Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 108
Ley de Servicio Civil, Decreto 1748 del Congreso de la República de Guatemala, Artículo 48 y 53;
Reglamento de la Ley de Servicio Civil, Acuerdo Gubernativo 18-98, Artículo 25;
Ley de Salarios de la Administración Pública, Decreto 11-73 del Congreso de la República de Guatemala.
Escala de Salarios, Acuerdo Gubernativo CM;
Oficio de especialidades asignadas a los puestos;
Digesto de la Administración de Personal del Sector Público;
Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos, Decreto No. 89-2002 del Congreso de la República de Guatemala;
Código Penal, Decreto 17-73 del Congreso de la República de Guatemala, Artículos 429 y 432.
ORIGINAL Y COPIA A LA DEPENDENCIA
COPIA ONSEC
ONSEC CERTIFICA NOMBRAMIENTO Y VERIFICA EL ACUERDODE NOMBRAMIENTO EN LA TOMA DE POSESIÓN
SI NO ESTA EN LEY SE RECHAZA
LA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS O DEPARTAMENTO DE PERSONAL DA POSESIÓN Y ENVIA A ONSEC
LA AUTORIDAD NOMINADORA AUTORIZANOMBRAMIENTO Y ACUERDO DE NOMBRAMIENTO
LA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS O DEPARTAMENTO DE PERSONAL ELABORA EL
NOMBRAMIENTO O EL AVISO DE TOMA DE POSESIÓN
ONSEC REGISTRA EL NOMBRAMIENTO Y EL ACUERDO DENOMBRAMIENTO EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE
SERVIDORES PÚBLICOS Y TRASLADA
AUTORIDAD NOMINADORA AUTORIZA
ACUERDO DE NOMBRAMIENTO
LA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS
O DEPARTAMENTO DE PERSONAL
DA POSESIÓN Y ENVIA A ONSEC EL AVISODE TOMA DE POSESIÓN.
COPIA A ONSECORIGINAL Y COPIA A LA DEPENDENCIA
ONSEC ANALIZA Y REGISTRA LOS DATOS
DE QUIEN TOMA POSESIÓN
TRASLADANDO:
AUTORIDAD NOMINADORA EMITE ACUERDO MINISTERIALDECLARANDO LOS PUESTOS EXENTOS
AUTORIDAD NOMINADORA EMITEACUERDO DE NOMBRAMIENTO
UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS O DEPARTAMENTO
DE PERSONAL DA POSESIÓN
ONSEC ANALIZA Y REGISTRA LAINFORMACIÓN O RECHAZA SI NO CUMPLE LOS
REQUISITOS LEGALES
COPIA A ONSEC
ONSEC REGISTRA EN ELSISTEMA DE DATOS LA INFORMACIÓN
DE LOS EXENTOS Y ENVIA:
ORIGINAL Y COPIAA LA DEPENDENCIA
El 1 ó 16 de cada mes, en caso que las fechas citadas sean días inhábiles, debe tomarse posesión el día hábil próximo anterior, al finalizar la jornada de labores, en los casos de ascensos, traslados y permutas.
Si se trata de personal de primer ingreso o reingreso, debe tomarse posesión el primer día posterior, al inicio de la jornada de labores.
Que exista partida presupuestaria específica.
Que se emita Nombramiento o acuerdo de Nombramiento individual y colectivo en el formulario oficial, en los casos de Primer Ingreso, Reingreso, Ascenso, Traslado y Permuta.
Suscribir el acta respectiva.
En ambos casos notificar a ONSEC.
La autoridad nominadora debe emitir:
Resolución o acuerdo en los casos de Licencias con goce y sin goce de salario, reinstalaciones, suspensiones en los lugares no cubiertos por el IGSS; disciplinarias, aprehensión, detención y prisión preventiva, jubilación y destitución.
Es el acto por el cual el servidor pasa a ocupar un puesto de mayor remuneración.
Es el acto por el cual se pasa a desempeñar un puesto de mayor remuneración, en ausencia temporal del titular, cuando la ausencia exceda de dos meses. No debe emitirse nombramiento temporal cuando la vacante sea en forma definitiva.
Es el acto por el cual se pasa a desempeñar un puesto de igual clase, igual salario, igual especialidad, en la misma dependencia o distinta, en igual o diferente región geográfica.
Por el interesado:Por el interesado: Solicitud al jefe inmediato superior. Aprobación de su jefe, si ésta es desfavorable se
suspende el trámite.
Someterse al proceso de selección.
La Autoridad Nominadora emite Nombramiento o Acuerdo de Nombramiento.
Se traslada el informe a la Autoridad Nominadora.
Cuando la Autoridad Cuando la Autoridad Nominadora acuerde el Nominadora acuerde el traslado del Servidortraslado del Servidor En base a la evaluación del desempeño del servidor, el Jefe Inmediato Superior presenta informe a la Autoridad Nominadora, este elabora el Nombramiento o Acuerdo de Nombramiento.
En ningún caso, el traslado deberá significar disminución de salario.
La Oficina Nacional de Servicio Civil
emitirá dictamen y devolverá el
expediente a la Autoridad Nominadora
para la continuación del trámite.
La Autoridad Nominadora trasladará el
expediente a la OFICINA NACIONAL
DE SERVICIO CIVIL, para su dictamen.
Es el cambio voluntario entre dos
servidores públicos que desempeñan
puestos de igual clase, especialidad y
salario, en la misma o distinta unidad o
dependencia administrativa, en igual o
diferente localización geográfica.
Estar desempeñando un puesto de la
misma clase, especialidad e igual
salario.
Presentar solicitud escrita ante la
Autoridad Nominadora.
Tener como mínimo un año de
servicio en el puesto al momento
de solicitar la permuta.
Contar con la aprobación de su
Jefe Inmediato Superior.
Someterse al proceso de selección
de personal.
Hasta un mes calendario con goce de salario.
Hasta 3 meses calendario improrrogables sin goce de salario.
Hasta 1 año prorrogables por beca.
Para ocupar cargos de elección popular.
Para estudios.
5 días hábiles: Por fallecimiento del cónyuge, persona unida de hecho, hijos o padres.
3 días hábiles: Por fallecimiento de hermanos.
5 días hábiles: Por contraer matrimonio. El día de nacimiento del hijo. Por citación de autoridades administrativas
o judiciales. El día del cumpleaños del servidor.
SUSPENSIÓN DE TRABAJO POR APREHENSIÓN, SUSPENSIÓN DE TRABAJO POR APREHENSIÓN, DETENCIÓN Y PRISIÓN PREVENTIVADETENCIÓN Y PRISIÓN PREVENTIVA
1. SUSPENSION EN ELTRABAJO SIN GOCE DE 1. SUSPENSION EN ELTRABAJO SIN GOCE DE SALARIOSALARIOSERVIDOR COMUNICA
Autoridad máxima de Dependencia en unplazo no mayor de 2 días
MAXIMA AUTORIDAD DE DEPENDENCIA Emite resolución
ONSECAnaliza, Registra y envía
ORIGINAL Y COPIAA LA DEPENDENCIA
COPIA A ONSEC
UNIDAD DE RECURSOS HUMANOSSuscribe acta y da aviso a ONSEC
SUSPENSION DE TRABAJO POR APREHENSION, SUSPENSION DE TRABAJO POR APREHENSION, DETENCION Y PRISION PREVENTIVADETENCION Y PRISION PREVENTIVA
2. REINTEGRO DEL SERVIDOR2. REINTEGRO DEL SERVIDOR
ORIGINAL Y COPIAA LA DEPENDENCIA
SERVIDOR COMUNICA POR ESCRITOa Autoridad Nominadora sea reintegrado a su
puesto o cargo
LA AUTORIDAD NOMINADORA EMITE RESOLUCIÓN En un plazo no mayor de
30 días y notifica al interesado
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Suscribe acta y da posesióny notifica a ONSEC
ONSECAnaliza, registra y envía
COPIA A ONSEC
Por Acuerdo firmado por el Presidente de la República con el refrendo del Secretario General de la Presidencia o del Ministro correspondiente.
Por Acuerdo de Nombramiento o Nombramiento en el Formulario Oficial firmado por el Ministro de Estado.
Por Acuerdo del Secretario, Director
Ejecutivo, Coordinador o como se le
denomine a la máxima autoridad.
Por Acuerdo firmado por el
Vicepresidente de la República y
refrendado por el Secretario General.
Al obtenerrehabilitaciónAdministrativa
Por orden de Juezcompetente
(reinstalación)
Teléfono Directo 2238-0825
Teléfonos de Planta 2238-1475
2232-1138
Ventanilla Ext. 105 Ext. 128
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