PRINCIPIOS DE JUICIO ORAL
PRINCIPIO DE CONTRADICCION
Tiene relación directa con el derecho de defensa consagrado en la constitución política en el artículo 139 inciso 14 y en el NCPP articulo IX Titulo Preliminar y en el artículo 356.
Guía básicamente todo el desarrollo
del juicio oral
• Según Dr. Neira Flores dice: Permite a los sujetos procesales presentar sus planteamientos, aportar pruebas, discutirlas, debatirlas, realizar las argumentaciones iniciales, finales y realizar opiniones, etc.
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Dr. Cubas Villanueva dice: Este principio exige, que toda la prueba sea sometida a un severo análisis de tal manera que la información que se obtenga de ella sea de calidad a fin de que el juez pueda formar su convicción y tomar una decisión justa.
Ejemplo: Esta contradicción se lleva a cabo en: Contra examen a los testigosLa posibilidad de objetar las preguntas de la contraparte cuando son ilegítimamente formuladas.Recursos impugnativos, las tachas, de formular observaciones, de oposiciones, etc.
PRINCIPIO DE CONCENTRACION Y UNIDAD
DE AUDIENCIA
P. CONCENTRACION Y UNIDAD DE AUDIENCIA
Se encuentra regulado en los artículo s 356 y 360 NCPP, se entiende por este principio de concentración y continuidad como la realización de la audiencia oral se inicie y continúe hasta su culminación.
Gonzales Alvares dice: La oralidad impone, inexorablemente, la concentración y la continuidad, porque los debates prolongados conllevan el peligro de que se olvide lo actuado, y no sería lo mismo interpretar actas incluso muchas veces no transcriben literalmente.
Por el principio de concentración está referido a que en la etapa de juicio oral serán materia de juzgamiento solo los delitos objeto de la
acusación fiscal