Desempleo y discapacidad: Costa Rica frente al reto de la inclusión
Costa Rica ha experimentado en los últimos meses un fenómeno de aumento en las tasas de desempleo. Las
causas del hecho obedecen a fenómenos multifactoriales entre los cuales se puede citar un estancamiento en la
producción, la salida de empresas en busca de mejores condiciones de inversión en otros países, la falta de políti-
cas verdaderamente efectivas para estimular la creación de puestos de trabajo, un clima de inseguridad económi-
ca, e incluso una exacerbación por parte del sector empresarial de un supuesto mal clima de negocios.
No es el objetivo de este escrito ahondar sobre las causas del desempleo, ni sobre cuáles de los factores anterior-
mente enumerados son reales y cuáles son erróneos. Se pretende en cambio hacer un sucinto análisis sobre los
números existentes en torno a la cuestión, y más en específico, se busca mostrar la realidad de un grupo pobla-
cional que prácticamente no ha sido tomado en cuenta en los datos estadísticos más recientes.
De acuerdo con datos oficiales emitidos por las autoridades de Gobierno, el Instituto de Estadística y Censos y los
entes académicos, de 2010 a 2013 el desempleo en Costa Rica creció un 10%, y actualmente hay 195.865 per-
sonas desempleadas, es decir, un 9% de la fuerza de trabajo. De este porcentaje de fuerza laboral, casi la mitad
son jóvenes, población que alcanza aproximadamente un 45 % de la totalidad de las 195.865 personas desem-
pleadas.
No obstante, cuando se analizan los números de desempleo en personas con discapacidad, el panorama es sim-
plemente desolador. Un aproximado de 60 % de personas con discapacidad en condiciones de laborar no tiene
empleo y un gran porcentaje de quienes si lo tiene, están laborando en condiciones de subempleo, sin que se les
cumplan las prerrogativas básicas relacionadas con sus derechos laborales.
Esta alta tasa de desocupación obedece a factores como la falta de accesibilidad a educación, entorno físico y
transporte público. A ello debe aunarse las barreras actitudinales de la sociedad en general y de los empleadores
en particular, quienes muy a menudo consideran que las personas con discapacidad no pueden desempeñar
normalmente funciones en los centros de trabajo.
La consecuencia inmediata de esta exclusión es el establecimiento de un círculo de pobreza, en muchas ocasio-
nes extrema, que condena a gran parte de la población con discapacidad a una serie de carencias, privaciones y
falta de oportunidades.
Iniciativas como Mi Primer Empleo, donde se subsidia a las empresas que contraten trabajadores con discapaci-
dad y la Ley 8862, que reserva un porcentaje de plazas para ser ocupadas por personas con discapacidad en el
sector público, son importantes, pero se tornan insuficientes para resolver la situación.
Por tales razones, se requiere con urgencia la emisión de Políticas Públicas que tengan en cuenta como eje trans-
versal la discapacidad, de manera tal que se articulen esfuerzos por dar acceso efectivo a este conglomerado a la
educación, el entorno, el transporte y el empleo, con el fin de revertir el ciclo de pobreza y discriminación predomi-
nante a la fecha.
Jacqueline Ulloa Mora, Contralora de Servicios, ANCR
Editorial C O N T E N I D O :
¿Qué son las CIAD? 2
Logros de la CIAD en el
Archivo Nacional
2
“La inclusión laboral de
personas con discapacidad
cambia positivamente el
modo colectivo de convivir
en una sociedad”
3
Nociones sobre los nuevos
enfoques y las formas
adecuadas e incorrectas de
atender a las personas con
discapacidad
4
Consejos a seguir en
atención a personas con
discapacidad
4
Sociedad civil tendrá más
participación con reforma
legal que transforma el
CNREE en Consejo Nacio-
nal de Personas con Disca-
pacidad (CONAPDIS)
5
CONAPDIS velará por
oportunidades integrales
5
Ley de Igualdad de Oportu-
nidades para las Personas
con Discapacidad N° 7600
y acceso al trabajo
6
Reglamento del Estatuto
de Servicio Civil y selec-
ción de personal
7
Simbolo internacional de
accesibilidad
8
Términos correctos sobre
discapacidad
9
BOLETIN Comisión Institucional
sobre Accesibilidad y Discapacidad N O V I E M B R E 2 0 1 5
normativa vigente sobre discapaci-dad. d) Propiciar la participación de las personas con discapacidad y de las organizaciones que las representan en la formulación de las políticas institucionales, así como en el dise-ño, la ejecución y la evaluación del plan institucional de equiparación de oportunidades. e) Coordinar, con las instancias correspondientes, la incorporación de la perspectiva de discapacidad y equiparación de oportunidades en los contenidos de la capacitación, la divulgación y en los sistemas de información institucionales. f) Organizar y promover la provisión de servicios de apoyo y ayudas técnicas que requieren los funciona-rios, usuarios y beneficiarios que presentan discapacidad. g) Establecer vínculos de coopera-ción con integrantes de otras CIAD.
Es la Comisión Institucional sobre
Accesibilidad y Discapacidad, que
deben constituir todos los ministerios
y órganos desconcentrados adscri-
tos a estos. Sus miembros serán
nombrados por la máxima autoridad
institucional, procurando una repre-
sentación amplia de la estructura
institucional
Actualmente la CIAD del la Dirección General del Archivo Nacional está integrada de la siguiente forma: María Soledad Hernández Carmona, Jeannette Fernández González, Ma. Gabriela De Franco Castro, Marco Marín Barrantes, Vinicio Méndez Mora, Marco Calderón Delgado, y
Jordi Sancho Luna,
Las funciones de las comisiones institucionales sobre accesibilidad y
discapacidad son las siguientes:
a) Velar por que las instituciones que representan incluyan, en sus regla-mentos, políticas institucionales, planes, programas, proyectos y
servicios, los principios de igualdad de oportunidades y accesibilidad para las personas con discapacidad, en cualquier región y comunidad del país.
b) Coordinar la formulación, ejecu-ción y evaluación de las políticas institucionales, en el marco de la política nacional en discapacidad y de la normativa vigente.
c) Cooperar mediante recomenda-ciones con la elaboración y evalua-ción del plan y presupuesto institu-cional de equiparación de oportuni-dades con las diferentes instancias institucionales, fundamentadas en la
¿Qué es la CIAD?
Logros de la CIAD en el Archivo Nacional
BOLETIN
Comisión
Institucional sobre Accesibilidad y Discapacidad
N O V I E M B R E 2 0 1 5
1. Informe actualizado sobre las condiciones de accesibilidad y diseño universal del edificio del Archivo Nacional, con base en la Guía Integrada para la verificación de la Accesibilidad al entorno físico de diseño universal del Consejo Nacional
de Rehabilitación y Educación -CNREE- Especial y el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos –CFIA.
2. Alianza interinstitucional con el Departamento de Tecnologías de la Información del CONAPDIS, para iniciar el proceso de diagnóstico e implementación de los requisitos de accesibilidad para contenidos del sitio web del Archivo Nacio-
nal.
3. Día Nacional de la Persona con Discapacidad (29 mayo de 2015): Realización del cine foro sobre la película “Una mente
brillante”.
4. Participación en el proceso de inserción laboral de dos personas con discapacidad como funcionarios del Archivo Nacio-
nal.
5. Capacitación en Lenguaje de Señas Costarricense a funcionarios y funcionarias del Archivo Nacional que atienden públi-
co.
P Á G I N A 3
“La inclusión laboral de personas con
discapacidad cambia positivamente el modo
colectivo de convivir en una sociedad”
Entrevista a los presentadores del Taller
de validación de los Manuales para la
inclusión de las personas con discapaci-
dad. Buenos Aires, Argentina, 27 mayo
2015
¿Cuál es compromiso de OIT
(Organización Internacional del Traba-
jo) respecto a la inclusión laboral de
personas con discapacidad?
Eliminar la discriminación en el empleo es un
objetivo estratégico de la OIT. El Convenio
núm. 111 y la Declaración de Principios y
Derechos Fundamentales de 1998 recono-
cen el derecho a la no discriminación como
un derecho humano en el ámbito laboral.
Además de este enfoque basado en dere-
chos, la OIT está convencida que el empode-
ramiento de las personas con discapacidad, a
través del acceso a la formación profesional
inclusiva y a un empleo digno, es fundamental
para el desarrollo de los países.
En esta línea, la Red Global de la OIT de
empresas y discapacidad convoca a empresas
multinacionales, organizaciones de emplea-
dores, redes nacionales empresariales y de
personas con discapacidad que comparten la
convicción de que las personas con discapa-
cidad tienen talentos y habilidades que pue-
den contribuir a mejorar el funcionamiento
de las empresas.
¿Cuáles son las ventajas para las em-
presas de incorporar trabajadores con
discapacidad?
El conocimiento colectivo generado en la
Red de Empresas y Discapacidad de la OIT
ha puesto en evidencia las ventajas de con-
tratar personas con discapacidad. La valora-
ción de la diversidad en el lugar de trabajo es
un componente clave para el éxito de las
empresas y para promover empleo digno y
empresas sostenibles.
Por ejemplo, es importante destacar que,
con la capacitación adecuada, las personas
con discapacidad pueden ser tan producti-
vas como cualquier otro trabajador, y con
frecuencia, son más productivos. En el ámbi-
to de la seguridad y salud en el trabajo,
suelen cuidarse más y tienen menos acci-
dentes. También está comprobado que son
trabajadores fieles a la empresa, puntuales, y se ausentan menos que otros trabajadores.
Una de las razones más contundentes para
el caso de negocios es que las personas con
discapacidad han desarrollado capacidades
especiales para la resolución de problemas,
que trasladado al ámbito laboral, se convier-
te en una competencia para la creatividad y
la innovación, algo que hoy día puede ser
uno de los activos más importantes para las
empresas.
La inclusión de personas con discapacidad
en los equipos de trabajo mejora el clima
laboral de las empresas, motiva al resto del
personal y la empresa será más atractiva al
talento humano, especialmente entre los
jóvenes.
La inclusión laboral de personas con disca-
pacidad cambia positivamente el modo co-
lectivo de convivir en una
sociedad, pues influye en la disminución del
conflicto intercultural entre personas con y
sin discapacidad.
Ver más en: http://www.ilo.org/
buenosaires/noticias/WCMS_371655/lang--
es/index.htm
Además ver: Estrategia y plan de acción
para la inclusión de la discapacidad 2014-2017 en:
http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---
ed_emp/---ifp_skills/documents/
genericdocument/wcms_370773.pdf
B O L E T I N
La inclusión de la dis-
capacidad significa pro-
mover y garantizar la
participación de las
personas con discapa-
cidad en la educación,
la formación y el em-
pleo y en todos los
aspectos de la socie-
dad, así como brindar
los apoyos necesarios
y ajustes razonables a
dichas personas para
permitir su plena par-
ticipación
Nociones sobre los nuevos enfoques y las formas adecuadas e
incorrectas de atender a las personas con discapacidad
P Á G I N A 4
La discapacidad tiene dos componentes,
el individual y el social. El primero se
refiere a la limitación de funciones de
una persona en su estado físico: visual,
auditivo, cognitivo, mental, etc. En el
segundo, que es cuando en verdad se
enmarca la discapacidad, es donde en-
tran en juego los factores que en forma
negativa enfocan a la discapacidad de las
personas, donde a través de la historia
se conceptualizaba como un castigo, de
lástima y enfermedad, de cuidado espe-
cial, hasta en la educación, pero que
cuando la ciencia médica interviene
sobre ella, se habla de paciente rehabili-
tado para incorporarse a la sociedad en
forma normal.
A partir del siglo XX, con el surgimiento
de las teorías y movimientos sobre los
derechos humanos, estas nociones negati-
vas dan un giro y se enmarcan en la igual-
dad de oportunidades, en la no discrimina-
ción, en la autonomía personal, la partici-
pación social y la accesibilidad total de
esta población con discapacidad.
Así que los conceptos “mitos” y que
encierran “prejuicios” cambian y no deben
usarse ya, ni catalogar a estas personas
como inválidos, minusválidos, anormales,
mongolitos, sordomudos, cieguitos, po-
brecitos, impedidos o retrasados.
En nuestro país, aparece la legislación que
regula los derechos de los ciudadanos con
discapacidad, desde la instauración del Día
Nacional de la Persona con Discapacidad
(29 de mayo), los aspectos laborales (5%
de plazas en el sector público para disca-
pacitados, con acceso al empleo de calidad
en igualdad de condiciones), las comisio-
nes municipales, la declaratoria de interés
público, las obligaciones del Estado, las
ayudas técnicas y los servicios de apoyo, la
concientización de que se debe recalcar
primero a la persona y no su discapacidad,
el acceso a la educación, las penas a los
actos de discriminación, el acceso a la
salud y la prevención de la discapacidad, el
acceso a los estacionamientos (5% en
parqueos), en la accesibilidad al transpor-
te público (buses adaptados al 100% así
como a las terminales de buses), la infor-
mación accesible ( braille, audio, relieve,
lector de pantalla, sitios web, traducción a
Lenguaje de Señas Costarricense- LES-
CO), acceso a bibliotecas, acceso a re-
creación y deportes, programas de capaci-
tación, edificaciones nuevas adaptadas o
remodelaciones adecuadas y las penas a
las faltas de aplicación de la legislación
vigente, que no se cumple en su totalidad
Lic. Esteban Chaverri. Especialista de la Oficina de Bienestar y Salud (O.B.S.) de
la Vicerrectoría de Vida Estudiantil
(V.V.E.), UCR.
señas y ponerse al frente para que pueda
leer los labios, llamar la atención con
elementos visuales, mover manos o pren-
der y apagar luces, usar información es-
crita; personas con limitaciones físicas: no
quitarles su herramienta de apoyo
(bastón, muleta, andadera), ubicarse al
frente de la silla de ruedas para hablar
con la persona, no empujar la silla sin el
consentimiento de la persona; con perso-
nas con limitaciones cognitivas y menta-
les: explicar una cosa a la vez, claro y
despacio, repetir cuanto sea necesario y
con paciencia, sin burla ni con lenguaje
discriminatorio.
Algunos consejos a tomar en cuenta en
atención a personas con discapacidad.
De primera impresión: no tenga miedo en
acercarse y evite lástima, diríjase a ella y
no a su acompañante, preguntar si necesita
ayuda, no asumir que se requiere la misma,
no usar lenguaje “prejuicioso”; con perso-
nas ciegas o baja visión: permitir que la
persona se tome a usted de su hombro,
brazo o camisa con normalidad, no tomar
el bastón guía, no distraer al perro guía,
usar lenguaje directo como a su derecha,
al frente, arriba y no “aquí” o “por allá”;
con personas sordas: utilizar lenguaje de
Consejos a seguir en atención a personas
con discapacidad
Estigmatizado + Discapacitado
= ¿Desempleado?
El emplear a una persona con
discapacidad le da a usted y a
su organización la oportunidad
de actualizar mucho potencial.
P Á G I N A 5
“CONAPDIS
asumirá las labores
del Consejo
Nacional de
Rehabilitación y
Educación Especial
(CNREE), con un
enfoque actualizado
y distinto, basado en
los derechos
humanos, en la
creación de
oportunidades y en
la mejora de la
calidad de vida para
esta población”
CONAPDIS velará por
oportunidades integrales
Sociedad civil tendrá más participación con reforma
legal que transforma el CNREE en Consejo Nacional de
Personas con Discapacidad (CONAPDIS)
A partir de la aprobación de la Ley
Nº 9303, el Estado costarricense
cuenta con un nuevo ente rector en
materia de discapacidad. Anterior-
mente, el Consejo Nacional de
Rehabilitación y Educación Especial
(CNREE) era el órgano pa-
ra atender a esta población; sin em-
bargo, los objetivos institucionales
que fueron planteados en los años
setenta quedaron desactualizados
para garantizar el cumplimiento de
la Convención Internacional de los
Derechos de las Personas con Dis-
capacidad.
Por ese motivo, desde el año 2012
se presentó un proyecto de ley para
modificar la estructura y mejorar las
competencias técnicas y políticas del
ente rector en materia de población
con discapacidad. Los diputados lo ava-
laron y el pasado 8 de mayo se aprobó
en segundo debate el expediente Nº
18.547, la creación del Consejo Nacio-
nal de Personas con Discapacidad
(CONAPDIS).
El porcentaje de organizaciones de per-
sonas con discapacidad que tendrán voz
y voto en las sesiones de la Junta Di-
rectiva de este Consejo se aumentó del
20% al 40%. Gracias a lo anterior Costa
Rica se actualiza en materia de partici-
pación ciudadana, de acuerdo con la
Convención Internacional
La nueva conformación interinstitucional de la Junta Directiva del Consejo permitirá trabajar en
nuevos ejes temáticos que deben abordarse por el Poder Ejecutivo desde un enfoque de derechos
humanos.
Un ejemplo de estos alcances es la inclusión de una persona representante del MOPT dentro de
CONAPDIS. Lo anterior permitirá contemplar todas las dimensiones de la accesibilidad dentro del
diseño de las obras de la red vial nacional, las paradas de transporte público y en los puntos de em-
barque internacional.
Sumado a lo anterior, el nuevo ente rector se adscribe al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Esta relación administrativa permite darle prioridad y relevancia política a la inclusión gradual de
más personas con discapacidad dentro del mercado laboral y en la seguridad social, con el fin de
avanzar hacia la filosofía de vida independiente.
http://gobierno.cr/costa-rica-fortalece-su-ente-rector-para-atender-discapacidad/
http://presidencia.go.cr/prensa/comunicados/sociedad-civil-tendra-mayor-protagonismo-en-el-nuevo-consejo-
nacional-de-personas-con-discapacidad/
B O L E T I N
Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con
Discapacidad N° 7600 y acceso al trabajo
P Á G I N A 6
los establecidos para cualquier solici-
tante y el no emplear, por razón de su
discapacidad, a un trabajador idóneo.
También se considerará acto discrimi-
natorio que, en razón de la discapaci-
dad, a una persona se le niegue el acce-
so y la utilización de los recursos pro-
ductivos. .
ARTICULO 25.-Capacitación priorita-
ria Será prioritaria la capacitación de las
personas con discapacidad mayores de
dieciocho años que, como consecuen-
cia de su discapacidad, no hayan tenido
acceso a la educación y carezcan de
formación laboral. .
ARTICULO 26.-Asesoramiento a los
empleadores El Estado ofrecerá a los
empleadores asesoramiento técnico,
para que estos puedan adaptar el em-
pleo y el entorno a las condiciones y
necesidades de la persona con discapa-
cidad que lo requiera. Estas adaptacio-
nes pueden incluir cambios en el espa-
cio físico y provisión de ayudas técnicas
o servicios de apoyo. .
.
ARTICULO 27.-Obligación del patrono
El patrono deberá proporcionar facili-
dades para que todas las personas, sin
discriminación alguna, se capaciten y se
superen en el empleo .
ARTICULO 28.- Afiliaciones Las perso-
nas con discapacidad que realicen una
labor lucrativa, independientemente de
su naturaleza, estarán incorporadas en
los regímenes de riesgos del trabajo,
enfermedad y maternidad e invalidez,
vejez y muerte.
ARTICULO 29.- Obligaciones del Esta-
do Cuando una persona asegurada por
el Estado presente una discapacidad
como consecuencia de una enfermedad
o lesión, la Caja Costarricense de Segu-
ro Social le proporcionará atención
médica y rehabilitación, así como las
ayudas técnicas o los servicios de apo-
yo requeridos. Asimismo, el Estado le
otorgará una prestación económica
durante el período de hospitalización,
si es necesario, hasta por un año, y
esta no podrá ser inferior a la pensión
mínima del régimen contributivo de la
Caja Costarricense de Seguro Social.
El Estado garantizará la capacitación
laboral de las personas que, como
consecuencia de una enfermedad o
lesión, desarrollen una discapacidad
que les impida continuar con el trabajo
que realizaban. Esta capacitación pro-
curará que se adapten a un cargo de
acuerdo con las nuevas condiciones. El
Estado deberá tomar las medidas per-
tinentes, con el fin de que las personas
con discapacidad puedan continuar en
sus funciones o en otra acorde con sus
capacidades. .
ARTICULO 30.- Obligación del Minis-
terio de Trabajo y Seguridad Social El
Ministerio de Trabajo y Seguridad So-
cial mantendrá un servicio con profe-
sionales calificados para brindar el ase-
soramiento en readaptación, coloca-
ción y reubicación en el empleo de las
personas con discapacidad. Para facili-
tar sus acciones, este servicio deberá
mantener contacto con las organiza-
ciones de personas con discapacidad.
Con la promulgación de la Ley 7600 se
declara de interés público el desarrollo
integral de la población con discapaci-
dad, en iguales condiciones de calidad,
oportunidad, derechos y deberes que
el resto de los habitantes.
Los objetivos de la presente ley son:
a) Servir como instrumento a las perso-
nas con discapacidad para que alcancen
su máximo desarrollo, su plena partici-
pación social, así como el ejercicio de
los derechos y deberes establecidos en
nuestro sistema jurídico. b) Garantizar
la igualdad de oportunidades para la
población costarricense en ámbitos
como: salud, educación, trabajo, vida
familiar, recreación, deportes, cultura y
todos los demás ámbitos establecidos.
c) Eliminar cualquier tipo de discrimina-
ción hacia las personas con discapaci-
dad. d) Establecer las bases jurídicas y
materiales que le permitan a la socie-
dad costarricense adoptar medidas
necesarias para la equiparación de
oportunidades y la no discriminación de
las personas con discapacidad.
En el capítulo II del artículo 23 al 30 de
ésta ley se regula lo relativo al acceso al
trabajo de las personas con discapaci-
dad., según se indica a continuación:
ARTICULO 23.-Derecho al trabajo El
Estado garantizará a las personas con
discapacidad, tanto en zonas rurales
como urbanas, el derecho de un em-
pleo adecuado a sus condiciones y ne-
cesidades personales.
ARTICULO 24.-Actos de discrimina-
ción Se considerarán actos de discrimi-
nación el emplear en la selección de
personal mecanismos que no estén
adaptados a las condiciones de los aspi-
rantes, el exigir requisitos adicionales a
P Á G I N A 7
En las ofertas de
empleo público
del Poder
Ejecutivo se
reservará un cupo
del cinco por
ciento (5%) de las
vacantes para ser
cubiertas entre
personas con
discapacidad
Reglamento del Estatuto de Servicio
Civil y selección de personal
LA DGSC como ente Rector en materia
de recursos humanos, debe crear nor-
mas, políticas y procedimientos para
tratar los asuntos de discapacidad en el
Régimen de Servicio Civil y trabajar en la
ejecución, asesoraría, supervisión de la
gestión de la discapacidad
Sobre el particular el artículo 15 del Re-
glamento del Estatuto de Servicio Civil
establece que: “...En las ofertas de empleo
público del Poder Ejecutivo se reservará un
cupo del cinco por ciento (5%) de las vacan-
tes para ser cubiertas entre personas con
discapacidad, de modo que, progresivamen-
te se alcance el dos por ciento (2%) de los
efectivos totales de la Administración Cen-
tral del Estado, siempre que superen las
pruebas selectivas y que, en su momento,
acrediten la compatibilidad con el desempe-
ño de las tareas y funciones correspondien-
tes, según lo determine la Dirección General
de Servicio Civil.”
Con lo anterior se entendería, que al
referirse a una oferta real de empleo y
al cumplimiento de requisitos que permi-
tan comprobar, fehacientemente, la ido-
neidad de los oferentes y por lo tanto la
posibilidad de integrar un registro de
elegibles, supone sin lugar a dudas, un pro-
ceso evidentemente de ingreso al sector
público.
El Estatuto de Servicio Civil era omiso en
cuanto a la incorporación de Personas con
Discapacidad al empleo en el Poder Ejecuti-
vo, de ahí que se crea un cuerpo de normas
jurídico-administrativas, entre ellas:
Resolución DG-136-90 (sistema de Se-
lección Adaptado, para promover la
inclusión)
Resolución DG-017-92 (Comisión Espe-
cializada )
Resolución DG-0004-98 (Registro de
Elegibles paralelos)
Resolución DG-234-08
Normas de Acreditación de la discapaci-
dad, DECRETO EJECUTIVO 360425,
emitido el 18 de junio del 2010
Ley 8862, LEY DE INCLUSION Y PRO-
TECCION LABORAL DE LAS PERSO-
NAS CON DISCPACIDAD EN EL SEC-
TOR PUBLICO, y su Reglamento.
Con la incorporación de normativa indicada
se pretende reconocer el aporte laboral de
las personas con discapacidad, eliminar o
prevenir discriminación, incrementar opor-
tunidades de empleo y fijar parámetros a la
instituciones.
B O L E T I N
P Á G I N A 8
A diferencia de los iconos de accesibilidad que existen, en éste el cuerpo es mucho más grande en comparación
con la silla de ruedas
Ver: http://www.poder-judicial.go.cr/discapacidad/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=5&Itemid=138
SIMBOLO INTERNACIONAL DE ACCESIBILIDAD
Accesibilidad: son las medidas adoptadas, por las institucio-
nes públicas y privadas, para asegurar que las personas con
discapacidad tengan acceso, en igualdad de condiciones con
los demás, al entorno físico, el transporte, la información y
las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías
de la información y las comunicaciones y a otros servicios e
instalaciones abiertos al público o de uso público. Estas medi-
das incluyen también la identificación y eliminación de dichas
barreras. Art. 2 Ley 7600
Términos correctos sobre discapacidad
Nada es suficiente si no se adquiere un genuino compromiso
(actitud) con las necesidades de las personas con discapacidad y
eso se debe traducir en buenas prácticas, políticas y procedi-
mientos institucionales sustentados en los principios de: igual-
dad de oportunidades, vida independiente, participación, accesi-
bilidad y no discriminación de dichas barreras.
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