1. Naturaleza y elección del Alcalde Municipal
El Alcalde Municipal es la máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Municipal. (Ley de Municipalidades Art. 43).
El Órgano Ejecutivo presidido por la Alcaldesa o el Alcalde
elegida o elegido mediante sufragio universal, por mayoría
simple, en lista separada de las candidatas y candidatos a
Concejalas y Concejales.(ART. 70. Ley 026 del Régimen
electoral)
Las Alcaldesas y los Alcaldes se elegirán en circunscripción
municipal, con sujeción al siguiente régimen básico:
a) Serán elegidas y elegidos en circunscripción única
municipal, por mayoría simple de votos válidos emitidos.
b) Serán postulados por organizaciones políticas de alcance
nacional, departamental o municipal.
c) Podrán ser reelectas o reelectos de manera continua por
una sola vez. (Ley 026 del Régimen Electoral, Art. 71)
2
2. Requisitos
Para ser candidata o candidato a Alcaldesa o Alcalde se requerirá
cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio
público, y:
Haber residido de forma permanente al menos los dos años
inmediatamente anteriores a la elección en el municipio
correspondiente.
Haber cumplido veintiún años.
El periodo de mandato de las máximas autoridades ejecutivas
de los gobiernos autónomos municipales es de cinco años, y
podrán ser reelectas o reelectos de manera continua por una
sola vez. (Art. 185. CPE)
3
2. Requisitos
Para acceder al desempeño de funciones públicas (Alcalde/Alcaldesa o
cualquier funcionario público municipal o general) se requiere:
Contar con la nacionalidad boliviana.
Ser mayor de edad.
Haber cumplido con los deberes militares.
No tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria
ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento.
No estar comprendida ni comprendido en los casos de prohibición y
de incompatibilidad establecidos en la Constitución.
Estar inscrita o inscrito en el padrón electoral.
Hablar al menos dos idiomas oficiales del país. (CPE. Art. 234)
Al respecto existe una reglamentación para que la aplicación de esta
disposición no sea inmediata.
4
2.1 Prohibiciones
Son prohibiciones para el ejercicio de la función pública
(aplicable al Alcalde y los demás funcionarios públicos
municipales):
I. Desempeñar simultáneamente más de un cargo público
remunerado a tiempo completo.
II. Actuar cuando sus intereses entren en conflicto con los de
la entidad donde prestan sus servicios, y celebrar
contratos o realizar negocios con la Administración Pública
directa, indirectamente o en representación de tercera
persona.
III. Nombrar en la función pública a personas con las cuales
tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad
y segundo de afinidad. (CPE. Art. 236)
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2.2 Inelegibilidad
No podrán acceder al cargo de Alcalde/Alcaldesa aquellas personas que
incurran en las siguientes causales de inelegibilidad:
Quienes ocuparon u ocupen cargos directivos en empresas o
corporaciones que tengan contratos o convenios con el Estado, y no
hayan renunciado al menos tres meses antes al día de la elección.
Quienes hayan ocupado cargos directivos en empresas extranjeras
transnacionales que tengan contratos o convenios con el Estado, y no
hayan renunciado al menos cinco años antes al día de la elección.
Quienes ocupen cargos electivos, de designación o de libre
nombramiento, que no hayan renunciado a éste, al menos tres meses
antes al día de la elección, excepto el Presidente y el Vicepresidente de
la República.
Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana en
servicio activo que no hayan renunciado al menos tres meses antes al
día de la elección.
Los ministros de cualquier culto religioso que no hayan renunciado al
menos tres meses antes al día de la elección. (CPE. Art. 238)
6
2.3 Incompatibilidad
Es incompatible con el ejercicio del cargo de Alcalde/Alcaldesa
y cargos en la función pública:
La adquisición o arrendamiento de bienes públicos a
nombre de la servidora pública o del servidor público, o de
terceras personas.
La celebración de contratos administrativos o la obtención
de otra clase de ventajas personales del Estado.
El ejercicio profesional como empleadas o empleados,
apoderadas o apoderados, asesoras o asesores, gestoras o
gestores de entidades, sociedades o empresas que tengan
relación contractual con el Estado. (CPE. Art. 239)
7
3. Revocatoria de Mandato
La revocatoria de mandato es el mecanismo constitucional a
través del cual el pueblo soberano decide, mediante sufragio
universal, sobre la continuidad o el cese de funciones de las
autoridades elegidas por voto ciudadano. La revocatoria del
mandato es el derecho del electorado a destituir del cargo a un
funcionario antes de que concluya el período de su mandato.
Se aplica a todas las autoridades electas por voto
popular, titulares y suplentes, a nivel nacional, departamental,
regional o municipal. No procede respecto de las autoridades del
Órgano Judicial ni del Tribunal Constitucional Plurinacional.
8
3. Revocatoria de Mandato
El Alcalde/Alcaldesa podrá ser revocada de su mandato, de acuerdo con
la ley.
La revocatoria del mandato podrá solicitarse cuando haya transcurrido
al menos la mitad del periodo del mandato. La revocatoria del mandato
no podrá tener lugar durante el último año de la gestión en el cargo.
El referendo revocatorio procederá por iniciativa ciudadana, a solicitud
de al menos el quince por ciento de votantes del padrón electoral de la
circunscripción que eligió a la servidora o al servidor público.
La revocatoria del mandato de la servidora o del servidor público
procederá de acuerdo a Ley.
Producida la revocatoria de mandato el afectado cesará.
inmediatamente en el cargo, proveyéndose su suplencia conforme a ley.
La revocatoria procederá una sola vez en cada mandato constitucional
del cargo electo. (CPE. 240)
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4. Suplencia y Renuncia
La suplencia temporal de la máxima autoridad
ejecutiva de un gobierno autónomo municipal
corresponderá a un miembro del Concejo Municipal
de acuerdo a la Carta Orgánica Municipal.
En caso de renuncia o muerte, inhabilidad permanente
o revocatoria de la máxima autoridad ejecutiva de un
gobierno autónomo municipal, se procederá a una
nueva elección, siempre y cuando no hubiere
transcurrido la mitad de su mandato. En caso
contrario, la sustituta o sustituto será una autoridad
ya electa definida de acuerdo a la Carta Orgánica
Municipal.
10
4.1 Suspensión del Alcalde
Suspensión Temporal del Alcalde Municipal
El Alcalde Municipal será suspendido temporalmente del ejercicio de sus funciones y las de Concejal, por existir en su contra auto de procesamiento ejecutoriado. La suspensión persistirá durante toda la substanciación del proceso para asumir su defensa. También procede la suspensión temporal en los casos contemplados en la Ley Nº 1178 y sus Reglamentos, cuando corresponda.
Procederá su restitución o reincorporación en el cargo de Alcalde Municipal en caso de sentencia absolutoria o declarativa de inocencia.
Suspensión Definitiva y Pérdida de Mandato. El Alcalde Municipal perderá el mandato siendo destituido y suspendido definitivamente como Concejal, cuando exista en su contra sentencia condenatoria ejecutoriada a pena privativa de libertad, pliego de cargo ejecutoriado o sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil contra el Estado o en los casos contemplados en la Ley Nº 1178 y sus Reglamentos, cuando corresponda.
11
5. Competencias del Alcalde
1. Representar al Gobierno Municipal;
2. Presentar a consideración del Concejo proyectos de Ley y Ordenanzas Municipales;
3. Promulgar, en el plazo máximo de diez (10) días calendario, toda Ley y Ordenanza Municipal aprobada por el Concejo. En caso de existir observaciones sobre la misma, deberá representarlas dentro de dicho plazo;
4. Ejecutar las decisiones del Concejo y, para este efecto, emitir y dictar Resoluciones;
5. Determinar las estrategias y otros aspectos del Municipio mediante Resoluciones y darlas a conocer al Concejo Municipal;
6. Designar y retirar a los Oficiales Mayores y personal administrativo;
7. Supervisar por la eficiente prestación de servicios a la comunidad;
12
5. Competencias del Alcalde
8. Planificar, organizar, dirigir y supervisar las labores del Órgano Ejecutivo;
9. Elaborar y elevar ante el Concejo para su consideración y aprobación, el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial con sus normas y reglamentos, asegurando su elaboración participativa y su coordinación y compatibilidad con los planes y programas de desarrollo departamental y nacional, para su aprobación, dentro de los noventa (90) días de gestión;
10.Elaborar y elevar ante el Concejo Municipal, para su consideración y aprobación, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal;
11.Elaborar y elevar ante el Concejo, para su consideración y aprobación mediante Ordenanza Municipal, el Plan de Uso de Suelo de su respectiva jurisdicción;
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5. Competencias del Alcalde
12.Ejecutar los planes, programas y proyectos de desarrollo humano sostenible, aprobados por el Concejo, pudiendo para ello suscribir contratos y realizar negocios jurídicos en general;
13.Garantizar que aquellas áreas calificadas de riesgo para la construcción, no sean ocupadas con fines de vivienda ni equipamiento;
14.Presentar informes periódicos ante el Concejo sobre la ejecución de los diferentes planes, programas y proyectos, así como responder a los pedidos de informes escritos u orales que, en cumplimiento a las tareas de fiscalización, requieran los concejales de conformidad con los plazos y modalidades establecidas en el Reglamento Interno del Concejo Municipal;
15.Elaborar los proyectos de Ley/Ordenanzas de Tasas y Patentes;
14
5. Competencias del Alcalde
16.Elaborar y proponer al Concejo Municipal, para su aprobación y remisión al Poder Ejecutivo, los planos de zonificación y valuación zonal, tablas de valores según calidad de vía del suelo y la delimitación literal de cada una de la zonas detectadas por el proceso de zonificación;
17.Administrar el catastro urbano y rural en forma directa o darlo en concesión a terceros, previa autorización del Concejo, de acuerdo con normas catastrales y técnico-tributarias emitidas por el Poder Ejecutivo;
18.Elaborar y aplicar los reglamentos específicos para implantar e institucionalizar los procesos de Administración y de Control Gubernamentales, en el marco de las Normas Básicas respectivas;
19.Ejecutar las expropiaciones aprobadas por el Concejo Municipal, conforme a Ley;
15
5. Competencias del Alcalde
20.Solicitar el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir las Leyes Ordenanzas, Resoluciones y disposiciones municipales;
21.Establecer, previa aprobación del Concejo, empresas públicas o mixtas para la prestación de servicios directos por la Municipalidad;
22.Presidir los consejos de administración o los directorios de las empresas, con facultad de delegar su representación en otros funcionarios de jerarquía;
23.Aplicar el Reglamento de Honores, distinciones, premios y condecoraciones municipales;
24.Promover, gestionar e impulsar el desarrollo económico, social y cultural del Municipio;
25.Poner a disposición de la autoridad competente los estados financieros y la ejecución presupuestaria de la gestión anterior, debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 1178 ;
16
5. Competencias del Alcalde
26.Informar al Concejo Municipal y poner a disposición del público, al menos al cuarto y octavo mes del año, los avances del Programa Operativo Anual y la ejecución presupuestaria; y de forma anual sobre la ejecución del Plan de Desarrollo Municipal;
27.Designar a los Subalcaldes Municipales urbanos y rurales como responsables administrativos del Distrito Municipal;
28.Proponer al Concejo la creación de Distritos Municipales en aquellos lugares donde existan una unidad étnica socio – cultural, productiva y económica;
29.Elaborar los manuales de organización, funciones, procedimientos y organigrama, para su aprobación por el Concejo;
30.Difundir y publicar, al menos una vez al año, sus informes de gestión, tanto en lo que a ejecución física como financiera se refiere, por los medios de comunicación del Municipio;
17
5. Competencias del Alcalde
31.Sancionar a las personas individuales y colectivas, públicas o privadas que infrinjan las disposiciones de preservación del Patrimonio Nacional, dominio y propiedad públicas, uso común, normas sanitarias básicas, de uso del suelo, medio ambiente, protección a la fauna silvestre, animales domésticos, elaboración, transporte y venta de productos alimenticios para consumo humano y animal, así como los productos destinados al cultivo vegetal prohibidos, de acuerdo con el Reglamento. Asimismo podrá sancionar de manera concurrente con los órganos de la administración central y las Superintendencias Sectoriales las infracciones a normas municipales, nacionales y sectoriales;
18
5. Competencias del Alcalde
32. Ordenar la demolición de los inmuebles que no cumplan
con las normas de servicios básicos, de uso del suelo, subsuelo y sobresuelo, normas urbanísticas y normas administrativas especiales, por sí mismo o con la cooperación de las autoridades nacionales centrales, departamentales y reguladoras; así como la reasignación del uso del suelo que corresponda;
33. Suscribir contratos en nombre del Gobierno Municipal de acuerdo con lo establecido en la presente Ley;
34. Solicitar al Concejo licencia por ausencia temporal a efectos de la designación del Alcalde Municipal Suplente, de conformidad con el procedimiento establecido por el Reglamento General del Concejo Municipal; y
35. Informar por escrito al Comité de Vigilancia, sobre el manejo de recursos y movimiento económico de la Alcaldía.
19
6. El Alcalde/sa municipal en el MGMP
Dimensiones de la Gestión del
Ejecutivo Municipal
Dimensión de la gestión política
Dimensión de la gestión técnico
administrativa
20
El Alcalde/sa Municipal debe ejercer simultáneamente un doble rol:
el de POLITICO, con ideología y un proyecto concreto de
transformación integral de la realidad del municipio (social, económica,
cultural, medio ambiental), que interactúa con los otros actores
políticos (sociedad, partidos políticos, concejo municipal, gobiernos
nacional, departamental, etc.)
TÉCNICA ADMINISTRATIVA, reflejada en la toma de decisiones
técnica y administrativa en la prestación de bienes y servicios
municipales y administración de los recursos financieros, físicos,
materiales y humanos de la municipalidad. Los objetivos que se buscan
en esta dimensión son: la eficacia, eficiencia, economía, calidad,
cobertura, efectividad, oportunidad, pertinencia, en la prestación de los
bienes y servicios municipales.
21
6. El Alcalde/sa municipal en el MGMP
6. El Alcalde/sa Municipal en el MGMP
GOBERNABILIDAD MUNICIPAL:
Dimensión POLITICA : la LEGITIMIDAD (atender y
satisfacer las necesidades, demandas y aspiraciones de la sociedad)
Diálogo, deliberación, logro de acuerdos permanentes
con la ciudadanía
Respuesta eficiente y oportuna a sus demandas y
aspiraciones
Participación de la ciudadanía en las decisiones de
política pública.
Permanente comunicación sobre el uso de recursos.
Gestión municipal participativa con los actores sociales,
económicos, culturales, niños, adultos mayores, mujeres,
actores funcionales y territoriales, en la definición de la visión
de desarrollo, la formulación del PDM y los POAs,
Encuentros de Decisiones Concurrentes de rendición de
cuentas.
22
6. El Alcalde/sa municipal en el MGMP
GOBERNABILIDAD MUNICIPAL:
DIMENSIÓN TECNICO ADMINISTRATIVA: EFICACIA
(Uso adecuado de los recursos humanos, tecnológicos,
organizacionales y financieros para el logro de objetivos)
GESTIÓN ESTRATÉGICA – GESTION OPERATIVA:
diagnóstico integral
ventajas comparativas y competitivas del municipio
ejes estratégicos, red de objetivos e indicadores de eficacia,
eficiencia, costo y tiempo,
programa de inversión, presupuestos plurianuales y anuales,
aplicación de normas y principios de organización
administrativa y personal,
criterios para lo provisión de servicios público
administración de bienes y servicios tesorería y contabilidad
mecanismos de control interno,
Coordinación con el Concejo Municipal y la sociedad en su
conjunto.
23
6. El Alcalde/sa municipal en el MGMP
En el MGMP, el Alcalde sabe que para satisfacer las
necesidades de sus representados no basta con
invertir sus recursos en aumentar la oferta de bienes y
servicios de consumo colectivo, debe también, a
través de la inversión municipal, crear condiciones
propicias para que los inversores, empresarios y
productores produzcan más y de manera competitiva.
24
6. El Alcalde/sa municipal en el MGMP
El MGMP crea las condiciones para hacer de un
Ejecutivo Municipal un actor visionario de su
Municipio, articulando, de manera efectiva, a su
Municipio Autónomo con el resto del país.
El MGMP crea condiciones para que el Ejecutivo
Municipal aproveche los beneficios de los espacios
intermunicipales.
25
El EM orienta sus acciones a través de:
◦ la Gestión de la Participación Ciudadana,
◦ la Gestión Estratégica, y
◦ la Gestión Operativa.
26
6. El ejecutivo municipal en el MGMP
6.1Gestión de la Participación Ciudadana
La base de la gestión política del Alcalde Municipal
es la participación ciudadana, con esta y en forma
dialéctica construye el proyecto político de
transformación del municipio,
Operativiza en el Plan de Desarrollo Municipal y
los planes sectoriales municipales (salud,
educación, urbano, productivos, etc.) y
Mediante la incorporación de las demandas,
necesidades y aspiraciones de la sociedad en los
POAs y presupuestos municipales mediante las
Cumbres , los EDAs y los EDCs.
27
6.2 Gestión Estratégica
Dirección Estratégica = orientación que debe seguir la institución (Municipalidad) en su conjunto a mediano y largo plazo. Sus instrumentos son:
- El Plan de Desarrollo Municipal
- El Plan Estratégico Institucional
- Los planes sectoriales estratégicos
- Los planes de uso de suelos
Los proyectos y programas estratégicos
El programa de inversión plurinaual
El presupuesto municipal plurinanual
28
II. Gestión Estratégica PRINCIPIOS Y ELEMENTOS:
29
E.M.
Integralidad e
Institucionalidad
Realidad
Objetiva
Visión
Coordinación de
Políticas Públicas
GESTIÓN
ESTRATÉGICA
6.3 Gestión Operativa
Gestión Operativa = Es la definición de objetivos
de gestión, de resultados concretos, de los
productos (bienes y servicios municipales), de los
proyectos de preinversión e inversión a ejecutarse
en la gestión.
La gestión operativa es de naturaleza legal, técnica
y administrativa.
Sus instrumentos son el POA y el Presupuesto, los
procesos técnicos y los sistemas administrativos.
30
6.3 Gestión Operativa MODELO DE GESTIÓN OPERATIVA
Bases de la Gestión Operativa:
PDM (Resultado de la Planificación
Estratégica)
SISTEMAS PARA PROGRAMAR Y
ORGANIZAR (POA, Presupuesto,
Organización Administrativa)
31
III. Gestión Operativa PROCESO:
32
Gestión
Municipal
Participativa
1. Fines
Misión
2. Proyecto
Político
3. Demandas
4. Interdependencias
PDM
(Proceso)
POA
(Proceso)
Organización
Relaciones
Estructura
Procedi
mientos
R
E
S
U
L
T
A
D
O
S
6.3 Gestión Operativa MODELO DE GESTIÓN OPERATIVA
Servicios Externos
Son los servicios que presta la Municipalidad
a la ciudadanía, en función a las atribuciones
establecidas por Ley:
• Desarrollo Humano
• Desarrollo Economico
• Desarrollo Urbano
• Desarrollo Sostenible
• Desarrollo social cultural
33
6.3 Gestión Operativa Servicios Internos:
Son los servicios prestados entre
unidades de la estructura municipal,
asumiendo que cada unidad es “cliente
interno” de otra y a su vez “proveedor”
de otra unidad.
Los Trámites Administrativos son los medios
de relacionamiento entre las unidades.
35
6.3. Gestión Operativa Servicios Internos:
Los Instrumentos claves son el POA, PAC,
Programación física financiera
Involucran los SISTEMAS PARA EJECUTAR: • Sistemas de Administración No financieros (SABS,
SAP)
• Ingresos y Egresos (Tesorería , Crédito Público,
contabilidad)
• Sistemas de información.
• Procesos y procedimientos
• Control Interno
36
6.3 Gestión Operativa Control Interno:
Cuyo objetivo es mejorar la eficiencia en la
captación y uso de los recursos públicos y en
las operaciones de la Municipalidad; la
confiabilidad de la información, procedimientos
para la rendición de cuentas oportuna de los
resultado de la gestión y la capacidad para
impedir o identificar y comprobar el manejo
inadecuado de los recursos de la Municipalidad.
37
7. EL ROL DE LA MUNICIPALIDAD EN EL
DESARROLLO HUMANO SUSTENTABLE
EL SECRETO DE UN BUEN GOBIERNO LOCAL:
El alcalde y sus equipos de trabajo actúan como emprendedores
sociales
Los recursos humanos constituyen un componente clave de la
efectividad municipal
Los recursos financieros se ven maximizados en su buen uso
mediante la planificación
la participación ciudadana, que involucra a todos:
organizaciones comunitarias, ONGs, Fundaciones, empresas
privadas y otras entidades públicas y sociales presentes en la
localidad.
Resultados: mejores servicios; nuevas obras e inversiones;
adecuadas normas y regulaciones; y, acilitación e impulso
de un desarrollo humano y sustentable que abarca los
campos económico, social, cultural y ambiental.
38
8. LA FUNCIÓN PRINCIPAL DE UN
GOBIERNO LOCAL ES DINAMIZAR EL
DESARROLLO DE SUS COMUNIDADES
Las funciones clásicas de la municipalidad han sido las de construir
obras de infraestructura; administrar y proveer servicios
básicos y normar o regular el desarrollo local.
Sin embargo es más importante en el impulso del
desarrollo, concebido este como una integridad
Los gobiernos locales deben jugar un rol activo en el
desarrollo., debe contribuir a crear un ambiente
económico, social y político propicio para un
desarrollo humano sustentable.
Debe ser orientadora, promotora y facilitadora para la
acción mancomunada de los diversos agentes sociales locales.
39
8.1 Una preocupación central erradicación
de la pobreza
LAS CAUSAS DE LA POBREZA. Macrosociales
Economía tradicional, de lento crecimiento, junto a un
fuerte crecimiento demográfico.
Mala distribución de la riqueza y el ingreso
Desempleo crónico y/o subempleo
Servicios básicos de mala calidad
Insuficiente poder político y organizacional de los
pobres
Pertenencia a etnias minoritarias
40
8.1 Una preocupación central erradicación
de la pobreza
LAS CAUSAS DE LA POBREZA. Microsociales
Cultura de la pobreza o "síndrome de la
desesperanza aprendida“
modelos familiares inadecuados
deficiencias físicas o sicológicas
41
8.1 Una preocupación central erradicación
de la pobreza
POLÍTICAS DE ERRADICACIÓN DE LA POBREZA
Crecimiento de la economía
Política focalizada de subsidios
Mejora de la extensión y calidad de los servicios de salud
pública
Políticas de educación general y técnica de los jóvenes y
capacitación de la fuerza de trabajo no calificada
Apoyo a la organización social y desarrollo de iniciativas
de mujeres y jóvenes
Programas de apoyo a la microempresa
Programas de apoyo a la vivienda social
Incremento de la motivación positiva y difusión de valores
positivos para niños y adolescentes
42
8. Erradicación de la pobreza
POLÍTICAS DE ERRADICACIÓN DE LA POBREZA
◦ Uno de los mejores modos de luchar contra la
pobreza es dinamizar la economía local de modo de
incrementar los empleos productivos y elevar los
ingresos familiares.
El desarrollo económico supone la existencia de una cultura
emprendedora y una formación técnica
Infraestructura
Financiamiento
Investigación y acceso a mercados
43
8. Erradicación de la pobreza y
preservación del medio ambiente
ordenamiento de tierras se puede definir zonas agrícolas y
forestales preservando áreas de paisaje, históricas y de naturaleza
no reemplazable.
Normas de construcción que hacen más eficiente el uso de la
energía, agua y el manejo de desechos.
Incentivar el uso de energías alternativas como energía solar,
eólica, biomásica o geotérmica.
normas de calidad del agua potable; monitorear el agua de
vertientes; control de contaminacion; delimitar las áreas de
protección de pozos; normas de buen uso del agua potable y
de regadío.
Saneamiento y manejo de aguas servidas
44
8. Erradicación de la pobreza y
preservación del medio ambiente
Manejo de desechos sólidos
Monitoreo ambiental y evaluación de proyectos
Prohibir el uso de materiales peligrosos. Limitar el uso
indiscriminado y mejorar el manejo de fertilizantes y
pesticidas,.
Conservación y protección del hábitat natural
45
Preservación de la Cultura
Programa de ordenamiento y valorización de su ciudad,
rescate de la arquitectura urbana
Protección del patrimonio urbanístico local
Museo arqueológico
Concurso de comida típica,
Conciertos de música clásica al aire libre
Tradición oral
Mercados especializados de artesanía local.
Teatro callejero y la presentación de artistas locales.
Estrategia para el rescate y defensa de la cultura local.
46
El desarrollo necesita de una buena
conducta cívica
la mejor estrategia de desarrollo local es aquella que
involucra positivamente a la gente.
mantener limpia la ciudad
respeto de las normas del tránsito,
pago de los tributos locales
cuidado del medio ambiente
empresa de transporte público con un sistema de
paraderos fijos.
Respeto a peatones en cruce, de calles, en el que autos
y buses se detienen sin que medie semáforo ni policía
alguno
47
GERENCIA PÚBLICA, LIDERAZGO Y
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Buena dirección y la alta motivación del personal, y
Liderazgo carismático, la tradición de acción colectiva y la
responsabilidad de la comunidad entre los elementos
explicativos del éxito.
Tras una buena administración local hay un alcalde
excelente rodeado de un buen equipo de colaboradores.
Voluntad irrenunciable de conseguir resultados.
Probidad –honradez- y la capacidad negociadora
Ponerse la camiseta
Proveedor de los bienes públicos
El gerente público, entonces, debe ser un organizador de la
cooperación entre agentes institucionales y sociales
diversos. Entre el sector público, el sector privado social
48
GERENCIA PÚBLICA, LIDERAZGO Y
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
El buen gerente utiliza estilos de dirección adaptados a las
circunstancias; no obstante, por sobre todo actúa como líder
que dirige con el ejemplo...
49
Cuadro 4: LOS SECRETOS DEL BUEN ALCALDE
1) Concibe a la municipalidad como gobierno local facilitador del desarrollo
humano y sustentable de su comunidad.
2) Asume nuevas tareas del desarrollo local como crecimiento económico,
erradicación de la pobreza, rescate de la cultura, preservación del medio
ambiente...
3) Más que administrar, gerencia la municipalidad y lidera a su comunidad.
4) Organiza y motiva a sus equipos de trabajo, estimulando el "efecto
sinérgico ".
5) Mejora sus habilidades para comunicarse, usar su tiempo y delegar.
6) Desarrolla destrezas para negociar y movilizar recursos públicos y
privados.
7) Compatibiliza las acciones de corto plazo (microplanificación) con una
estrategia de desarrollo de largo plazo (plan de desarrollo) con
participación de la comunidad.
8) Capacita a los recursos humanos y mejora la conciencia cívica de la
comunidad.
9) Coordina el gobierno central y establece alianzas de trabajo con el sector
privado.
10)Incorpora a la municipalidad al movimiento asociativo municipal nacional e
internacional 50
GERENCIA PÚBLICA, LIDERAZGO Y
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
Un gerente público debe organizar equipos de
trabajo, que integren a colaboradores nuevos y
funcionarios antiguos, y saber motivarlos...
gerente público interno: "ser capaz de cumplir con la
norma burocrática inevitable sin sucumbir ni desesperar ante
ella, tener gran creatividad e imaginación para buscar
espacios y recursos para sus propias iniciativas productivas,
pero sobre todo, no perder de vista la finalidad institucional
central que consiste en servir a la ciudadanía,
particularmente a los grupos más pobres".
El propósito fundamental de la gerencia pública local es
facilitar la participación de la comunidad y de sus
diversas organizaciones...
51
CONSTITUCION DE EQUIPOS DE
TRABAJO MOTIVADOS Y EFICIENTES
Cambio de actitudes, valores y conductas
i) Seleccionar los mejores recursos humanos;
ii) Integrar, motivar y formar equipos de trabajo;
iii) Fijar las metas de trabajo de modo participativo;
iv) Estimular la creatividad y la responsabilidad, concediendo
autonomía de operación;
v) Recompensar, capacitar, dar seguridad y oportunidades de
progreso;
vi) Apoyarse en la comunidad y en los recursos humanos
locales.
52
CONSTITUCION DE EQUIPOS DE
TRABAJO MOTIVADOS Y EFICIENTES
Seleccionar a las personas adecuadas mediante una buena
descripción de cargos, un procedimiento objetivo de selección y la
búsqueda de la motivación del logro...
definir con claridad el tipo de persona que se busca mediante una
buena descripción de las habilidades técnicas y humanas .
Definir características de personalidad relevantes como actitudes
positivas deseadas, capacidad de integrarse y de aprender.
Personas capaces de integrarse a un equipo de trabajo, con
aptitudes polifuncionales y de adaptación.
Utilizar procedimientos objetivos de selección,
El uso de concursos públicos, test de aptitudes, análisis de historias
de vida (curriculum), de entrevistas objetivas o el período de
prueba.
buscar gente que posea capacidad de aprendizaje y alta motivación
al logro,
53
Integrar, motivar, formar equipos
hay que integrar al personal a la institución. . Una sesión de presentación
es siempre conveniente.
Mantener alta la motivación del personal, actuando con el ejemplo.
Explique al personal cuáles son sus buenos motivos,
Apoye las buenas ideas e iniciativas,
Esfuerzos para mejorar la información interna.
Es necesario organizar al personal en función de los liderazgos y
compatibilidades naturales, de las afinidades técnicas y humanas, para que
rindan adecuadamente.
Desarrollar valores claves que sean síntesis y consignas del quehacer
municipal. Ideas como la participación ciudadana, la lucha contra la
pobreza, el desarrollo económico local, la defensa del medio ambiente, la
promoción de la cultura, la vocación de servicio, la democracia
participativa, la calidad del servicio público, son, entre otros valores
propios del quehacer municipal
54
Fijar objetivos de modo participativo; es decir,
establecer conjuntamente metas claras, concretas y
exigentes... Luego, verificar los resultados
Conceder autonomía a la creatividad, estimular
la iniciativa y fomentar la responsabilidad...
Gratificar, capacitar, dar seguridad y
oportunidades de progreso.
Apoyarse en la comunidad y su mejor gente,
esto es, utilizar la gran cantera de reserva de los
recursos humanos locales.
55
Integrar, motivar, formar equipos
Ley SAFCO - Ley de Municipalidades Sistema de Administración de Personal
PROGRAMACIÓN DE PUESTOS
62. Cuantificación de la Demanda de Personal
63. Valoración de Puestos y Remuneración
DOTACIÓN DE PERSONAL
64. Reclutamiento y Selección de Personal
44.6 Alcalde designa y retira a los Oficiales Mayores y personal adm.
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
66. Evaluación del Desempeño
70. Inventivos o Motivación
71. Sanciones
CAPACITACIÓN 69. Programa de capacitación
RETRIBUCIÓN 56.1 Sistema especial alcalde, concejales
57. Publicación de la retribución
65. Prohibición y sanciones 56
Ley SAFCO - Ley de Municipalidades Sistema de Administración de Personal
MOVILIDAD FUNCIONARIA
67. Permanencia, movilidad y retiro
68. Promoción
72. Retiro
74. Supresión del cargo
75. Prohibición de retiro discrecional
REGISTRO 73. Registro
REGLAMENTOS Y MANUALES
76 Cada Gobierno Municipal aprobará su Reglamento específico del Sistema de Administración de Personal, su Reglamento Interno y Manuales e Instrumentos que regulen la función pública procurando la eficiencia de los servidores públicos municipales.
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Ley SAFCO - Ley de Municipalidades Sistema de Administración de Bienes y
Servicios
CONTRATACION 115.IV Licitaciones conforme a Ley
44.12, 44.33 115.1 Alcalde suscribe contratos
12.11 CM aprueba contratos
PROHIBICIONES EN CONTRATACIONES
30.2 , 30.3 Concejales
118.II Funcionarios, ex-funcionarios Directiva del Comité de Vigilancia sea directamente o por interpósita persona, con los cónyuges, ascendientes, descendientes o parientes colaterales de aquellos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad
MANEJO DE BIENES
132. Exento pago inscripción derechos reales
t.8 Terrenos baldíos propiedad municipal
t.9 Inventariación, clasificación registro técnico. 58
Ley SAFCO - Ley de Municipalidades Sistema de Administración de Bienes y
Servicios
DISPOSICION DE BIENES
12.13 CM aprueba 2/3 enajenación de bienes
86.II Tramitar ante el Poder Legislativo
89.II de empresas municipales tramitar ante el Poder Legislativo.
94. El Gobierno Municipal no podrá donar los bienes inmuebles sujetos al régimen jurídico privado
115.III. La prestación de obras y servicios públicos o la explotación de bienes de propiedad municipal que no se efectúen en forma directa por el Gobierno Municipal, serán objeto de concesión, otorgada previa licitación pública, conforme a disposiciones legales en vigencia y con la aprobación de 2/3 del CM 59
Ley SAFCO - Ley de Municipalidades Sistema de Tesorería y Crédito Público
COMPETENCIAS FINANCIERAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL
8. III. EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA: 1. Recaudar y administrar los ingresos municipales de carácter tributario y no tributario;
2. Ingresos otorgando concesiones de uso y disfrute de servicios, obras y explotaciones en el área de su jurisdicción;
3. Ingresos otorgando concesiones de uso y disfrute de la propiedad pública municipal;
4. Recaudar las rentas generadas por el uso común de la propiedad inmueble pública municipal;
7. Administrar el Registro y Padrón de contribuyentes, en base al Catastro Urbano y Rural;
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Ley SAFCO - Ley de Municipalidades Sistema de Tesorería y Crédito Público
HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL
96. Conjunto de normas y procedimientos que regulan la administración de los recursos
municipales. RECURSOS MUNICIPALES
100. Tributarios y no tributarios
90. Inversión en valores financieros
111 Inversión en empresas municipales
CREDITO PUBLICO
91. EMISION DE DEUDA PUBLICA.
115.II CONTRATOS EN GRAL. Aprobación previa del C.M.
12.14, 116. EMPRESTITOS Aprueba CM
12.12 CM aprueba la emisión o compra de Títulos y valores
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Ley SAFCO - Ley de Municipalidades
Sistema de Contabilidad Integrada
CARACTERÍSTICAS 110. Se regirá por los principios de Contabilidad Integrada y Gubernamental
EJECUCIÓN FINANCIERA Y REGISTRO
44.12 Alcalde ejecuta los planes
54.7 Sub-alcalde Administra los recursos asignados
REVISIÓN Y APROBACIÓN DE REGISTROS
12.8 Concejo Municipal
REQUISITO LEY 1178
44.25 Poner a disposición de la CGE Y CGR los estados financieros
TRANSPARENCIA 44.35 Informar al C.V.
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Ley SAFCO - Ley de Municipalidades
Sistema de Control
CONTROL INTERNO 44.8 Alcalde Municipal
44.7 Alcalde supervisa prestación de servicios
171 Auditoría Interna
PROHIBICIONES OBLIGACIONES DEL E.M.
65. Prohibición y Sanción. Contratación y despido de personal.
66. Evaluación de desempeño
FISCALIZACION DEL CONCEJO
8. Revisar, aprobar o rechazar el informe de ejecución del Programa de Operaciones Anual, los estados financieros, ejecución presupuestaria y la memoria correspondiente a cada gestión anual, presentados por el Alcalde Municipal, dentro de los tres (3) primeros meses de la siguiente gestión;
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Ley SAFCO - Ley de Municipalidades
Sistema de Control
FISCALIZACION DEL CONCEJO
16. Fiscalizar las labores del Alcalde Municipal y, en su caso, disponer su procesamiento interno por responsabilidad administrativa; sancionarlo en caso de existir responsabilidad ejecutiva y remitir obrados a la justicia ordinaria en los casos de responsabilidad civil o penal, constituyéndose en esta última situación en parte querellante;
17. Convocar o solicitar al Alcalde Municipal informes de su gestión;
18. Fiscalizar, a través del Alcalde Municipal, a los Oficiales Mayores, Asesores, Directores y personal de la administración municipal, así como a los directorios y ejecutivos de las Empresas Municipales;
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Ley SAFCO - Ley de Municipalidades
Sistema de Control
FISCALIZACION DEL CONCEJO
172. Evaluación de la ejecución presupuestaria
173. Acciones de Fiscalización: minutas y peticiones de informe, orales o escritos, sujetos a Reglamento Interno.
112 Gob. Mpal. Fiscaliza empresas mpales.
CONTROL SOCIAL
44.35 Alcalde informa al CV
146.3 Ciudadanos exigen buen funcionamiento de los servicios
150 CV: IV. Pronunciamiento POA-ppto
V. Nivel de gasto corriente
VI Pronunciamiento semestral
169.II congelamiento de fondos
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Ley SAFCO - Ley de Municipalidades
Sistema de Control
FISCALIZACION DEL PODER LEGISLATIVO
169.1 Congreso Nacional
CONTRO FISCAL 170. Contraloría General de la República
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Ley SAFCO - Ley de Municipalidades
Régimen de Responsabilidades
INFORMES CGR 12.27 CM considera los informes y ejecuta sus disposiciones
TIPOS DE RESPONSABILIDAD
174. Responsabilidad Administrativa
175. Responsabilidad Ejecutiva
176. Responsabilidad Civil
177. Responsabilidad Penal
178. Responsabilidad por omisión
OBLIGACIONES INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES CM
26. Incompatibilidades
29.7 Declaración jurada de bienes
30. Intervenir en decisiones, celebrar contratos, usar influencia.
113. Concejales, conjuyes, parientes no directorio, gerentar empresas mpales.
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