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GUÍA PARA LA
ELABORACIÓN DEL
DICTAMEN E INFORME FISCAL
19 de junio de 2002
DIRECCIÓN GENERAL
DE IMPUESTOS
INTERNOS
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ÍNDICE DE GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL
DICTAMEN E INFORME FISCAL CONTENIDO PAG.
I.- OBJETIVO 3 II.- SUSTITUCIÓN 3
III.- FUNDAMENTO LEGAL 3 IV.- ÁMBITO DE APLICACIÓN 4
V.- INDICACIONES 4 A.- GENERALES 4 A1.- Ejercicio de la auditoría fiscal, nombramiento y sustitución del auditor 4 A2.- Obligación de nombrar auditor para dictaminarse fiscalmente 4 A3.- Nombramiento de auditor 5 A4.- Excusas y Renuncias de auditores nombrados 5 B.- REQUISITOS DE LOS DOCUMENTOS A PRESEN- TAR POR EL AUDITOR NOMBRADO PARA DICTA- MINAR FISCALMENTE B1.- Forma de presentar el dictamen e informe fiscal, estados financieros y anexos 5
B2.- Requisitos que deben cumplir los documentos que presente el auditor nombrado 6 B3.- Forma en la que se integrará el informe fiscal 10 B4.- Obligaciones de suministrar información para el dictamen 10 B5.- Plazos de presentación del dictamen 10 C.- REVISIÓN DE DICTÁMENES E INFORMES FISCA- LES Y REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN AL AUDITOR NOMBRADO C1.- Revisión de dictámenes e informes fiscales por la Administración Tributaria 11 C2.- Requerimientos a auditores nombrados para dictaminarse fiscalmente 11 D.- MODIFICACIONES A LA GUÍA DE ORIENTACIÓN 12
Modelos de escritos de nombramiento de auditor 13 - 14 Formulario Carta Presentación 15 - 16
Indicaciones Generales 17 Modelo Cuestionario de Control Interno con Enfoque fiscal 18 - 42 Modelo de Planilla de Decisiones Preliminares 43 Programa de Auditoría IVA � RENTA 44 - 50 Modelo de dictamen e informe fiscal con opinión de no cumplimiento 51- 56 Modelo de dictamen e informe fiscal con opinión de cumplimiento 57- 62 Estados financieros y notas relativas 63- 80 Anexo 1 Análisis comparativo de las cuentas de costos y gastos 81 Anexo 2 Relación de tributos y por pagar al cierre del Ejercicio 82 Anexo 3 Conciliación entre la utilidad contable y fiscal para fines de ISR 83 Anexo 4 Conciliación ingresos IVA y Renta 84 Anexo 5 Comparativo de inventarios físicos según auditoría y Registros 85
Anexo 6 Cuadro de activos fijos y depreciación acumulada 86 Anexo 7 Resumen de Antigüedad de Cuentas y Documentos por Cobrar 87
Anexo 8 Resumen de cuentas de las reservas de bienes adjudicados y otras 88 Anexos 9A, 9B, 9C Y 9D Cálculos de impuestos ad-valorem y específicos 89 - 92 Anexo 10 Cálculos proporcionalidad del crédito fiscal 93 Anexo 11Cálculos reintegro I.V.A. a exportadores 94
Anexo 12 Detalle de Hallazgos determinados en auditoría 95
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DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS
GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL DICTAMEN E INFORME FISCAL San Salvador, 19 de junio de 2002.
ASUNTO: Sustitúyese la GUÍA DE
ORIENTACIÓN GENERAL PARA LA
ELABORACIÓN DEL DICTAMEN E INFORME
FISCAL, de fecha 30 de mayo de 2001.
I.-OBJETIVO La Dirección General de Impuestos Internos emite la siguiente guía, con el objeto de
proporcionar al profesional de la Contaduría Pública, los elementos básicos para la
elaboración del dictamen e informe fiscal, correspondiente al ejercicio de dos mil uno y
siguientes. II.- SUSTITUCIÓN
La presente Guía para la Elaboración del Dictamen e Informe Fiscal sustituye en todas
sus partes la Guía de Orientación N° DG-001-2001, de fecha 30 de mayo de 2001 y sus correspondientes anexos, así como la nota de Ref.10103-NEX-001-2002 de fecha 19 de marzo de dos mil dos y los anexos adjuntos a la misma, en razón de que el Reglamento
de Aplicación del Código Tributario entró en vigencia el 20 de diciembre de 2001, y
dicho Reglamento posee regulaciones relacionadas con el dictamen e informe fiscal que no fueron contempladas en la aludida Guía de Orientación ni en sus anexos, ya que a
esa fecha no estaba vigente el referido Reglamento y en la mencionada nota no fueron explicadas las disposiciones reglamentarias aplicables, por consiguiente, quedan sin efecto la referida Guía de Orientación, sus anexos, la nota de fecha 19 de marzo de dos
mil dos, identificada con la referencia 10103-NEX-001-2002 y sus anexos , así como
cualquier otra comunicación que contraríe la presente Guía. III.-FUNDAMENTO LEGAL Esta guía tiene su fundamento legal en el Art. 7 Lit. k) de la Ley Orgánica de la
Dirección General de Impuestos Internos contenida en el D.L. Nº 451 del 22 de febrero
de 1990, publicado en el Diario Oficial Nº 56, Tomo Nº 306 del 7 de marzo de 1990;
Arts. del 129 al 138, del Código Tributario contenido en el D.L. Nº 230 del 14 de
diciembre de 2000, publicado en el Diario Oficial Nº 241, Tomo 349 del 22 de diciembre
de 2000, y el Título III, Capítulo VI, Arts. del 58 al 72, del Reglamento de Aplicación del
Código Tributario contenido en el Decreto Ejecutivo N° 117 del 11 de diciembre de
2001, publicado en el Diario Oficial N° 234, Tomo 353, del 11 de diciembre de 2001.
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IV.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
Esta guía es aplicable a los profesionales de la Contaduría Pública que hayan sido
nombrados para dictaminar fiscalmente, y en consecuencia tengan que cumplir con la obligación de emitir y presentar el dictamen e informe fiscal de contribuyentes que de
acuerdo a lo dispuesto en el Art. 131 del Código Tributario resulten obligados a nombrar
auditor. V.- INDICACIONES
A.- EJERCICIO DE LA AUDITORÍA FISCAL, NOMBRAMIENTO Y SUSTITUCIÓN
DEL AUDITOR
A1.- Ejercicio de la auditoría fiscal
La auditoría fiscal a que se refieren los artículos comprendidos del 129 al 138 del
Código Tributario en relación con el artículo 58 del Reglamento de Aplicación del
referido Código, será ejercida por un Licenciado en Contaduría Pública o Contador
Público Certificado, autorizados por el Consejo de Vigilancia de la Profesión de la
Contaduría Pública y Auditoría. No tendrán validez los dictámenes e informes fiscales
emitidos por profesionales de la Contaduría Pública que se enmarquen en cualquiera
de las situaciones contempladas en el artículo 136 del Código Tributario. El auditor realizará su trabajo profesional considerando lo establecido en el artículo 58
del Reglamento de Aplicación del Código Tributario, y se apoyará en las Normas
Internacionales de Auditoría en lo que no contradigan las disposiciones legales y
reglamentarias que regulen lo relacionado con el dictamen fiscal e informe fiscal. Adjunto a esta guía se presentan modelos de documentos a utilizar en el proceso de auditoría fiscal, debiendo el profesional de la Contaduría Pública adecuarlos a la
naturaleza de la actividad o actividades económicas que realice el contribuyente.
A2.- Obligación de Nombrar Auditor para Dictaminarse Fiscalmente
Están obligados a nombrar auditor para dictaminarse fiscalmente a partir del año 2001,
para los períodos que comprendan un año calendario o para períodos menores a un
año calendario, según el caso, los contribuyentes que se encuentren en alguno de los supuestos mencionados en el artículo 131 del Código Tributario relacionado con el
artículo 60 de su Reglamento de Aplicación.
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A3.- Nombramiento de Auditor
En caso que los contribuyentes resulten obligados a dictaminarse fiscalmente en los términos del Código Tributario, nombrarán auditor de conformidad a lo establecido en el
artículo 131 inciso 2º del expresado Código, en los plazos y de la forma que indica el
artículo 61 del Reglamento de Aplicación del Código Tributario. Las personas naturales, sucesiones y fideicomisos obligadas a nombrar auditor comprobarán el nombramiento
mediante los documentos legales correspondientes, tales como: la carta oferta aceptada del servicio de auditoría o contrato de servicios profesionales que se haya suscrito con el auditor nombrado.
El contribuyente informará por escrito a la Administración Tributaria el nombramiento del
auditor fiscal, debiendo cumplir con lo que establecen los artículos 32 y 34 del Código
Tributario, relacionados con los artículos 6, 7 y 61 del Reglamento de Aplicación del
mismo; para dicho efecto se adjuntan a esta guía modelos de escritos mediante los
cuales se informa el nombramiento de auditor. A4.- Excusas y renuncias de auditores nombrados
El auditor nombrado para dictaminar únicamente podrá excusarse de emitir el
dictamen e informe fiscal, en los casos contemplados en el artículo 62 del Reglamento
de Aplicación del Código Tributario.
En caso de renuncia del dictaminador fiscal, el contribuyente para cumplir con su obligación de nombrar auditor fiscal establecida en el artículo 131 del Código Tributario,
en relación con el artículo 63 de su Reglamento de Aplicación, nombrará un nuevo
auditor dentro del plazo de diez días hábiles posteriores a la fecha de la renuncia.
B.- REQUISITOS DE LOS DOCUMENTOS A PRESENTAR POR EL
AUDITOR NOMBRADO PARA DICTAMINAR FISCALMENTE B1.- Forma de presentar el dictamen e informe fiscal, estados financieros y sus
anexos
El dictamen e informe fiscal, así como los demás documentos establecidos en los artículos 64 al 68 del Reglamento de Aplicación del Código Tributario, serán
presentados por el auditor dictaminador, mediante formulario carta de presentación
(F-455), con los requisitos que para tal efecto establezca la Administración. Dicho
formulario se pondrá a disposición en la página web del Ministerio de Hacienda
(www.mh.gob.sv). Ver modelo adjunto a esta guía.
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B2.- Requisitos que deben cumplir los documentos que presente el auditor
nombrado
Los documentos a que se refieren las disposiciones reglamentarias mencionadas
en el apartado B1 de esta guía deberán contener como mínimo lo siguiente:
DICTAMEN FISCAL
El dictamen fiscal emitido por el auditor nombrado para dictaminar fiscalmente, se estructurará de la forma que establece el artículo 65 del Reglamento de Aplicación del
Código Tributario.
ESTADOS FINANCIEROS Según el artículo 66 del Reglamento de Aplicación del Código Tributario los estados
financieros a presentar por el auditor fiscal son los siguientes: 1. Balance de situación general; 2. Estados de Resultados; 3. Estados de cambio en el patrimonio neto o composición del patrimonio; 4. Estado de flujos de efectivo; y,
5. Notas a los estados financieros . Dichos estados financieros se presentarán en forma comparativa, excepto cuando el período a dictaminar sea menor a un año. Las cifras contenidas en los estados
financieros se expresarán en miles de colones o dólares de los Estados Unidos de
América. ANEXOS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
Los anexos a los Estados Financieros a que se refiere el artículo 67 del Reglamento de
Aplicación del Código Tributario, se dividen en dos clases: generales y específicos. Los anexos generales que se enumeran del 1 al 7 son aplicables a los contribuyentes de todos los impuestos y los anexos específicos enumerados del 8 al 13 son aplicables
para aquellos contribuyentes que se encuentren en las circunstancias que tratan los referidos anexos.
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Dichos anexos son los siguientes: 1. Análisis comparativo de las cuentas, del costo de ventas y de servicios, costo de producción o construcción, gastos de fabricación, de administración, de venta,
financieros y otros gastos. Se identificarán en este anexo los rubros de costos y gastos,
detallando la composición de las cuentas en forma comparativa del período dictaminado
con respecto al período anterior, colocando las diferencias en forma absoluta y en
porcentaje, salvo que el período dictaminado sea menor a un año, en este caso no se
presentarán en forma comparativa. 2. Relación de tributos a cargo del contribuyente para el período dictaminado,
declarados y determinados por auditoría, y por pagar al cierre del ejercicio. El contenido
de este anexo principalmente serán los valores pagados por el contribuyente o los
remanentes o saldos a favor declarados; así como las retenciones, percepciones y pago
a cuenta. También incluye los valores pendientes de pago por esos mismos conceptos
al cierre del período. Además, el referido anexo comprenderá los valores determinados en la auditoría por los mismos conceptos. 3. Conciliación entre el resultado contable y fiscal para fines del Impuesto sobre la
Renta. Para elaborar este anexo se partirá de la utilidad antes del Impuesto sobre la
Renta y se le sumarán las rentas gravadas que en contabilidad no se han registrado como ingresos, tales como: superávit realizado en la venta de bienes muebles y los
cánones por arrendamiento financiero, los costos y gastos no deducibles y se le restará
las rentas no gravables y si existiera ganancia o pérdida de capital también se incluirá
en el análisis para determinar la renta imponible. En este anexo se detallarán las
partidas que conforman cada rubro. 4. Conciliación entre los ingresos contables del período dictaminado y los declarados
para efectos del Impuesto sobre la Renta y el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios. El propósito de este anexo es que expliquen las
diferencias de ingresos existentes entre contabilidad, IVA, Renta y Pago a Cuenta, las diferencias pueden surgir debido a que los hechos generadores no coinciden o que se haya dejado de declarar para efecto del cálculo de uno de los impuestos o enteros. 5. Comparativo de inventarios físicos, según Auditoría y Registros contables. Este
anexo es aplicable para los contribuyentes que manejen inventarios, se deberán anotar
por partidas los valores que refleje el acta en que conste el detalle del inventario físico
levantado a que se refiere el inciso tercero del artículo 142 del Código Tributario, el
inventario según registro de control de inventarios, que establece el inciso primero del
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artículo referido y según registro contable, el cual se comparará con el inventario físico
verificado cuidadosamente por el auditor mediante muestras selectivas, para lo cual se especificará la cobertura de las pruebas efectuadas en términos porcentuales y deberá
dejar constancia en sus papeles de trabajo del resultado de la muestra y de la corrección efectuada por el contribuyente. El profesional de la Contaduría Pública expresará en el informe fiscal si el método de
valuación del inventario utilizado para efectos fiscales, es uno de los establecidos en el
artículo 143 del Código Tributario o si la Administración Tributaria le ha autorizado uno
diferente. Además deberá expresar si el método utilizado, ha sido consistente y el
porcentaje de la muestra utilizado para validarlo. La auditoría de los inventarios es de
suma importancia fiscal, ya que éstos sirven de base para la determinación del costo de
la mercadería o producción vendida deducible de la renta obtenida, del flujo de entradas
y salidas de unidades que implican transferencias o retiros que tienen incidencia para la generación del IVA, Impuestos Específicos y Ad-valorem, por lo tanto el auditor nombrado para dictaminar deberá ser especialmente diligente al evaluar dicho rubro. 6. Cuadro de activo fijo, adiciones, retiros, y depreciación. Este anexo le permitirá al
auditor establecer las disminuciones o incrementos en las cuentas de activo fijo, y de depreciación de los mismos, a efecto de que sirva de base para hacer la valoración del impacto tributario, por ejemplo: si existen créditos fiscales no deducibles por estar
vinculados con la construcción de un inmueble, transferencias de activos fijos gravadas
con IVA por cumplir con los presupuestos legales, transferencias de bienes muebles o inmuebles que generen ganancia de capital gravada con el Impuesto sobre la Renta, depreciaciones no deducibles, etc. Dicho anexo contendrá los saldos iniciales de las
partidas, las adiciones que se hayan realizado por adquisiciones o construcciones según corresponda, las mejoras y revalúos, los retiros o bajas de activos fijos
motivadas por desuso, destrucción o venta, los saldos finales de las partidas; en el caso
de la depreciación reflejar para cada partida de activo fijo los saldos iniciales de
depreciación acumulada, los cargos por cuota de depreciación fiscal del período
dictaminado según el método legal adoptado, los abonos que corresponda por retiros
o bajas de activo y los saldos finales de depreciación acumulada. 7. Resumen de antigüedad de saldos de cuentas y documentos por cobrar a clientes.
Este anexo tiene como propósito que el auditor nombrado identifique los valores que
están en mora de acuerdo a la política de ventas al crédito del contribuyente, que se
hayan calificados como cuentas incobrables por éste, luego verificar si han sido
deducidas para efectos de calcular el Impuesto sobre la Renta y si ese fuere el caso constatar si cumplen los presupuestos legales para su deducción contemplados en el
Art. 31 Num. 2) de la Ley del Impuesto sobre la Renta en relación con el Art. 37 de su
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Reglamento. Igual análisis se efectuará para las instituciones financieras y de seguros,
en cuanto al tratamiento fiscal dado a las Reservas de Saneamiento. 8. Resumen de cuentas de las reservas de bienes adjudicados, técnicas y matemáticas.
Este anexo comprenderá un análisis fiscal sobre la procedencia de la deducción para
fines del Impuesto sobre la Renta de los valores de las reservas constituidas por las Instituciones financieras o de seguros, según el caso. 9. Cuadro de cálculos acumulados de Impuestos Ad-valorem y Específicos. El objetivo
del anexo consiste en verificar por período tributario que los cálculos de los impuestos ad-valorem y específicos para aquellos contribuyentes que estén sujetos a dichos
impuestos, se ajusten a lo establecido en las leyes tributarias respectivas (Ver anexos 9 A, 9 B, 9 C y 9 D). 10. Cuadro de proporcionalidad del crédito fiscal. Este anexo ha sido desarrollado con base en el artículo 66 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a
la Prestación de Servicios, contendrá las compras, según el Libro de Compras IVA, los
Créditos fiscales mensuales, las ventas gravadas y exentas y la relación porcentual de
cada una de ellas. Asimismo se consignará el crédito fiscal proporcional en función de
las ventas gravadas realizadas, el valor del impuesto a pagar o el remanente, según
sea el caso. El auditor verificará que los créditos fiscales deducidos por el contribuyente
dictaminado hayan sido calculados conforme a ley en mención u otro método autorizado mediante resolución por la Dirección General de Impuestos Internos, el cual no deberá
contravenir las disposiciones legales. 11. Cuadro de cálculo de reintegro I. V.A. a exportadores. Este anexo tiene su base en
los artículos 76 y 77 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la
Prestación de Servicios en relación con el artículo 30 de su Reglamento y servirá para
verificar si los reintegros solicitados por el contribuyente dictaminado son los correctos. Los contribuyentes que realicen operaciones de exportación y ventas locales deberán
separar desde sus registros los créditos fiscales por actividad y los que no sean identificables, separarlos en función del porcentaje que represente cada actividad; debe
considerarse también que si existieran operaciones exentas, antes de determinar el
crédito fiscal vinculado con las exportaciones, debe establecerse el crédito fiscal
proporcional vinculado con las operaciones gravadas, según lo establece el artículo 66
de la ley mencionada. El auditor nombrado considerará la forma en que se han
calculado los reintegros por el contribuyente según lo expuesto anteriormente, para lo cual partirá de los valores determinados por la auditoría respecto a créditos fiscales,
exportaciones, ventas internas gravadas y exentas. El modelo de esta guía de cálculo de reintegro de crédito fiscal vinculado con las
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exportaciones está diseñado partiendo del supuesto que los créditos fiscales no son
identificables directamente con una u otra actividad. 12. Detalle de los costos, gastos o créditos fiscales que se consideren no deducibles, de
ingresos y otros hechos generadores no declarados o declarados incorrectamente. En este anexo se detallarán los hallazgos fiscales detectados en la auditoría, separados
por tipo de impuestos, por obligaciones formales y sustantivas, especificando la cuantificación del hallazgo, monto del impuesto relacionado, las referencias de manera general a los documentos probatorios y los artículos infringidos. Los papeles de trabajo
del auditor nombrado deberán contener plenamente identificadas las pruebas
competentes, que soportan los hallazgos determinados. 13. Cualquier anexo adicional que a juicio técnico el auditor crea necesario presentar,
deberá ser claro, preciso, pertinente y ajustarse a las evidencias materiales que
soporten su opinión.
B3.- Forma en la que se integrará el informe fiscal
El informe fiscal emitido por el auditor nombrado para dictaminar fiscalmente, se
integrará de la forma que establece el artículo 68 del Reglamento de Aplicación del
Código Tributario. B4. Obligaciones de suministrar información para el Dictamen
Con base en el artículo 133 del Código Tributario y 69 de su Reglamento de Aplicación,
los sujetos obligados a dictaminar, deberán suministrar al auditor nombrado, la
información, documentos, registros y demás que éste le solicite, para tal efecto y cualquier negativa al respecto, el auditor deberá informar a la Administración Tributaria
a efecto de que ésta evalúe si de acuerdo a la información obtenida y los indicadores
técnicos que obran en su poder procede iniciar una fiscalización.
B5. Plazo de presentación del Dictamen
El auditor nombrado deberá presentar a la Administración Tributaria el dictamen
conjuntamente con el informe fiscal, estados financieros y demás anexos, dentro del
plazo establecido en el inciso último del artículo 134 del Código Tributario.
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C.- REVISIÓN DE DICTÁMENES E INFORMES FISCALES Y
REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN AL AUDITOR NOMBRADO C1.- Revisión de dictámenes e informes fiscales por la
Administración Tributaria
La Administración Tributaria revisará los dictámenes e informes fiscales y demás
documentos anexos que presenten los auditores nombrados para dictaminar fiscalmente, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos con base a lo establecido en la Sección Séptima, del Capítulo I del Título III del Código Tributario y su
Reglamento de Aplicación. La revisión de los dictámenes e informes fiscales y demás documentos relativos
a los mismos se podrá efectuar, sin perjuicio de las facultades de fiscalización que la
Administración Tributaria posee respecto de los contribuyentes. Las opiniones o interpretaciones contenidas en los dictámenes e informes fiscales, no son vinculantes
para la Administración Tributaria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 71 del
Reglamento de Aplicación del Código Tributario. Si como resultado de la revisión de los dictámenes e informes fiscales, papeles
de trabajo y la respectiva documentación probatoria se detectan faltas de requisitos
legales, culpa o negligencia grave en su elaboración, tales como: alcances en la
realización de pruebas no acordes con la planificación de la auditoría, análisis
inadecuado de áreas de riesgo fiscal evidentes, falta de evidencia comprobatoria, que lo
hagan incurrir en la inobservancia de lo establecido en el Código Tributario o su
Reglamento de Aplicación, se procederá aplicar las sanciones a que hubiere lugar, de
conformidad al artículo 248 del mencionado Código, cumpliendo el debido proceso. Lo
anterior sin perjuicio de que la Administración Tributaria informe al Consejo de
Vigilancia de Profesión de Contaduría Pública y Auditoría los incumplimientos en la
elaboración de los dictámenes e informes fiscales, de conformidad a la Ley Reguladora
del Ejercicio de la Contaduría. C2.- Requerimientos a auditores nombrados para dictaminar fiscalmente
Para los efectos del apartado anterior, la Administración Tributaria con base en
los artículos 135 literal e) y 173 literal n) del Código Tributario, en relación con el artículo
72 de su Reglamento, podrá requerir a los auditores que hubieren sido nombrados para dictaminar fiscalmente, la información, aclaraciones o ampliaciones y documentación
siguientes:
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a) La exhibición de los papeles de trabajo elaborados con motivo de la
auditoria practicada, los cuales, en todo caso, se entiende que son propiedad del contador público.
b) La información y aclaraciones que se consideren pertinentes para
cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente.
c) Cualquier información que conforme al Código Tributario y su Reglamento
de Aplicación debiera estar incluida en el dictamen e informe fiscal y sus
respectivos anexos.
D.- MODIFICACIONES A LA PRESENTE GUÍA
El contenido de esta guía y sus anexos están sujetos a modificaciones,
ampliación o actualización.
La Administración Tributaria procederá a la divulgación de la presente Guía a
partir de esta fecha.
E.- VIGENCIA
La presente guía entrará en vigencia a partir del día 20 de junio de 2002.
LIC. GELSON VINICIO VALLADARES MIRANDA
SUBDIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS
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MODELO DE ESCRITO DE NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR
EN EL CASO DE PERSONAS JURÍDICAS,
SUCESIONES Y FIDEICOMISOS Señor
Director General de Impuestos Internos
Presente
Yo, (nombre del representante legal o apoderado), con N.I.T. (número de identificación
tributaria), actuando en calidad de Representante Legal o Apoderado de (nombre de la
persona jurídica, sucesión o fideicomiso), con N.I.T. (número de identificación tributaria), y NRC (número de registro de contribuyente) comunico a ustedes, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 131 del Código Tributario, que según acta de Junta General de
Accionistas (u otro órgano rector de la persona jurídica) (1) No. (número del acta) de fecha
(fecha de celebración) se nombró Auditor Fiscal de (mi representada o poderdante) para dictaminar fiscalmente el ejercicio de (ejercicio y período a dictaminar) por los tributos (tributos a dictaminar). Asimismo, para dar cumplimiento a lo estipulado en los artículos 137 y 138 del Código Tributario en relación con el artículo 61 del Reglamento de Aplicación del
mismo, informo a usted los datos del auditor nombrado, siendo éstos los siguientes: 1. Nombre, razón social o denominación del auditor nombrado; 2. Número de Identificación Tributaria del auditor nombrado; 3. Número de Registro del Contribuyente del auditor nombrado; 4. Número de registro vigente del auditor nombrado asignado por el Consejo de Vigilancia de
la Profesión de Contaduría Pública y Auditoria; y 5. Dirección y teléfono del auditor nombrado. (Firma y nombre del apoderado) LEGALIZACION DE FIRMA ANTE NOTARIO (si el escrito no es presentado por representante o apoderado)
NOTA: (1) La referencia al acta de Junta General de Accionistas no es aplicable al caso de las sucesiones y fideicomisos, debido a que el representante de éstos es quien toma la decisión del
nombramiento del auditor fiscal, por lo que debe hacerse mención a la fecha del documento que
prueba el nombramiento (Ejemplo: carta oferta aceptada por el contribuyente o contrato de servicios profesionales )
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MODELO DE ESCRITO DE NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR
EN EL CASO DE PERSONAS NATURALES, Señor
Director General de Impuestos Internos
Presente
Yo, (nombre del contribuyente persona natural), con N.I.T. (número de identificación
tributaria), y NRC (número de registro de contribuyente) comunico a ustedes, que para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 131 del Código Tributario, según carta oferta de
servicios de auditoría aceptada por mi persona (o contrato de servicios profesionales suscrito) de fecha (fecha de celebración) nombré Auditor Fiscal para dictaminarme fiscalmente el
ejercicio de (ejercicio y período a dictaminar) por los tributos (tributos a dictaminar). Asimismo, informo a usted, para dar cumplimiento a lo estipulado en los artículos 137 y 138 del Código Tributario en relación con el artículo 61 del Reglamento de Aplicación del mismo, los
datos del auditor nombrado, siendo éstos los siguientes: 1. Nombre, razón social o denominación del auditor nombrado; 2. Número de Identificación Tributaria del auditor nombrado; 3. Número de Registro del Contribuyente del auditor nombrado; 4. Número de registro vigente del auditor nomb7rado asignado por el consejo de Vigilancia de
la Profesión de Contaduría Pública y Auditoria; y, 5. Dirección y teléfono del auditor nombrado. (Firma y nombre del representante legal o apoderado) LEGALIZACION DE FIRMA ANTE NOTARIO (1) ( En el caso que el escrito no sea personalmente por el contribuyente).
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FORMULARIO CARTA DE
PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN
E INFORME FISCAL
(ART. 132 LITERAL C DEL CÓDIGO
TRIBUTARIO)
F- 455
(VER ARCHIVO ANEXO)
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INDICACIONES DE LLENADO DE
FORMULARIO CARTA DE
PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN
E INFORME FISCAL
(ART. 132 LITERAL C DEL CÓDIGO
TRIBUTARIO)
F- 455
(VER ARCHIVO ANEXO)
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INDICACIONES:
LOS MODELOS DE CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO,
PLANILLAS DE DECISIONES PRELIMINARES Y PROGRAMA DE
AUDITORÍA FISCAL, NO DEBEN ENTENDERSE COMO DOCUMENTOS
DE ESTRUCTURA RÍGIDA, SINO QUE DEBEN UTILIZARSE DE BASE
PARA SER ADECUADOS A LA NATURALEZA DE LAS OPERACIONES
DEL CONTRIBUYENTE QUE SE VA A DICTAMINAR, CONSIDERANDO
LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LOS DIFERENTES
IMPUESTOS A LOS QUE ESTÁ SUJETO (IVA, RENTA, IMPUESTOS
ESPECÍFICOS Y AD-VALOREM, ETC.).
A MANERA DE EJEMPLO, EL MODELO DE CUESTIONARIO DE
CONTROL INTERNO CON ENFOQUE FISCAL AGREGADO EN ESTA
GUÍA, NO INCLUYE LAS ACTIVIDADES DE LOS DIFERENTES
SERVICIOS QUE PUEDAN REALIZAR LOS CONTRIBUYENTES, POR
LO TANTO, EL AUDITOR DEBERA FORMULAR EL CUESTIONARIO
CON ENFOQUE FISCAL QUE LE PERMITA ESTABLECER EL GRADO
DE CONFIANZA QUE MERECE EL CONTROL INTERNO DEL
CONTRIBUYENTE, Y ASI DEFINIR LA NATURALEZA, OPORTUNIDAD
Y ALCANCE DE LAS PRUEBAS DE AUDITORIA.
DE IGUAL FORMA EL PROGRAMA DE AUDITORIA, DEBE SER
DISEÑADO A LA MEDIDA DE ACUERDO A LOS FACTORES DE
RIESGO IDENTIFICADOS, DE MANERA QUE DE LA EJECUCIÓN DE
LOS PROCEDIMIENTOS EN ÉL PLASMADOS, SE LE HAGA POSIBLE
AL PROFESIONAL DE LA CONTADURÍA PUBLICA FORMARSE JUICIO
DEL CUMPLIMIENTO O NO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
DEL CONTRIBUYENTE.
EL AUDITOR UTILIZARÁ LA INFORMACIÓN QUE OBTENGA
DURANTE EL PROCESO DEL CONOCIMIENTO DEL CLIENTE PARA
ELABORAR EL MEMORANDO DE PLANIFICACIÓN DE LA AUDITORÍA
FISCAL.
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MODELO DE CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO
CON ENFOQUE TRIBUTARIO
LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA Nº PREGUNTAS SI NO
CUENTAS POR COBRAR
¿ Qué clase de cuentas por cobrar maneja? Clientes Nacionales % Clientes del Exterior % Socios, accionista o propietario % Empleados % Otros % (Detallar las más importantes) ¿ Cuáles son sus principales clientes por volumen de ventas al
crédito? ¿ Con qué frecuencia se registran contablemente las ventas al
crédito? ¿ Qué reportes se generan para control de los clientes? ¿ Existe delegación de responsabilidad en una persona
diferente de quien lleva el manejo de las cuentas por cobrar para la aprobación de créditos, descuentos por pronto pago,
notas de crédito y de débito? ¿Comprueba una persona diferente de quien lleva los registros, las cancelaciones de las cuentas de dudoso cobro? ¿ Comprueban la secuencia numérica de los comprobantes
emitidos? ¿ Son controladas las cuentas de dudosa recuperación? ¿ Cómo controlan los cobros por vía judicial? ¿ Clasifican las cuentas por antigüedad? ¿ Se elaboran relaciones mensuales de saldos de clientes? ¿ Existe control de las cuentas incobrables liquidadas y de los
cobros efectuados?
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Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Existen políticas definidas para declarar la incobrabilidad de
las cuentas? Explicar ¿ Cómo crean, incrementan y /o disminuyen la reserva para
amortizar las cuentas incobrables? ¿ Se requiere autorización para amortizar las cuentas? DOCUMENTOS POR COBRAR
¿ Se llevan registro auxiliares? ¿ Para la aceptación o renovación de documentos requiere
aprobación de personal responsable? ¿ Se concilian los documentos por cobrar descontados con
informes periódicos de los bancos? ¿ Se elaboran liquidaciones completas a los cobradores
periódicamente? INVENTARIOS
¿ Qué clase de inventarios maneja? Materia Prima Productos en Proceso Productos Terminados Mercaderías Otras (especifique) ¿ Qué clase de control de inventarios utiliza? Registros Auxiliares Kardex Requisiciones Retaceos Notas de Remisión Otros (especifíque) ¿ Con qué frecuencia efectúan inventario físico? ¿ Quién efectúa la toma de inventario físico?
20
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Es supervisada la toma del inventario físico? ¿ Poseen bodegas? ¿ Existen responsables por cada bodega? ¿ Existe control centralizado de las bodegas? ¿ Qué sistema de registro para inventarios utiliza? Periódico Permanente Otros (especifique) ¿ Qué método de valuación de inventario utiliza? Costo de adquisición Costo de producción Costo estándar Costo promedio Costo al mayoreo y al contado en el mercado de la región. ¿ Que sistema de acumulación de costos utiliza? Por órdenes específicas Por procesos Mixtos Variantes de los anteriores ¿ Cuáles son las formas de determinación de los costos ? Históricos Predeterminados en forma estimada Predeterminados a estándares Parcialmente predeterminados ¿Han sido consistentes en la utilización del sistema de registro
y método de valuación de inventarios, sistema de acumulación
y determinación de costos, respecto al ejercicio anterior? ¿ Efectúa préstamos de inventarios? ¿ A quienes? ¿ Que documentos utiliza para el control de mercaderías y
productos terminados devueltos de clientes, materia prima devuelta a proveedores?
21
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Qué tratamiento tributario se aplica ? a: Sobrantes Faltantes Obsoletos De segunda Donados Desperdicios Devoluciones Mercaderías en Consignación Control separado al entregarse Control separado al recibirse ¿ Con qué frecuencia reciben devoluciones de mercaderías? ¿ Las devoluciones de mercaderías son registradas
oportunamente en el período que corresponden? Mercaderías bonificadas ¿ A quienes les dan? ¿ Tiene registros la Mercadería en Tránsito? ¿ En caso de robo, cómo ajustan? ¿ Se comparan los resultados de los recuentos físicos en los inventarios contabilizados (método permanente) o registros
auxiliares (kardex)?
22
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Registran las mercaderías en consignación? ¿ Son separados físicamente los productos de propiedad
ajena? ¿ Se registran y /o documentan todas las salidas de productos de las bodegas? ACTIVO FIJO
¿ Qué clase de activo posee? Inmuebles Terrenos Edificios Construcciones en Proceso Muebles Maquinaria y Equipo Mobiliario y Equipo Mobiliario y Equipo de Oficina Equipo de Transporte Herramientas Moldes Otros (especifique) ¿ Tiene registros y controles detallados? ¿ Qué métodos de depreciación utiliza? Bienes adquiridos hasta el 31/12/91 Bienes adquiridos a partir del 01/01/92 Bienes adquiridos a partir del 02/11/96 ¿ Es uniforme el método de depreciación de un año a otro? ¿ Han efectuado revaluaciones? ¿ Existe control de bienes revaluados? ¿ Han arrendado bienes? ¿ Se hace inventario físico periódicamente del activo fijo y se compara con los registros respectivos?
23
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Tiene bienes en desuso? ¿ Se lleva control del activo fijo totalmente depreciado y que
aún se encuentra en uso, aún cuando se haya dado de baja en
los libros? ¿ Se registran las depreciaciones acumuladas por bienes que correspondan con la clasificación del activo fijo depreciable? ¿ Utiliza bienes ajenos? ¿ Han cedido bienes en usufructo o comodato? ¿ Posee construcciones en propiedades ajenas? ¿ Ha efectuado mejoras o modificaciones que alargue la vida útil o incremente el valor de algún activo fijo? ¿ Posee alguna política para diferenciar entre las adiciones del
activo fijo, mantenimiento y reparación del mismo? OTROS ACTIVOS
¿ Qué tipo de inversiones tienen? (con que fecha de adquisición) ¿ Cómo se contabilizan los intereses y dividendos provenientes
de inversiones? ¿ Qué clase de derechos tienen sobre intangibles? ¿ Qué clase de cargos diferidos tienen? ¿ Qué clase de bienes intangibles tienen? ¿ Qué otra clase de derechos tienen?
24
Nº PREGUNTAS SI NO
CUENTAS POR PAGAR
¿ Qué clase de cuentas por pagar posee? Proveedores Nacionales Proveedores del Exterior Dividendos por Pagar Impuesto por Pagar Gastos Acumulados Acreedores Diversos ¿ Principales acreedores nacionales? ¿ Principales acreedores del exterior? ¿ Con que frecuencia realiza operaciones con sus proveedores
del exterior? ¿ Tienen préstamos a corto plazo? ¿ Tienen préstamos a largo plazo? ¿ Mencione las fuentes de financiamiento? Bancos Compañías de Seguro Compañías afiliadas Socios Otros (especifique) ¿ Qué tipo de préstamos? Hipotecarios
25
Nº PREGUNTAS SI NO
Prendarios De avío Otros (especifique) ¿ Se verifican manualmente los saldos de las cuentas y
registros auxiliares, contra las cuentas de control correspondiente? ¿ Tienen controles específicos para los préstamos? ¿ Tiene pasivos diferidos? Ventas a futuro Utilidades Intereses Otros (especifique) ¿ Son aprobados los ajustes en las Cuentas por Pagar? ¿ Están registradas las Cuentas por Pagar? Con el valor del documento La fecha de vencimiento Fecha vencimiento intereses Pagos a cuenta de capital Pagos de intereses ¿ Se cotejan los registros contra la documentación o estados
de cuentas? ¿ Al existir diferencias son ajustadas? Se crea regularmente provisiones para: Impuestos Gratificaciones e indemnizaciones al personal Comisiones Consumo de agua, energía eléctrica y servicio telefónico Intereses por pagar Primas de Seguros Honorarios Cuotas I.S.S.S. Otros
26
Nº PREGUNTAS SI NO
INGRESOS
¿ Cuáles son sus fuentes? Transferencia de Bienes Prestación de servicios Venta de activos fijos Ventas a plazo Rentas no gravadas Productos financieros Otros( especifique) ¿ Qué ingresos no son ordinarios? Frecuencia Base de cálculo o estimación Forma de cobro Otros (especifique) ¿ Qué ingresos no son ordinarios? Frecuencia Base de cálculo o estimación Forma de cobro Otros (especifique) ¿ Cuáles han sido declarados no gravados? ¿ Cuál es la relación de los ingresos? a) Crédito % a) Nacionales % b) Contado % b) Exportaciones % 100 % 100 % Indique cuáles fórmulas utiliza: Facturas Comprobantes de Crédito Fiscal Notas de Crédito Notas de Débito Notas de Remisión Comprobante de Liquidación Contratos Órdenes de Compra Otras (especifique) ¿ Poseen numeración única correlativa para cada fórmula o
por series correlativas utilizables por sucursal o establecimiento?
27
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Poseen archivo correlativo para cada fórmula? ¿ Efectúan ventas a plazos? ¿ Llevan registros específicos de las ventas a plazo? ¿ Difieren utilidades? ¿ Explique el método de registro? ¿ Al momento de emitirse el documento de venta, se efectúa
automáticamente el descargo de los inventarios? ¿ Existe control de documentos de ventas anulados? ¿ Reciben anticipos sobre las ventas y como lo contabilizan? ¿ Cómo registran la mercadería recuperada por mora en el pago? ¿ Como registran las devoluciones recibidas de mercadería
vencidas? ¿ Sobre la mercadería vencida devuelta por los clientes, es
reintegrado su valor por los proveedores? ¿ Poseen política de fijación de precios? ¿ Qué tipos de ventas efectúan? Materia Prima Productos semielaborados Productos de segunda Averías Desperdicios Productos obsoletos ¿ Qué conceden como política de ventas? Comisiones Bonificaciones Promociones Sorteos o Rifas Otros (especifique) ¿ Cómo son registrados?
28
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Cómo son calculados? ¿ Qué recibe de sus proveedores y como los contabiliza? Bonificaciones Rebajas Descuentos Otros (especifique) ¿ Qué tipo de exportaciones realiza? Mercaderías Servicios Otros (especifique) ¿ Cuáles son los medios de comercialización? Distribuidor Único Varios Distribuidores Mayorista Comisionista Consignatarios Detallistas ¿ Han celebrado contratos con terceros para la
comercialización? ¿ Es representante de casas extranjeras o locales? ¿ Qué marcas o productos representan? ¿ Emiten reportes de ventas? ¿ Con que frecuencia los emiten? ¿ Se controlan los intereses y dividendos devengados? DESCUENTOS, REBAJAS Y DEVOLUCIONES S/VENTAS
En los descuentos, rebajas y devoluciones sobre ventas, ¿ qué
políticas tienen definidas? Descuentos Rebajas Devoluciones
29
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Qué documentos utilizan para el registro de: Descuentos Rebajas Devoluciones ¿ Cuál es el período máximo de aceptar las devoluciones? ¿ Qué tratamiento dan las devoluciones recibidas después de
tres meses? ¿ Cómo son registrados? Descuentos Rebajas Devoluciones Mercadería recuperada ¿ Qué reportes formulan? ¿ Con qué frecuencia? COSTOS DE PRODUCCIÓN
¿ Defina las etapas del proceso de producción? ¿ Qué clase de controles llevan en cada etapa del proceso? ¿ Que tipo de reportes utilizan en cada etapa? ¿ Cuál es la frecuencia en los reportes de producción? ¿ Concilian los reportes de producción con inventarios?
30
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Con qué frecuencia son conciliados? ¿ Qué tratamiento le dan a los ajustes, si utilizan el sistema de
costos históricos? ¿ Qué tratamiento les dan a las variaciones, en caso de costos
predeterminados ? ¿ Qué procedimientos utilizan en la producción en proceso? Al establecerla Al valuarla ¿ Cómo calculan la producción equivalente? ¿ Efectúan procesos de producción? ¿ Qué controles utilizan para el proceso? ¿ Qué procedimientos usan para la obtención del costo
unitario? ¿ Prestan el servicio de maquilado? ¿ A quienes les maquilan? ¿ Qué controles utilizan para el maquilado? ¿ Qué procedimientos utilizan para el cálculo del costo
unitario? ¿ Qué tratamiento dan a los ajustes o variaciones?
31
Nº PREGUNTAS SI NO
MATERÍA PRIMA
¿ Cuál es el origen de las compras de materia prima? Nacionales % Importadas %
100 % ¿ Elaboran retaceos por las importaciones? ¿ Llevan registros de retaceos? ¿ Quién o quienes son sus agentes aduanales? ¿ Son incluidos en las compras los gastos que generan? ¿ Efectúan reclamos a Compañías Aseguradoras, por los
faltantes o artículos dañados? ¿ Cómo registran los valores no pagados? ¿ Existen controles con proveedores? ¿ Quiénes son sus principales proveedores? ¿ Emiten reportes de compras? ¿ Cuando se registran las compras? Nacionales Importadas ¿ Tienen como política registrar las compras efectuadas al
crédito? ¿ Qué documentos usan en el proceso de compras? Órdenes de compras Pedidos Informes de recepción Otros ¿ Qué documentos utilizan para el control de recepción de
artículos bonificados? Devolución sobre compras Rebajas sobre compras
32
Nº PREGUNTAS SI NO
Sobrantes en pedidos Faltantes Artículos dañados ¿ Cuáles son las principales materias primas o materiales
usados en la producción? MANO DE OBRA DIRECTA
¿ Han suscrito contratos laborales con los trabajadores? ¿ Cuántos trabajadores tiene la empresa? Administrativos Obreros Vendedores Otros (especifique) ¿ Además de las prestaciones laborales legales, proporciona
algunas adicionales? ¿ Tiene mano de obra calificada? ¿ Mediante que clase de documentos comprueban el pago a los trabajadores? ¿ Cuál es la forma de pago a los trabajadores? Por obra Por jornada Por salario fijo Por pieza o destajo Otros (especifique) ¿ Cuál es el período de pago a los trabajadores? Semanal Quincenal Mensual Otros (especifique) ¿ Cuántos turnos de trabajo se efectúan?
33
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Estiman el valor de la mano de obra, para establecer costos?
¿ Qué procedimientos utilizan para la aplicación de la mano de
obra directa? GASTOS DE FABRICACION
¿ Tienen políticas definidas para la distribución proporcional de
los gastos de fabricación y gastos generales? ¿ Qué procedimientos utilizan en el prorrateo? ¿ En la producción especial o extraordinaria los gastos son registrados por separado? ¿ Son considerados como gastos las variaciones y /o ajustes
de otras cuentas? ¿ Están definidos los procedimientos de clasificación de la
mano de obra directa e indirecta? ¿ Son registrados en esta cuenta los ajustes de materia prima o de mano de obra? ¿ Son aplicables los ajustes de depreciación y /o amortización
a esta cuenta? ¿ Los egresos por investigación y experimentos son llevados a
esta cuenta? ¿ El consumo de materiales está debidamente comprobado y autorizado? ¿ El tiempo ocioso es comprobado y tiene política de
aplicación? GASTOS DE OPERACIÓN
¿ Estos gastos son clasificados en las cuentas siguientes? Gastos de ventas Gastos de Administración Gastos Financieros Otros gastos
34
Nº PREGUNTAS SI NO
Por su objetivo estas cuentas son definidas como cuentas colectivas, para su funcionamiento se utilizan las subcuentas con nombres comunes por la clase de gastos. Para el análisis tributario el criterio de determinará por : Gastos necesarios Gastos capitalizados Gastos comprobados Gastos no deducibles ¿ Tienen registros por las distintas subcuentas? ¿ Se da la sustentación de las operaciones registradas con
documentación justificante? ¿ Se controlan y autorizan los cargos a las subcuentas de
gastos? ¿ Son autorizados por personas responsables, los ajustes? A manera de ejemplo se señalan las subcuentas que se
estiman de mayor riesgo fiscal a efectos de desarrollar el proceso de la auditoría: SUELDOS
¿ Con qué clase de documentos comprueban el pago al
personal? Planilla General Planilla Especial Planilla por departamento Recibos personales ¿ Cuál es el período de pago? Mensual Quincenal Semanal Por obra Otros ¿ Existen contratos de trabajo entre la empresa y el personal? ¿ Contratan trabajadores eventuales o supernumerarios? Especifique condiciones:
35
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Conceden bonificaciones? Periodicidad Valores ¿ Tienen como política indemnizar al personal cada año? HONORARIOS
¿ Qué clase de documentación utilizan en los pagos? Planillas Recibos Otros ¿ Períodos de pago? Mensual Por servicio Otros ¿ Son necesarios y comprobables los servicios pagados? ¿ Reconocen honorarios a accionistas? ¿ Tiene contratos permanentes con personas independientes? ¿ Reconocen honorarios con sociedades afiliadas y/o relacionadas? GASTOS DE VIAJE
¿ Liquidan los valores entregados por gastos de viaje? ¿ Al liquidar, justifican adecuadamente los gastos incurridos? ¿ Son comprobables los fines de los gastos? ¿ Pagan por este concepto en forma fija y/o periódica?
36
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Los viajes al exterior son justificables por objetivos y
beneficios al liquidarse? VIÁTICOS
¿ Conceden viáticos a ejecutivos en viajes al exterior? ¿ Otorgan viáticos fijos a empleados y obreros? ¿Tienen reglamento o política escrita interna para el
otorgamiento de viáticos? ¿ Cómo liquidan los viáticos? MANTENIMIENTO
¿ Existen contratos de mantenimiento? ¿ Están documentados los egresos? ¿ Para la aplicación de los egresos son clasificados los capitalizables? ¿ Los egresos por este concepto son clasificados para el fin
específico? Terrenos Edificaciones Instalaciones Máquinaria Equipos Herramientas Mobiliario de oficina Equipo de oficina Otros
37
Nº PREGUNTAS SI NO
ALQUILERES
¿ Existen contratos? ¿ Para que son utilizados los bienes alquilados? ¿ Cuáles documentos se comprueban los alquileres? INTERESES
¿ Corresponden a créditos recibidos? ¿ Se documentan los pagos realizados? ¿ Son autorizados los pagos efectuados? COMISIONES
¿ Pagan comisiones a? Ejecutivos Jefes Empleados Vendedores Cobradores Otros ¿ Qué método utilizan para el cálculo? Sobre resultados prefijados Sobre valores de venta Sobre unidades vendidas DEPRECIACIONES
¿ Llevan registros detallados para el control de la
depreciación? ¿ Cómo determinan las tasas de depreciación reclamadas?
38
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Efectúan ajustes entre la depreciación financiera y tributaria? ¿ Deprecian los bienes revaluados? ¿ Son propios los bienes que deprecian? ¿ Están en uso permanente los bienes, sobre los que reclaman
depreciación? ¿ Los bienes depreciados son útiles para la fuente generadora
de rentas gravadas? ¿ Reclaman depreciación que corresponde a ejercicios
anteriores? ¿ Reclama depreciación por terrenos, mercaderías o bienes
intangibles?
__________________________________ ____________________________ Nombre y firma del funcionario que Nombre y firma del Auditor que proporcionó la información recopiló la información
39
MODELO DE CUESTIONARIO DE CONTROL INTERNO
CON ENFOQUE TRIBUTARIO
LEY DE IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE BIENES MUEBLES Y
A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Nº PREGUNTAS SI NO
GENERALIDADES
¿ Cuál es su principal actividad económica? ¿ Tiene sucursales, agencias, bodegas o salas de venta durante el ejercicio? ¿ Efectúan transacciones entre empresas afiliadas? ¿ Goza de beneficios o incentivos fiscales? ¿ Han solicitado devolución de remanente de crédito fiscal
I.V.A. relacionado con las exportaciones? ¿ Tienen archivos mensuales de los comprobantes? ¿ Los comprobantes anulados se invalidan con sus copias y en
secuencia numérica? ¿ Efectúan las retenciones? Especifique por que concepto se retiene: ¿ Aplica proporcionalidad del crédito fiscal, por los ingresos exentos y gravados?
CUENTAS POR COBRAR
¿ Llevan registros auxiliares de clientes?
40
Nº PREGUNTAS SI NO
Nacionales Del exterior ¿ Registran las ventas por separado bajo los criterios de
exentas , gravadas y exportaciones? ¿ Concilian con contabilidad general el saldo de cuentas exentas y gravadas? ¿ Cómo liquidan el saldo de la cuenta crédito fiscal I.V.A .? INVENTARIOS
¿ Cuál es el tratamiento contable que le dan a los sobrantes y
faltantes de inventarios, y como se documentan? ¿ Se otorgan artículos a clientes con fines promocionales,
publicidad, propaganda, rifas, sorteos? ¿ Cuál es el tratamiento que le dan a ese tipo de operaciones y
como se documentan? ACTIVO FIJO
¿ Han realizado ampliaciones o construcciones de inmuebles nuevos en bienes propios? ¿Bajo que modalidad contractual fueron realizadas las
ampliaciones o construcciones de inmuebles? ¿ Han vendido bienes de activo fijo antes de los dos años de
estar afectados a dicho activos? ¿ Cuál es el tratamiento contable y como fue documentada la venta de activos fijos?
41
Nº PREGUNTAS SI NO
¿ Han realizado construcciones o ampliaciones de inmuebles
en bienes ajenos? INGRESOS-DÉBITO FISCAL
¿ Cuáles son las fuentes de ingreso gravadas con I.V.A.?
Detalle: ¿ Cuáles son las fuentes de ingreso exentas con I.V.A., y como
se documentan? Detalle: ¿ Cuáles son las fuentes de ingreso excluidas o no gravadas
con I.V.A., y como se documentan? Detalle: ¿ Cuáles son los tipos de operaciones que se catalogan como exportaciones, y como se controlan? Detalle: ¿ Cuál es el tratamiento que se realizan con los ajustes a las
operaciones de ingresos, originadas por descuentos, rebajas, devoluciones, anulaciones y rescisiones? COMPRAS-CRÉDITO FISCAL
¿ Cuáles son las fuentes de las compras gravadas con I.V.A.? Detalle: Importaciones de materia prima y otros insumos Importaciones de mercadería
42
Nº PREGUNTAS SI NO
Compra local de materia prima y otros insumos Compra local de mercadería Compra de bienes y servicios para la realización de las
operaciones de administración, venta y financieras. ¿ Cuál es el procedimiento y tratamiento contable que se
realiza en caso los créditos fiscales se reciban posterior a los
dos períodos tributarios de la fecha de emisión? ¿ Cuál es el procedimiento y tratamiento contable que se
realiza con las notas de crédito recibidas de sus proveedores,
después de los dos períodos tributarios de la fecha de
emisión? ¿ Las retenciones efectuadas y documentadas mediante
comprobante de retención, se han enterados al fisco en el
mismo período de la retención? ¿ Cuál es el procedimiento utilizado para determinar el crédito
fiscal a deducirse del débito cuando las operaciones sean en
parte gravada y en parte exentas según lo establece el Art. 66 de la Ley de la materia? ¿ Ha solicitado devolución I.V.A. a exportador ? ¿ Cuál es el procedimiento que se ha aplicado para el cálculo
de la devolución I.V.A. exportador?
__________________________________ ____________________________ Nombre y firma del funcionario que Nombre y firma del Auditor que proporcionó la información recopiló la información
43
PLANILLA DE DECISIONES PRELIMINARES
AREA
DE RIESGO
FISCAL
VALOR AL
31/12/XX
EN $
FACTORES DE
RIESGO
INHE-
RENTE
CONTROL
PROCEDIMIENTOS DE
AUDITORÍA
ALCANCE
INVENTARIOS 1,728,473 DESTRUCCIÓN DE
MERCADERÍA
VENCIDA
ALTO
ALTO
VERIFICACIÓN DE SU
APLICACIÓN CONTABLE Y
TRIBUTARIA
100%
COMPRAS 4,378,627 LAS MERCADERÍAS
NO SON REGISTRA-
DAS SEGÚN LOS
COMPROBANTES
CORRESPONDIENTES
ALTO
ALTO
MUESTREO DE COMPRAS
MÁS SIGNIFICATIVAS
MAYOR A
$ 5,000
VENTAS
BRUTAS
5,879,853
EXCESIVAS DEVOLU-
CIONES Y REBAJAS
SOBRE VENTAS
ALTO
ALTO
COMPULSAR A CLIENTES,
REVISIÓN DE REPORTES
DE VENTAS CONTRA
NOTAS DE CRÉDITO
FISCAL
90%
VENTAS AL
CRÉDITO
1,336,228
VENTAS DE MERCA-
DERÍA AL CRÉDITO
NO DECLARADA
ALTO
ALTO
ANÁLISIS DEL ORIGEN MAYOR A
$ 5,000
44
PROGRAMA DE AUDITORIA
IVA-RENTA
NOMBRE DEL CLIENTE : N.R.C. : N.I.T. : PERIODO AUDITADO : ACTIVIDAD ECONOMICA :
OBJETIVO
Verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias contenidas en la Ley de Impuesto sobre la Renta, Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes muebles y a la Prestación de Servicios y Código Tributario, con el propósito de investigar si existen
incumplimientos formales y sustantivos que vayan en detrimento del interés fiscal.
N°
DESCRIPCIÓN
Hecho Por Ref Pt�s
1 2 3
PROCEDIMIENTOS A.-GENERALES
Verifique durante los períodos que se están investigando las
obligaciones formales que el Código Tributario establece
respecto a: la presentación de las declaraciones (verificar cálculos
aritméticos), registros y documentos, la actualización y
legalización de los registros de Contabilidad General y de IVA,
informes anuales de retenciones y de utilidades distribuidas. Si es imprenta, verifique que esté autorizada por la Dirección
General, y que haya presentado los informes que estipula el Art. 116 del Código Tributario. Verifique que los documentos que se emitan y reciban cumplan con las obligaciones formales establecidas en la sección quinta
del capítulo I del Título III del Código Tributario.
45
N°
DESCRIPCIÓN Hecho Por Ref
Pt�s 4 5 6 7 8 9
PROCEDIMIENTOS Verificar la correlatividad de los documentos, así como la
elaboración de los mismos a fin de determinar que no se hayan
elaborado dobles juegos de emisión en varias imprentas. Revisar órdenes de impresión y evaluar la necesidad de confirmar con
imprentas. Solicitar los archivos fiscales y verificar circulares o notas emitidas por la DGII al cliente respecto a consultas fiscales o autorizaciones específicas relacionadas con eventos del período
investigado. Indagar sobre los siguientes aspectos:
Verificar las actividades económicas que desarrolla el cliente
(principales y secundarias).
Identificar actividades Exentas y Gravadas.
Verificar la escritura de constitución para enterarse de sus cláusulas y disposiciones principales, así como de las
modificaciones recientes al pacto social, nombre de los accionistas y/o miembros de la Junta Directiva.
Identificar los principales clientes y proveedores
Si existen ventas a plazo , investigar y analizar su correcta declaración, tanto de la venta como de los intereses si fuera el
caso. Verificar los asientos de ajuste sobre rebajas y devoluciones sobre las ventas, créditos fiscales (notas de crédito), y otros que
pudieran afectar los ingresos y utilidades. CONTROL INTERNO Identificar las normas y procedimientos de control interno establecidos por el cliente, en aspectos de interés fiscal tales
como:
46
N°
DESCRIPCIÓN
Hecho Por Ref Pt�s
1 2 3 4 5
Control de Inventarios y/o Costos de Producción. Control de Cuentas por Cobrar y Por Pagar. Emisión de documentos y Registros de las Ventas.
B.- PROCEDIMIENTOS ESPECIFICOS
IVA Y RENTA INGRESOS
Elaborar Cédulas Sumarias, analíticas y de detalle de los ingresos del cliente. Realizar una comparación de los ingresos registrados y
declarados por el cliente, utilizando las siguientes fuentes: a) Libros de ventas IVA b) Declaraciones IVA c) Declaraciones de Pago a Cuenta d) Registros Contables Legales e) Declaración anual de Renta
Por las diferencias determinadas, investigue su origen o solicite explicación por escrito, (valide las respuestas).
Analizar a través de la documentación, registros y de la
observación directa, la actividad del cliente a fin de determinar las fuentes generadoras de sus ingresos y su congruencia con lo registrado y declarado.
Seleccionar los 4 períodos mas representativos respecto a los
saldos mensuales en las ventas internas gravadas, exportaciones y ventas exentas, tomando una muestra del 60% en cada período, para verificar que los valores documentados, tanto
ventas como débitos, hayan sido debidamente registrados en los
libros de IVA. En cuanto a las Empresas que trabajan con base a contratos, verificar si se han declarado la totalidad de sus ingresos, y si lo facturado corresponde al precio pactado.
47
N°
DESCRIPCIÓN
Hecho Por Ref Pt�s
6 7 8 9 10 11
Verificar que los valores mostrados en la cuenta Otros Ingresos, hayan sido incorporados en la liquidación final de Renta y verificar
si existen valores no declarados que causen el hecho generador en IVA. Investigar sobre el autoconsumo, rifas, sorteos y/o regalías;
verificar que se haya causado el impuesto respectivo. Por las ventas de activo fijo (Bienes Muebles e Inmuebles), verificar si obtuvo ganancia de capital, que se le haya dado el tratamiento que se establece en los Arts. 14, 42 de la Ley de Renta y 17 del Reglamento y D.L. Nº841. Asimismo verificar si dicha operación es gravada en IVA. (En relación con los bienes
muebles, ver Art. 71 de la Ley). Por las ventas efectuadas seleccionar tres meses y verificar que las unidades vendidas facturadas estén descargadas de las
tarjetas Kardex de inventarios. Por las Rebajas y Devoluciones sobre Ventas, verificar:
Que se haya emitido la nota de crédito en el período
correspondiente.
En caso de devoluciones que las mercaderías devueltas
hayan ingresado nuevamente a los inventarios.
Verificar la cuenta Rebajas y Devoluciones sobre ventas al exterior, a partir de los registros auxiliares y verificar los ajustes en el valor de la exportación y en el Libro de Ventas
IVA, comprobando además la razonabilidad de las Rebajas y
Devoluciones sobre Ventas, y en este último caso que los
productos hayan ingresado nuevamente al inventario del cliente.
Tomando de base el libro de ventas a consumidores y el anexo a dicho registro que establece el artículo 84 del Reglamento de
Aplicación del Código Tributario, verificar el detalle de las exportaciones del cliente, a efecto de validar los documentos que soportan las exportaciones determinadas en el punto anterior y verificar lo siguiente:
Cálculos aritméticos, legitimidad de los documentos, fecha
de exportación (embarque o exportación), que el valor de
48
N°
DESCRIPCIÓN
Hecho Por Ref Pt�s
12 13 14 1 2 3
exportación corresponda al precio de venta pactado, reflejado
mediante el documento legal IVA y el tipo de cambio aplicable al valor de exportación. Verificar que las facturas de exportación correspondiente a
cada póliza de exportación o formulario aduanero, estén
correctamente asentadas en el Libro de Ventas IVA y en los registros contables y que no estén repetidas.
Verificar inversiones permanentes en acciones u otros títulos,
determine intereses y dividendos que producen; reconocer su completa incorporación a la declaración.
Verificar el correcto cálculo del entero en Pago a Cuenta y que se
hayan incluido los ingresos que corresponden, según el giro del
cliente.
En caso de determinar omisión de ingresos, obtener las pruebas
documentales necesarias que la sustenten.
COMPRAS
Realizar un análisis comparativo entre las compras, créditos
fiscales que reflejan los libros utilizados para el control del IVA con las cifras reflejadas en las declaraciones respectivas, investigar diferencias importantes si las hubiere. Si el cliente realiza operaciones exentas de IVA, verificar si ha cumplido con el procedimiento de la proporcionalidad, revisar los cálculos efectuados para la deducción del crédito fiscal. Revisar selectivamente los documentos que soportan las compras, verificando que cumplan con los requisitos legales correspondientes. En una muestra del 30% de los períodos más
representativas en relación a los saldos mensuales, verificar que:
Los valores registrados en los libros de IVA, tanto compras como créditos fiscales estén integra y debidamente
documentados y que cumplan con todos los requisitos que la Ley establece para ser deducidos como crédito fiscal (Art. 65
Ley IVA).
49
N°
DESCRIPCIÓN
Hecho Por Ref Pt�s
1 2 3 4 5 6 7 11
Verificar la existencia de créditos fiscales con duplicidad en el
registro durante el período investigado. Si existen objeciones a los créditos fiscales preparar cédula
resumen de las objeciones.
DEDUCCIONES RENTA
Cotejar el valor declarado de Costos y Gastos, con los saldos que bajo estos conceptos registra el Libro Mayor. En el caso de encontrar diferencias solicitar explicación. Prueba selectiva: seleccionar las subcuentas con saldos mas distorsionados en Costos y Gastos en una muestra del 75% del valor mensual aplicándolo a las cuentas que integran costos y
gastos, verificar que los valores registrados en los libros contables estén debidamente documentados y que reúna los requisitos para
ser deducidos de acuerdo a lo establecido en los artículos 28, 29
y 30 de la Ley de Renta. Realizar prueba de inventarios, cuando se considere necesario. (seguimiento a productos de mayor rotación) Cotejar el valor total de los inventarios físico al 31 de diciembre de
2000 y 2001, con los saldos de cuentas de inventarios que a esa fecha registra el Libro Mayor, el Estado de Resultados, el Balance General y la Declaración de Renta. Verificar que las cantidades reclamadas en concepto de Depreciación estén de acuerdo a lo establecido en el Artículo 30
de la Ley de Renta. Verificar que los gastos no deducibles hayan sido incorporados en la renta imponible. Comprobar si el porcentaje que se está reclamando el cliente en
concepto de Reserva Legal, esté de acuerdo a lo establecido en
el Art. 31 de la Ley de Renta. Analizar partidas de ajuste significativas al final del período
investigado.
50
N°
Hecho Por Ref Pt�s
1 1 1 1 2 1
RETENCIONES
Identificar las operaciones por las cuales el cliente debió efectuar
retenciones, tanto de IVA como de Renta, y verificar a través de
prueba selectiva si retuvo y enteró el impuesto correspondiente. DEDUCCIONES AL IMPUESTO COMPUTADO DE RENTA
Verificar que las deducciones al Impuesto Computado de Renta, tales como: Pago a Cuenta e Impuesto Retenido, estén
correctos.
CAUSAS DEL REMANENTE DE CREDITO FISCAL IVA Y DE
LA DEVOLUCION DE RENTA
Verificar el por que el cliente muestra un excesivo
remanente de crédito fiscal IVA, y/o elevada Devolución de Renta.
C- CONCLUSIÓN
Concluir si los resultados obtenidos garantizan o no el interés
fiscal. Elaborar cédula de Hallazgos por cada impuesto,
reflejando las deficiencias formales y sustantivas, valores omitidos y objetados, con la base legal infringida.
D- INFORME
Elaborar el informe respectivo, reflejando en éste los resultados
obtenidos.
RECURSO HUMANO AUDITOR DESIGNADO : SUPERVISOR : ELABORADO POR : FECHA DE ELABORACIÓN : INICIO: ____________________ FINALIZACION: _____________ APROBADO POR : __________________________________ FECHA DE APROBACIÓN : ________________________
51
Papel membretado del
Contador Público
DICTAMEN CON OPINIÓN DE NO CUMPLIMIENTO
DEL AUDITOR INDEPENDIENTE PARA PROPÓSITOS FISCALES
DEL EJERCICIO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2001
Señores Ministerio de Hacienda Dirección General de Impuestos Internos He auditado el cumplimiento de las obligaciones tributarias contenidas en la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, Ley de
Impuesto Sobre la Renta y Código Tributario (Anotar otras leyes de impuestos
internos a las que está sujeto el contribuyente), de la contribuyente TOPECHE, S.A DE C.V., correspondientes al ejercicio impositivo de 2001. Asimismo, he auditado el balance de situación general, el estado de resultados, de variaciones en el capital
contable y de flujos de efectivo, que reflejan las cifras acumuladas y efectos netos de las operaciones efectuadas, relacionadas con las cifras de las declaraciones tributarias de los impuestos de las diferentes leyes mencionadas. Los estados financieros y declaraciones tributarias son responsabilidad de la Administración de la Sociedad
contribuyente. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y garantizar que las cifras de los referidos estados financieros y declaraciones tributarias estén respaldadas de conformidad a lo
establecido en el artículo 135 literal d) del Código Tributario. Realicé la auditoría, de acuerdo con Normas Internacionales de Auditoría aplicables a auditoría de cumplimiento. Dichas Normas requieren que planeemos y practiquemos la auditoría para obtener bases técnicas que permitan fundamentar si la Sociedad TOPECHE, S. A. DE C. V. ha cumplido con las obligaciones tributarias contenidas en las Leyes antes mencionadas. Una auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias incluye examinar evidencia apropiada, sobre una base de pruebas del cumplimiento de dichas obligaciones. Asimismo incluye, examinar y evaluar la evidencia que sustenta los montos y revelaciones en los estados financieros, base para la elaboración de las declaraciones tributarias, los principios de contabilidad utilizados,
los ajustes contables y las estimaciones importantes hechas por la administración
(especialmente en materia de estimaciones de obsolescencia de inventarios,
cuentas de dudoso cobro y otro tipo de estimaciones), que tengan incidencia tributaria. Considero que el examen practicado proporciona una base para sustentar mi opinión. Los estados financieros mencionados en el párrafo precedente que sirvieron de base para la elaboración de las declaraciones tributarias, han sido preparados para ser utilizados por la Dirección General de Impuestos Internos, y por lo tanto, se han
presentado y clasificado conforme a los formatos que para tal efecto ha emitido esa Dirección General.
52
La compañía incurrió en incumplimientos a las obligaciones tributarias según se detalla
a continuación:
A) En lo que respecta al Código Tributario
Incumplimientos a obligaciones Formales: no presentó el informe de
retenciones de Impuesto sobre la Renta (F-910), correspondiente al ejercicio fiscal de 2001;
B) En lo que concierne a la Ley de Impuesto sobre la Renta
Incumplimiento a obligaciones Sustantivas: No pagó en el período
dictaminado la cantidad de ¢ 848,487.00 en concepto de Impuesto, por las razones siguientes: 1-) Se dedujo la cantidad de ¢ 1,093,750.00, como costos
de producción de mercadería que fue objeto de robo en el recorrido de
entrega al cliente, que no son deducibles (Romano II.2 de Informe fiscal y anexos 1 y 12 de dicho informe); y 2-) No declaró ingresos provenientes de la
prestación de servicios de asesoría por la cantidad de ¢ 2,300,000.00
( Romano II.8 de Informe fiscal y anexos 2 y 12 de dicho informe).
C) En lo relativo a la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios
Incumplimiento a obligaciones Sustantivas: No pagó en el período
dictaminado la cantidad de ¢ 299,000.00 en concepto de Impuesto, en razón
de que, no declaró ingresos provenientes de la prestación de servicios de
asesoría por la cantidad de ¢ 2,300,000.00 ( Romano II.8 de Informe fiscal y
anexos 2 y 12 de dicho informe). En mi opinión, por las razones expuestas, la Sociedad TOPECHE, S. A. DE C.V., no ha cumplido con las obligaciones tributarias indicadas anteriormente, habiendo cumplido con las demás obligaciones contenidas en el Código Tributario, Ley de Impuesto sobre
la Renta y Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios. Este dictamen se elabora exclusivamente para los efectos que requiere la Dirección
General de Impuestos Internos. Nombre y firma del auditor nombrado Registro Nº San Salvador, 24 de junio de 2002 Dirección
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Papel membretado del
Contador Público
TOPECHE, S. A. DE C. V.
INFORME CON OPINIÓN DE NO CUMPLIMIENTO
DEL AUDITOR INDEPENDIENTE PARA PROPÓSITOS FISCALES
DEL EJERCICIO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2001
Señores Ministerio de Hacienda Dirección General de Impuestos Internos
I. Emito el presente informe apegándome a lo dispuesto en el Título III, sección
séptima, Arts. del 129 al 138 del Código Tributario en relación con la auditoría
que practiqué a la Sociedad TOPECHE, S.A. DE C.V., correspondiente al
ejercicio impositivo de 2001,conforme a las Normas de Auditoría Internacionales
aplicables a auditoría de cumplimiento, con el objeto de expresar una opinión
sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias contenidas en la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios,
Ley de Impuesto Sobre la Renta y Código Tributario (Anotar otras leyes de
impuestos internos a las que está sujeto el contribuyente). Asimismo he auditado el balance de situación general, el estado de resultados, de variaciones
en el capital contable y flujos de efectivo, que reflejan las cifras acumuladas y efectos netos de las operaciones efectuadas, relacionadas con las cifras de las declaraciones tributarias de los diferentes impuestos de las leyes mencionadas.
II. Como parte de mi examen, planifiqué y evalué la estructura de control
interno, a fin de determinar las áreas de riesgo fiscal, revisé la información y documentación adicional sobre una base selectiva preparada por la contribuyente, que se adjunta al formulario carta presentación del dictamen fiscal; verifiqué esa información y documentación mediante pruebas selectivas, utilizando los procedimientos de auditoría aplicables en las circunstancias, dentro de los alcances que juzgué técnicamente necesarios para poder expresar mi opinión, de acuerdo con las Normas de Auditoría Internacionales aplicables a auditorías de cumplimiento. Dentro de mis procedimientos llevé a cabo lo siguiente:
II.1 Revisé, sobre la base de pruebas selectivas, los saldos de las cuentas
incluidas en el anexo 1 adjuntos al formulario carta de presentación del dictamen fiscal, el anexo 6 contiene un resumen de las adiciones, bajas y retiros de activos fijos y su correspondiente cálculo de su depreciación
acumulada y gastos por depreciación anual, este último gasto se encuentra
incorporado en las subcuentas de gastos correspondientes detallados en el
54
anexo 1 referido; comprobando que son necesarias para la conservación o producción de las fuentes generadoras de rentas gravadas de acuerdo a lo establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta y por tanto son deducibles.
II.2 Revisé el cumplimiento de las obligaciones tributarias a cargo de la
contribuyente como agente de retención de los Impuestos sobre la Renta y
a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios ( y de
percepción para I.V.A, en caso de estar designado), las cuales están
contenidas en el anexo 2 agregada al formulario carta presentación del
dictamen fiscal, determinándose que no presentó el informe de retenciones de Impuesto sobre la Renta F-910 del ejercicio fiscal 2001, habiendo practicado las retenciones de renta, en concepto de sueldos, salarios, honorarios y arrendamiento del inmueble, las cuales fueron enteradas dentro del plazo legal.
Respecto del Impuesto del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, retuvo y enteró dentro del plazo legal el
referido impuesto proveniente del arrendamiento del inmueble. II.3 Me cercioré de que los bienes y servicios adquiridos por el contribuyente
estuvieren debidamente registrados en la contabilidad y hubieran sido recibidos y prestados respectivamente; pero no determiné si los precios
pagados por ellos son razonables de acuerdo a las condiciones del mercado (en caso que no haya sido posible ya que se requiere encuestas de valuación).
II.4 Revisé, en función a su naturaleza y a la mecánica de aplicación utilizada
en ejercicios anteriores, las partidas que integran: a) la conciliación entre el
resultado contable y el fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta; y b) la conciliación entre los ingresos dictaminados y declarados para efectos del
Impuesto sobre la Renta e Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, anexos 3 y 4 respectivamente.
II.5 Revisé las declaraciones tributarias presentadas durante el período
dictaminado habiendo comprobado su apego a las disposiciones legales, (inclusive las declaraciones modificatorias presentadas por las diferencias de impuesto dictaminadas en el ejercicio, si es el caso). Durante el ejercicio o periodos dictaminados no se presentaron declaraciones modificatorias.
II.6 Durante el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2001, la empresa no
obtuvo incentivos fiscales, ni recibió resoluciones de las autoridades fiscales por reintegro I.V.A. a exportador o pago indebido I.V.A. (En caso de haber recibido debe mencionarse que se verificaron los cálculos de las
devoluciones recibidas los cuales se muestran en anexo 11. En este anexo se asume que los créditos fiscales no pueden identificarse en forma directa.
En caso que la empresa registre separadamente los créditos fiscales debe
55
evaluarse los cálculos conforme lo dispuesto en el Art. 77 de la Ley de
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de
Servicios en relación con el artículo 30 de su Reglamento).
II.7 Los saldos y transacciones con los principales accionistas, subsidiarias, asociadas y afiliadas se describen en la Nota 13 a los estados financieros, adjunta al formulario carta presentación del dictamen fiscal, a fin de verificar
su incidencia tributaria. II.8 Del examen efectuado a la información financiera referida en Romano I de
este informe se determinó que no se declararon ingresos para efectos de
Impuesto sobre la Renta y del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios en concepto de servicios de asesoría
por la cantidad de ¢ 2,300,000, cuyos efectos impositivos es de
¢ 575,000.00 para el primer impuesto y de ¢ 299,000.00 para el segundo;
dichos ingresos fueron registrados en cuentas por cobrar y cuentas por pagar, respectivamente, liquidándose la primera cuenta al recibir el pago del
cliente sin efectuar registro en cuentas de resultados, y dejando el pasivo pendiente de liquidación difiriendo el reconocimiento del ingreso. El detalle
de los períodos tributarios en que se dieron los incumplimientos y los
valores correspondientes se detallan en el anexo 12 a este informe. II.9 Durante el período examinado la contribuyente realizó ventas exentas del
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de
Servicios por la cantidad de ¢ 2,109,770.00, aplicando la proporcionalidad
del crédito fiscal de acuerdo al artículo 66 inciso primero de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de
Servicios (se relacionaría el anexo 10). II.10 La contribuyente no está sujeta a ninguna de las leyes de Impuestos Ad-
valorem y Específico que gravan las bebidas alcohólicas y cervezas, bebidas gaseosas simples y endulzadas, y cigarrillos. ( Si la contribuyente estuviere sujeta a dichos impuestos se redactaría el procedimiento
utilizado para su verificación y se debe relacionar el anexo 9). II.11 Se efectuó verificación física de los inventarios al 31 de diciembre de
2001, realizando un detalle comparativo de las cifras de inventarios físicos
observadas contra las registradas por el contribuyente, cálculos de su
valoración conforme al método de valuación legal utilizado o autorizado,
determinando diferencias por faltantes de inventarios, las que fueron gravadas de conformidad al Art. 11 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios. Los
valores examinados se relacionan en anexo 5. II.12 Se examinaron las cuentas por cobrar a clientes llevadas a gastos por
incobrabilidad para efectos del Impuesto sobre la Renta, para lo cual se
56
verificó la cédula de antigüedad de saldos realizada por el contribuyente,
determinándose que la cantidad de ¢ 355,000.00 netas de I.V.A. fueron deducidas como incobrables y cumple con los requisitos del Art. 31 Num. 2) de la Ley del impuesto referido y Art. 37 del Reglamento de dicha Ley. La estimación para cuentas de dudoso cobro no fue deducida en la
declaración de Impuesto sobre la Renta del ejercicio dictaminado. Las
cifras examinadas se muestran en anexo 7 a este informe. II.13 Verifiqué el cumplimiento de las obligaciones formales contenidas en el
Código Tributario, Ley de Impuesto sobre la Renta y Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios ( Si la
contribuyente se encuentra sujeta a los Impuestos Ad-valorem y/o Específicos, debe relacionarse que también se verificó el cumplimiento de
las obligaciones formales contenidas en la Ley Reguladora de la Producción y Comercialización de las Bebidas Alcohólicas, Ley de
Impuesto sobre Bebidas Gaseosas Simples o Endulzadas, Ley de Impuesto de Cigarrillos, Ley de Impuesto de Sacos Sintéticos, según sea
el caso).
III. Con base a los procedimientos desarrollados relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias sustantivas y formales de la Sociedad TOPECHE, S. A. DE C. V., se determinaron diferencias entre los valores declarados relativos al Impuesto sobre la Renta y al Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, (Anotar otros impuestos a los que
está sujeta la contribuyente) y los valores que se muestran en los estados financieros, registros contables y registros de IVA, expuestos en Romanos II.2 y II.8, existiendo omisiones en el pago de los referidos impuestos, en los períodos
tributarios dictaminados y costos no deducibles expuestos en el anexo 12. IV. La información adjunta al formulario carta presentación del dictamen fiscal, está
de acuerdo a las bases de agrupación y revelación establecidas por la Dirección
General de Impuestos Internos. Dicha información adicional, que se refiere al
ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2001, se incluye exclusivamente para efectos fiscales y no para efectos financieros, por consiguiente no constituye una información necesaria para interpretar la presentación razonable de la
situación financiera, de los resultados de operación, de las variaciones en el
capital contable y de los flujos de efectivo.
Nombre y firma del auditor nombrado Registro Nº San Salvador, 24 de junio de 2002 Dirección
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Papel membretado del
Contador Público
DICTAMEN CON OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO
DEL AUDITOR INDEPENDIENTE PARA PROPÓSITOS FISCALES
DEL EJERCICIO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2001
Señores Ministerio de Hacienda Dirección General de Impuestos Internos He auditado el cumplimiento de las obligaciones tributarias contenidas en la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, Ley de Impuesto sobre la Renta y Código Tributario (Anotar otras leyes de impuestos
internos a las que está sujeto el contribuyente), de la Sociedad TOPECHE, S. A. DE C. V., correspondientes al ejercicio impositivo de 2001. Asimismo, he auditado el balance de situación general, el estado de resultados, de variaciones en el capital
contable y de flujos de efectivo, que reflejan las cifras acumuladas y efectos netos de las operaciones efectuadas en el año referido, relacionadas con las cifras de las declaraciones tributarias de los impuestos de las diferentes leyes mencionadas. Los estados financieros y declaraciones tributarias son responsabilidad de la Administración
de la Sociedad contribuyente. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión
sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y garantizar que las cifras de los referidos estados financieros y declaraciones tributarias, estén respaldadas de
conformidad a lo establecido en el artículo 135 literal d) del Código Tributario. Realicé la auditoría, de acuerdo con Normas Internacionales de Auditoría aplicables a auditoría de cumplimiento. Dichas Normas requieren que planeemos y practiquemos la auditoría para obtener bases técnicas que permitan fundamentar si la Sociedad TOPECHE, S. A. DE C. V. , ha cumplido con las obligaciones tributarias contenidas en las leyes antes mencionadas. Una auditoría de cumplimiento de obligaciones tributarias incluye examinar evidencia apropiada, sobre una base de pruebas del cumplimiento de dichas obligaciones. Asimismo incluye, examinar y evaluar la evidencia que sustenta los montos y revelaciones en los estados financieros, base para la elaboración de las
declaraciones tributarias, los principios de contabilidad usados, los ajustes contables y las estimaciones importantes hechas por la administración (especialmente en materia
de estimaciones de obsolescencia de inventarios, cuentas de dudoso cobro y
otro tipo de estimaciones), que tengan incidencia tributaria. Considero que mi examen proporciona una base para sustentar mi opinión.
58
Los estados financieros mencionados en el párrafo precedente que sirvieron de base
para la elaboración de las declaraciones tributarias, han sido preparados para ser utilizados por la Dirección General de Impuestos Internos, y por lo tanto, se han presentado y clasificado conforme a los formatos que para tal efecto ha emitido esa Dirección General. En mi opinión la Sociedad TOPECHE, S. A. DE C.V. ha dado cumplimiento a las obligaciones tributarias contenidas en la Ley de Impuesto sobre la Renta, Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios y el Código Tributario ( Anotar otras leyes de impuestos internos a las que está sujeto el
contribuyente). Este dictamen se elabora exclusivamente para los efectos que requiere la Dirección
General de Impuestos Internos. Nombre y Firma del auditor nombrado Registro Nº San Salvador, 24 de junio de 2002 Dirección
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Contador Público
TOPECHE, S. A. DE C. V.
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DEL AUDITOR INDEPENDIENTE PARA PROPÓSITOS FISCALES
POR EL EJERCICIO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2001
Señores Ministerio de Hacienda Dirección General de Impuestos Internos
I. Emito el presente informe con base a lo dispuesto en el Título III, sección
séptima, Arts. del 129 al 138 del Código Tributario en relación con la auditoría
que practiqué a la Sociedad TOPECHE, S.A DE C.V., correspondiente al
ejercicio impositivo de 2001, conforme a las Normas de Auditoría
Internacionales aplicables a auditoría de cumplimiento, con el objeto de
expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias
contenidas en la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, Ley de Impuesto sobre la Renta y el Código Tributario
(anotar otras leyes de impuestos internos a las que está sujeto el
contribuyente). Asimismo he auditado el balance de situación general, el
estado de resultados, de variaciones en el capital contable y flujos de efectivo, que reflejan las cifras acumuladas y efectos netos de las operaciones efectuadas, relacionadas con las cifras de las declaraciones tributarias de los diferentes impuestos de las leyes mencionadas.
II. Como parte de mi examen, planifiqué y evalué la estructura de control
interno, a fin de determinar las áreas de riesgo fiscal, revisé la información y documentación adicional sobre una base selectiva preparada
por la contribuyente, que se adjunta al formulario carta presentación del dictamen fiscal; verifiqué esa información y documentación mediante pruebas selectivas, utilizando los procedimientos de auditoría aplicables en las circunstancias, dentro de los alcances que juzgué técnicamente necesarios para poder expresar mi opinión, de acuerdo con las Normas de Auditoría Internacionales aplicables a auditorías de cumplimiento. Dentro de mis procedimientos llevé a cabo lo siguiente:
II.1 Revisé, sobre la base de pruebas selectivas, los saldos de las cuentas
incluidas en el anexo 1 adjunto al formulario carta presentación del dictamen fiscal, el anexo 6 contiene un resumen de las adiciones, bajas y retiros de activos fijos y su correspondiente cálculo de su depreciación
acumulada y gastos por depreciación anual, este último gasto se
60
encuentra incorporado en las subcuentas de gastos correspondientes detallados en el anexo 1 referido; comprobando que son necesarias para la conservación o producción de las fuentes generadoras de rentas gravadas de acuerdo a lo establecido en la Ley de Impuesto sobre la Renta y por tanto son deducibles.
II.2 Revisé el cumplimiento de las obligaciones tributarias a cargo de la
contribuyente como agente de retención de los Impuestos sobre la Renta y a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios
(y de percepción para I.V.A, en caso de estar designado), las cuales están
contenidas en el anexo 2 agregada al formulario carta presentación del
dictamen fiscal, determinándose que si presentó el informe de retenciones
de Impuesto sobre la Renta F-910 del ejercicio fiscal 2001, habiendo practicado las retenciones de renta, en concepto de sueldos, salarios, honorarios y arrendamiento del inmueble, las cuales fueron enteradas dentro del plazo legal. Respecto del Impuesto del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, retuvo y
enteró dentro del plazo legal el referido impuesto proveniente del
arrendamiento del inmueble.
II.3 Me cercioré de que los bienes y servicios adquiridos por el contribuyente estuvieren debidamente registrados en la contabilidad y hubieran sido recibidos y prestados respectivamente; pero no determiné si los precios
pagados por ellos son razonables de acuerdo a las condiciones del mercado (en caso que no haya sido posible, ya que se requiere
encuestas de valuación).
II.4 Revisé, en función a su naturaleza y a la mecánica de aplicación utilizada
en ejercicios anteriores, las partidas que integran: a) la conciliación entre el resultado contable y el fiscal para efectos del Impuesto sobre la Renta; y b) la conciliación entre los ingresos dictaminados y declarados para
efectos del Impuesto sobre la Renta e Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, anexos 3 y 4 respectivamente.
II.5 Revisé las declaraciones tributarias presentadas durante el período
dictaminado habiendo comprobado su apego a las disposiciones fiscales, (inclusive las declaraciones modificatorias presentadas por las diferencias de impuesto dictaminadas en el ejercicio, si es el caso). Durante el ejercicio o período dictaminado no se presentaron declaraciones
modificatorias.
II.6 Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2001, la empresa no obtuvo incentivos fiscales, ni recibió resoluciones de las autoridades
fiscales por reintegro I.V.A. a exportador o pago indebido I.V.A. (En caso de haber recibido debe mencionarse que se verificaron los cálculos de las
61
devoluciones recibidas, las cuales se muestran en anexo 11. En este anexo se asume que los créditos fiscales no pueden identificarse en forma
directa, en caso que la empresa registre separadamente los créditos
fiscales debe evaluarse los cálculos conforme lo dispuesto en el Art. 77 de
la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación
de Servicios en relación con el artículo 30 de su Reglamento).
II.7 Los saldos y transacciones con los principales accionistas, subsidiarias, asociadas y afiliadas se describen en la Nota 13 a los estados financieros, adjunta al formulario carta presentación del dictamen fiscal, a fin de
verificar su incidencia tributaria. II.8 Durante el período examinado la contribuyente realizó ventas exentas del
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de
Servicios por la cantidad de ¢ 2,109,770.00, aplicando la proporcionalidad
del crédito fiscal de acuerdo al artículo 66 inciso primero de la Ley de
Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de
Servicios (se relacionaría el anexo 10). II.9 La contribuyente no está sujeta a ninguna de las leyes de Impuestos
Ad- valorem y Específicos que gravan las bebidas alcohólicas y cervezas,
bebidas gaseosas simples y endulzadas y cigarrillos. (Si la contribuyente estuviere sujeta a dichos impuestos se redactaría procedimiento utilizado
para su verificación y se debe relacionar el anexo 9). II.10 Se efectuó verificación física de los inventarios al 31 de diciembre de
2001, realizando un detalle comparativo de las cifras de inventarios físicos
observadas contra las registradas por el contribuyente, cálculos de su
valoración conforme al método de valuación legal utilizado o autorizado,
determinando diferencias por faltantes de inventarios, las que fueron gravadas de conformidad al Art. 11 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios. Los
valores examinados se relacionan en anexo 5. II.11 Se examinaron las cuentas por cobrar a clientes llevadas a gastos por
incobrabilidad para efectos del Impuesto sobre la Renta, para lo cual se verificó la cédula de antigüedad de saldos realizada por el contribuyente,
determinándose que la cantidad de ¢ 355,000.00 netas de I.V.A. fueron
deducidas como incobrables y cumple con los requisitos del Art. 31 Num. 2) de la Ley del impuesto referido y Art. 37 del Reglamento de dicha Ley. La estimación para cuentas de dudoso cobro no fue deducida en la
declaración de Impuesto sobre la Renta del ejercicio dictaminado. Las
cifras examinadas se muestran en anexo 7 a este informe. II.12 Verifiqué el cumplimiento de las obligaciones formales contenidas en el
Código Tributario, Ley de Impuesto sobre la Renta y Ley de Impuesto a la
62
Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (Si la
contribuyente se encuentra sujeta a los impuestos Ad-valorem y/o Específicos, debe relacionarse que también se verificó el cumplimiento de
las obligaciones formales contenidas en la Ley Reguladora de la Producción de las Bebidas Alcohólicas, Ley del Impuesto sobre Bebidas Gaseosas Simples o Endulzadas, Ley de Impuesto de Cigarrillos y Ley de Impuesto de Sacos Sintéticos).
III. Con base a los procedimientos desarrollados relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias sustantivos y formales de la Sociedad TOPECHE, S. A. DE C. V., no se determinaron diferencias entre los valores declarados relativos al Impuesto sobre la Renta y al Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (anotar otros impuestos a los que está
sujeta la contribuyente) y los valores que se muestran en los estados financieros, registros contables y registros del IVA, expuestos en Romanos II.2 y II.8, no existiendo en los períodos tributarios dictaminados, omisiones en el
cumplimiento de las obligaciones formales y sustantivas de los referidos impuestos.
IV. La información adjunta al formulario carta presentación del dictamen fiscal, está
de acuerdo a las bases de agrupación y revelación establecidas por la Dirección
General de Impuestos Internos. Dicha información adicional, que se refiere al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2001, se incluye exclusivamente para efectos fiscales y no para efectos financieros, por consiguiente no constituyen una información necesaria para interpretar la presentación razonable de la situación financiera, de los resultados de operación, de las variaciones en el
capital contable y de los flujos de efectivo.
Nombre y firma del auditor nombrado Registro Nº San Salvador, 24 de junio de 2002 Dirección
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CONTRIBUYENTE: TOPECHE, S. A. DE C. V. BALANCE DE SITUACIÓN GENERAL
CONCEPTO 2,001 2,000 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2001 Y 2000 ACTIVO ACTIVO CIRCULANTE EFECTIVO E INVERSIONES TEMPORALES
EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS 51,530 844,550 VALORES DE INMEDIATA REALIZACIÓN 453,770 709,860 INVERSIONES EN RENTA FIJA 0 0 TOTAL DE EFECTIVO E INVERSIONES TEMPORALES 505,300 1,554,410 CUENTAS POR COBRAR CLIENTES 16,246,420 18,350,920 DOCUMENTOS POR COBRAR 0 0 COMPAÑÍAS AFILIADAS 220,905 56,505 IMPUESTOS POR RECUPERAR 5,594,285 2,251,225 DEUDORES DIVERSOS 1,218,795 1,647,375 ESTIMACIÓN DE CUENTAS INCOBRABLES (51,000) (66,265) TOTAL DE CUENTAS POR COBRAR 23,229,405 22,239,760 INVENTARIOS PRODUCTOS TERMINADOS 8,771,695 5,519,145 PRODUCCIÓN EN PROCESO 7,015,545 8,459,870 MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES 8,346,810 4,903,205 MATERIAL DE EMPAQUE 200,300 339,005 ACCESORIOS 22,330 24,065 ANTICIPO A PROVEEDORES 0 0 MERCANCÍAS EN TRANSITO 2,508,875 1,264,725 ESTIMACIÓN DE OBSOLESCENCIA (150,000) (194,880) TOTAL DE INVENTARIOS 26,715,555 20,315,135 PAGOS ANTICIPADOS RENTAS PAGADAS POR ANTICIPADO 0 0 SEGUROS Y FIANZAS 1,154,100 1,801,900 INTERESES PAGADOS POR ANTICIPADO 1,630,085 1,384,270 TOTAL DE PAGOS ANTICIPADOS 2,784,185 3,186,170 TOTAL DEL ACTIVO CIRCULANTE 53,234,445 47,295,475 CUENTAS POR COBRAR A LARGO PLAZO 0 0 TOTAL DE CUENTAS POR COBRAR A LARGO PLAZO 0 0 Nº DE PÁGINA: 1-4
64
CONTRIBUYENTE: TOPECHE, S. A. DE C. V. BALANCE DE SITUACIÓN GENERAL
CONCEPTO 2001 2000 INVERSIÓN EN COMPAÑÍAS AFILIADAS 0 0 TOTAL DE INVERSIONES EN COMPAÑÍAS AFILIADAS 0 0 ACTIVO FIJO INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO TERRENOS 22,500,000 22,500,000 EDIFICIOS 20,000,000 20,000,000 MAQUINARIA 40,267,470 37,178,210 EQUIPO DE TRANSPORTE 7,557,765 8,158,875 MOBILIARIO Y EQUIPO 2,271,595 2,109,350 MAQUINARIA ADQUIRIDA POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO 28,676,955 0 EQUIPO DE COMPUTO 1,342,565 1,342,565 MAQUINARIA Y EQUIPO EN PROCESO DE CONSTRUCCIÓN 16,515 0 TOTAL DE INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO 122,632,865 91,289,000 DEPRECIACIONES DEPRECIACIÓN ACUMULADA DE EDIFICIOS 7,742,255 8,725,540 DEPRECIACIÓN ACUMULADA DE MAQUINARIA 30,760,525 26,176,615 DEPRECIACIÓN ACUMULADA DE EQUIPO DE TRANSPORTE 4,316,440 3,890,920 DEPRECIACIÓN ACUMULADA DE MOBILIARIO Y EQUIPO 988,925 848,170 DEPRECIACIÓN ACUMULADA DE EQUIPO DE COMPUTO 519,265 350,265 DEPRECIACIÓN MAQUINARIA ADQUIRIDA POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO (A) 208,505 TOTAL DEPRECIACIÓN ACUMULADA 44,535,915 39,991,510 TOTAL DE INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO NETO 78,096,950 51,297,490 ACTIVOS INTANGIBLES GASTOS PREOPERATIVOS 0 0 GASTOS DE INSTALACIÓN 2,997,600 2,997,600 INVESTIGACIÓN DE MERCADO 0 0 PATENTES Y MARCAS 68,370 1,440,410 OTROS ACTIVOS 0 0 AMORTIZACIONES (544,650) (244,890) TOTAL DE ACTIVOS INTANGIBLES 2,521,320 4,193,120 TOTAL DEL ACTIVO 133,852,715 102,786,085
Nº DE PÁGINA: 2-4 NOTA (A): DEPRECIACIÓN ÚNICAMENTE PARA EFECTOS FINANCIEROS
65
CONTRIBUYENTE: TOPECHE, S. A. DE C. V. BALANCE DE SITUACIÓN GENERAL
CONCEPTO 2001 2000 PASIVO PASIVO A CORTO PLAZO DOCUMENTOS POR PAGAR NACIONALES 23,263,415 2,651,645 DEL EXTRANJERO 0 0 TOTAL DE DOCUMENTOS POR PAGAR 23,263,415 2,651,645 ACREEDORES DIVERSOS NACIONALES 1,844,990 4,354,070 DEL EXTRANJERO 0 TOTAL DE ACREEDORES DIVERSOS 1,844,990 4,354,070 PROVEEDORES NACIONALES 3,073,295 6,352,620 DEL EXTRANJERO 3,051,475 1,614,305 TOTAL DE PROVEEDORES 6,124,770 7,966,925 OTROS PASIVOS ANTICIPOS DE CLIENTES COMPAÑÍAS AFILIADAS 9,720,955 10,084,655 TOTAL DE OTROS PASIVOS 9,720,955 10,084,655 OTRAS CUENTAS POR PAGAR NACIONALES 0 0 DEL EXTRANJERO 0 893,650 TOTAL OTRAS CUENTAS POR PAGAR 0 893,650 IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR IMPUESTO SOBRE LA RENTA RETENCIONES I.S.R. POR PAGAR IMPUESTO AL VALOR AGREGADO 107,360 OTROS IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES 588,080 TOTAL DE IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR 695,440
Nº DE PÁGINA: 3-4
66
CONTRIBUYENTE: TOPECHE, S. A. DE C. V. BALANCE DE SITUACIÓN GENERAL
CONCEPTO 2001 2000 PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES 17,305 1,111,765 PROVISIONES LABORALES 734,575 859,540 FONDO PARA JUBILACIONES Y CESANTÍAS 297,800 210,400 PORCIÓN CIRCULANTE DEL PASIVO A LARGO PLAZO 0 0 TOTAL DEL PASIVO A CORTO PLAZO 1,049,680 2,181,705 PASIVO A LARGO PLAZO DEUDAS A LARGO A PLAZO CON EL EXTRANJERO 0 0 DOCUMENTOS POR PAGAR 24,881,065 0 TOTAL DE DEUDAS A LARGO PLAZO 24,881,065 0 OBLIGACIONES LABORALES 0 0 TOTAL DEL PASIVO A LARGO PLAZO 24,881,065 0 CRÉDITOS DIFERIDOS UTILIDADES DIFERIDAS 0 0 DEPÓSITOS EN GARANTÍA 0 0 OTROS 0 0 TOTAL DE CRÉDITOS DIFERIDOS 0 0 PASIVO CONTINGENTE TOTAL DEL PASIVO 67,580,315 28,132,650 CAPITAL CONTABLE CAPITAL SOCIAL 60,854,780 60,854,780 RESERVA LEGAL 1,247,047 1,247,047 APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL 0 0 UTILIDAD NETA DEL EJERCICIO 0 7,006,025 PERDIDA DEL EJERCICIO (6,475,475) 0 UTILIDADES RETENIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES 10,646,048 5,545,683 PÉRDIDAS ACUMULADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES 0 0 OTRAS CUENTAS DE CAPITAL 0 0 TOTAL DEL CAPITAL CONTABLE 66,272,400 74,653,535 TOTAL DEL PASIVO Y CAPITAL CONTABLE 133,852,715 102,786,185 LAS NOTAS ADJUNTAS SON PARTE INTEGRAL DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Nº DE PÁGINA: 4-4 NOTA: SE CONSIGNARÁ LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 66 LITERALES A) Y C)
DEL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO TRIBUTARIO.
67
CONTRIBUYENTE: TOPECHE, S. A. DE C. V. ESTADO DE RESULTADOS
CONCEPTO 2001 2000 POR LOS EJERCICIOS COMPRENDIDOS DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2001 Y 2000
VENTAS NETAS 105,921,865 118,191,670 INGRESOS POR SERVICIOS OTROS INGRESOS TOTAL 105,921,865 118,191,670 COSTO DE VENTAS 84,254,195 83,870,205 PERDIDA BRUTA UTILIDAD BRUTA 21,667,670 34,321,465 GASTOS DE OPERACIÓN GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 15,145,930 14,486,580 GASTOS DE VENTAS 7,518,670 6,054,210 GASTOS GENERALES 0 0 TOTAL 22,664,600 20,540,790 PERDIDA DE OPERACIÓN (996,930) UTILIDAD DE OPERACIÓN 13,780,675 COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO INTERESES GANADOS 1,948,545 1,544,370 INTERESES INCURRIDOS (8,346,275) (5,075,150) UTILIDAD CAMBIARIA 914,720 504,150 PÉRDIDA CAMBIARIA (269,550) (194,085) COMISIONES BANCARIAS 324,930 141,435 TOTAL 6,077,490 3,362,150 OTROS GASTOS Y OTROS PRODUCTOS OTROS GASTOS (870,985) (11,605) OTROS PRODUCTOS 1,469,930 400,770 TOTAL 598,945 389,165 PÉRDIDA ANTES DE PARTICIPACIÓN EN UTILIDADES, RESERVAS,
E I.S.R.
(6,475,475)
UTILIDAD ANTES DE PARTICIPACIÓN EN UTILIDADES
RESERVAS, E I.S.R.
10,807,690
Nº DE PÁGINA: 1-2
68
CONTRIBUYENTE: TOPECHE, S. A. DE C. V. ESTADO DE RESULTADOS
CONCEPTO 2001 2000 POR LOS EJERCICIOS COMPRENDIDOS DEL 01 DE ENERO 31 DE DICIEMBRE DE 2001 Y 2000
DISMINUCIÓN A LAS UTILIDADES PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES 0 1,043,050 RESERVA LEGAL 0 683,525 RESERVAS ESTATUTARIAS 0 0 IMPUESTO SOBRE LA RENTA 0 2,075,090 TOTAL 0 3,801,665 PERDIDA DEL EJERCICIO (6,475,475) UTILIDAD NETA DEL EJERCICIO 7,006,025 LAS NOTAS ADJUNTAS SON PARTE INTEGRAL DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Nº DE PÁGINA: 2-2
NOTA: SE CONSIGNARÁ LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 66 LITERALES A) Y C)
DEL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO TRIBUTARIO.
69
CONTRIBUYENTE: TOPECHE, S. A. DE C. V. ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE
CONCEPTO
CAPITAL SOCIAL
NOMINAL
RESERVA LEGAL
UTILIDAD NETA DEL EJERCICIO
PÉRDIDA
DEL EJERCICIO
UTILIDADES RETENIDAS O
PÉRDIDAS
ACUMULADAS DE
EJERCICIOS ANTERIORES
TOTAL
POR LOS EJERCICIOS TERMINADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2001 Y 2000
60,854,780
1,247,047
7,006,025
5,545,683
74,653,535 SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2000
AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL
CAPITAL SOCIAL
TRASPASO DEL EJERCICIO DE 2000 A RESULTADOS DE EJERCI-CIOS ANTERIO-RES
(7,006,025)
7,006,025
DIVIDENDOS PAGADOS (1,905,660)
(1,905,660)
UTILIDAD (PERDÍDA)
NETA DEL EJERCICIO 2001
(6,475,475)
(6,475,475) RESERVA LEGAL DEL AÑO
2001
SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2001
60,854,780
1,247,047
(6,475,475)
10,646,048
66,272,400
LAS NOTAS ADJUNTAS SON PARTE INTEGRAL DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Nº DE PÁGINA: 1-1
NOTA: SE CONSIGNARÁ LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 66 LITERALES A) Y C)
DEL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO TRIBUTARIO.
70
CONTRIBUYENTE: TOPECHE, S. A. DE C. V. INFORMACIÓN DEL ANEXO: 4 - ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
CONCEPTO 2001 2000 POR LOS EJERCICIOS COMPRENDIDOS DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2001 Y 2000
FLUJOS DE EFECTIVO DE OPERACIÓN UTILIDAD NETA DEL EJERCICIO 7,006,025 PERDIDA DEL EJERCICIO (6,475,475) PARTIDAS APLICADAS A RESULTADOS QUE NO AFECTARON RECURSOS
DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES 5,142,815 5,008,580 PERDIDA EN VENTA DE ACTIVO FIJO 695 81,940 TOTAL (1,331,965) 12,096,545 AUMENTO O DISMINUCIÓN EN CUENTAS DE ACTIVO
CIRCULANTE
CUENTAS POR COBRAR (989,545) (4,907,810) INVENTARIOS (6,400,420) (5,497,010) PAGOS ANTICIPADOS 2,073,785 (3,445,410) AUMENTO O DISMINUCIÓN EN CUENTAS DE PASIVO PROVEEDORES Y OTROS PASIVOS 5,067,415 RECURSOS GENERADOS POR LAS OPERACIONES (6,648,145) 3,313,730 FLUJOS DE EFECTIVO DE FINANCIAMIENTO PRESTAMOS RECIBIDOS BANCARIOS PERSONAS NATURALES 39,447,665 PERSONAS JURÍDICAS AMORTIZACIÓN DE PRESTAMOS PAGO DE DIVIDENDOS (1,905,660) RECURSOS GENERADOS POR EL FINANCIAMIENTO 37,542,005 FLUJOS DE EFECTIVO DE INVERSIÓN ADQUISICIÓN DE ACTIVO FIJO 31,942,970 5,225,985 ADQUISICIÓN DE INMUEBLES INVERSIÓN EN ACCIONES RECURSOS GENERADOS POR INVERSIÓN (31,942,970) (5,225,985) AUMENTO O DISMINUCIÓN A EFECTIVO E INVERSIONES TEMPORALES
(1,049,110)
(1,912,255)
Nº DE PÁGINA: 1-2
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CONTRIBUYENTE: TOPECHE, S. A. DE C. V. INFORMACIÓN DEL ANEXO: 4 - ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO
CONCEPTO 2001 2000 EFECTIVO E INVERSIONES TEMPORALES: AL PRINCIPIO DEL PERÍODO 1,554,410 3,466,665 AL FINAL DEL PERÍODO 505,300 1,554,410 LAS NOTAS ADJUNTAS SON PARTE INTEGRAL DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Nº DE PÁGINA: 2-2
NOTA: SE CONSIGNARÁ LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 66 LITERALES A) Y C)
DEL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO TRIBUTARIO.
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CONTRIBUYENTE: TOPECHE, S. A. DE C. V. NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS
1.- DESCRIPCIÓN DE LA ENTIDAD La empresa fue constituida el día 17 de mayo de 1995, su principal actividad consiste en la elaboración, venta local y exportación de
productos plásticos, así como la adquisición de los bienes muebles e inmuebles,
incluyendo la celebración de todo tipo de contratos civiles y mercantiles que sean
necesarios para la realización de sus operaciones. La escritura de constitución no ha
sufrido modificaciones. 2.- PRINCIPALES POLÍTICAS CONTABLES
a) Unidad Monetaria La moneda utilizada para reflejar las cifras de los estados financieros dictaminados, y la que utiliza la compañía para registrar sus operaciones contables es el colón
salvadoreño, ya que la Ley de Integración Monetaria establece que la contabildad
puede llevarse en colones o dólares estadounidenses. b) Inversiones en valores de inmediata realización Al presentar el estado de flujos de efectivo se trata como equivalentes al efectivo a los valores con vencimiento de tres meses o menos a partir de la fecha de adquisición.
c) Valuación de inventarios. Los inventarios de materias primas, producción en proceso y productos terminados, las
cifras históricas se determinan bajo el sistema de costeo absorbente, valuándose los
artículos terminados a sus costo de producción, y las materias primas mediante la
utilización del método de costos promedios. d) Costo de ventas. El costo de ventas histórico se determina valuando los artículos terminados a su costo
de producción bajo el método de costos promedios. e) Depreciación. Los bienes que integran la maquinaria y equipos se registran a su costo de adquisición,
y la depreciación de la maquinaria y equipos se calcula por el método de línea recta,
73
registrando en los resultados del ejercicio el monto anual determinado con base en datos proporcionados por los peritos valuadores de acuerdo a la vida útil de los bienes. h) Gastos de instalación y amortización Los gastos de instalación se registran inicialmente a su costo de erogación, la
amortización se calcula por el método de línea recta mediante la aplicación de la tasa
del 10%. k) Resultado integral de financiamiento El resultado integral de financiamiento se determina agrupando en el estado de resultados, los gastos y productos financieros y las diferencias por fluctuaciones cambiarias. l) Impuesto sobre la renta. La compañía sigue la política de registrar el impuesto sobre la renta en el ejercicio en
que se causan, en virtud de que no existen partidas significativas cuyo reconocimiento fiscal y contable ocurran en épocas diferentes, en los términos establecidos por los
principios de contabilidad. a) Fondo para Jubilaciones, Retiros y Cesantías Los pagos que se efectúan por este concepto, se cargan a la reserva constituida para tal efecto; la cual, a su vez, se actualiza anualmente con base en cálculos que realiza
personal de la compañía (nota 9). n) Indemnizaciones al personal. Se tiene implantada la política de cargar a los resultados del ejercicio en que se
efectúan, las erogaciones por concepto de indemnizaciones al personal a que se refiere
la (nota 10).
o) Moneda extranjera. Las operaciones en moneda extranjera se registran a los tipos de cambio vigentes en la fecha en que se llevan a cabo; las diferencias por fluctuaciones cambiarias se aplican a los resultados del ejercicio. Los activos y pasivos en moneda extranjera se valuaron al tipo de cambio interbancario del día 31 de diciembre de 2001, el yen japonés se valuó al tipo de cambio de 13.88 yenes por 1 colón salvadoreño.
74
3.- MONEDA EXTRANJERA.
La posición en moneda extranjera al 31 de diciembre de 2001, es como sigue:
Miles de yenes Moneda Nacional Activo Circulante: Depósitos en bancos 154,623 ¢ 11,140 PASIVO A corto plazo: Adeudos a proveedores (42,354,473) (3,051,475) Posición neta (42,199,850) ¢ (3,040,335) Para efectos de valuación de la moneda extranjera se utilizó el tipo de cambio de ¢ 13.88 yenes por colón salvadoreño. 4.- CUENTAS POR COBRAR
Este renglón se forma como sigue: 2001 2000
Clientes ¢ 16,246,420 ¢18,350,920 Deudores diversos 1,218,795 1,647,375 Filiales por cobrar (nota 14) 220,905 56,505
¢ 17,686,120 ¢20,054,800 Estimación para cuentas de cobro dudoso. (51,000) (66,265)
17, 635,120 19,988,535 Impuesto Sobre la Renta por acreditar. 1,476,265 2,251,225 Impuesto al Valor Agregado por acreditar. 4,118,020 0
¢ 23,229,405 ¢ 22,239,760
75
5.- INVENTARIOS
El saldo de este rubro se forma como sigue: 2001 2000 Materias primas ¢ 8,346,810 ¢ 4,903,205 Producción en proceso 7,015,545 8,459,870 Productos terminados 8,771,695 5,519,145 Material de empaque 200,300 339,005 Accesorios 22,330 24,065 24,356,680 19,245,290 Estimación para obsolescencia de inventarios (150,000) (194,880) 24,206,680 19,050,410 Mercancías en tránsito 2,508,875 1,264,725 ¢ 26,715,555 20,315,135
6. INMUEBLES, MAQUINARIA, EQUIPOS Y DEPRECIACIÓN ACUMULADA
El saldo de este rubro se integra como sigue: 2001 2000 Costo Terrenos ¢ 22,500,000 ¢ 22,500,000 Edificios 20,000,000 20,000,000 Maquinaria y equipo 40,267,470 37,178,210 Equipo de transporte 7,557,765 8,158,875 Mobiliario y equipo De oficina. 2,271,595 2,109,350 Equipo de computación 1,342,565 1,342,565 Maquinaria adquirida en arrendamiento financiero 28,676,955 0 ¢ 122,616,350 ¢ 91,289,000 Depreciación acumulada: Edificios 7,742,255 8,725,540 Maquinaria y equipo. 30,760,525 26,176,615
76
Equipo de transporte 4,316,440 3,890,920
Mobiliario y equipo de oficina 988,925 848,170 Equipo de computación. 519,265 350,265 Maquinaria adquirida en arrendamiento financiero. 208,505 0 44,535,915 39,991,510 78,080,435 51,297,490 Maquinaria en proceso de instalación. 16,515 0 ¢ 78,096,950 ¢ 51,297,490 El cargo a resultados en el ejercicio, por concepto de depreciación, ascendió a
¢ 4,390,895 en 2001; ¢ 3,674,900 en 2000. 7. DOCUMENTOS Y CUENTAS POR PAGAR
El saldo de este rubro se forma como sigue:
2001 2001 Documentos por pagar ¢ 23,263,415 ¢ 2,651,645 Proveedores nacionales 3,073,295 6,352,620 Proveedores extranjeros 3,051,475 1,614,305
Cuentas por pagar a Compañías Filiales (nota 13) 9,720,955 10,084,655 Acreedores diversos 1,884,990 4,354,070 Impuestos por pagar 695,440 893,650 Fondos para Jubilaciones, Retiros y Cesantías 297,800 210,400 41,987,370 26,161,345 Los documentos por pagar al 31 de diciembre de 1997, se integran como sigue: Emisión de papel comer- cial con vencimiento el 25 de enero de 2002, el cual causa intereses a razón del 29.28% anual. ¢ 14,695,000
77
Crédito directo otorgado por grupo financiero CARAVE- JOS, S.A. con vencimiento el 28 de enero de 2002. 5,500,000
porción de los documentos por pagar con vencimiento durante el año de 2002, correspondientes a los con- tratos de arrendamiento financiero celebrados en la compra de maquinaria. 3,068,415 ¢ 23,263,415 8.- DOCUMENTOS POR PAGAR A PLAZO MAYOR DE UN AÑO
Al 31 de diciembre de 2001, el saldo de este renglón que se presenta en el estado de
situación financiera, con importe de ¢ 24,881,065, corresponde a los documentos por pagar a plazo mayor de un año relativos a los contratos de arrendamiento financiero
celebrados con LA APALANCADORA, S.A. DE C.V., por la compra de maquinaria, los cuales causan intereses a una tasa variable resultante de adicionar 4.75 puntos porcentuales el vencimiento del último documento es el primero de diciembre de 2004. 9.- FONDO PARA JUBILACIONES, RETIROS Y CESANTÍAS
De acuerdo a las políticas de la empresa, los empleados de planta, tienen derecho a una bonificación por retiro voluntario equivalente a quince días de salario por cada año
de servicio, siempre que hayan cumplido quince años de servicio por lo menos, cuando
se retiren voluntariamente, no siendo necesario este requisito en caso de muerte, invalidez, separación por causa injustificada o despido. Para hacer frente a la obligación
antes referida, la empresa ha seguido la política de registrar en los estados financieros
una reserva financiera que se determina en forma interna, tomando como base las prestaciones que al respecto establece el Código de Trabajo, el incremento durante el ejercicio 2001 ascendió a ¢ 87,400; ¢ 31,885 en 2000. El importe que se presenta como pasivo a corto plazo, corresponde al monto estimado de las primas de antigüedad del
personal que aún no cumple los quince años de servicio. 10.- CONTINGENTE
El proveniente de diversas obligaciones por concepto de indemnizaciones a favor de los empleados y trabajadores, en caso de separación por causa injustificada y otras
78
causas, bajo ciertas condiciones en los términos del Código de Trabajo, no se ha determinado el pasivo máximo por este concepto, en virtud de que la compañía sigue la
política mencionada en la nota 2-n). 11.- CAPITAL SOCIAL
a) Integración El capital social de la Compañía es variable, con un mínimo fijo sin derecho a retiro de ¢101,000 y un máximo ilimitado al 31 de diciembre de 2001, el capital social está
representado por ciento veintiún mil setecientos nueve acciones ordinarias, nominativas, con valor nominal equivalente a quinientos colones salvadoreños cada
una y una acción ordinaria de doscientos veinte colones salvadoreños. b) Evento subsecuente En el mes de marzo de 2002, los accionistas de la entidad acordaron aumentar el capital social de ésta, en la cantidad de cinco millones de colones salvadoreños, los cuales se suscribirán y exhibirán gradualmente durante el primer semestre del propio
ejercicio 2002. 12 UTILIDADES (PÉRDIDAS) ACUMULADAS
a) Distribución de dividendos
De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Impuesto sobre la Renta en vigor, las personas jurídicas no pueden anticipar posibles dividendos, ya que se les consideraría
gravables al accionista, asimismo al decretarse una vez esté ganado no causará
gravamen si previamente la sociedad que los distribuye hubiere pagado el impuesto sobre renta respectivo; no debiendo exceder de las utilidades contables repartibles, en términos de la Ley de la Superintendencia de Obligaciones Mercantiles y del Código de
Comercio. b) Reserva Legal De conformidad con lo establecido en el Código de Comercio, de las utilidades acumuladas debe separarse el monto necesario para incrementar la reserva legal hasta que ésta represente, como mínimo, la quinta parte del capital social presentado en los estados financieros. 13.- OPERACIONES Y SALDOS CON EMPRESAS FILIALES
a) Saldos con empresas filiales
79
Al 31 de diciembre de 1997, se tienen los siguientes saldos con compañías filiales: Cuentas por Cobrar Pagar Inmobilia, S.A. de C.V. ¢ ¢ 8,002,945 Inmobilia la Arrendadora, S.A. de C.V. 1,524,075 Administración, S.A. 193,935 Inmobilia la Casa, S.A. de C.V. 7,750 La Tenedora de Fondos, S.A. de C.V. 3,000 Prados Frescos, S.A. de C.V. 1,250 Industrias de Defensa, S.A. de C.V. 208,905 ¢ 220,905 ¢ 9,720,955 b) Operaciones con empresas filiales En el ejercicio 2001 se realizaron las siguientes operaciones con empresas filiales: Arrendamiento de inmuebles a Inmobilia la Casa, S.A. de C.V. ¢ 1,527,925 Intereses devengados a favor de Inmobilia,S.A. de C.V. 1,980,360 Arrendamiento de Vehículos A Industrias Defensa, S.A. de C.V. 240,900 Prestamos otorgados a Impulsora Industrias Defensa, S.A. de C.V. 198,905 Servicios Administrativos Recibidos de Administración, S.A. 206,250 14.- RESULTADO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO
El saldo de este concepto, se forma como sigue: 2001 2000 Gastos financieros Intereses devengados a favor de:
80
Instituciones de Crédito ¢ 6,344,955 ¢ 5,075,010 Proveedores nacionales 894,260 140 Arrendadoras 1,107,060 0 Subtotal intereses 8,346,275 5,075,150 Pérdidas en cambios 269,550 194,085 Comisiones bancarias y otros 324,930 141,435 Subtotal gastos financieros 8,940,755 5,410,670 Productos financieros: Intereses devengados a Favor (1,948,545) (1,544,370)
Utilidad cambiaria (914,720) (504,150) (2,863,265) (2,048,520) Resultado del financiamiento 6,077,490 ¢ 3,362,150
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