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FUNDACION UNIVERSITARIA TECNOLOGICOCOMFENALCO
CARTAGENA
REGLAMENTO EDITORIAL
Aprobado por el Consejo Superior de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA
TECNOLÓGICO COMFENALCO, mediante Acuerdo No. 126 del Consejo Superior, según acta
No. 180 de 16 de julio de 2012.
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Contenido
FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS DE LA INSTITUCION......................................... 3
PRINCIPIOS DERIVADOS DE LA MISIÓN............................................................ 4
Disposiciones Generales ......................................................................................... 5
De la Organización Administrativa de la Editorial .................................................... 8
Del Catálogo y la Difusión del Material Editado..................................................... 12
Revistas científicas ................................................................................................ 14
Proceso Editorial ................................................................................................... 15
Aspectos Legales .................................................................................................. 20
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FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS DE LA INSTITUCION
Misión
“Somos una institución de educación superior con personal altamente
comprometido que forma personas integrales con cultura investigadora, innovadora
y emprendedora, capaces de transformar e impactar positivamente el sistema
social”.
Visión
“La Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco en el 2019 será una institución
de calidad reconocida por su modelo en formación progresiva, con un excelente
equipo humano aportando soluciones para el desarrollo de Cartagena, la región y el
país”.
Valores
La FUNDACION UNIVERSITARIA TECNOLÓGICO COMFENALCO-CARTAGENA,
ha optado por los siguientes valores guía de su acción:
Respeto
Equidad
Tolerancia
Solidaridad
Honestidad
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PRINCIPIOS DERIVADOS DE LA MISIÓN
Principio de investigación
Alude a la dinámica de la relación con el conocimiento que debe existir en
todos los procesos académicos desde la ciencia y la tecnología así como a la
aplicación de los conocimientos universales para la solución de problemas
concretos.
Principio de contextualización
Escenario que da sentido, pertinencia y legitimidad a las acciones implementadas
por la Institución. Este principio implica contextualizar todo lo que hacemos,
para ser lo que queremos ser, y nos compromete con el espacio y objeto de
transformación educativa y social.
Principio de interdisciplinariedad
Hace referencia a la búsqueda de convergencia entre fronteras de las disciplinas
para crear regiones de conocimiento y saberes que permitan la transferencia
de métodos apropiados a la solución de problemas a partir de un proceso
Investigativo.
Principio de flexibilización
Entendido como la diversificación de los modos y formas de organizar sus
estudios, poner al día los conocimientos y las competencias para actualizar,
reconvertir y mejorar la cultura de la Institución.
Principio de participación
Se entiende como la vinculación real, activa y organizada de los miembros
de la comunidad educativa y del sector de la producción para estructurar las
propuestas de formación dentro del más absoluto respeto a las diferencias
individuales, de opinión y a los derechos inherentes a la dignidad de las personas.
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CAPITULO I
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular los procesos
editoriales, de distribución y de comercialización de las publicaciones de la
FUNDACION UNIVERSITARIA TECNOLOGICO COMFENALCO, así como la
integración, organización, funcionamiento y atribuciones de las instancias que
intervienen en dichos procesos.
ARTÍCULO 2. Para la edición y publicación de otros medios impresos y no
impresos como pueden ser libros y revistas electrónicas, programas de cómputo,
películas, videos, transparencias, multimedia y en general producciones en medios
ópticos; se aplicará en lo conducente este Reglamento.
ARTICULO 3. Para el presente reglamento se utilizan las definiciones propuestas
en el artículo 23 del Decreto 460 de 1995,
OBRAS IMPRESAS
a) Impreso de carácter monográfico: publicación completa en una sola parte o
que se piensa completar con un número determinado de partes, publicadas por
separado y que no pertenece a una serie. Los impresos de carácter monográfico
abarcan: libros, folletos, pliegos sueltos.
Libro: Reunión de muchas hojas de papel, vitela, u otras, ordinariamente impresas,
que se han cosido o encuadernado juntas con cubierta de papel, cartón, pergamino
u otra piel, y que forman un volumen.
Folleto: Obra impresa, no periódica, que no consta de bastantes hojas para formar
un libro.
Pliego: Pieza suelta de papel impresa por uno o ambos lados;
b) Publicación seriada: publicación que aparece en partes sucesivas, a intervalos
regulares o irregulares, cada una de las cuales presenta designaciones numéricas
o cronológicas y que pretende continuarse indefinidamente. Las publicaciones
seriadas incluyen periódicos o diarios; anuarios, revistas, memorias, actas, entre
otros, de entes corporativos;
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c) Material cartográfico: cualquier material que presente la totalidad o una parte
de la tierra o de cualquier cuerpo celeste. Los materiales cartográficos abarcan:
mapas o planos en dos o tres dimensiones; cartas aeronáuticas, de navegación o
celestes; atlas; globos; diagramas en bloque; fotografías aéreas con fines
cartográficos; vistas a ojo de pájaro; croquis, grabados topográficos; imágenes
aéreas, espaciales y terrestres; modelos de relieve; entre otros;
d) Música: Serie de pentagramas en donde están impresas todas las partes
instrumentales y/o vocales de una obra musical, colocados uno debajo de otro en
forma vertical, de modo que las partes puedan leerse simultáneamente. Así mismo,
los pentagramas para una de las voces o instrumentos que participan en una obra
musical. Incluye: partituras abreviadas, partituras cortas, partituras de bolsillo,
partes de piano del director, partituras vocales, partituras para piano, partituras
corales, partituras y partes en general.
FONOGRAMAS
e) Grabación sonora o fonograma: Dentro de las grabaciones sonoras se
encuentran: discos, cintas (abiertas carrete a carrete, cartuchos, cassettes),
grabaciones en película (excepto las destinadas a acompañar imágenes visuales),
y bandas sonoras.
OBRA AUDIOVISUAL
f) Obras audiovisuales: Toda obra que consiste en una serie de imágenes fijadas
y relacionadas entre si, acompañadas o no de sonidos, susceptible de hacerse
visible y, si va acompañada de sonidos, susceptible de hacerse audible.
SOFTWARE Y BASE DE DATOS
g) Archivo de datos legibles por máquina: cuerpo de información codificado por
métodos que requieren el uso de una máquina (típicamente una computadora) para
el procesamiento. Pertenecen a esta categoría: archivos almacenados en cinta
magnética, módulos de disco, tarjetas de marca sensible, documentos fuente en
caracteres de reconocimiento óptico;
El término de datos legibles por máquina, se refiere tanto a los datos almacenados
en forma legible por máquina como a los programas usados para procesar esos
datos;
h) Material gráfico: representación en dos dimensiones, puede ser opaca o
destinada a ser vista o proyectada, sin movimiento, por medio de un aparato óptico.
Los materiales gráficos abarcan: carteles, diagramas, diapositivas, dibujos técnicos,
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estampas, estereografías, fotobandas, fotografías, reproducciones de obras de
arte, tarjetas nemotécnicas, tarjetas postales y transparencias.
i) Microforma: Término genérico para cualquier medio, ya sea transparente u
opaco, que contenga microimágenes, como las microfichas, microfilmes,
microopacos, etc.
ARTICULO 6. Por su condición de servicio editorial, la materia objeto de las
actividades editoriales de la Editorial Fundación Universitaria Tecnológico
Comfenalco podrá cubrir cualquier campo del conocimiento humano y de la
sociedad que contribuya al desarrollo de las ciencias, las técnicas, las tecnologías
y las humanidades.
ARTICULO 7. Por su contenido, las publicaciones editadas por la Editorial
Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco se clasificarán en las siguientes
colecciones:
a. Libros de texto
b. Investigación
c. Docencia
d. Proyección social
e. Arte
f. Historia y patrimonio
g. Actas, homenajes y memorias
h. Institucionales.
ARTÍCULO 8. Los autores de las obras editadas por la Editorial Fundación
Universitaria Tecnológico Comfenalco deberán ajustarse a las normas contenidas
en el presente reglamento y en el Manual de Estilo, de manera que se devolverá
para su revisión los originales que no se adapten a los mismos.
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CAPITULO II
De la Organización Administrativa de la Editorial
ARTÍCULO 9. La Editorial Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco -
Cartagena se organizará administrativamente de la siguiente forma:
1. Comité Directivo
2. Director
3. Comité Editorial
4. Oficina Editorial
5. Oficina de Promoción y Mercadeo Editorial
ARTÍCULO 10. Presidirán el Comité Directivo:
1. El Rector, quien lo presidirá
2. El Vicerrector Académico, quien en caso de ausencia del Rector, lo presidirá.
3. El Director de Investigaciones
4. El Gerente Administrativo y Financiero
5. Un decano, designado por el Consejo Académico, cuyo periodo estará
determinado por su decanato.
6. Jefe de Planeación.
7. Director de Proyección Social
8. El director de la Editorial, quien hará las veces de secretario con voz y sin
voto.
ARTÍCULO 10. Director: Es el encargado de la dirección y Coordinación
administrativa, misional, de personal, financiera, presupuestal y contable de la
Editorial; será escogido por los miembros del comité editorial y deberá hacer parte
de él.
ARTÍCULO 11. Funciones del Director:
1. Las asignadas por el comité Editorial
2. La coordinación y dirección administrativa del sello Editorial
3. Gestión financiera, presupuestal y contable del sello Editorial
ARTÍCULO 12. Integrarán el Comité Editorial:
1. El director de la Editorial, quien lo presidirá
2. El Jefe de la Oficina Editorial
3. El Director del Centro de Investigaciones
4. Coordinadores de Investigación de los Programas Académicos
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5. Sub-Director de Biblioteca
6. Tres Profesores, con preferencias expertos en temas editoriales, designados
por el Consejo Académico.
ARTÍCULO 13. Serán funciones del Comité Editorial de la Fundación
Universitaria Tecnológico Comfenalco – Cartagena:
1. Trazar y definir las políticas de la Editorial Fundación Universitaria
Tecnológico Comfenalco – Cartagena.
2. Revisar y definir periódicamente los criterios Editoriales que se tendrán en
cuenta para un proyecto editorial pueda ser publicado por la Editorial.
3. Establecer la periodicidad y número de ejemplares de libros y revistas que
serán publicados. Para el caso de las revistas, se tendrán en cuenta el
cumplimento estricto de las fechas con que aparecerán, de acuerdo con los
compromisos de Colciencias y Publindex.
4. Gestar una Imagen Editorial Unificada que permita consolidar el sello editorial
de la Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco.
5. Proponer convenios para la coedición u otros hechos editoriales que
afecten a las revistas con otras universidades y entidades científicas
nacionales o extranjeras.
6. Acordar la estructura y organización de cada una número de revistas
7. Proponer las líneas y colecciones Editoriales de la Editorial Fundación
Universitaria Tecnológico Comfenalco.
8. Diseñar y coordinar la convocatoria de Publicaciones
9. Hacer Una Primera lectura de los manuscritos recibidos, juzgar sobre su
pertinencia para la admisión en la revista, o para su publicación.
10. Evaluar las propuestas editoriales, dentro de los aspectos a evaluar se
encuentran: académico y editorial, apoyados en pares externos,
garantizando el anonimato en el proceso de evaluación.
11. Definir conjuntamente con la oficina jurídica, los términos de referencia
apara los contratos de edición, distribución y divulgación de los textos
publicados, de Acuerdo Con Los Derechos De Autor Y De Propiedad
Intelectual Establecidos Por La Fundación Universitaria Tecnológico
Comfenalco y por la ley.
12. Las gestiones propias de los procesos de publicación.
ARTÍCULO 14. La Oficina Editorial asumirá los procesos que van desde la
recepción de originales hasta su envío a los talleres de impresión, así mismo
realizará el seguimiento del proceso de producción hasta la entrega final de la
publicación. Los procesos mencionados incluyen la evaluación académica, editorial
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y económica del proyecto, el diagnóstico y la preparación editorial del material,
teniendo en cuenta el contenido académico de proyecto.
ARTÍCULO 15. Para atender la promoción de su Catálogo, la Editorial
emprenderá las acciones oportunas, tanto de manera propia como en
colaboración. Estas acciones propias de promoción comprenderán las siguientes
tareas:
1. Edición y distribución del Catálogo General con la periodicidad que
determine el Comité Editorial.
2. Edición y distribución de boletines de novedades y catálogos
especializados por materias.
3. Publicidad en medios de comunicación, bien sean de ámbito general o
especializados.
4. Envío de ejemplares para reseña en revistas científicas relacionadas con
el contenido de la obra, o a periódicos y suplementos culturales.
5. Mantenimiento de una página web, debidamente actualizada.
6. Otras que, a propuesta del responsable de comunicación, sean aprobadas
por el Comité Editorial.
7. Estudiar las posibilidades de mercado de los proyectos editoriales
8. Identificar el público al cual va dirigido para diseñar estrategias de
divulgación, promoción y comercialización
Las acciones de promoción realizadas en colaboración con otras instituciones se
orientarán a los siguientes objetivos:
1. Participación de la Editorial en asociaciones que integren servicios de
publicaciones y editoriales universitarias o privadas.
2. Inclusión del fondo editorial de la Editorial en catálogos colectivos o en
librerías virtuales.
3. Participación en ferias dentro de pabellones profesionales y asociativos.
4. Canje de publicaciones con otras instituciones por intermedio de Biblioteca
institucional.
ARTÍCULO 16: Se reconoce la importancia de los comités editoriales por
facultades, ya que podrán desarrollar proyectos de publicación a través del sello
editorial de la Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco - Cartagena, para
su edición y publicación deben contar con el aval del comité Editorial.
ARTÍCULO 17. El Comité Editorial por Facultades estará integrado por:
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1. Dacano o su delegado, quien lo preside.
2. Coordinadora de Investigación.
3. Coordinadora de Proyección Social
4. Coordinadora de Pedagogía.
5. Cuatro (4) docentes Investigadores adscritos a la facultad.
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CAPITULO III
Del Catálogo y la Difusión del Material Editado
ARTÍCULO 13. El Catálogo General –en su ordenación por partes, colecciones,
títulos u otros elementos que lo componen- se constituirá como el sistema de
organización e identidad de los libros, revistas científicas y otros productos
realizados por la Editorial Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco. Su
configuración es el exponente máximo de la línea editorial que la Editorial ponga
en práctica.
ARTÍCULO 14.
Para la buena ejecución de la línea editorial, las Colecciones de libros que forman
parte del Catálogo estarán a cargo del Director de la Editorial.
ARTÍCULO 15. Para atender la promoción de su Catálogo, la Editorial
emprenderá las acciones oportunas, tanto de manera propia como en
colaboración.
ARTÍCULO 16. Las acciones propias de promoción comprenderán las siguientes
tareas:
1. Edición y distribución del Catálogo General con la periodicidad que
determine el Comité Editorial.
2. Edición y distribución de boletines de novedades y catálogos
especializados por materias.
3. Publicidad en medios de comunicación, bien sean de ámbito general o
especializados.
4. Envío de ejemplares para reseña en revistas científicas relacionadas con
el contenido de la obra, o a periódicos y suplementos culturales.
5. Mantenimiento de una página web, debidamente actualizada.
6. Otras que, a propuesta del responsable de comunicación, sean
aprobadas por el Comité Editorial.
ARTÍCULO 17. Las acciones de promoción realizadas en colaboración con otras
instituciones se orientarán a los siguientes objetivos:
1. Participación de la Editorial en asociaciones que integren servicios de
publicaciones y editoriales universitarias o privadas.
2. Inclusión del fondo editorial de la Editorial en catálogos colectivos o en
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librerías virtuales.
3. Participación en ferias dentro de pabellones profesionales y asociativos.
4. Canje de publicaciones con otras instituciones por intermedio de
Biblioteca institucional.
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CAPITULO IV
Revistas científicas
ARTÍCULO 18. Las revistas de carácter científico, técnico o educativo que edite la
Editorial Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco serán uno de los
canales editoriales mediante los que la Institución podrá dar a conocer el
resultado de las investigaciones, estudios y aportaciones al conocimiento del
hombre y del medio en el que se desarrolla; que efectúen las diversas facultades,
programas, instancias o dependencias de la propia Institución.
ARTÍCULO 20. Las revistas contarán con un Director, con plena autonomía de
dirección y redacción, dentro de lo establecido en la normativa vigente.
ARTÍCULO 21. La Editorial podrá proponer convenios para la coedición u otros
hechos editoriales que afecten a las revistas con otras universidades y entidades
científicas nacionales o extranjeras.
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CAPITULO V
Proceso Editorial
ARTICULO 22. Para los propósitos del presente reglamento se entiende que el
Proceso Editorial es el conjunto de acciones encaminadas a la publicación de un
libro o artículo de revista. Inicia con la evaluación del texto y culmina con la
publicación del mismo.
ARTICULO 23. Recepción propuesta de publicación. El Interesado en someter
a evaluación del Comité Editorial una obra para publicación con el sello Editorial
Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco, deberá entregar al Director de
la Editorial la documentación relacionada a continuación:
a. Dos (2) copias impresas de la obra completa (presentación, tabla de
contenido, cuerpo del texto, material gráfico, glosario, índice, etc.), y el
respectivo soporte digital, presentado en lenguaje de computador
compatible con los sistemas empleados por la Editorial, cuando se tratare
de obras inéditas, o de modificaciones, transformaciones o traducciones
de una obra ya publicada. En el caso de una obra ya publicada, además
un ejemplar de la última edición.
b. La ficha de recepción, suministrada por la Editorial, debidamente
diligenciada. A la cual se anexará, cuando fuere necesario, la prueba de
la representación si se actuare por apoderado, la prueba de la titularidad
o adquisición del derecho de la obra que se va a publicar si el solicitante
no fuere el autor, y la autorización para reproducir tablas, figuras o apartes
menores de obras ajenas, cuando la ley lo exigiere.
PARÁGRAFO 1. La Editorial se abstendrá de recibir materiales o textos
incompletos, escritos a mano o ilegibles; textos con extensión menor a
cincuenta (50) cuartillas; obras cuya situación legal no esté claramente definida;
u obras que, habiendo sido rechazadas por el Comité Editorial, son
presentadas de nuevo sin modificaciones sustanciales.
PARÁGRAFO 2. Un autor solo podrá presentar simultáneamente para
consideración y evaluación un máximo de dos obras, y hasta tanto no se tenga
la decisión del Comité Editorial respecto a ellas, no podrá presentar nuevas
propuestas.
ARTÍCULO 24. Época de recepción. La obra completa y la documentación
necesaria se recibirán en cualquier día hábil entre los meses de febrero y
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noviembre, incluidos. La Editorial dará constancia escrita de la recepción.
ARTÍCULO 25. Restricción a la divulgación o presentación de la obra. Desde
el momento de la recepción de una obra, y durante el proceso de evaluación de la
misma, los empleados de la Editorial, los evaluadores y los integrantes del Comité
Editorial que, por su oficio, deban conocer su contenido y los conceptos
evaluativos, se obligarán a guardar reserva.
Quien proponga una obra para evaluación en la Editorial, deberá abstenerse de
someterla simultáneamente a consideración de otras casas editoriales o de
concursos. En caso de que ya lo hubiera hecho, deberá dejar constancia de ello
en la ficha de recepción en el momento de la presentación de la obra ante la
Editorial.
ARTÍCULO 26. Evaluación de propuestas. Es competencia del Comité Editorial
evaluar las propuestas recibidas, de acuerdo con dos aspectos fundamentales:
editorial y académico, éste último con el apoyo de pares externos.
De acuerdo a la información obtenida por cada uno de los aspectos, el Comité
define si aprueba o no la edición del material. Para el registro de las
evaluaciones, se diligenciaran los formatos avalados por el Comité Editorial, que
están acordes con el procedimiento de presentación de textos para libros y
artículos para revistas científicas.
ARTICULO 27. Evaluación editorial. El Comité Editorial o por delegación de
éste, el Director de la Editorial, evaluará el documento con base en las siguientes
categorías:
a. Ajuste de la obra a las líneas editoriales y a las políticas editoriales de la
Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco
b. Cumplimiento de las normas de presentación de textos a la Editorial.
c. Cumplimiento de ley de derechos de autor.
d. Manera de citación de acuerdo con el área de conocimiento específico.
e. Calidad del material gráfico.
f. Otros aspectos que desde el punto de vista editorial representen dificultad en
la edición de la obra.
El Director de la Editorial devolverá todas aquellas solicitudes que no cumplan los
requisitos indicados o presenten dificultades editoriales. La devolución se hará
indicando la causa y se informará al Comité sobre dichas devoluciones.
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ARTICULO 28. Evaluación académica. La evaluación académica se regulará
mediante los siguientes aspectos generales:
a. El Comité Editorial o por delegación de éste, el Director de la Editorial,
solicitará dos evaluaciones del documento a pares académicos.
b. Siempre que sea posible, se guardará confidencialidad para el nombre del
autor o autores del documento.
c. Se guardará confidencialidad para los nombres de los evaluadores.
d. Para obras cuyos autores tengan vínculo con la Fundación Universitaria
Tecnológico Comfenalco, ambos evaluadores serán externos a la
Institución.
e. Para documentos cuyos autores no tengan vínculo con la Institución, los
dos pares académicos evaluadores podrán ser internos o externos.
f. Se solicitará a los evaluadores que tengan en cuenta los criterios
establecidos por el Comité Editorial para la evaluación de libros de texto,
libros de investigación y libros de ensayo.
g. Los conceptos de los evaluadores pueden tener las siguientes variaciones:
i. Los dos evaluadores recomiendan la publicación, pero uno o los dos
sugiere modificaciones o hace recomendaciones: en este caso, el
Director de la Editorial hará conocer los conceptos al autor (sin firma
para preservar la confidencialidad) y solicitará mediante oficio que de
ser pertinentes las sugerencias, sean acogidas en la obra. Una vez
recibido el documento modificado, este será enviado de nuevo a los
evaluadores para que certifiquen las modificaciones.
ii. Un evaluador recomienda la publicación y el otro no: el Comité, con
criterio propio y apoyado en la evaluación editorial podrá: aprobar la
publicación, negar la publicación o solicitar un tercer concepto. En el
segundo caso, se hará conocer al autor el concepto negativo para
que sea analizado y considere modificaciones.
iii. Los dos evaluadores recomiendan la publicación sin sugerencias o
modificaciones: en este caso no se darán a conocer los conceptos de
los evaluadores y se informará al autor mediante oficio (previa
aprobación de la evaluación editorial) que el libro pasará al proceso
de edición.
iv. Los dos evaluadores no recomiendan la publicación: Se informará al
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autor que cursado el proceso de evaluación (académica y editorial), el
Comité Editorial ha decidido no aprobar la edición de la obra bajo el
sello de editorial de la Fundación Universitaria Tecnológico
Comfenalco. Se aclarará que el proceso de evaluación es
confidencial. De ser solicitado el concepto de los evaluadores por el
autor, se le hará conocer.
La aprobación o la no aprobación de la publicación será informada al autor,
mediante oficio, por el Director de la Editorial. El Comité Editorial aprobará la
edición de las obras cuyas evaluaciones editorial y académica sean satisfactorias.
ARTÍCULO 29. Preparación editorial. La Editorial someterá los materiales a los
procesos de preparación textual, gráfica y paratextual habituales para garantizar
la estructura editorial óptima. Para ello designará personal capacitado que
coordine la realización de los respectivos procesos.
Es potestad exclusiva de la Editorial definir el diseño, la presentación física y las
características de la obra: Formato, acabado, diseño, tipografía, diagramación del
texto y de la carátula, y en general, hacer la presentación física definitiva de la
obra, según su criterio editorial.
ARTÍCULO 30. Obligaciones del autor durante la preparación editorial. Sin
desmedro de los derechos morales, las modificaciones sugeridas en el proceso
de edición deberán ser acogidas por el autor de la obra, sin que ello implique
coautoría para el personal de la Editorial. El derecho a la paternidad sobre la obra
y la responsabilidad por sus contenidos recaerán exclusivamente sobre el autor,
sin perjuicio del derecho de mención que asistiere al personal de la Editorial que
participa en la coordinación o realización de los procesos de publicación.
El autor atenderá las sugerencias de modificación y ajuste formuladas por el
editor de texto y cumplirá los términos del cronograma de revisiones y consultas
que, para la preparación editorial, hubiere acordado con la Editorial.
Terminada la preparación editorial, el autor deberá firmar constancia de
aceptación de las correcciones del texto antes y después de la diagramación,
quedando constancia de que revisó la prueba final y se responsabiliza del
contenido definitivo de la misma.
PARÁGRAFO 1. La Editorial no realizará correcciones por los errores que se
presenten en el libro una vez impreso y que el autor no haya señalado en la
prueba final, o en todo caso antes de firmar la constancia de aceptación del
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arte final. La Editorial guardará las pruebas de edición del libro después de
impreso durante un máximo de seis (6) meses, tiempo que se considera
suficiente para presentar o atender observaciones al respecto. Pasado este
tiempo, la Editorial destruirá las pruebas de edición.
ARTÍCULO 31. Plazos de publicación. De acuerdo con la calidad de la escritura,
la extensión del texto, el tipo y la cantidad de ilustraciones, la diversidad de los
recursos paratextuales y, en general, las características de cada original, la
Editorial determinará un cronograma de preparación editorial y publicación de la
obra, sin que, en general, el plazo máximo de publicación pueda exceder un año;
contado a partir de la fecha de aprobación que al efecto imparta el Comité
Editorial, salvo acuerdos documentados entre las partes que fijen un plazo
superior.
PARÁGRAFO 1. Cuando se presenten eventos de fuerza mayor o caso
fortuito, debidamente documentados, se procederá a la firma de las
suspensiones necesarias o a la cancelación definitiva del proceso y del
contrato de edición, sin lugar a reclamaciones.
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CAPITULO VI
Aspectos Legales
ARTÍCULO 32. Solicitud de ISBN o ISSN. La editorial solicitará con la debida
anticipación al proceso de impresión, la asignación del ISBN o ISSN de la
publicación, para lo cual proporcionarán los datos exigidos por la Agencia ISBN,
administrada por la Cámara Colombiana del Libro y por la Biblioteca Nacional, y
acompañarán a su petición los comprobantes de pago de los derechos
correspondientes y demás requisitos exigidos.
ARTÍCULO 33. El ISBN se asigna a:
a. Libros impresos.
b. Audiolibros (libros hablados en CD-ROM).
c. Videolibros.
d. Libros en formato DVD.
e. Libros publicados en Internet.
f. Libros electrónicos.
ARTÍCULO 34. El ISBN se deberá solicitar por cada título editado por primera
vez, a cada nueva edición de un título ya publicado, a cada diferente
encuadernación o presentación, a las versiones relacionadas de la misma obra, al
conjunto de una obra en varios tomos o volúmenes y a cada volumen de una obra
de conjunto.
ARTÍCULO 35. Toda publicación periódica deberá contar con ISSN.
ARTÍCULO 36. Cuando se requiera el ISSN de sus publicaciones periódicas, la
Editorial solicitará por escrito el trámite correspondiente, a la Biblioteca Nacional
de Colombia.
ARTÍCULO 37. Código de Barras. La Editorial deberá utilizar el código de
barras en sus publicaciones, tomando como base el ISBN o el ISSN, para
determinar el código identificador del producto.
ARTICULO 38. Los aspectos concernientes a derechos de autor y depósito legal,
se regirán estrictamente por los decretos 460 de 1995, 2150 de 1995 y 358 de
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2000; así como la Ley 44 de 1993.
ARTICULO 39. Depósito legal de obras impresas. Es la obligación que se le
impone a todo editor de obras impresas, productor de obras audiovisuales y
fonogramas en Colombia y a todo importador de éstas, de entregar ejemplares a
la Biblioteca Nacional, Biblioteca del Congreso y Biblioteca de la Universidad
Nacional de Colombia, con el propósito de guardar memoria de la producción
literaria, audiovisual y fonográfica del país.
En desarrollo de lo anterior, Editorial Fundación Universitaria Tecnológico
Comfenalco deberá efectuar el depósito legal de toda obra, producción
audiovisual y fonograma que publique dentro de los sesenta días siguientes a
dicha publicación, de la siguiente manera:
— dos ejemplares a la Biblioteca Nacional de Colombia;
— un ejemplar a la Biblioteca del Congreso;
— un ejemplar a la Biblioteca de la Universidad Nacional de Colombia;
— un ejemplar a la Biblioteca Departamental de Bolívar.
ARTICULO 40. Utilización del nombre e imagen de la Institución y de
editorial Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco. Cualquier forma
de utilización del logo, nombre o cualquier imagen institucional, deberá ser previa
y expresamente autorizada por la dependencia u órgano competente para ello,
quien además definirá las condiciones de su utilización.
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