Dictamen Fiscal
Septiembre 2010
Administración General de Auditoría Fiscal Federal
Registro de Contadores Públicos
Importancia del Dictamen Fiscal
Información del Dictamen Fiscal
Que espera la autoridad del Dictamen Fiscal
Historia del Dictamen Fiscal
Administración General de Auditoría Fiscal Federal
El 30 de abril de 1959, se publicó en el DOF el decreto por el que se crea la Auditoría Fiscal Federal, con el objeto de investigar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
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En dicho decreto, se estableció la creación de un Registro de Contadores Públicos, cuyo objetivo era contar con profesionales técnicos que coadyuvaran con la autoridad para verificar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
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El decreto estableció las facultades de la autoridad, así como las obligaciones de los contribuyentes, y con su artículo 7, nace la figura jurídica del dictamen fiscal.
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Dicho artículo obligaba a los contribuyentes con ingresos anuales de 10 millones de pesos o mayores, a dictaminarse para efectos fiscales por contador público registrado.
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El decreto, trajo como consecuencia para la contaduría pública, el crecimiento de la membresía de los Colegios de Contadores Públicos.
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Desde 1959, fecha en que inició el registro de Contadores Públicos, a septiembre 2010, se han otorgado un total de 17,654 registros, de los cuales se han cancelado a la fecha 3,503 registros, por las razones siguientes:
• Fallecimiento 647• Actuación Profesional
129• Peticiones Voluntarias
369
Registro de Contadores PúblicosRegistro de Contadores PúblicosRegistro de Contadores PúblicosRegistro de Contadores Públicos
• Por no dictaminar 2,358
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Período Número de Registros1959 – 2000 14,696
2001 454
2002 460
2003 431
2004 329
2005 327
2006 195
2007 193
2008 217
2009 199
2010 153
Total 17,654
Registros AutorizadosRegistros AutorizadosRegistros AutorizadosRegistros Autorizados
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Las sanciones previstas en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, a imponer a los CPR’s, en relación a su actuación profesional, son:
• Amonestación
Desde 1959 a la fecha se han impuesto las sanciones siguientes:
• Suspensión
• Cancelación
SancionesSancionesSancionesSanciones
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Gráfica de Sanciones ImpuestasGráfica de Sanciones ImpuestasGráfica de Sanciones ImpuestasGráfica de Sanciones Impuestas
Contribuyente
Confianza y seguridad en su situación fiscal.
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Disminución de actos de molestia por parte de la autoridad.
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Contador
Público
Credibilidad en el trabajo realizado, basado en la capacidad, independencia e imparcialidad.
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Autoridad
Fiscal
Medio indirecto de fiscalización
Facilita la fiscalización e incrementa la recaudación
Seguridad del trabajo realizado por un profesional.
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Cada día es mayor el número de contribuyentes que se dictaminan, ya sea por estar obligados o porque optan por hacerlo, a continuación se muestra la estadística de los dictámenes presentados en los últimos 5 años.
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Ejercicio Dictámenes
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2005 87,502
2006 89,672 2007 92,025
2008 91,874 2009 89,487
A partir de 2008, se adicionó al dictamen fiscal, los cuestionarios de diagnóstico fiscal y de precios de transferencia e información con la que se busca que ciertos rubros específicos sean revisados por el contador público, y en base a la misma, dé su opinión respecto de dichas partidas.
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Es importante señalar que los anexos nuevos, como los ya existentes, no son obligatorios para todos los contribuyentes, algunos son circunstanciales, es decir, sólo les serán aplicables aquellos derivados de ciertas operaciones que realicen.
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En este sentido, la mayoría de los contribuyentes presentarán únicamente los anexos obligatorios, y los anexos circunstanciales, cuando se encuentren en los supuestos de acuerdo con las operaciones realizadas, como se muestra en el siguiente cuadro:
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Anexos
Ejercicio Obligatorios Circunstanciales Total
2009 23 17 40
Para el ejercicio 2009 los cuestionarios de diagnóstico fiscal y de precios de transferencia fueron contestados por los contribuyentes y por los contadores públicos, con base en las preguntas que se dieron a conocer en el instructivo de integración de los anexos 16 y 16-A, publicado en el DOF.
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Las preguntas que atendió el CPR, están enfocadas al trabajo que realizó en su auditoría.
Las preguntas que fueron contestadas por el contribuyente, serán revisadas y validadas por el CPR, conforme a las normas y procedimientos de auditoría y al alcance de las pruebas selectivas de su revisión.
El CPR debe manifestar en su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones fiscales que haya detectado al examinar la situación fiscal del contribuyente.
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Con los cuestionarios la autoridad obtendrá una mayor información de la situación fiscal de los contribuyentes dictaminados y del trabajo realizado por los contadores públicos, con lo que ayudará a la autoridad a desarrollar proyectos que permitirán la gestión de modelos de riesgo, para ser más asertiva en la fiscalización.
Para el ejercicio 2009 se existió la opción de no presentar:
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•De los cuestionarios, el alcance de las pruebas sustantivas que estaban a cargo del CPR.
•El Estado de Resultados Segmentado.
•Del Análisis comparativo de las subcuentas de gastos y otros gastos, lo relativo a las columnas: “Deducibles para IETU” y “No Deducibles para IETU”.
•Del resultado integral de financiamiento, lo relativo a las columnas: “Gravables o Deducibles para IETU” y “Exentos o no afectos para IETU”.
El dictamen fiscal ha presentado limitaciones que no han permitido cumplir cabalmente con su objetivo, impidiendo con ello una eficiente administración del riesgo.
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La problemática se centra básicamente en la falta de revelación en los dictámenes fiscales, respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y en la falta de evidencia documental de los procedimientos aplicados por parte de los contadores públicos en su revisión.
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Que el contador público sea verdaderamente un coadyuvante con la autoridad fiscal, y a través de su dictamen la autoridad pueda identificar aquellos contribuyentes que no están cumpliendo con sus obligaciones fiscales.
Que el dictamen sea una verdadera herramienta de fiscalización por parte de los contadores públicos hacia el contribuyente dictaminado.
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Que el dictamen y los cuestionarios de diagnóstico fiscal y de precios de transferencia, permitan conocer aspectos relevantes del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes dictaminados y del trabajo realizado por el contador público.
Que la información del dictamen sea confiable y suficiente para conocer la situación fiscal del contribuyente.
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Lo anterior con el objeto de crear modelos de riesgo que le ayuden a la autoridad a ser más asertiva en la fiscalización y dirigir los esfuerzos hacia los contribuyentes incumplidos.
Con toda esta información se pretende tener un eficiente y verdadero medio indirecto de fiscalización, a través de la auditoría del contador público registrado.
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