Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
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Abiertos de Prórroga del plazo identificados en la Cláusula Primera de este contrato, de acuerdo al
anexo de detalles de productos adjunto. A) VIGENCIA EL CONTRATO: La vigencia del Contrato
Original se prorroga por el plazo de tres (3) meses, contados a partir del diecinueve (19) dé
mayo de dos mil doce (2012) al dieciocho (18) de al/esto de dos mil doce 2012', bajo lá
condición que en caso se celebre un nuevo Concurso Nacional de Oferta de Precios sobre los mismos
bienes que se establecieron en el Concurso Nacional de Oferta de Precios indicado anteriormente y
se pactaron según el contrato original, se tendrá por finalizado el plazo de los contratos que por este
acto se autoriza su prórroga, al momento de suscribirse los nuevos contratos, fecha hasta la cual se
extienden todos los efectos del mismo; B) P ECIOS, CALIDADES Y CARACTERÍSTICAS DE
LOS BIENES: Para la presente prórroga del plazo siguen rigiendo los precios, calidades y
características de los bienes a suministrar por parte de "EL PROVEEDOR", que se detallan en el
listado de especificaciones de productos a ofertar, los cuales forman parte de este instrumentó
contractual. CUARTA: DE LAS DEMÁS CONDICIONES EL CONTRATO A IERTO OBJETO E
LA P ESENTE PRÓRROGA DEL PLAZO: Ambas partes acordamos que las condiciones de
Contrato Abierto Original, permanecen inalterables hasta la finalización de la vigencia del plaz o
indicado en este Contrato. Queda entendido que "EL PROVEEDOR" deberá ampliar el plazo de la
póliza de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, hasta la vigencia de éste. 1) FECHAS DE
ENTREGA DE LOS SERVICIOS: La entrega de los servicios se hará de conformidad con lo
establecido en las bases que rigieron el evento. Sin embargo, con el objeto de optimizar, agilizar y
eficientizar la entrega de los servicios y evitar un desabastecimiento de los mismos, de común
acuerdo la Unidad Ejecutora y el proveedor pueden establecer plazos menores para dicha entrega,
2) DE LAS CANTIDADES ESTIMADAS A ADQUIRIR Y DE LA PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO: Al
establecerse entre las partes una variación en la cantidad de unidades estimadas a adquirir durant
el plazo de la prórroga del presente Contrato Abierto, "EL PROVEE OR" debe presentar la póliza dé
la Garantía de Cumplimiento tomando en cuenta para el efecto las cantidades estimadas a adquirir Y,
el plazo por el cual se prorroga el presente Contrato Abierto. QUINTA: DE LA ACEPTACIÓN: Erl
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Licenciad MáriaSecyptría de
del P
o Alfredo Gonzalez Gutierrezras Sociales de la Esposa
silente -SOSEP-ONTRATANTE
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Señor GarMinisterio de A
Ali l enta Ion-MAGA-
CONTRATANTE
es e na Icez, Ganadería y
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www.guoternola..gob.gt
Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
los términos y condiciones estipuladas, ambas partes aceptamos el contenido de este Contrató
Abierto de Prórroga del plazo, el que es leído íntegramente por los otorgantes y enterados de su
contenido, objeto, validez y efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en siete (7) hojas
de papel bond tamaño oficio con membrete de la Dirección Normativa de Contrataciones Y
Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, impresas únicar ente en su anverso.
rTh,stad): (-las, 32. tase. Hit 1 - . 117_,ase.
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Licenciada Ligia Maria Rosales AlvaréL -Directora de la Dirección Normativa de
Contrataciones y Adquisiciones del EstadMinisterio de Finanzas Públicas
CONTRATANTE
Señor Edg \r ardo Escobar MoniónSecretaría de Seguri,d 1 Alimentaria y Nutricion,
iS SAN-„
CONTRATANTE
5,0 amBALIMEMS,S„A.
Iteírv,011:".,,,y1
La Suma Total del Monto y de la Fianza(1 Renglon Prorrogado)
umplimiento de Oferta es: 29,100.00 2,910. 00
ALREIS,1/1
-
SECRETARIA DE OBRAS SOCIALES DE LA ESPOSA DEL PRESIDENTE (SOSEP), MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACIÓN(MAGA) Y SECRETARIA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL (SESAN)
PRODUCTOS PRORROGADOS 2012EMPRESA: Central de Alimentos. S.A. DNCAE No. 7 - 2009
DIRECCION: 19 calle 29-90 zona 12 NIT:
321350-1
VIGENCIA: DEL 19/05/2012 AL 18/08/2012
TELEFONO:
24271601
FAX:
66345802
No. DE CONTRATO:
33-7-2009-2012
4211 14 120
CAJAS
BEBIDA NUTRITIVA DE HARINA DE MAÍZ Y SOYA,FORTIFICADA Y LISTA PARA TOMAR, PRESENTACIÓN ENENVASES PRIMARIOS DENOMINADOS TETRAPACK ENPRESENTACIÓN DE 200 ML Y ENVASE SECUNDARIO,DENOMINADOS BANDEJAS DE CARTÓN DE 24 UNIDADESTETRAPACK DE 200 ML. CADA ENVASE PRIMARIO DEBEINDICAR LAS ESPECIFICACIONES NUTRICIONALES Y LAFECHA DE VENCIMIENTO DEL PRODUCTO EN UN LUGARVISIBLE
Incaparina, Alimentos Maravilla,S.A.
625 46.560 29,100.00 2,910.00
El111 Cambio de Beneficiario
Cambio de Nombre del Afianzado
Cambio de Dirección del Afianzado
Modificación de Suma Afianzada
Modificación de Vigencia
111 Alta de Personal Afianzado
Bajas de Personal Afianzado
Otros
Vigencia 3 MESES desde 19 DE MAYO 2012 18 DE AGOSTO 2_012hasta
El presente endoso se adhiere y forma parte de la Póliza aquí identificada, quedando todos los demás términos y condicionealteración, excepto en el caso che cancelación de la póliza.
vigentes sin
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Ulá N ZAS
nobie, S, A.
Guatemala, 07 de junio del 2012-7"
gffillibff«tárIlf .Firma Autorizado
5
Seguros y Fianzas
7a. Avenida 5--10 zona 4,Centro Financiero.Torre II. Nivel 16Guatemala, C.A.Códiuo Postal 0114Apar-tado Postal 2513PBX: (502) 2420-3333FAX: (502) 2332-1629
ENDOSO
No. 13296Póliza de Fianza No. 37115 Clase CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Nombre del Afianzado: CENTRAL DE ALIMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA
Dirección:CIUDAD
Beneficiario:MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
Tipo C-2 No. Endoso 1
Por medio del presente endoso queda entendido que la Póliza arriba citada será modificada de acuerdo con él o los incisosabajo marcados.
Por medio del presente endoso se hace constar, que se procede a prorrogar la vigencia de la fianza en referencia con un monto de dos milnovecientos diez quetzales exactos (Q.2,910.00) del periodo del diecinueve (19) de mayo del dos mil doce (2012) al dieciocho (18) de agostodel dos mil doce (2012), según contrato abierto de prorroga del plazo número treinta y tres guión cero siete guión dos mil nueve guión dosmil doce (33-07-2009-2012) de fecha dieciocho de mayo del dos mil doce (12-05-2012).
Así mismo se hace constar que: De conformidad con el Decreto Número 25-2010 del Congreso de la República, Ley de Actividad Aseguradora,artículos 3 literal b), 106 y 109 y para los efectos de su aplicación, toda referencia a fianza se entenderá como seguro de caución afianzadoracomo aseguradora y reafianzamiento como reaseguro
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