capítulos I, II y IV son las que aparecen en la liquidación del Ayuntamiento del ejercicio anterior, 2019.
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Las anualidades teóricas de los préstamos existentes en el Ayuntamiento a fecha 31.12.21 son las siguientes. El Euribor a tres meses aplicado ha sido por Principio de Prudencia el 0% (el mismo que se aplicó en el informe de objetivos de la liquidación del Presupuesto 2019), puesto que actualmente a fecha 1.12.2020, nos encontramos en un tipo negativo (-0,526%). A este “euribor a tres meses” se han sumado los diferenciales contratados en cada caso. “Co ” es el capital inicial esté o no dispuesto, y “n” es la duración total del préstamo incluidos los años de carencia :
1) Préstamo nº 36153084 de DEXIA (hoy SABADELL):
a = Co
= 5.000.000
= 253.161,96 € ani 19,75020238
i= 0,12 %
n= 20 años
2) Préstamo nº 36153085 de DEXIA (hoy SABADELL):
a = Co
= 5.000.000
= 253.691,28 € ani 19,70899426
i= 0,14 %
n= 20 años
3) Préstamo nº 36153086 de DEXIA (hoy SABADELL):
a = Co
= 10.000.000
= 510.566,43 € ani 19,58608983
i= 0,2 %
n= 20 años
4) Préstamo nº 11525128/69 de BANKIA (CAJA MADRID):
a = Co
= 3.832.000,00
= 245.911,55 € ani 15,58928384
i= 0,98 %
n= 17 años
5) Préstamo nº 10018019 de BBVA:
a = Co
= 3.781.017,00
= 250.187,04 € ani 15,11276128
i= 1,34 %
n= 17 años
CSV (Código de VerificaciónSegura) IV7G2IBJB4O6TLRIWDQMOQXTKM Fecha 11/12/2020 11:59:25
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6) Préstamo de CAJA ESPAÑA-DUERO (836720) :
a = Co
= 2.800.000
= 292.309,59 € ani 9,578885323
i= 0,79 %
n= 10 años
7) Préstamo de BANKIA (16063147/76):
a = Co
= 2.000.000
= 203.536,87 € ani 9,826229578
i= 0,32 %
n= 10 años
8) Préstamo de Caja Rural de Jaén (12149260):
a = Co
= 1.000.000
= 95.218,72 € ani 10,5021361
i= 0,78 %
n= 11 años
9) Préstamo de Caja Rural de Jaén (12149265):
a = Co
= 1.000.000
= 94.660,07 € ani 10,5641162
i= 0,68 %
n= 11 años
10) Préstamo de Caja España-Duero (20550000017):
a = Co
= 3.500.000
= 333.461,41 € ani 10,49596718
i= 0,79 %
n= 11 años
11) Préstamo de Caja Rural de Jaén (3032631453):
a = Co
= 2.786.666,72
= 264.408,18 € ani 10,53926054
i= 0,72 %
n= 11 años
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12) Préstamo de Caja Rural Castilla La Mancha (8424454):
a = Co
= 4.000.000
= 375.079,88 € ani 10,66439486
i= 0,52 %
n= 11 años
13) Préstamo de BANKIA (21854244/66):
a = Co
= 3.000.000
= 277.826,17 € ani 10,79811891
i= 0,31 %
n= 11 años
14) Préstamo de Caja Rural de Jaén (3162017358):
a = Co
= 2.000.000
= 185.548,25 € ani 10,77886721
i= 0,34 %
n= 11 años
15) Préstamo de Caja Rural de Jaén (3166939755):
a = Co
= 200.000
= 18.587,94 € ani 10,75966519
i= 0,37 %
n= 11 años
16) Préstamo de BBVA (0182-2370-0083-0000000000002495):
a = Co
= 11.559.769,81
= 863.971,21 € ani 13,37980902
i= 0,61 %
n= 14 años
17) Préstamo de Caja Rural de Jaén (3067015706336850000):
a = Co
= 4.000.000
= 296.763,30 € ani 13,47875559
i= 0,51 %
n= 14 años
CSV (Código de VerificaciónSegura) IV7G2IBJB4O6TLRIWDQMOQXTKM Fecha 11/12/2020 11:59:25
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18) Operación proyectada
a = Co
= 25.341.096,39
= 2.415.783,70 € ani 10,489803525
i= 0,80 % (se supone un diferencial de 0,8%)
n= 11 años Es todo lo que procede informar.
LA INTERVENTORA GENERAL Fdo.: Cristina Sanz Vázquez
(Firmado electrónicamente con código seguro de verificación)
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Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 59/2003
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Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 59/2003
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Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 59/2003
Firmado por CRISTINA SANZ VÁZQUEZ (Interventor/a)
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CSV (Código de VerificaciónSegura) IV7G2IBJBUR2STMKQUYA73YOL4 Fecha 11/12/2020 11:59:25
Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la ley 59/2003
Firmado por CRISTINA SANZ VÁZQUEZ (Interventor/a)
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