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QU ES EL DESPIDO?

El despido es el acto por el cual el empresario da por finalizado un contrato de forma unilateral.

QU ES EL DESPIDO?

El despido es el acto por el cual el empresario da por finalizado un contrato de forma unilateral.

Hay varios tipos de despido: disciplinario, por causas tcnicas o por causas econmicas.

QU ES EL DESPIDO?

El despido es el acto por el cual el empresario da por finalizado un contrato de forma unilateral.

Hay varios tipos de despido: disciplinario, por causas tcnicas o por causas econmicas.

Est contemplado en el Art. 49 del Estatuto de los Trabajadores.

EL DESPIDO DISCIPLINARIO

Est regulado por el Art. 54 del Estatuto de los trabajadores.

EL DESPIDO DISCIPLINARIO

Est regulado por el Art. 54 del Estatuto de los trabajadores.

Es el tipo de despido que se produce cuando se comete alguna accin que el convenio colectivo o el estatuto de los trabajadores sanciona.

EL DESPIDO DISCIPLINARIO

Est regulado por el Art. 54 del Estatuto de los trabajadores.

Es el tipo de despido que se produce cuando se comete alguna accin que el convenio colectivo o el estatuto de los trabajadores sanciona.

Se debe realizar mediante carta de despido y no requiere de un preaviso (Art. 55)

EL DESPIDO DISCIPLINARIO

Est regulado por el Art. 54 del Estatuto de los trabajadores.

Es el tipo de despido que se produce cuando se comete alguna accin que el convenio colectivo o el estatuto de los trabajadores sanciona.

Se debe realizar mediante carta de despido y no requiere de un preaviso (Art. 55)

Se debe entregar liquidacin y carta de despido en el momento de la comunicacin.

DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS

Est regulado por el Art. 52 del Estatuto de los Trabajadores.

DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS

Est regulado por el Art. 52 del Estatuto de los Trabajadores.

Dentro de las causas se encuentra la ineptitud del trabajador, falta de adaptacin, despidos colectivos, faltas de asistencia o por falta de dotacin presupuestaria.

DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS

Est regulado por el Art. 52 del Estatuto de los Trabajadores.

Dentro de las causas se encuentra la ineptitud del trabajador, falta de adaptacin, despidos colectivos, faltas de asistencia o por falta de dotacin presupuestaria.

Como en el caso anterior, se requiere carta de despido y entrega de liquidacin en el despido.

DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS

Est regulado por el Art. 52 del Estatuto de los Trabajadores.

Dentro de las causas se encuentra la ineptitud del trabajador, falta de adaptacin, despidos colectivos, faltas de asistencia o por falta de dotacin presupuestaria.

Como en el caso anterior, se requiere carta de despido y entrega de liquidacin en el despido.

Se establece un periodo de preaviso de 15 das.

EFECTOS DEL DESPIDO

Despus de definir lo que es el despido.

Ahora explicaremos los distintos tipos de despidos que existen.

DESPIDO PROCEDENTE

Se entiende por despido procedente cuando un despido se realiza conforme a la Ley.

DESPIDO PROCEDENTE

Se entiende por despido procedente cuando un despido se realiza conforme a la Ley.

Sus efectos son que la liquidacin ofrecida al trabajador ser definitiva.

DESPIDO IMPROCEDENTE

Est regulado por el Art. 56 del Estatuto de los Trabajadores.

DESPIDO IMPROCEDENTE

Est regulado por el Art. 56 del Estatuto de los Trabajadores.

Cuando se incumple algn artculo del Estatuto de los Trabajadores, o bien se ha vulnerado algn otro Derecho del trabajador, el despido se considera improcedente.

DESPIDO IMPROCEDENTE

Est regulado por el Art. 56 del Estatuto de los Trabajadores.

Cuando se incumple algn artculo del Estatuto de los Trabajadores, o bien se ha vulnerado algn otro Derecho del trabajador, el despido se considera improcedente.

El empresario puede optar por readmitir al trabajador o ofrecerle una indemnizacin de 33 das por ao trabajador con un mximo de 24 meses.

DESPIDO IMPROCEDENTE

Si la antigedad del contrato o de la relacin laboral es anterior a febrero de 2012 (Reforma Laboral RD-Ley 3/2012) se debern abonar 45 das por ao trabajado hasta la fecha de entrada en vigor (11 de febrero de 2012)

DESPIDO NULO

El despido nulo debe ser sentenciado por un Tribunal en todo caso.

DESPIDO NULO

El despido nulo debe ser sentenciado por un Tribunal en todo caso.

Puede darse en varios supuestos:Discriminacin prohibida por la Constitucin o la Ley.

Durante algn periodo de suspensin protegido por el Estatuto de los Trabajadores

Trabajadoras embarazadas

Vctimas de violencia de gnero

Despus de reintegrarse al finalizar un periodo de suspensin.

DESPIDO NULO

Si se justifica, puede declararse despido no nulo, y por lo tanto improcedente.

TURNO DE PREGUNTAS

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FIN DEL HANGOUT

Gracias por su asistencia