ESTRATEGIA NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL
(ENPI)
Documento elaborado con base en el acuerdo adoptado en la I Conferencia Ministerial Centroamericana sobre Políticas Públicas y Propiedad Intelectual, del 2 de diciembre del 2010 en Guatemala; a solicitud del MJP, con la cooperación de
la OMPI y bajo la supervisión de la CIPPI.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
2 Publicado el 13 abril del 2012
Tabla de contenido
I. Introducción. ...................................................................................................................................... 4
II. La Propiedad intelectual en el contexto económico mundial. ........................................................... 6
III. Posición de Costa Rica en el contexto económico Mundial. ............................................................13
IV. Políticas nacionales vinculadas a la PI. .............................................................................................17
V. Hacia una Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual (ENPI). .....................................................21
1. Origen de la ENPI. .............................................................................................................................21
2. Metodología. ....................................................................................................................................22
VI. Diagnóstico de la PI en CR. ...............................................................................................................28
1. Situación general de la PI en CR. ......................................................................................................28
2. Legislación vigente de la PI en Costa Rica. ....................................................................................31
3. Análisis de la protección de la PI en Costa Rica. ...........................................................................37
4. Flexibilidades del sistema de propiedad intelectual. ...................................................................55
a. En materia de derechos de autor. ................................................................................................56
b. En materia de propiedad industrial. ............................................................................................59
c. Excepciones en la ley de observancia. .........................................................................................62
5. Proyecto Marca país. ......................................................................................................................67
6. La falsificación y piratería de la PI en CR. .....................................................................................70
VII. Sectores estratégicos. ......................................................................................................................76
1. Sector Tecnológico y Audiovisual. ....................................................................................................77
2. Producción agrícola, agroindustrial y conocimientos tradicionales. ...............................................81
3. Recursos genéticos y biodiversidad. ................................................................................................86
4. Industrial Cultural: el sector musical. ...............................................................................................89
VIII. Estructuras administrativas para la gestión de la PI. .......................................................................92
1. Registro Nacional. ...........................................................................................................................92
a. Registro de Derechos de Autor y Derechos Conexos. ..................................................................92
b. Registro de la Propiedad Industrial. .........................................................................................94
2. Otros registros nacionales de PI. ...................................................................................................98
3. La CIPPI. ...........................................................................................................................................99
4. El Consorcio para la Academia Nacional de PI. ..........................................................................103
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IX. Conclusiones al diagnóstico de la PI. ..............................................................................................106
1. Un ambiente propicio para el fortalecimiento de PI en Costa Rica. ..............................................106
2. Desafíos del sistema de protección de la PI en CR .........................................................................109
3. Fortalezas y debilidades del sistema de propiedad intelectual .....................................................110
4. Objetivo General de la ENPI ...........................................................................................................112
X. Objetivos estratégicos, líneas de acción e indicadores ..................................................................113
Objetivo Estratégico 1 ............................................................................................................................113
Promover una mayor producción nacional de PI. ..................................................................................113
Objetivo Estratégico 2 ............................................................................................................................121
Fortalecer el marco institucional en torno a la PI ..................................................................................121
Objetivo Estratégico 3 ............................................................................................................................126
Objetivo Estratégico 4 ............................................................................................................................135
Mejorar los mecanismos de observancia de la PI ..................................................................................135
Objetivo Estratégico 5 ............................................................................................................................137
Definir mecanismos de seguimiento y evaluación permanente del cumplimiento de la ENPI .............137
XI. Abreviaturas ...................................................................................................................................138
Anexo 1 .......................................................................................................................................................142
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I. Introducción.
Costa Rica es un país de renta media alta, con una buena posición en la clasificación
mundial del índice de desarrollo humano. Históricamente, Costa Rica ha gozado del
nivel de vida más alto en Centroamérica y uno de los mejores en América Latina. Sus
políticas sociales han permitido que los niveles de pobreza se encuentren entre los más
bajos de América Latina y del Caribe.
En el informe de Competitividad Mundial del 2008-2009 del Foro Mundial Económico
se citó a Costa Rica como ejemplo en el desempeño competitivo en Centroamérica. El
informe declaró que las razones de esto son sus “instituciones bastante eficaces,
relativamente buenos sistemas educativos primarios y terciarias, mercados de trabajo
flexibles y la complejidad notable y capacidad de innovación mostrada por su sector
empresarial.”1
Costa Rica ha hecho importantes esfuerzos por mantener esa capacidad innovadora y
prueba de ello es que el país avanzó tres puestos en la lista de los países del mundo
que mejor provecho sacan de las tecnologías de información y comunicación (TIC) para
ser más competitivos, según la décima edición del Informe Global sobre Tecnología de
la Información 2010-2011, Transformaciones 2.0, presentado por el Foro Económico
Mundial2. El informe concluye que de las 23 economías cubiertas por el estudio,
solamente cinco de América Latina y Caribe - Barbados (en el puesto nº38), Chile (en el
puesto nº 39), Puerto Rico (en el puesto nº 43), Uruguay (en el puesto nº 45) y Costa
Rica (en el puesto nº 48)-, se encuentran entre los primeros 50 puestos. El informe
analiza cuán preparados están los países para utilizar las TIC de manera eficaz en tres
1 http://siteresources.worldbank.org/INTCOSTARICAINSPANISH/Resources/CostaRicaCompetitiveness.pdf 2 http://www.weforum.org/news/las-econom%25C3%25ADas-latinoamericanas-todav%25C3%25ADa-est%25C3%25A1n-atrasadas-en-el-aprovechamiento-de-las-tecnolog%25C3%25ADas
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dimensiones: el entorno empresarial, normativo y de infraestructura general; la
disponibilidad de los tres actores clave de la sociedad (las personas, las empresas y los
gobiernos) para utilizar y aprovechar las TIC y el uso real que hacen de las TIC
disponibles. Los resultados evidencian que en el sector de tecnología Costa Rica
presenta ventajas competitivas en la atracción de inversiones y la transferencia
tecnológica, así como en la inversión prioritaria en la sofisticación de negocios y la
habilidad de las empresas para absorber nuevas tecnologías.
En el mismo sentido, según el Informe de Competitividad Turística 2011 del Foro
Económico Mundial, Costa Rica es el quinto país de América y el segundo de
Latinoamérica en competitividad turística. El informe ubicó al país por debajo de
Estados Unidos, Canadá, Barbados y México. En el estudio, Costa Rica obtuvo una
excelente calificación por sus recursos naturales, por contar con un alto porcentaje de
áreas protegidas, por su diversa fauna y su política de desarrollo sostenible.
En el informe de Competitividad 2010-2011 3, Costa Rica aparece con un buen
desempeño en educación, salud, sofisticación de procesos industriales, transferencia
tecnológica e innovación pero con un atraso significativo en el pilar de infraestructura.
De acuerdo con el Índice de Competitividad Global, Costa Rica se ubica en la posición
56 del ranking de 139 países. La infraestructura, las trabas para iniciar un negocio, el
margen de intermediación financiera, la inflación y la baja tasa de ahorro nacional se
citan como factores que parecen estar limitando el crecimiento potencial del país4.
Estos factores podrían llegar a incidir o están incidiendo en el esquema de
competitividad que pretende alcanzar el país para lograr un óptimo desempeño
comercial en el futuro y tener la capacidad de unirse al grupo de países que han
logrado una transición exitosa de país emergente a país desarrollado.
3 http://www.incae.edu/images/descargables/CLACDS/Costa_Rica.pdf 4 http://www.incae.edu/es/clacds/informe-competitividad-global-2010-2011.php
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“La buena posición de esta nación obedece a su excelente desempeño en salud y educación primaria, la transparencia de sus instituciones y el hospedaje de empresas sofisticadas e innovadoras. Al aprovechar el potencial de su educada fuerza laboral, buenos estándares de gobernabilidad, y su privilegiada posición geográfica, Costa Rica ha sido muy exitosa en diversificar su oferta exportadora hacia productos en sectores de alta tecnología y servicios de alto valor agregado (ecoturismo).”5
II. La Propiedad intelectual en el contexto económico mundial.
En la actual economía, con sus altos niveles de globalización y donde el conocimiento
juega un papel fundamental, el crecimiento y el desarrollo de las naciones depende
estrechamente de la innovación y la creatividad. El valor económico de los activos de PI
está tomando importancia en las operaciones empresariales, ya que la mayor
proporción del valor de mercado de las compañías de economías desarrolladas
corresponde a sus intangibles protegidos por los derechos de PI; lo que convierte a la PI
en la verdadera generadora de valor y por tanto de riqueza de todas las organizaciones
(empresas pequeñas, medianas y grandes, universidades, centros de investigación,
etc.).
La experiencia de las últimas décadas pone en evidencia que para que la creatividad y
la innovación puedan desarrollarse plenamente, es crucial que los derechos de
propiedad intelectual se resguarden y fomenten por medio de políticas públicas y un
adecuado marco normativo. Esas políticas requieren además de un marco de libertad
económica en el que se promuevan las organizaciones flexibles, la innovación, la libre
competencia, la transparencia y la inversión en capital humano.
5 INFORME GLOBAL DE COMPETITIVIDAD 2010-2011. RESULTADOS PARA COSTA RICA. INCAE. http://www.incae.edu/images/descargables/CLACDS/Resultados_Informe_Global_de_Competitividad_2010-2011_COSTA_RICA.pdf
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Según la Cámara de Comercio Internacional (CCI) los productos sujetos a derechos de
propiedad intelectual representan entre el 4 y el 11% del Producto Interior Bruto (PIB)
de los países del G8 y generan entre el 3 y el 8% de los puestos de trabajo en esos
estados, lo que pone en evidencia la importancia de los bienes económicos protegidos
por la propiedad intelectual. Como conclusión de interés, según la misma CCI, "la
inversión extranjera y la transferencia de tecnología a los países en desarrollo depende
proporcionalmente del adecuado reconocimiento y protección de los derechos de
propiedad intelectual."6
En el World Intellectual Property Report 2011 – The Changing Face of Innovation7,
publicado por la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) se exponen las
principales tendencias en el ámbito de la innovación y su desarrollo a un proceso más
abierto, colaborativo e internacional; los factores que explican el incremento de la
demanda de derechos de PI; y, la importancia que han adquirido los mercados
tecnológicos. Partiendo de esa base, en el informe se examina cómo ha evolucionado la
opinión de los economistas sobre el sistema de PI y se estudian los modelos de
innovación, así como la forma de sacar provecho de la investigación pública en aras de
la innovación.
Según este reporte, la innovación es el factor central y motor de la economía y
concluye que la titularidad de los derechos de Propiedad Intelectual ha pasado a ser el
núcleo de las estrategias de las empresas innovadoras en todo el mundo.
La conclusión más relevante de este informe es que la presentación de solicitudes de
títulos de propiedad intelectual aumentó en todo el mundo en 2010 pese a la crisis
6 http://www.misfinanzasenlinea.com/noticias/20110202/pirateria-y-falsificaciones-provocan-un-billon-de-dolares-de-perdidas-al-ano 7 http://www.wipo.int/econ_stat/es/economics/wipr/
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8 Publicado el 13 abril del 2012
económica, gracias al fuerte aporte de China8 y Estados Unidos. Por su parte, en Europa
el aumento en la presentación de solicitudes de títulos de PI por parte de Alemania,
Francia y el Reino Unido también superó ampliamente el crecimiento de sus
respectivas economías.
La recuperación en la presentación de solicitudes de títulos de PI fue más fuerte que la
recuperación de la economía en general, pues la presentación de solicitudes de
patentes y de registro de marcas aumentó en 2010, un 7,2% y un 11,8%
respectivamente, frente al 5,1% crecimiento del Producto Interior Bruto (PIB) mundial.
Este aumento del 7,2% en las solicitudes de patente en 2010 es la tasa más elevada de
crecimiento desde 2005 y se produce después de una disminución del 3,6% en 2009,
constituyendo un récord en el número total de solicitudes de patente en todo el
mundo: 1.980.000. Por su parte, la presentación de solicitudes de registro alcanzó en el
2010 los 3,66 millones -otro récord absoluto- tras caer un 2,6% en 20099.
Los indicadores de este informe revelan que la innovación no ha decrecido a nivel
mundial y por el contrario, la empresa privada ha confiado más en las estrategias de
patentamiento como parte de sus estrategias de negocio siendo las inversiones en
innovación, una fuente fundamental de crecimiento, por lo que es de esperar que esa
tendencia se haya mantenido en el 2011.
El World Intellectual Property Report 2011 señala la misma tendencia de crecimiento
en el registro de patentes en los países de ingresos medios donde también se presentó
un número más elevado de solicitudes de registro de marcas que en los países de altos
ingresos si se compara con el PIB, pues países como Chile, Ecuador, Bulgaria y Vietnam
superaron en esta comparación a Estados Unidos, Japón y Alemania.
8 En China, el aumento fue del 24,3% con respecto a 2009, acumulando un crecimiento medio anual en la última década del 22,6%. 9 http://www.wipo.int/export/sites/www/freepublications/en/intproperty/941/wipo_pub_941_2011.pdf
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9 Publicado el 13 abril del 2012
En el informe se señalan las consecuencias que produce el aumento en la demanda de
títulos de P.I., entre las que destacan10:
a. Cada vez hay más mercados del conocimiento, basados en derechos de P.I. por lo
que ha aumentado la frecuencia de las transacciones comerciales y la concesión de
licencias en relación con los derechos de P.I. En el plano internacional, aumentó el
nivel de ingresos por regalías y concesión de licencias, que pasó de 2.800 millones
de USD en 1970 a 27.000 millones de USD en 1990, y llegó aproximadamente a 180
mil millones de USD en 2009 -superando el aumento del producto interno bruto
(PIB) mundial.
b. Los mercados del conocimiento dan a las empresas la posibilidad de especializarse,
permitiéndoles ser más innovadoras y eficientes a la vez. Además, les permiten
controlar qué conocimientos resguardar y cuáles compartir para aprovechar al
máximo el aprendizaje -un elemento clave de las modernas estrategias de
innovación abierta.
c. Ha aumentado con rapidez el patentamiento de las denominadas tecnologías
complejas -es decir, tecnologías creadas a partir de muchas invenciones
patentables separadamente y, por lo general, con distintos titulares de esas
patentes. Ello refleja en parte el cambio tecnológico; por ejemplo, corresponden a
las tecnologías complejas la mayoría de las tecnologías de la información y la
comunicación que han avanzado rápidamente en los últimos decenios.
d. Al mismo tiempo, algunas empresas del sector de las tecnologías complejas -en
particular, las telecomunicaciones, los programas informáticos, la tecnología
audiovisual, la óptica y, más recientemente, los teléfonos inteligentes y las
tabletas- han ido creando estratégicamente importantes carteras de patentes.
10 http://www.wipo.int/pressroom/es/articles/2011/article_0027.html
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10 Publicado el 13 abril del 2012
e. El nivel sin precedentes de actividad de patentamiento ejerce considerable presión
sobre ellas; muchas oficinas de patente tienen un volumen cada vez mayor de
trabajo atrasado en la tramitación de solicitudes. En 2010, el número de solicitudes
no tramitadas ascendió a 5,17 millones en todo el mundo. Cabe señalar que las
decisiones que toman las oficinas de patentes pueden tener profundas
consecuencias en el incentivo que se da a la innovación. Muchos países han
instaurado políticas destinadas a sacar provecho de la investigación pública en aras
de la innovación. Un elemento de ese tipo de políticas es crear incentivos al
patentamiento por las universidades y las organizaciones públicas de investigación
y al desarrollo comercial posterior de sus invenciones. En consecuencia, ha
aumentado marcadamente el número de solicitudes de patente presentadas por
esas organizaciones.
f. Se ha multiplicado la presentación de solicitudes de patente por las universidades y
las organizaciones públicas de investigación en el marco del Tratado de
Cooperación en materia de Patentes (PCT) de la OMPI, pasando de un número
cercano a cero, en la década de 1980, a más de 15.000 en 2010. Este crecimiento
se produjo especialmente en las economías de altos ingresos -a saber, Alemania,
Estados Unidos de América, Francia, el Japón y el Reino Unido. Sin embargo,
también se ha producido un aumento en muchos países de ingresos medios: en el
caso de las universidades, China lleva la delantera con 2.348 solicitudes
presentadas en el marco del PCT entre 1980 y 2010, seguida por el Brasil, la India y
Sudáfrica. En el caso de las organizaciones públicas de investigación, corresponde
tan sólo a China y la India el 78% del total de solicitudes presentadas por países de
ingresos medios. Las reformas de política destinadas a promover la transferencia
de tecnología a partir de patentes por las universidades producen variados efectos
en las instituciones de investigación, las empresas, el entorno científico y la
economía.
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11 Publicado el 13 abril del 2012
Entre las conclusiones del informe se señalan las siguientes11:
a. Si bien los países de altos ingresos siguen a la cabeza del gasto mundial en
investigación y desarrollo (I+D), la geografía de la innovación ha cambiado. El gasto
mundial en I+D prácticamente se duplicó, en términos reales, entre 1993 y 2009.
La mayor parte de ese gasto sigue correspondiendo a países de altos ingresos -
aproximadamente el 70% del total mundial. Esos países gastan en I+D alrededor
del 2,5% de su producto interno bruto (PIB), es decir, más del doble del índice
correspondiente a las economías de ingresos medios. En las economías de ingresos
bajos y medios la cuota de gasto en I+D a escala mundial ha aumentado de 13
puntos porcentuales, entre 1993 y 2009. Corresponde a China la mayor parte de
este aumento –más de 10 puntos porcentuales– catapultando en 2009 a ese país al
segundo puesto en orden de importancia en gasto en I+D.
b. Los datos sobre las inversiones de mayor alcance en activos intangibles sólo están
disponibles para determinados países de altos ingresos. Demuestran que ese tipo
de inversión ha aumentado rápidamente; en varios países, las empresas están
invirtiendo más en activos intangibles que en activos tangibles. En Europa, en
Suecia y en el Reino Unido, la inversión en activos intangibles llega a ascender al
9,1% del PIB.
c. La innovación va adquiriendo un carácter cada vez más internacional, por ejemplo,
aumentó considerablemente la cantidad de artículos de revisión abierta en materia
de ciencia e ingeniería, creados por coautores de distintos países, así como la
cantidad de patentes en las que los inventores proceden de más de un país.
Además, las empresas multinacionales cada vez más sitúan sus instalaciones de I+D
en distintos países -y en determinadas economías de ingresos medios este
fenómeno aumenta con rapidez particular. A su vez, el aumento de la participación
11 http://www.wipo.int/pressroom/es/articles/2011/article_0027.html
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12 Publicado el 13 abril del 2012
correspondiente a los países de ingresos medios en la economía mundial está
cambiando la orientación de la innovación hacia las demandas de esos países.
d. Algunos hechos parecen demostrar que la innovación está adquiriendo carácter
abierto y de colaboración, sin embargo, evaluar la verdadera dimensión e
importancia de esos nuevos enfoques es todo un desafío; por una parte, es difícil
trazar una distinción clara entre estrategias de innovación abierta y las prácticas de
colaboración ya aplicadas en el pasado, como la I+D conjunta, la comercialización
conjunta o las alianzas estratégicas. Por otra parte, no es fácil seguir el rastro a
ciertos elementos de las estrategias de la innovación abierta -como las nuevas
políticas internas de las empresas o los intercambios informales de conocimientos.
e. A pesar de todo, la colaboración en el proceso de innovación puede redundar en
beneficio tanto de las empresas como de la sociedad. La producción conjunta de
P.I. se da mediante alianzas de I+D, en particular, por contrato o mediante la
creación de empresas de capital social conjunto. Los datos sobre esas alianzas son
limitados y a veces difíciles de interpretar, pero sugieren que las empresas del
sector de las tecnologías de la información y la comunicación, la biotecnología y la
industria químicas son las que con mayor frecuencia celebran esas asociaciones.
Por lo general, la sociedad se beneficia de ese tipo de colaboración pues mejora la
eficiencia y la eficacia del proceso de innovación.
Según el reporte, en relación con el sector al que se vinculan tales registros, el mayor
número de patentes correspondieron a la tecnología informática, la maquinaria
eléctrica, la tecnología audiovisual y la tecnología médica; por lo que se presume que
estas industrias seguirán liderando la innovación en mercados globales durante la
próxima década.
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III. Posición de Costa Rica en el contexto económico Mundial.
Pese a que Costa Rica mantiene un importante liderazgo regional en varios ejes de la
economía, la situación económica del país presenta también significativos riesgos que
exigen la toma de acciones inmediatas para reorientar el rumbo de la economía
nacional y promover mayor competitividad de los sectores productivos. En particular, la
meta nacional de exportación es de US$ 17 mil millones al 2014. Sin embargo, un punto
medular para lograrla es la inversión en I+D.
Precisamente, en materia de inversión, datos obtenidos por el Banco Interamericano
de Desarrollo (BID) reflejan las siguientes conclusiones:
• 1980-2010: Valores de I+D han sido menores al 1% del PIB, oscilado entre 0,2% y
0,4% del PIB.
• Costa Rica debería estar invirtiendo en I+D al menos 0,9% del PIB.
• La inversión en I+D da empleo a 0,4 de los investigadores cuando debería ser al 1,3
de los investigadores por cada 1000 habitantes.
• La tasa de retorno social de la inversión en I+D es de aproximadamente un 40%, lo
que significa que es alrededor de cuatro veces mayor a la tasa de retorno de
capital. Por lo tanto, la tasa óptima de inversión social en I+D para Costa Rica
debería estar en niveles de alrededor del 1,6% del PIB (Hall et al., 2009).
• Principales factores que limitan la realización de esta inversión: falta de capital
humano, falta de financiamiento, bajo nivel de protección a la propiedad
intelectual y falta de competencia.
• Durante el período 1999-2008 se invirtieron, por concepto de fondos concursables,
un total acumulado de US$9,6 millones, generando un sistema poco desarrollado,
que a pesar de su esfuerzo no ha incentivado el aumento en la inversión en
innovación del sector privado.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
14 Publicado el 13 abril del 2012
• Para el caso de la inversión en innovación, se requiere un incremento significativo
de la inversión que lleve a valores de al menos 0,5-0,6% del PIB durante los
próximos 3 o 4 años.
• Según Rouvinen (2002) el gasto en I+D explica en buena medida los cambios en la
Productividad Total de los Factores (PTF) de un grupo de 15 países de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD). Este autor
plantea que un aumento del 10% en la inversión nacional en I+D se transforma en
un incremento del 0,7% en la PTF.12
Como ya lo propone el documento de Estrategia Siglo XXI13, el país puede tener como
período de ajuste de sus metas para el desarrollo, el lapso 2006-2015, buscando
alcanzar en el 2015, junto con las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio
(ODM) de Naciones Unidas, el 1% del PIB para I+D+i. Actualmente Costa Rica, tiene una
inversión en I+D baja (menos del 0,4% del PIB) y de la cual el 65% lo aporta el sector
público y 35% el sector privado.
El comportamiento de la inversión en I+D+i en Costa Rica, se analiza también en el Plan
Nacional de Ciencia, Tecnología e innovación que arroja los siguientes resultados14:
• La inversión en ID+i fue de US$159 millones (0,53% del PIB) frente a US$119
millones del año anterior (0,40% del PIB).
o El 49% del 0.53% del PIB fue realizado por el sector académico del país (25% por la
empresa privada y 24% por el sector público no académico).
o El 14% de la ID+i fue en áreas tecnológicas. La mayoría (73%) de la inversión se
destinó a proyectos de Ciencias Sociales, Ciencias Naturales y Ciencias Agrícolas.
12 Crespi, G. Nota Técnica sobre el Sistema Nacional de Innovación/Costa Rica. Una Contribución al Diálogo de Políticas Públicas, entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). BID. Mayo 2010, citado en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en http://www.vinv.ucr.ac.cr/docs/dmdocuments/plan-nac-cti-2011-2014.pdf 13 http://www.estrategia.cr/es/indicadores-ciencia-tecnologia-innovacion 14 http://www.vinv.ucr.ac.cr/docs/dmdocuments/plan-nac-cti-2011-2014.pdf
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
15 Publicado el 13 abril del 2012
o El 57% de la inversión en ID+i fue ejecutada por el sector académico.
o El 43.5% de la inversión en ID+i se destinó a investigación aplicada o experimental.
o El 32.5% de los proyectos ID+i están vinculados por contrato a empresas privadas
radicadas en el país.
• 25% de la ID+i fue realizada por la empresa privada (muestra de 417 empresas).
• El 84% de las empresas son locales y 13.5% son 100% extranjeras.
• Por tamaño: Locales: 58% pequeñas, 34% medianas y 8% grandes; Extranjeras; 29%
pequeñas, 27% medianas y 44% grandes.
• La ID+i se financia fundamentalmente con recursos propios (reinversión de
utilidades y nuevos aportes de los socios).
• 87,5% de las empresas ha realizado inversiones en algún tipo de innovación
(producto, proceso, organización o comercialización).
• La compra de bienes de capital sobresale como la actividad de innovación que
realizan más empresas (53.5%).
• 41% de las empresas hace actividades de ID+i interna dirigidas a innovaciones de
productos existentes.
• Obstáculos a la ID+i (empresas que innovan): Escasez de personal capacitado;
Reducido tamaño del mercado local; Falta política pública.
• Obstáculos a la ID+i (empresas que NO innovan): Escasez de personal capacitado;
Reducido tamaño del mercado local; Altos costos de capacitación.
Las razones que explican el estancamiento de Costa Rica en materia de inversión
incluyen el hábito cultural costarricense de invertir reactivamente y no
prospectivamente, la ausencia de una estrategia clara sobre prioridades de inversión, el
escaso reconocimiento de la importancia de la innovación y la baja percepción del
retorno económico de invertir en ciencia y tecnología. Si se observa la situación de
Costa Rica en relación con los indicadores de desarrollo establecidos por el Banco
Mundial, se aprecia que las áreas en las que el país tiene mayor rezago son
precisamente las relativas a la inversión en investigación y desarrollo como porcentaje
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
16 Publicado el 13 abril del 2012
del PIB, número de investigadores por millón de habitantes, producción de artículos
científicos, número de patentes, protección de la propiedad intelectual, desarrollo de
clústeres que permitan la especialización y la innovación, así como la calidad de la
educación en ciencias y matemáticas, para citar solo algunos de los casos más
críticos15.
Por ende, es de vital importancia aumentar los índices de inversión en materia de I+D
pues claramente el país se encuentra en niveles de inversión muy por debajo de las
posibilidades que se esperaría en virtud de sus ventajas competitivas a nivel comercial.
Ya en el país existen importantes empresas innovadoras que han dinamizado la
economía y existe un capital humano que está creando notorias innovaciones y
creaciones, pero que aún no se traducen en títulos de propiedad intelectual. Es por ello
que los indicadores de desarrollo económico aún no encuentran su vínculo con la
propiedad intelectual, lo que exige eliminar esa brecha y generar una cultura de
protección de los activos intangibles que se producen en el país para lograr los niveles
de desarrollo que se pretenden en los planes económicos nacionales.
15 http://www.vinv.ucr.ac.cr/docs/dmdocuments/plan-nac-cti-2011-2014.pdf
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
17 Publicado el 13 abril del 2012
IV. Políticas nacionales vinculadas a la PI.
El país debe hacer frente a los retos de la globalización y a la creciente competencia en
los mercados internacionales, a través de la inversión, la modernización, la
diversificación de la economía y la mejora de su productividad para lograr ser más
competitivo. Respondiendo a esos retos, el Plan Nacional de Desarrollo de Costa Rica
“María Teresa Obregón Zamora” 2010-2014 (PND), incluyó un eje sobre
“Competitividad e Innovación”, cuya inclusión se justifica en el siguiente objetivo:
“…mejorar la productividad y contribuir al crecimiento, pero sobre todo, al desarrollo
económico, fija la atención en áreas prioritarias como son el fortalecimiento del capital
humano y la innovación; el desarrollo de infraestructura de apoyo para la producción y
la comercialización así como el fortalecimiento de las relaciones comerciales
internacionales y el clima de inversiones”16
Con este eje, el Estado pretende asumir un rol más dinamizador de la productividad, el
crecimiento económico y el desarrollo humano sostenible, promoviendo la articulación
de la academia, el sector privado y el sector público; en áreas como la innovación, el
empleo y la cultura.
Con respecto la promoción de la innovación, el PND indica en su apartado sobre
“Estímulo a la innovación” lo siguiente:
“La situación actual de Costa Rica en Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI), evidencia la
necesidad de generar políticas integrales que junto al aumento en la inversión,
contribuyan al incremento de patentes y otras formas de conocimiento de uso
restringido, generen la integración en cadenas productivas y desarrollen las
capacidades humanas contribuyendo con la promoción del desarrollo social. Las
16 http://documentos.mideplan.go.cr/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/a6aa6e67-6e6f-4b93-ae7b-579b089bfcf6/Resumen_%20PND_%202010_2014.pdf
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
18 Publicado el 13 abril del 2012
políticas en CTI deben responder a las necesidades y potencialidades del país y de los
sectores y actores involucrados y deben ser cuidadosamente definidas, priorizadas y
ejecutadas. El Ministerio de Ciencia y Tecnología (MICIT) realizó un amplio ejercicio de
consulta con los diferentes actores del Sistema Nacional de CTI, construyendo de
manera conjunta un Marco de Acción Prioritaria, que comprende Ciencias de la Tierra y
el Espacio, Energías Alternativas, Nuevos Materiales, Capital Natural, Biotecnología,
Salud y Tecnologías Digitales. Se considera estratégico dentro de estas áreas fortalecer
la formación de recursos humanos altamente calificados, promover las actividades de
investigación y desarrollo, reforzar la infraestructura científico-tecnológica e impulsar la
innovación y la transferencia de conocimientos al sector empresarial.”17
En materia de cultura, el PND ha definido como acción estratégica la “Promoción de
una cultura de Paz mediante la descentralización cultural”. Como objetivo de esta
estrategia, el PND dispone lo siguiente:
“Desarrollar programas descentralizados de gestión artística cultural, dentro de una
política inclusiva, que involucre a todos los actores sociales de las comunidades urbanas
y rurales, como aporte en la solución de su problemática social, cultural y ambiental,
mediante el desarrollo del potencial creativo y artístico.”18
En cuanto a la acción estratégica de aumentar la oferta cultural, artística y educativa
accesible; el objetivo es promover el desarrollo de las artes escénicas, musicales,
plásticas, audiovisuales y literarias, que incentiven la participación de todos los
sectores, desde un enfoque de derechos humanos y sensibilidad cultural, que estimule
la producción artística local y la responsabilidad empresarial para el Sector Cultura, con
la meta de desarrollar actividades artístico culturales y educativas y realizar festivales
17 http://documentos.mideplan.go.cr/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/a6aa6e67-6e6f-4b93-ae7b-579b089bfcf6/Resumen_%20PND_%202010_2014.pdf 18 http://documentos.mideplan.go.cr/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/a6aa6e67-6e6f-4b93-ae7b-579b089bfcf6/Resumen_%20PND_%202010_2014.pdf
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
19 Publicado el 13 abril del 2012
de las Artes (nacionales e internacionales). Esta acción debe ser evidentemente
vinculada a la protección de la propiedad intelectual de tales intangibles.
En cuanto a promoción de la innovación, el PND establece como estrategia el
alineamiento de la inversión y los diversos fondos de incentivos para investigación y
desarrollo, con los programas sectoriales específicos que estimulen las áreas de mayor
potencial transformador. Para ello uno de los objetivos es:
“Desarrollar e implementar políticas de inversión e incentivos, con base en los
indicadores claves de la Ciencia, Tecnología e Innovación, para ser aplicadas a través
del Fondo de Incentivos y Fondo PROPYME.”19
En esta línea del PND, en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2011-
2014 del Ministerio de Ciencia y Tecnología20, se fija como objetivo el fortalecer las
capacidades nacionales de ciencia, tecnología e innovación a través del aumento y uso
eficiente de la inversión en I+D, siguiendo un esquema de participación entre el sector
público y privado.
En el plan se detallan 4 estrategias vinculadas a la promoción de la innovación y la
Propiedad intelectual en 5 áreas prioritarias (Ciencias de la tierra y el espacio, Nuevos
materiales, Biotecnología, Capital natural, Salud- enfermedades emergentes, Energías
alternativas y Tecnologías digitales):
1. Robustecer las capacidades nacionales en CTi y su incidencia en la mejora de la
productividad y el desarrollo socioeconómico del país, mediante una mejor y
mayor redirección de la inversión.
19 http://documentos.mideplan.go.cr/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/a6aa6e67-6e6f-4b93-ae7b-579b089bfcf6/Resumen_%20PND_%202010_2014.pdf 20 http://www.vinv.ucr.ac.cr/docs/dmdocuments/plan-nac-cti-2011-2014.pdf
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
20 Publicado el 13 abril del 2012
2. Fortalecer la formación y actualización del recurso humano de alto nivel y su
desempeño en ciencias básicas e ingenierías.
3. Apropiación social de la ciencia y fomento de las vocaciones científico tecnológica y
el espíritu emprendedor.
4. Fortalecimiento del marco institucional, del sector CTi.
Como retos que estarían limitando la inversión en I+D, el plan identificó los siguientes:
falta de capital humano, falta de financiamiento, bajo nivel de protección a la
propiedad intelectual y falta de competencia. En efecto estos retos son de interés para
la definición de una estrategia nacional de propiedad intelectual.
La Política del Sector Agroalimentario y Rural 2011-201421 indica que se impulsarán
“procesos de indicación geográfica y denominaciones de origen en los productos, así
como marcas territoriales y culturales con certificaciones de calidad”, y se “diseñará y
ejecutará un Programa para la diferenciación de productos por medio de sellos de
calidad, denominación de origen, marcas, entre otros instrumentos”.
Precisamente, el potencial de crecimiento del sector agrícola y agroindustrial por
medio de mecanismos de la propiedad intelectual es grande en virtud del patrimonio
agroalimentario del país y la necesidad de posicionar sus productos en mercados que
exigen y valoran la calidad; y mejorar el posicionamiento, la comercialización y la
competitividad de la producción agroalimentaria costarricense en el mercado interno e
internacional, con beneficios también de carácter social (fijación de valor agregado
local y redistribución de los beneficios) y cultural (protección y valorización de
tradiciones e identidades culturales).
21 http://www.infoagro.go.cr/Politica/politica.pdf
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
21 Publicado el 13 abril del 2012
V. Hacia una Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual (ENPI).
1. Origen de la ENPI.
Con este marco general de promoción de la innovación que distingue a Costa
Rica, es evidente que la Propiedad Intelectual se convierte en un eje transversal
estratégico para fomentar la inversión e incentivos que promuevan la
competitividad en el país y que se encuentra en línea con el PND, como base para
una estrategia nacional de propiedad intelectual.
No es de extrañar entonces que el país esté realizando importantes esfuerzos por
mantener e incluso mejorar sus índices de competitividad, optimando el nivel de
productividad interno para buscar un desarrollo sostenible donde la innovación,
la diversificación de la producción y el nivel de sofisticación de los negocios para
el comercio local y exterior son una prioridad.
Dentro de estos esfuerzos, el gobierno de Costa Rica se ha fijado el objetivo de
posicionar a la propiedad intelectual como un mecanismo para mejora de los
índices de desempeño de la productividad local y la optimización de su
competitividad internacional. En ese contexto el 2 de diciembre de 2010 en la
“Primera Reunión Ministerial Centroamericana de Políticas Públicas, Innovación y
Propiedad Intelectual”, Costa Rica reconoció que existen aspectos del desarrollo,
la cultura, la seguridad y la competitividad de un país que exigen la definición de
una política nacional de propiedad intelectual. Como parte de los compromisos
asumidos en ese encuentro, el Ministerio de Justicia y Paz de Costa Rica decidió
liderar un proceso nacional inclusivo de todos los sectores involucrados con la
propiedad intelectual para definir una política nacional en esta materia que
permitiera mejorar la competitividad del país, articular las acciones sectoriales
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
22 Publicado el 13 abril del 2012
públicas y privadas, y aprovechar el liderazgo que está asumiendo el país en
temas de innovación y tecnología.
En respuesta a ese compromiso, el Ministerio de Justicia y Paz, asumió la
iniciativa y liderazgo para desarrollar una Estrategia Nacional de Propiedad
Intelectual (ENPI) con la colaboración de la Organización Mundial de la Propiedad
Intelectual (OMPI) y la supervisión de la Comisión de Enlace Interinstitucional
para la Protección de Propiedad Intelectual (CIPPI).
2. Metodología.
En el marco del Programa de Cooperación de la Organización Mundial de la
Propiedad Intelectual (OMPI), bajo la supervisión de la Oficina de Cooperación
para el Desarrollo para América Latina y el Caribe y en coordinación con el
Ministerio de Justicia y Paz, a través de su Vice Ministro el Sr. Fernando Ferraro
Castro, la Comisión de Enlace Interinstitucional para la Protección de la Propiedad
Intelectual (CIPPI) y los Registros Nacionales de Propiedad Industrial y de Derecho
de Autor, se desarrollaron las etapas iniciales conducentes a la elaboración de la
presente ENPI con los siguientes objetivos:
a) evaluar la situación del sistema de P.I. en Costa Rica;
b) identificar y convocar a los sectores interesados que participarán en la
formulación de una estrategia de P.I.; y
c) diseñar, en consulta con los sectores interesados, una estrategia nacional
de P.I. para Costa Rica.
En una primera fase del diagnóstico, el principal objetivo fue sentar las bases
conceptuales para diseñar una estrategia nacional de propiedad intelectual
mediante un diagnóstico formulado con base en el contexto general de las
actuales políticas nacionales de innovación y desarrollo existentes en el país y
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
23 Publicado el 13 abril del 2012
enfocado en determinar la utilización efectiva del sistema de propiedad
intelectual y al conocimiento que tienen del mismo sus usuarios principales,
partiendo de cuatro ejes principales:
a) Diagnóstico del sistema nacional de P.I. (mecanismos jurídicos,
administrativos y de observancia vigentes relacionados con la P.I.) y las
políticas y estrategias nacionales relacionadas con el desarrollo económico,
social y cultural (objetivos de desarrollo nacionales);
b) Diagnóstico de las flexibilidades y mecanismos establecidos para proteger los
intereses de los consumidores, la existencia de un dominio público dinámico
y un equilibrio adecuado entre los incentivos a la innovación y las dificultades
para acceder al conocimiento, entre otros;
c) Diagnóstico de las infraestructuras vigentes de asistencia a las empresas y de
apoyo a la innovación así como las políticas y estrategias para fomentar la
actividad empresarial y apoyar a universidades e instituciones de
investigación y desarrollo para que puedan sacar pleno partido del uso de la
P.I.; y
d) Diagnóstico del grado en que se utiliza el sistema de P.I. teniendo en cuenta
el número de solicitudes de derechos de P.I. presentadas y concedidas, por
sector y por tipo de solicitante.
Con el fin de perfilar los resultados de esta primera etapa, se recopilaron las
políticas de desarrollo y estrategia de cada sector, y se procedió al análisis de los
componentes vinculados a la propiedad intelectual dentro de esos planes.
Igualmente, se hizo un mapeo de los principales representantes de los sectores
estratégicos a quienes se les hizo entrevistas personales y reuniones de
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
24 Publicado el 13 abril del 2012
seguimiento para obtener los datos y tener una visión directa del sector, para un
total de 62 entrevistas presenciales. Las consultas fueron dirigidas a evaluar el
nivel de conocimiento sobre derechos de P.I. y la función que tales derechos
desempeñan en la potenciación del desarrollo económico, social y cultural. Entre
otros, los sectores interesados son: Registro de la Propiedad Intelectual,
ministerios competentes, profesionales del ámbito de la P.I., empresas, industrias
culturales, universidades e instituciones de investigación y desarrollo.
Para ello se siguió una metodología basada en la utilización de herramientas de la
OMPI para la compilación de datos básicos de P.I. y especialmente para evaluar la
situación del sistema nacional de P.I. y determinar los objetivos estratégicos y
acciones a ser emprendidas por el país en materia de P.I. dentro del contexto de
las prioridades y objetivos de desarrollo nacionales.
Dentro de esas herramientas se destacan la “Metodología para la elaboración de
estrategias nacionales de Propiedad Intelectual” y el cuestionario de análisis
comparativo denominado “Instrumento para evaluar la situación actual del
sistema nacional de propiedad intelectual, los objetivos estratégicos y las
necesidades en sintonía con las prioridades nacionales en materia de desarrollo”,
ambos derivados del Proyecto DA_10_05 de la agenda para el desarrollo de la
OMPI.
En algunos casos estos cuestionarios fueron transformados para ser adaptados a
la realidad nacional y a los sectores sujetos a entrevista, para obtener los datos
que mejor se ajustaban a la situación del país en materia normativa, estratégica y
según los planes de desarrollo por cada sector. A partir de la información
obtenida con el cuestionario, las entrevistas aplicadas y el seguimiento que se le
hizo a cada sector, se utilizó la “Plantilla de resumen y debate” proporcionada por
la OMPI, para ordenar y relacionar la información obtenida, con el fin de
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
25 Publicado el 13 abril del 2012
proceder a su procesamiento para fijar las primeras líneas del diagnóstico
nacional.
En su mayor parte las entrevistas fueron realizadas de forma presencial y cada
cuestionario fue validado por los entrevistados por medio de correo electrónico
para garantizar transparencia y pertinencia del dato.
Para la obtención de los datos sobre el uso efectivo del sistema de propiedad
intelectual, se trabajó con un periodo de referencia de 10 años a partir del cual se
obtuvieron datos oficiales para apoyar con respaldo estadístico el uso efectivo del
sistema de propiedad intelectual. Para ello se hicieron consultas escritas para
obtener las estadísticas de cada sector, y en su totalidad se recibieron los aportes
requeridos provenientes de las siguientes instancias:
Entidad responsable
Dato requerido Oficio de referencia
Registro de la Propiedad Industrial
Estadísticas de registros de marcas, patentes, indicaciones geográficas, modelos de utilidad, diseños industriales, secretos industriales y medidas cautelares
Estadísticas Oficina de Patentes de Invención, remitidas por Gustavo Álvarez, Director del registro de propiedad industrial, Christian Mena, Subdirector del Registro de Propiedad Industrial y Karen Quesada, Coordinadora del Registro de Patentes, por correo electrónico del martes 12 de julio, 2011.
Registro de Derechos de Autor
Estadística de registro de obras literarias y artísticas, derechos conexos, contratos y entidades de gestión colectiva
Oficio RN-DADC-078-2011 del 11 de julio de 2011, suscrito por Vanessa Cohen, Directora del Registro de Derechos de Autor
Oficina Nacional de Semillas
Reporte de registro de obtenciones vegetales
Oficio N°ONS 23-11 del 12 de julio de 2011, suscrito por el Ing. Orlando Carrillo Araya, Jefe Departamento Técnico.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
26 Publicado el 13 abril del 2012
L
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f
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c
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ó
n
a
n
La información anterior sirvió de sustento para consignar los datos actuales sobre
el uso efectivo de la propiedad intelectual a nivel nacional.
Luego de someter a discusión el resultado del diagnóstico mediante una mesa
nacional de consulta celebrada el 9 y 10 de diciembre de 2011 en el Registro
Nacional, como resultado de esos talleres de definió el cuadro de fortalezas y
debilidades del actual sistema nacional de propiedad intelectual, el objetivo
nacional de la ENPI y los desafíos del sistema nacional de PI que definen y
sustentan la presente ENPI.
Ministerio de Salud
Reporte de medicamentos con protección de datos de prueba y patentes vinculadas
Oficio DAC-XAQ-518-2011 del 19 de julio, suscrito por la Ing. Xinia Arias, Directora de Atención al Cliente.
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Reporte de protección de datos de prueba de agroquímicos
Oficio N°DIA-314-2011 del 19 de julio de 2011 suscrito por el Ing. Jorge Araya, Jefe del Dpto. de Insumos Agrícolas del Servicio Fitosanitario del Estado
Poder Judicial
Estadística de procedimientos judiciales vinculados a la propiedad intelectual
Oficio 1204-11 del 26 de julio de 2011 suscrito por Franklin González Morales, Jefe, Sección de Estadística
Dirección General de Aduanas
Informe de los casos en materia de P.I. que han sido remitidos por Aduana a sede judicial
Correo electrónico del 21 de julio remitido por el Lic. Otto Monge Vega del Área de Relaciones y Asuntos Externos, de la Dirección General de Aduanas
Dirección de Apoyo al Consumidor, MEIC
Reporte de procesos de propiedad intelectual vinculados a competencia y medidas cautelares derivadas del art. 28 de la Ley 8039
Oficio DAC-OF-247-1 remitido por Cynthia Zapata, Directora de la Dirección de Apoyo al Consumidor
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
27 Publicado el 13 abril del 2012
La ENPI fue diseñada entonces con la participación de todos los actores del
sistema pero será preciso aunar esfuerzos y coordinar actuaciones de
organizaciones interrelacionadas que operan en diferentes ámbitos: industria,
comercio, educación, ámbito exterior, investigación y justicia para lograr el
cumplimiento de los objetivos estratégicos que se plantean.
La ENPI se desarrolla con el convencimiento de que los derechos de Propiedad
Intelectual juegan un papel relevante en relación con el proyecto económico del
gobierno y es por ello que se presenta esta estrategia como una propuesta
integradora de las acciones de los actores involucrados en la propiedad
intelectual con el respaldo del gobierno de la República de Costa Rica; para lograr
alcanzar los objetivos de competitividad, innovación y crecimiento socio
económico del país.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
28 Publicado el 13 abril del 2012
VI. Diagnóstico de la PI en CR.
1. Situación general de la PI en CR.
Costa Rica es un país con un nivel educativo alto y existe un relativo conocimiento
de la propiedad intelectual en la población económicamente activa. Sin embargo,
es evidente el desconocimiento de las ventajas competitivas que se derivan de la
obtención formal de títulos de propiedad intelectual, lo que se evidencia en la
poca cultura de registro y protección de la propiedad intelectual que existe en el
país.
En el Informe de Competitividad 2010-201122 Costa Rica aparece en el índice de
competitividad calificada entre 134 naciones evaluadas, en el puesto 68 por
protección de propiedad intelectual, en el puesto 44 en capacidad de innovación
y en el puesto 28 en colaboración universidad-industria.
En el ranking latinoamericano del Intellectual Property Right Index 2011 (IPRI)23
Costa Rica aparece en tercer lugar, por debajo de Chile y Uruguay, en materia de
protección de propiedad intelectual. Este un índice califica a los países en áreas
como el entorno legal y política de la propiedad intelectual, los indicadores de
propiedad intelectual y los derechos de propiedad intelectual reconocidos.
22 http://www.incae.edu/images/descargables/CLACDS/Costa_Rica.pdf 23 http://www.internationalpropertyrightsindex.org/
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
29 Publicado el 13 abril del 2012
Las estadísticas evidencian que en
el marco regulatorio, Costa Rica
tiene niveles satisfactorios de
regulación de la propiedad
intelectual, pero que no se
traducen en un uso efectivo de la
mismo ni en el conocimiento de las
ventajas que proporciona la
propiedad intelectual a la
economía, por la baja cultura de
registro y uso no efectivo de los
activos intangibles. En efecto, los datos evidencian la necesidad de adoptar
acciones para dinamizar la inversión en investigación e innovación, con la meta
de mejorar el desempeño competitivo del país; constituyendo el fomento, uso y
gestión de la PI un eje estratégico para el cumplimiento de estos fines.
El Índice Internacional de Derechos de la Propiedad del 2011, es un estudio
comparativo internacional que mide la relevancia física, intelectual y económica
de la propiedad intelectual.
El estudio comparativo se enfoca en tres áreas importantes del derecho a la
propiedad: (i) Entorno Legal y Político, (ii) los Derechos Físicos de la Propiedad y
(iii) los Derechos de Propiedad Intelectual. El estudio analiza datos de 129 países,
los cuales representan el 97% del producto interno bruto del mundo; así como
incorpora datos estadísticos obtenidos de encuestas realizadas a expertos de los
diferentes países en el 2011 sobre la protección de la propiedad.
En Costa Rica el Índice Internacional de Derechos de la Propiedad tuvo cambios
significativos en comparación a los últimos 4 años, aumentando 0,3 puntos
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
30 Publicado el 13 abril del 2012
debido a la mejora de los sub-elementos evaluados, obteniendo un resultado
del 5,9 con respecto al entorno legal y político de la propiedad intelectual. La
Independencia del Poder Judicial obtuvo el mayor crecimiento, el cual
incrementó de un 0,5 a un 7,5; manteniendo una estabilidad del 6.1. Sin
embargo, la protección física de la propiedad y el registro de la propiedad
disminuyeron 0,4 puntos debido al acceso restringido al crédito. La protección de
la propiedad Intelectual aumentó un 0,9 puntos en el 2011. Esta mejora en
combinación con la promoción de la persecución de los delitos de propiedad
intelectual impulsó el llegar hasta un 5,0, la mejor puntuación de la propiedad
intelectual para Costa Rica desde el año 2007.
Con respecto al dato de acceso al crédito, en el Estudio sobre Oferta de Crédito a
Pymes, del informe del segundo semestre de 2011 elaborado por el Ministerio de
Economía, Industria y Comercio24, se evaluaron las opciones de financiamiento
para Innovación, transferencia tecnológica y propiedad intelectual para MIPYME
y el estudio concluye que no existen en el país opciones específicas de
financiamiento de la propiedad intelectual.
No obstante, recientemente el MICIT y el CONICIT están promoviendo
financiamiento específico para PYMES25 por medio del Fondo Propyme (Creado
mediante Ley N. 8262 del 17 mayo, 2002), lo que permitiría a capital semilla y
emprendedores optar por financiamiento de la propiedad intelectual a través de
las unidades de investigación y consultoría registradas en el registro científico del
CONICIT; siendo esta la única vía actualmente para optar a fondos que cubran los
costos vinculados a la propiedad intelectual. Estos fondos consisten en ayudas
24 Estudio sobre Oferta de Crédito a Pymes, del informe del segundo semestre de 2011 elaborado por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Documento preparado por: Yesenia González González Hugo Bermúdez, Gómez Luis Hernández Chaves. 25 Los optantes al fondo deben tener su calificación oficial de PYME por medio del MEIC.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
31 Publicado el 13 abril del 2012
complementarias no reembolsables para promover la competitividad y desarrollo
de las Pymes.
Es importante anotar que en el país existe una importante oferta de capacitación
en materia de propiedad intelectual desde cursos informales hasta programas
dentro de la oferta académica formal universitaria, incluido un programa de
maestría específico en propiedad intelectual en la Universidad Estatal a Distancia.
Sin embargo, la mayoría de cursos tienen un fuerte enfoque jurídico por lo que
existe un proyecto para formalizar la Academia Costarricense de Propiedad
intelectual que tendría un enfoque más práctico y multidisciplinario.
2. Legislación vigente de la PI en Costa Rica.
En Costa Rica, la propiedad intelectual está protegida como marco general en el
artículo 47 de la Constitución Política que dice que:
“Todo autor, inventor, productor o comerciante gozará temporalmente de la
propiedad exclusiva de su obra, invención, marca, nombre comercial, con arreglo
a la Ley”.
Adicionalmente, el artículo 121 inciso 18 señala lo siguiente:
“Además de las otras atribuciones que le confiere esta Constitución, corresponde
exclusivamente a la Asamblea Legislativa: (18) Promover el progreso de las
ciencias y de las artes y asegurar por tiempo limitado, a los autores e inventores,
la propiedad de sus respectivas obras e invenciones; (…)
La primera ley en Costa Rica que reguló la materia de Propiedad Intelectual, fue la
Ley de Propiedad Intelectual, N° 40 publicada en el diario oficial la Gaceta N° 149
del 30 de junio de 1896. Dicha Ley, en lo que se contradice con el actual cuerpo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
32 Publicado el 13 abril del 2012
normativo, fue derogada de forma tácita en el año 2000 para dar pie a un
régimen normativo que ha ido evolucionando a la luz de compromisos adquiridos
ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en virtud de acuerdos
comerciales suscritos en el país. Con la aprobación de los resultados de la Ronda
Uruguay primera vez se regula la propiedad intelectual en el sistema multilateral
de comercio. Costa Rica aprueba las negociaciones comerciales y se incorpora
como miembro de la OMC asumiendo el compromiso de armonizar su legislación
mediante la Ley N° 7475, de 20 de diciembre de 1994, publicada en el diario
oficial La Gaceta N° 245, de 26 de diciembre de 1994. En su Anexo 1C, se recoge
el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual
relacionados con el Comercio (ADPIC). El ADPIC 26 fue incorporado en la
legislación costarricense en el año 2000, luego de la reforma integral a varias
leyes vinculadas con la materia, que le permitieron al país contar con un sistema
jurídico de propiedad intelectual que en términos generales cumple con los
estándares internacionales definimos por la OMC.
Con la Ley Nº 8622 del 21 de noviembre de 2007, publicada en el Alcance Nº 40
de La Gaceta Nº 246 del 21 de diciembre de 2007, Costa Rica aprobó el Tratado
de Libre Comercio República Dominicana- Centroamérica-Estados Unidos (TLC
CAFTA-RD) que entró en vigencia el 1º de enero de 2009. Derivado del TLC
CAFTA-RD, se hicieron importantes enmiendas a la legislación costarricense que
terminaron de definir el marco regulatorio que actualmente aplica en el país.
Como signatario de múltiples acuerdos internacionales en materia de protección
de la propiedad intelectual Costa Rica concede en su legislación un amplio marco
de protección a la propiedad intelectual que se incluye como Anexo 1 para
referencia de los principales convenios y legislación vigente en el país.
26 El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC o, en inglés, TRIPS), que corresponde al Anexo 1C del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
33 Publicado el 13 abril del 2012
Adicionalmente, siendo un país con una enorme riqueza natural, debe tener
especial mención el marco legal aplicable a esa biodiversidad y su vinculación con
los derechos de propiedad intelectual.
La Ley de Biodiversidad N° 7788, entró en vigencia a partir del 27 de mayo de
1998. Este cuerpo legal regula a nivel nacional, los principios establecidos en el
Convenio sobre la Diversidad Biológica, firmado en Río de Janeiro en el año 1992
y ratificado por el Gobierno de Costa Rica mediante la Ley 7416 de fecha 30 de
junio de 1994. El acceso a recursos genéticos y bioquímicos y la protección del
conocimiento asociado, se encuentra regulado en el Capítulo V de esta Ley y en
los Decretos Ejecutivos: N° 31514-MINAE publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 241 de 15 de diciembre de 2003: “Normas generales para el acceso a los
elementos y recursos genéticos y bioquímicos de la biodiversidad” y el N°33697-
MINAE del 6 de febrero del dos mil siete, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
Nº 74 del 18 de abril del 2007 denominado “Reglamento para el acceso a los
elementos y recursos genéticos y bioquímicos de la biodiversidad en condiciones
ex situ”.
La ley regula los elementos de la biodiversidad que se encuentran bajo la
soberanía del Estado, así como sobre los procesos y las actividades realizados
bajo su jurisdicción o control, con independencia de aquellas cuyos efectos se
manifiestan dentro o fuera de las zonas sujetas a jurisdicción nacional. Esta ley
regula específicamente el uso, el manejo, el conocimiento asociado y la
distribución justa de los beneficios y costos derivados del aprovechamiento de los
elementos de la biodiversidad, fijando las siguientes exclusiones de aplicación:
a) La ley no se aplicará al acceso al material bioquímico y genético humano, que
continuará regulándose por la Ley General de Salud, N° 5395 del 30 de
octubre de 1973, y por las leyes conexas.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
34 Publicado el 13 abril del 2012
b) Tampoco se aplica al intercambio de los recursos bioquímicos y genéticos ni
al conocimiento asociado resultante de prácticas, usos y costumbres, sin
fines de lucro, entre los pueblos indígenas y las comunidades locales.
La Ley Nº 7788, crea a la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad
(CONAGEBIO) como la Autoridad Nacional competente en Costa Rica, para
proponer las políticas sobre el acceso a los elementos y recursos genéticos y
bioquímicos de la biodiversidad y el conocimiento tradicional asociado, que
aseguren la adecuada transferencia científico-técnica y la distribución justa y
equitativa de los beneficios derivados del acceso; y administrativamente la
clasifica como un órgano de desconcentración máxima con personalidad jurídica
instrumental, del MINAET.
El legislador estableció expresamente en el artículo 6 de la Ley de Biodiversidad
N° 7788, la declaración de que las propiedades bioquímicas y genéticas de los
elementos de la biodiversidad silvestres o domesticados son de dominio público;
y que el Estado es el que autorizará la explotación, la investigación, la
bioprospección, el uso y el aprovechamiento de estos elementos de la
biodiversidad, así como la utilización de todos los recursos genéticos y
bioquímicos por medio de las normas de acceso que se establecen en el capítulo
V de dicha ley.
Por su parte, la Sección III, del Capítulo V, de la Ley de Biodiversidad, regula el
tema de la protección a la propiedad intelectual relacionada con la biodiversidad,
regulando entre otros aspectos que el Estado reconoce la existencia y validez de
las formas de conocimiento e innovación y la necesidad de protegerlas, mediante
el uso de los mecanismos legales apropiados para cada caso específico.
Adicionalmente, según la ley, el Estado otorgará la protección indicada en el
artículo anterior, entre otras formas, mediante patentes, secretos comerciales,
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
35 Publicado el 13 abril del 2012
derechos del fitomejorador, derechos intelectuales comunitarios sui géneris,
derechos de autor, derechos de los agricultores.
Se exceptúan de la protección mediante patentes:
1.-Las secuencias de ácido desoxirribonucleico, nucleótidos y aminoácidos tal y
como se encuentran en la naturaleza o secuencias de ácido
desoxirribonucleico, nucleótidos y aminoácidos que no cumplan los requisitos
de patentabilidad, tal como se establecen en la Ley N.º 6867, de 25 de abril de
1983, y sus reformas.
2.-Las plantas y los animales.
3.-Los microorganismos tal y como se encuentran en la naturaleza.
4.-Los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas
o animales, que no sean procedimientos no biológicos o microbiológicos.
5.-Los procesos o ciclos naturales en sí mismos.
6.-Las invenciones esencialmente derivadas del conocimiento asociado a
prácticas biológicas tradicionales o culturales en dominio público.
7.-Las invenciones cuya explotación comercial deba impedirse necesariamente
para proteger el orden público o la moralidad, o para proteger la salud o la
vida de las personas o de los animales o para preservar los vegetales, o para
evitar daños graves al medio ambiente.
La Oficina Nacional de Semillas de Costa Rica y el Registro Nacional de la
Propiedad Intelectual, obligatoriamente deben consultar a la Oficina Técnica de la
CONAGEBio, antes de otorgar protección de propiedad intelectual a las
innovaciones que involucren elementos de la biodiversidad, recalcándose que la
oposición fundada de la Oficina Técnica impedirá registrar la patente o
protección de la innovación.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
36 Publicado el 13 abril del 2012
Como un requisito esencial, siempre aportarán el certificado de origen emitido
por la Oficina Técnica de la Comisión y el consentimiento previo, al solicitar
protección de propiedad intelectual a las innovaciones que involucren elementos
de la biodiversidad.
Este artículo 80 de la Ley de Biodiversidad, fue reglamentado mediante el
Decreto Ejecutivo N° 34958-MINAET-COMEX, publicado en La Gaceta N°242 del
15-12-2008, rige a partir 01-01-2009. Sin embargo a la fecha se encuentra
pendiente de resolver la Acción de inconstitucionalidad Expediente Número: 10-
000782-0007-CO, interpuesta para que este Reglamento, se declare
inconstitucional.
Los particulares beneficiarios de protección de la propiedad intelectual o
industrial en materia de biodiversidad cederán, a favor del Estado, una licencia
legal obligatoria que le permitirá en casos de emergencia nacional declarada, usar
tales derechos en beneficio de la colectividad, con el único fin de resolver la
emergencia, sin necesidad del pago de regalías o indemnización.
Se reconocen y protegen expresamente “Los derechos intelectuales comunitarios
sui géneris”, por lo que esta legislación es también pionera respecto a la
regulación de este tema en específico ya que el Estado reconoce y protege
expresamente, bajo el nombre común de derechos intelectuales comunitarios sui
géneris, los conocimientos, las prácticas e innovaciones de los pueblos indígenas
y las comunidades locales, relacionadas con el empleo de los elementos de la
biodiversidad y el conocimiento asociado. Este derecho existe y se reconoce
jurídicamente por la sola existencia de la práctica cultural o el conocimiento
relacionado con los recursos genéticos y bioquímicos; no requiere declaración
previa, reconocimiento expreso ni registro oficial; por tanto, puede comprender
prácticas que en el futuro adquieran tal categoría.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
37 Publicado el 13 abril del 2012
Es importante señalar que el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos
Genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su
utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en la Décima
Reunión de la Conferencia de la Partes, celebrada en Nagoya en octubre del
2010, y recientemente firmado por Costa Rica, establece en su artículo 17 la
figura de un certificado de cumplimiento pero reconocido internacionalmente,
que servirá como prueba de que se ha accedido al recurso que cubre, conforme
al consentimiento fundamentado previo y de que se han convenido condiciones
mutuamente acordadas, conforme a lo requerido por la legislación nacional de la
Parte que otorga dicho consentimiento fundamentado previo27.
3. Análisis de la protección de la PI en Costa Rica.
El informe bianual de Indicadores Nacionales de Ciencia, Tecnología e Innovación,
accesible en la página web del MICIT28, pone a disposición del país información
útil para la toma las decisiones y emisión de los lineamientos correspondientes en
esos campos. La última versión de este documento fue publicada en el mes de
mayo 2011 y corresponde a los resultados de inversión nacional en actividades
científicas y tecnológicas, así como de la capacidad innovadora de las empresas,
medido en el 2009. En él se detalla: información, entre otras, de inversión ACT
(actividades científico tecnológicas), inversión en I+D, recursos humanos
dedicados a ACT, y algunos indicadores relacionados con la internacionalización
de la ciencia y la tecnología. Además, incluye información relacionada con la
innovación en el sector empresarial y contiene información en aspectos tales
como: actividades de innovación en las empresas, vínculos con actores del
sistema nacional de innovación, innovación y desempeño ambiental, y empleo y
27 La presente sección fue realizada gracias al insumo y aporte de la Licda. Maribelle Alvarez Mora, Asesora Legal de la Oficina Técnica CONAGEBIO-MINAET. 28 http://www.micit.go.cr/index.php/docman/doc_details/295-indicadores-nacionales-2009-ciencia-tecnologia-e-innovacion-costa-rica-.html
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
38 Publicado el 13 abril del 2012
organización del proceso de trabajo. También se muestra información sobre
patentes. En este punto, el informe indica lo siguiente:
“La cantidad de empresas que han obtenido patentes (8.4%) refleja el tipo de
innovaciones que se están impulsando, con una baja cantidad de empresas
logrando innovaciones nuevas en los mercados internacionales. Sin embargo, un
alto porcentaje de las empresas manifiesta haber logrado innovaciones. Se
desprende que la gran mayoría no está utilizando las patentes como mecanismos
de protección de la propiedad intelectual.”
Esto coincide con lo indicado en el PND al señalar:
“La democratización del conocimiento científico y tecnológico es fundamental
para que sea aprovechado por todos los sectores de la población costarricense y
se incremente la productividad de las empresas costarricenses. El valor agregado
de lo que producen estas empresas podría potenciarse por medio de políticas
públicas que fomenten la cultura y desarrollo de la incubación y el
emprendedurismo, de manera que se aprovechen mejor los recursos y los
conocimientos existentes en el país. Las empresas costarricenses no (sic) carecen
de conocimientos al respecto de los alcances y beneficios de la protección de su
propiedad intelectual. Esto se observa pues el 87.1% de las empresas del sector
han obtenido patentes en el país o en el exterior a pesar de que el 90% de las
empresas mencionara haber realizado algún tipo de innovación. Estas causas
desmotivan el potencial emprendedor del costarricense y limitan el desarrollo de
nuevas empresas y nuevos puestos de trabajo con tecnología avanzada y alto
valor agregado de las empresas nacionales, lo que tiene un efecto negativo en el
nivel de competitividad del sector productivo costarricense.”29
29Análisis de situación sectorial. Documento de insumo para el PND, pag. 42.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
39 Publicado el 13 abril del 2012
En efecto el indicador por excelencia para valorar si los sectores productivos
están haciendo uso de la propiedad intelectual, es mediante el registro de los
derechos de propiedad intelectual. Por ello resulta necesario analizar los datos
que hemos obtenido de los respectivos registros.
En cuanto a registro de patentes, el crecimiento de solicitudes presentadas por
año presenta un crecimiento sostenido. El fenómeno del pico de solicitudes en el
2008, responde a la mejora de la legislación costarricense en temas de propiedad
intelectual, pero en términos generales la presentación y concesión de solicitudes
ha ido en aumento, aunque se aprecia igualmente que en el 2009 y el 2010 el
volumen de solicitudes denegadas es mayor al de solicitudes concedidas.
Sobre dichos datos es importante considerar la relación de la Oficina de Patentes
del RPI con examinadores externos encargados de hacer el estudio del examen de
fondo de las patentes. Si bien el volumen de registros a nivel mundial ha
superado la capacidad de las oficinas tramitadoras, en el caso de Costa Rica el
30 Información suministrada por el RPI al 12 de julio, 2011.
Registro de Patentes30
Año de la
Solicitud
Número de Solicitudes
Presentados por Año
Solicitudes por año
concedidas
Solicitudes por año
denegadas
Solicitudes Nacionales
Solicitudes PCT
2005 438 12 3 17 340
2006 593 4 0 22 546
2007 669 13 2 20 618
2008 791 45 37 21 743
2009 524 32 51 13 489
2010 614 34 53 10 578
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
40 Publicado el 13 abril del 2012
backlog de patentes31 se ha producido en gran medida por la ausencia de
evaluadores internos lo que en el pasado obligaba a recurrir a evaluadores
externos para poder completar los trámites.
Hasta el 2006, el RPI recurría a la oficina de PROINNOVA de la Universidad de
Costa Rica y al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos para realizar las
evaluaciones. De enero de 2007 a diciembre de 2008 se logró concretar
convenios formales con Colegio de Farmacéuticos y con el Instituto Tecnológico
de Costa Rica para facilitar evaluadores. Desde enero de 2010, se empezó a dar
una relación directa del RPI con cada profesional de manera independiente, con
fundamento en un contrato firmado al efecto con cada evaluador. No es sino a
partir de Febrero de 2011 que finalmente el RPI recibe la autorización de la
Autoridad Presupuestaria para contratar 5 examinadores de planta.
De las solicitudes en trámite de estudio de fondo en Costa Rica, al 30 de junio de
2010, las mismas corresponden a los siguientes sectores tecnológicos:
Sector tecnológico Cantidad
Farmacia 2000 Ing. Electromecánica 30
Química 400 Construcción 36
Agronomía 20 Biotecnología 10
Tecnología de Alimentos 24
31 Stock de solicitudes de patentes pendientes de procesar, que dificultan el trabajo y generan retrasos.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
41 Publicado el 13 abril del 2012
De los datos registrales en materia de patentes podemos concluir lo siguiente:
• Las estadísticas evidencian que el mayor volumen de solicitudes y registros es en
el área de farmacia y química.
• Llama la atención el bajo volumen de patentes en áreas donde el país está
posicionándose a nivel tecnológico, industrial y agroindustrial, biotecnología y
tecnología de alimentos, por lo que todo indica que es necesario potenciar la
producción y registro de PI en esas áreas.
• Las patentes requeridas por nacionales han venido disminuyendo en volumen
mientras aumenta el número de patentes PCT. Sin embargo, muchas empresas
nacionales reconocen que optan por el registro de patentes en el exterior para
luego pasar a fase nacional las solicitudes, lo que llevó a concluir en la mesa
nacional de discusión sobre el diagnóstico de la propiedad intelectual que existe
una necesidad de fortalecer la credibilidad en el RPI de Costa Rica para atraer
mayores registros.
• El volumen de patentes solicitadas ha venido disminuyendo en casi un 30% desde
el 2007, por lo que resulta necesario trabajar en aumentar las inversiones en
innovación y desarrollo y orientar a las empresas, universidades e instituciones
de investigación a desarrollar políticas permanentes de patentamiento.
• El volumen de registros solicitados es sumamente superior a los registros
concluidos, lo que coincide con la experiencia internacional y evidencia un
desfase importante en el volumen de trámites pendientes y el volumen sobre el
que están capacitados a resolver a lo interno del registro.
• El volumen de registros concedidos es muy similar al volumen de registros
denegados, lo que ameritaría una valoración más detallada para analizar las
razones de tales denegatorias.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
42 Publicado el 13 abril del 2012
En cuanto a modelos de utilidad y diseños industriales, el crecimiento de
solicitudes ha ido en aumento en especial con una clara tendencia de aumento
de solicitudes nacionales, lo que evidencia que la credibilidad en la protección de
estos esquemas crece dentro de la población y el sector productivo.
De los listados de solicitudes de modelo industrial, diseño industrial y modelo de
utilidad anteriores, no es posible determinar el área técnica de cada solicitud,
salvo por búsqueda in situ y sobre cada expediente individual. No obstante, según
informe de la Dirección del RPI, la mayoría de registros corresponden a partes de
vehículos, mobiliario y piezas eléctricas. Si bien el número de solicitudes
nacionales es bajo, ha ido en aumento en los últimos años, lo que podría reflejar
parte del creciente interés de los costarricenses en aprovechar la protección de la
propiedad intelectual.
Modelos de Utilidad y Diseños Industriales Número
de Solicitudes
Año Modelos de
Utilidad
Diseños Industriales
Solicitudes nacionales
2005 11 131 21
2006 6 140 10
2007 14 146 21
2008 25 70 49
2009 14 97 48
2010 8 70 23
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
43 Publicado el 13 abril del 2012
En lo que respecta al registro de marcas, Costa Rica presenta el mismo
comportamiento de otras economías en desarrollo que han apostado por el
registro de marcas y otros signos distintivos como pilar de sus estrategias de
propiedad intelectual. No obstante, se evidencia un crecimiento del volumen en
marcas en trámite que aún no han consolidado su registro.
Según lo indicado por el Sub Director del RPI durante la entrevista realizada a
dicha institución, el mayor volumen de marcas registradas se presenta en las
siguientes dos clases:
• Clase 5, que cubre Productos farmacéuticos y veterinarios; Productos higiénicos y
sanitarios para uso médico; Alimentos y sustancias dietéticos adaptados para uso
médico o veterinario, alimentos para bebés; Suplementos alimentarios para seres
humanos y animales; Emplastos, material para apósitos; Material para empastes
e improntas dentales; Desinfectantes; Productos para eliminar animales dañinos;
Fungicidas, herbicidas.
32 Información suministrada por el RPI al 12 de julio, 2011. Si bien el Registro reporta varias Denominaciones de origen en trámite, ninguna ha sido reconocida a la fecha. La única con decisión formal vinculada al queso Turrialba se encuentra actualmente impugnada.
Registro de Marcas y Signos distintivos32
Año de la Solicitud
de Registro
Marcas Registradas
Marcas Archivad
as
Marcas Rechazadas
Nacionales Registradas
Marcas Internacionales
Registradas
Marcas tramitadas
2008 12334 2723 418 5436 6829 1921
2009 12700 3443 1514 5775 5094 2905
2010 11382 1925 1148 5767 5498 7737
2011 4353 770 675 2781 3185 20700
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
44 Publicado el 13 abril del 2012
• Clase 29, que cubre Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; Extractos de
carne; Frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y
cocidas; Jaleas, confituras, compotas; Huevos; Leche y productos lácteos; Aceites
y grasas comestibles.
Las estadísticas de registros por signos distintivos, se detallan a continuación:
33 Una IG corresponde a “Banano de Costa Rica, el mejor del mundo” de la Corporación bananera nacional S.A. y la otra IG corresponde a “Café de Costa Rica” del Instituto Costarricense del Café. 34Dato actualizado por el subdirector del RPI el 21/09/2011.
Estadísticas por Signos distintivos
Tipo de signo distintivo
Solicitudes por Año
2008 2009 2010 2011
Indicación Geográfica33
0 0 2 o
Emblema 54 43 14 5
Marca Colectiva 4 7 5 2
Marca de Certificación
1 0 0 4
Marca de Comercio 932 1399 1027 533
Marca de Comercio y Servicios
18 79 41 19
Marca de Fábrica 5275 2576 1179 603
Marca de Fábrica y Comercio
717 3777 2892 1599
Marca de Fábrica y Servicios
116 145 153 60
Marca de Servicios 2374 2805 1689 926
Nombre Comercial 1300 1537 1033 513
Señal de Propaganda 294 322 239 89
Marcas Sonoras 0 1 734 0
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
45 Publicado el 13 abril del 2012
Con respecto a estas estadísticas, podemos concluir lo siguiente:
• Se han concedido solo 2 indicaciones geográficas. Llama la atención que en
un país de tradición agrícola, las solicitudes de DO e IG sean tan escasas. Esto
se percibe como un desconocimiento del sector privado, sobre la ventaja que
se posee al contar con una indicación geográfica.
• La mayor parte de los trámites de DO se reportan como abandonados.
• Solo 8 marcas sonoras se reportan como registradas y ninguna marca
olfativa. Dentro de ellas, el sonido del águila de la Cerveza Imperial, el silbido
del gallo de “Solo bueno” de la empresa Gollo, y los tonos vinculados a Intel y
a Kolbi del ICE.
• Solo 5 marcas de certificación están inscritas en el país. Estas son: C-Neutral y
CAMBIO. Esta última está registrada 4 veces por diseño, lo que en realidad
implica que solo 2 marcas de certificación están actualmente registradas.
• Solo 18 marcas colectivas están inscritas en el país. Ejemplo de ellas son
Tiara, ESPA, Montessori community, Ricalit, RIM, Sello de apoyo al agricultor
nacional de frijoles, Gusanito, Agritec, y otros
• Solo hay 24 marcas tridimensionales registradas35, la mayoría distinguiendo
botellas de Productora La Florida S.A. y otros titulares.
• A pesar del volumen de señales de propaganda que circulan en el mercado,
el número de registros concedidos es bajo y ha venido disminuyendo en los
últimos 3 años, pese a ser el área donde mayor uso se hace de los registros
de propiedad intelectual, como una tendencia coincidente con otros países
en vías de desarrollo.
35Dato actualizado por el subdirector del RPI el 21/09/2011.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
46 Publicado el 13 abril del 2012
Por su parte, el depósito de secretos industriales aumentó en el 2008 como
derivación de la aprobación de la reforma a la Ley de información no divulgada
No. 7975 y de la aprobación del reglamento a la Ley de información no divulgada
(Decreto Nº 34927-J-COMEX-S-MAG) que definieron un marco regulatorio para su
tramitación. El aumento también se debe a que muchas de las empresas de
productos agroquímicos que esperan desde el 2007 por la aprobación de sus
permisos de comercialización, han optado además por este mecanismo de
protección, depositando sus datos de prueba como secretos industriales ante el
RPI; situación que ha elevado el volumen de registros desde esa fecha. Los
depósitos contabilizados a la fecha se detallan a continuación:
Desde el 2007, el depósito de información no divulgada ha tenido un aumento
exponencial, siendo que la mayoría de solicitudes corresponde al área de los
agroquímicos seguida del área de la tecnología. Sin embargo, el volumen de
secretos es poco para un país que apuesta actualmente a la tecnología de punta
36 Información suministrada por el RPI al 12 de julio, 2011.
Depósito de Secretos industriales36
Año de la Solicitud Solicitudes Otorgadas
2001 2
2003 1
2006 1
2007 17
2008 56
2009 57
2010 54
2011 39
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
47 Publicado el 13 abril del 2012
como valor de exportación y el mayor porcentaje de depósitos corresponde a
capital extranjero.
Una de las mediciones más importantes en el país por los sectores creativos que
empiezan a presentar una oferta exportadora importante, es el registro de
derechos de autor, que arroja los siguientes resultados:
37 Información suministrada por el RDADC mediante Oficio RN-DADC-078-2011 del 11 de julio, 2011.
Registro de Derechos de Autor37
Tipo de Obra
Registradas En Trámite
Archivadas o
Denegadas
Observaciones
Obras Literarias
1989 386 297
Obras Artísticas
275 104 66
Obra Artística o Literaria
220 29 11 Obras ingresadas con la legislación
anterior a 1982, se desconoce la
categoría de la obra por no disponer de dicha información
Entidades de Gestión Colectiva
3 0 0 Entidades: ACAM, FONOTICA y AIE.
Derechos Conexos
109 41 30 Pertenecen a Productor y/o
artista, interprete o ejecutante
Contratos 65 4 4
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
48 Publicado el 13 abril del 2012
De los datos suministrados por el RDADC podemos obtener las siguientes
conclusiones:
• Únicamente 275 obras artísticas están registradas, lo que resulta una
cantidad sumamente baja considerando el auge de la industria de diseño y
de animación 2D y 3D, además de la altísima producción artística nacional
reportada por el MCJ en el campo de la pintura, la escultura y la fotografía,
entre otros.
• En 10 años, se reportan solo 1.989 registros de obras literarias, lo que
equivale a un promedio anual de 198,9 al año. Además este número de
registros no es coincidente con el volumen de publicaciones reportadas por
editoriales nacionales públicas e independientes por medio del registro de
ISBN reportado por la Biblioteca Nacional, donde indica que del 2004 al 2010
se encuentran inscritas 12.601 obras literarias38. Esto evidencia una baja
cultura de registro por parte de los titulares del derecho de autor.
• En el mismo sentido, tanto solo 109 obras registradas por derechos conexos
contrarresta con el volumen real de producciones en el área de teatro,
música, danza y otras artes que se promueven a nivel nacional; así como
derechos propios del área musical que en alguna medida sí están siendo
reportados ante las entidades de gestión colectiva. De los datos
suministrados por parte de la ACAM 39, solo en esta entidad existen
registrados repertorios dinámicos cuyo volumen aumenta constantemente,
siendo que en la actualidad cuentan con un repertorio de obras en promedio
de 22.000 obras nacionales y de un promedio de 22 millones de obras
internacionales; lo que dista mucho del número de obras registradas ante el
RDADC.
38Reporte remitido por la Biblioteca Nacional al 6 de septiembre de 2011, para atender consulta para la elaboración de la ENPI. 39 Información actualizada por la ACAM al 05/01/2012.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
49 Publicado el 13 abril del 2012
• No es posible determinar a partir de las bases de datos del RDADC el sector
específico del área artística al que corresponde el registro pues no se llevan
los registros con ese detalle.
En lo que respecta a obtenciones vegetales, la actividad registral se lleva en el
Ministerio de Agricultura, específicamente en la Oficina de Semillas, de la que se
obtuvieron los siguientes datos:
Como conclusiones de estos datos podemos indicar lo siguiente:
• De las 5 solicitudes en trámite, 3 son de una empresa nacional sobre
variedades de una misma semilla; y 2 solicitudes son de una empresa
extranjera.
• Llama la atención que no existen mayores registros locales, pero a que hay
importantes innovaciones en empresas como por ejemplo en el sector
bananero, en el sector arrocero y la reciente variedad apoyada por el MAG
conocida como la papaya híbrida.
• Para la fecha de este estudio (Diciembre 2011) no se ha concedido ningún
registro, pues indican las autoridades de la Oficina de Semillas que ningún
titular ha logrado presentar la totalidad de requisitos en el expediente.
40Información suministrada por la Oficina de Semillas mediante Oficio N°ONS 23-11 D.T. del 12 de julio de 2011
Registro de Obtenciones Vegetales40
Solicitudes en Trámite
Solicitudes Nacionales Solicitudes Extranjeras
5 3 2
Nota: A la fecha no se registra ningún derecho concedido ni denegado y estas 5 solicitudes corresponden al año 2011 y se encuentran en trámite.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
50 Publicado el 13 abril del 2012
En materia de protección de datos de prueba de medicamentos y vinculación de
patentes farmacéuticas, el Ministerio de Salud refleja la siguiente información:
Los datos revelan que hay solo 4 gestiones de vinculación de patente aprobadas.
Sin embargo se trata de solo dos productos pues la vinculación corresponde a dos
patentes (Patente No. 2688 y Patente No. 2645) vinculadas a 4 presentaciones de
dos productos existentes en el mercado bajo las marcas Champix® y Celsentri® de
la empresa Pfizer.
Es decir, que a la fecha de consulta solo existen en Costa Rica 2 patentes
vinculadas a productos farmacéuticos de la empresa Pfizer, cuyas patentes
vencen en el 2018 y en el 2020 respectivamente. Esto implica que solo dos
medicamentos en el mercado costarricense tienen patente. Valga indicar que
ninguno de ellos está incluido en la lista oficial de medicamentos de la Seguridad
Social.
Al día de hoy los principios activos protegidos con 5 años para la no divulgación
de los datos de prueba, según información del Ministerio de Salud, son los
siguientes once: RIVAROXABAN, MARAVORIC, VARENICLINA, LENALIDOMIDA,
41 Información suministrada por Oficio N° DAC-XAQ-518-2011 del día 19 de julio 2011, ampliado el 06/09/2011, Remitente: Ministerio de Salud, Dirección de Atención al Cliente.
Vinculación de patente de medicamentos41
Año de las Solicitudes
Solicitudes Presentadas
Solicitudes Aprobadas
Solicitudes Denegadas
Solicitudes Pendientes de
Revisión 2009 4 4(*) 0 0 2010 0 0 0 0 2011 0 0 0 0
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
51 Publicado el 13 abril del 2012
DESVENLAFAXINA CLORHIDRATO, PRASUGREL CLORHIDRATO, TENOFOVIR
DISOPROXIL FUMARATO, RALTEGRAVIR, TOPOTECAN CLORHIDRATO,
AMLODIPINA BESILATO-VALSARTAN y el INDACATEROL MALEATO.
Estos son los 11 medicamentos protegidos con datos de prueba, según las
estadísticas publicadas por el Ministerio de Salud en su página web42, la cual
actualizan con regularidad para incluir y excluir productos del listado según su
vencimiento.
Con respecto a la protección de datos de prueba de agroquímicos, hay que
indicar que desde el 2007 solo se han otorgado dos permisos de comercialización
para productos nuevos, por atrasos de procedimiento43, por lo que si bien existen
15 solicitudes de protección de datos de prueba que se detallan en el siguiente
cuadro, ninguna ha sido aprobada al día de hoy. Tales solicitudes dependen de la
tramitación de los permisos de comercialización que se encuentran atrasados y
de la verificación del cumplimiento de los requisitos definidos en el en el numeral
7.2 del D.E.33496-MAG-S-MINAE-MEIC. De las solicitudes pendientes de evaluar,
el sistema fitosanitario del Estado aportó los siguientes datos de productos donde
sí se ha requerido la protección de los datos de prueba en agroquímicos:
42 Información suministrada por Oficio N° DAC-XAQ-518-2011 del día 19 de julio 2011, ampliado el 06/09/2011, Remitente: Ministerio de Salud, Dirección de Atención al Cliente y accesible en la siguiente web: http://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/empresas-servicios-productos-registrados-ms 43 Para otorgar el permiso se requieren 4 dictámenes, por parte del MAG son dos revisiones, una agronómica y otra química, por parte del MINSA es la toxicológica y por último la de MINAET que es la ecotoxicológica, por lo tanto debe contarse con todos los informes aprobados para registrar un producto; lo que ha generado importantes atrasos en el proceso.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
52 Publicado el 13 abril del 2012
Solicitudes Pendientes para la Protección de Datos de Prueba44 Empresa Ingrediente Activo Fecha de Ingreso
Syngenta Crop Protection, S.A
Fenpropidin TC 5/6/2009
Syngenta Crop Protection, S.A
Mandipropamid TC 23/6/2009
Dow Agrosciences, S.A Thifluzamide 15/7/2009 Bayer S.A Fluopyram 11/8/2009 Bayer S.A Fenhexamid 14/10/2009 Bayer S.A Spirotetramate 8/12/2009
Agriphar de Costa Rica S.A
Dodine 95 TC 28/6/2010
Bayer S.A Indaziflam 8/7/2010 Bayer S.A Fluopicolide TC 6/12/2010
E.I Dupont de Nemours and Co. Inc.
Chlorantraniliprole 93 TC
14/1/2011
Bayer S.A Spirodiclofen 96.5 TC
2/5/2011
Bayer S.A Triflumuron 98.5 TC 2/5/2011 Basf de Costa Rica S.A Ametoctradin 98 TC
(33495) 15/6/2011
Basf de Costa Rica S.A Saflufenacil 94.5 TC (33495)
15/6/2011
Dow Agrosciences S.A Sulfoxaflor 97.9 TC (33495)
17/6/2011
En general, de los datos registrales en todas las categorías de la propiedad
intelectual en Costa Rica podemos concluir lo siguiente:
• La mayor parte de empresas dirige sus estrategias de propiedad intelectual
principalmente a la protección de marcas y es poca la innovación que se está
protegiendo en la actualidad.
• Las empresas apuestan al registro de marcas comerciales y nombres
comerciales y en menor medida a diseños, patentes y secretos industriales.
44 Información suministrada por el Sistema Fitosanitario del Estado, adscrito al MAG, mediante Oficio N°DIA-314-2011 del 19 de julio de 2011 y accesible en: http://www.ministeriodesalud.go.cr/index.php/empresas-servicios-productos-registrados-ms
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
53 Publicado el 13 abril del 2012
• Resulta además evidente que hay poco aprovechamiento de la protección
del derecho de autor, los secretos industriales, las marcas colectivas y de
certificación y las marcas tridimensionales, pese a que el país está
impulsando empresas innovadoras que producen bienes potencialmente
sujetos a ese tipo de protección jurídica.
• Hay poco aprovechamiento de las indicaciones geográficas y denominaciones
de origen que podrían incidir en la diferenciación y en un mejor
posicionamiento de las exportaciones agrícolas y del sector turismo así como
del encadenamiento productivo.
• Pese a que el país desarrolla investigaciones en semillas, los registros de
obtenciones vegetales ni de secretos industriales reflejan ese esfuerzo y se
desaprovecha el mecanismo de protección para el posicionamiento
comercial de tales mejoras agrícolas.
En cuanto acceso a la información y eficacia de las bases de datos de consulta en
materia de propiedad intelectual en Costa Rica, se concluye lo siguiente:
• La información obtenida por el Registro Nacional fue presentada en un corto
plazo ante petición escrita. No obstante, no es posible aún hacer consultas
en línea sobre registros de propiedad intelectual en Costa Rica por varios
factores. Sobre este punto, el Registro Nacional está haciendo importantes
esfuerzos para lograr que dicha consulta pueda realizarse a mediano plazo.
Valga citar al respecto, el Registro Nacional y la OMPI han suscrito un
proyecto para creación de Centros de Apoyo a la Tecnología y a la
Innovación, que permitiría brindar asesoría a nivel nacional a quienes tengan
interés en hacer búsqueda de patentes y recibir asesoría especializada.
• La única base de datos consultada para determinar el volumen de registros
de PI a nivel nacional, que está disponible en línea para los usuarios
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
54 Publicado el 13 abril del 2012
corresponde al Ministerio de Salud, con respecto a la protección de datos de
prueba y vinculación de patente de medicamentos.
• Si bien PatentScope permite la búsqueda en línea de patentes PCT y ya se
incorporaron las de Costa Rica, el documento técnico de patentes nacionales
no está disponible para consulta, salvo que se acuda personalmente al RPI.
• Las terminales de consulta en el Registro aumentaron para cubrir la demanda
gracias a la inauguración de las nuevas instalaciones del Edificio de Propiedad
intelectual a inicios del 2012.
• Gracias a los procesos de consulta promovidos para el presente diagnóstico,
el RPI dispuso un mecanismo de consulta de registros de información no
divulgada que originalmente no existía. Actualmente es posible consultar el
número de secretos depositados, el año de solicitud, el titular y el título
general del secreto; manteniendo en secreto el contenido de los mismos.
• El acceso a la información sobre propiedad intelectual vinculada al Servicio
Fitosanitario del Estado es complejo y requirió de varias comunicaciones que
finalmente permitieron construir el dato referente a la protección de datos
de prueba en agroquímicos, vinculados a los permisos de comercialización.
• No existe ninguna instancia a nivel público o privado que realice inventarios
de las innovaciones o iniciativas a nivel nacional que pueden ser objeto de
protección de la propiedad intelectual.45
• Tampoco existe una base de datos única que permita obtener de una fuente
el inventario de registros en materia de propiedad intelectual. Como
45Si bien proyectos como CRINNOVA (http://www.crinnova.net/que_es.htm) desarrollado por iniciativa de Nexo Universidad Empresa (Universidad-Empresa es una comisión creada por el Consejo Nacional de Rectores en 1991, con el propósito de impulsar la relación de las universidades públicas Costarricenses con el sector empresarial) y con el apoyo de varios sectores público y privado, posee un repositorio de iniciativas de emprendimiento e innovación a nivel nacional, no contiene ningún indicador vinculado a los bienes que poseen o podrían recibir protección de la propiedad intelectual.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
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corolario de lo anterior, tampoco existen indicadores de la propiedad
intelectual más allá de los datos arrojados por el Registro Nacional.
4. Flexibilidades del sistema de propiedad intelectual.
La mayoría de los países en desarrollo han incorporado una o más flexibilidades
en materia de propiedad intelectual, apoyados en convenios internacionales y en
el Acuerdo sobre los ADPIC. Asimismo, a nivel mundial se ha observado un uso
creciente de esas flexibilidades, tales como las licencias obligatorias con fines de
salud pública o el uso de obras e invenciones para fines educativos. Sin embargo,
subsisten importantes vacíos con respecto al uso y la incorporación de las
flexibilidades en las legislaciones nacionales, de manera que sirvan efectivamente
a los intereses de los países en desarrollo.
En este sentido, Costa Rica ha incorporado en su legislación una amplia
disposición de flexibilidades, que podría permitirle un acceso adecuado al
conocimiento protegido por la propiedad intelectual, siempre que dicho acceso
se enmarque en la regla de los usos honrados o la prueba de las tres fases que
exige que los supuestos de acceso gratuito a las obras deberán cumplir tres
requisitos indispensables:
1. Sólo podrán tener lugar en casos especiales.
2. Sólo se podrán ejercer cuando ello no atente contra la explotación normal de la obra.
3. Serán legítimas siempre que su ejercicio no perjudique injustificadamente los legítimos
intereses del autor.
En efecto, las excepciones al derecho de autor (y de la misma forma aquellas aplicables a
la propiedad industrial) deben ser ejercidas en casos muy especiales. Precisamente, la
prueba de las tres fases se encuentra recogida en el artículo 9.2 del Convenio de Berna
que dice:
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
56 Publicado el 13 abril del 2012
“2. Se reserva a las legislaciones de los países de la Unión la facultad de permitir la
reproducción de dichas obras en determinados casos especiales, con tal que esa
reproducción no atente a la explotación normal de la obra ni cause un perjuicio
injustificado a los intereses legítimos del autor.”
Dentro de las flexibilidades y mecanismos establecidos en Costa Rica para proteger los
intereses de los consumidores que permitan un equilibrio adecuado entre los incentivos
a la innovación y las dificultades para acceder al conocimiento; a continuación se
detallan los dispuestos por ley.
a. En materia de derechos de autor.
Aunque la redacción del articulado vinculado a las flexibilidades con respeto a
los derechos de autor y derechos conexos ha sido calificada por la academia
como de poca claridad (en especial por cuanto el artículo 74 autoriza el uso de
un ejemplar “mecanografiado o manuscrito”), es un avance que el legislador
haya previsto un rango de excepciones amplio que –sumadas a las que se
incorporaron en la Ley de procedimientos de observancia de la propiedad
intelectual (Ley No 8039) permiten en alguna medida contar con un
importante grupo de excepciones y limitaciones al derecho de autor, en
beneficio del interés público y como equilibrio de acceso a la información y el
conocimiento.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
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Excepciones y limitaciones a los Derechos de Autor y Conexos Ley de Derechos
de Autor y Derechos
Conexos, Ley N° 6683 del 14 de
octubre de 1982. Publicada en La Gaceta N°207 DE
1982
Excepciones
Artículo 67
Las noticias con carácter de prensa informativa.
Artículo 68 La reproducción por la prensa o la radiodifusión o la transmisión por hilo al publico de los artículos de actualidad de discusión económica, política o religiosa, publicados en periódicos o colecciones periódicas, u obras radiodifundidas que tengan el mismo carácter, en los casos en que la reproducción, la radiodifusión o dicha transmisión no se hayan reservado expresamente.
Artículo 69 Los discursos pronunciados en las asambleas deliberadas o en reuniones públicas, así como los alegatos ante los tribunales de justicia; sin embargo, no podrán publicarse en impreso separado o en colección, sin el permiso del autor
Artículo 70 Es permitido citar a un autor, transcribiendo los pasajes pertinentes de una obra que lícitamente haya sido puesta a disposición del público, siempre que estos no sean tantos y seguidos
Artículo 71 Es lícita la reproducción fotográfica o por otros procesos pictóricos, cuando esta reproducción sea sin fines comerciales, de las estatuas, monumentos y otras obras de arte protegidas por derechos de autor, adquiridos por el poder público, expuestos en las calles, los jardines y los museos
Artículo 72 Es libre la ejecución de fonogramas y la recepción de transmisiones de radio o televisión, en los establecimientos comerciales que venden aparatos receptores electrodomésticos o fonogramas, para demostración a su clientela
Artículo 73 Son libres las interpretaciones o ejecuciones de obras teatrales o musicales :
- Puestas a disposición del público en forma legítima cuando se realicen en el hogar para el beneficio
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
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exclusivo del círculo familiar - Utilizadas a título de ilustración para actividades
exclusivamente educativas - Es lícita la utilización y reproducción en la medida
justificada por el fin perseguido, de las obras a título de ilustración de la enseñanza por medio de publicaciones tales como antologías, emisiones de radio o grabaciones sonoras o visuales
Artículo 73Bis
Excepciones a la protección para
los derechos exclusivos de los
artistas, intérpretes, ejecutantes,
productores de fonogramas y
organismos de radiodifusión
− Cuando se trate de una utilización para uso privado.
− Cuando se hayan utilizado breves fragmentos con motivo de informaciones sobre sucesos de actualidad.
− Cuando se trate de una fijación efímera realizada por un organismo de radiodifusión por sus propios medios y para sus propias emisiones.
− Cuando se trate de una utilización con fines exclusivamente docentes o de investigación científica.
Artículo 74 Es libre la reproducción de una obra didáctica o científica, efectuada personal y exclusivamente por el interesado para su propio uso y sin ánimo de lucro directo o indirecto
Artículo 75 Se permite a todos reproducir, libremente, las constituciones, leyes, decretos, acuerdos municipales, reglamentos y demás actos públicos, bajo la obligación de conformarse estrictamente con la edición oficial.
Artículo 76 Con ocasión de reportar las informaciones relativas a acontecimientos de actualidad por medio de la fotografía o de la cinematografía, o por radiodifusión o transmisión por hilo al público, pueden ser reproducidas y hechas accesibles al público, en la medida justificada por el fin de la información, las obras que hayan de ser vistas u oídas en el curso del acontecimiento.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
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b. En materia de propiedad industrial.
Las excepciones en materia de propiedad industrial, son poco conocidas en el
país y no se encontraron antecedentes de haberse utilizado alguna de ellas a la
fecha. Sin embargo, resulta importante que el país haya previsto un rango
importante de condiciones de acceso gratuito a la propiedad industrial de
terceros, con las limitaciones que define la regla de las tres fases. Entre las
condiciones previstas por la legislación costarricense citamos las siguientes:
Excepciones y Limitaciones en la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad
Patentes
Ley de Patentes de Invención,
Dibujos y Modelos Industriales y
Modelos de Utilidad, Ley
N°6867 de 25 de abril de 1983.
Excepciones o Limitaciones
Artículo 16
La patente conferirá al titular el derecho a explotar, en forma exclusiva, la invención y conceder licencias a terceros para la explotación
Limitación de los derechos concebidos por la patente:
− Los actos jurídicos de cualquier naturaleza, siempre que sean realizados en un ámbito privado y con fines no comerciales.
− Los actos realizados con fines experimentales que se refieran al objeto de la invención patentada.
− Los actos realizados exclusivamente con fines de enseñanza o de investigación científica o académica respecto del objeto de la invención patentada.
− Los actos de venta, oferta para la venta, uso, usufructo, importación o cualquier modo de comercialización de un producto protegido por la patente u obtenido por procedimiento patentado,
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una vez que ha sido puesto en el comercio de cualquier país, con el consentimiento del titular o un licenciatario.
− Los usos necesarios para investigar, tramitar, procesar o cualesquiera otros requisitos para obtener la aprobación sanitaria con el fin de comercializar un producto después de expirar la patente que lo protege.
Los derechos conferidos por una patente no son oponibles a quienes, con anterioridad a la fecha de presentación o en su caso de prioridad de la solicitud de patente correspondiente, se encontraban en el país produciendo el producto o usando el procedimiento de la invención, tendrán derecho a continuar haciéndolo. Este derecho sólo podrá cederse o transferirse con la empresa o el establecimiento en que se esté realizando o se tenga previsto realizar tal producción o uso.
Artículo 19
Licencias obligatorias de
patentes dependientes y
licencias obligatorias por
prácticas anticompetitivas
1. Licencia obligatoria en caso de patentes dependientes
Si la invención reivindicada en una patente no puede explotarse industrialmente en el país sin infringir una patente anterior, el Registro de la Propiedad Industrial, a petición del titular de la segunda patente, de su licenciatario o el beneficiario de una licencia obligatoria sobre la patente posterior, otorgará una licencia obligatoria en tanto sea necesaria para evitar la infracción de la patente anterior
Condiciones:
a) La invención reivindicada en la segunda patente ha de suponer un avance técnico relevante, de importancia económica considerable con respecto a la invención reivindicada en la primera patente.
b) El titular de la primera patente tendrá derecho a una licencia cruzada en condiciones razonables, para explotar la invención reivindicada en la segunda patente.
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c) No podrá cederse el uso autorizado de la primera patente sin la cesión de la segunda patente.
Registro de la Propiedad Industrial deberá conceder, en las mismas circunstancias, licencia obligatoria con respecto a la patente posterior, si lo solicita el titular de la patente anterior
2. Licencias obligatorias por prácticas anticompetitivas
Serán otorgadas licencias obligatorias cuando la Comisión para Promover la Competencia determine que el titular de la patente ha incurrido en prácticas anticompetitivas. En estos casos, sin perjuicio de los recursos y audiencias que le competan al titular de la patente, la concesión se efectuará sin necesidad de que:
a) El potencial licenciatario haya intentado obtener la autorización del titular
b) Sea para abastecer el mercado interno.
3.Prácticas Anticompetitivas
a) La fijación de precios excesivos o discriminatorios de los productos patentados.
b) La falta de abastecimiento del mercado en condiciones comerciales razonables.
c) El entorpecimiento de actividades comerciales o productivas.
Artículo 20
Licencias de utilidad pública
-Cuando lo exijan razones calificadas de extrema urgencia, interés público, emergencia o seguridad nacional, el Poder Ejecutivo, mediante decreto, podrá someter la patente o la solicitud de la patente a licencia obligatoria en cualquier momento, aun sin acuerdo de su titular, para que la invención sea explotada por una entidad estatal o por terceros autorizados por el Gobierno.
-Para las licencias de utilidad pública, el Estado deberá compensar al titular de la patente. El titular podrá acudir a la vía contencioso-administrativa a fin de que el tribunal
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c. Excepciones en la ley de observancia.
La inclusión de excepciones en la ley de observancia de los derechos de
propiedad intelectual, provoca que las flexibilidades introducidas por esta vía
sean material calificada como ilícita pero no punible. Si bien no es la técnica
legislativa más adecuada para regular flexibilidades en materia de propiedad
intelectual, su aplicación práctica cumple el objetivo de dar acceso a activos
intangibles protegidos por la propiedad intelectual, en condiciones especiales
que se citan a continuación.
competente establezca la respectiva remuneración económica. Para ello, la autoridad judicial considerará las circunstancias de cada caso y el valor económico de la autorización, teniendo presente la tasa de regalías promedio para el sector de que se trate, en los contratos de licencias comerciales entre partes independientes.
-Cuando el Gobierno haya otorgado una licencia de utilidad pública a un tercero, este deberá retribuirle al Estado, total o parcialmente, la compensación que corresponda al titular."
Artículo 26 Dibujos y Modelos
Industriales y Modelos de
Utilidad
No se registrarán los dibujos o modelos contrarios al orden público, la moral o las buenas costumbres, a condición de que estas excepciones no atenten, de manera injustificable, contra la explotación normal de los dibujos y modelos industriales protegidos, ni causen perjuicio injustificado a los intereses legítimos del titular del dibujo o modelo protegido; se tendrán en cuenta los intereses legítimos de terceros.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
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Excepciones y Limitaciones en la Ley de Procedimientos de Observancia
Ley de Procedimientos
de Observancia de los Derechos de
Propiedad Intelectual, Ley
N°8039 del 18 de julio de 2008
Excepción o Limitación
Artículo 38 Bis párrafo 2
Los daños compensatorios no se adjudicarán en contra de bibliotecas, archivos e instituciones educativas o de organismos públicos de radiodifusión no comerciales y sin fines de lucro, que prueben que no estaban conscientes y que no tenían razón de creer que esos actos constituían una actividad prohibida.
Artículo 40Bis inciso 1
El juez podrá eximir del pago de daños, en cualquier caso, si el infractor cree y tiene suficiente fundamento para considerar que el uso realizado de la obra protegida constituía una excepción permitida en la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Ley N.º 6683, de 14 de octubre de 1982, siempre que el infractor sea:
-Un empleado o agente de una institución educativa, biblioteca o archivo sin fines de lucro, que actúa en el ejercicio de sus funciones y ha cometido la infracción reproduciendo la obra en copias o fonogramas.
Artículo 62 No se impondrán sanciones penales en las conductas indicadas, cuando estas sean realizadas por funcionarios de bibliotecas, archivos, instituciones educativas u organismos públicos de radiodifusión no comerciales sin fines de lucro, en el ejercicio de sus funciones.
Únicamente las siguientes actividades no serán punibles, siempre y cuando no afecten la adecuación de la protección legal o la efectividad de los recursos legales contra la evasión de medidas tecnológicas efectivas:
- El acceso por parte de funcionarios de una biblioteca, un
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archivo o una institución educativa, sin fines de lucro, a una obra, interpretación o ejecución, o fonograma al cual no tendrían acceso de otro modo, con el único propósito de tomar decisiones sobre adquisiciones.
Artículo 63 No se impondrá sanción en las conductas indicadas, cuando sean realizadas por funcionarios de bibliotecas, archivos e instituciones educativas sin fines de lucro o por organismos públicos de radiodifusión no comerciales sin fines de lucro.
Merece especial mención la regulación que ha introducido Costa Rica en materia
de importación paralela, que permite la aplicación de las flexibilidades dispuestas
por el ADPIC para acceso a medicamentos y que fueran promovidas por la
Conferencia Ministerial de Doha. Para ello, el país ha introducido legislación
sobre importación paralela que se regula en diversos decretos ejecutivos que
citamos a continuación.
Importación Paralela
Ley que lo regula Artículo que lo regula
Reglamento de Control Estatal de Medicamentos del 12 de marzo de 2011
Ley Nº 29444-S
Publicado en el Alcance No. 33 a La Gaceta No.88 de 9 de mayo del
2001
Artículo 1
Importación paralela: Es la importación de medicamentos registrados en la Dirección de Registros y Controles del Ministerio de Salud, provenientes de cualquier país distribuidor, siempre y cuando se conserven las mismas condiciones con las que fue aprobado el registro sanitario.
Artículo 3
c) Importación paralela:
1) El primer lote de comercialización después de aprobada la importación paralela será sometido a control de calidad.
2) Los medicamentos serán sometidos a control de calidad, por los menos, en dos ocasiones durante el lapso de cinco años después de realizado el control de calidad del primer
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65 Publicado el 13 abril del 2012
lote de comercialización.
3) Posteriormente los medicamentos serán sometidos, por lo menos, a dos controles de calidad durante cada período de 5 años.
Artículo 5- Las renovaciones y las importaciones paralelas pagarán el mismo monto establecido en el Decreto 28510-S y sus modificaciones.
Reglamento De
Inscripción, Control,
Importación Y Publicidad de
Medicamentos del 8 de febrero del
2000
Decreto Ejecutivo No. 28466-S
Publicado en La Gaceta No. 42 del 29 de Febrero del
2000.
Artículo 3
Importación paralela de productos farmacéuticos: Es la importación, por parte de un tercero de un producto patentado registrado en Costa Rica sin el consentimiento del titular de la patente y que es comercializado en otro país ya sea por el mismo titular o por una tercera parte autorizada por el titular de la patente en el país exportador.
Artículo 42
f) En caso de la importación paralela de medicamentos, además de los requisitos solicitados en este artículo, deberá cumplir con las condiciones de etiquetado e inserto aprobados para el registro sanitario del producto, para lo cual debe presentarse una muestra del medicamento a importar.
Artículo 48
El Ministerio de Salud permitirá la importación paralela de productos farmacéuticos patentados con el propósito de mejorar la accesibilidad. El producto farmacéutico importado bajo esta modalidad debe ser el mismo en cuanto a procedencia, fórmula cualicuantitativa, laboratorio fabricante, presentación, material de empaque primario y etiquetado del producto farmacéutico ya registrado en el Ministerio
Reglamento para la Autorización
para la Importación y
Artículo 3
El Ministerio de Salud autorizará a la Caja Costarricense Seguro Social y a otras entidades estatales la importación de
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
66 Publicado el 13 abril del 2012
Finalmente, es importante anotar que en setiembre de 2011, la Asamblea
Legislativa aprobó la modificación del Artículo bis del Acuerdo sobre los ADPIC,
(EXPEDIENTE LEGISLATIVO Nº 16.947 Aprobación del Protocolo por el que se
enmienda el acuerdo sobre los ADPIC), cuya incorporación al régimen de
Adquisición de Medicamentos No Registrados de 4
de octubre del 2010
Decreto Ejecutivo No. 36358-S
Publicado en La Gaceta No. 25 de 4
de febrero del 2011
medicamentos no registrados, por una única vez. Cuando se trate de importaciones con entregas parciales, sucesivas y prorrogables la autorización tendrá validez por todo el plazo o prórrogas correspondientes. En todo, caso el fabricante o proveedor del medicamento está llamado a registrarse cumpliendo con la normativa vigente para importar nuevamente el medicamento.
Ley General de la Salud
Ley No. 5395 de 30 de octubre de
1973.
Publicada en La Gaceta No. 222 de 24 de noviembre
de 1973
Articulo 102
La importación de medicamentos y su distribución sólo serán permitidas a las personas jurídicas o físicas inscritas en el Ministerio, previa autorización y registro en el Colegio de Farmacéuticos, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.
Articulo 117
El Ministerio de Salud, la Caja Costarricense de Seguro Social y cualquier otra entidad estatal, con funciones de salud pública o seguridad social, podrán adquirir medicamentos no registrados, en cualquier momento o circunstancia.
En caso de urgencia o de necesidad pública, ese Ministerio podrá autorizar la importación de medicamentos no registrados. Para fines exclusivos de investigación, podrá autorizarse la importación, producción y uso de medicamentos no registrados, de conformidad con las disposiciones reglamentarias correspondientes.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
67 Publicado el 13 abril del 2012
flexibilidades permitiría al país incorporar las disposiciones de la Declaración de
Doha sobre los ADPIC y la Salud Pública, en noviembre de 2001, en la que los
Miembros de la OMC establecieron que el Acuerdo sobre los ADPIC debía
aplicarse e interpretarse de manera que permitiese apoyar la salud pública,
promoviendo tanto el acceso de medicamentos existentes como la creación de
otros nuevos. Esta normativa introduce regulaciones en materia de licencias
obligatorias e importación de medicamentos, con lo que se completa el cuadro
actual de flexibilidades vigentes.
5. Proyecto Marca país.
Sin perjuicio de las acciones específicas que se desarrollen cada sector indicado
como estratégico en este estudio, para lograr que los grupos económicos
vinculados a la propiedad intelectual puedan tener un mejor respaldo dentro de
sus estrategias sectoriales de propiedad intelectual, se está impulsando el
proyecto de “Marca País” liderado por la Promotora de Comercio Exterior
(PROCOMER) y el Instituto Costarricense de Turismo (ICT).
Como resultados del ranking mundial de la consultora de marcas FutureBrand en
el ranking marcas país 2010 y en el 2011, Costa Rica ocupa el primer lugar en
América Latina. Actualmente Costa Rica ocupa el primer lugar como mejor país
del futuro para la inversión extranjera directa (IED) de Centroamérica y el Caribe,
según FDI Intelligence del Financial Times. Adicionalmente, Costa Rica es el
quinto país de América y el segundo de Latinoamérica en competitividad turística,
según el Foro Económico Mundial. De ello se colige que a nivel internacional aún
existe una clara percepción del país como un lugar propicio para vivir y hacer
negocios, por lo que más que un regocijo nacional, este resultado es un reto para
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
68 Publicado el 13 abril del 2012
el diseño de una política pública a corto plazo que se direccione a sacar provecho
de estos resultados.
Consientes de ello, PROCOMER se hizo a la tarea de desarrollar un proyecto de
marca país, que fuera más allá del proyecto impulsado por ICT, de “marca
destino” para impulsar ese sector y que ha tenido un enorme éxito internacional
en valorar al país como destino turístico.
Al igual que lo explicamos antes, una marca país permite conceder una
diferenciación cualitativa a la producción nacional para poder competir
internacionalmente, y potenciar también con ello el encadenamiento productivo
que aumente oportunidades para todos. En un mundo globalizado, la
diferenciación se convierte en el elemento esencial que podría potenciar la
economía costarricense en el tanto se acompañe de una estrategia nacional
impulsada por el sector privado y el gobierno.
El reto es crear una identidad de exportación, una marca que represente a todos
los sectores productivos del país, y que sirva de complemento a las iniciativas que
ya han tenido el sector tecnológico y los productores de banano, frijol y café. La
marca país no es una campaña de promoción turística o comercial. No es
tampoco una imagen visual ni un slogan. Se trata de una estrategia nacional
articulada que representa los valores culturales y sociales propios del país y cuyo
objetivo es asegurar su posicionamiento y promover la competitividad.
Para ello, PROCOMER contrató los servicios de FutureBrand, y conformó un
equipo de trabajo multidisciplinario para poder crear una estrategia de marca
país. Este equipo está conformado por funcionarios de gobierno que conforman
la Comisión de Marca país, con representantes de PROCOMER, COMEX, ICT,
Cancillería, MCJ y CINDE.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
69 Publicado el 13 abril del 2012
El objetivo del proyecto es lograr posicionar la industria de alta tecnología y
tecnologías limpias desde chips, electrónica, software, animación digital,
desarrollo web, y en general todo lo que son servicios de alta tecnología, tales
como call centers de alto nivel, los share services y oros. Adicionalmente, se
pretende que el proyecto también permita potenciar empresas en el campo
agrícola y apoyar dar mayor valor a sus producciones.
La propuesta para el desarrollo de marca país, consiste en las siguientes etapas
de estrategia y creación elaboradas por la empresa FutureBrand:
Fuente: Documento FUTUREBRAND. “MARCA PAÍS COSTA RICA: BRAND STRATEGY & BRAND CREATION”, 04.10.11.
Actualmente el proyecto se encuentra en la segunda etapa de “Propuesta de
Valor” y se espera tener el resultado definitivo de todas las etapas para finales de
2012.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
70 Publicado el 13 abril del 2012
6. La falsificación y piratería de la PI en CR.
La infracción a los derechos de propiedad intelectual en Costa Rica ha aumentado
exponencialmente en los últimos años. Este delito afecta los derechos del
consumidor, perjudica la industria, el comercio nacional legítimo, deteriora la
imagen del país, disminuye la recaudación de impuestos y propicia la pérdida de
inversiones y puestos de trabajo.
Ante la Comisión Nacional del Consumidor es posible promover procesos de
defensa de propiedad intelectual vinculados al derecho de la competencia y
ejecutar medidas cautelares relacionados con esa materia, con fundamento en el
art. 28 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Delitos de Propiedad
Intelectual, Ley No. 8039.
Mediante oficio DAC-OF-247-1 del 23 de agosto de 2011, emitido por Cynthia
Zapata, Directora de la Dirección de Apoyo al Consumidor se indica lo siguiente:
“En primera instancia resulta oportuno comentarle que el artículo 17 de la Ley de
Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley 7472),
prevé como infracción administrativa la “competencia desleal”. Lo que sería
tramitable en esta sede administrativa, sería que ese supuesto generara un daño
reflejo al consumidor, lo cual implica que el consumidor final-como parte
directamente afectada- reclame en esta sede administrativa una violación a sus
derechos como consumidor final.”
En efecto esta vía debe impulsarse únicamente si se logra demostrar un interés
legítimo como consumidor, mas no como titular del derecho y en ese sentido han
resuelto los asuntos sometidos a su jurisdicción.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
71 Publicado el 13 abril del 2012
La Dirección General de Aduanas también posee importantes competencias en
materia de observancia de la propiedad intelectual. El artículo 15 de la Ley de
Procedimientos de Observancia de Derechos de Propiedad Intelectual Ley No.
8039, confiere el derecho a las autoridades aduaneras de informar a los
consignatarios o representantes de la mercancía cuando ellos consideren que hay
mercancía sospechosa de violentar derechos de propiedad intelectual así como
de permitir al titular del derecho la debida inspección del producto. La misma Ley
No. 8039 en el Artículo 16 establece que las autoridades aduaneras deberán de
actuar de oficio y retener las mercancías en el momento en que estos consideren
que hay una violación a la propiedad intelectual.
Desde el 2010, la Dirección General de Aduana ha fortalecido su rol mediante el
acercamiento al sector privado para buscar alianzas que les permitan cumplir
adecuadamente con los fines que indica la ley, en materia de capacitación y
coadyuvancia de los titulares en los procesos de denuncia de delitos contra la
propiedad intelectual. En la práctica ha desempeñado un importante papel en la
persecución de los delitos de propiedad intelectual, alertando de forma oportuna
a los titulares sobre mercancías sospechosas.
La colaboración de organismos internacionales como la Organización Mundial de
Aduanas (OMA) y de entes policiales ha permitido el desarrollo de operativos
multiterritoriales que permitieron recientemente imponer medidas en frontera
efectivas que abrieron la puerta para que titulares pudiesen presentar denuncias
penales contra importadores de producto falsificado. Igualmente las actuaciones
de la Unidad de Control de Contenedores, constituida como un órgano multiparte
de entidades gubernamentales, han permitido dar seguimiento a infractores
recurrentes, llevando control de las importaciones y fortaleciendo la presencia
policial en las fronteras para detener el ingreso de productos que violenten la
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
72 Publicado el 13 abril del 2012
propiedad intelectual. Estas primeras experiencias del país han permitido que a
nivel de consumidores y titulares de derechos de propiedad intelectual, empiece
poco a poco a desaparecer la sensación de impunidad que en el pasado
provocaba la falta de persecución de delitos contra la propiedad intelectual.
En sede judicial, no existe una jurisdicción especializada en temas de propiedad
intelectual. La Escuela Judicial ha indicado que cuenta con un grupo de jueces
capacitados en la materia, pero al día de hoy no existe un proceso que permita
asignar a tales profesionales para atender los casos relativos a temas de
propiedad intelectual, por lo que existe una pública percepción en los sectores
entrevistados que los jueces que resuelven temas de PI no son los que están
formados en dicha materia pese a que existe un importante talento humano y
técnico en el que se ha invertido para la especialización en esta disciplina.
Precisamente en materia jurisdiccional, en sede penal hasta hace unos meses el
Ministerio Público aplicaba de forma general el principio de criterio de
oportunidad, por lo que la persecución penal de delitos contra la propiedad
intelectual era inefectiva. Sin embargo, el nuevo Fiscal General ha dispuesto que
se desaplique dicha política y que se proceda a perseguir delitos contra la
propiedad intelectual en el tanto los mismos permitan esclarecer temas
vinculados a crimen organizado. No obstante la política criminal costarricense ha
definido que se trata de delitos de acción pública perseguibles a instancia
privada, por lo que en ausencia de una denuncia formal por parte del titular del
derecho, no es posible perseguir estos delitos de oficio.
Es importante anotar que el giro en la política de persecución se logró a raíz del
diálogo impulsado con el Ministerio Público con diferentes sectores como el
Colegio de Abogados, la Cámara Norteamericana de Comercio (AMCHAM) y la
destacada labor de la Comisión de Enlace Interinstitucional para la Protección de
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
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Propiedad Intelectual (CIPPI) creada oficialmente por Decreto Ejecutivo No.
2035631-J-COMEX-MICIT-SP-H publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 233
del 1 de diciembre de 2009 y cuya activación ha propiciado un nuevo encuentro
de diálogo entre el sector público, el privado y la academia en temas de
observancia de la propiedad intelectual.
Con la llegada del nuevo Fiscal General, Jorge Chavarría, existe un pleno
reconocimiento que detrás de muchos de estos negocios de falsificación está el
tema del crimen organizado, por lo que se ha reconocido que se trata de delitos
graves y es indispensable su persecución penal.
En lo que respecta a la sede constitucional, a pesar que de conformidad con el
artículo 47 de la Constitución Política, la propiedad intelectual tiene rango de
derecho fundamental, al día de hoy son pocos los casos a los cuales la Sala
Constitucional ha dado curso por acciones interpuestas al amparo de dicha
norma.
Los procesos de propiedad intelectual actualmente se concentran en la sede
contencioso administrativa como instancia judicial a la que se acude cuando los
procesos registrales vinculados a la propiedad intelectual que se tramitan en
apelación ante el Tribunal Registral Administrativo, se resuelven y se agota la vía
administrativa. Sin embargo, existen otras sedes como la civil y la agraria, donde
también se encuentran distintos ejemplos de procesos incoados con fundamento
en la violación de la propiedad intelectual.
Los procesos vinculados a propiedad intelectual en sede judicial, han ido en
aumento según lo revelan los datos de la oficina de Estadísticas de Poder Judicial
que detallamos de seguido46:
46La Oficina de Estadística del Poder Judicial, facilitó unas estadísticas sobre procesos judiciales vinculados a propiedad intelectual. No obstante el dato debe ser depurado, pues se refieren al delito de violación de “derechos de
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Fuente: Oficina de Estadística, CSJ. 26-07-2011
Con respecto a las decisiones derivadas de estos casos, donde se cuenta con
sentencias condenatorias o absolutorias de los delitos por infracción a la
propiedad intelectual, tenemos los siguientes datos:
autor”, cuando en realidad incluyen también datos sobre propiedad industrial. Es por ello que hemos incluido los siguientes cuadros, haciendo referencia a que se trata de estadísticas vinculadas a propiedad intelectual en general.
Número de denuncias presentadas ante el Ministerio Público 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
90 96 339 283 292 385 401 649 1059 1225 1233
Resoluciones en PI
AÑO TOTAL RESOLUCIÓN
Condenatoria Absolutoria
TOTAL 106 39 67
1999 4 1 3
2000 8 1 7
2001 6 2 4
2002 9 1 8
2003 7 4 3
2004 12 8 4
2005 11 7 4
2006 22 9 13
2007 15 5 10
2008 12 1 11
2009 0 0 0
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Fuente: Oficina de Estadística, CSJ. 26-07-2011
En cuanto a las sanciones penales impuestas en sede judicial, los datos indican lo
siguiente:
(*) No se poseen datos. Fuente: Oficina de Estadística, CSJ. 26-07-2011
Adicionalmente, la Oficina de Estadística del Poder Judicial ha confirmado que no se dispone de
información relacionada con el número de sobreseimientos dictados en delitos afines con los
derechos de propiedad intelectual. Indican que en cuanto al número de casos de Propiedad
Intelectual promovidos en sede Contenciosa Administrativa, no se dispone de esa desagregación
por clase de caso; sino por tipo, a saber los siguientes: ejecutivos simples, ejecutivos hipotecarios,
ordinarios, ejecuciones de sentencia, ejecutivos prendarios; entre otros. Tampoco se tiene
estadística específica de la materia en otras sedes.
Sanciones penales
Año Total Sanciones impuestas
Días Multa
1 año a menos de 2
2 años a menos
3
Ejecución Condicional
Total 33 1 1 1 30
1999 1 1 0 0 0
2000 1 0 0 0 1
2001(*) -- -- -- -- --
2002 1 0 1 0 0
2003(*) -- -- -- -- --
2004 8 0 0 0 8
2005 7 0 0 1 6
2006 9 0 0 0 9
2007 5 0 0 0 5
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VII. Sectores estratégicos.
Biotecnología, tecnología limpia, energías renovables, y entretenimiento y medios son
los tres nuevos sectores a los que el país apuesta para atraer inversión foránea en los
próximos años. Esta es la nueva estrategia de direccionamiento de esfuerzos para
fortalecer estos sectores, que la Coalición de Iniciativas de Desarrollo (CINDE), agencia
especializada en la atracción de inversión extranjera, desarrolla junto con el Ministerio
de Comercio Exterior y PROCOMER, lo que coincide plenamente con los sectores
estratégicos identificados en el PND y en el diagnóstico de la PI como sectores
productivos que podría potenciarse con el fortalecimiento de la propiedad intelectual.
Para fortalecer la capacidad del sector empresarial en el uso y aprovechamiento de la
propiedad intelectual como herramienta de desarrollo, es necesario fijar prioridades
para direccionar los esfuerzos y recursos en fortalecer a estos sectores con potencial de
crecimiento.
En los últimos años, pequeñas y medianas empresas de capital local han demostrado
tener capacidad y generar valor para dinamizar la economía, pero requieren de un
impulso inicial para el desarrollo de sus estrategias comerciales y la consolidación en el
mercado. Para ello, la definición de sectores estratégicos es indispensable para orientar
las políticas de propiedad intelectual que podrían fortalecer a estos emprendedores
podrían y generar un incentivo para dinamizar la economía.
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1. Sector Tecnológico y Audiovisual.
Costa Rica ha logrado colocarse como cuarto país exportador de productos de
alta tecnología según se indica en el siguiente cuadro:
Fuente: CINDE con datos de Banco Mundial (http://data.worldbank.org/indicator/TX.VAL.TECH.MF.ZS)
Precisamente, sector tecnológico es sin duda un sector estratégico que distingue
al país como mercado de alta sofisticación, con mano de obra especializada y con
un alto potencial innovador. Es por ello que un ejemplo del sector que podría
beneficiarse de la diferenciación del mercado a través de la propiedad intelectual
es la industria de tecnología y la industria audiovisual. El proyecto “Costa Rica:
verde e Inteligente 2.0” de la Cámara de Tecnologías de Información y
Comunicación (CAMTIC) propone un modelo de gestión para el ecosistema digital
costarricense, enfocado en asegurar su sostenibilidad, competitividad y la
maximización de su potencial para contribuir al desarrollo de otros sectores de la
economía y sociedad costarricense. Esta diferenciación del mercado de las
tecnologías, ha puesto a Costa Rica en la mira como mercado meta para obtener
servicios de calidad y poder competir con economías que tradicionalmente se han
posicionado en el sector.
Exportaciones de bienes de alta tecnología como porcentaje del total de exportaciones de bienes manufacturados
Países 1996 2003 2010 China 8% 21% 29% Costa Rica 6% 36% 39% Filipinas 33% 72% 66% Irlanda 41% 47% 26% Malasia 44% 58% 40% México 14% 22% 19% Singapur 50% 61% 51%
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El Sector de tecnologías de la información es el que repunta con mayor fuerza en
el país. CAMTIC ha definido que esta industria posee una serie de subsectores:
a. Desarrolladores de Software.
b. Multimedia Digital.
c. E-commerce.
d. E-learning.
e. Tecnología de la Información.
f. Telecomunicaciones y Redes.
g. Comercialización de Tecnologías.
h. Servicios Habilitados por las Tecnologías Digitales.
i. Manufactura de Componentes Digitales.
Adicionalmente, el sector audiovisual se une a este conglomerado económico con
sus propios subsectores:
a. Cine (largo y corto metrajes).
b. Formatos de televisión.
c. Documentales.
d. Series.
e. Reality Shows.
f. Publicidad.
g. Animación 2D y 3D.
h. Videos musicales.
El gobierno costarricense ha dado un importante apoyo a ambos sectores de
tecnología y audiovisual, propiciando políticas que permiten su desarrollo y que
orientan la exportación de producción nacional de alto nivel.
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“El Estado costarricense ha ejercido un papel fundamental para la consolidación
en Costa Rica de un sector de alta tecnología de clase mundial. La acción del
Estado se ha ejercido fundamentalmente en tres ejes: fuerte inversión en
educación pública de calidad científica y tecnológica, reglas claras y competitivas
para atraer empresas de alta tecnología de inversión extranjera directa y
liberalización del comercio internacional. Sobre estas bases, Costa Rica se ha
convertido en una potencia productora y exportadora de bienes y servicios
digitales y destaca, según el Banco Mundial, dentro de los 10 países del mundo
con mayor participación de alta tecnología en sus exportaciones totales.”47
Con respecto a la emergente industria audiovisual, Costa Rica exporta
producciones audiovisuales de altísima calidad en el área de cine, animación 2D y
3D, documentales y producción de comerciales; que ya han logrado distinguir el
talento y capacidad nacional para competir en grandes mercados.
El Poder Ejecutivo por Decreto Ejecutivo Nº 34024-MCJ del 31 de julio del 2007,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 196 del 11 de octubre del 2007,
declaró de Interés Público Nacional la industria cultural cinematográfica y
audiovisual en Costa Rica, siempre que exalte los valores, el arte y la diversidad
cultural, que no violente la moral y buenas costumbres y que tenga algún efecto
positivo en la balanza de pagos, la utilización de recursos, insumos y materias
primas nacionales, la creación de empleos directos e indirectos, el incremento en
la demanda de turismo y el desarrollo regional, u otras ventajas que la conviertan
en una importante fuente de desarrollo y posicionamiento internacional del país.
Como corolario de lo anterior, por Decreto Ejecutivo Nº 35384-MCJ-COMEX del
24 de junio del 2009; publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 143 del 24 de
julio del 2009, se creó la Comisión Fílmica de Costa Rica, con participación de
47 Estrategia de CAMTIC “Costa Rica Verde e Inteligente 2.0”.
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distintas entidades y organizaciones del sector público y privado, como una
instancia del Poder Ejecutivo, encargada de la unión de esfuerzos para la
atracción de inversiones y promoción de exportación de servicios de la industria
audiovisual y cinematográfica.
Dicha Comisión quedó instaurada oficialmente en el 2011 y de las funciones
específicas que le asigna el ordenamiento jurídico, destacan el apoyar las
acciones, proyectos y producciones orientadas a la promoción del país en el
exterior, como destino de inversión en materia de filmación y producción
cinematográfica, así como escenario de rodaje de películas, documentales,
comerciales y series de televisión; coadyuvar junto con las autoridades locales
respectivas, en la promoción de locaciones para filmar, informar al sector
cinematográfico y audiovisual sobre las instancias competentes encargadas de los
trámites aduaneros para el ingreso temporal de bienes y equipos necesarios para
la filmación de películas en territorio costarricense, los regímenes de exención
fiscal para la atracción de inversión privada en Costa Rica, los procedimientos
migratorios para el ingreso de personal y registro de Empresas, entre otros; y
colaborar con la generación de estadísticas y estudios sobre la industria
audiovisual y cinematográfica en el país, así como propiciar la creación de un
directorio de proveedores de servicios audiovisuales en Costa Rica. Uno de los
proyectos principales que ya trabaja esta comisión es el proyecto de Ventanilla
única que permitirá facilitar trámites al sector tales como permisos de filmación y
otros.
En el desarrollo de la Estrategia Nacional de Sector Audiovisual que se ha venido
trabajando durante el 2011, ha quedado en evidencia la necesidad de posicionar
la calidad de la producción audiovisual costarricense para hacerla exportable y a
su vez atraer inversiones que contribuyan al fortalecimiento y profesionalización
del sector, por lo que el destino nacional posicionado como un país de talento de
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calidad, posición geográfica y riqueza natural única (para locaciones) así como
facilitación de negocios específicos para el sector (trámites de importación de
equipo, permisos de filmación, etc.), es un reto que tienen las autoridades
nacionales y la propia industria; además de estar íntimamente vinculado a una
política de protección a la propiedad intelectual que permita garantizar la
explotación adecuada de tales obras y su posicionamiento internacional.
2. Producción agrícola, agroindustrial y conocimientos tradicionales.
En la última década, gran cantidad de empresas pequeñas y medianas,
enfrentaron retos significativos para mantenerse en el mercado en virtud de
contar con pocas ventajas competitivas, tales como la ausencia de una banca de
desarrollo, poca inversión en la investigación e innovación tecnológica; una
tramitología excesiva que incide en los costos de producción; el escaso desarrollo
de encadenamientos productivos y poca orientación a mercados no tradicionales.
Como consecuencia, el sector rural atravesó un estancamiento que ha sido objeto
de las más recientes políticas públicas para revitalizar al sector, dando como
resultado un leve crecimiento del sector, justificado esencialmente por el
dinamismo que experimentaron las exportaciones agropecuarias, principalmente
de banano, café, piña, flores y follajes, así como plantas ornamentales y melón,
los cuales en conjunto representan un alto porcentaje del volumen de productos
agropecuarios vendidos en el exterior.
Uno de los objetivos del plan sectorial del MAG es la diferenciación de productos
para potenciarlos por medio de la propiedad intelectual. La Política del Sector
Agroalimentario y Rural 2011-2014 indica que se impulsarán “procesos de
indicación geográfica y denominaciones de origen en los productos, así como
marcas territoriales y culturales con certificaciones de calidad”, y se “diseñará y
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ejecutará un Programa para la diferenciación de productos por medio de sellos
de calidad, denominación de origen, marcas, entre otros instrumentos”.
Adicionalmente, la transformación del IDA en el INDER en virtud del Proyecto de
Ley No. 17.218 denominado Transformación del instituto de desarrollo agrario
(IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) podría ser un factor de
contribución importante al proceso de diferenciación de la producción nacional
para promover su valor comercial, social y cultural. El artículo 6 del proyecto
pretende que uno de los fines del IDER sea “facilitar a los pobladores rurales, el
registro y la protección de su conocimiento ancestral, denominaciones de origen,
indicaciones geográficas y de las innovaciones que realicen ante los entes públicos
correspondientes.” La ley crearía un Fondo de Desarrollo Rural para “Crear
esquemas innovadores de diferenciación, denominación de origen, indicaciones
geográficas y otros mecanismos que eleven la competitividad y brinden garantías
de calidad a los consumidores.”48
Precisamente, el potencial de crecimiento del sector agrícola e agroindustrial por
medio de mecanismos de la propiedad intelectual es una posibilidad a la que está
apostando la política nacional. Si se retoman los esquemas de protección de la
propiedad intelectual para el patrimonio agroalimentario del país, los productos
que se beneficien de dichos esquemas de protección podrían ubicarse con acceso
preferencial en mercados que exigen y valoran la calidad.
Para ello es posible hacer uso de los derechos de propiedad intelectual como las
marcas colectivas, marcas de certificación, indicaciones geográficas y
denominaciones de origen, como base legal para la creación de una marca país y
sellos de calidad, así como de otros derechos como las patentes y obtenciones
vegetales para promover y proteger la innovación tecnológica en esta área.
48 Proyecto de Ley No. 17.218.
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Por el valor estratégico para el país, es importante resaltar la propuesta de marca
de calidad para productos agroalimentarios. La creación de una “marca país” es
una estrategia con potencial para contribuir a la competitividad en virtud de los
atributos positivos a los que es asociado el país en el exterior. Los DPI pueden
apoyar este proceso. Un paso en esta dirección ha sido la propuesta para la
creación de una marca país para productos agroalimentarios de calidad49, y que
se complementa con el proyecto impulsado por PROCOMER sobre el que nos
referiremos adelante.
Adicionalmente, en un documento elaborado por el Dr. Granados para el CNP en
el 2008, ya proponía un proceso de identificación de oportunidades para
diferenciación de productos por calidad agroalimentaria promoviendo la
protección de denominaciones de origen como mecanismo de diferenciación. En
tal documento define la diferenciación de la producción nacional indicando: “La
calidad diferenciada se refiere a aquellos atributos de valor o características
cualitativas particulares que presenta un producto por sobre la calidad básica de
sanidad o inocuidad, que lo hace distinto de los demás de su mismo género y que
permite aumentar su valor en el mercado (denominaciones de origen y otros
signos distintivos de calidad).” El mismo estudio anota la importancia de fijar
planes estatales para ordenar los procesos de diferenciación: “No obstante, en el
país no opera un sistema oficial para la promoción de la diferenciación ni existe
una legislación ni institucionalidad específica para ello, lo cual explica que desde
hace varios años se estén desarrollando varias iniciativas de diferenciación
originadas en el sector público, privado y en organizaciones de productores. Estas
iniciativas, sin embargo, han sido dispersas, bajo planteamientos conceptuales y
49 Esta propuesta fue elaborada por el Dr. Leonardo Gradados del MAG: “Costa Rica: alimentos de calidad superior”. El documento propone la creación de un sistema oficial para la diferenciación de productos agroalimentarios basado en los signos distintivos de la PI (DO, IG, marcas de certificación y colectivas).
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metodológicos muy heterogéneos y con poca continuidad, en gran parte debido a
la ausencia de políticas y directrices que las ordenen”.
Esta iniciativa -que ya ha sido acogida por el MAG por medio del Plan sectorial del
sector agrícola- permitiría dar valor a la producción nacional por medio de la
propiedad intelectual. Ejemplos exitosos son las dos indicaciones geográficas ya
aprobadas en el país para el banano y el café, el sello de calidad para el frijol de
producción nacional y la denominación de origen del queso Turrialba que está
próxima a ser resuelta por parte del RPI.
Incluso como parte del proceso de rescate, promoción y valorización de los
productos diferenciados y de los conocimientos tradicionales, la UNA a través del
Programa Centro de Apoyo para el desarrollo de DO y sellos de calidad
(CadenAgro), está promoviendo la protección de la denominación de origen de la
cerámica de Guatil proveniente de la comunidad de Guatil (Santa Cruz) y San
Vicente (Nicoya), que consiste en un producto de alfarería que data de hace
2,500 años (tanto recipientes como rituales indígenas), con diseños
precolombinos. Similares procesos se están llevando a cabo con la Mora del Cerro
de la Muerte, la Cebolla de Santa Ana, el café de las estribaciones del Chirripó,
entre otros.
En este sentido, CadenAgro está ejecutando el Proyecto Inventario de productos
tradicionales con valor económico y cultural fuertemente asociado a la identidad
local y nacional y que se encuentran en una situación marginal en el mercado
pero que podrían potenciarse por medio de la propiedad intelectual para su
protección y diferenciación. CadenAgro ya ha identificado los primeros productos
con cualidades específicas y con diferentes grados de anclaje territorial y cultural,
que a modo de ejemplo se detallan a continuación:
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Fuente: Entrevista con Leonardo Granados. Textos y fotografías propiedad de Cadenagro, obtenidos de la página http://www.cadenagro.org/(18/09/2011)
Estas figuras también pueden ser utilizadas para la creación de marcas
territoriales que agrupen uno o varios productos de regiones específicas con
características comunes en términos de zona geográfica, materias primas,
procesos de producción y/o fabricación y otros que, por su carácter colectivo,
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
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favorecen las estrategias asociativas (de producción, transformación y marketing)
y las economías de escala.
Es evidente que el potencial de crecimiento del sector agrícola y agroindustrial y
del sector cultural (en temas de patrimonio y conocimientos tradicionales) por
medio de mecanismos de la propiedad intelectual es factible y los primeros pasos
ya fueron dados por las dos indicaciones geográficas que fueron aprobadas en el
2011 en el país: Con “Banano de Costa Rica, el mejor del mundo”, de Corbana, el
país logra ser el primer exportador de banano con esta indicación en
Centroamérica y el segundo a nivel latinoamericano. Igualmente, el ICAFE obtuvo
la indicación geográfica, “Café de Costa Rica” que protege el Café producido en
territorio nacional de la especie arábica y de las variedades Caturra y Catuaí.
Como marca de certificación, la Asociación Profijol Nacional obtuvo también el
Sello de apoyo al agricultor nacional de frijol. Todos ellos podrían ser cobijados
por el sello de una marca país que explote y posicione en los mercados meta la
producción nacional, bajo estos derechos colectivos de propiedad intelectual.
3. Recursos genéticos y biodiversidad50.
Costa Rica concentra una de las mayores riquezas naturales a nivel mundial, con
un complejo número de zonas protegidas y parques nacionales que han
posicionado al país no solo como un atractivo destino turístico pero también
como una importante fuente de recursos que generan riqueza económica y
conocimiento. El país posee poco más del 25% de su territorio bajo alguna
categoría de protección, que aumenta gracias al apoyo de la iniciativa privada, al
crear reservas privadas dedicadas especialmente al ecoturismo y la investigación.
50 Los datos e información contenida en esta sección fueron realizados gracias al aporte e insumos del Instituto Nacional de Biodiversidad (INBIO) y la información disponible en su página web http://www.inbio.ac.cr/es/biod/bio_biodiver.htm.
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Este es un esfuerzo de conservación que pocos países en el mundo han realizado
y en el que Costa Rica ha invertido grandes recursos para el bienestar de las
presentes y futuras generaciones.
La ubicación privilegiada del país, sus dos costas, zona montañosa y sistema
volcánico con múltiples microclimas, hace que en su territorio de sólo 51.100 km2
de superficie terrestre (0,03% de la mundial) y 589.000 km2 de mar territorial se
localice la mayor diversidad de especies y ecosistemas y una gama más amplia de
interacciones, en comparación con las otras regiones tropicales del mundo.
Es por ello que Costa Rica es considerada uno de los 20 países con mayor
biodiversidad del mundo con más de 500.000 especies que representan cerca del
4% del total de las especies estimadas a nivel mundial. Según lo reporta la página
oficial del INBIO, de estas 500.000 especies, poco más de 300.000 son insectos.
La administración de la riqueza biológica costarricense le corresponde al
Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), y dentro de
éste específicamente al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC),
responsable de la conservación y promoción sostenible de la biodiversidad del
país. El SINAC cuenta con 11 áreas de conservación en todo el país y una
Dirección Superior de apoyo técnico.
Estas 11 áreas de conservación son las distintas regiones establecidas por el
MINAE para llevar a cabo una gestión descentralizada de la biodiversidad, con la
participación activa de las comunidades aledañas a las áreas protegidas que
albergan. Esta participación es de vital importancia para la conservación y uso
sostenible de la biodiversidad a nivel local, nacional y global. El INBio trabaja en
forma muy estrecha con el SINAC desde su fundación y especialmente a partir de
1998 con el establecimiento del Programa Conjunto INBio-SINAC.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
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Para lograr la conservación de las áreas protegidas y los recursos naturales a largo
plazo, su conocimiento a través de inventarios y estudios científicos y su
valoración por parte de la sociedad, juega un papel fundamental. Existen estudios
que proporcionan información tanto básica como aplicada sobre la riqueza
biológica del país (qué existe, dónde, para qué sirve, estado de conservación,
etc.), elaborados por numerosas instituciones públicas y privadas, así como por
organismos no gubernamentales. En los últimos años especialmente se ha venido
dando énfasis a desarrollar estudios que incluyen metodologías de valoración de
los beneficios que proveen las áreas protegidas y el recurso que protegen; el
turismo ecológico, la pesca, la flora medicinal, la bioprospección y el pago de
servicios ambientales, son algunos ejemplos de temas que se han analizado en
estos términos.
El marco legal para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad es muy amplio en el país. Se ha visto fortalecido con la implementación de la Ley de Biodiversidad, aprobada en 1998 y la formulación, mediante un proceso altamente participativo a nivel local y nacional, de la Estrategia Nacional de Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad, finalizada y oficializada en 1999. La Ley de Biodiversidad establece que la Comisión Nacional de Gestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO) es también responsable junto con el SINAC de la administración de los recursos naturales en el país. Complementando la labor nacional en asuntos legales, a nivel internacional y regional existen varios convenios firmados y ratificados por Costa Rica, como el de Diversidad Biológica, el que controla el tráfico de especies en peligro, llamado CITES, y el de Humedales o RAMSAR entre muchos otros.51
Considerando que Costa Rica posee esta riqueza en materia de biodiversidad y
siendo claro que el país posee un enorme talento humano con capacidad de
convertir esa riqueza natural en un retorno para el país, procurando siempre la
sostenibilidad de nuestros recursos, hace que estemos ante un sector estratégico
que puede ser potenciado por medio de la propiedad intelectual.
51 Información obtenida del INBIO, ver: http://www.inbio.ac.cr/es/biod/bio_biodiver.htm
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Es importante que los centros de investigación del país reconozcan en sus
innovaciones derechos a ser protegidos y eventualmente licenciados para su
explotación comercial, buscando el retorno de inversión que podría posicionar al
país como un centro competitivo de acceso sostenible a recursos genéticos.
Como ejemplo del retorno que genera la maximización de los recursos genéticos
que se generan por medio de contratos entre el INBio y el sector privado, un 10%
del presupuesto de investigación se destina a las áreas de conservación de Costa
Rica y un 50% de regalías potenciales serían destinadas a las áreas para su
conservación y desarrollo de proyectos, según la normativa acordada para ello.
Además, los convenios han abierto oportunidades de empleo para costarricenses
de diferentes sectores sociales. También ha habido transferencia tecnológica y
capacitación para costarricenses, lo cual ha repercutido en un mejoramiento de la
capacidad tecnológica nacional. El país podría incluso maximizar el registro de
patentes verdes y pensar en sistemas de licenciamiento hacia el sector
productivo, que igualmente podrían fortalecer los ingresos nacionales y los
indicadores de innovación generados localmente pero con proyección
extraterritorial.
4. Industrial Cultural: el sector musical.
De la riqueza cultural que se produce en Costa Rica, debe tener especial mención
la industria musical, que ha crecido en los últimos años de forma exponencial,
logrando importantes reconocimientos nacionales e internacionales y
posicionándose por su alta calidad y diversificación.
La música costarricense ha logrado un lento pero exitoso proceso de
internacionalización. En el año 2000, el grupo Editus ganó el Grammy Award
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
90 Publicado el 13 abril del 2012
junto con el cantante panameño Rubén Blades, incorporando elementos de
música clásica contemporánea y jazz. Editus también figuró como ganador del
Grammy 2003 incorporando esta vez, instrumentos y ritmos irlandeses, árabes y
afro cubanos, además realizó una exitosa gira en el marco del “Festival de Cultura
Latinoamericana en Qatar” en el 2011 El costarricense Walter Flores ganó un
Grammy en el 2011 como coproductor del Disco “Cantares del subdesarrollo” de
Rubén Blades. La Orquestra Sinfónica Nacional ofreció conciertos aclamados en
diferentes países como por ejemplo Taiwán, Japón, España, Austria y Alemania.
La Orquesta Sinfónica Juvenil realizó exitosas giras por, Estados Unidos, España e
Italia, donde se presentó en la Sala Santa Cecilia en Roma. El director de orquesta
costarricense Giancarlo Guerrero ganó tres Grammys en el 2011 junto con la
Orquesta de Nashville, de la cual es su director titular, y además fue contratado
como Director invitado principal de la Orquesta Sinfónica de Cleveland, una de las
mejores de Norteamérica. La banda de conciertos de Limón viajó a Qatar al
“Festival de la cultura Latinoamericana” con un repertorio afrocaribeño. La
cantante y autora costarricense Guadalupe Urbina se presentó en Europa, la
soprano Iride Martínez cantó con el Emérito tenor Plácido Domingo. Martínez
también se ha presentado en Berlín y en el 2008 tuvo un aclamado debut en el
Teatro La Scala de Milán. Por su parte, el pianista Iván Salazar (medalla de oro en
los conservadores de Montpellier y Avignon) y la guitarrista Judith de l’Asunción
se presentaron en el Grand Salón des Invalides (París) el 10 de marzo de 2006. El
ballet “mi Hermoso Costa Rica” obtuvo el primer premio en la categoría
orquestra, canto y baile en el Festival de los Pirineos en 2005. En Chile, en febrero
de 2006, el costarricense Humberto Vargas ganó el primer premio “Gaviota de
Plata” del festival internacional de la Canción de Viña del Mar.52 Los grupos
nacionales Percance y Akasha han sido reconocidos por premios de la cadena
“Las 40 principales” de España en el 2008, 2010 y 2011.
52 Ver en este sentido: http://www.ambassade-costarica.org/le_costa_rica/La%20musica%20costarricense.html
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
91 Publicado el 13 abril del 2012
Este sector se perfila en la economía costarricense de forma particular, e incluso
agrupaciones como Percance han sido ya rankeadas por cadenas como MTV. Sin
embargo, son pocos los artistas, intérpretes y ejecutantes que tienen la cultura
de registrar sus obras y protegerlas por el derecho de autor y derechos conexos; y
en general se limitan a registrar sus repertorios en entidades de gestión colectiva.
En Costa Rica existen tres entidades de gestión colectiva: la Asociación de
Compositores y Autores Musicales de Costa Rica (ACAM), la Asociación
Costarricense de la Industria Fonográfica y Afines (FONOTICA) y la Asociación de
Artistas, Intérpretes y Ejecutantes de Costa Rica (AIE). La ACAM es la agrupación
cultural más grande del país, con 1015 autores afiliados y un acervo de más de
once mil obras asentadas en sus tomos de registro. En la actualidad representa
legítimamente más de tres millones de compositores del mundo, dueños de un
patrimonio de más de 25 millones de obras53.
El país enfrenta dificultades en la actualidad con la difusión en las radio emisoras
de las canciones que al día de hoy no pagan regularmente las sumas
correspondientes al pago de derechos de autor y conexos ni tampoco lo hacen los
canales de televisión que difunden música. A esta barrera se suma el hecho de
que son muy escasos los incentivos para la industria musical y no existen cuotas
de difusión de la música nacional ni en radio ni en televisión que permitan
garantizar mayor exposición y retorno de recursos para el sector.
53 Información obtenida del sitio web de ACAM en: http://www.acamcr.org/
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
92 Publicado el 13 abril del 2012
VIII. Estructuras administrativas para la gestión de la PI.
1. Registro Nacional.
En Costa Rica, de conformidad con el artículo 3 inciso 2 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Justicia y Paz, Ley No. 6739, el Ministerio de Justicia y Paz ejerce sus
funciones en materia de Propiedad Intelectual por medio del Registro Nacional.
Pertenece al Registro Nacional, el Registro de Derechos de Autor y Derechos
Conexos (RDADC) así como el Registro de Propiedad Industrial (RPI).
a. Registro de Derechos de Autor y Derechos Conexos.
El RDADC es la autoridad administrativa en la materia, adscrita al Registro
Nacional que a su vez depende del Ministerio de Justicia y Paz.
El Registro Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos se ha
convertido en una Oficina especializada en la materia, con funciones diversas y
variadas que van mucho más allá de la registración.
De acuerdo con lo estipulado en la Ley N° 6683, Ley de Derechos de Autor y
Derechos Conexos, y su Reglamento, las siguientes son las funciones del
Registro de Derecho de Autor y Derechos Conexos:
1) La registración de las obras artísticas y literarias, así como los actos o
documentos relativos a negocios jurídicos de derechos de autor y derechos
conexos (contratos, actos de enajenación, etc.)
2) Garantizar la seguridad jurídica de los derechos inscritos con respecto a
terceros y dar correcta publicidad de ellos.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
93 Publicado el 13 abril del 2012
3) Fomentar la difusión y el conocimiento sobre los derechos de autor y
derechos conexos.
4) Servir de órgano de información y cooperación con los organismos
nacionales e internacionales.
5) Orientar y vigilar la utilización lícita de las obras protegidas.
6) Supervisar a las personas naturales o jurídicas que utilicen las obras,
interpretaciones, ejecuciones y producciones protegidas.
7) Autorizar y revocar la autorización de funcionamiento de las sociedades de
gestión colectiva.
8) Las demás que señale la Ley y los Reglamentos.
A partir del 03 de marzo del año 2003, el Registro Nacional de Derecho de
Autor y Conexos procedió a la apertura de una Oficina de Consulta en materia
de Derecho de Autor y Conexos, que se ha ido consolidando como un eficaz
mecanismo, que permite plantear consultas específicas, sea por la vía escrita,
vía fax, telefónica, vía correo electrónico o bien presentándose
personalmente. La Oficina atiende y resuelve las dudas e inquietudes en torno
al procedimiento de inscripción de obras, ámbito de protección, licencias de
uso, contratos de cesión de derechos, observancia de los derechos, entre otros
temas.
Actualmente el RDADC cuenta con 12 funcionarios (1 coordinador informático,
3 de asesoría legal, 3 registradores, 1 técnico, 1 recepcionista, 1 coordinador
administrativo y la dirección), y funcionan bajo la siguiente estructura:
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
94 Publicado el 13 abril del 2012
A juicio de la Directora del RDADC esta cantidad es suficiente para atender el
volumen actual de solicitudes de inscripción de obras pero no cuentan con
personal para atender el plan de sensibilización y capacitación en propiedad
intelectual y ni tienen recurso humano para esa labor. Lo que han tenido que
hacer es sacar a registradores de sus labores ordinarias para que apoyen los
planes de capacitación y difusión que ofrecen a nivel nacional.
b. Registro de la Propiedad Industrial.
El Registro de la Propiedad Industrial (RPI) es la autoridad administrativa
adscrita también al Registro Nacional, responsable de la inscripción y el
registro de los derechos en materia de Propiedad Industrial incluyendo
patentes de invención, dibujos, modelos industriales, modelos de utilidad,
secretos industriales, nombres comerciales, marcas comerciales, expresiones o
señales de publicidad comerciales, y otros signos distintivos.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
95 Publicado el 13 abril del 2012
Según lo establece la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos
Industriales y Modelos de Utilidad, número 6867 del 05 de abril de 1983 y la
Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos número 7978, del 1.º de febrero del
2000, el Registro de la Propiedad Industrial es la Administración nacional
competente adscrita al Registro Nacional, para la concesión y el registro de los
derechos de propiedad industrial (patentes, diseños industriales, modelos de
utilidad, marcas industriales y otros signos distintivos).
El RPI está conformado con 72 funcionarios estructurados de la siguiente
forma:
1. Dirección General: 1 Director, 1 Sub Director, 1 Coordinador Administrativo, 2 Secretarias, 1 Chofer.
2. Asesoría Jurídica: 1 Coordinador y 7 asesores.
3. Patentes de Invención: 1 Coordinador, 6 Registradores, 5 Examinadores, 1 Certificador, 1 Asistente de Servicios, 1 Atención al público (esta funcionaria es de contrato).
4. Marcas y Otros Signos: 2 Coordinadores y 20 Registradores.
5. Diario Y Notificaciones: 1 Coordinador, 10 Asistentes, 10 de Atención al público. (estos últimos 10 son de contrato).
Según criterio de la Dirección del RPI, en la Coordinación de marcas hay
personal suficiente para atender la demanda de servicios. Sin embargo en la
Coordinación de patentes falta personal especializado, específicamente en el
área de examinadores. La Coordinadora de la Oficina de Patentes indicó lo
siguiente:
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
96 Publicado el 13 abril del 2012
“En este momento estamos en proceso de completar el equipo de examinadores externos y faltan áreas de la técnica que no están cubiertas por falta de respuesta positiva de los profesionales, pues muchos no quieren seguir el proceso de capacitación necesario para su reclutamiento.”
El organigrama del RPI se representa de la siguiente forma:
Es importante advertir que el personal de ambos registros es reclutado por la
Dirección General del Servicio Civil. Tanto en el RDADC como en el RPI alegan
que las ternas que reciben son mayoritariamente de abogados que no poseen
ningún conocimiento en Propiedad Intelectual, pero se ven obligados a
contratar sobre la base de las ternas sugeridas por el Servicio Civil, sin opción a
desarrollar ningún otro proceso de reclutamiento especial.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
97 Publicado el 13 abril del 2012
En cuanto a los tiempos para registrar derechos, la Dirección del RPI indica lo
siguiente:
• Patentes: por ley están limitados a conceder el derecho en 5 años pero
ahora se están resolviendo solicitudes muy viejas por lo que han superado
ese tiempo en virtud del acumulado de patentes sin examen de fondo. En
patentes se están sacando expedientes pendientes de hace muchos años,
pero a su juicio, puede que duren 5 años aproximadamente.
• Diseños industriales la base de datos de solicitudes está casi al día y se
tarda en concederlo unos dos meses o seis meses dependiendo del
examinador. El promedio es 6 meses para entregar el informe técnico.
• Marcas: se tarda un promedio de 4 meses para aprobarlas, sin
oposiciones.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
98 Publicado el 13 abril del 2012
2. Otros registros nacionales de PI.
Otras instancias responsables del registro y protección de derechos de propiedad
intelectual, que se encargan de ciertos registros especiales de derechos se
detallan seguidamente:
Dependencia Ministerio responsable
Responsabilidad
Dirección de Atención al Cliente
MINSA Protección de datos de prueba y vinculación de patentes de medicamentos
Sistema Fitosanitario del Estado
MAG Protección de datos de prueba de Agroquímicos
Oficina Nacional de Semillas
MAG Protección de obtenciones vegetales
Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural
MCJ Encargado de promover, estudiar, investigar, documentar y fomentar la protección del patrimonio cultural intangible (dentro del que se ubican los conocimientos tradicionales y el folclore).
Dirección de Cultura
MCJ Con sus nueve promotores regionales ubicados en las 7 provincias y 2 regiones del país (Huetar Norte y Brunca) enfoca su trabajo en la gestión local, el desarrollo de capacidades instaladas y el otorgamiento de herramientas de autodesarrollo. Esto favorece el trabajo de los conocimientos tradicionales y el folclor a nivel comunitario
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
99 Publicado el 13 abril del 2012
3. La CIPPI.
Desde el 2002 se estableció la Comisión de Enlace Interinstitucional para la
Protección de Propiedad Intelectual (CIPPI) creada oficialmente por Decreto
Ejecutivo No. N° 35631-J-COMEX-MICIT-SP-H publicado en el Diario Oficial La
Gaceta No. 233 del 1 de diciembre de 2009 y cuya activación ha propiciado un
nuevo encuentro de diálogo entre el sector público, el privado y la academia. La
Comisión es liderada por el Ministerio de Justicia y Paz cuya política de apertura
al sector privado ha permitido el desarrollo de alianzas estratégicas para impulsar
proyectos de interés nacional con el apoyo multisectorial. Con la reactivación de
la CIPPI se ha propiciado una mesa nacional de diálogo entre el sector público, el
privado y la academia.
La CIPPI es probablemente el órgano más importante en materia de propiedad
intelectual a nivel nacional, tanto por la representatividad que tiene del sector
público como por su apertura para ser una instancia de diálogo con el sector
privado.
Fue creada con el fin de fomentar el funcionamiento de una instancia de
coordinación interinstitucional que permitiera generar un mayor trabajo en
conjunto, por parte de las diferentes entidades estatales en los temas de
propiedad intelectual. Su objetivo principal es la promoción de canales de
coordinación y cooperación entre las instituciones que la conforman y otras
entidades y organizaciones públicas y privadas cuando se considere oportuno,
con el fin de asesorar y coadyuvar en la efectiva aplicación de la normativa que
regula la Propiedad Intelectual en Costa Rica.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
100 Publicado el 13 abril del 2012
Según el Artículo 2º de su decreto de creación, la CIPPI estará constituida de la
siguiente manera:
a) Un representante de cada uno de los siguientes Ministerios de Gobierno:
1. Ministerio de Justicia,
2. Ministerio de Comercio Exterior,
3. Ministerio de Seguridad Pública,
4. Ministerio de Ciencia y Tecnología.
b) Un representante de cada uno de los siguientes órganos de la Administración:
1. Registro Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos,
2. Registro de la Propiedad Industrial,
3. Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda.
c) El Poder Judicial podrá participar como miembro, con un representante de
cada uno de los siguientes órganos:
1. Ministerio Público,
2. Organismo de Investigación Judicial,
3. Escuela Judicial.
Sin embargo, actualmente asisten más instancias por invitación permanente y se
encuentra en trámite la solicitud para incorporarlos de forma definitiva como
miembros mediante reforma al decreto de creación de la CIPPI. Dentro de los
asistentes permanentes están: El Ministerio de Ciencia y Tecnología, el Ministerio
de Economía, el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio de Cultura y
Juventud, el Tribunal Registral Administrativo y la Municipalidad de San José.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
101 Publicado el 13 abril del 2012
Según el artículo 5 del decreto de creación, la CIPPI tiene las siguientes funciones:
“Artículo 5º—Funciones. La Comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Formular recomendaciones y mecanismos para asegurar el cumplimiento de la protección de la propiedad intelectual en el país;
b) Recomendar mecanismos de cooperación interinstitucional, con el propósito de promover las acciones efectivas de defensa y protección de la propiedad intelectual;
c) Colaborar con las instituciones competentes en el planeamiento de acciones y
actividades individuales o conjuntas de promoción de la protección de la propiedad intelectual;
d) Colaborar y apoyar aquellas campañas de difusión de la legislación vigente sobre propiedad intelectual, así como promover campañas educativas e informativas sobre la defensa y protección de la propiedad intelectual;
e) Promover el intercambio de información sobre la protección de la propiedad
intelectual entre las instituciones, tanto del sector público como privado;
f) Promover la elaboración de estadísticas oficiales y la creación de una base de datos sobre las actuaciones de las instituciones competentes en la protección de la propiedad intelectual;
g) Proponer alternativas disuasivas a las nuevas formas de “piratería” introducidas en el mercado; g) Promover actividades de capacitación y difusión sobre propiedad intelectual
en colaboración con el sector privado;
h) Establecer un diálogo permanente con las instituciones y entidades nacionales e internacionales, cuyos objetivos y actividades contribuyan a la protección de la propiedad intelectual;
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
102 Publicado el 13 abril del 2012
i) Estimular las iniciativas públicas y privadas a favor de la protección de la propiedad intelectual;
j) Recomendar al Poder Ejecutivo, cuando sea necesario, reformas a la legislación vigente para mejorar la protección de la propiedad intelectual;
1) Recomendar sin carácter vinculante, en temas de propiedad intelectual cuando
su criterio le sea solicitado por los jerarcas de las instituciones que componen la
Comisión o por los jerarcas de otros órganos e instituciones del Poder Ejecutivo;
m) Coordinar los esfuerzos de capacitación en temas de propiedad intelectual en
las instituciones que conforman la Comisión.”
Actualmente la CIPPI se encuentra desarrollando un intenso trabajo para el
cumplimiento de los objetivos y la agenda de trabajo propuesta, liderada por el
Viceministro de Justicia Fernando Ferraro Castro, y ha logrado consolidarse como
una instancia de alto nivel en temas de propiedad intelectual, tanto en el sector
público como ante el sector privado, que acude con regularidad a esta instancia
para consultas en materia de propiedad intelectual.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
103 Publicado el 13 abril del 2012
4. El Consorcio para la Academia Nacional de PI.
El Ministerio de Justicia y Paz, en conjunto con representantes del sector público
y privado, ha convocado a la creación de un Consorcio Nacional de Propiedad
Intelectual, para la creación de la Academia Nacional de Propiedad Intelectual. El
objetivo de este consorcio es “Establecer un consorcio que permita el
establecimiento de la Academia costarricense de propiedad intelectual
(ACADEMIA), adscrita al Ministerio de Justicia y Paz, con el fin de dar capacitación
al sector público, privado y académico en temas de propiedad intelectual que se
definen como prioridad en la construcción política pública del país sin perjuicio del
establecimiento de una regulación ulterior que establezca el marco de la
Academia.”54
El Consorcio está conformado por entidades públicas y privadas que están
dispuestas a dar apoyo a este proyecto mediante la suscripción de dicho
convenio de cooperación interinstitucional. Entre los miembros del consorcio se
encuentran: el Ministerio de Justicia y Paz, el Instituto Tecnológico de Costa Rica
(ITCR), la Asociación Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación
(CAMTIC), la Escuela Judicial, la Universidad de Costa Rica (UCR), la Asociación de
Profesionales en Propiedad Intelectual de Costa Rica (APPICR), la Asociación
Cámara Costarricense Norteamericana de Comercio (AMCHAM) y el Colegio de
Abogados de Costa Rica, entre otros. Gran parte de los miembros de este
consorcio, corresponde a entidades que poseen programas académicos en
propiedad intelectual, tendientes o no a la obtención de un grado académico, por
lo que es de interés de las partes, formar una alianza para generar capacidades
para aprovechar esos recursos y lograr apoyo internacional tanto para definir una
oferta académica acorde con las necesidades y nivel técnico que requiere el país,
54Proyecto de consultoría para la creación de la Academia Costarricense de la Propiedad Intelectual”, Ministerio de Justicia y Paz, 2011.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
104 Publicado el 13 abril del 2012
como para el logro de la certificación de los contenidos de los cursos que
imparten los miembros del consorcio.
El proyecto “Establecimiento de la Academia Costarricense de la Propiedad
Intelectual”, nace de la mano del consorcio creado por el esfuerzo de dichas
instituciones y organizaciones del sector público y privado costarricense, cuyo fin
es difundir el conocimiento y el desarrollo de aptitudes prácticas en el campo de
la Propiedad Intelectual. Dado el desarrollo normativo y la protección que se le
ha brindado en Costa Rica por medio de este consorcio, el objetivo es procurar
que la Academia sea un complemento para promover una formación holística
(integradora de disciplinas vinculadas a la propiedad intelectual como ciencias,
derecho, tecnología, agricultura) mediante la oferta académica de una amplia
capacitación a miembros del sector público y privado, involucrados en el tema de
la protección e implementación de los derechos de la propiedad intelectual.
Su objetivo general es atender las necesidades de capacitación técnica para el
sector público, privado y académico en el país con el fin de mejorar la protección,
el reconocimiento de los derechos de propiedad intelectual así como su
aprovechamiento para la optimización de la competitividad en la economía y el
desarrollo nacional.
Los objetivos específicos de la Academia son los siguientes:
• Identificar las necesidades de capacitación y actualización en materia de
propiedad intelectual.
• Planificar la ejecución y evaluación de programas destinados a satisfacer las necesidades de capacitación y actualización.
• Promover la certificación por parte de las organizaciones responsables de sus programas de capacitación, así como la de los profesionales que los imparten.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
105 Publicado el 13 abril del 2012
• Fortalecer el intercambio de recursos y experiencias en materia de propiedad intelectual.
• Programar el diseño y ejecución de campañas de concientización en materia de propiedad intelectual.55
La puesta en marcha del proyecto de la Academia se encuentra en proceso, y
recientemente se nombró al actual Subdirector del Registro Nacional, el señor
Luis Jiménez Sancho, como Director Ejecutivo de la Academia, quien trabajará de
la mano de un Comité Académico integrado por 5 representantes del consorcio.
Se pretende que en un futuro dicha Academia pueda recibir colaboración por
parte de la OMPI en cuanto a apoyo didáctico, técnico y académico así como
colaboración en el proceso de certificación de los cursos que impartan los
miembros del consorcio bajo la sombrilla de esta Academia.
55Obtenido de los resultados de la consultoría para la creación de la Academia Costarricense de la Propiedad Intelectual, Ministerio de Justicia y Paz, Noviembre 2011.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
106 Publicado el 13 abril del 2012
IX. Conclusiones al diagnóstico de la PI.
1. Un ambiente propicio para el fortalecimiento de PI en Costa Rica.
Es evidente de los resultados del diagnóstico, que en Costa Rica existen iniciativas
exitosas en materia de protección de la propiedad intelectual que han
contribuido enormemente a que exista en la población un conocimiento
generalizado de la propiedad intelectual y que exista un positivo ambiente para la
generación de políticas públicas y privadas que promuevan la innovación y el
desarrollo de bienes sujetos a la PI.
La experiencia desarrollada por el Consorcio que respalda la Academia Nacional
de Propiedad Intelectual también ha permitido inventariar importantes iniciativas
académicas que ya existen en el país dirigidas a distintos sectores, lo que
evidencia que en el país se mantiene una oferta académica permanente en PI
para la constante actualización en la materia. Si bien hay mucho por hacer en
materia de formación y capacitación, principalmente en niveles iniciales de la
educación formal así como en carreras técnicas vinculadas a la innovación y la
creatividad, sin duda existe ya un camino recorrido que permite al país una
situación privilegiada donde existe demanda y oferta calificada para la formación
en esta materia.
El conocimiento que posee el sector productivo en materia de propiedad
intelectual requiere un impulso adicional que les permita por sí mismos
reconocer la importancia de contar con estrategias internas de propiedad
intelectual que incluyan la expresa protección de esos derechos y generar
directrices para hacerlos efectivos, partiendo desde la promoción de la
innovación hasta el registro, licenciamiento y explotación de la PI.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
107 Publicado el 13 abril del 2012
Para ello es necesario continuar con los procesos de capacitación y aumentar el
enfoque hacia el aumento de indicadores de innovación tanto en el sector
público como en el sector privado, que permita transformar la cultura nacional
hacia una cultura de protección y explotación de la propiedad intelectual.
Del diagnóstico de la situación de la propiedad intelectual en Costa Rica se
obtienen por tanto las siguientes conclusiones preliminares:
1. El conocimiento generalizado que existe sobre la propiedad intelectual
debe ser transformado en un proceso de identificación del valor que
genera proteger la propiedad intelectual y el retorno de inversión que
podría suponer para el titular registrar dichos activos intangibles, lo que
permitiría al país contar con indicadores claros de la innovación que se
genera localmente, para poder orientar políticas e incentivos para su
promoción.
2. Existe un desarrollo de conocimiento e innovación a lo interno de la
academia, que podría permitir a las universidades y centros de
investigación desarrollar políticas que promuevan mecanismos flexibles
para la vinculación con el sector privado y estructuras de licenciamiento a
favor del sector productivo, que permitan promover la competitividad y el
desarrollo de la economía nacional, bajo el liderazgo de NEXO56 pero con
plena articulación de acciones con gobierno y sector productivo.
3. Es importante que el sector privado y las organizaciones gremiales
promuevan el desarrollo de estrategias de negocio en el sector
productivo, que contemplen la propiedad intelectual como un mecanismo
56 Las unidades de enlace de las universidades estatales [PROINNOVA (UCR), Oficina de Transferencia Tecnológica y Vinculación Externa (UNA), Centro de Vinculación Universidad-Empresa (ITCR), y el Programa de Relaciones Externas (UNED)] se reúnen bajo la estructura denominada NEXO.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
108 Publicado el 13 abril del 2012
de desarrollo, promoviendo a su vez la valoración contable de intangibles
y el registro sistematizado de los mismos orientado a contribuir con los
indicadores nacionales de innovación.
4. Se deben identificar las razones que hacen que las empresas nacionales
que patentan aplicando con el PCT en mercados extranjeros no tengan
interés en hacerlo inicialmente ante el RPI, con el fin de definir
mecanismos que hagan atractivo y seguro para el titular iniciar su proceso
internacional de registro desde Costa Rica.
5. Es necesario que el talento creativo nacional comprenda el valor de la
protección registral de sus creaciones y motivar su interés en registrar las
obras, pues desconocen actualmente el valor agregado que tiene dicho
registro.
6. Es necesario mejorar la oferta y el acceso de mecanismos de
financiamiento de la propiedad intelectual que hagan accesible a micro y
pequeños empresarios, así como a investigadores, el registro de sus
invenciones patentables.
7. Es necesario generar mayores incentivos para promover las creaciones de
la industria cultural costarricense y registrar tales creaciones ante las
autoridades correspondientes de manera que exista plena garantía de
reconocimiento de la propiedad intelectual generada en el país.
8. Es necesario orientar las políticas sectoriales en materia de propiedad
intelectual hacia el fortalecimiento de los sectores estratégicos
identificados.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
109 Publicado el 13 abril del 2012
2. Desafíos del sistema de protección de la PI en CR
Se han identificado los siguientes desafíos del sistema de protección de la
propiedad intelectual en Costa Rica:
1. Educar a los diversos actores (generadores, facilitadores y usuarios) sobre la
producción, ventajas y protección de la propiedad intelectual como
herramienta de desarrollo.
2. Mejorar el conocimiento de las ventajas derivadas de la propiedad
intelectual vista como una estrategia para la competitividad.
3. Construir una cultura y conciencia de respeto y uso efectivo de la PI
dimensionada con respecto a etapas del proceso, públicos interesados e
implementación efectiva de los procesos de observancia.
4. Generar mecanismos para la identificación, valoración y transferencia de los
activos intangibles de los sectores productivos.
5. Implementar medidas dirigidas a sectores estratégicos que promuevan la
protección e intercambio de la PI.
6. Generar condiciones para aumentar la confianza y seguridad jurídica en el
sistema de propiedad intelectual.
7. Elevar la PI como política de Estado y desarrollar políticas sectoriales que
permitan su sostenibilidad y permanencia.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
110 Publicado el 13 abril del 2012
3. Fortalezas y debilidades del sistema de propiedad intelectual
Como fortalezas del sistema nacional de la propiedad intelectual han sido
identificadas las siguientes:
• Liderazgo institucional del ente rector, para coordinar y fortalecer el sistema
de PI y promover el diálogo entre todos los actores de la PI.
• Existencia de la CIPPI como organismo facilitador y coordinador de políticas
generales en la materia.
• Existencia de factores que nos posicionan en la región como destino de
atracción de IED.
• Interés del sector público y privado para impulsar la competitividad,
promover la innovación y apoyar a las PYMES de base creativa y tecnológica.
• Inversión e infraestructura en educación pública y privada.
• Interés del gobierno de fortalecer la PI como objetivo del Plan Nacional de
Desarrollo e incluirlo como eje de acción del Consejo de Competitividad.
• Existencia de unidades de enlace y vinculación en los colegios técnicos, las
universidades públicas y el sector productivo.
• Interés en las estructuras gubernamentales generadoras de políticas de la
importancia de la propiedad intelectual.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
111 Publicado el 13 abril del 2012
En cuanto a las debilidades del sistema nacional de propiedad intelectual, han
sido identificadas las siguientes:
• Ausencia de programas educativos que inculquen una cultura de respeto a la
PI y carencia de una política específica en temas de enseñanza de la PI.
• Poco conocimiento y conciencia sobre los beneficios y valor de la protección
de la PI en todos los niveles productivos, culturales, profesionales,
institucionales y del sector educativo.
• Falta de vinculación entre los procesos de investigación aplicada y las
necesidades de los sectores productivos.
• Insuficientes políticas y estímulos sectoriales dirigidas a la propiedad
intelectual.
• Insuficientes estímulos para la creación de empresas basadas en
conocimiento y el licenciamiento de PI de la academia al sector productivo.
• Pocos estímulos que fomenten mayor vinculación entre el sector empresarial
y el académico.
• Baja inversión en infraestructura y escaso financiamiento en ciencia,
tecnología e innovación respecto a principales competidores en América
Latina.
• Insuficiente oferta de instrumentos públicos y privados para impulsar la
competitividad, promover la innovación y apoyar al emprendedor.
• Carencia de estructuras que faciliten la valoración financiera y contable de
activos intangibles que poseen protección de la PI.
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• Falta de experiencia en la implementación efectiva de los procesos de
observancia de propiedad intelectual.
4. Objetivo General de la ENPI
La ENPI ha definido un objetivo general para Costa Rica que se resume de la
siguiente forma:
“Fortalecer el uso estratégico de la propiedad intelectual, en la actividad investigadora, el desarrollo de negocios y de las iniciativas creativas, de manera que podamos crear conciencia en la población sobre la importancia de la propiedad intelectual, aumentar mediante su uso la competitividad del sector productivo y promover el desarrollo social, económico y cultural del país.”
Partiendo de este objetivo general, en el siguiente apartado indicamos los cinco
objetivos estratégicos de la ENPI, así como líneas de acción, indicadores,
instituciones estratégicas y tiempo de implementación.
Es importante anotar que las instituciones estratégicas indicadas, están llamadas
a empoderarse del proceso de implementación de esta estrategia nacional de
propiedad intelectual, en lo que sea de competencia de su sector, para asegurar
un verdadero cumplimiento del objetivo general y los lineamientos. En términos
generales, se podrá también contar con el apoyo de distintos organismos
internacionales como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
que podría apoyar estos procesos para asegurar el cumplimiento de la ENPI.
X. Objetivos estratégicos, líneas de acción e indicadores
Objetivo Estratégico
Metas Estratégicas Líneas de acción Instituciones
Estratégicas
Tiempo
Implementación
Objetivo Estratégico
1
Promover una mayor producción
nacional de PI.
1. Crear y promover mecanismos que propicien el desarrollo de la innovación y generación derechos de propiedad intelectual, principalmente en los sectores estratégicos de desarrollo en el país.
2. Promover la diferenciación de la producción agrícola para determinar los mecanismos de PI que pueden dar protección a esa innovación tanto para que compita localmente como para su posicionamiento internacional (incluyendo identificación de oportunidades para registro de OV, IG, DO, marcas de certificación y marcas colectivas que permitan otorgar capacidad e identidad a los productores nacionales).
MAG, INTA
Corto plazo
∗ Tiempo implementación: Corto plazo: 1 a 2 años; mediano plazo: 3 a 5 años; largo plazo: 6 a 10 años.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
114 Publicado el 13 abril del 2012
3. Generar mecanismos para identificar las innovaciones del sector agrícola y del sector TIC para dar seguimiento a los mecanismos de PI que faciliten su inserción en mercados competitivos.
4. Generar mecanismos para identificar de las creaciones nacionales con especial énfasis en el sector audiovisual y la industria musical.
5. Estimular la consolidación de mecanismos para que los resultados de la actividad investigadora y de las iniciativas creativas a lo interno de las universidades e instituciones de educación, se traduzcan en derechos de propiedad intelectual que se protejan, se valoren y utilicen estratégicamente para ser inventariados de igual forma.
6. Promover el uso y consulta de registros internacionales de patentes como
MAG, MICIT, CAMTIC
MCJ, Centro de Cine, CAIAC
CONARE
RN, Consorcio
Corto plazo
Corto plazo
Corto plazo
Corto plazo
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115 Publicado el 13 abril del 2012
fuente de información tecnológica entre el sector privado, la academia e investigadores.
7. Desarrollar acciones orientadas a mejorar la infraestructura de apoyo a la producción y comercialización del resultado de la innovación.
8. Apoyar las iniciativas nacionales para la creación de parques científico-tecnológicos, que incluyan asociocon la Academia, Gobierno y Sector Privado procurando introducir la PI como eje transversal de promoción de la competitividad.
Consorcio, CIPPI, CPC
MEIC, MICIT, CPC, CIPPI, Consorcio
Corto plazo
Corto plazo
3. Consolidar el Portal Nacional de la Innovación como punto de consulta nacional para el tema de
1. Fijar alianzas estratégicas para complementar el proyecto con iniciativas del sector público, académico y privado.
2. Fijar alianzas estratégicas con el MCJ para incorporar las iniciativas creativas de la industria cultural, en
MICIT, Cámaras
MICIT-MCJ
Corto plazo
Corto plazo
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116 Publicado el 13 abril del 2012
innovación y propiedad intelectual, incluyendo iniciativas creativas.
especial del sector audiovisual y musical.
3. Fijar alianzas estratégicas con CONAGEBIO, INBIO, MAG, INTA, CITA, CadenAgro y otras instituciones del sector para incorporar inventarios de iniciativas de innovación y PI del sector agroalimentario, agro industrial y de biotecnología; así como de los recursos de la biodiversidad con potencial protección para la PI.
4. Fijar alianzas estratégicas con CAMTIC para incorporar indicadores de innovaciones nacionales en TIC.
5. Consolidar el Portal Nacional de Innovación como fuente de consulta para trámites de propiedad intelectual e información sobre el valor de la PI para promover la competitividad de los negocios.
MICIT-MAG
MICIT-CAMTIC
MICIT,RN
Corto plazo
Corto plazo
Mediano Plazo
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117 Publicado el 13 abril del 2012
4. Crear estímulos para fomentar el desarrollo e inversión en los sectores estratégicos e incrementar el uso de la PI en esos sectores
1. Proveer acceso a financiamiento de proyectos de investigación y desarrollo de nuevas tecnologías, que incluyan el financiamiento para asegurar la titularidad de las invenciones y obras protegidas.
2. Promover la protección de la propiedad intelectual en MyPYMES y PYMES y para los proyectos de capital semilla así como en todos los procesos donde se busque financiamiento de la industria emprendedora, durante la fase de desarrollo del proyecto y como requisito previo a salir al mercado, de manera que se garantice una efectiva explotación de la idea que permitan el potenciamiento de la empresa.
3. Promover la facilitación de trámites y creación de una ventanilla única para los procesos de obtención de permisos de filmación y de importación de equipo dentro del sector audiovisual.
SNBD, MICIT
MEIC, MICIT
Comisión Fílmica
Corto plazo
Corto plazo
Mediano plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
118 Publicado el 13 abril del 2012
4. Promover el país como destino turístico para atracción de inversión en el sector audiovisual y como centro de servicios de alta tecnología para el sector TIC, ambos dentro del concepto de marca país.
5. Generar incentivos para aumentar la cuota de participación nacional en radio, cine y televisión de producciones artísticas locales (audiovisuales y musicales) que permitan aumentar el ROI de los autores a partir de la remuneración de la PI.
6. Promover incentivos fiscales y no fiscales para la empresa privada que consolide proyectos de vinculación con la academia y las instituciones de I+D+I.
7. Flexibilizar y simplificar los requisitos de acceso a incentivos que financien la protección de la propiedad intelectual y que incluyan a la academia como sujeto de financiamiento directo o indirecto.
ICT, CINDE, PROCOMER
MCJ
MICIT, MEIC, CONARE
MEIC, MICIT, CONICIT
Corto plazo
Corto plazo
Mediano plazo
Corto plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
119 Publicado el 13 abril del 2012
8. Fomentar la creación de un mercado de activos de PI (incluyendo intermediarios, capitales semilla-ángel-riesgo, licenciamiento), que promueven la valoración de intangibles y un mercado que facilite la liquidez de las garantías sobre bienes intangibles.
9. Promover mejoras en los procesos de recaudación de las entidades de gestión colectiva que redunden en los beneficios de los afiliados y aumento en la cobertura de recaudación.
10. Desarrollar políticas flexibles en materia de PI para promover mayor vinculación universidad-empresa, que permitan definir titularidad y licenciamiento según cada proyecto.
11. Generar foros de discusión entre las unidades de enlace universitarias (NEXO) con el sector productivo para revisión permanente de las políticas sobre PI y transferencia de
MEIC, MICIT, SNBD
RN, OMPI, AIE, ACAM, Fonotica
CONARE CONARE, Cámaras, MICIT, MEIC
Mediano plazo
Mediano plazo
Corto plazo
Corto plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
120 Publicado el 13 abril del 2012
conocimiento.
12. Promover el uso y registro de patentes verdes para maximizar la explotación de la biodiversidad y sacar mejor provecho de los procesos de bioprospección y licenciamiento.
13. Promover el desarrollo de políticas de propiedad intelectual que favorezcan a los sectores prioritarios señalados en las políticas nacionales de desarrollo especialmente en las áreas de energías renovables, cultura, ciencias de la tierra y espacial, tecnología, turismo y biotecnología.
a. Implementar una línea de financiamiento para proyectos de I+D asociados a estos sectores.
b. Apoyar la creación de una línea de financiamiento dentro del Fondo de Incentivos para apoyar los procesos de registro de
RN, OMPI, MAG, INBIO, Conagebio
MEIC, MICIT, MJP, MCJ, Consorcio, CIPPI, CPC, PROCOMER
Mediano plazo
Corto plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
121 Publicado el 13 abril del 2012
propiedad intelectual para estos sectores estratégicos.
c. Apoyar el desarrollo de formación especializada en PI para estos sectores con la Academia Nacional de PI.
Objetivo Estratégico
Metas Estratégicas Líneas de acción Instituciones
Estratégicas
Tiempo
Implementación
Objetivo Estratégico
2
Fortalecer el marco
institucional en torno a
la PI
1. Fortalecer el rol del
MJP como ente rector en materia de propiedad intelectual
1. Fijar dentro de la estrategia institucional
del MJP el tema de PI como eje prioritario, que permita el fortalecimiento del MJP como ente rector.
2. Promover un apoyo político y
estratégico permanente a favor del RDADC y del RPI.
MJP
MJP, RN
Corto plazo
Corto plazo
∗ Tiempo implementación: Corto plazo: 1 a 2 años; mediano plazo: 3 a 5 años; largo plazo: 6 a 10 años.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
122 Publicado el 13 abril del 2012
2. Fortalecer la CIPPI como órgano de articulación entre el sector público, el privado, la academia y las entidades de investigación.
1. Ampliar las competencias de la CIPPI a temas vinculados a la ENPI para dar seguimiento a las acciones propuestas.
2. Crear un mecanismo de participación permanente en la CIPPI de los sectores no estatales, mediante la participación regular del sector privado en sus sesiones; la consulta pública de proyectos de políticas y regulaciones; y el diálogo permanente con organismos no estatales vinculados a la PI.
3. Crear una mesa de diálogo permanente entre el sector privado y el Consorcio Nacional de PI, para definir contenidos académicos de los programas que promueva la Academia Nacional de PI que permitan orientar la formación en PI hacia las necesidades del sector productivo.
MJP
CIPPI
MJP-Consorcio
Corto plazo
Corto plazo
Mediano plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
123 Publicado el 13 abril del 2012
3. Fortalecer el RDADC y el RPI
1. Fortalecimiento institucional que les permita constituirse en órgano consultivo y asesor a nivel nacional para promover el registro y defensa de los derechos de PI y fomentar su participación en la elaboración de políticas en PI.
2. Consolidar las facultades de Registro para defensa de los derechos de propiedad intelectual con el restablecimiento de medidas cautelares en sede administrativa.
3. Crear un sistema de acceso a la información para consulta remota por parte de los usuarios garantizando la publicidad de los derechos registrados y en trámite.
4. Implementar medidas que permitan mejorar los trámites de registro de propiedad industrial para promover mayor especialización en la evaluación de las invenciones, mayor agilidad en los trámites, mejores oportunidades para que los potenciales titulares de derechos
MJP-RN,
MJP-RN
MJP-RN-Gobierno digital.
MJP-RN, COMEX, OMPI
Corto plazo
Corto plazo
Mediano plazo
Mediano plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
124 Publicado el 13 abril del 2012
puedan fundamentar y discutir sus argumentos técnicos con el RPI, y mayores garantías hacia el innovador durante el proceso.
5. Abrir los programas de capacitación interna para el sector privado, profesional, académico y de investigación (incluidos los programas de capacitación facilitados por organismos internacionales como la OMPI), como mecanismos para generar sinergias con otros sectores.
6. Promover un mayor acercamiento y apertura al sector privado, al sector académico y al de investigación.
7. Mejorar los sistemas de reclutamiento de personal de planta del registro para garantizar que exista siempre personal especializado, desarrollando medidas para atraer y retener talento humano.
MJP-RN
MJP-RN, Consorcio
MJP-RN
Corto plazo
Corto plazo
Largo plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
125 Publicado el 13 abril del 2012
8. Desarrollar programas de sensibilización nacional en torno a las ventajas del registro de la PI.
RN, OMPI Corto plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
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∗ Tiempo implementación: Corto plazo: 1 a 2 años; mediano plazo: 3 a 5 años; largo plazo: 6 a 10 años.
Objetivo Estratégico
Metas Estratégicas Líneas de acción Instituciones
Estratégicas
Tiempo
Implementación
Objetivo Estratégico
3
Promover programas de educación y sensibilización que permitan un cambio de cultura nacional para visualizar la propiedad intelectual como un mecanismo para aumentar la competitividad
1. Promover desde
muy temprana edad la sensibilización por el respeto y protección de la propiedad intelectual y su consideración como factor de desarrollo, con el fin de generar un cambio cultural a largo plazo.
1. Revisión de la curricular que se imparte a nivel de educación primaria y secundaria para incluir la enseñanza de la propiedad intelectual expresamente en los programas de estudio de educación cívica y como eje transversal en otras materias.
2. Incorporar actividades de promoción
de la propiedad intelectual en los colegios técnicos, científicos y vocacionales.
3. Capacitar a docentes de primer y segundo ciclo y de secundaria en temas de propiedad intelectual, para
MEP
MEP, MICIT, RN
MEP, CONARE, CONESUP
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
127 Publicado el 13 abril del 2012
promover el respeto y protección de la propiedad intelectual y su consideración como factor de desarrollo.
4. Crear una cátedra de PI dentro de la formación a docentes de primero y segundo ciclo.
5. Crear una cátedra de PI en las facultades donde se imparten carreras universitarias técnicas, científicas, tecnológicas y creativas en las que se formen investigadores, empresarios y talento creativo.
6. Elaborar políticas de fomento y protección de PI para quienes generen PI en escuelas y colegios, que permita promover la creatividad e innovación e incluir el tema de PI dentro de las Ferias científicas y eventos de promoción de innovación, con el fin de promover una cultura de
CONARE
MEP, MICIT, CONARE
MEIC,RN
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
128 Publicado el 13 abril del 2012
protección de la PI como factor de desarrollo y competitividad.
a. Se debe verificar que en los procesos de promoción de innovaciones (en ferias y exposiciones que promueven entre los estudiantes la innovación y el emprendedurismo) se verifique previamente la protección de la PI de quienes exponen sus iniciativas para evitar generar riesgos para el titular.
b. Promover dentro de los programas de promoción de tecnología, arte, ciencia e innovación, la educación en protección y respeto de la propiedad intelectual.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
129 Publicado el 13 abril del 2012
2. Crear programas de educación en PI para micro, pequeñas y medianas empresas
1. Incorporar el tema de PI como eje temático y factor de desarrollo y competitividad en los programas e iniciativas del MICIT y del MEIC.
2. Divulgar programas de educación e incentivos para el sector privado, vinculados a la PI.
3. Promover a nivel universitario la inclusión de una cátedra de Propiedad intelectual para carreras de educación y otras afines a las ciencias, las artes y la tecnología, que forme formadores.
4. Incorporar mecanismos de evaluación en la selectividad de empresas que valoren su cumplimiento y respeto a la PI, para ser elegibles en formar parte del encadenamiento productivo de inversiones extranjeras.
MICIT, MEIC CIPPI CONARE PROCOMER
Corto plazo Corto plazo Mediano plazo Corto plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
130 Publicado el 13 abril del 2012
3. Consolidar la creación de la Academia Nacional de PI y el fortalecimiento del Consorcio Nacional de la PI
1. Promover la capacitación en PI para el sector público, privado y académico e identificar las necesidades de capacitación y actualización en materia de propiedad intelectual a nivel nacional, dando una respuesta inmediata a tales necesidades.
2. Programar el diseño y ejecución de campañas de concientización en materia de propiedad intelectual a nivel nacional.
MJP, CIPPI, Consorcio MJP, CIPPI y Consorcio
Mediano plazo Mediano plazo
4. Formar recurso humano de alto nivel en propiedad intelectual a nivel de gobierno
1. Destinar en los órganos públicos miembros de CIPPI, recursos (humano y financiero) para la PI.
2. Formar recurso humano en el tema de PI dentro de las instituciones miembros de la CIPPI, colegios profesionales y cámaras y destinar recurso (humano y financiero) para la PI.
3. Designar al Instituto del Servicio Exterior "Manuel María de Peralta" para que imparta capacitación formal al cuerpo
CIPPI CIPPI, Consorcio Ministerio de relaciones exteriores y
Corto plazo Mediano plazo Mediano plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
131 Publicado el 13 abril del 2012
diplomático costarricense como requisito esencial para ser destacado en Ginebra, Washington, New York y otras sedes donde se discutan internacionalmente políticas internacionales en materia de propiedad intelectual.
4. Formar a personal de la Dirección de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa en temas de PI para que se designe personal especializado en el análisis y propuestas de reformas vinculados a la PI.
5. Formar a personal de la Procuraduría General de la República y de la Contraloría General de la República en temas de PI para que se designe personal especializado en el análisis y propuestas de proyectos y consultas vinculados a la PI.
6. Promover programas
culto Asamblea Legislativa PGR, CGR Escuela
Mediano plazo Mediano plazo Corto plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
132 Publicado el 13 abril del 2012
permanentes en la Escuela Judicial para que se capacite a juzgadores.
a) Capacitar a jueces de sede contencioso administrativa, civil y agrario que regularmente tramitan procesos vinculados a la propiedad intelectual.
b) Capacitar, a los fiscales designados por el Ministerio Público para la persecución de delitos contra la propiedad intelectual.
c) Capacitar al personal del OIJ y otro personal involucrado en el sistema de investigación de delitos con la PI.
7. Programar el diseño y ejecución de campañas de concientización en materia de propiedad intelectual a nivel nacional.
judicial MJP, RN
Corto plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
133 Publicado el 13 abril del 2012
5. Desarrollar la profesionalización de la empresa privada nacional en materia de propiedad intelectual
1. Desarrollar un Manual de PI para micro, pequeñas y medianas empresas.
2. Desarrollar una Guía de PI para el inversionista.
3. Desarrollar un plan de seguimiento a participantes de programas promovidos por gobierno para ver la efectividad de los negocios y verificar que la protección de PI de sus intangibles esté garantizada desde el desarrollo de los proyectos y que continúe siendo una prioridad y un mecanismo para garantía de la competitividad.
4. Promover la protección de la propiedad intelectual de PYMES y MyPymes con potencial exportador para que protejan su PI y desarrollen internacionalmente sus negocios, licencias o franquicias de forma segura.
Cámaras, MEIC, MICIT CINDE MEIC, MICIT, PROCOMER RN, MJP, MEIC, PROCOMER Consorcio, CIPPI, CPC
Corto plazo Corto plazo Mediano plazo Mediano plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
134 Publicado el 13 abril del 2012
5. Promover mecanismos para la articulación de acciones del sector público, el sector privado y la academia, que permita un diálogo y apertura permanente hacia las necesidades del sector productivo, en especial de los sectores estratégicos indicados en la ENPI.
6. Proponer políticas de vinculación entre sector público, el sector privado y la academia en materia de PI.
Consorcio, CIPPI, CPC
Corto plazo Corto plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
135 Publicado el 13 abril del 2012
∗ Tiempo implementación: Corto plazo: 1 a 2 años; mediano plazo: 3 a 5 años; largo plazo: 6 a 10 años.
Objetivo Estratégico
Metas Estratégicas Líneas de acción Instituciones
Estratégicas
Tiempo
Implementación
Objetivo Estratégico
4
Mejorar los mecanismos
de observancia
de la PI
1. Desarrollar una
política de persecución penal de delitos contra la propiedad intelectual.
1. Publicar la política de persecución penal
de delitos contra la propiedad intelectual que permita dar claridad del direccionamiento del MP en la efectiva implementación de las normas de observancia de la PI.
2. Definir evaluaciones periódicas de los procesos de observancia junto con el sector privado que permita someter la política a procesos de mejora continua.
3. Establecer mecanismos de coordinación entre los sectores involucrados con los procesos de observancia de la PI.
4. Establecer un protocolo para llevar las estadísticas sobre denuncias vinculadas a la Ley de Observancia de los delitos contra la propiedad intelectual.
MP
CIPPI
CIPPI
Oficina de Estadística, PJ
Corto plazo
Mediano plazo
Corto plazo
Corto plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
136 Publicado el 13 abril del 2012
2. Mejorar los mecanismos de notificación y coordinación de titulares de la propiedad intelectual para ejercer medidas cautelares en frontera.
1. Desarrollar un mecanismo de registro voluntario de titulares de derecho de PI ante la DGA que permita un eficaz y pronto contacto con titulares de derechos en caso de que se requiera iniciar acciones para identificación de mercancías sospechosas y eventual denuncia por falsificación y contrabando.
MH, DGA Corto plazo
3. Promover mecanismos de observancia alternativos a la vía penal, que permitan facilitar a los titulares diversas vías de solución más ajustados a cada caso y que se evite con ello congestionar el sistema judicial
1. Valorar la reactivación de las medidas cautelares en sede administrativa.
2. Crear un mecanismo de Resolución Alternativa de Conflictos para atender de forma especializada procesos de PI mediante mediadores, árbitros y peritos expertos en PI; buscando alianzas con el Centro de Arbitraje y de Mediación de la OMPI.
3. Establecer un mecanismo para depurar las estadísticas sobre procesos vinculados a la PI llevados en jurisdicciones distintas a la penal, en especial en sede civil, agraria y contencioso administrativa.
RN
RN
Oficina de Estadística, PJ
Corto plazo
Mediano plazo
Corto plazo
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
137 Publicado el 13 abril del 2012
Objetivo Estratégico
Metas Estratégicas Líneas de acción Instituciones
Estratégicas
Tiempo
Implementación
Objetivo Estratégico
5
Definir mecanismos
de seguimiento y evaluación permanente
del cumplimiento
de la ENPI
1. Definir los procesos
de seguimiento y evaluación de la ENPI.
1. Delegar en la CIPPI, el monitoreo,
seguimiento y verificación del cumplimiento de la estrategia nacional de PI con el liderazgo del MJP como órgano rector.
2. Incorporar la ENPI dentro de los ejes estratégicos del Consejo de Competitividad de Gobierno.
3. Incorporar la estrategia nacional de propiedad intelectual dentro de los ejes estratégicos del Consejo de Promoción de la Competitividad del sector privado.
CIPPI, MJP, OMPI
MJP
CPC
Mediano plazo
Corto plazo
Corto plazo
∗ Tiempo implementación: Corto plazo: 1 a 2 años; mediano plazo: 3 a 5 años; largo plazo: 6 a 10 años.
XI. Abreviaturas
ACAM Asociación de Compositores y Autores Musicales
ACT Actividades científico tecnológicas
AIE Asociación de Intérpretes y Ejecutantes Musicales de Costa Rica
ANC Academia Nacional de la Ciencia
APPICR Asociación de Profesionales en Propiedad Intelectual de Costa Rica
ASIFAN Industria Farmacéutica Nacional
BID Banco Interamericano de Desarrollo
BNCR Banco Nacional de Costa Rica
BSA Business Software Alliance
CadenAgro Centro de Apoyo para el Desarrollo de Denominaciones de Origen y Sellos de Calidad de Productos Agroalimentarios
CADEXCO Cámara de Exportadores de Costa Rica
CAIAC Asociación Cámara de Industria Audiovisual Costarricense
CAMTIC Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación
CATI Centros de Apoyo a la Tecnología y a la Innovación
CCSS Caja Costarricense del Seguro Social
CENTRO DE CINE Centro Costarricense de Producción Cinematográfica
CGR Contraloría General de la República
CIA Cámara de Insumos Agropecuarios
CINDE Coalición Costarricense de Iniciativas para el Desarrollo
CNP Consejo Nacional de Producción
CPC Consejo de Promoción de la Competitividad
CIPPI Comisión de Enlace Interinstitucional para la Protección de la Propiedad Intelectual
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
139 Publicado el 13 abril del 2012
CITA Centro Nacional de Ciencia y Tecnología de Alimentos
CTi Ciencia, Tecnología e Innovación COMEX Ministerio de Comercio Exterior de Costa Rica
CONARE Consejo Nacional de Rectores
CONICIT Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas
CONAPROGUE Corporación Nacional de Productores Genéticos
CONAGEBIO Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad de Costa Rica
DGA Dirección General de Aduanas
DINARAC Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos
DO Denominación de Origen
ENPI Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual
FEDEFARMA Federación Centroamericana de Laboratorios Farmacéuticos
FODETEC Fondo de Desarrollo Tecnológico
FORINVES Fondo de Riesgo para la Investigación
ICIC Instituto Costarricense de Investigaciones
ICT Instituto Costarricense de Turismo
IDA Instituto de Desarrollo Agrario
INBio Instituto Nacional de Biodiversidad
INDER Instituto de Desarrollo Rural
IG Indicación geográfica
INCAE INCAE Business School
INPI Instituto Nacional de Propiedad Intelectual
INTA instituto nacional de transferencia tecnológica
MAG Ministerio de Agricultura y Ganadería
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
140 Publicado el 13 abril del 2012
MCJ Ministerio de Cultura y Juventud
MEIC Ministerio de Economía, Industria y Comercio
MEP Ministerio de Educación Pública
MH Ministerio de Hacienda
MICIT Ministerio de Ciencia y Tecnología
MINSA Ministerio de Salud de Costa Rica
MJP Ministerio de Justicia y Paz
MP Ministerio Público MTSS Ministerio de Trabajo y Seguridad Social OFINASE Oficina Nacional de Semillas
OIJ Organismo de Investigación Judicial
OMPI Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
OV Obtenciones vegetales
PI Propiedad Intelectual
PJ Poder Judicial
PROCOMER Promotora de Comercio Exterior
PROINNOVA Unidad de Gestión y Transferencia de Conocimiento para la Innovación
PCT Tratado de Cooperación en Materia de Patentes PGR Procuraduría General de la República PND Plan Nacional de Desarrollo PROPYME Fondo de Incentivos y Fondo
PRONAFECYT Comisión Coordinadora del Programa Nacional de Ferias de Ciencia
y Tecnología
PROPYME Programa de fortalecimiento a la pequeña y mediana empresa
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
141 Publicado el 13 abril del 2012
RAC Resolución Alternativa de Conflictos
RDADC Registro de Derechos de Autor y Derechos Conexos
RN Registro Nacional
RPI Registro de Propiedad Industrial
SNBD Sistema Nacional de Banca Desarrollo
SUGEF Superintendencia de General de Entidades Financieras
TEC Instituto Tecnológico de Costa Rica
TLC CAFTA-RD Tratado de Libre Comercio República Dominicana- Centroamérica-Estados Unidos
TRA Tribunal Registral Administrativo
UCCAEP Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado
UCR Universidad de Costa Rica
UNED Universidad Estatal a Distancia
WCT Tratado de la OMPI sobre Derechos de Autor
WPPT Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución de Fonogramas
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
142 Publicado el 13 abril del 2012
Anexo 1 Normativa costarricense sobre propiedad intelectual57
Tratados Internacionales aprobados en Costa Rica
Nombre Número de Ley Publicación
Convención Interamericana que Ampara los Derechos de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas
N°1221 del 22 de junio de 1946
Gaceta N° 257 del 14 de noviembre de 1950
Convención Universal sobre Derechos de Autor
N°1680 del 16
noviembre de 1953
Gaceta N° 257 del 12 de
noviembre de 1953
Convención Internacional sobre la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes , los productores de fonogramas y los Organismos de Radiodifusión (Convención de Roma, 1961)
N°4727 del 5 de marzo de 1971
Gaceta N°59 del 13 de marzo de 1971
Convenio Universal sobre Derechos de Autor (Convención de Ginebra)
N°5682 del 5 de mayo de 1975
Gaceta N°103, Alcance
83 del 4 de junio de 1975
Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas
N°6083 del 29 de agosto de 1977
Gaceta N°182, Alcance 131 del 27 de setiembre
de 1977 Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
N°6468 del 18 de setiembre de 1980
Gaceta N° 212 del 5 de noviembre de 1980
Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas contra la Reproducción No Autorizada de sus
N°6486 del 25 de
setiembre de 1980
Gaceta N°212 del 5 de
noviembre de 1980
57Se incluye información con fundamento en la legislación vigente aprobada antes del 10/09/2011.
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
143 Publicado el 13 abril del 2012
Fonogramas Convenio sobre la Diversidad Biológica y sus Anexos I y II
N°7416 del 13 de
junio de 1992
Gaceta N°143 del 28 de
julio de 1994
Ejecución de los Acuerdos de la Ronda de Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales
N°7473 del 20 de diciembre de 1994
Gaceta N°246 del 27 de diciembre de 1994
Aprobación de Acta Final en que se incorporan los resultados de la Ronda de Negociaciones Comerciales Multilaterales y sus Anexos 1, 1ª, 1b, 1c, 2 y 3
N°7475 del 20 de diciembre de 1994
Gaceta N°245, Alcance 40 del 26 de diciembre
de 1994 Convenio de Paris para la Protección de la Propiedad Intelectual
N°7484 del 28 de
marzo de 1995
Gaceta N°99, Alcance del
18 del 24 de mayo de 1995
Convenio del Arreglo de Lisboa Relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional
N°7634 del 3 de octubre de 1996
Gaceta N°208 del 30 de octubre de 1996
Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) y Reglamento
N°7836 del 22 de octubre de 1998
Gaceta N°232, Alcance 86 del 30 de noviembre
de 1998 Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución de Fonogramas (WPPT)
N°7967 del 22 de
diciembre de 1999
Gaceta N°21 del
31/01/2000 Ratificado en La Gaceta N°47 del 7 de marzo de
2000 Tratado de la OMPI sobre Derechos de Autor (WCT)
N°7968 del 22 de diciembre de 1999
Gaceta N°23 del
31/02/2000 Ratificado en La Gaceta N°47 del 7 de marzo de
2000 Convenio de Bruselas sobre la distribución de
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
144 Publicado el 13 abril del 2012
señales portadoras de programas transmitidas por satélite
N°7829 del 22 de setiembre de 1998
Gaceta N°201 del 16 de octubre de 1998
Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos de América, Centroamérica y República Dominicana
N°8622 de 21 de noviembre del
2007
Gaceta Nº 246 del 21 de diciembre del 2007
Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los Fines del Procedimiento en Materia de Patentes y Reglamento
N°8633 del 4 de abril de 2008
Gaceta N°84 del 2 de mayo de 2008
DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
Nombre Ley Publicación Reformas
Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos
N°6683 del 14 de octubre de 1982
Gaceta N°207 del 5 de noviembre de 1982
-Ley N°6935 del 14 de diciembre de 1983 - Ley N°8686 del 21 de noviembre del 2008, Gaceta N°229 del 26 de noviembre del 2008 -Ley N°7397 del 3 de mayo de 1994, Gaceta N°89 del 10 de mayo de 1994
Ley N°7979 del 6 de enero del 2000, Gaceta N°21 del 31 de enero del 2000
-Reglamento N°23485-MP del 26 de julio de 1994 Gaceta N°141
-Ley N°7686 del 6 de agosto de 1997, Gaceta N°166del 29 de agosto de 1997 (de interpretación Autentica de los artículos 111,132, 133 y 156 de la Ley 6683)
-Decreto N°23485-MP del 5 de julio de 1994, Gaceta N°141 del 26 de
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
145 Publicado el 13 abril del 2012
julio de 1994
-Decreto N°35536-MP del 19 de octubre de 2010, Derogatoria del artículo 4to del reglamento al artículo 50 de la ley No. 6683 y sus reformas.
-Decreto N°36014-MP-COMEX-J, Reforma a la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos del 17 de junio del 2010
Reglamento a la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos
N°24611-J del 4 de setiembre de 1995
Gaceta N°201 del 24 de octubre de 1995
-Decreto N°26882 del 20 de abril de 1998
-Decreto N°34904 del 21 de noviembre del 2008
Decreto que regula el Software
en el Gobierno Central
Decreto 30151-J del 1 de febrero de 2002
Gaceta del 21 de febrero de 2002
-Decreto N°30263-J, Reforma al Reglamento de Protección al Software en el Gobierno Central
Detalle, Aclaración y Unificación de
los requisitos que deben observar las
Entidades de Gestión Colectiva
interesadas en obtener y/o en
mantener vigente la autorización de funcionamiento
Circular RN-DADC-06-2088
16 de setiembre de 2006
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
146 Publicado el 13 abril del 2012
MARCAS Y SIGNOS DISTINTIVOS
Nombre Ley Publicación Reformas
Tratado sobre el Derecho de Marcas y su Reglamento
N°8636 del 29 de abril
de 2008
Gaceta N°113 del 12
de junio del 2008
-Ambos adoptados en Ginebra el 27 de octubre de 1994
Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos
N° 7978, 6 de enero del 2000
Gaceta N°22 del 1ero de febrero de 2000
-Ley N°8632 del 28 de marzo del 2008, Gaceta N°80 del 25 de abril de 2008 -Ley N°8020 publicada en Gaceta N°187 del 29 de setiembre del 2000
Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos
Decreto N° 30233-J del 20 de febrero del
2002
Gaceta N°65 del 4 de abril del 2002
-Decreto Ejecutivo N°34760 del 17 de setiembre de 2008. Alcance N°37 en Gaceta N°184 del 24 de setiembre del 2008
PATENTES DE INVENCION, DIBUJOS Y MODELOS INDUSTRIALES Y MODELOS DE UTILIDAD
Nombre Ley Publicación Reformas
Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad
N°6867 del 25 de abril de 1983
Gaceta N°111 del 13 de junio de
1983
-Ley N°8632 del 28 de marzo del 2008, Gaceta N°80 del 25 de abril de 2008 -Ley N°7979 del 6 de enero del 2000, Gaceta N°21 del 31 de enero del 2000 -Ley 8686 del 21 de noviembre del 2008, Gaceta N°229 del 26 de noviembre del 2008
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
147 Publicado el 13 abril del 2012
Reglamento de la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y modelos de Utilidad
Decreto N°15222-MIEM-
J del 12 de diciembre de
1983
Gaceta N°49 del 8 de marzo de 1984
-Decreto Ejecutivo N°34758-J-COMEX del 24 de setiembre de 2008
-Decreto N°17602 del 11 de mayo de 1987
-Decreto N°15222-MIEM-J
Reglamento para la contratación de examinadores externos para la oficina de patentes de Registro de Propiedad Industrial
Acuerdo J135 de la Junta
Administrativa del Registro
Nacional
Gaceta del día 4 de mayo de 2010
Ley de Biodiversidad
N°7788 del 30 de abril de 1998
Gaceta N° 101 de 27 de mayo de
1998
Reglamento al artículo 80 de la Ley de Biodiversidad
Decreto 34958-MINAET-COMEX
del 11 de diciembre de
2008
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
148 Publicado el 13 abril del 2012
PROCEDIMIENTOS DE OBSERVANCIA DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Nombre Ley Publicación Reformas
Ley de Procedimientos de Observancia de Propiedad Intelectual
N°8039 del 18 de julio del 2008
Gaceta N°206 del 27 de octubre del 2002
-Ley 8656 del 18 de julio de 2008,Gaceta N° 155 del 11 de agosto del 2008
Ley N°8686 del 21 de noviembre del 2008, Gaceta N°229 del 26 de noviembre del 2008
Ley General de Aduanas
N°7557 del 20 de octubre de 1995
Gaceta No. 212 del 8 de noviembre de
1995
Ley N° 8373 de 18 de agosto de 2003, Gaceta No. 171 del 5 de setiembre de 2003.
Reglamento a la Ley General de Aduanas
Decreto N° 25270-H
Alcance No. 37 de La Gaceta No. 123 del 28 de junio de 1996
DECRETO Nº 31667-H , Modificación al Reglamento de la Ley General de Aduanas, publicado en el Alcance Nº 9 a La Gaceta Nº 49 del 10 de marzo del 2004
OBTENCIONES VEGETALES
Nombre Ley Publicación Reformas Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV)
N°8635 del 21 de abril del 2008
Gaceta N°83 del 30 de abril de 2008
Ley de Protección de las Obtenciones Vegetales
N°8631, del 28 de febrero de 2008
Gaceta N°56 del 19 de marzo de 2008
- Ley N°8686 del 21 de noviembre del 2008, Gaceta N°229 del 26 de noviembre del 2008
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
149 Publicado el 13 abril del 2012
Reglamento a la Ley de Protección de las Obtenciones Vegetales
Decreto N°35677- MAG del 9 de
diciembre del 2009
Gaceta Nº 6 del 11 de enero de 2010
Protección de los esquemas de trazado (topografías)
de los Circuitos integrados
Nombre Ley Publicación Reformas Ley de Protección a los Sistemas de Trazados de los Circuitos Integrados
N°7961 del 17 de diciembre de 1999
Gaceta N°13 del 19 de enero del 2000
Reglamento a la Ley de Protección a los Sistemas de Trazados de los Circuitos Integrados
Decreto Ejecutivo Nº 32558 de 8 de marzo
de 2005
Gaceta N°163 del 25 de agosto del 2005
Secretos Industriales y datos de prueba
Nombre Ley Publicación Reformas
Ley de Información No Divulgada
N°7975 del 4 de enero
de 2000
Gaceta N°12 del 18 de
enero del 2000
Ley N°8686 del 21 de noviembre del 2008, Gaceta N°229 del 26
de noviembre del 2008
Reglamento a la Ley de Información No Divulgada
Nº 34927-J-COMEX-S-
MAG del 28 de noviembre del 2008
Gaceta N°239 del 9 de diciembre del 2008
Estrategia Nacional de Propiedad Intelectual 2012
150 Publicado el 13 abril del 2012
Modificaciones al Reglamento de Inscripción, Control, Importación y Publicidad de Medicamentos, Decreto Ejecutivo N°28466 del 8 de febrero del 2000
Decreto Ejecutivo N° 34925-S-COMEX del 27 de noviembre de
2008
La Gaceta N° 238 del 09 de diciembre del
2008
Nota: esta norma deriva del Art. 8 de la Ley de Información no
divulgada N°7975 (a efectos de protección de datos de prueba y
vinculación de patente en
medicamentos)
Reglamento sobre el uso, registro y control de plaguicidas sintéticos formulados, ingrediente activo grado técnico, coadyuvantes ysustancias afines de uso agrícola
Decreto Ejecutivo Nº33496-MAG-S-
MINAE-MEIC
La Gaceta N°7 del 6 de enero de 2007.
Nota: esta norma deriva Ley del Art. 8
de la Ley de Información no
divulgada N°7975 (a efectos de protección de datos de prueba en
agroquímicos)
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