RELACION DE LA INGENIERIA DE SISTEMAS Y EL DERECHO INFORMATICO
CURSO : DERECHO INFORMATICO
DOCENTE : MG. PAJUELO BELTRAN, CARLOS ALBERTO
ESTUDIANTES : MAMANI AGUILAR, GIORDY ALEX
CICLO : VII
DERECHO INFORMATICO
¿QUÉ ES EL DERECHO INFORMÁTICO?
Es el conjunto de normas que regulan las acciones, procesos, productos y relaciones jurídicas surgidas en torno a la informática y sus aplicaciones. Desde esta perspectiva y en relación con el derecho, la informática no se contempla como una herramienta que facilita la aplicación de las normas jurídicas. Aquí la informática es, ella misma, objeto regulado por el derecho. En el Derecho Informático son las mismas acciones, procesos y productos informáticos y las relaciones surgidas de su utilización los que merecen y reciben una atención creciente del legislador (y en su caso de la jurisprudencia o la doctrina) de una parte; y de otra, del derecho vivo, es decir, el que se forma en los despachos jurídicos y en las notarías y crea y regula complejas relaciones específicas.
DERECHO INFORMATICO Y LA INGENIERIA DE SISTEMAS
El Derecho Informático adquiere gran importancia y trascendencia por el desarrollo de un número cada vez
mayor de elementos informáticos, electrónicos, ópticos y similares, que facilitan la vida del hombre, pero a su
vez, le generan serias dificultades en su interacción con los demás seres humanos, surgiendo de esta manera
una serie de circunstancias que permiten el desarrollo, fortalecimiento y perfeccionamiento del Derecho
Informático y sus instituciones jurídicas.
Los citados elementos técnicos-informáticos necesariamente ejercen fuerte influencia tanto en la sociedad como
en el Derecho, por lo que se presenta la necesidad de estudiar profundamente, desde la óptica del Derecho
informático y de un punto de vista multidisciplinario, las posibles soluciones al respecto, que permitan su
desarrollo y transformación.
Para el fortalecimiento de las transacciones, operaciones y manifestaciones de voluntad por medios electrónicos
es imprescindible la adopción de principios básicos como el de neutralidad tecnológica y el del equivalente
funcional, el primer principio impulsa el desarrollo, implementación y uso de diversas tecnologías, sin favorecer,
limitar, ni excluir a ninguna de ellas, para la generación de sistemas y equipos integrales que sean
interoperables, es decir, que permitan la comunicación e integración tanto del hardware como del software; el
segundo principio busca dar el mismo valor legal a determinadas instituciones, por ejemplo al otorgar el mismo
valor probatorio tanto a la firma manuscrita como a la firma electrónica
GRACIAS…