Con el auspicio de:
Acciones de Seguridad Turística en Ecuador
III Conferencia de Seguridad Turística de las Américas
Subsecretario de Regulación y Control, Ab. Diego Guarderas 23/10/2014
¿Qué comprendemos por Seguridad
Turística?
Bloque de Constitucionalidad
Estrategia de Largo Plazo
Plan Nacional de Desarrollo
Agenda Sectorial – Agenda Territorial
Política Sectorial
Planificación Institucional – PPPP PAPPAgen
da p
ara
la Ig
uald
ad
Priorización de programas y proyectos por Consejo Sectorial y Zona de Planificación
Priorización de Programas y Proyectos por sector
Acciones y proyectos priorizados por la institución
Instrumentos de Planificación
PARA GENERAR CONFIANZA
• Transporte
• Médica
• Alimentos
• Hospedaje
• Policial• Información
• Servicios Básicos
• Productos
PARA GENERAR FIDELIDAD
PARA GENERAR EXPERIENCIA ÚNICA
PARA GENERAR EFICIENCIA
PARA GENERAR DEMANDA
Puerto López
Montañita
Mindo
San Pablo (Otavalo)
Santo Domingo
EsmeraldasTonsupa
Pedernales
Canoa
Montecristi
Santa Elena
Babahoyo
Zamora
Azogues
Quilotoa (Zumbahua)
Misahuallí
Tulcán
Francisco de Orellana
Mompiche
Bahía de Caraquez
Manta
Salinas
San Cristóbal
Sta. CruzIsabela
Guayaquil
Villamil Playas
Machala
Zaruma
Loja
Vilcabamba
Cuenca
AlausíMacas
Salinas
Puyo
Riobamba
BañosAmbato
LatacungaTena
QuitoPapallacta
Cotacachi
Ibarra
P.N. Yasuní
R.F. Cuyabeno
Lago Agrio
Atacames
Mindo
San Pablo (Otavalo)
Puerto López
Montañita
Áreas Turísticas Protegidas
Destinos Priorizados
Destinos Potenciales
1. Destinos turísticos
Actividades-Productos
Rutas
*
1.
Dest
inos
Turí
stic
os
Seg
uri
dad
en
Act
ivid
ad
es
y
Pro
du
ctos
3. Gestión de Riesgos naturales y antrópicos
2. Seguridad en Infraestructura de Soporte de Territorio
Establecimientos con eliminación de aguas servidas por
alcantarillado
Establecimientos que eliminan la basura por carro recolector
Establecimientos con servicio de energía eléctrica
Atención médica
Conectividad: vías y puertos
Conectividad: acceso a la información / comunicación
Seguridad ciudadana y pública
Establecimientos con abastecimiento de agua por
tubería en su interior
ENFOQUES DE SEGURIDAD TURÍSTICA Y ARTICULACIÓN INTERINSTITUCIONAL INTERNACIONAL, NACIONAL Y LOCAL
PREVENCIÓNPlanes de Desarrollo y
Ordenamiento Territorial (GAD, Sector Privado y
Comunitario)
Reingeniería Normativa (Actores Clave del proceso)
ESNNA en viajes y turismo (Comité contra la Trata / GARA)
Taxi Seguro (ANT-MDI:Migración)
Alertas de Viaje (Embajadas-Mesa de Seguridad Turística)
RESPUESTA
Atención de Denuncias(MAE-DPE-otros)
Planes de Feriados y de Contingencia (Mesa 5 SGR)
Controles de equipamiento: Turismo de Aventura
(Ministerio del Interior-GAD)
Equipamiento con cámaras y botones de auxilio, señalética
(SIISECU911)
Telecomunicaciones en rutas complicadas
(MAE-MINTEL)
Normativa TurísticaReglamento de Operación
Turística de Aventura
Regla actividades de operación turística
de aventura
Publicado en Registro Oficial No.
181, del 11 de febrero de 2014
Taxi Seguro
Convenio entre los establecimientos
turísticos con operadoras de
transporte terrestre
Acuerdo No. 20140007
Emitido el 3 de febrero de 2014
Alimentos y Bebidas en Gasolineras
Registro de establecimientos
dentro del catastro turístico
Acuerdo No. 2014002
Emitido el 7 de abril de 2014
Delegación a ANT y MINTUR (RTTT)
Faculta al MINTUR y ANT a emitir un
nuevo Reglamento de Transporte
Terrestre Turístico
Decreto Ejecutivo No. 337 Publicado
en el Registro Oficial Suplemento No.
263, 9 de junio de 2014.
Ballenas y Delfines
Regula la observación de
ballenas y delfines en aguas
Ecuatorianas
Acuerdo Interministerial No.
2014004Emitido el 30 de mayo de 2014
Delegación facultad sancionatoria
Faculta al Subsecretario de Regulación y Control a
iniciar procesos sancionatorios conforme
Ley Turismo
Acuerdo Ministerial No.
20140040. Publicado en el Registro Oficial 236 de 30 de abril de 2014
REGLAMENTO DE ALOJAMIENTOParámetros exclusivos de seguridad:
Contar con cámaras de seguridad u otros mecanismos técnicos o humanos en al menos dos áreas comunes.
Contar con un plan de seguridad (que incluya mecanismos de contingencia, atención de emergencias y seguridad de la información).
Contar con un registro digital del perfil de visitantes. Contar con un plan de capacitación anual a los empleados en temas de emergencias. Contar con instalaciones eléctricas protegidas y conectadas a tierra. Exhibir en la recepción listado de números de emergencia y auxilio (9-1-1). Contar con un sistema de auxilio conectado con organismos de seguridad y respuesta
inmediata. Contar con un plan de mantenimiento preventivo y correctivo. Servicio de custodia de objetos de valor. Póliza de responsabilidad civil y contra terceros. Servicio de seguridad privada. Asistencia médica
REGLAMENTO DE TRANSPORTE TERRESTRE TURÍSTICO
• Contrato escrito u hoja de ruta que detalle los nombres de los pasajeros que serán trasladados con fines turísticos.
• El servicio prestado únicamente por personas jurídicas autorizadas por la ANT y título habilitante vigente.
• Cumplir con el Reglamento Técnico de elementos de seguridad vigente.
• Cinturón de seguridad en cada asiento. Cinturón de tres puntos en asientos próximos a las puertas, primeras filas, conductor y conductor alterno.
• Los conductores no deberán permanecer al volante más de ocho (8) horas continuas, horario diurno, o más de seis (6) jornada nocturna. Paradas de 20 minutos.
• Certificados conductores en competencias laborales, por instituciones acreditadas por el Servicio de Acreditación Ecuatoriana SAE.
• Las compañías deberán realizar el mantenimiento preventivo de sus vehículos. La compañía deberá llevar la ficha técnica de mantenimiento por cada vehículo.
Reglamento de Aventura
• Marco Legal: Es la primera normativa generada para regular las actividades turísticas de aventura a nivel nacional.
• Modalidades: Reconoce a 19 actividades turísticas de aventura y las clasifica de acuerdo al elemento en el que se desarrollan (agua, aire, tierra).
• Aspectos técnicos: cada una de las modalidades cuenta con especificaciones técnicas para equipamiento, prestación del servicios y personal profesional (guías).
Reglamento de Aventura
Parámetros específicos sobre seguridad:
Operadores deben tener póliza de responsabilidad civil Guías con capacitación de primeros auxilios.Equipamiento con estándares de calidad internacional.Edad mínima para la práctica de una modalidad.Formulario de Descargo de responsabilidad y Asunción
de Riesgo.Información sobre el grado de dificultad de la actividad a
ser realizada.
Reglamento de Taxis
Acuerdo Ministerial N°. 0007. Publicado en el Registro Oficial N.° 200 de 11-mar-2014. Dispone a los establecimientos que realizan actividades turísticas de alojamiento, alimentos y bebidas el mantener suscritos convenios o contratos con operadoras de transporte terrestre legalmente constituidas (taxis) para prestar el servicio a sus clientes.
¡Gracias!
Top Related