FUERZA AEREA COLOMBIANA
SUBDIRECCION DE PRESTACIONES SOCIALES
AVISO NÚMERO OO9/2018
ARTICULO 10: El Comando de Personal de la Fuerza Aérea Colombiana - Jefatura de Relaciones L¿borales
- Dirección de Nómina y Prestaciones Sociales, a los (03) días del mes de Septiembre del año (2018), realiza
y publica el presente AVISO, para surtir el trám¡te de notificación por av¡so de los s¡gu¡entes actos
adm¡nistrat¡vos relacionados a continuación, en los términos del artículo 69 Codigo de Procedimiento
Administrat¡vo y lo Contencioso Adm¡nistrat¡vo así:
ARTICULO 20: Contra cada uno de los cihdos actos procede el recurso de reposición, el cual deberáinterponerse por escr¡to dentro de los diez (10) días siguientes a que se surta la notificac¡ón por aviso, elrecurso debe estar debidamente sustentado con expresión concreta de los motivos de inconformidad,relacionando las pruebas que se pretenden hacer valer, de acuerdo a lo establecido en el artículo 76 y 77 delCodigo Procedimiento Adm¡n¡strativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTICULo 30: El recurso de reposición se presentará ante el comandante del Comando de Personal de la
Fuerza Aérea Colombiana - Jefe de Relaciones Laborales - Dirección de Nómina y Prestac¡ones Soc¡ales, porser el funcionario que expidió cada uno de los anteriores actos administrativos.
ARTICULO 40: La presente notif¡cación por aviso se consideE suft¡da al finalizar el día siguiente del (5)quinto dia de la publicación en la página web ¡nstitucional de la Fueza Aérea Colombiana.
ren ¡ente coro#rñi6Am" E L M E Dr NASuMirector de Prestaciones Sociales
Revisó: ST. B
CONSTANCIA DE DESFIJACION AVISO: A los siendo las 16:30 horas y dando
cumpl¡m¡ento a lo establecido en el articulo 59 del Cod¡go de Procedim¡ento Administrat¡vo y de loContencioso Administrat¡vo, se desf¡ja el presente AVISO el cual se encontraba fijado por el termino de cinco
días, a fin que se surt¡era la respectiva not¡fic¡ción,
Ten¡ente Coronel CARLOS A]{DRES ANGEL MEDINASuMirector de Prestaciones Soc¡ales
PERSOIIIA A TIO|IECAR ACIO AOT$flISTRA¡TO A OTIFICAR
GRADO APELLIDOS Y NOMBRES RESOLUCIOXFECHA
AIA o Exp. OBSERVACIONES
SL ALVAREZ MESA ELDER ]AMES 00504 05-07-18 500207/18No se presentó para notmcáción
personal
SL CONTRERAS AMADOR NILSON ENRIQUE 00s0s 05-07-18 500211/18No se presentó para not¡ficac¡ón
personal
SL DIAZ CASTRO RUBEN ARTURO 00513 05{7-18 500287/18No se presentó para notiñcác¡ón
PeGonal
SL HERNANDEZ ROZO JOHANY 00542 05{7-18 500373/18No se presentó para notiñcac¡ón
pe6onal
SL BONILLA AIlAYA DUVAN FEUPE 00565 16-08-18 500366/18No se presentó para notmcac¡ón
personal
SL PERAZA SANABRIA FABIO ERNESTO 00568 16{8-18 500380/18No se presentó para notificac¡ón
Pefsonal
AS7 ARENAS CONTRERAS DANIEL 00575 16-08-18 500387/18No so presentó para noiificación
pefsonal
Elaboro: TS22.TATIANA PINTO R. Reüsó: sT. BERNAL-ARECP(E)
(\ neeuelrcl DE coLoMBtA
c\ S'l\=*^o,ffi-,",o*oC\ \ \ \'*.""róN DE NomtNAy pREsractoNES soctALEs
\§r,*.\,"r*. ¡.:,r 'r .: ii 4 FE.HA 0 5 JUL.201E
CONSIDERANDO:
Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea Colombiana, ALVAREZ MESA ELDER JAMES condocumento de identidad No. 1.027.890.030, le fue practicada Acta de Junta Méd¡co Laboral No. 0045-17 CACOM-sdel 28 de julio de 2017, que no le determinó disminución de la capacidad psicofísica y taboral.
Que de conform¡dad con lo d¡spuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no haylugar al pago de indemn¡zac¡ón cuando no se presenta dism¡nuc¡ón de la capacidad psicofísica y de trabajo.
RESU ELVE:
ARTICULO 10. Declarar que no hay lugaral reconoc¡m¡ento y pago desuma alguna por concepto de ¡ndemn¡zación,a favor del señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea Colomb¡ana, ALVAREZ MESA ELDER JAMES con
;illffi *";;ffi ;* ."#,".*u;;üffi ffi ;;;;debidamente sustentado, con expresión concreta de los mqfs & ¡nconformidad, relacionando las pruebas que sepretende hacer valer.
ART¡CULO 30. Para lgrfñes ryüres subs¡guientes, agréguese cop¡a de la presente resolución a la hoja de vidacorespond¡ente. /
/NOTIFIOUESE Y CUMPLASEDada en Bogotá,
CR. EDGAR
Porel cual se declara que no hay lugaral reconoc¡m¡ento y pago de INDEMNIZACIóN pOR DISMINUCIóN DE LACAPACIDAD LABORAL, con fundamento en et exped¡ente No. SO02O7/ de 2018/.
EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL
En ejercicio de las facultades que le confiere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y
Jefe de Relac¡ones Laborales
* "á^*=d^.*fffuSubdirector de Prestac¡ones Sociales
I'.\*," ".*,* *,J.i'--.-\
LJ
rs1s.cL UDü MEra f:L LpUTDADoRA) aREcp
CR. MORA MONTAÑEZ
Direclora /de
Nomina y P[estaciones Sociales
Flaboró' rAC- RHDIPRENELSOT{IS21 NEI SON VFG,q I FON - 16/04/201a 9'08'30
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REPUBLICA DE COLOMBIA
§.. .t
t,tRESOLUCIÓN No. FECHA
Por el cual se declara que no hay lugar al reconocim¡ento y pago de INDEMNIZACIóN pOR DISMINUCIóN DE LACAPACIDAD LABORAL, con fundamento en et exped¡ente No. SOO2I U de plg/.
EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL
En ejerc¡cio de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de julio de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea Colomb¡ana, CONTRERAS AMADOR NILSON ENRIQUEcon documento de ¡dentidad No. 1.143.377.519, le fue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 030-2016CACOM-3 del 10 de junio de 20'16, que no le determ¡nó d¡sminución de la capacidad psicofís¡ca y laboral.
Que de conform¡dad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989, 2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no haylugar al pago de ¡ndemnizac¡ón cuando no se presenta disminución de la capacidad ps¡cofís¡ca y de trabajo.
#*uERZA AÉffi;LoMBIANA
CIóN DE NOMINA Y PRESTACIONES SOCIALES
RESU ELVE:
notificación personal o dentro de los (10) días hábiles s¡guientes a ella, o a la desfúación del ed¡cto por escrito y
debidamente sustentado, con expresión concreta de los motivos de ¡nconformidad, relac¡onando las pruebas que sepretende hacer valer.
ARTíCULO 3O. PArAcorrespondiente.
los fines sigu¡entes, agréguese copia de la presente resoluc¡ón a la hoja de v¡da
NorFieuEsE Y CúMPLASEDada en Bogotá,
MG JORGE LEON EDGAR RICARDO MONTENEGRO ROMO
Jefe de Relaciones Laborales
,',/-.' : \¡' U . i.'
cn. curvlenqtlioÉá lqoNr¡ñEzDirectora de Nolh¡na y Prestiaciones Sociales
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ARTICULO 1o.a favor del señor eX-SOLDADO AMADOR NILSONENRIQUE con documento de ¡dentidad No.acto administrativo.
la parte considerativa del presente
ARTíCULO 20. Contra la presente procede el en la d¡ligenc¡a de
TS21 NELSON VEGA LEON - 16/M/2018 9:08:30
{.,
Personal
REPUBLICA DE COLOMBIA
IrLilro'=B-,
FUERZA AÉREA coLoMBtANADrREcctóN DE NoMtNA y pREsrActoNES soctALEs
RESoLUcTóNNo, llg0 0 5 1 lPor el cual se declara que no hay lugar al reconoc¡miento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE LA
CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el expediente No. 500287/ de 2018/.
EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL
En ejerc¡c¡o de las facultades que le conf¡ere la Resolución No. 4158 del 29 de ¡ulio de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el señor ex-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiana, DIAZ CASTRO RUBEN ARTURO condocumento de identidad No. 1.'106.363.708, le fue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 0041-2016CACOM-4 del 22 de septiembre de 2016, que no le determinó disminución de la capac¡dad ps¡cofís¡ca y laboral.
Que de conform¡dad con lo d¡spuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no haylugar al pago de indemnización cuando no se presenta disminuc¡ón de la capacidad psicofisica y de trabaio.
RESU ELVE:
ARTICULO I o. Declarar que no hay lugar al reconocimiento y pago de suma alguna por concepto de ¡ndemnización,a favor del señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fueza Aérea Colombiana, DIAZ CASTRO RUBEN ARTURO mndocumento de ¡dentidad No. 1.106.363.708, según lo expuesto en la parte considerativa del presente actoadministrativo.
ARTíCULO 20. Contra la presente procede el recurso de ¡epos¡c¡ón del cual podrá hacerse uso, en la d¡ligencia denotif¡cación personal o dentro de los (10) dias háb¡les s¡gu¡entes a ella, o a la desfúación del ed¡cto por escr¡to ydebidamente sustentado, con expres¡ón concreta de los mot¡vos de inconformidad, relac¡onando las pruebas que sepretende hacer valer.
ARTÍCULo 30. Para los fi ies subsiguientes, agréguese copia de la presente resolución a la hoja de vidacorrespondiente.
NorFiouESE Y cúMPDada en Bogotá,
MG, CR. EDGAR
FEcHA 0 5 iU'!-.2¡1d
"',',;{**",'^**,*".-k-. i',Directora de Nomina y Prestac¡ones Sociales
Ereboró FAc-RHDTpRE*r."oyr{. "..aoN
VEGA LEoN - 16/04/?018 e 48 s8
Jefe de Relac¡ones Laborales
,"á.^ol!^ffi,*Subdireclor de Prestaciones Soc¡ales
I trfi "," "^.---,o\.",**.,,*.""
.
REPUBLICA DE COLOMBIA
#FUERZA AÉREA COLOTTBIANA
DIRECCIÓN DE NOMINA Y PRESTACIONES SOCIALES
'Por el cual se declara que no hay lugar al reconocim¡ento y pago de lNDEMNlzAclÓN PoR DlSMlNUclÓN DE LACAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el expediente No. $0373/ de 3El9/.
EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL
En ejerc¡cio de las facultades que le confiere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de iul¡o de 2010, y
CONSIDERANDO:
Oue el señor ex-SOLDADO REGULAR de líEferza Aérea Colombiana HERNANDEZ ROZO JOHANY con
documento de identidad No. I .071.167.366J€ fuelpiá\cada Rcta de Junta Médico Laboral No. 020-2016-CATAM del
08 de abril de 2016, que no le determinó d§riltnució\dé,la capacidad ps¡cofís¡ca y laboral
Que a Fotio 13 det exped¡ente pr""t"|bnat 500373 de 2018, obra Acta de Junta Med¡co Aclarator¡a No. 0674-17
DTSAN det 03 de mayo de 2017 j la Junta Medico Laboral No O2O-2016-CATAM del 08 de abr¡l de 2016 y a fol¡o 14
obra Acta Junta Medico Aclaratolb No 11 1A-17 DISAN del 07 de noviembre de 2017 a la Junta Medico AclaratoriaNo 067A-17 DISAN del 03 *Inayo de 2017.
Que de conform¡dad con lo d¡spuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no hay
lugar al pago de indemnizacaón cuando no se presenta d¡sminución de la capacidad psicofísica y de trabajo.
RESU ELVE:
ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reconocimiento y pago de suma alguna por concepto de ¡ndemnizaciÓn,
a favor det ex-SOLDADO REGULAR dé la Fuerza Aérea Colombiana HERNANDEZ ROZO JOHANY con documentode identidad No. 1.071. 167.366, según lo expuesto en la parte cons¡derat¡va del presente acto admin¡strativo.
ARTiCULO 20. Contra la presente procede el recurso de reposición del cual podrá hacerse uso, en la diligencia de
not¡ficac¡ón personal o dentro de los (10) dlas hábilés siguientes a ella, o a le desfijaciÓn del ed¡cto por escrito y
debidamente sustentado, con expres¡ón concreta de los motivos de inconformidad, relac¡onando las pruebas que se
,o" on ffi"igu¡entes, agréguese cop¡a de la presente resolución a la hoja de vida
/
rc á¡€s^'dao,ffiI.o,*Directora de Nom¡na y Prestac¡ones Soc¡ales
pretende hacer valer.
ART|CULO 3O, PArAcorrespondiente.
FECHA
Subdireclor de Prestac¡ones Soc¡ales
Ebboró FAc *rr,"*aÉa*n, ,\ NEl.soN VEGA LEoN - 2 ltosno1a 14:13.11j*ü#ÉKü -t *'":: :j "",_Nr_::
NoTlFlouEsE Y CúMPLASEDada en Bogotá,
RESOLUCTóN No.
ñ REpuBucA DE coLoruBrA
'^'§t\'* #(\ V t FUERZA AÉREA coLo BIANA
\ \\ \ DtREcctóN DE NoirNAy pREsrAcror{ES socrALEs
' \J nesorucrór¡o. IgUUlg? FEcHA 16Aüu., lür-l- Por el cual se declara que no hay lugar al reconocim¡ento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE LACAPACIDAD LABORAL, con tundamento en el expediente No. 500366/ de @!ly.
EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL
En ejerc¡c¡o de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el señor eX-SOLDADO REGULAR de la Fueea Aérea Colomb¡ana BONILLA AMAYA DUVAN FELIPE condocumento de identidad No. 1.023.023.765, le tue practicada Acta de Junta Médico Laboral No. 007-16-ESM 5118del 05 de mayo de 2016, que no le determ¡nó d¡sminuc¡ón de la capac¡dad psicofísica y laboral.
Que a Fol¡o 10 del exp€d¡ente prestac¡onal 500366 de 2018, obra Acta de Junta Medico Aclarator¡a No. 0214-17DISAN del 24 de marzo de2017 a la Junta Medico Laboral No 007-16-ESM5118 del 05 de mayo de 2016.
Que de conform¡dad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989,2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2000, no haylugar al pago de ¡ndemn¡zac¡ón cuando no se presenta disminuc¡ón de la capacidad ps¡cofísica y de trabajo.
ARrtculo 10. Dectarar que no hay tusar at rec.[ ::n: ffo o" "rr" ,,nrn" por concepto de indemnización,
a favor del eX-SOLDADO REGULAR de la Fuerzl nerla ClllnUiana BONILLA AMAYA DUVAN FELIPE condocumento de ¡dentidad No. 1.023.023.765, seldh lo ¡Ixpuésto en la parte cons¡derativa del presente acto
ffi:::;: contra ra presente rr**.S*")o de reposición der cuar podrá hacerse uso, en ra d¡tisencia denotificación personal o dentro de los tfo) días háb¡les s¡gu¡entes a ella, o a la desf¡jac¡ón del ed¡cto por escrito y
debidamente sustentado, con expresión concreta de los motivos de inconformidad, relacionando las pruebas que sepretende hacer valer.
ARTicuLo 30. e.r^ o" nn"g@"ubsiguientes, agréguese copia de la presente resolución a la ho¡a de vidacorrespondiente. ' ,''NorFiouESE Y cúMPTASE (Dada en Bogotá,
CR. EDGAR RICARDO MONTENEGRO ROMO
Comandante Personal Jefe de Relac¡ones Laborales
Ctt c;r\rc. cARLos A¡iDrys A+GEL MED|MSuMir{5 de Mtadones Soc¡ales
\t
Etaboro: FAC_RHDTPRENELSON: TS4 NELSON VEGA LEON-m/06/2018 7.07:17
,..- ,/¡+ hvo E.'f.6cRxa' f-tlccP(a Islr.c §otriJA eqYoM--l uburoAooF(ar^RrcP
REPUBLICA DE COLO BIA
'a\ , ,rr* o.#.o B,ANA
^. \ DtREcctóN DE NoMtNA y pREsrActoNES soctALEs
C§ nesorucrór¡¡o. [0 0 56 8 r="ro 1 S A00.2018Pq\lR se declara que no hay luger al reconoc¡miento y pago de tNDEMNtzActóN poR DtSMtNUctóN DE LA
(\ \J CAPACIDAD LABOML, con fundamento en et expediente No. g)0380/ de 4!g/.\-.\ EL coMANDANTE DEL coMANDo DE PERSoNAL
En eiercicio de las facultades que le confiere la Resolución No. 4158 del 29 de julio de 2OiO, y
CONSIDERANDO:
QUE EI SEñOT EX-SOLDADO REGULAR de Ia Fueza Aérea Colombiana PERAZA SANABRIA FABIO ERNESTO condocumento de ident¡dad No. 1.022.417.476,le fue pract¡cada Acta de Junta Médico Laboral No. 062-2016-CATAM det30 de noviembre de 2016, que no le determinó disminución de la capac¡dad ps¡cofísica y laboral.
Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto No. 094 de 1989, 2728 de 1968 y Decreto 1796 de 2OOO, no haylugar al pago de indemnización cuando no se presenta disminución de la capacidad psicofísica y de trabajo.
RESU ELVE:
ARTICULO 1o. Declarar que no hay lugar al reconocim¡ento y pago de suma alguna por concepto de indemnización,a favor del eX-SOLDADO REGULAR de la Fuerza Aérea PERAZA SANABRIA FABIO ERNESTO con documento deidentidad No. 1.O22.417.476, s€gún lo expuesto en la parte con{rl[at¡va del presente acto admin¡strat¡vo.
ARTICULO 20. Contra la presente procede el recurso de relpsicüqlt cual podrá hacerse uso, en ta dit¡genc¡a denot¡ficac¡ón personal o dentro de los (10) dfas hábilEr{guie\s a\lla, o a la desfúación del ed¡cto por escr¡to ydebidamente sustentado, con expres¡ón concreta de l\ r\tivos\e inconformidad, relacionando les pruebas que sepretende hacervaler.
^ \
§,1""ít"?"'"% *ra ros nnes g¡*§§ry'"Ñ
Hj""$.;?,j,..1" *ra tos ñnesPzztit§ien\yrésuese cop¡a de la presente resoluc¡ón a la hoia de v¡da
NorFtouESE Y cúMPLASE / t
\)Dada en Bogotá,
CR- EDGAR
Jefe de Relac¡ones Laborales
EIAbOTó: FAC_RHDIPRENELSON: TS21
I
PARRA
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FUERZA AÉREA COLOfgBIANA
i DrREccróN DE Not tNAY PREsrAc,o*...*'oll.;. Z01B-*esolucróx*o.
p0ü'.,i '' r."ro t6¡por elpuat se declara que no hay lugar al reconoc¡miento y pago de INDEMNIZACIÓN POR DISMINUCIÓN DE
v LA CAPACIDAD LABORAL, con fundamento en el expediente No. §903t2 de 419/.
EL COMANDANTE DEL COMANDO DE PERSONAL
En ejercicio de las facultades que le confere la Resoluc¡ón No. 4158 del 29 de jul¡o de 2010, y
CONSIDERANDO:
eue la seño(a) AS7@ de ta Fueza Aérea Colomb¡ana ARENAS CONTRERAS DANIEL, ¡dentificado con
documento de iáentidad No 79.288.017, le fue practicada acta de Junta Médico Laboral No 016-13 DISAN de
fecha 11 de febrero de 2013, que no le determinó una dism¡nuciÓn de la capacidad laboral.
Que de conformidad con lo d¡spuesto en el art¡culo 104 del ,Dqcreto No. 1214 de 1990, no hay lugar al
reconocim¡ento y pago de .rr, álgrna por concepto de inOemniz\\ nor d¡sminlciÓn de la capac¡dad laboral'
iJi, ,* que r"Jrás¡üneq no tueroñ aoqüiruas a cbnsecuencia de ab§nte de trabajo ni se trata de enfermedad
¡\RESUE§E:
ARTrcuLo 10. Decrarar que no hay lugar al r$rocimlento y pago de suma alguna por concepto de
indemnización, a favor det sánor(á) nntruÁ§ CQNTñ'ERAS DANIEL, id¿ntificado con documento de identidad
Ño 79.288.017, según lo expuesto én ta parte ber}iOerativa del presente acto adm¡n¡stretivo.
ARTICULO 20. Contra la presente procede el recÚrso de reposición del cuel podrá hacerse uso, en la d¡ligenc¡a
oá noiif¡cac¡on personal o áentro de los ('lO) d¡as háb¡les sigu¡entes a ella, o a la desñjac¡Ón del edicto por escrito
y OeOiOamente'srstentado, con expresibn ioncreta de los motivos de inconformidad, relac¡onando las pruebas
que se pretende hacer valer.
ARTÍ CULo 30. Para los f¡n ales subs¡guientes, agréguese copia de la presente resolución a la hoia de vida
correspond¡ente.
NoTlFíouEsE Y CúMPLASEDada en Bogotá,
CR. EDGAR RICARDO MONTENEGRO ROMO
**ú.,,r{'cR. cLEM¡rtÍc¡r¡fl@FA'r0foñTAñIq2-'' Y )Directora de/omina y Prestaciontciales
Eráboró. FAC ctOpnecuuonm rszr. nlqon wce- ooo6120181'r 01 4e
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