4
Sociedades por Acciones Simplificada
• Han significado la revolución societaria en Colombia
• Su evolución ha desmitificado los obstáculos e incertidumbres que plantearon las novedosas figuras en su inicio
6
S.A.S. PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA FISCAL
• Mejorar cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes
• Verificar obligaciones de contribución y facultades de comprobación
• Evitar fraudes y conflictos entre contribuyentes
•
7
S.A.S. PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA FISCAL
• Protección y garantía de los derechos de los contribuyentes y sus datos personales
• Instrumento de cooperación internacional respecto a la atracción de capital, la elusión y evasión de contribuciones
Ha cobrado un nivel valorativo tan alto que se piensa que es mas bien una exigencia idealizada que un bien realizable
8
S.A.S. medidas contra la evasión y elusión fiscal – BEPS - OCDE
Responsabilidad solidaria y subsidiaria
Abusos en materia tributaria y desestimación de la personalidad jurídica
Normas sobre patrimonio
• Prima en colocación de acciones
• Subcapitalización
9
S.A.S. medidas contra la evasión y elusión fiscal – BEPS - OCDE
Reorganizaciones empresariales
Inversiones en el exterior, paraísos fiscales y precios de transferencia
En contraposición los derechos de los contribuyentes a nivel local e internacional
Principio de neutralidad tributaria: riqueza, normalización, renta, cree y sobre tasa al cree
10
S.A.S. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Y SUBSIDIARIA
Para efectos tributarios se regirán por las reglas aplicables a las sociedades anónimas
Regla general: los accionistas de sociedades por acciones NO responden solidariamente por impuestos, actualizacíones de sanciones e intereses
No obstante lo anterior,
11
S.A.S. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA Y SUBSIDIARIA
• SI a responsabilidad solidaria entre las sociedades subordinadas entre sí y con su matriz del exterior que no tenga sucursal en el país (ya debe migrar el concepto a E.P.)
• SI responsabilidad subsidiaria de administradores por no cumplir deberes formales de su representada
12
Sociedades por Acciones Simplificada
• Características a destacar: No tiene límite para el número de accionistas (uno o
más). NO requiere junta directiva No se requiere la pluralidad para la toma de
decisiones Elimina las suplencias Se puede moldear a múltiples variables primando la
voluntad de las partes no la ley, excepto en casos ilícitos
14
Desestimación de la Personalidad Jurídica
Cuando se utilice una o varias sociedades de cualquier tipo con el propósito de defraudar a la DIAN o de manera abusiva como mecanismo de evasión fiscal, el o los accionistas que hubiere realizado, participado o facilitado los actos de defraudación o abuso de la personalidad jurídica de la sociedad, responderán solidariamente ante la DIAN por las obligaciones nacidas de tales actos y por los perjuicios causados.
14
14
15
Abuso en Materia Tributaria
• Abuso o conducta abusiva, el uso o la implementación, a través de una operación o serie de operaciones, tendiente a ALTERAR, DESFIGURAR O MODIFICAR ARTIFICIALMENTE LOS EFECTOS TRIBUTARIOS con el fin de obtener provecho tributario.
15
15
16
Abuso en Materia Tributaria
• ELIMINACIÓN, REDUCCIÓN, O DIFERIMIENTO DEL TRIBUTO, INCREMENTO DEL SALDO A FAVOR O PERDIDAS FISCALES Y LA EXTENSIÓN DE BENEFICIOS O EXENCIONES TRIBUTARIAS en favor de beneficiarios reales
• El fraude a la ley constituye abuso tributario
16
16
17 17
Abuso en Materia Tributaria
• Que no sea el resultado de un propósito comercial o de negocios legitimo y razonable.
• No existirá abuso si se acoge al cumplimiento de los requisitos pertinentes, a beneficios expresamente consagrados en la ley, sin el uso de mecanismos, procedimientos, entidades o actos artificiosos.
17
18
Abuso en Materia Tributaria
• Cuando se involucren personas naturales o jurídicas con patrimonio liquido igual o superior a 192.000 UVT y la DIAN pruebe plenamente la ocurrencia de 3 o mas hechos .
• El contribuyente tiene derecho a defensa y controvertir la ocurrencia de los hechos.
• La decisión deberá ser adoptada por un cuerpo
colegiado o comité.
18
18
19
Abuso en Materia Tributaria
• Supuestos:
Operación o serie de operaciones entre:
• Vinculados económicos.
• Paraísos fiscales.
• Entidad del régimen tributario especial.
• Entidad no sujeta, exenta o régimen tarifario especial.
19
19
20
Abuso en Materia Tributaria
• Precio o remuneración pactado difiere en mas del 25% para operaciones similares en condiciones de mercado.
• Condiciones negocio u operación omiten una persona, acto jurídico, documento o cláusula material con el fin de obtener un beneficio tributario.
• Consecuencias: determinación oficial de impuestos e imposición de sanciones a contribuyentes, vinculados y responsables. Remover velo corporativo
20
20
22
Objeto Social
• Regla general:
“Cualquier actividad civil o comercial lícita”
• Recomendación tributaria:
Indicar actividad principal R.U.T.
• Objeto múltiple
23
Capital S.A.S.
• Capital autorizado • Capital suscrito • Capital pagado • No requiere en el acto de constitución
Capital autorizado el doble del suscrito Capital pagado 1/3 y 2/3 a plazos
• Puede pagarse en proporciones y plazos diferentes, máximo en dos (2) años
24
Capital S.A.S.
• Pactos a futuro sobre control de porcentajes máximos y mínimos por uno o más accionistas - directo o indirecto
Ej.: Pedro siempre tendrá el 15% de las acciones.
El grupo empresarial inversores no tendrá más del 60% de las acciones
24
25
Acciones
• Permite crear CLASES y SERIES de Acciones: Ordinarias.
Privilegiadas.
Con dividendo preferencial y sin derecho a voto.
Con dividendo fijo anual.
De pago.
De voto singular o múltiple.
26
Acciones
• Ordinarias: Aunque carecen de privilegios especiales pueden
ser de voto singular - cada acción un voto o de voto múltiple
Una acción el 90% de los votos
Tres acciones cada una el 10% de los votos
Cinco acciones con el 15% de los votos cada una
27
Aportes a sociedades nacionales
• En dinero o en especie
• No ingreso gravado para la sociedad si emite acciones o cuotas sociales nuevas
• Costo fiscal = al del aportante
• Bienes aportados = naturaleza de activos fijos o movibles del aportante
28
Aportes de industria
• ¿Emisión de acciones ordinarias vs acciones de pago?
• Costo fiscal aportante = valor intrínseco una vez hecha la emisión
• Ingreso en especie por servicios prestados
• Costo deducible retefuente y parafiscales
29
Prima en colocación de acciones y aportes
• La PCA hace parte del aporte – base para impuesto de registro departamental
• Integra el costo fiscal sólo de quién la aporta
• Su capitalización no genera ingreso tributario ni da lugar a costo fiscal de las acciones o cuotas emitidas
30
Capitalizaciones No Gravadas
• Revalorización del patrimonio
• Reserva por depreciación diferida
• Reservas ganancias exentas o de INCRNGO o sistema ajustes integrales por inflación
32
Subcapitalización
• Límite de las obligaciones que generen intereses
• Monto total promedio del año gravable no
> a 3 veces el PL del año anterior
• No deducibilidad de la proporción de gastos de intereses que exceda este límite
33
Subcapitalización
• Sociedades proyectos de vivienda de IS (Ley 1537 de 2.012) 4 veces PL año anterior
• No aplica para entidades vigiladas por Super Financiera, ni factoring
• Sociedades proyectos de infraestructura de servicios públicos
35 35
Fusiones y Escisiones - Finalidad
Fusión:
•Expansión de marcas y actividades.
•Fortalecer presencia en mercados extranjeros.
•Mayor solvencia financiera.
•Beneficios tributarios.
36 36
Fusiones y Escisiones - Finalidad
Escisión:
• Descentralización.
• Especializar los recursos administrativos y técnicos para mejorar la productividad.
• Dividir las actividades de producción.
37
Fusión por Creación
37
Sociedad
C
Activ
o
Pasiv
o
Activ
o
Pasiv
o
Activo
Pasiv
o
Sociedad
A
Sociedad
B
38
Fusión por Absorción
38
Sociedad
B
Activ
o
Pasiv
o
Activ
o
Pasiv
o
Activo
Pasiv
o
Sociedad
A Sociedad
A
39
Efectos de la fusión
• La absorbente o la nueva compañía adquirirá los derechos y obligaciones de la sociedad o sociedades disueltas al formalizarse el acuerdo de fusión.
• Responsabilidad por obligaciones tributarias, fiscales, laborales, de las sociedades fusionadas o absorbidas.
39
40
Escisión por Creación
40
Sociedad
A
Sociedad
A
Activo
Pasiv
o
Activ
o
Pasiv
o
Sociedad
Nueva
Activo
41
Escisión por Absorción
41
Sociedad
B
Sociedad
A
Activo
Pasiv
o
Activ
o
Pasiv
o
Sociedad
A
Sociedad
B
Pasiv
o
Activ
o
Activ
o
Pasiv
o
42
Escisión
• POR ABSORCIÓN: El patrimonio de la escindida migra a otras compañías ya existentes.
• LIMITACION TRIBUTARIA: patrimonio escindido una o más unidades de explotación económica o establecimientos de comercio. No activos individuales
42
43
Efectos de la escisión
• Responsabilidad y solidaridad por obligaciones tributarias, fiscales, laborales.
• Registro en Cámara de Comercio.
• Registro en Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, cuando haya transferencia de inmuebles.
43
44
Fusiones y Escisiones
• «Los accionistas de las sociedades absorbidas
o escindidas podrán recibir dinero en efectivo, acciones, cuotas sociales o títulos de participación en cualquier sociedad o cualquier otro activo, como única contraprestación en los procesos de fusión o escisión que adelanten las S.A.S.»
45
Fusiones y escisiones Adquisitivas
• Participantes NO vinculadas entre sí
• Principio de neutralidad
• 75% acciones o participaciones permanezcan
• 90% de la contraprestación que reciba el accionista sea equivalente a los bienes sobre bases comerciales razonables – método de valoración
46
Fusiones y Escisiones
Reorganizativas • Participantes Vinculadas entre sí
• Principio de neutralidad
• 85% acciones o participaciones permanezcan
• 99% de la contraprestación que reciba el accionista sea equivalente a los bienes sobre bases comerciales razonables – método de valoración
47
Fusiones y Escisiones
• Si NO cumplen con los anteriores parámetros
• Constituyen enajenación de acciones o de activos para efectos tributarios y se gravan con impuesto sobre la renta de acuerdo con normas sobre ENAJENACIÓN DE ACTIVOS del E.T.
48
FUSIONES Y ESCISIONES Enajenación acciones
• Si se cumplen los parámetros pero a algunos accionistas salen por compensación de otros activos = reglas enajenación de acciones (renta o ganancia ocasional)
• Variable posible acciones propias readquiridas
49
ENAJENACIÓN GLOBAL DE ACTIVOS
• S.A.S. proponga enajenar activos y pasivos que representen el 50% o más del patrimonio líquido de la compañía en la fecha de la enajenación
• Valoración Tributaria activos movibles o inmovilizados
• Costo fiscal
50
G.O. LIQUIDACIÓN SOCIAL
• EXCESO DE CAPITAL APORTADO
• (-) Reservas por utilidades no gravadas
• No se considera la P.C.A no aportada
• Se gravan como dividendo extraordinario las reservas por utilidades gravadas y el superávit por valorización o revaluaciones NIIF – 10%
52
• Activos en el exterior:
• US$ Entidades financieras
• Acciones sociedades del exterior
• Inmuebles
Inversiones en el Exterior
52
53
1. Reforma Tributaria en Colombia
• Ley 1607/2012 y Ley 1739/2014
2. FATCA (USA)
3. Paraísos Fiscales
4. Acuerdos de intercambio de información:
• Automática
• Espontánea
• Específica
Inversiones en el Exterior
53
54 54
1. Antigua y Barbuda
2. Archipiélago de Svalbard
3. Colectividad Territorial de San
Pedro y Miguelón
4. Estado de Brunei Darussalam
5. Estado de Kuwait
6. Estado de Qatar
7. Estado Independiente de
Samoa Occidental
Paraísos Fiscales 8. Granada
9. Hong Kong
10. lsla Queshm
11. lslas Cook
12. lslas Pítcairn, Henderson,
Ducie y Oeno
13. lslas Salomón
55
14.Labuán
15.Macao
16.Mancomunidad de Dominica
17.Mancomunidad de las Bahamas
18.Reino de Bahréin
19.Reino Hachemí de Jordania
20.República Cooperativa de
Guyana
Paraísos Fiscales
55
21.República de Angola
22.República de Cabo Verde
23.República de las Islas Marshall
24.República de Liberia
25.República de Maldivas
26.República de Mauricio
56
27.República de Nauru
28.República de Seychelles
29.República de Trinidad y
Tobago
30.República de Vanuatu
31.República del Yemen
32.República Libanesa
Paraísos Fiscales
56
33.San Kitts & Nevis
34.San Vicente y las Granadinas
35.Santa Elena, Ascensión y
Tristán de Cunha
36.Santa Lucía
37.Sultanía de Omán
57
1. Anguila
2. Bailiazgo de Jersey
3. Barbados
4. Emiratos Árabes Unidos
5. Isla de Mann
6. Isla Caimán
7. Islas Vírgenes Británicas
8. Principado de Andorra
9. Principado de Liechtenstein
10. Principado de Mónaco
11. República de Chipre
12. República de Panamá
No Paraísos Fiscales Según Decreto
57
58
1. Curazao – Bonaire
2. Aruba
3. Belice
4. Costa Rica
5. Gibraltar
Algunos Paraísos Fiscales No Listados
6. Luxemburgo
7. Malta
8. Singapore
9. Uruguay
10. USA (Delaware –
Nevada – Texas)
58
60 60
• A partir del año gravable 2015
• Contribuyentes ISLR respecto de sus ingresos de
fuente nacional o extranjera y patrimonio
poseído dentro y fuera del país
Declaración Anual de Activos en el Exterior
62
Derechos de los Contribuyentes
• A un trato cordial, considerado, justo y respetuoso
• A tener acceso a los expedientes que cursen frente a sus
actuaciones y que a sus solicitudes, trámites y peticiones sean
resueltas por los empleados públicos, a la luz de los procedimientos
previstos en las normas vigentes y aplicables y los principios
consagrados en la Constitución Política y en el Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
62
63
Derechos de los Contribuyentes
• A ser fiscalizado conforme con los procedimientos previstos para el control de las obligaciones sustanciales y formales
• Al carácter reservado de la información, salvo en los casos previstos en la Constitución y la ley
63
64
Derechos de los Contribuyentes
• A representarse a sí mismo, o a ser representado a
través de apoderado especial o general
• A que se observe el DEBIDO PROCESO en todas las actuaciones de la autoridad
64
65
PRINCIPIOS ORIENTADORES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
• Art. 29 C.P.:
• Se aplica a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas
• No se exigirá un tributo sino conforme a leyes preexistentes, por funcionario competente y con observancia de la plenitud de las formas de cada procedimiento
65
66
DEBIDO PROCESO
• Principio del debido proceso. “Las actuaciones administrativas se adelantarán conforme con las normas de procedimiento competencias establecidas en la Constitución y la ley, con plena garantía de los derechos de representación, defensa y contradicción” Art. 3.1. Ley 1437-11
67
DEBIDO PROCESO ELEMENTOS
• Ser oído antes de la decisión
• Participar en el procedimiento desde su inicio hasta su terminación
• Ofrecer y producir pruebas
• Obtener decisiones fundadas o motivadas
• Notificaciones oportunas
• Revisar los expedientes (documentación)
• Impugnar las decisiones
• Nula toda prueba obtenida con violación del D.P.
67
68
Derechos de los Contribuyentes
• A recibir orientación efectiva e información actualizada
sobre las normas sustanciales, los procedimientos, la
doctrina vigente y las instrucciones de la autoridad
• A obtener en cualquier momento, información confiable y
clara sobre el estado de su situación tributaria por parte
de la autoridad
68
69
Derechos de los Contribuyentes
• A obtener respuesta escrita, clara, oportuna y eficaz a las consultas técnico-jurídicas formuladas por el contribuyente y el usuario aduanero y cambiario, así como a que se le brinde ayuda con los problemas tributarios no resueltos
• A ejercer el derecho de defensa presentando los recursos contra las actuaciones que le sean desfavorables, así como acudir ante las autoridades judiciales
69
70
Derechos de los Contribuyentes
• A la eliminación de las sanciones e intereses que la ley autorice bajo la modalidad de terminación y conciliación, así como el alivio de los intereses de mora debido a circunstancias extraordinarias cuando la ley así lo disponga
• A no pagar impuestos en discusión antes de haber obtenido una decisión definitiva en la vía administrativa o judicial salvo los casos de terminación y conciliación autorizados por la ley (Solve et repete)
70
71
Derechos de los Contribuyentes
• A que las actuaciones se lleven a cabo en la forma menos onerosa y a no aportar documentos que ya se encuentran en poder de la autoridad tributaria respectiva
• A conocer la identidad de los funcionarios encargados de la atención al público
• A consultar a la administración tributaria sobre el alcance y aplicación de las normas tributarias, a situaciones de hecho concretas y actuales – la consulta tributaria
71
72
LA GOBERNANZA ELECTRÓNICA
• Ley 1341 de 2009 Ley de tecnologías de información y las comunicaciones
• Acceso y uso de y las tecnologías
• Despliegue y uso eficiente de la infraestructura – no monopolios
• Desarrollo científico y aplicaciones
• Protección a los usuarios
• Formación talento humano
72
73
LA GOBERNANZA ELECTRÓNICA
• IDEA CENTRAL: defensa de las personas en sus relaciones con la administración pública.
• Labores y cometidos eficaces
• Reprochable cualquier instrumento de las TIC que resulte agresivo y vulnerador de los derechos constitucionales
73
74
LA GOBERNANZA ELECTRÓNICA PRINCIPIOS RECTORES
• Prioridad en el acceso y uso de las TIC
• Masificación del Gobierno en línea
• Promoción, coordinación y ejecución de las TIC
• Adición Ley 1450 de 2011 PND nuevas normas: neutralidad en el servicio de internet y concepto internet social
74
75
LA GOBERNANZA ELECTRONICA
• NUEVO CCA
• Arts. 54 a 64
• Registro para el uso de medios electrónicos
• Documento público electrónico
• Notificación electrónica
• Acto administrativo, archivo y expediente electrónicos
• Sede electrónica
• Pruebas, sesiones virtuales y protocolos
75
76
EL PARTICULAR FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN
“Ya no es un particular indefenso el que la administración va a tener en frente, en las relaciones jurídicas, sino un particular bien armado con muchos derechos legales y con muchos mecanismos jurídicos para garantizar esos derechos y controlar cualquier actitud que signifique la desmejora de sus garantías”
Allan R. Brewer-Carías (Venezuela)
76
79 79
SAS y Ley Nº 1429 de 2010
Asegurar:
Un esquema formal para los negocios.
Una tributación menor.
80 80
SAS y Ley Nº 1429 de 2010
SAS Ley Nº 1429-2010
Sociedad por acciones simplificada Beneficios tributarios para
emprendedores, pequeña empresa:
Personal no sea superior a 50
trabajadores y,
Activos totales no superen los
5.000 smmlv.
81 81
Empresa
Toda actividad económica organizada para la
producción, transformación, circulación,
administración o custodia de bienes, o para la
prestación de servicios.
Actividad se realiza a través de uno o más
establecimientos de comercio.
82 82
Beneficios Ley Nº 1429
Vigente Progresividad en el impuesto sobre la renta.
Vigencia hasta el 31 de diciembre año 2014.
Progresividad en el pago de aportes parafiscales y otras contribuciones de nómina.
Progresividad en la obtención de la matrícula mercantil en la constitución y en su renovación.
83 83
Beneficiarios progresividad impuesto de renta
Las personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho,
obligadas a matricularse en el Registro Mercantil.
Que inicien el desarrollo de su actividad económica principal a
partir de la promulgación de la Ley Nº 1429 de 2010.
Personal no sea superior a 50 trabajadores y activos totales no
superiores a 5.000 smmlv.
Matriculen por primera vez en el registro mercantil.
84 84
Beneficios impuesto sobre la renta
Tarifa: Reducción de la tarifa 5 años [Amazonas, Guainía y
Vaupés 10 años]
Renta presuntiva. No aplica en 5 años.
Retención en la fuente. No aplica en 5 años.
Pérdidas. Difiere el beneficio
85 85
Beneficios impuesto sobre la renta
Los beneficios de progresividad en el
impuesto sobre la renta no se hacen
extensivos al impuesto sobre la renta
para la equidad [CREE].
87 87
• Sujetos pasivos:
• Personas naturales
• Residentes
• No residentes Riqueza poseída directa o indirectamente en el país
• Sucesiones ilíquidas
• Causante residente
• Causante sin residencia
Impuesto a la Riqueza
Nacionales
Extranjeras
88 88
• Sujetos pasivos:
• Personas jurídicas
• Sociedades de hecho
• Sociedades o entidades extranjeras
• Riqueza poseída directa o indirectamente en el país
Impuesto a la Riqueza
89 89
• Hecho generador:
• Posesión de riqueza a 1º de enero de 2015
• Valor igual o superior a $1.000 millones
• Riqueza = Patrimonio Bruto
(-) Deudas
Impuesto a la Riqueza
91 91
• Base gravable:
Patrimonio Bruto (-) Deudas a:
• Enero 1 de 2015
• Enero 1 de 2016
• Enero 1 de 2017
• Enero 1 de 2018
• Base gravable incluye bienes normalizados
Impuesto a la Riqueza
P.J. P.N.
92 92
Impuesto a la Riqueza Personas Jurídicas
Rangos de Base Gravable en $ Tarifa Marginal
Tarifa Marginal
Tarifa Marginal
>$0 < $2.000.000.000 0,20% 0,15% 0,05%
>= $2.000.000.000 < $3.000.000.000 0,35% 0,25% 0,10%
>=$3.000.000.000 < $5.000.000.000 0,75% 0,50% 0,20%
>= $5.000.000.000 en adelante 1,15% 1,00% 0,40%
2015 2016 2017
93 93
Impuesto a la Riqueza Acumulado
Rangos de Base Gravable en $ P.J. P.N.
>$0 < $2.000.000.000 0,40% 0,50%
>= $2.000.000.000 < $3.000.000.000 0,70% 1,40%
>=$3.000.000.000 < $5.000.000.000 1,45% 3,00%
>= $5.000.000.000 en adelante 2,55% 6,00%
95 95
Base Gravable Patrimonio (Millones)
Impuesto (Millones)
P.J.
Impuesto (Millones)
P.N.
$1.000 $4,0 $5,0
$2.000 $8,0 $10,0
$3.000 $15,0 $24,0
$4.000 $30,0 $54,5
$5.000 $55,5 $84,0
$10.000 $183,0 $324,0
Ejemplos Impuesto a la Riqueza Aprox.
3 años 4 años
96 96
Base Gravable Patrimonio (Millones)
Impuesto (Millones)
P.J.
Impuesto (Millones)
P.N.
$11.000 $208,5 $444,0
$15.000 $316,0 $684,0
$20.000 $449,0 $984,0
$25.000 $580,0 $1.284,0
$30.000 $713,0 $1.584,0
$50.000 $1.242,0 $2.784,0
Ejemplos Impuesto a la Riqueza Aprox.
3 años 4 años
99 99
Concepto 2015 2016 2017 2018
Riqueza con 25% de inflación
1%
1,125%
1,25%
Base del Impuesto $3.000 $3.030 $3.034 $3.038
PL según DR $3.000 $3.300 $3.500 $3.600
Riqueza a 1° de enero de 2015
100 100
Concepto 2015 2016 2017 2018
Riqueza con 25% de inflación
1%
1,125%
1,25%
Base del Impuesto $3.000 $2.970 $2.066 $2.963
PL según DR $3.000 $2.500 $2.800 $3.000
Riqueza a 1° de enero de 2015
101 101
• Base gravable:
• Excluye el valor patrimonial neto de:
• Acciones o cuotas de sociedades nacionales directamente o a
través de:
• Fiducias mercantiles
• Fondos de inversión colectiva
• Fondos de pensiones voluntarias
• Seguros de pensiones voluntarias
• Seguros de vida individual
Impuesto a la Riqueza
102 102
• Declaración y pago voluntario
• Libre y espontáneo
• Producirá efectos legales
• Discusión: contratos de estabilidad jurídica
Impuesto a la Riqueza
104
Impuesto Complementario de Normalización Tributaria al
Impuesto a la Riqueza 2015 – 2016 – 2017
104
105 105
• Sujetos pasivos
• Contribuyentes del impuesto a la riqueza y los
declarantes voluntarios del impuesto a la riqueza con
activos omitidos
Impuesto Complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza
106 106
• Hecho generador
• La posesión de activos omitidos y pasivos
inexistentes a 1º de enero de 2015, 2016 y 2017
Impuesto Complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza
107 107
• Base gravable
• Valor patrimonial de los activos omitidos según E.T. o
• El autoavalúo que establezca el contribuyente según E.T.
• La base gravable será considerada como precio de adquisición, para
determinar su costo fiscal
• Derechos F.I.P. del exterior, trust, o cualquier otro negocio
fiduciario del exterior, el valor patrimonial es igual a los derechos
fiduciarios poseídos en Colombia
Impuesto Complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza
108 108
• Tarifas
Impuesto Complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza
Año Tarifa
2015 10,0%
2016 11,5%
2017 13,0%
109 109
• La inclusión:
• No generará sanción alguna en el impuesto de renta
• No generará infracción cambiaria
• Integrará la base gravable del impuesto a la riqueza
Impuesto Complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza
110 110
• La normalización tributaria no implica la
legalización de:
• Activos de origen ilícito
• Lavado de activos
• Financiación del terrorismo
Impuesto Complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza
111 111
• A partir de 2018, la sanción por inexactitud de
activos omitidos o pasivos inexistentes
• 200% del mayor valor del impuesto a cargo
Impuesto Complementario de Normalización Tributaria al Impuesto a la Riqueza
113
• SOCIEDADES Y ASIMILADAS 25%
• CREE 9%
• SOBRE TASA AL CREE 2015 5%
Impuesto sobre la Renta
113
114 114
• Tarifas para sociedades y entidades extranjeras:
Impuesto sobre la Renta
Año Tarifa
2014 34%
2015 39%
2016 40%
2017 42%
2018 43%
116 116
• Base gravable igual a la del CREE
• Rangos de base gravable superior a $800
millones
Sobretasa CREE
117 117
• La Sobretasa esta sujeta a:
• Anticipo del 100% calculado sobre Base Gravable del
CREE año anterior
• Pagadero en dos cuotas anuales
Sobretasa CREE
118 118
Total Impuesto sobre la Renta Sobretasa CREE y CREE
Año Renta CREE Sobretasa
CREE Total
2014 25% 9% -- 34%
2015 25% 9% 5% 39%
2016 25% 9% 6% 40%
2017 25% 9% 8% 42%
2018 25% 9% 9% 43%
120 120
Ejemplos Impuesto de Renta – CREE y Sobretasa CREE 2015
Base Gravable Renta y CREE iguales (Millones)
Renta 25%
CREE 9%
Sobretasa CREE 5%
Gran Total
%
$1.000 $250 $90 $10 $350 35,0
$2.000 $500 $180 $60 $740 37,0
$3.000 $750 $270 $110 $1.130 37,7
$4.000 $1.000 $360 $160 $1.520 38,0
$5.000 $1.250 $450 $210 $1.910 38,2
$10.000 $2.500 $900 $460 $3.860 38,6
121 121
Ejemplos Impuesto de Renta – CREE y Sobretasa CREE 2015
Base Gravable Renta y CREE iguales (Millones)
Renta 25%
CREE 9%
Sobretasa CREE 5%
Gran Total
%
$15.000 $3.750 $1.350 $710 $5.810 38,7
$20.000 $5.000 $1.800 $960 $7.760 38,8
$25.000 $6.250 $2.250 $1.210 $9.710 38,8
$30.000 $7.500 $2.700 $1.460 $11.660 38,9
$50.000 $12.500 $4.500 $2.460 $19.460 38,9
$75.000 $18.750 $6.750 $3.710 $29.210 38,9
123 123
• Empresa
• Patrimonio: $10.000 millones
• Ingresos anuales: $10.000 millones
• Utilidad esperada antes de Renta, CREE y sobretasa CREE: 10%
• ¿Cuál sería su tasa de impuestos en el 2015?
• 25% Renta
• 9% CREE
• 5% sobretasa CREE
Enunciado
39%
124 124
• Empresa
• Impuesto a la Riqueza
• ICA 10 x 1.000
• Predial – Vehículos
• 4 x 1.000
• Parafiscales???
• Subcapitalización???
• Contribuciones y otros???
Enunciado
125
CONCEPTO
UTILIDAD ANTES 100% IMPUESTOS $1.238
GMF [4 x 1.000] $40
ICA $100
RIQUEZA $115
PREDIAL $16
IMPOCONSUMO $2
TOTAL IMPUESTOS ($238)
125
Ejemplo de Tributación para una Empresa
v
v
v
v
v
v
v
126
CONCEPTO
UTILIDAD NETA ANTES DE IMPUESTOS DE RENTA Y CREE
$1.000
IMPUESTO DE RENTA [25%] $280
CREE [14%] $115
UTILIDAD NETA DESPUÉS DE TODOS LOS IMPUESTOS
$605
TASA EFECTIVA IMPOSICIÓN 51,13%
126
Ejemplo de Tributación para una Empresa
v
v
v
v
v
127
Utilidad Antes de Todos los Impuestos
$1.238
Impuestos Diferentes a Renta y CREE $238
Total Impuestos $633
127
Ejemplo de Tributación para una Empresa
Renta y CREE $395
Socios $605
128
Ejemplo de Sistemas de Tributación por Sectores de
Producción Patrimonio Líquido $1.000 millones
Ingresos $1.000 millones Rentabilidad ???%
128
129
CONCEPTO / MARGEN COMERCIO
10% INDUSTRIA
10%
AGRÍCOLA Y GANADERA
5%
RENTA FIJA [CDT] 5%
RENTA VARIABLE
[ACCIONES] 5%
UTILIDAD ANTES 100% IMPUESTOS $124,0 $115,0
$64,0
$50,0 $50,0
GMF [4 x 1.000] $4,0 $4,0 $4,0 $0,2 $ - 0 -
ICA $10,0 $7,0 $ - 0 - $0,6 $ - 0 -
RIQUEZA $2,0 $2,0 $2,0 $2,0 $- 0 -
PREDIAL $8,0 $2,0 $8,0 $ - 0 - $ - 0 -
UTILIDAD DESPUÉS DE IMPUESTOS $100,0 $100,0 $50,0 $47,0 $50,0
IMPUESTO DE RENTA [25%] $26,0 $26,0 $13,5 $12,3 $ - 0 -
CREE [14%] $9,4 $9,4 $4,9 $4,4 $ - 0 -
UTILIDAD DESPUÉS DE TODOS LOS IMPUESTOS $64,6
$64,6 $31,6 $30,3 $50,0
TASA EFECTIVA IMPOSICIÓN TOTAL 47,9% 43,8% 50,6% 39,4% 0%
Sistema de Tributación por Sectores de Producción
129
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130
Tarifas de Impuestos en América Latina
130
País PJ PN IVA Argentina 35% 9% - 35% 21% Bolivia 25% 13% 15% Brasil 15% - 10% 7,5% - 27,5% 4% - 25% Chile 20% 0% - 40% 19% Colombia 25% + 9% 19% - 33% 16% Ecuador 22% 5% - 35% 12% Panamá 25% 15% - 25% 7% Paraguay 10% 8% - 10% 10% Perú 30% 15% - 30% 16% Uruguay 25% 0% - 30% 22% Venezuela 15% - 34% 6% - 34% 12%
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