Concesiones mineras
Las concesiones mineras son una figura mediante la cual el Estado le da el derecho a un tercero para realizar actividades de exploración y explotación que permitan el aprovechamiento de los minerales que se encuentran en el subsuelo del territorio nacional
LIMITACIONES EN TERRITORIOS PARA CONCESIONESEn caso de que las concesiones
mineras que involucren áreas que comprendan terrenos ocupados por monumentos arqueológicos o históricos, carreteras, gaseoductos, cuarteles, obras de defensa nacional, entre otros, la legislación sobre la materia señala que deberá respetarse la integridad de las referidas construcciones e instalaciones.
TIPOS DE CONCESIÓN
Es la que otorga el derecho a la exploración y explotación de los
recursos minerales que se encuentren en el subsuelo de
un área determinada.
Concesión Minera
Concesión de Beneficio
Permite realizar los procesos necesarios para obtener el metal contenido en el mineral que se
obtiene de las minas
concentración
fundiciónRefinación
Concesión de Labor General
Autoriza a una empresa a brindar servicios auxiliares
como los de ventilación, desagüe
Concesión de Transporte Minero
Permite el transporte masivo de productos minerales a través de
métodos no convencionales (fajas transportadoras, tuberías o cables
carriles).
DERECHO DE VIGENCIA
Todo minero titular de una concesión minera o de beneficio está obligado a pagar un monto de dinero al Estado, a fin de mantener vigente su concesión. Este pago se conoce como “derecho de vigencia”.
1 AÑO 2 AÑO
FORMULO EL PETITORIO
Desde el 1° de enero al 30
junio
pago el derecho de vigencia
Pequeño Productor Minero
US$ 1.00 (un dólar) o su equivalente en moneda nacional, por hectárea solicitada u otorgada.Por ejemplo:Si ha solicitado 800 hectáreas debe pagar por derecho de vigencia: US$ 800, ya que:
800 hectáreas x US$ 1.00 = US$ 800.
Productor minero artesanalUS$ 0.50 (medio dólar) o su
equivalente en moneda nacional, por hectárea solicitada u otorgada.Por ejemplo:Si ha solicitado 800 hectáreas debe pagar por derecho de vigencia: US$ 400 ya que:
800 hectáreas x US$ 0.50 = US$ 400.
Régimen General de la Mediana y Gran MineríaEl pago por derecho de vigencia
es mayor (US$ 3.00 por hectárea solicitada u otorgada).
Si ha solicitado 800 hectáreas debe pagar por derecho de vigencia: US$ 400 ya que:
800 hectáreas x US$ 3.00 = US$2 400.
Producción Mínima y Penalidad
Recuerde que la concesión minera obliga al titular a explotar los recursos mineros ubicados en el área concesionada. En consecuencia, está usted obligado a invertir dinero y trabajo hasta alcanzar la mínima producción de minerales que exige la Ley General de Minería.
Pequeño productor minero acreditado• No menos de US$ 50.00 (o su
equivalente en moneda nacional), por año y por hectárea otorgada, sea cual fuere la sustancia.
Por ejemplo: Si el número de hectáreas que comprende su concesión es 1000, entonces tendrá que producir como mínimo el equivalente a: US$ 50 x 1000 Hectáreas = US$ 50,000 por año.
Productor minero artesanalNo menos de US$ 25.00 (o su
equivalente en moneda nacional), por año y por hectárea otorgada, sea cual fuere la sustancia.
Por ejemplo: Si el número de hectáreas que comprende su concesión es 8, entonces tendrá que producir como mínimo el equivalente a: US$25 x 8 Hectáreas = US$ 200 por año.
La producción mínima exigida por la Ley de Minería la debe obtener a más tardar al vencimiento del sexto año, computado a partir del año en que se le otorgó el título de concesión o en que suscribió el contrato de explotación.
Ejemplo:Si su título de concesión minera fue otorgado en el año 2009, entonces debe obtener su producción mínima a más tardar en el año 2015, que viene a ser el sexto año desde que se le otorgó su título de concesión.
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