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Esquemas sindicales Los sindicatos se regulan mediante un conjunto de normas que la evolucin especfica de cada sistema jurdico ha sido ampliada y depurada hasta concentrar con un amplio aspecto normativo cuyo estudio debe hacerse intentando clasificar sus diferentes aspectos. El sindicato es la asociacin de trabajadores o patrones que esta constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus intereses. Tanto trabajadores como patrones cuentan con el derecho de formar su sindicato sin necesidad de autorizacin previa. Una vez constituidos tienen la obligacin y el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos, elegir a sus representantes, organizar su administracin y sus actividades, as como formular su programa de accin.

Para la formacin de los sindicatos existen condiciones, algunas de ellas son fcilmente identificables: los sindicatos no pueden ser mixtos o formados por trabajadores y patrones, como tampoco un sindicato obrero puede incluir dentro de sus agremiados a los empleados de confianza de las empresas. Los estatutos de los sindicatos determinan la condicin y los derechos de sus miembros que sean promovidos a un puesto de confianza. Los sindicatos debern constituirse con veinte trabajadores en servicio activo por lo menos. Para la determinacin del nmero mnimo de trabajadores, se tomarn en consideracin aquellos cuya relacin de trabajo hubiese sido rescindida o dada por terminada dentro del perodo comprendido entre los treinta das anteriores a la fecha de presentacin de la solicitud de registro del sindicato y la en que se otorgue ste.

Los esquemas sindicales son para el beneficio del trabajador ya que ofrecen una asesora tanto legal como jurdica defendiendo sus derechos y representando al trabajador en el problema en que este se encuentre. Todo ello a travs de un sindicato formado y establecido por parte de los trabajadores de una manera unnime y concisa. Adems tambin se les da a conocer las obligaciones que tendrn que cumplir para tener una buena relacin de trabajo.

Qu es dice la LFT?Articulo 356 de la LFT, por el sindicato se entiende la asociacin de trabajadores o patrones constituida para el estudio de la defensa y mejoramiento de sus respectivos intereses Elementos de la definicin de sindicato: Asociacin de trabajadores o de patrones constituida para: 1. El estudio 2. El mejoramiento 3. La defensa (del trabajado y del trabajador) 4. Proyeccin social

El sindicato como asociacin profesional debe buscar para sus miembros, la satisfaccin plena de todas y cada una de sus necesidades. En este proceso, el sindicato debe considerar al hombre como el centro y el fin de todos sus esfuerzos, promoviendo en consecuencia su desarrollo integral.

Los sindicatos deben ser: Independientes: para que sin compromiso puedan ser fieles representantes de los intereses de sus agremiados. Democrticos: para que con la participacin de todos sus miembros, se suman sus esfuerzos y se canalice la energa hacia un objeto comn. Autnticos y transparentes: para que apoyados en una bandera de principios y convencidos de ella, defiendan las conquistas adquiridas y se comprometan a crear cada da un futuro mejor. Progresista e innovadores: para poder lograr cambiar efectivos a nivel personal, familiar, laboral y social.

Estructura sindicalFILOSOFA PRINCIPIOS Dignidad de la persona Familia Trabajo Empresa Estado Propiedad privada Solidaridad ASAMBLEA COMIT EJECUTIVO COMISIONES MIXTAS D. COMISIONES MIXTAS AUX. BASE SINDICAL MARCO JURDICO Constitucin poltica de Mxico Ley federal del trabajo Estatutos Convenio colectivo de trabajo

Coadyuvar en la satisfaccin plena de las necesidades del trabajador para mejorar su calidad de vida y la de sus familias.

Corrientes sindicales caractersticasOFICIALISTA: CTM, CROC, CROM, COR, SINDICATOS DE LA BUROCRACIA, CONGRESO DEL TRABAJO Lucha de clases, Nacionalismo corporativista Populista subordinado al Estado. Vocero del gobierno, presencia poltica, Iniciativas de ley, adquirir fuerza. Organizar a gremios de mltiples actividades Peligro de depender del gobierno y de partidos polticos, los lideres se olvidan de las bases, peligro de corrupcin.

Independiente: FNSI, FTSA, FNSP, FSL, FENASA, OTROS.

No religioso, no poltico, afiliacin solo a personas sujetas a una relacin de trabajo. Exclusin de lucha de clases y de ideologas extraas

Admn. del CCT en base a la solidaridad. Cooperacin y participacin para el desarrollo de ambas partes

Respeto, equidad, dialogo, comunicacin democracia.

INDEPENDIENTE RADICAL INSURGENTE: UOI, SOL, FSI, Movimiento revolucionario del magisterio

Lucha de clases, desintegracionista del sistema oficialista, prosocialista

Peligro de desestabilizar fuentes de trabajo, de introducir ideologas nocivas, manipular trabajadores

Cambiar estructuras, cambio ideolgico, movilizacin de masas, adoctrina-miento de sectores

Elementos de las relaciones laboralesEMPRESA SINDICATO

TRABAJADOR

ESTILOS DE RELACIONES LABORALES RELACIN DBIL RELACIN REGULAR RELACIN FUERTE RELACIN MUY FUERTE

SITUACIN

SITUACIN 1

SITUACIN 2

SITUACIN 3

SITUACIN 4

CARACTERSTICAS

Privilegios a secretario general y comit ejecutivo. La empresa manipula a los lideres. Lideres descuidan a la base. Empresa descuida a la base al contar con apoyo y lealtad de los lideres

La atencin de la empresa se centra en la base. Manipula a sus trabajadores. La empresa descuida su relacin con el sindicato. No lo apoya ni lo toma en cuenta. Lideres o sindicatos dbiles. Representacin parcial de la base. Campo propicio para la infiltracin en problemas crticos. Preparacin sindical de la base es escasa Puede ser manejada por lo lideres externos El sindicato agradece a la empresa y buscara apoyo por fuera

La empresa no atiende sus relaciones obreropatronales La empresa no apoya ni a su sindicato ni a la base. La base har la que el sindicato decida

La empresa no tiene idea de cmo manejar sus problemas obreropatronales. El sindicato no tiene apoyo de la base La base se siente abandonada por su sindicato y por su empresa Se propicia cualquier tipo de infiltracin. en cualquier momento pueden surgir problemas graves. Cada elemento de las relaciones obrero-patronales se queja de los otros dos y se agreden entre s.

Problemas

La base desconfa del sindicato y la empresa La base impugna decisiones de los lideres y agreden a la empresa Lideres pierden a la base y se propicia la infiltracin. Falta la colaboracin de la base, puede llegar al tortuguismo

La empresa no puede influir en la base En asuntos crticos, el sindicato fijar las acciones a seguir. Alto volumen de quejas y conflicto abrero-patronales

Poco a poco, la unin de trabajadores se fue fortificando e hizo posible, mediante la firma de pactos de solidaridad y ayuda mutua, el nacimiento de mltiples comunidades de trabajo esparcidas por toda la republica, en las que estaban adheridas importantes plantas nacionales en la produccin de bebidas, alimentos, empaque, distribucin, comercio, transporte y educacin.

Los esquemas sindicales en los que surgi y creci la unin de trabajadores, ofrecan respuestas a organismos de trabajadores con economa cerrada. Ahora, en pleno siglo XXI, y con una economa totalmente de abierta y globalizada, la unin sigue siendo la punta de lanza del sindicalismo independiente y por ello a pugnado por la creacin de sindicatos industriales, gremiales, nacionales, federaciones y confederaciones de trabajadores.

Dado el crecimiento de la membresa a nivel nacional, promueve la creacin de autenticas comunidades con la vida activa sindical, mismas que proyectan la fuerza interna de sus principios, apartadas del poder poltico, responsables y preocupadas por lo que es el ser, el deber ser y la esencia de todo sindicato: velar por el mejoramiento integral de sus miembros.

Los sindicatos de trabajadores pueden ser: I. Gremiales, los formados por trabajadores de una misma profesin, oficio o especialidad;II. De empresa, los formados por trabajadores que presten sus servicios en una misma empresa; III. Industriales, los formados por trabajadores que presten sus servicios en dos o ms empresas de la misma rama industrial; IV. Nacionales de industria, los formados por trabajadores que presten sus servicios en una o varias empresas de la misma rama industrial, instaladas en dos o ms Entidades Federativas; y V. De oficios varios, los formados por trabajadores de diversas profesiones. Estos sindicatos slo podrn constituirse cuando en el municipio de que se trate, el nmero de trabajadores de una misma profesin sea menor de veinte.

As mismo Los sindicatos de patrones pueden ser: Los formados por patrones de una o varias ramas de actividades; y Nacionales, los formados por patrones de una o varias ramas de actividades de distintas Entidades Federativas

Los sindicatos tienen derecho a redactar sus estatutos y reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su administracin y sus actividades y formular su programa de accin. Tambin debern constituirse con veinte trabajadores en servicio activo o con tres patrones, por lo menos. Para la determinacin del nmero mnimo de trabajadores, se tomarn en consideracin aquellos cuya relacin de trabajo hubiese sido rescindida o dada por terminada dentro del perodo comprendido entre los treinta das anteriores a la fecha de presentacin de la solicitud de registro del sindicato y la en que se otorgue ste

Los sindicatos deben registrarse en la Secretara del Trabajo y Previsin Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliacin y Arbitraje en los de competencia local, a cuyo efecto remitirn por duplicado: I. Copia autorizada del acta de la asamblea constitutiva;II. Una lista con el nmero, nombres y domicilios de sus miembros y con el nombre y domicilio de los patrones, empresas o establecimientos en los que se prestan los servicios; III. Copia autorizada de los estatutos; y IV. Copia autorizada del acta de la asamblea en que se hubiese elegido la directiva. Los documentos a que se refieren las fracciones anteriores sern autorizados por el Secretario General, el de Organizacin y el de Actas, salvo lo dispuesto en los estatuto

El registro podr negarse nicamente: I. Si el sindicato no se propone la finalidad de: Sindicato es la asociacin de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses II. Si no se constituy con el nmero de miembros fijado en diapositivas anteriores y III. Si no se exhiben los documentos a que se refiere el artculo anterior. La Secretara del Trabajo y Previsin Social, una vez que haya registrado un sindicato, enviar copia de la resolucin a la Junta Federal de Conciliacin y Arbitraje El registro del sindicato y de su directiva, otorgado por la Secretara del Trabajo y Previsin Social o por las Juntas Locales de Conciliacin y Arbitraje, produce efectos ante todas las autoridades

El registro del sindicato podr cancelarse nicamente: I. En caso de disolucin; y II. Por dejar de tener los requisitos legales. Los estatutos de los sindicatos contendrn: I. Denominacin que le distinga de los dems; II. Domicilio; III. Objeto;

IV. Duracin. Faltando esta disposicin se entender constituido el sindicato por tiempo indeterminado;V. Condiciones de admisin de miembros; VI. Obligaciones y derechos de los asociados;

VII. Motivos y procedimientos de expulsin y correcciones disciplinarias. En los casos de expulsin se observarn las normas siguientes: a) La asamblea de trabajadores se reunir para el solo efecto de conocer de la expulsin. b) Cuando se trate de sindicatos integrados por secciones, el procedimiento de expulsin se llevar a cabo ante la asamblea de la seccin correspondiente, pero el acuerdo de expulsin deber someterse a la decisin de los trabajadores de cada una de las secciones que integren el sindicato. c) El trabajador afectado ser odo en defensa, de conformidad con las disposiciones contenidas en los estatutos. d) La asamblea conocer de las pruebas que sirvan de base al procedimiento y de las que ofrezca el afectado. e) Los trabajadores no podrn hacerse representar ni emitir su voto por escrito. f) La expulsin deber ser aprobada por mayora de las dos terceras partes del total de los miembros del sindicato.

g) La expulsin slo podr decretarse por los casos expresamente consignados en los estatutos, debidamente comprobados y exactamente aplicables al caso; VIII. Forma de convocar a asamblea, poca de celebracin de las ordinarias y qurum requerido para sesionar. En el caso de que la directiva no convoque oportunamente a las asambleas previstas en los estatutos, los trabajadores que representen el treinta y tres por ciento del total de los miembros del sindicato o de la seccin, por lo menos, podrn solicitar de la directiva que convoque a la asamblea, y si no lo hace dentro de un trmino de diez das, podrn los solicitantes hacer la convocatoria, en cuyo caso, para que la asamblea pueda sesionar y adoptar resoluciones, se requiere que concurran las dos terceras partes del total de los miembros del sindicato o de la seccin.

Cuestionario: Menciona 3 de los tipos de sindicatos de trabajadores ? R: Gremiales, De empresa, Industriales, Nacionales de industria, De oficios varios. De acurdo a la ley federal del trabajo, cual es la definicin de sindicato? R: es la asociacin de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

Con cuantos trabajadores deber contar un sindicato para ser creado ? R: con 20 trabajadores en servicio activo o con 3 patrones, como mnimo.Cuales son los estilos de relaciones de trabajo? R: Relacin dbil, Relacin Regular, Relacin fuerte, Relacin muy fuerte. El registro de sindicato puede cancelarse bajo que condiciones ? R: En caso de disolucin y por dejar de tener los requisitos legales.