Download - Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

Transcript
  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    1/81

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    2/81

    ca#i!al social, es decir, el ca#i!al social se encuen!ra di'idido en acciones (cada una de ellas signi*ca que quien la #osee !iene derecho a #ar!e de lasu!ilidades de la e"#resa. 77 0e di'iden en co"unes ( #referenciales, las#referenciales no !ienen derecho a 'o!o, #or lo que los accionis!as#referenciales no #ueden o#inar acerca del funciona"ien!o de la e"#resa. 77

    Ejercicio de una #o!encia o facul!ad, efec!o o resul!ado de hacer. Ade"5n o#os!ura que #uede cons!i!uir desde un ac!o obliga!orio, co"o la en!rega de lacosa del 'endedor, has!a lo #unible en cier!a cosa. 77 Derecho que se !iene a#edir alguna cosa o la for"a legal de ejercer 4s!a. ACTA.- Docu"en!o escri!oen el que se hace cons!ar la relaci%n de lo acon!ecido duran!e la celebraci%n deuna asa"blea, congreso, sesi%n, 'is!a judicial o reuni%n de cualquierna!urale$a ( de los acuerdos o decisiones !o"ados. 77 8Del la!. ac!a, #l. deac!u", ac!o9. f. &elaci%n escri!a de lo sucedido, !ra!ado o acordado en una

     jun!a. :: ;. /er!i*caci%n, !es!i"onio, asien!o o cons!ancia o*cial de un hecho.Ac!a de naci"ien!o, de rece#ci%n. A/+A /O0+1+)+12A.- Docu"en!o e"anadode una au!oridad #blica, a efec!os de consignar un hecho "a!erial, o unhecho jurídico con *nes ci'iles, #enales o ad"inis!ra!i'os. 77 Ac!a referida a lacons!i!uci%n de algunas sociedades, la cual #uede for"ali$arse #or ins!ru"en!o#blico o escri!ura o #or ins!ru"en!o #ri'ado con cer!i*caci%n no!arial de las*r"as de los cons!i!u(en!es ( es!5 referida a la cons!i!uci%n de de!er"inadassociedades. Debe con!ener Da!os de cada socio &a$%n social o deno"inaci%nObje!o social /a#i!al social Pla$o de duraci%n Organi$aci%n de la ad"inis!raci%nDis!ribuci%n de u!ilidades or"as sobre el funciona"ien!o Disoluci%n (liquidaci%n social El ac!a cons!i!u!i'a es el ins!ru"en!o #blico no!arial quecon!iene el con!ra!o social ( en su caso los es!a!u!os que rigen la organi$aci%n,funciona"ien!o, disoluci%n ( liquidaci%n de la sociedad. 77 En el ac!o

    cons!i!u!i'o no e6is!en #res!aciones de las #ar!es que se crucen co"ocon!ra#res!aci%n, sino #res!aciones que salen de la esfera #a!ri"onial de cadauna de ellas ( que concurren a la for"aci%n de un #a!ri"onio social. Adiferencia de lo que ocurre en o!ros, en 4s!a no e6is!en dos #ar!es conin!ereses con!ra#ues!os que in!en!an ar"oni$arse a !ra'4s de unconsen!i"ien!o #erfeccionador, sino una sola #ar!e 8in!egrada #or !odos lossocios9 carac!eri$ada #or la #osesi%n de un "is"o in!er4s 8crear la sociedadcon 5ni"o lucra!i'o9. 0e niega la na!urale$a con!rac!ual del negociocons!i!u!i'o de la sociedad ( se a*r"a que es!e es un acuerdo colec!i'ocarac!eri$ado #or ser for"ado #or 'arias #ersonas que #ose(endo un "is"o

    in!er4s ac!an co"o una sola #ar!e, a diferencia de la dualidad de #ar!es quein!egran !odo con!ra!o. 77 La escri!ura cons!i!u!i'a es el ins!ru"en!o #blicoasen!ado #or el no!ario en su #ro!ocolo, que con!iene el con!ra!o social ( en sucaso los es!a!u!os ( que en consecuencia es!e ins!ru"en!o no se inscribe en elregis!ro #blico de co"ercio. Los !es!i"onios son una o 'arias co#ias de laescri!ura cons!i!u!i'a ( de las escri!uras que con!engan las "odi*caciones a la"is"a, ins!ru"en!os que son los #ro#ia"en!e inscribibles en el regis!ro #blicode co"ercio. La escri!ura cons!i!u!i'a es #erfec!a an cuando se o"i!an en ella

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    3/81

    los es!a!u!os. 77 En el con!ra!o social se #uede con*ar a las jun!as o asa"blease6!raordinarias de socios la de!er"inaci%n del con!enido de los es!a!u!ossociales, en cu(o su#ues!o no se es!aría refor"ando la escri!ura cons!i!u!i'a,#or cuan!o no for"aría #ar!e de ella. Al no "odi*carse 4s!a, no se requiere#er"iso de la 0ecre!aría de &elaciones E6!eriores, #ero si la au!ori$aci%n

    no!arial #ara inscribir el ac!a de la jun!a o asa"blea que acuerde el con!enidode los es!a!u!os o sus refor"as en el regis!ro #blico de co"ercio.

    ACTA DE NACIMIENTO.- Docu"en!o escri!o en el que se hace cons!ar larelaci%n de lo acon!ecido duran!e la celebraci%n de una asa"blea, congreso,sesi%n, 'is!a judicial o reuni%n de cualquier na!urale$a ( de los acuerdos odecisiones !o"ados.A/+A O+A&1AL.- 1ns!ru"en!o original au!ori$ado, en el que se relaciona unhecho o ac!o jurídico que el o!ario asien!a en el #ro!ocolo, bajo su fe, asolici!ud de #ar!e in!eresada

    A/+121DADE0 BA 2OL)+AD.- +es!a"en!oACTO FORMAL.-Ac!o #ara cu(a 'alide$ se encuen!ra suje!o a requisi!os de

    for"a sin la concurrencia de los cuales no #roduce los efec!os requeridos #or la#ar!e o #ar!es que in!er'inieron en su for"aci%n.A/+O )LO.-Ac!o afec!ado de nulidad.A/+O P@BL1/O.- Ac!o reali$ado en el ejercicio de una funci%n #blica.A/+O )&D1/O.- 0e relaciona con la "anifes!aci%n de 'olun!ad #or la que elho"bre #ersigue #roducir las consecuencias de derecho. 77 El conce#!o de ac!o

     jurídico es, na!ural"en!e en co"#araci%n con el de hecho, un conce#!o dees#ecie. /uando se dice ac!o jurídico, se alude a una cualidad que el ac!o

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    4/81

    #uede #oseerC el ac!o es jurídico s%lo en cuan!o la #osee. Es!a cualidad sesuele indicar co"o e*cacia jurídica, o sea co"o idoneidad #ara #roducirefec!os jurídicos. Es!a f%r"ula, segn /arnelu!!i, debe ser aclarada con el *nde *jar en qu4 consis!e la #roducci%n de es!os efec!os. 77 El ac!o #ara ser

     jurídico se debe #roducir en un ca"bio de derecho. El ca"bio jurídico, consis!e

    en una al!eraci%n de las relaciones jurídicas #ree6is!en!es. 77 Por ac!o seen!iende !odo hecho 'olun!ario, es decir, !odo suceso o acon!eci"ien!o 8(a sea#osi!i'o o nega!i'o9 que debe su e6is!encia a la in!enci%n libre ( conscien!e delho"bre. 77 Es e'iden!e que las consecuencias de un ac!o hu"ano deben seri"#u!adas al suje!o del "is"o. Así lo hace el derecho, ( desde el "o"en!o enque las nor"as jurídicas i"#u!an a un ho"bre las consecuencias de un ac!o,(a !ene"os un ac!o jurídico en sen!ido a"#lio. Deci"os en sen!ido a"#lio,#orque la doc!rina del derecho dis!ingue !res es#ecies de ac!os jurídicos ensen!ido a"#lio los deli!os, los ac!os jurídicos en sen!ido #ro#io ( los negocios

     jurídicos. 77 >anifes!aci%n de la 'olun!ad hu"ana susce#!ible de #roducirefec!os jurídicos. Para que #rodu$ca efec!o, ade"5s de la ca#acidad #arareali$arlo, se #recisa que se 'eri*que de acuerdo con los requisi!os legales#re'ia"en!e es!ablecidos #ara cada caso.

    ACTOS DE DISOLUCIÓN.-  /onjun!o de ac!uaciones for"ales (regla"en!arias, #re'ias a la liquidaci%n, que el e"#resario debe cu"#lir #ara#oder e6!inguir una sociedad "ercan!il o ci'il. Es!as for"alidades de disoluci%nson la escri!ura #blica de disoluci%n ( la inscri#ci%n en el &egis!ro >ercan!il.Declarada la disoluci%n, la sociedad no #odr5 con!inuar desarrollandoac!i'idades, e6ce#!o las enca"inadas a su liquidaci%n. La causa de sudisoluci%n #uede ser 2olun!aria, Por fusi%n, O!ras, "odi*caciones de ca#i!al en

    las sociedades. 77 La asa"blea general de accionis!as es el %rgano su#re"o dela sociedad, co"o dice el ar!ículo F de la Le( General de 0ociedades>ercan!iles ( la E6#osici%n de >o!i'os de la "is"a. Ello signi*ca que susdecisiones no #ueden ser discu!idas #or ningn o!ro %rgano ( que es quien dicela l!i"a #alabra en lo concernien!e a la "archa de la sociedad #udiendo"arcar nor"as de ac!uaci%n ( dar ins!rucciones a !odos los de"5s %rganos.Pode"os decir que asa"blea general es la reuni%n de accionis!as legal"en!econ'ocada ( reunida #ara e6#resar la 'olun!ad social en asun!os de suco"#e!encia.A/+O0 P&OP1O0.- E6#resiones de la 'olun!ad hu"ana reali$ados direc!a"en!e

    o #or "edio de la re#resen!aci%n con el *n de crear, "odi*car o e6!inguir algnderecho o si!uaci%n jurídica A/)>)LA/1H DE A)+O0.- &euni%n de los au!os de'arios #rocesos con obje!o de resol'er en una sola sen!encia las #re!ensionesfor"uladas en los "is"os.A/&E>E+E.- Acuerdo concordancia con'enio en!endi"ien!oADE)DO.- Pasi'o, deuda. /an!idad que se ha de #agar deri'ada de cualquierobligaci%n con!raída. AD1/1H DE LA 3E&E/1A.- Ace#!aci%n de la calidad deheredero.

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    5/81

    AD 1+E0+A+O.- 0in +es!a"en!oADJUDICACIÓN.- Al ac!o #eri%dico "edian!e el cual se de!er"ina a cu5l ocu5les in!egran!es del gru#o, que se encuen!ren al corrien!e en el #ago de suscuo!as #eri%dicas !o!ales, corres#onde el derecho de recibir el bien o ser'iciocon!ra!ado, "edian!e la a#licaci%n de los #rocedi"ien!os #re'is!os en el

    con!ra!o de adhesi%n.

    ADJUDICACIÓN HEREDITARIA.- Dis!ribuci%n en!re los herederos del haberque les corres#onda, haci4ndolo cons!ar #or "edio de hijuelas o lo!esasignados indi'idual"en!e a cada uno de ellos. AD)D1/ADO&.-Persona queadjudica.ADJUDICATARIO.- Persona a la que se la adjudica alguna cosa o derecho.77/alidad que adquiere el consu"idor in!egran!e cuando 4s!e o su bene*ciarioob!iene el derecho de recibir el bien o ser'icio obje!o del con!ra!o de adhesi%n,confor"e a lo dis#ues!o en el #ro#io con!ra!o de adhesi%n.)ni%n de cosas "uebles #er!enencias a dis!in!os due=os, de "odo que for"enuna sola.AD L1B1+)>.- A 'olun!adAD>110+&A/1H DE LA 3E&E/1A.- /onjun!o de los ac!os enca"inados a laconser'aci%n del caudal heredi!ario. AD>110+&ADO.- Persona cu(os bienes ein!ereses se encuen!ran al cuidado de o!ra o de un %rgano des!inado al efec!o.AD>110+&ADO&.- Persona que !iene a su cargo la ad"inis!raci%n de un bien o#a!ri"onio cualquiera.ADOPCIÓN.- Ac!o jurídico que crea en!re ado#!an!e ( ado#!ado un 'ínculo de#aren!esco ci'il del que se deri'an relaciones an5logas a las que resul!an de la#a!ernidad ( *liaci%n legi!i"as. ADOP+ADO.- Persona que ha sido ado#!ada.

    ADOP+A+E.- Persona que ado#!a.ADOP+A&.- Lle'ar a efec!o una ado#ci%n.ADI)1&E+E.- La #ersona que adquiere.ADQUIRIR.- Acrecen!ar un #a!ri"onio, #or "edio de la incor#oraci%n legal al"is"o de bienes o derechos que has!a el "o"en!o de la incor#oraci%n#er!enecían a o!ro o carecían de due=o. 77 8Del la!. adquirJre9. 3acer #ro#io underecho o cosa que a nadie #er!enece, o se !rans"i!e a !í!ulo lucra!i'o uoneroso, o #or #rescri#ci%n.ADI)101/1H.- Es el acrecen!a"ien!o 'olun!ario o legal del #a!ri"onio de una#ersona física o jurídica.

    AD)L+O >AKO&.- Persona de M a=os ( "5s, cri!erio de aciones )nidas.AGE/1A A)+O&1NADA.- E"#resa co"ercial que se dedica a #res!ar (co"erciali$ar !odos los ser'icios rela!i'os a los 'ehículos de una ar"adora.AG&E>1A/1H.- 0indicaci%n reuni%n asociaci%n.AG&E>1A&.- &eunir concen!rar unir sindicarAG&E01H.- A!aque e"bes!ida aco"e!ida asal!oAG&)PA&.- &eunir jun!ar asociar congregarAG)1ALDO.- Pro#ina reco"#ensa gra!i*caci%n.

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    6/81

    A3OGADO.- 0ofocado as*6iado a#re!ado agobiadoA10LA>1E+O.- 0e#araci%n inco"unicaci%n e6clusi%n encierroA)A&.- >obiliario "enaje equi#o "ueblajeA)0+A&.- /on'enir #ac!ar acordar concer!ar suje!arseA)0+E.- /on'enio !ra!o acuerdo #ac!o

    A)0+1/1A&.- Ejecu!ar "a!ar re"a!ar liquidar.ALBA/EA.- Persona designada #or el !es!ador, los herederos, el jue$ o loslega!arios - segn los casos- #ara cu"#lir la ul!i"a 'olun!ad del causan!e,"edian!e la reali$aci%n de !odos los ac!os ( o#eraciones necesarios al efec!o.77Ejecu!or cu"#lidor cabe$alero ad"inis!rador !es!a"en!ario ALBA/EANGO.-Ac!i'idad que el albacea desarrolla en el ejercicio de su cargo, de acuerdo conlas nor"as #rees!ablecidas al efec!o #or el legislador.AL/ABALA.- 1"#ues!o !ribu!o censo carga gra'a"enALE2O0A.- +raici%n desleal!ad in*delidad felonía AL1ANA.- )ni%n coalici%n sociedad federaci%n #ac!oAL1>E+O.- >anu!enci%n 'es!ido sus!en!o sos!4nAL>A/.- De#%si!o fac!oría !aller na'eAL>OEDA.- 0ubas!a #ujaALI)1LA&.- Arrendar subarrendar ren!arAL+E&A/1H.- /a"bio 'ariaci%n "odi*caci%nAL+E&A&.- >odi*car ca"biar 'ariarALNADA.- &ecurso a#elaci%nALLAA>1E+O.- 1n'asi%n ins#ecci%n regis!ro.A>EANA.- Peligro a'iso ad'er!encia ul!i"5!u" a"agoA>10+A.- 1ndul!o gracia #erd%n absoluci%nA>OOA&.- Deli"i!ar deslindar de*nir li"i!ar

    A>OE0+A/1H.- Ad'er!encia a'iso e6hor!aci%n reco"endaci%n.A>O&+1NA/1H.- Pago liquidaci%n abono. 77 &educci%n gradual de una deuda"edian!e #agos #eri%dicos, es!5 co"#ues!a #or ca#i!al, in!ereses ordinarios (,en su caso, 12A sobre in!ereses. 0e lla"a !a"bi4n a"or!i$aci%n a cada uno delos #agos.A>O&+1NA&.- E6!inguir liquidar cubrir gas!osA>PA&O.- Defensa sal'aguardia #ro!ecci%nAALOGA.- Parecido si"ili!ud se"ejan$a a*nidadA1>)0.- 1n!enci%n, 'olun!ad.A1>)0 L)/&AD1.-

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    7/81

    A+1/O0+1+)/1OAL.- 1legí!i"o ilegal an!irregla"en!arioA)LABLE.- Ac!o jurídico afec!ado #or un 'icio o defec!o en 'ir!ud del cual#uede ser declarado nulo judicial"en!e.A)LA/1H.- Acci%n o efec!o de anular.77 Prescri#ci%n abolici%n rescisi%neli"inaci%n. A)LA&.- Declarar nulo un ac!o jurídico co"o con!ra!o,

    !es!a"en!o, e!c. 77 &e'ocar abolir in'alidar derogar abrogarAPELA/1H.- &ecurso recla"aci%n consul!a in!er#osici%n solici!aci%n APELL1DO.- 8De a#ellidar9. ". o"bre de fa"ilia con que se dis!inguen las#ersonas. APE&/1B1>1E+O.- E"#la$a"ien!o requeri"ien!o a'iso ad'er!encia.APE&/1B1&.- &equerir ci!ar e"#la$arAPE&+)&A, /O>101H PO&.- /an!idad de dinero que se cobra #or una sola 'e$#ara cubrir gas!os ad"inis!ra!i'os. Puede ser una can!idad *ja o un #orcen!ajesobre el "on!o del cr4di!o. APE&+)&A DEL +E0+A>E+O.- Diligencia judicial"edian!e la cual el jue$ #rocede a la a#er!ura de un !es!a"en!o cerrado uol%grafo.APODERADO.- Persona a fa'or de la cual o!ra ha o!orgado un #oder que lahabili!a #ara reali$ar en no"bre de 4s!a de!er"inados ac!os jurídicos, en los!4r"inos se=alados en dicho docu"en!o.77 &e#resen!an!e ad"inis!radorencargado abogado #rocuradorAPODE&A&.- facul!ar o!orgar "anda!oAPODE&A>1E+O.- O!orga"ien!o de un #oder a #ersona de!er"inada.APODE&A&.- O!orgar un #oder. APODO.- >o!e sobreno"bre aliasAPHG&AO.- /o#ia de un escri!o original.APO&+A/1H.- +ribu!o cuo!a #ar!ici#aci%n con!ribuci%nAP&E3EDE&.-. A#render coger a#resar a!ra#ar encarcelar

    A&A/EL.- +asa i"#ues!o !arifaA&B1+&AE.- Laudo sen!encia 'eredic!o juicioA&&EDADO&.- /asero ren!eroARRENDAMIENTO.- Alquiler ren!a arriendo inquilina!o. 77 /on!ra!o "edian!e elcual el #ro#ie!ario de un au!o"%'il o del derecho de ese 'ehículo cede su uso (disfru!e a o!ra #ersona a ca"bio de una ren!a o alquiler.ARRENDAMIENTO FINANCIERO.-  /on!ra!o "edian!e el cual una e"#resa8arrendadora9 ob!iene de!er"inados bienes 8en es!e caso los au!o"%'iles9 ( los#one a dis#osici%n del arrenda!ario quien debe cubrir una cuo!a #eri%dica. Laarrendadora ofrece la o#ci%n de co"#ra cuando se 'ence el con!ra!o, #or una

    can!idad "enor, lla"ada residual ( que se re*ere a la diferencia en!re lo queha #agado a esa fecha ( el 'alor original del 'ehículo.A&&EDA&.- Alquilar !ras#asar ren!arA&&EDA+A&1O.- Loca!ario inquilinoMORTIS.- 0e dice de aquellos ac!os reali$ados #or #ersonas que se encuen!ranen #eligro de "uer!e.ASAMBLEAS.- El "anejo de las sociedades an%ni"as se enco"ienda a sus%rganos asa"bleas de accionis!as, (a sean en cualquiera de sus "odalidades

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    8/81

    . Las asa"bleas generales de accionis!as, son los %rganos de soberanía de lassociedades 8%rganos su#re"os9, con una funci%n in!erna que se enca"ina, (asea a la cons!i!uci%n de ella ( de sus %rganos ad"inis!ra!i'os ore#resen!a!i'os, (a sea a su organi$aci%n ( bases de funciona"ien!os. Lasasa"bleas se clasi*can en a9 Asa"bleas generales cons!i!u!i'as son las que

    !ienen #or obje!o #ro"o'er a la cons!i!uci%n de la sociedad. b9 Asa"bleasgenerales ordinarias son aquellas que, con una #eriodicidad de!er"inada dean!e"ano en la escri!ura social o en los es!a!u!os, se ocu#an de la resoluci%nde los asun!os #re'is!os en dicha escri!ura ( es!a!u!os. c9 Asa"bleas generalese6!raordinarias son las que se ocu#an de resol'er cues!iones no#rees!ablecidas en la escri!ura social o en los es!a!u!os, que se se=alane6#resa"en!e en el ar!ículo ; de la Le( general de 0ociedades >ercan!iles (#ueden celebrarse en cualquier !ie"#o. El ar!ículo QR de dicha le( reconoceo!ra ca!egoría "5s de asa"bleas de accionis!a, las es#eciales, #ara el caso deque en la sociedad e6is!an di'ersas ca!egorías de accionis!as. Es!as asa"bleases#eciales no son %rganos de la sociedad, son jun!as de accionis!as de un !i#ode!er"inado. +iene #or obje!o el ace#!ar #re'ia"en!e !oda #ro#osici%n que#ueda #erjudicar los derechos de una ca!egoría de ellos. 0us decisiones se!o"ar5n #or el 'o!o de las acciones que re#resen!an la "i!ad del ca#i!alrela!i'o a su ca!egoría ( deber5n celebrarse con qu%ru" de accionis!as quere#resen!e, cuando "enos, !res cuar!as #ar!es el ca#i!al !o!al de la ca!egoría.77

     un!a reuni%n congresoA0E01A+O.- /ri"en ho"icidioA0E01O.- /ri"inal ho"icidaA0E0O&.- /onsejero consul!orA0E0O&A&.- Aconsejar reco"endar sugerir #ro#oner consul!ar

    A01E+O0 &EG10+&ALE0.- 0e #rac!ican asien!os regís!rales, cuando se !o"an ose !ranscriben los da!os de algn ac!o #or escri!o #resen!ado an!e el regis!ro#blico #ara su !r5"i!e.A0O/1A/1H.- 0ociedad agru#aci%n uni%n co"unidad. 77 /on!ra!o en 'ir!ud delcual 'arios indi'iduos con'ienen en reunirse de "anera #er"anen!e #arareali$ar un *n co"n que no es!4 #rohibido #or la le( ( que no !enga car5c!er#re#onderan!e"en!e econ%"ico. La #alabra asociaci%n !iene un doblesigni*cado el la!o ( el res!ringido. El signi*cado la!o co"#rende !odaagru#aci%n de #ersonas físicas, reali$ada con un cier!o #ro#%si!o de#er"anencia #ara el cu"#li"ien!o de una *nalidad cualquiera, de un in!er4s

    co"n #ara los asociados, sie"#re que sea líci!o. El signi*cado res!ringido dela #alabra asociaci%n se en!iende, a su 'e$, de dos "aneras, co"o asociaci%nde in!er4s #blico ( co"o asociaci%n de in!er4s #ri'ado. Acci%n de for"ar unaco"#a=ía lle'ando a cabo las for"alidades legales necesarias.

    A0O/1ADO.- )nido 'inculado agru#ado a*liadoA0O/1A/1H /121L.- /on!ra!o en 'ir!ud del cual 'arios indi'iduos con'ienen enreunirse de "anera que no sea en!era"en!e !ransi!oria, #ara reali$ar un *n

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    9/81

    co"n que no es!4 #rohibido #or la le( ( que no !enga car5c!er#re#onderan!e"en!e econ%"ico.A+E0+A&.- A!es!iguar !es!i"oniar !es!i*carA+E0+1G)A&.- +es!i*car !es!i"oniar de"os!rar legi!i"arA+&1B)+O0 DE LA PE&0OAL1DAD.- +ienen #or obje!o la indi'iduali$aci%n del

    suje!o de Derecho. 0on los siguien!es no"bre o deno"inaci%n social,do"icilio, es!ado ci'il, nacionalidad ( #a!ri"onio.A)D1E/1A.- +ribunal ju$gado rece#ci%n en!re'is!aA)+E+1/1DAD.- Legi!i"idad au!en!icaci%n au!ori$aci%nA)++1/O.- Au!ori$ado *dedigno legali$adoA)+O&1DAD.- 0egn Arra$ola “la au!oridad cons!i!u(e !odo el orden social ("oralC #orque sin ella no e6is!iera la sociedad ni el orden, #ues ni es!e niaquella se conciben sin un #oder legí!i"o, que ordene, con fuer$a coerci!i'a,con!ra la desobediencia”. 77 . 2ariedad /once#!ual La #o!es!ad, #oder ofacul!ad que uno !iene que hacer alguna cosa. Los #oderes cons!i!uídos deles!ado, regi%n, #ro'incia o "unici#io La #ersona re'es!ida de facul!ad, "ando,o "agis!ra!ura. El car5c!er que re'is!e alguien #or su e"#leo o re#resen!aci%n.77 /r4di!o concedido a un agen!e en una "a!eria, #or sus conoci"ien!os,calidad o fa"a. A!ribuci%n que una #ersona !iene sobre la que le es!5subordinada. 77 ;. Pun!uali$aci%n uris#rudencial La juris#rudencia declarae6#resa"en!e que son au!oridades los "inis!ros, gobernadores, alcaldes,

     jueces de ins!rucci%n ( "unici#ales, direc!ores, de #risiones ( concejales.AUTO.-&esoluci%n judicial dic!ada en el curso del #roceso ( que no siendo"ero !r5"i!e, ni de es!ar des!inada a resol'er sobre el fondo, sir'e #ara#re#arar la decisi%n #udiendo no recaer sobre la #ersonalidad de alguna de las#ar!es, la co"#e!encia del jue$ o la #rocedencia o no de la ad"isi%n de

    #ruebas 77 &esoluci%n judicial dic!ada en el curso del #roceso ( que, no siendode "ero !ra"i!e, ni es!ar des!inada a resol'er sobre el fondo, sir'e #ara#re#arar la decisi%n, #udiendo recaer sobre la #ersonalidad de alguna de#ar!es, la co"#e!encia del jue$ o la #rocedencia o no de la ad"isi%n de#ruebas.A)+O0.- /onjun!o de las cons!ancias escri!as rela!i'as a un #roceso judicial.

    A)+O0 )E2O0.- 2ehículos de fabricaci%n recien!e. 0in usar, de l!i"o "odelo.A)+O0 0E>1)E2O0.- 2ehículos usados o sin usar de un "odelo recien!e.A)+O&1NA&.- Legali$ar legi!i"ar a'alar

    A)+O&1NA/1H.-Es la acci%n ( efec!o de au!ori$ar o sea de dar a uno au!oridado facul!ad #ara hacer alguna cosa 8idea que es!a con!enida en el "anda!o9C (!a"bi4n a#robar o abonar 8idea que es!a con!enida en la con*r"aci%n ocon'alidaci%n9. 77 Acci%n ( efec!o de au!ori$ar. O!orga"ien!o de la facul!ad de#oder reali$ar una cosa. A#robaci%n de algo. Per"iso o!orgado #or unaau!oridad cali*cada a una #ersona jurídica de derecho #blico #ara que cu"#laun ac!o que e6cede su co"#e!encia. En!rega de alguien de una facul!ad #araefec!uar un de!er"inado ac!o. Per"iso que brinda un jue$ #ara que una

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    10/81

    #ersona #ara que una #ersona #ueda lle'ar a cabo un ac!o jurídico. 3a(diferen!es !i#os de au!ori$aciones co"o judicial, "ari!al, #ara cu"#lir un ac!o

     jurídico, #ara girar en descubier!o, #a!erna, e!c. 77 acul!ad que da"os a unsuje!o #ara que, en nues!ro no"bre, haga alguna cosa. 1ns!ru"en!o en que secon*ere #oder a cualquiera, #ara un ac!o. /on*r"aci%n o co"#robaci%n de

    alguna #ro#osici%n o doc!rina, con au!oridad, sen!encia o !e6!o de le( de au!or.A#robaci%n o cali*caci%n de alguna cosa. /onsen!i"ien!o e6#reso o !5ci!o, quese o!orga a cualquier #ersona #endien!e de o!ra, o que se halla eni"#osibilidad #ara ges!ionar en no"bre #ro#io o ajeno, con el obje!o de querealice lo #rohibido o lo i"#osible sin !al requisi!o. Ac!o de dar fe o cer!i*car enun ins!ru"en!o #blico, en au!os o e6#edien!es, los no!arios, escribanos,secre!arios, ( o!ros funcionarios #blicos, los hechos que an!e ellos #asan.AUTORIZACIÓN JURÍDICA.- Es la 'en!a o licencia que los jueces concedencuando se requiere habili!ar a las #ersonas o re#resen!an!es legales de losinca#aces en ra$on de haberse es!ablecido res!ricciones a sus #oderes cu(oejercicio #leno se condiciona a !al requisi!oC o que resul!a i"#ues!a la debidaau!ori$aci%n cuando #or la índole de la re#resen!aci%n, en conSic!o con sure#resen!ado la decisi%n judicial lo es en el sen!ido de la celebraci%n al que elre#resen!an!e se o#one.A2AL.- Garan!ía !o!al o #arcial del #ago de un !í!ulo de cr4di!o.77 Garan!ía 77/o"#ro"iso de una #ersona de res#onder #or la obligaci%n de o!ra en caso deque 4s!a no cu"#la. En un sen!ido "5s general, es el ac!o #or el que una#ersona se res#onsabili$a de la conduc!a, las deudas o el cu"#li"ien!o de unaobligaci%n de o!ra #ersona.A2ALADO.- Persona a quien se a'ala.A2ALA&.- &es#onder #or a'al.

    A2AL10+A.- Persona que o!orga el a'[email protected] Es!i"aci%n o dic!a"en #ericial que se hace del 'alor o #recio de unacosa. 77us!o#recio A2AL@O /A+A0+&AL.- La 'aluaci%n o*cial de un in"ueble#ara *nes de con!ribuciones #rediales. A2E1DO.- /onfor"e AK)+A>1E+O.-/onsejo "unici#io cabildo

    “B”BENEFICIARIO.-Persona en cu(o fa'or se ha cons!i!uido un seguro, #ensi%n,ren!a u o!ro bene*cio. 77 Iuien go$a de un !erri!orio, #redio o usufruc!o recibido#or gracia de o!ro su#erior, al cual reconoce. Persona a quien bene*cia o

    fa'orece con!ra!o de seguro, es#ecial"en!e de los lla"ados de 'ida.BEE1/1O0 )!ilidades o #ro'echos que se ofrecen al clien!e.

    BIEN.-  En sen!ido jurídico, signi*ca !odo aquello de car5c!er "a!erial oin"a!erial susce#!ible de a#ro#iaci%n ( que #or ende for"a el ac!i'o del#a!ri"onio.

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    11/81

    BIEN DE FAMILIA.- +a"bi4n se le conoce co"o #a!ri"onio de fa"ilia. Es unains!i!uci%n de in!er4s #blico ( social, que !iene #or obje!o afec!ar o !ransferirla #ro#iedad, cons!i!uido es!e los bienes son inalienables, i"#rescri#!ibles eine"bargables.B1E DE LA 0O/1EDAD /OK)GAL.- La sociedad con(ugal, an con la le( ci'il no

    le reconoce #ersonalidad jurídica, #osee un #a!ri"onio que se halla in!egrado#or los bienes que los fu!uros es#osos lle'an al "a!ri"onio ( #or los bienesque es!os adquieren duran!e la 'ida "ari!al #or un !í!ulo que no sea herencialegado o donaci%n.BIENES AB INTESTATO.- 0on los bienes que deja una #ersona al "orir sindis#oner de ellos #or "edio de !es!a"en!o '5lido.B1EE0 3E&ED1+A&1O0.- Bienes adquiridos #or herencia. 77 Los que deja una#ersona al "orir ( #asan a ser #ro#iedad de sus herederos, sean 4s!os!es!a"en!arios o legí!i"os.B1EE0 31PO+E/A&1O0.- Aquellos legal"en!e susce#!ibles de cons!i!uir unagaran!ía hi#o!ecaria.

    B1EE0 1D1210O0.- Bienes que, #er!eneciendo a 'arias #ersonas, cons!i!u(enla "a!eria de una indi'isi%n.B1E 1>)EBLE.- Es aquel que no #uede ser !rasladado de un lugar a o!ro.BIENES INMUEBLES.-  0e !ienen co"o !ales aquellos que no se #ueden!rasladar de un lugar a o!ro sin al!erar, en algn "odo, su for"a o sus!ancia,si4ndolo, unos, #or su na!urale$a, o!ros, #or dis#osici%n legal e6#resa ena!enci%n a su des!ino.BIEN MUEBLE.- Aquel que sí "is"o o #or fuer$a e6!erna se #uede des#la$arde un lado a o!ro, con e6ce#ci%n de los que sean accesorios de los in"uebles.

    BIENES MUEBLES.-  Los bienes son "uebles #or su na!urale$a o #ordis#osici%n de la le(. 77 0on "uebles #or su na!urale$a, los cuer#os que #ueden!rasladarse de un lugar a o!ro, (a se "ue'an #or si "is"os, (a #or efec!o deuna fuer$a. 77 0on bienes "uebles #or dis#osici%n de la le(, las obligaciones (los derechos o acciones que !ienen #or obje!o cosas "uebles o can!idadese6igibles en 'ir!ud de acci%n #ersonal.

    B1EE0 DEL DO>11O P@BL1/O.- Aquellos que cu"#lan con los requisi!os quees!ablecen las le(es federales, es!a!ales ( "unici#ales a#licables en la"a!eria.

    B1EE0 DEL DO>11O P&12ADO.- Aquellos que cu"#lan con los requisi!os quees!ablecen las le(esBILATERAL.- Iue se locali$a en a"bos lados del cuer#o. A#licado al c5ncersigni*ca que afec!a a los dos lados de un %rgano #ar 8#or eje"#lo, c5ncerbila!eral de "a"a, de #ul"%n, e!c.9. El !4r"ino bila!eral 'iene a referirse a queocurre o a#arece en a"bos lados.

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    12/81

    B1O+1/A.- &a"a de la 4!ica a#licada que es!udia las i"#licaciones de 'alor de#r5c!icas ( desarrollos en las ciencias de la 'ida, "edicina ( a!enci%n en salud.Es!udio sis!e"5!ico de la conduc!a hu"ana, en el 5rea de las ciencias de la'ida ( del cuidado de la salud, en cuan!o que dicha conduc!a es e6a"inada ala lu$ de 'alores ( de los #rinci#ios "orales.

    BO11/A/1H Porci%n del cargo *nanciado o cr4di!o que se ree"bolsa alclien!e cuando se #re#aga el !o!al del adeudo.

    BUENA FE.- Dis#osici%n de 5ni"o que lle'a a #roceder leal ( sincera"en!e enlas relaciones con el #r%ji"o.B)&H DE /&D1+O o"bre con el que se conoce a las sociedades deinfor"aci%n credi!icia que renen bases de da!os de los his!oriales credi!iciosde #ersonas físicas ( "orales.

    “/”

    CAPACIDAD.- /onsis!e en la a#!i!ud legal #ara ser suje!o de derechos (obligaciones, o en la facul!ad "5s o "enos a"#lia de reali$ar ac!os '5lidos (e*caces en derecho. E6is!en F !i#os de ca#acidad /a#acidad adquisi!i'a/a#acidad con!ribu!i'a /a#acidad de co"#ra de la sociedad /a#acidad deco"#ra del consu"idor /a#acidad de derecho /a#acidad de *nanciaci%n/a#acidad de hecho /a#acidad de obrar /a#acidad de #ago /a#acidad de!rabajo /a#acidad econ%"ica /a#acidad jurídica /a#acidad jurídica es#ecial/a#acidad jurídica general /a#acidad legal /a#acidad #ara delinquir/a#acidad #ara heredar E6is!en ; es#ecies de ca#acidad la jurídica ( la de

    ac!uar. 0e lla"a ca#acidad jurídica a la a#!i!ud que !iene el indi'iduo #ara sersuje!o de derechos. Es!a es#ecie de ca#acidad corres#onde a !odo ho"bre, #orel hecho de serlo, sin !o"ar en cuen!a su se6o, edad o nacionalidad. Laca#acidad de ac!uar es la a#!i!ud del indi'iduo #ara reali$ar ac!os jurídicos,ejercer derechos ( con!raer obligaciones. o !odas las #ersonas la #oseen, 4s!asu#one #leno consen!i"ien!o ( liber!ad #ara ac!uar. E6is!en circuns!ancias queli"i!an o des!ru(en la ca#acidad de ac!uar, co"o la "inoría de edad, la locura,la condena #enal, e!c. 77 A#!i!ud #ara adquirir un derecho, o #ara ejercerlo (disfru!arlo. CAPACIDAD JURÍDICA.- +odas las #ersonas al nacer adquiri"os la ca#acidad

     jurídica. 0e !ra!a de la a#!i!ud #ara ser suje!o de obligaciones ( derechos. 77A#!i!ud o idoneidad #ara ser !i!ular de derechos ( obligaciones./AP1+AL.- o"bre que se da al "on!o del cr4di!o a #ar!ir del cual se calculanlos in!ereses. +a"bi4n se conoce co"o #rinci#al.

    /AP1+AL 0O/1AL.- Par!e del ca#i!al con!able que han a#or!ado los accionis!asde una sociedad. CARTA PODER.- Docu"en!o #ri'ado, redac!ado en for"a decar!a, suscri!o #or el o!organ!e ( dos !es!igos, "edian!e el cual se a#odera a

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    13/81

    de!er"inada #ersona #ara la reali$aci%n de ac!os jurídicos de escasa cuan!ía,sin que se e6ija #ara que sur!a efec!o la ra!i*caci%n de las *r"as que *guran alcalce del "is"o/A0+1DAD.- La 'ir!ud "oral que, bajo la 'ir!ud cardinal de la abs!inencia, 'e#or la e6i!osa in!egraci%n de la se6ualidad den!ro de la #ersona, que lle'a a la

    unidad in!erior de lo cor#%reo ( lo es#iri!ual. La cas!idad es considerada co"ouno de los fru!os del Es#íri!u 0an!o. La 'ir!ud ( el 'o!o #or el cual elreligioso7religiosa dirige su se6ualidad en una for"a no genera!i'a ( noe6clusi'a co"o e6#resi%n de fe ( de co"#ro"iso !o!al a /ris!o./A)0A3AB1E+E.- 0ucesor jurídico de una #ersona o sea quien ha adquiridouna #ro#iedad o un derecho de o!ra #ersona que a su 'e$ se lla"a causan!e./LPE+E/1A. En el Derecho >ercan!il suele es!i#ularse al enajenar unes!ableci"ien!o co"ercial o indus!rial. DE 2ALO& &E/1B1DO La #ues!a #or ellibrador en una le!ra de ca"bio, #ara declarar que ha recibido el i"#or!e de la"is"a en efec!i'o, en "ercaderías u o!ros 'alores. DE&OGA+O&1A. La quere'oca, anula ( deja sin efec!o un ac!o o dis#osici%n an!erior. E0E/1AL.Ele"en!o o declaraci%n indis#ensable #ara la e6is!encia legal de un ac!o ocon!ra!o. .O.B. E6#resi%n inglesa habi!ual en el co"ercio "arí!i"oin!ernacional ( cu(o signi*cado, de acuerdo con las iniciales de free on

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    14/81

    board, es franco a bordo a cos!a del 'endedor. LEO1A. La que asegura auna sola de las #ar!es 'en!ajas con!rarias a la equidad. La que a!ribu(e s%lobene*cios o libera de !odos los riesgos. Aquella que #ri'a de u!ilidades u obligaa sufrir !odos los gas!os o #4rdidas. O&O. La consignada #or las #ar!es #arae6#resar que el deudor se obliga a #agar el i"#or!e de su deuda en "oneda de

    oro. PEAL. La #ues!a a 'eces #or las #ar!es en sus con!ra!os, es!ableciendouna sanci%n #ara aquella que no cu"#la lo es!i#ulado. P&O31B1+12A. La que'eda o i"#ide hacer alguna cosa. &EB)0 01/ 0+A+1B)0. /on'enci%n delDerecho &o"ano que se en!endía incluída !5c!ica"en!e en !odos los negocios

     jurídicos. En 'ir!ud de la "is"a, las obligaciones no hubieran e6#eri"en!adofunda"en!al "odi*caci%n. &E0OL)+O&1A. La con'enci%n accesoria de que uncon!ra!o quedar5 deshecho en el caso de no cu"#lir alguna de las #ar!es loobliga!orio #ara ella. +a"bi4n, aquella en la cual se es!ablece una condici%nque, una 'e$ cu"#lida, e6!ingue la obligaci%n. /Loral o alorden #blico ni a lo sus!ancial o de la con'enci%n o del ac!o. Aunque no see6#resen en uno u o!ro. A "5s de las cl5usulas que #or necesidad,con'eniencia, cau!ela o as!ucia idean los que con!ra!an o reali$an di'ersosnegocios jurídicos #ar!iculares, e6is!en o!ras "uchas, gen4ricas, en el!ecnicis"o o es#ecí*cas de una u o!ra ra"a jurídica, que se concier!an conrela!i'a habi!ualidad ( a las que se dedican las 'oces in"edia!as. 0e #uededecir, que en los con!ra!os es!a es la #ar!e funda"en!al, (a que aquí se *ja elobje!o del "is"o, sus *nalidades, así co"o los derechos ( obligacionescon!raídos #or las #ar!es. De#endiendo del !i#o de con!ra!o 8no"inado o

    inno"inado9, se #recisar5n !odas las cl5usulas que *jen su alcance ( en!4r"inos generales se referir5n a Obje!o de la o#eraci%n con!rac!ual 2alorecon%"ico 8#recio, honorarios, ren!a, e!c.9 Duraci%n del con!ra!o 8de!er"inadao inde!er"inada9 Derechos ( obligaciones de los con!ra!an!es Garan!ías, encaso de ser necesarias /ausas de rescisi%n del ins!ru"en!o #ac!ado &a$onesde conclusi%n an!ici#ada del con!ra!o Le(es a#licables ( jurisdicci%n #ara elcaso de con!ro'ersia O!ras que incor#oren las #ar!es ( que 'a(an de acuerdocon la na!urale$a del negocio jurídico de que se !ra!e./L

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    15/81

    #or los !es!igos, in!er'enci%n de 4s!os, e!c. /LP&O>10O&1A.- Laes!ablecida #or las #ar!es #ara obligarse a so"e!er a 5rbi!ros las di'ergenciasoriginadas con ocasi%n del cu"#li"ien!o de un con!ra!o, de la in!er#re!aci%nde un !es!a"en!o o de cualquier o!ro asun!o jurídico que a ellas solas a!a=a./L1E+E.- Iuien habi!ual"en!e sos!iene con una e"#resa co"ercial relaciones

    de de"anda.CERTIFICACIÓN.- Ac!o jurídico #or "edio del cual un funcionario #blico, en elejercicio de su cargo, da fe de la e6is!encia de un hecho, ac!o o calidad#ersonal de alguien, que le cons!a de "anera indubi!able, #or ra$%n de suo*cio. 77 Docu"en!o #blico, au!ori$ado #or #ersona co"#e!en!e, des!inado ahacer cons!ar la e6is!encia de un hecho, ac!o o calidad, #ara que sur!an losefec!os jurídicos en cada caso corres#ondien!e./E&+11/A&.- E6!ender una cer!i*caci%n./E01H.- Ac!o jurídico, 'olun!ario ( libre, des!inado al !ras#aso de bienes oderechos de un !i!ular a o!ro. 77 Ac!o jurídico o ad"inis!ra!i'o #or el cual el!í!ulo de bienes o derechos, !ras#asa 4s!os a o!ra #ersona en for"a libre ('olun!aria./E01OA&1O.-Persona a la que se hace cesi%n de algn derecho./1/LO 21+AL.- /urso del desarrollo del indi'iduo a !ra'4s de e!a#as, edades,es!adios, #eríodos o fases, dis!inguiendo #or eje"#lo la ni=e$, adolescencia,edad adul!a ( la 'eje$. /ada e!a#a i"#lica ca"bio ( !ransfor"aciones querequieren de ace#!aci%n ( ada#!aci%n #ara a'an$ar en el desarrollo./OA/&ED1+ADO.- Persona física o "oral que es suje!o de la deuda adquirida#or el *nancia"ien!o, jun!o con el acredi!ado./OBE&+)&A.- Lo que se co"#ro"e!e la co"#a=ía de seguros a cubrir #or algnsinies!ro ocurrido "edian!e el #ago de una #ri"a.

    CÓDIGO CIVIL.- /o"#ilaci%n de nor"as que con!iene es!a!uido el r4gi"en jurídico a#licable a #ersonas, bienes, "odos de adquirir la #ro#iedad,obligaciones ( con!ra!os.

    /O3E&EDA&.- 3eredar jun!a"en!e con o!ro u o!ros./O3E&EDE&O.- Persona que en uni%n de o!ra u o!ras ace#!a una herencia.COMODATO: Es el con!ra!o ci'il #or el que uno de los con!ra!an!es lla"adosco"odan!e, se obliga a #res!ar gra!ui!a"en!e el uso de una cosa no fungible,#ero no los fru!os de ellaC ( el o!ro, lla"ado co"oda!ario, se obliga a res!i!uirlaín!egra"en!e a su 'enci"ien!o.

    /O>PA&E/E/1A.- Presen!aci%n de una #ersona an!e la au!oridad judicial oad"inis!ra!i'a, #re'io lla"a"ien!o legi!i"o o #or inicia!i'a #ro#ia.COMPRAVENTA.-  /on!ra!o #or 'ir!ud del cual uno de los con!ra!an!es seobliga a !ransferir la #ro#iedad de una cosa o derecho ( el o!ro, a su 'e$, seobliga a #agar #or ellos un #recio cier!o en dinero./O>P&A2E+A /O E+&EGA0 PA&/1ALE0.- >odalidad de co"#ra'en!a en lacual, se #ac!a un #recio de!er"inado sobre un acer'o, el cual ser5 en!regadoen #ar!es, !oda 'e$ que se !ra!a de cosas que se #ueden con!ar, #esar o "edir.

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    16/81

    /O/EP/1H.- 0e da cuando un %'ulo fecundado #or un es#er"a!o$oide sei"#lan!a en el endo"e!rio. Es!o sucede a#ro6i"ada"en!e en!re los cinco (sie!e días des#u4s de la fecundaci%n. /OD1/1H.- Acon!eci"ien!o incier!o eignorado que inSu(e en la #erfecci%n o resoluci%n de cier!os ac!os jurídicos ode sus consecuencias.

    /OD1/1H &E0OL)+O&1A.- La que "o!i'a la ine*cacia 8resoluci%n9 delcon!ra!o./OD1/1H 0)0PE012A.- Aquella que sus#ende el cu"#li"ien!o de laobligaci%n o la efec!i'idad #osible de un derecho, has!a que se 'eri*que, o no,un acon!eci"ien!o fu!uro o incier!o.

    /OD1/1OA&.- 3acer de#ender un efec!o jurídico de un acon!eci"ien!o fu!uroe incier!o. /OD1/1OE0 GEE&ALE0.- Docu"en!o que es!ablece lascondiciones legales #ara la o#eraci%n del seguro.CONDOMINIO.- Par!ici#aci%n de 'arios suje!os en la #ro#iedad de una cosaindi'isa. 77 Par!ici#an!e de la #ro#iedad de una cosa en condo"inio./ODOA/1H.- Liberaci%n de una deuda, hecha a !í!ulo gra!ui!o, #or elacreedor a fa'or del deudor./ODOA+E.- Iue condona./OD)EUO.- Persona que !iene una cosa en #ro#iedad, en uni%n de o!ra uo!ras./OE&1&.- O!orgar e"#leo, cargo o derecho.CONSANGUINIDAD.-Paren!esco en!re indi'iduos que descienden dean!e#asados co"unes. 77 +4r"ino relacionado con el derecho de sucesi%nCindica uni%n o #ro6i"idad de las #ersonas que !ienen un ascendien!e co"n,es decir las e"#aren!adas #or la co"unidad de sangre, segn la direc!a

    e!i"ología del 'ocablo. /O0EO DE AD>110+&A/1H.- Es #ara las e"#resas,lo hacen los direc!ores los a#oderados ( son es#ecí*ca"en!e #ara la e"#resa( son aca!ados. Es co"o la "isi%n de 4s!a ( ser5n a#licados #or el consejo dela e"#resa ( las de los direc!ores de la e"#resa. 0on juicios del deber (res#onsabilidad. CONTRATO.- es el acuerdo de dos o "as #ar!es #ara crear,regular, "odi*car o e6!inguir una relaci%n jurídica #a!ri"onial. 77 8Del la!íncon!rac!us, deri'ado a su 'e$ del 'erbo con!rahere, reunir, lograr, concer!ar9.Es un ac!o jurídico bila!eral que se cons!i!u(e #or el acuerdo de 'olun!ades dedos o "5s #ersonas ( que #roduce cier!as consecuencias jurídicas 8creaci%n o!rans"isi%n de derechos ( obligaciones9 debido al reconoci"ien!o de una

    nor"a de derecho. 0in e"bargo !iene una doble na!urale$a #ues !a"bi4n#resen!a el car5c!er de una nor"a jurídica indi'iduali$ada. En &o"a surge elcon!ra!o, #ero original"en!e no es una fuen!e gen4rica de obligaciones, (a ques%lo algunas *guras !í#icas del acuerdo de 'olun!ades #roducían acci%n ( erasancionado su incu"#li"ien!o. /O+&A+O AD P&OBA+1OE>.- Es un con!ra!oli!eral o ad #roba!ione", o sea que su e6is!encia #uede ser de"os!rada #oro!ros "edios. o se i"#one ninguna en es#ecial, en caso del 0u"inis!ro

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    17/81

    /O+&A+O AD 0OLE>1+A+E>.- En el 0u"inis!ro a !í!ulo de liberalidad ogra!ui!o se requiere que el con!ra!o sea reali$ado #or escri!o, bajo sanci%n denulidad. /O+&A+O ALEA+O&1O.-/uando el #recio o la can!idad a su"inis!rar#resen!en 'ariaciones que de#enden de circuns!ancias #os!eriores a la ;M2ic!or >anuel Alfaro i"4ne$

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    18/81

    GLO0A&1O DE +E&>1O0 DE DE&E/3O /121L celebraci%n del con!ra!o 8con#recios o can!idades #or su"inis!rar9, ( que bene*cian a una #ar!e (,recí#roca"en!e, #erjudican a o!ra, debido a la 'ariaci%n en el #recio del biensu"inis!rado. /O+&A+O A+P1/O.- o se encuen!ra regulado #or la le(,encon!r5ndose sus escasas referencias nor"a!i'as dis#ersas en dis!in!as le(es.

    &e*ere Arce Gargollo se !ra!a de un “negocio de derecho #ri'ado

    /O+&A+O B1LA+E&AL.- Es aquel en 'ir!ud del cual las #ar!es se obliganrecí#roca"en!e. /O+&A+O /O>PLEO.- Es co"#lejo debido a la #luralidad de#res!aciones. En efec!o, su#one di'ersos ac!os, cada uno de los cuales es #or sí "is"o su*cien!e #ara sa!isfacer una necesidad ( !odos ellos reunidos logran lareali$aci%n de o!ra necesidad dis!in!a ( su#erior, lo que hace que !odos losac!os queden refundidos en uno solo. En resu"en, es un con!ra!o co"#lejodebido a que de 4l surge una #luralidad de #res!aciones au!%no"as #erocone6as en!re sí. /O+&A+O /O>)+A+12O.- Es con"u!a!i'o, dado que alcelebrarse #ueden #re'erse las 'en!ajas ( riesgos e6is!en!es #ara cada una delas #ar!es. Así co"o, que las #res!aciones son cier!as ( de!er"inadas ( secorres#onden #resu#oniendo un equilibrio en!re ellas. /O+&A+O/O0E0)AL.- Porque bas!a el consen!i"ien!o de las #ar!es ( !iene liber!ad defor"a. Es consensual en 'is!a que se #erfecciona #or el consen!i"ien!o co"nde las #ar!es, #ri"ando la au!ono"ía de la 'olun!ad ( las #ar!es go$an deliber!ad de for"a incluso 'erbal. /O+&A+O DE AD3E01H.- 0on los con!ra!osen los cuales, de an!e"ano (a es!5n es!ablecidas las cl5usulas esencialesC sinque la con!ra#ar!e !enga la o#or!unidad de discu!ir su con!enido. Los #reciosuni!arios ( de"5s condiciones del con!ra!o, son es!ablecidos unila!eral"en!e#or la e"#resa su"inis!ran!e. /O+&A+O DE /O>P&A2E+A.-Es aquel #or el

    cual, uno de los con!ra!an!es se obliga a !ransferir la #ro#iedad de una cosa ode un derecho, ( el o!ro a su 'e$ se obliga a #agar #or ellos un #recio cier!o (en dinero. /O+&A+O DE /A>B1O.- Es un con!ra!o des!inado a laco"erciali$aci%n "asi'a de bienes ( ser'icios, "edian!e cuo!as #er"anen!es o#eri%dicas /O+&A+O DE /&D1+O.- Es el docu"en!o en el que el acredi!an!ese co"#ro"e!e a #res!ar una can!idad de dinero 8ca#i!al9 al acredi!ado (donde cons!an las condiciones en que 4s!e recibir5 ( #agar5 dicha can!idad,así co"o los in!ereses, gas!os ( co"isiones que se es!i#ulen. /O+&A+O DED10+&1B)/1H.- Es aquel #or el que el dis!ribuidor 8concesionario9 se obliga aadquirir, co"erciali$ar ( re'ender a no"bre ( #or cuen!a #ro#ia, los #roduc!os

    del fabrican!e, #roduc!or o #rinci#al 8conceden!e9 en los !4r"inos ( condicionesde re'en!a que 4s!e se=ale. /O+&A+O DE D)&A/1H.- En los /on!ra!os deDuraci%n el in!er4s de los con!ra!an!es reside en que la #res!aci%n se#rolongue a lo largo del !ie"#o, #recisa"en!e #orque es!a #res!aci%n res#ondea una necesidad es!able. La causa en los con!ra!os de duraci%n no consis!e enasegurar a las #ar!es una #res!aci%n nica, aunque reali$ada en di'ersos"o"en!os, sino en asegurar #or cier!o !ie"#o 'arias #res!aciones o una#res!aci%n con!inua /O+&A+O0 DE EE/)/1H 10+A+

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    19/81

    en!re los /on!ra!os de Ejecuci%n 1ns!an!5nea ( los /on!ra!os de Duraci%nradica en la funci%n que cu"#le el !ie"#o en las relaciones jurídicas. En los/on!ra!os de Ejecuci%n 1ns!an!5nea, el in!er4s del con!ra!an!e es!5 en que la#res!aci%n se realice en un "o"en!o de!er"inado ( cuando es!o ocurre elin!er4s queda sa!isfecho. /O+&A+O DE )+)&O /on!ra!o en el que se

    es!ablece un co"#ro"iso de co"#ra o 'en!a de una cier!a can!idad de"ercancía, di'isa o !í!ulo 'alor a un #recio de!er"inado en un "o"en!o fu!uro.En es!e !i#o de con!ra!os la en!rega física de la "ercancía es inusual, (a que seliquida nica"en!e la #4rdida o ganancia ob!enida #or la Suc!uaci%n de los#recios. /O+&A+O DE OB&A A P&E/1O ALNADO.- Es aquel, #or 'ir!ud del cualuna #ersona, lla"ada e"#resario, se obliga a ejecu!ar una obra a fa'or enbene*cio de o!ra, lla"ada due=o o #ro#ie!ario, quien a su 'e$ se obliga a #agar#or ella un #recio cier!o. /O+&A+O DE P&E0+A/1H DE 0E&21/1O0P&OE01OALE0.- /on!ra!o en 'ir!ud del cual, una #ar!e, a la que se designacon el no"bre de #rofesionis!a o #rofesor, se obliga a reali$ar un !rabajo querequiere #re#araci%n !4cnica, ar!ís!ica ( en ocasiones !í!ulo #rofesional #aralle'arlo a cabo, en fa'or de o!ra #ersona, lla"ada clien!e, a ca"bio de unare"uneraci%n que recibe el no"bre de honorarios. /O+&A+O DEP&E0+A/1OE0 &E/P&O/A0.- A la obligaci%n del su"inis!ran!e de en!regar losbienes que son obje!o de su #res!aci%n corres#onde la correla!i'a obligaci%ndel su"inis!rado de #agar el #recio. /O+&A+O DE 0)>110+&O.- Es uncon!ra!o que se celebra #ara cu"#lir las necesidades del consu"idor, sin quese ago!e en un solo ac!o, sino que su e*cacia dura en el !ie"#o. egocio

     jurídico en el que una #ar!e se obliga fren!e a o!ra a cu"#lir #res!aciones#eri%dicas ( con!inuas #or el #ago de un #recio de!er"inado /O+&A+OO&>AL.- Aqu4l que #ara su 'alide$ requiere de!er"inadas for"alidades o

    sole"nidad. /O+&A+O 1>PE&0OAL.- Es i"#ersonal, desde que no de#endede las calidades ( condiciones de los suje!os ( es!os, #or sí "is"os, no !ienenuna i"#or!ancia "a(or de la nor"al. /O+&A+O 1O>1ADO.- Es aquel quecarece de regla"en!aci%n es#ecí*ca, en con!ra #ar!ida a los con!ra!osno"inados o a!í#icos. /O+&A+O 1+E&A/1OAL.- Es in!ernacional uncon!ra!o, cuando uno o 'arios de sus ele"en!os es!5n 'inculados con sis!e"as

     jurídicos e6!ranjeros, siendo #or el do"icilio de una de las #ar!es, el lugar decelebraci%n del con!ra!o o el lugar en que es!e 'a(a a #roducir sus efec!os./O+&A+O OE&O0O.- Es un con!ra!o oneroso, en #rinci#io, #ues lacon!ra#res!aci%n es!5 re#resen!ada #or el #ago del #recio. 0in e"bargo, no

    'e"os i"#edi"en!o #ara que se cons!i!u(a a !í!ulo gra!ui!o, es!o es, co"oliberalidad. La #resunci%n de onerosidad del su"inis!ro se debe a quegeneral"en!e es de car5c!er lucra!i'o o "ercan!il 8el su"inis!ro gra!ui!ocons!i!u(e una e6ce#ci%n9. Es oneroso #orque del su"inis!ro se deri'an'en!ajas econ%"icas #ara a"bas #ar!es con!ra!an!es. E"#ero, si se celebra a!í!ulo de liberalidad es gra!ui!o. Es con'enien!e se=alar que el su"inis!ro debienes o ser'icios se hace a ca"bio de una con!ra#res!aci%n ( no de un#recio #orque, en la realidad #r5c!ica, se dan casos en los que el #ro'eedor no

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    20/81

    recibe dinero a ca"bio de los bienes que da o de los ser'icios que #res!a, sinoque ob!iene o!ras cosas o !a"bi4n ser'icios, lo que es!5 bien sie"#re que nose 'iolen nor"as jurídicas laborales. En la esencia del conce#!o de su"inis!rose encuen!ran las #res!aciones #eri%dicas o con!inuadas de bienes o ser'iciosa que se obliga el su"inis!ran!e. Es la sa!isfacci%n de las necesidades

    duraderas del #blico consu"idor la que requiere de un con!ra!o de ca"bioque no !er"ine su funci%n en un solo ac!o, que !enga una e*cacia duradera.Esa e6igencia es sa!isfecha #or el con!ra!o de su"inis!ro, #or efec!o del cualuna #ar!e se obliga a ejecu!ar a fa'or de la obra #res!aciones #eri%dicas ocon!inuadas de bienes o ser'icios. /O+&A+O +P1/O.- /on!ra!o que seencuen!ra regulado. /O+&A+O 2E&BAL.- Aquel de cu(o con!enido no e6is!econs!ancia #or escri!o, bas!ando #ara su e*cacia la "era e6#resi%n oral./O2E1O.- 8De con'enir ( 4s!e del la!ín con'enirse, ser de un "is"o #arecer,ajus!e o concier!o en!re dos o "5s #ersonas9. 77 Es el acuerdo de dos o "5s#ersonas #ara crear, !ransferir, "odi*car o e6!inguir obligaciones. 77 8Decon'enir9. ". Ajus!e, con'enci%n, con!ra!o. /olec!i'o. ". Acuerdo 'inculan!een!re los re#resen!an!es de los !rabajadores ( los e"#resarios de un sec!or oe"#resa de!er"inados, que regula las condiciones laborales. 77 /oncurrenciade 'olun!ades e6#resada en una con'enci%n, #ac!o, con!ra!o, !ra!ado oajus!e. 77 +e6!o que con!iene lo acer!ado de 4s!e. /O2E1&.- Es jun!arse llegara lago, acudir a un acuerdo, coincidir dos o "5s 'olun!ades, originando unaobligaci%n.COPARTICIPE.- Persona que, con o!ra u o!ras, #ar!ici#a en la #ro#iedad de unacosa. /OPO0E01H.- Posesi%n si"ul!anea de una cosa #or 'arias #ersonas.COPROPIEDAD.-  Pro#iedad que corres#onde a 'arias #ersonas sobre una"is"a cosa. /O0+O A)AL +O+AL 8/A+9.- Es una !asa de in!er4s elaborada

    #ara *nes de co"#araci%n que re#resen!a !odos los cos!os direc!os (anuali$ados que co"#rende el cr4di!o, inclu(endo los seguros. El /A+ !e#er"i!e conocer los gas!os en que incurrir5s al con!ra!ar un cr4di!o conde!er"inada ins!i!uci%n, e6#resados en #orcen!aje. o inclu(e los gas!os #ori"#ues!os locales ( federales. /O+1NA/1H.- Precio que se le asigna al 'ehículoen el "ercado #ara 'enderlo. +a"bi4n se a#lica al #recio en el queco"#radores ( 'endedores es!5n dis#ues!os a cerrar o#eraciones, #ero que noes necesaria"en!e el #recio al que real"en!e cierran. /O+1NADO&.-3erra"ien!a elec!r%nica que sir'e #ara calcular un *nancia"ien!o segn los#lanes 'igen!es. +a"bi4n se conoce co"o si"ulador. /&)ELDAD.- Del la!.

    crudelV!as, -W!is9. 1nhu"anidad, *ere$a de 5ni"o i"#iedad. 77 Acci%n cruel einhu"ana /)>PL1&.- 8Del la!. co"#lXre9. Ejecu!ar, lle'ar a efec!o. /u"#lir undeber, una orden, un encargo, un deseo, una #ro"esa. &e"ediar a alguien (#ro'eerle de lo que le fal!a. Llegar a !ener la edad que se indica o un n"erocabal de a=os o "eses. Dicho de una #ersona 3acer aquello que debe o a loque es!5 obligado. Dicho de una #ersona +er"inar en la "ilicia el !ie"#o deser'icio a que es!5 obligada. 0er el !ie"#o o día en que !er"ina una obligaci%n,e"#e=o o #la$o. /on'enir, i"#or!ar. 0a!isfacer la obligaci%n de cor!esía que se

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    21/81

    !iene #ara con alguien. 3acer una e6#resi%n o cu"#lido en no"bre dealguien.Bas!ar, ser su*cien!e. 2eri*carse, reali$arse. “D”DA/1H.- Acci%n ( efec!o de dar. DA/1H E PAGO.- Ac!o jurídico #or el cual eldeudor en!rega al acreedor una #res!aci%n diferen!e de la debida, con el

    consen!i"ien!o de 4s!e. DAUO >O&AL.- Lesi%n sufrida #or una #ersona decar5c!er afec!i'o ( no #a!ri"onial, ( cu(a inde"ni$aci%n es #roceden!e enDerecho.

    DAUO0 ( PE&)1/1O0.- 0on da=os el "al sufrido #or una #ersona, u ocasionadoen una cosa, a causa de una lesi%n que rehace direc!a"en!e sobre ellasC (#erjuicios la ganancia cier!a que ha dejado de ob!enerse DE /))0.- Palabrasque designan a una #ersona que ha "uer!o ( ha dejado una herencia.DE)/1H.- 8Del la!. defunc!Vo, -Ynis9. f. >uer!e de una #ersona. 77 >uer!e,deceso, falleci"ien!o, %bi!o. E6!inci%n de la #ersonalidad jurídica de una#ersona física en 'ir!ud de su "uer!e. DEGEE&A/1H.- 8Del la!. degenera!Vo,-Ynis9. Acci%n ( efec!o de degenerar. 77 De!erioro es!ruc!ural o funcional dec4lulas o !ejidos. 77 P4rdida #rogresi'a de la nor"alidad #síquica ( "oral ( delas reacciones ner'iosas de un indi'iduo a consecuencia de las enfer"edadesadquiridas o heredi!arias.DEMANDA.- Pe!ici%n, s#lica, solici!ud sus!en!ada en el juicio #or un li!igan!e.Escri!o en el que se ejerci!an en juicio una o 'arias acciones ci'iles o sedesen'uel'e un recurso con!encioso ad"inis!ra!i'o. La que se hacese#arada"en!e, #or ar!ículos ( en di'ersidad de "ie"bros, es#eci*candocircuns!ancias de lugar, !ie"#o ( #ersonas. 3acer o#osici%n a o!ro o defenderalguna cosa.77 Ac!o #rocesal, 'erbal o escri!o ordinaria"en!e inicial del #roceso

    en el que se #lan!ea el jue$ una cues!i%n #ara que la resuel'a, #re'ios los!r5"i!es legal"en!e es!ablecidos, dic!ando la sen!encia que #roceda, segn loalegado ( #robado. Por #rescri#ci%n e6#resa, deri'ada del orden na!ural de lascosas, la de"anda debe #resen!arse an!e jue$ co"#e!en!e, fundando en casocon!rario la for"ulaci%n de la e6ce#ci%n de inco"#e!encia del jue$. Lade"anda es!a suje!a a requisi!os #rede!er"inados. DE>ADADO.- Persona quees de"andada. DE>ADA+E.- Persona que de"anda. DE)/1A DEL1+E0+ADO.- >anifes!aci%n de 'olun!ad de quien, en su calidad de heredero deuna #ersona fallecida sin !es!a"en!o, co"#arece an!e la au!oridad ci'ilco"#e!en!e en solici!ud de que se incoe el in!es!ado ( se le recono$ca co"o

    legi!i"o sucesor del causan!e, así co"o a los que !engan igual derecho.DE&E/3O.- La #alabra derecho designa una facul!ad reconocida a una #ersona#or la le(, ( que le #er"i!e reali$ar de!er"inados ac!os co"o son el de#ro#iedad, de !es!ar, #o!es!ad ( #olí!ico. 77 /onjun!o de #rinci#ios, #rece#!os (reglas a que es!5n so"e!idas las relaciones hu"anas en !oda sociedad ci'il, (a cu(a obser'ancia #ueden ser co"#elidos los indi'iduos #or la fuer$a. 77 ElDerecho es un conjun!o de reglas que rigen las relaciones de los ho"bresden!ro de la sociedad. DERECHO CIVIL.-  &a"a del derecho #ri'ado

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    22/81

    cons!i!uida #or un conjun!o de nor"as que se re*eren a las relaciones jurídicasde la 'ida ordinaria del ser hu"ano, en su ca!egoría de #ersona. DERECHOOBJETIVO.-  Es el conjun!o de nor"as jurídicas que for"an la "aquinaria

     jurídica, el conjun!o de #rece#!os del derecho la nor"a jurídica que cons!i!u(enlos c%digos.

    DE&E/3O O+A&1AL.- /onjun!o de las nor"as jurídicas rela!i'as a la funci%nno!arial. DERECHO PATRIMONIAL.- En!re los derechos "orales *guran “elderecho a la #a!ernidad, a la in!egridad, a "an!ener la obra in4di!a, an%ni"a oseud%ni"a. El derecho #a!ri"onial de un au!or consis!e en el derecho a u!ili$aren los !4r"inos "5s a"#lios la obra ( au!ori$ar su u!ili$aci%n #or #ar!e de!erceros. El Derecho de au!or in!en!a balancear dos in!ereses o#ues!os, el delau!or #or un lado ( el de la sociedad in!eresada en acceder ( bene*ciarse delas obras del ingenio hu"ano”. 05nche$ agrega que “se debe !ener concienciaque los derechos "orales nunca se #ierden (a que 4s!os son irrenunciables. Loan!erior, en ra$%n de que el derecho de au!or 8chileno en es!e caso9 recoge la!radici%n la!ina o con!inen!al, en la cual los derechos "orales es!5nconfundidos con la #ersonalidad "is"a del au!or.  DE&E/3O PE&0OAL01>O.- El que es inheren!e a una #ersona ( no se!rans"i!e.

    DE&E/3O3AB1E+E.- Persona que !iene un derecho o 'arios deri'ados de o!ra,( que han #asado a su #a!ri"onio en for"a legal. DE&E/3O0.- /onjun!o de lasfacul!ades o!orgadas o reconocidas #or las nor"as del derecho obje!i'oDE010+1>1E+O.- Ac!o jurídico que #one *n al ejercicio de un derecho o unaac!uaci%n jurídica cualquiera.

    DE)DA.- Obligaci%n de #ago con!raída con un !ercero. DE)DA E+A Es lacan!idad !o!al a *nanciar que resul!a de la su"a del ca#i!al "5s los in!ereses,co"isiones, seguros, e!c4!era, descon!ando el #ago inicial. DE)DO.- Parien!e.DE)DO& Persona que !iene una deuda con o!ra ( la obligaci%n de cu"#lirla.0uje!o #asi'o de una obligaci%nC obligado a cu"#lir una #res!aci%n. DE)DO&0OL1DA&1O Persona que se co"#ro"e!e a #agar una deuda, aun cuando nosea quien recibe el cr4di!o DISCAPACIDAD.- +oda li"i!aci%n gra'e que afec!eo se es#era que 'a(a a afec!ar duran!e "5s de un a=o a la ac!i'idad del que la#adece ( !enga su origen en una de*ciencia. 0e considera que una #ersona

    !iene una disca#acidad aunque la !enga su#erada con el uso de a(udas!4cnicas e6!ernas. 0egn la Organi$aci%n >undial de la 0alud, O>0, en suclasi*caci%n 1n!ernacional de De*ciencias, Disca#acidades ( >inus'alías8/1DD>9, #ublicada en QM, una disca#acidad es !oda res!ricci%n o ausencia8debida a una de*ciencia9 de la ca#acidad de reali$ar una ac!i'idad en la for"ao den!ro del "argen que se considera nor"al #ara un ser hu"ano. En la nue'a/lasi*caci%n 1n!ernacional del unciona"ien!o, de la Disca#acidad ( de la 0alud8/19, a#robada en el ;MM, disca#acidad a#arece co"o un !4r"ino bal #ara

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    23/81

    d4*ci!s, li"i!aciones en la ac!i'idad ( res!ricciones en la #ar!ici#aci%n.DISOLUCIÓN.- Acci%n o efec!o de disol'er. 0e#araci%n, desuni%n. Des!rucci%nde un 'ínculo. +4r"ino de una relaci%n con!rac!ual, es#ecial"en!e cuando nose debe al cu"#li"ien!o del *n o del #la$o. &esoluci%n, e6!inci%n, conclusi%n.&elajaci%n o licencia en "a!eria de cos!u"bres. 77 Acci%n o efec!o de disol'er.

    0e#araci%n, desuni%n. Des!rucci%n de un 'ínculo. +4r"ino de una relaci%ncon!rac!ual, es#ecial"en!e cuando no se debe al cu"#li"ien!o del *n o del#la$o. &esoluci%n, e6!inci%n, conclusi%n. &elajaci%n o licencia en "a!eria decos!u"bres.77 &elaja"ien!o, degeneraci%n. /orru#ci%n o disi#aci%n. Acuerdo desus "ie"bros, socios o co"#onen!es #ara e6!inguir una asociaci%n, sociedad ocor#oraci%n. Declaraci%n de una au!oridad ad"inis!ra!i'a o judicial que #ordis!in!as circuns!ancias, líci!as o no, #one *n al funciona"ien!o de una #ersonaabs!rac!a. 77 0igni*ca desunir se#arar. Es la des!rucci%n de un 'ínculo. Acuerdosde socios #ara disol'er una sociedad o una asociaci%n. D10PE0A.- Liberaci%nque se hace a fa'or de una #ersona del cu"#li"ien!o de alguna carga uobligaci%n

    DO/)>E+A&.- )nir a un e6#edien!e los docu"en!os necesarios #ara suresoluci%n.

    DOLO >aniobra o "aquinaci%n de "ala fe de que alguien se sir'e #araenga=ar a o!ro o lle'arlo a consen!ir un ac!o en su con!ra. DOMICILIOLEGAL.- Lugar donde la le( *ja la residencia de una #ersona #ara el ejerciciode sus derechos ( el cu"#li"ien!o de sus obligaciones. DO>11O.- /onjun!o delas facul!ades que sobre la cosa en #ro#iedad corres#onden a su !i!ular.DOA/1H.- /on!ra!o #or el cual una #ersona !rans*ere a o!ra una #ar!e o la

    !o!alidad de sus bienes. DOA+E.- Persona que hace la donaci%n.

    “E”

    EDAD.- +ie"#o que ha 'i'ido una #ersona o cier!os ani"ales o 'ege!ales. /adauno de los #eríodos en que se considera di'idida la 'ida hu"ana. /once#!o queasociado a la e!a#a de la 2eje$ debe considerar los siguien!es as#ec!os Edad/ronol%gica M a=os Adul!o >a(or. Edad ísica /a"bios físicos quede!er"inan en'ejeci"ien!o 8arrugas, canas, enlen!eci"ien!o9. EdadPsicol%gica /a"bios en #rocesos cogni!i'os, afec!i'os, "a(or e6#eriencia (

    sabiduría. Edad 0ocial De!er"inada #or el rol social. Edad uncionalDe!er"inada #or la ca#acidad #ara reali$ar ac!i'idades de la 'ida diaria,au"en!a la fragilidad.

    EE/)+O& +E0+A>E+A&1O.- Albacea ENAJENACIÓN.- Ac!o jurídico #or "ediodel cual se !rans"i!e a o!ro la #ro#iedad de una cosa. EDO0A+A&1O.- Personaa fa'or de la cual se hace el endoso.

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    24/81

    EDO0O.- Declaraci%n escri!a consignada en un !í!ulo de cr4di!o, en la que el!i!ular que la suscribe !rans*ere los derechos que es!e con*ere, a fa'or de o!ra#ersona. EDO0O E P&OP1EDAD.- Es el que !rans*ere la #ro#iedad del !i!ulode cr4di!o ( de !odos los derechos inheren!es a el . E1+E)010.- Derecho real ocon!ra!o #or 'ir!ud del cual el #ro#ie!ario de una cosa "ueble cede a o!ro, a

    #er#e!uidad o #or largo !ie"#o, el goce de la "is"a, con la obligaci%n delconcesionario de cuidarla, "ejorarla ( #agar, en reconoci"ien!o del do"inio,una #ensi%n anual. E1+E)+A.- Persona que !iene el do"inio !il en laEn*!eusis EP1I)EKA.- Equidad. E+EADO.- 3ijas!ro E&1I)E/1>1E+O1)0+O.- Enriqueci"ien!o de una #ersona a e6#ensas de o!ra, sin causa que lo

     jus!i*que. E0/&1+)&A.- Es el ins!ru"en!o asen!ado #or el o!ario en el#ro!ocolo, haciendo cons!ar un ac!o o un hecho jurídico ( que !iene la *r"a ( elsello del o!ario. E0/&1+)&A&.- 3acer cons!ar #or "edio de escri!ura no!arialun ac!o jurídico. ESTADO CIVIL.-  0i!uaci%n jurídica de una #ersona físicaconsiderada desde el #un!o de 'is!a del derecho de fa"ilia ( que hacereferencia a la calidad de #adre, de hijo, de casado, de sol!ero, e!c. 77 Pro'ienedel la!ín s!a!us que es la acci%n o "odo de !enerse, "odo de ser, si!uaci%n,condici%n o #osici%n. E0+A+)+A&1O.- Lo concernien!e a un es!a!u!o o es!a!u!os.E0+A+)+O.- &egla o nor"a legal. E0+A+)+O >1Z+O.- El a#licable a las "a!eriasen que no se #udiera discernir f5cil"en!e si lo #rinci#al son las #ersonas o lascosas. E0+A+)+O0.- or"as cons!i!u!i'as o reglas #or la que se rigen en sur4gi"en in!erno las #ersonas "orales. E0+1P)LA/1H.- /on'enio en general./l5usula de un negocio jurídico E21//1H.- Pri'aci%n de !odo o #ar!e de la cosaadquirida #or el co"#rador, #or sen!encia que cause ejecu!oria, en la ra$%n dealgn derecho an!erior a la adquisici%n.EZGE010.- 1n!er#re!aci%n de un !e6!o legal reali$ado con es#íri!u de adhesi%n

    al "is"o, ( con el #ro#%si!o de hallar la 'olun!ad del au!or. EZPED1E+E.-/ons!ancia escri!a de las ac!uaciones o diligencias #rac!icadas en un negocioad"inis!ra!i'o #or los funcionarios a quienes corres#onde, o de las ac!uacioneso diligencias #rac!icadas en los ac!os de jurisdicci%n 'olun!aria. EZPE0A0.-Gas!os. EZ +E0+A>E+O.- Por el !es!a"en!o. EZ+1/1H DE DE&E/3O0 KOBL1GA/1OE0.- 0e habla de la e6!inci%n de los derechos ( obligaciones al *nde os "is"os, o sea cuando #or alguna causa el !i!ular del derecho deja de!ener la facul!ad que la nor"a le concede ( el obligado no #uede ser co"#elidoa reali$ar la conduc!a que debía.

    “”A/)L+AD.- A!ribuci%n fundada en una nor"a del derecho #osi!i'o 'igen!e.EDA+A&1O.- Persona que da fe. E DE 21DA.- /er!i*cado en que, #or quien sehalle au!ori$ado #ar suscribirlo, se hace cons!ar que de!er"inada #ersona es!a'i'a en el "o"en!o en que es e6#edido. E3A/1E+E.- +es!i"onio que ese*ca$ #ara la de"os!raci%n de la e6is!encia de un hecho o ac!o E P@BL1/A.-/alidad de cer!e$a a!ribuida al con!enido de los docu"en!os no!ariales E+O.-El concebido ( no nacído. 1ADO&. Iuien cons!i!u(e una *an$a u obligaci%n de

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    25/81

    res#onder #or o!ra #ersona en el caso de que 4s!a no quiera o no #uedacu"#lir !o!al o #arcial"en!e. El *ador es un segundo deudor #ero no sie"#rede segundo grado, #orque #ude obligarse solidaria"en!e, ( en!onces elacreedor #uede dirigirse con!ra 4l, conjun!a o #referen!e"en!e. 1ANA.- +odaobligaci%n subsidiaria, cons!i!uida #ara asegurar el cu"#li"ien!o de o!ra

    #rinci#al, con!raída #or un !ercero. DE ARRAIGO. 0eguridad que ha de #res!arel de"andado de res#onder a las resul!as del juicio, hi#o!ecando u obligandobienes #or el i"#or!e de lo recla"ado #or el ac!or, dando #renda #or igualsu"a o *ador que se obligue a #agar lo que se ju$gare ( sen!enciare.>E&/A+1L. 0e considera *an$a o a*an$a"ien!o "ercan!il la obligaci%naccesoria que !enga #or obje!o asegurar el cu"#li"ien!o de un con!ra!o"ercan!il, aun cuando no sea co"ercian!e el *ador. 0)B01D1A&1A. La obligaci%nque se con!rae de res#onder #or el *ador C en realidad, se !ra!a de lasub*an$a, o *an$a de la *an$a , regida #or nor"as an5logas a las de lains!i!uci%n #rinci#al. /on!ra!o #or el cual una #ersona se obliga a cu"#lirde!er"inada obligaci%n i"#ues!a a o!ra, en el caso de que es!a l!i"a no lacu"#la. 1L1A/1H.- Procedencia de los hijos res#ec!o de los #adres. /alidadque el hijo !iene con res#ec!o de su #adre o "adre. La *liaci%n #uede !enerlugar #or na!urale$a ( #or ado#ci%n. 1L1AL.- Per!enecien!e o rel!i'o a los hijos.1A/1A&.- Pres!ar un ca#i!al o su"a de dinero a una #ersona bajo cier!ascondiciones de cr4di!o ( #ago. 11I)1+O.- Docu"en!o que se #ro#orciona alclien!e, en algunos casos, cuando liquida la !o!alidad del adeudo deri'ado deun con!ra!o. En algunas ocasiones, el #agar4 *r"ado ( su l!i"a *cha de #agocons!i!u(en el *niqui!o. O&>A.- >anera o "odo de #roceder en la ins!rucci%nde una causa, ins!ancia o #roceso, ( en la celebraci%n de un con!ra!o o ac!oque deba sur!ir efec!os legales. 77 Es la e6igencia legal de darle al con!ra!o

    car5c!er escri!o, (a se en docu"en!o #blico o en docu"en!o #ri'ado. La le( a'eces #ide a los con!ra!an!es reali$ar #or escri!o el acuerdo de 'olun!ades, conla *nalidad de o!orgar seguridad jurídica a los que in!er'ienen en dichoins!ru"en!o. La escri!ura #blica la #ueden e6#edir los feda!arios #blicos8no!arios o corredores9, o cier!os funcionarios #blicos en ejercicio de susa!ribuciones. /o"o eje"#los de docu"en!os #blicos se encuen!ran lossiguien!es Ac!as de "inis!erio #blico Ac!uaciones judiciales de !oda índole/er!i*caciones ( cons!ancias ad"inis!ra!i'as Escri!uras cons!i!u!i'as desociedades ( asociaciones, ci'iles o "ercan!iles Escri!uras rela!i'as a bienesin"uebles La escri!ura #ri'ada se hace en!re #ar!iculares, sin que "edie la

    in!er'enci%n de feda!ario o de au!oridad alguna. Algunos eje"#los dedocu"en!os #ri'ados son los siguien!es /ar!as +í!ulos de cr4di!o, suscri!osen!re #ar!iculares ac!uras, no!as de 'en!a, con!ra recibos, e!c. /ier!oscon!ra!os que s%lo requieren es!a for"alidad, co"o el de arrenda"ien!o, la*an$a, en!re o!ros. &A)D)LE+O.- Enga=oso.)E+E0 DE 1A/1A>1E+O.- >edios (7o ins!i!uciones a !ra'4s de los cualesse #uede ob!ener recursos econ%"icos #ara el logro de un obje!i'o. 771ns!i!uciones *nancieras o e"#resas co"erciales que #onen a dis#osici%n de

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    26/81

    una #ersona una cier!a can!idad de recursos o fondos. )/1OAL1DAD.- Es laca#acidad de una #ersona de lle'ar #or sí "is"a la orien!aci%n de sus ac!os,hacer lo que ella o 4l desee de su en!orno, reali$ando las ac!i'idades de la 'idadiaria desde el #un!o de 'is!a #síquico, físico ( social. 0egn su grado defuncionalidad, los adul!os "a(ores se #ueden clasi*car en Adul!o "a(or

    au!o'alen!e sano Aquella #ersona "a(or de M a=os, cu(as carac!erís!icasfísicas, funcionales, "en!ales ( sociales es!5n de acuerdo con su edadcronol%gica, es ca#a$ de reali$ar las ac!i'idades funcionales esenciales deau!ocuidado co"er, 'es!irse, des#la$arse, ba=arse ( las ac!i'idadesnecesarias #ara ada#!arse a su "edio a"bien!e leer, usar el !el4fono, "anejarsu "edicaci%n, el dinero, 'iajar ( hacer sus !r5"i!es. Adul!o "a(or fr5gil Esaquella #ersona que 'e afec!ada su au!ono"ía #or fac!ores físicos,a"bien!ales, #sicol%gicos, sociales ( 7o econ%"icos. Adul!o "a(orde#endien!e Es aquella #ersona "a(or de M a=os que se 'e i"#osibili!ado deefec!uar las ac!i'idades de la 'ida diaria ( requiere de a#o(o cons!an!e #aradesarrollarlas. )/1OE0 /OG1+12A0.- Las funciones cogni!i'as son aquellasfunciones ( #rocesos #or los que el indi'iduo recibe, al"acena ( #rocesa lainfor"aci%n rela!i'a a uno "is"o, a los de"5s ( al en!orno. En!re es!asfunciones des!acan la a!enci%n, la #erce#ci%n, la "e"oria, la orien!aci%n ( el

     juicio.

    )E&NA DE LEK.- E*cacia o!orgada legal"en!e, de "anera e6#resa, a loscon'enios ( con!ra!os, en general, que los equi#ara, en cuan!o a ella, a la que!iene la le( co"o nor"a indeclinable"en!e obliga!oria.

    “G”

    GABELA.- 1"#ues!o o con!ribuci%n. GAA/1A0.- )!ilidad que ob!iene unae"#resa des#u4s de deducir !odos los gas!os e i"#ues!os. GARANTÍA.-Asegura"ien!o del cu"#li"ien!o de una obligaci%n "edian!e la afec!aci%n decosa de!er"inada o del co"#ro"iso de #ago #or un !ercero #ara el caso deincu"#li"ien!o de la "is"a #or el deudor originario. 77 A*an$a"ien!o, *an$a.Prenda. /auci%n. Obligaci%n del garan!e 8'.9. /osa dada #ara seguridad de algoo de alguien. Pro!ecci%n fren!e a un #eligro o con!ra un riesgo. /on*an$a queins#ira la in!er'enci%n de una #ersona o que la "is"a *gure en un gobierno,

     jun!a ges!ora u o!ro #ues!o donde la ca#acidad, la honrade$ sean "5si"#or!an!es an que en la generalidad de los casos, #or los in!ereses en

     juego. 77 Linea"ien!o. 1n!eresa es#ecial"en!e referirse a la garan!ía co"oco"#ro"iso de que un !ercero cu"#lir5 una obligaci%n, cual #ro"esa dea#o(o, #ara el caso de "odi*carse cier!a si!uaci%n creada o con'enida o unae6#ec!a!i'a ra$onable. En es!e as#ec!o, las garan!ías son !an na!urales ( !anan!iguas co"o la descon*an$a hu"ana, an!e la rei!erada e6#eriencia delincu"#li"ien!o de las obligaciones, es#ecial"en!e en cuan!o a #un!ualidad (!o!alidad en lo que se re*ere a las deudas en dinero. De ahí que, co"oe6#edien!e inicial, se ideara la du#licaci%n de los obligados, agregando al

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    27/81

    deudor #ri"ero ( #rinci#al o!ra #ersona que o*ciara de su#len!e has!a en el"is"o lugar de 4l, de asu"ir un co"#ro"iso solidario. Por su#ues!o, cuando la#ro#iedad ( el dinero se a*r"aron, las garan!ías se orien!aron hacia la "a(or*r"e$a que dan las cosas, en la escala sucesi'a de la *an$a, la #renda ( lahi#o!eca 8'.9. La garan!ía, si es "era"en!e de #alabra, cons!i!u(e #ro"esa.

    3echa #or escri!o, obliga a su cu"#li"ien!o en los !4r"inos generales de lasobligaciones ( en los #ar!iculares de las accesorias. /uando es de índole real,se rige #or lo dis#ues!o #ara la #renda si se !ra!a de cosas "uebles, ( #ara lashi#o!ecas si se cons!i!u(e sobre in"uebles. /lases. La garan!ía #uede ser legal,si se halla es!ablecida #or la le(, co"o la e'icci%nC o con'encional, si nace deacuerdo de las #ar!es. +a"bi4n se di'iden en di- rec!as o indirec!as, segn queel garan!e sea el #rinci#al obligado o no. or"al se deno"ina la real 8#renda ohi#o!eca9C ( si"#le, la #ersonal 8*an$a9. O!ras "odalidades de la garan!ía seencuen!ran en las arras o se=alesC en lo "ercan!il, en los a'alesC (, con"odalidad judicial co"#rensi'a de dis!in!os fueros, en el e"bargo #re'en!i'o,el de#%si!o judicial ( el secues!ro de bienes 8'.9. 77 A*an$a"ien!o, *an$a. /osadada #ara seguridad de algo o de alguien. Pro!ecci%n fren!e a un #eligro ocon!ra un riesgo. /on*an$a que ins#ira la in!er'enci%n de una #ersona o que la"is"a *gura en un gobierno, jun!a ges!ora u o!ro #ues!o donde la ca#acidad,la honrade$ sean "5s i"#or!an!es an que en la generalidad de los casos, #orlos in!ereses en juego. La garan!ía si es "era"en!e de #alabra cons!i!u(e#ro"esa. 3echa #or escri!o, obliga a su cu"#li"ien!o en los !4r"inosgenerales de las obligaciones ( en los #ar!iculares de las accesorias. /uando esde índole real, se rige #or lo dis#ues!o #ara la #renda se !ra!a de cosas"uebles, ( #ara las hi#o!ecas si se cons!i!u(e sobre in"uebles. Las garan!íasse di'iden de la siguien!e "anera Garan!ía a cr4di!o Garan!ía de *r"a

    Garan!ía de #ersona Garan!ía de !erri!orios Garan!ía de !ra!ado Garan!íahi#o!ecaria Garan!ía #ignora!icia Garan!ía real Garan!ías cons!i!ucionalesGaran!ías #rocesales Garan!ías sociales 77 /o"#ro"iso de #ago de una deuda#or fal!a de cu"#li"ien!o #or #ar!e del deudor o #or la ejecuci%n de unaobligaci%n. +oda seguridad adicional que el #ro#io deudor o un !ercero, o!orgaal acreedor ara el su#ues!o de que la obligaci%n no sea !o!al ( debida"en!ecu"#lida a su 'enci"ien!o. 77 Asegura"ien!o del cu"#li"ien!o de unaobligaci%n "edian!e la afec!aci%n de cosa de!er"inada o del co"#ro"iso de#ago #or un !ercero #ara el caso de incu"#li"ien!o de la "is"a #or el deudororiginario

    GA&A+A EZ+ED1DA.- Plan de a"#liaci%n de garan!ía #ara au!os nue'os queo!orga la #lan!a fabrican!e del 'ehículo a los clien!es, a !ra'4s de su red dedis!ribuidores en el #aís. GA0+O0 DE 12E0+1GA/1H /an!idad que cubre elacredi!ado #or conce#!o de re'isi%n de sus an!eceden!es credi!icios.

    GE&1A+&A.- Es#ecialidad de la "edicina que es!udia la 'eje$ ( susenfer"edades. Es!udio ( #r5c!ica del cuidado "4dico de las #ersonas "a(ores.

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    28/81

    GE&O+OLOGA.- Procede del 'ocablo griego Geron, Geron!o7es los "5s 'iejoso no!ables del #ueblo griego, aquellos que co"#onían el /onsejo deAga"en%n, ( de Logos logia, !ra!ado, es!udio. E!i"ol%gica"en!e signi*caes!udio de los "5s 'iejos. Es!udio cien!í*co de la 'eje$ ( en'ejeci"ien!o desdeuna #ers#ec!i'a "ul!idisci#linaria bio#sicosocial. Biol%gica 1n'es!igaci%n sobre

    los ca"bios que con la edad ( el #aso del !ie"#o se #roducen en los dis!in!ossis!e"as biol%gicos del organis"o. Psicol%gica Es!udio sobre los ca"bios (7oes!abilidad que el #aso del !ie"#o #roduce en las funciones #sicol%gicas co"ola a!enci%n, la #erce#ci%n, el a#rendi$aje ( la "e"oria, la afec!i'idad ( la#ersonalidad, en!re o!ros fen%"enos #sicol%gicos. 0ocial /a"bios de la edadrela!i'os a roles sociales, in!erca"bio ( es!ruc!ura social, ca"bios cul!urales,en'ejeci"ien!o de las #oblaciones. /iencia biol%gica que se ocu#a de la 'eje$.Es!udia las "odi*caciones *sio#a!ol%gicas "5s o "enos acusadas de lasenec!ud o senescencia. En el "o"en!o ac!ual el lla"ado #roble"a delen'ejeci"ien!o, !ercera edad, ocu#a lugar #referen!e en la sociedad "odernacon esferas de #reocu#aci%n sobre salud ( nu!rici%n, 'i'ienda ( "edioa"bien!e, fa"ilia ( bienes!ar social, seguridad en los ingresos ( e"#leo (educaci%n. GE&O+OLOGA B1OLHG1/A O EZPE&1>E+AL.-Es !a"bi4n lla"adadel en'ejeci"ien!o. Es una ciencia "ul!idisci#linar que #re!ende conocer !an!olos ín!i"os "ecanis"os del en'ejeci"ien!o co"o su e!io#a!ogenia. 0udesarrollo co"o ciencia #as% #or dos fases la #ri"era "era"en!e e"#írica (es#ecula!i'a, sacaba conclusiones deduc!i'as, ( la segunda, es e6#eri"en!al,ligada a la de"os!raci%n de sus !eorías. En el obje!i'o de re!ardar elen'ejeci"ien!o, o “en'ejecer "5s ( "ejor”, ocu#a un lugar des!acado lageron!ología biol%gica #re'en!i'a, que se di'ide en diferen!es a#ar!ados#re'enci%n far"acol%gica. /on la u!ili$aci%n de "edica"en!os co"o los

    an!io6idan!es, 'i!a"ino!era#ia E, "agno!era#ia, e!c. Pre'enci%ndie!4!icahigi4nico-#sicol%gica. El cli"a ( la ecología !a"bi4n !ienen una graninSuencia en el en'ejeci"ien!o. De ahí se e6#lica la al!a longe'idad de#oblaciones que 'i'en en de!er"inadas $onas del "undo 2alles Al!os deEcuador, 2alles aislados del /acaso, algunos ncleos aislados de las 1slas de laPolinesia, e!c.GE&O+OLOGA /L1/A O GE&1A+&A.- cl5sica"en!e se de*ne la geria!ríaco"o la ciencia "4dica cu(o *n es el diagn%s!ico de las enfer"edades de la'eje$, su curaci%n, rehabili!aci%n ( reinserci%n del enfer"o en su h5bi!a! 8casao ins!i!uci%n9 a es!o ha( que a=adir la #re'enci%n de dichas enfer"edades.

    GE&O+OLOGA 0O/1AL.- Es#eciali$aci%n de la Geron!ología que ade"5s deocu#arse del es!udio de las bases biol%gicas, #sicol%gicas ( sociales de la 'eje$( en'ejeci"ien!o es!5 es#ecial"en!e dedicada al i"#ac!o de las condicionessociocul!urales ( a"bien!ales en el #roceso de en'ejeci"ien!o ( en la 'eje$, enlas consecuencias sociales de ese #roceso, así co"o en las acciones socialesque #ueden in!er#onerse #ara "ejorar los #rocesos de en'ejeci"ien!o.

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    29/81

    GE&O+OP01I)1A+&A O P01/OGE&O+OLOGA.-Es!udia los as#ec!os#sicol%gicos ( #siqui5!ricos del anciano. 0e des!acan las de"encias ( lasde#resiones co"o #a!ologías carac!erís!icas que 'an a "arcar la "uer!e delanciano. La #sicogeron!ología es, #ara &ichard ( >unafo 8QQ[9 la ciencia que!ra!a de describir, e6#licar, co"#render ( "odi*car las ac!i!udes del suje!o que

    en'ejece. Es!a 'isi%n hace referencia a los as#ec!os #sicol%gicos de la #ersonade edad, "5s que a los #siqui5!ricos. +a"bi4n Dosíl >aceira 8QQ9 de*endenla conce#ci%n de la #sicogeron!ología co"o #sicología de la 'eje$ GE0+A/1H.-Las fases *nales del desarrollo del ani"al en el %'ulo fer!ili$ado !ienen lugar enla "a!ri$ o !ero si!uado den!ro del abdo"en de la "adre. Es!e es!ado dee6#ansi%n del !ero ( su con!enido, que !er"ina con el alu"bra"ien!o ( duraunos ;M días en los seres hu"anos, se lla"a ges!aci%n o #re=e$. GE0+O&AD>110+&A+12O.- Persona que !iene co"o ac!i'idad #rofesional #ro"o'er (ac!i'ar en las o*cinas #blicas, los asun!os que les enco"iendan sus clien!es,"edian!e la #erce#ci%n de honorarios.

    GRADO DE PARENTESCO:  La dis!ancia que e6is!e en!re #arien!es sede!er"ina segn grados.

    GRAVAMEN.- Obligaci%n que #esa sobre algo alguien. 1"#ues!o que !iene una#ro#iedad. 77 Obligaci%n que fuer$a a hacer, no hacer o consen!ir algo.

    “3”3ABE& 3E&ED1+A&1O.- Porci%n de bienes que corres#onde a cada heredero, una'e$ reali$ada la #ar!ici#aci%n de la herencia. 3AB1L1+A&.- acul!ar a una#ersona #ar la reali$aci%n de de!er"inados ac!os jurídicos, que no #odría lle'ar

    a efec!o sin 4s!a au!ori$aci%n e6#resa. HABITACIÓN.- Derecho de ocu#ar enuna casa ajena las #ie$as necesarias #ara el !i!ular del "is"o ( #ara las#ersonas de su fa"ilia. HECHO.-Acci%n o ac!o hu"ano. 0uceso oacon!eci"ien!o. Acci%n u obra. Asun!o o "a!eria de que se !ra!a. ll Der. /asoque da "o!i'o a la causa o #lei!o. )n hecho jurídico #uede ser el naci"ien!o, la"uer!e o algn acciden!e Al "o"en!o de nacer, se #resen!a un hecho jurídico,( desde es!e "o"en!o la #ersona, sus ac!os ( los hechos en su e6is!encia eranregidos #or las le(es. 0egn lo es!ablecido en el ar!ículo ;; del c%digo /i'ilederal, la ca#acidad jurídica de las #ersonas físicas se adquiere #or elnaci"ien!o ( se #ierde #or la "uer!eC #ero desde el "o"en!o en que un

    indi'iduo es concebido, en!ra bajo la #ro!ecci%n de la le( ( se le !iene #ornacido #ara los efec!os declarados en el c%digo an!es "encionado. 77 Acci%n oac!o hu"ano. 0uceso o acon!eci"ien!o. Acci%n u obra. Asun!o o "a!eria deque se !ra!a. ll Der. /aso que da "o!i'o a la causa o #lei!o. )n hecho jurídico#uede ser el naci"ien!o, la "uer!e o algn acciden!e Al "o"en!o de nacer, se#resen!a un hecho jurídico, ( desde es!e "o"en!o la #ersona, sus ac!os ( loshechos en su e6is!encia eran regidos #or las le(es. 0egn lo es!ablecido en elar!ículo ;; del c%digo /i'il ederal, la ca#acidad jurídica de las #ersonas físicas

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    30/81

    se adquiere #or el naci"ien!o ( se #ierde #or la "uer!eC #ero desde el"o"en!o en que un indi'iduo es concebido, en!ra bajo la #ro!ecci%n de la le( (se le !iene #or nacido #ara los efec!os declarados en el c%digo an!es"encionado. 3E/3O )&D1/O.- Es en!endido #or los ale"anes co"o“cualquier acon!eci"ien!o na!ural o hu"ano #roduc!or de consecuencias de

    derecho. P)GL1A+L1 dice “0e designan co"o hechos jurídicos a !odos loshechos na!urales o hu"anos qu4 #roducen consecuencias jurídicas. El hecho jurídico es!5 #ues, cons!i!uido #or la sín!esis de un doble ele"en!o el hechona!ural o hu"ano 8ele"en!o "a!erial9, ( la cali*caci%n #ro'enien!e delordena"ien!o jurídico 8ele"en!o for"al9.” +&AB)//31 dice “Los hechos

     jurídicos se dis!inguen funda"en!al"en!e en na!urales ( hu"anos, los#ri"eros son aquellos qu4 no de#enden de la 'olun!ad del ho"bre,naci"ien!o, "uer!e, enfer"edad, incendio... los segundos deno"inados ac!oshu"anos son los reali$ados #or un suje!o de derecho, co"o el con!ra!o o elac!o de 'iolencia”. Por el con!rario, de acuerdo a las o#iniones ci!adas #orPL)GL1A++1 K +&AB)//31, el hecho jurídico es en sen!ido es!ric!o quedareser'ado nica"en!e #ara cali*car así a los acon!eci"ien!os en cu(areali$aci%n la 'olun!ad no in!er'iene. 3E&EDE&O.- 0ucesor en una herencia a!í!ulo uni'ersal. 77 Persona que !iene derecho, segn la le(, a recibir los bienesde una #ersona que ha "uer!o.3E&EDE&O APA&E+E.- Persona que es !enida en el conce#!o #blico #orheredera, #or la circuns!ancia de hallarse en #osesi%n de los bienes delcausan!e, no si4ndolo real"en!e #or e6is!ir heredero legi!i"o o !es!a"en!arioquien dichos bienes corres#onden. 3E&ED1+A&1O.- 0ucesi%n en !odos losbienes, derechos ( obligaciones de una #ersona que no se e6!inguen #or su"uer!e. 3E&E/1A AD1DA.- 3erencia res#ec!o de la cual, el heredero ha

    e6#resado la 'olun!ad de hacerla su(a. 3E&E/1A D1210A.- Par!e dedescendien!es de grado ul!erior. la herencia #a!erna !rans"i!ida.

    3E&E/1A 1DEE&1DA.- 3erencia que se halla #endien!e de una condici%nsus#ensi'a. 3E&E/1A LEG+1>A.- 3erencia deferida direc!a"en!e #or la le(.3E&E/1A +E0+A>E+A&1A.- 3erencia deferida #or la 'olun!ad del !es!ador.3E&E/1A 2A/A+E.- 3erencia que ha sido renunciada #or el heredero.3E&E/1A KA/E+E.- 3erencia que ha sido deferida, #ero no ace#!ada.31PO+E/A.- Derecho real que #ara garan!i$ar el cu"#li"ien!o de unaobligaci%n #rinci#al, se cons!i!u(e sobre bienes in"uebles de!er"inados (

    enajenables los cuales no se en!regan al acreedor. 77 Es!a #alabra de origengriego, signi*ca gra"a!ical"en!e su#osici%n, co"o acci%n o efec!o de #oneruna cosa debajo de o!ra, de subs!i!uirla, a=adirla o e"#learla. De es!a "anera,hi#o!eca 'iene ser lo "is"o que cosa #ues!a #ara sos!ener, a#o(ar o aseguraruna obligaci%n. A2AL. La fuer!e garan!ía que, #ese a guerras, naufragios (o!ras con!ingencias desfa'orables, ofrecen los buques, lle'aron a con'er!irlosen obje!o de hi#o!ecaC #ero, al !ro#e$arse con el obs!5culo cl5sico de que ellas%lo recaía sobre in"uebles, se recurri% a la inocen!e *cci%n de su#onerlos

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    31/81

    bienes in"uebles !an s%lo a los efec!os hi#o!ecarios. HIPOTECAR.- /ons!i!uiruna hi#o!eca. Para el acreedor hi#o!ecario consis!e en asegurar un cr4di!o o elcu"#li"ien!o de una obligaci%n suje!ando un in"ueble 8o cier!os "uebleses#eciales9 del deudor o de un !ercero, que res#onden en caso de 'enci"ien!osin #ago, de infracci%n sin resarci"ien!o es#on!5neo. Para el deudor

    hi#o!ecario, sea el obligado o un !ercero #or 4l, hi#o!ecar es !an!o co"o afec!arun in"ueble 8o "ueble #er"i!ido #or la le(9 a la sa!isfacci%n de una deuda ode una obligaci%n, #ara el caso de incu"#li"ien!o. 31PO+E/A&1O.-/oncernien!e a la hi#o!eca.

     “1”IDENTIFICACIÓN.-  >edio e"#leado #ara la co"#robaci%n de que unade!er"inada #ersona es aquella de la que se !ra!a. 1DE+11/A/1H#ersonalidad. PE&0OAL.Docu"en!o o co"#roban!e de la

    1>P&E0/&1P+1B1L1DAD.-/alidad de un derecho que no encuen!ra suje!o a#rescri#ci%n. 1>P&E0/&1P+1BLE.- Derecho que no es!a suje!o a #rescri#ci%n.1>P&E2101BLE.- Acon!eci"ien!o que en el orden na!ural de las cosas no sehubiera #odido #re'er ni con la "as cuidadosa a!enci%n. 1>P&O&&OGABLE.-Iue no se #uede #rorrogar. 1>P&E2101BLE.- Acon!eci"ien!o que en el ordenna!ural de las cosas no se hubiera #odido #re'er ni con la "as cuidadosaa!enci%n . 1>P&O&&OGABLE.-Iue no se #uede #rorrogar. 1>P)D1/1A.-Deshones!idad. 1>P)GA/1H.- Acci%n ( efec!o de a!acar, !achar o refu!ar unac!o judicial, docu"en!o, de#osici%n !es!i"onial, infor"e de #eri!os, e!c., conel obje!o de ob!ener su re'ocaci%n o in'alidaci%n 1AL1EABLE.- /osa que no#uede ser 'endida. 77 Lo que no se #uede enajenar '5lida"en!e. 1A>O21BLE.-

    /ar5c!er o cualidad de un e"#leo o cargo que i"#ide la re"oci%n, sus#ensi%n,!raslado o jubilaci%n del !i!ular no fundados en jus!a causa, #re'is!a en unanor"a legal an!erior. 1/APA/1DAD PE&>AE+E O +O+AL.- 1"#osibilidad delindi'iduo #ara desarrollar sus ac!i'idades #or la #4rdida absolu!a defacul!ades, duran!e !oda su 'ida. 1/)>PL1>1E+O.- Es el con!e6!o deco"#ensaci%n ( liquidaci%n de 'alores, se u!ili$a cuando cualquiera de las#ar!es de una negociaci%n deja de cu"#lir con los !4r"inos de lo acordado.1APELABLE.-&esoluci%n judicial que no es susce#!ible de a#elaci%n.1/O>PA&E/E/1A.- al!a de #resen!aci%n de una #ersona an!e la au!oridad -

     judicial o ad"inis!ra!i'a - que la ha(a ci!ado en los !4r"inos #roceden!es.

    1/O&PO&A/1H.- El 'ocablo incor#oraci%n 'iene del la!ín incor#ora!io,incor#ora!ionis, que signi*ca acci%n de incor#orar, o sea, agregar, jun!ar, unirdos o "5s cosas en!re sí #ara for"ar una sola, en es!e caso, el derecho ( 4l!i!ulo. 77 Es!a carac!erís!ica !a"bi4n conocida co"o in"anencia oco"#ene!raci%n, se hace consis!ir en que 4l !i!ulo es #or!ador del derecho, (aque se encuen!ra !an es!recha"en!e ligado a el, que sin la e6is!encia del !i!ulo"is"o, !a"#oco e6is!e el derecho, ni #or lo !an!o, la #osibilidad de su ejercicio.0egn Langle, “el derecho no se #uede e6igir ni !rans"i!ir sin el docu"en!o, (

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    32/81

    su 'e$, cuando se des#rende del docu"en!o, se ha dis#ues!o del derecho"a!eriali$ado en el "is"o”. Del con!enido del #5rrafo an!erior se in*ere 4l#orque el derecho es considerado un accesorio res#ec!o del docu"en!o que esel #rinci#al, si!uaci%n que corrobora el !e6!o del Ar!. R\. De la Le( General de

     +í!ulos ( O#eraciones de /r4di!o. Por o!ra #ar!e, +ena en!iende la incor#oraci%n

    “co"o una co"#ene!raci%n del derecho en 4l !i!ulo u obje!i'aci%n de larelaci%n jurídica en el #a#el”. El 'ocablo incor#oraci%n, 'iene del la!ínincor#ora!io , incor#ora!iones, que signi*ca acci%n de incor#orar, o sea,agregar, jun!ar, unir dos o "5s cosas en!re sí #ara for"ar una sola, en es!ecaso el derecho ( el !í!ulo. +a"bi4n conocido co"o in"anencia oco"#ene!raci%n, se hace consis!ir en que el !í!ulo es #or!ador del derecho, (aque se encuen!ra !an es!recha"en!e ligado a 4l, que sin la e6is!encia del !í!ulo"is"o, !a"#oco e6is!e el derecho, ni #or lo !an!o, la #osibilidad de su ejercicio.En nues!ra legislaci%n, el #rinci#io de la incor#oraci%n es!5 reconocido (a#licado a los !í!ulos de cr4di!o #or la le( de la "a!eria, (a que a. Es necesarioe6hibir el !í!ulo #ara ejerci!ar el derecho li!eral que "erece consigna 8Ar!. F dela Le( General de +í!ulos ( O#eraciones de /r4di!o9 b. Es necesario res!i!uir el!í!ulo al deudor cuando el derecho es #agado, ( consignar en el !í!ulo cualquier#ago #arcial que se haga 8Ar!. \ fracci%n 211 LG+O/9 c. o es #osible !rans"i!irel !í!ulo sin !rans"i!ir !a"bi4n el derecho que en 4l se consignan 8Ar!. 9 d. Esnecesario rei'indicar el !í!ulo #ara rei'indicar las "ercancías que 4l re#resen!a8Ar!. Q9 e. Es necesario co"#render el !í!ulo en el e"bargo o en cualquier o!ro'ínculo que afec!e el derecho que en 4l se "enciona, #ara que dicha afec!aci%nsur!a efec!os legales 8Ar!. ;M9 f. Es necesario que el endoso cons!e en el !í!ulo oen hoja adherida a 4l, #ara que el !enedor ( el deudor #uedan legi!i"ar el unosu recla"aci%n, ( el o!ro su #ago 8Ar!. ;Q9 En conclusi%n, #uede a*r"arse que

    la consecuencia #r5c!ica que resul!a de lo an!erior, es que quien !iene el !í!ulo,!iene el derecho, ( #or lo "is"o, !ra!5ndose de !í!ulos de cr4di!o, el #rinci#ales el docu"en!o ( lo accesorio es el derecho, #orque el que !iene eldocu"en!o, legí!i"a"en!e !iene el derecho a el incor#orado.1/)>PL1>1E+O.- Es el con!e6!o de co"#ensaci%n ( liquidaci%n de 'alores, seu!ili$a cuando cualquiera de las #ar!es de una negociaci%n deja de cu"#lir conlos !4r"inos de lo acordado. 1DE>1NA/1H.- Acci%n ( efec!o de inde"ni$ar,re#araci%n legal en dinero o en es#ecie de un da=o o #erjuicio causado. 77/o"#ensar al indi'iduo de acuerdo a la le( #or haber causado un da=o o#erjuicio a o!ro indi'iduo #or lesi%n, da=o o #erjuicio. 1DE>1NA& &esarcir los

    da=os ( #erjuicios. 1D12101BLE.- Obligaci%n que no es susce#!ible decu"#li"ien!o #arcial. 1E1/A/1A DEL A/+O )&D1/O.- Es ine*ca$ el ac!ocuando no se logra la *nalidad que el au!or o las #ar!es #re!endieron ob!eneral reali$arlo, (a sea #or dis#osici%n de la le( o #or ac!os de los in!eresadosrei"#ida la #roducci%n de los efec!os nor"ales del ac!o o #roducidos 4s!osdeban ser des!ruidos. 1>OB1L1A&1O.- &eferen!e o #er!enecien!e a las cosasin"uebles. 1>)EBLE.- Bien in"ueble. 1I)1&1&.- E6a"inar cuidadosa"en!euna cosa. 10/&1P/1H.- Ac!o #or el cual se hace cons!ar an!e el &egis!ro

  • 8/17/2019 Glosario de Terminos de Derecho Civil Derecho Civil

    33/81

    Pblico, #or "edio de docu"en!o reconocido co"o e*caces #ara !al *n.10+&)>E+O.- Docu"en!o. 10+&)>E+O P&12ADO.- Docu"en!o o escri!uraen que se hace cons!ar cualquier ac!o jurídico, bajo las *r"as de losin!eresados ( !es!igos, #ero sin la in!er'enci%n de #ersona do!ada de fe#blica. 10+&)>E+O P@BL1/O.- Escri!ura o docu"en!o au!ori$ado #or

    no!ario. 1+E&D1//1O.- &es!ricci%n i"#ues!a judicial"en!e a una #ersona acausa de enfer"edad, si!uaci%n econ%"ica, e!c., en 'ir!ud de la cual queda#ri'ada del ejercicio de los ac!os jurídicos en su 'ida ci'il. 1+E&0.- Gananciao u!ilidad que #roduce un ca#i!al que se in'ier!e, coloca o #res!a duran!e uncier!o !ie"#o. 1+E&0 >O&A+O&1O.- 1n!ereses que se 'an generando a lo largodel cr4di!o #or no #agar las obligaciones #un!ual"en!e. 1+E&0 O&D1A&1O OO&>AL.- Aqu4l que #roduce un ca#i!al en!re la fecha en que se celebra unao#eraci%n de cr4di!o ( un día an!es del 'enci"ien!o.1+E&PELA/1H.&equeri"ien!o - judicial o e6!rajudicial - for"ulado a un deudor#ara que cu"#la una obligaci%n #endien!e. 1+E&PH01+A PE&0OA.- Personaque, sin ser la in!eresada en la reali$aci%n de un ac!o o con!ra!o, se os!en!aco"o !al #ara #roducirlo a bene*cio de o!ra, que es la 'erdadera"en!ein!eresada, ( que no #odría celebrarlo legal"en!e en 'ir!ud de una #rohibici%nlegal e6is!en!e al res#ec!o