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CONTENIDO
PARTE I: EL MERCADO DE TRABAJO COMO PUNTO
DE PARTIDA. POLÍTICAS DE EMPLEO.
LAS POLÍTICAS DE EMPLEO EN ESPAÑA.
EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO.
PARTE II: AYUDAS A LA CONTRATACIÓN A NIVEL ESTATAL.
PARTE III: AYUDAS A LA CONTRATACIÓN A NIVEL REGIONAL.
PARTE IV: RECOPILACIÓN DE NORMATIVA CONTRATACIÓN
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Esta guía, se centra fundamentalmente en recopilar información dirigida a empresas interesadas en conocer las posibles ayudas a la contratación existentes en España,
con la intención de que resulte de utilidad para valorar las que pueden aplicarle, identificando el organismo al que debe dirigirse para su solicitud o aplicación.
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CA
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BA
JO.
El mercado de trabajo como punto de partida. Las políticas de empleo.
Las ayudas al empleo constituyen una de las políticas activas de mercado de trabajo más utilizadas en el conjunto de los países
occidentales, especialmente en la Unión Europea.
El conjunto de servicios y programas que desarrollan las políticas activas de empleo tiene como finalidad mejorar las posibilidades de
acceso al empleo de los desempleados y la adaptación de la formación y su recualificación para el empleo, así como aquellas otras
destinadas a fomentar el espíritu empresarial y la economía social.
El fomento del empleo puede apoyarse de forma:
Directa: mediante el establecimiento de una serie de ayudas directas a la contratación, con el objetivo fundamental de
incentivar la creación de empleo en el sector privado.
Indirecta: mediante incentivos indirectos, como pueden ser la creación de nuevas formas de contratos o incluso
modificaciones en la normativa reguladora de contratación, o realizando mejoras en los servicios públicos de empleo.
Esta guía, se centra fundamentalmente en recopilar información relativa a aquellas medidas directas para favorecer la
contratación por parte de las empresas.
Las políticas de empleo en España. El Sistema Nacional de Empleo.
El Sistema Nacional de Empleo es el conjunto de estructuras, medidas y acciones necesarias para promover y desarrollar la política
de empleo, y está integrado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y los servicios públicos de empleo de las comunidades
autónomas.
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. SN
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En el caso de España, las políticas activas de empleo están transferidas a las Comunidades Autónomas. En Ceuta y Melilla es el SEPE
quien las gestiona. Se puede encontrar más información en la siguiente tabla, en función de la CCAA de referencia:
CCAA Servicio de Empleo a nivel regional
Andalucía Servicio Andaluz de Empleo
Aragón Instituto Aragonés de Empleo
Asturias Trabajastur
Canarias Servicio Canario de Empleo
Cantabria Servicio Cántabro de Empleo
Castilla La Mancha
Consejería de economía, empresas y empleo
Castilla y León Servicio Público de Empleo de Castilla y León
Cataluña Servicio Público de Empleo de Cataluña
C
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E.
CCAA Servicio de Empleo a nivel regional
Ceuta Servicio de Empleo Público Estatal
Comunidad de Madrid
Portal de empleo de la Comunidad de Madrid
Comunidad Valenciana
Servicio Valenciano de Empleo y Formación
Extremadura Servicio Extremeño Público de Empleo
Galicia Servicio Público de Empleo de Galicia
Illes Balears Servicio de Empleo de las Islas Baleares
La Rioja Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
Melilla Servicio de Empleo Público Estatal
Navarra Servicio Navarro de Empleo
C
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. SN
E.
CCAA Servicio de Empleo a nivel regional
País Vasco Servicio Vasco de Empleo
Región de Murcia
Servicio Regional de Empleo y Formación de la Región de Murcia
Las políticas de empleo en Europa. EalS y FSE.
El Programa de la UE para el Empleo y la Innovación Social (EaSI) es un instrumento financiero a escala de la UE, cuyo objeto es
promover un elevado nivel de empleo de calidad y sostenible, que aporte una protección social correcta, combata la exclusión social y
la pobreza y mejore las condiciones de trabajo. Está gestionado directamente por la Comisión Europea, y se estructura en 3 ejes:
Eje PROGRESS cuyo objetivo es modernización de las políticas de empleo y sociales
Eje EURES, cuyo objetivo es la movilidad profesional
Eje Microfinanciación y emprendimiento social, cuyo objetivo es el acceso a la
microfinanciación y al emprendimiento social
C
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PA
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. SN
E.
En ningún de los 3 casos se financia directamente a las empresas o emprendedores, por lo que pertenecerían a las medidas
indirectas.
El Fondo Social Europeo (FSE) fue establecido en virtud del Tratado de Roma con el fin de mejorar las posibilidades de movilidad y
empleo de los trabajadores en el mercado común. Sus funciones y normas operativas fueron revisadas posteriormente para reflejar
los cambios en la situación económica y laboral de los Estados miembros, así como la evolución de las prioridades políticas definidas a
escala de la Unión.
Las ayudas a la contratación fomentadas a través del FSE, serán gestionadas a través de convocatorias a nivel de cada estado
miembro, en base a las normativas comunitarias que regulan este fondo estructural, y no gestionadas directamente desde la UE, en
base a las particularidades de cada estado y sus propias políticas de empleo.
Tiene especial relevancia la iniciativa Garantía Juvenil, que pretende facilitar el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo. En
España se enmarca en la estrategia de Emprendimiento Joven aprobada en febrero de 2013 por el Ministerio de Empleo y Seguridad
Social. La Recomendación sobre la Garantía Juvenil establece que los jóvenes puedan recibir una oferta de empleo, de educación o
formación tras haber finalizado sus estudios o quedar desempleados.
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II:
Ayudas dirigidas a fomentar la contratación a nivel estatal
En este apartado se ha recogido información de interés en relación a las convocatorias de ayudas a la contratación a nivel estatal, con
especial atención a los incentivos disponibles en forma de beneficios específicos a aplicar en las cotizaciones a la seguridad social,
como principal herramienta disponible para las empresas en la actualidad.
El siguiente cuadro recoge un resumen de las mismas, en el que se ha integrado tanto la información puesta a disposición por parte
del SEPE relativas a posibles bonificaciones y reducciones para la contratación laboral, así como la puesta a disposición por parte del
Ministerio de Empleo y Seguridad Social en relación a posibles Beneficios en la Cotización de la Seguridad Social y otras peculiaridades
de cotización, que ambos periódicamente actualizan y publican. En el cuadro se indica la página en que se encuentra la referida ayuda
en cada una de las publicaciones analizada, en sus últimas ediciones publicadas, relativas a enero de 2018 en ambos casos.
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II:
Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de
la ayudaNormativa de referencia
Ref. SEPE
(pág)
Ref. SS
(pág)
Víctima de violencia de género y
victimas del terrorismo (Ley 29/2011,
art. 34)
Víctima de violencia doméstica
Personas en situación de exclusión
social
1.500 €
850 €
600 €
4 años
Ley 43/2006 (art. 2),
modificada por Ley 3/2012
(disposición final 14)
4 y 5
contratación
inicial
7
transformació
n de contrato
3 y 4
contratació
n inicial
7
transforma
ción de
contrato
Personas con discapacidad:
-Menores de 45 años
-Mujeres
-Mayores de 45 años
Si es discapacidad severa
4.500 €
5.350 €
5.700 €
+600 €
vigencia del
contratoLey 43/2006 (art. 2) 5
4
contratació
n inicial
7
transforma
ción de
contrato
Contratación indefinida inicial Víctima de trata de seres humanos 1.500 € 2 añosLey 43/2006 (art. 2),
modificada por Ley 26/20154 4
Mantenimiento de la
contratación (contrato
indefinido nuevo o vigente)
Mayores de 65 años con 38 años y 6
meses de cotización efectiva a la
seguridad social o 67 años y 37 años de
cotización efectiva
En caso de no tener la antigüedad al
cumplir la edad, se aplica cuando se
cumple el requisito
Reducción 100%
cuota empresarial
por contingencias
comunes, salvo
incapacidad
temporal
indefinida
Ley General de la Seguridad
Social, modificada por Ley
27/2011 (art. 2)
RD Legislativo 8/2015 (art.
152)
10 14
Transformación de contratos
para la formación y el
aprendizaje en indefinido
Hombres
Mujeres
Caso de trabajador inscrito en SNGJ
1.500 €
1.800 €
La reducción se
convertirá en
bonificación
Ley 3/2012 (art. 2),
modificada por el RD Ley
6/2016 (art. 3)
7 7
Transformación de contrato
primer empleo jovén en
indefinido
Menores de 30 años o menores de 35
años en caso de discapacidad ≥ 33%, sin
experiencia laboral o con experiencia
inferior a 3 meses
Hombres: 500 €
Mujeres: 700 €
hasta que
tasa
desempleo
< 15%
Ley 11/2013 (art. 12) y RD Ley
4/20131 8
Todas las empresas
indefinida
3 años
Contratación indefinida inicial
o transformación de contrato
termporal en indefinido
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II:
Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de
la ayudaNormativa de referencia
Ref. SEPE
(pág)
Ref. SS
(pág)
Contratación indefinida
tiempo completo, parcial o
fijo discontinuo
Todas las empresas que readmitan
trabajador
Trabajadores que cesaron en la empresa
por reconocimiento de incapacidad
permanente total o absoluta, que
después de haber recibido prestaciones
recuperen capacidad plena o continúen
afectados de incapacidad parcial
Bonificación 50%
cuota patronal
contingencias
comunes
2 años indefinida RD 1451/1983 (art. 2) 11 4
Hombres y mujeres mayores de 45 años
desempleados e inscritos en la oficina
de empleo
Si además es colectivo de de mujeres
subrepresentadas
1.300 €
1.500 €
Jóvenes entre 16 y 30 años
desempleados e inscritos en la oficina
de empleo
Si además es colectivo de de mujeres
subrepresentadas
1er año: 1.000 €
2o año: 1.100 €
3er año: 1.200 €
+100 €
Transformación de contratos
en prácticas, de relevo y
sustitución por jubilación en
indefinido
Hombres
Mujeres
500 €
700 €indefinida Ley 3/2012 (art. 7) 6 7
Empresas con menos de 50 trabajadores 3 años
3
hasta tasa
desempleo
< 15%
Contratación inicial indefinidaLey 3/2012 (art. 4) modificado
por RDL 16/20134
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II:
Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de
la ayudaNormativa de referencia
Ref. SEPE
(pág)
Ref. SS
(pág)
Empresas de menos de 10 trabajadores
o empresarios autónomos
Desempleados inscritos en la oficina de
empleo, menores de 30 años o menores
de 35 en caso de discapacidad ≥ 33%
12 mesesLey 11/2013 (art. 10) y RD Ley
4/2013
Proyectos de emprendimiento jovén:
trabajadores por cuenta propia menores
de 30 años o menores de 35 en caso de
discapacidad ≥ 33%
Desempleados mayores de 45 años,
inscritos en la oficina de empleo
ininterrumpidamente 12 de los últimos
18 meses o beneficiarios del programa
de recualificación profesional
12 mesesLey 11/2013 (art. 11) y RD Ley
4/2013
Hombres y mujeres mayores de 45 años
desempleados e inscritos en la oficina
de empleo
Si además es colectivo de de mujeres
subrepresentadas
90% aportación
empresarial a SS
100% aportación
empresarial a SS
Jóvenes entre 16 y 30 años
desempleados e inscritos en la oficina
de empleo
Si además es colectivo de de mujeres
subrepresentadas
Aportación
empresarial SS:
1er año: 90%
2o año: 70%
3er año: 40%
+10% extra
hasta que
tasa
desempleo
< 15%
hasta tasa
desempleo
< 15%
3 años
Reducción del
100% cuota
empresarial a la
seguridad social
1 24
Contratación indefinida
Emprendedor con menos de 50
trabajadores y centro de trabajo en la
C.A. de Canarias
Ley 3/2012 modificada por
Ley 3/2017 (art. 4.5 bis) 4 16
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II:
Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de
la ayudaNormativa de referencia
Ref. SEPE
(pág)
Ref. SS
(pág)
Trabajadores provenientes de ETT con
contrato eventual, primer empleo joven
puestos a disposición de empresa
usuaria.
Bonificación
cuotas
empresariales a la
seguridad social.
Por año:
-Hombres: 500 €
-Mujeres: 700 €
hasta que
tasa
desempleo
< 15%
Ley 11/2013 (art. 12.4) y RD
Ley 4/20133 25
Trabajadores provenientes de ETT con
contrato para formación y aprendizaje
puestos a disposición de empresa
usuaria.
Reducción cuota
empresarial a la
seguridad social.
Por año:
-Hombres: 1.500 €
-Mujeres: 1.800 €
Ley 3/2012 (art. 3),
modificada por Ley 11/2013
(disposición final 4ª)
RD Ley 6/2016
3 7
Usuarias de ETT, con menos de 50
trabajadores
Trabajadores provenientes de ETT con
contrato en prácticas puestos a
disposición de empresa usuaria.
Bonificación
cuotas
empresariales a la
seguridad social.
Por año:
-Hombres: 500 €
-Mujeres: 700 €
Ley 3/2012 (art. 7.2),
modificada por RD Ley
16/2013 (art. 3.2)
3 7
Contratación indefinida
Usuarias de ETT
3 años
indefinida
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II:
Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de
la ayudaNormativa de referencia
Ref. SEPE
(pág)
Ref. SS
(pág)
Empresas de 250 o más trabajadores
Reducción 75%
cuota empresarial
por contigencias
comunes
Empresas de menos de 250 trabajadores
Reducción del
100% cuota
empresarial por
contigencias
comunes
Empresas con centro de trabajo en
Ceuta y Melilla, de los Sectores de
Agricultura, Pesca y Acuicultura;
Industria, excepto Energía y Agua;
Comercio; Turismo; Hostelería y resto de
servicios, excepto el Transporte Aéreo,
Construcción de Edificios, Actividades
Financieras y de Seguros y Actividades
Inmobiliarias
Todos los trabajadores asociados al
centro de trabajo en Ceuta o Melilla
50% de la base de
cotización por
contigencias
comunes,
desempleo, FP y
FOGASA
vigencia del
contrato
Ley 31/2011 (disposición
adicional primera)
RD Legislativo 8/2015
(disposición adicional
vigesima tercera)
Canarias para contratar tripulantes de
buques inscritos en el Registro especial
de buques y empresas de Canarias
Ninguna
Bonificación del
90% de la
aportación
empresarial
vigencia del
contrato
Ley 19/1994 (art. 78),
modificada por Ley 4/2006
(art. 3.3)
Comtratación indefinida y
temporal9 15indefinida
1 24
Contratación parcial con
vinculación formativa,
indefinida o con duración
determinada
Desempleados inscritos en la oficina de
empleo, menores de 30 años o menores
de 35 en caso de discapacidad ≥ 33%
12 meses
+ 12 meses
prórrogable
hasta que
tasa
desempleo
< 15%
Ley 11/2013 (art. 9) y RD Ley
4/2013
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II:
Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de
la ayudaNormativa de referencia
Ref. SEPE
(pág)
Ref. SS
(pág)
Empresas de menos de 250 trabajadores
Reducción del
100% cuota
empresario y del
trabajador
Empresas de 250 o más trabajadores
Reducción del
75% cuota
empresario y
100% cuota
trabajador
Contrato temporal de
fomento del empleo
Todas, con duración de contrato mínima
de 12 meses
Personas con discapacidad:
-Hombre menor de 45 años
-Mujer menor de 45 años y hombre
mayor de 45 años
-Mujer mayor de 45 años
Si es discapacidad severa
3.500 €
4.100 €
4.700 €
+600 €
Ley 43/2006 (disposición
adicinal primera)8 10
Contrato temporal, distintos
de formativos e interinidad Todas las empresas
Víctima de:
-violencia de género y doméstica
-terrorismo (Ley 29/2011, art. 34)
-trata de seres humanos
Personas en situación de exclusión
social:
-caso general
-si han finalizado relación laboral con
empresa de inserción en 12 meses
anteriores
600 €
500 €
1er año: 1.650 €
resto: 500 €
Ley 43/2006:
-disposición adicional 1ª
-art. 2, mod. por Ley 3/2012
(disposición final 14ª)
-art. 2, mod. por Ley 26/2015
(disposición final 8ª)
-art. 2
-art. 2, mod. por Ley 31/2015
(art. 6)
8 10
vigencia del
contrato
Ley 3/2012 (art. 3),
modificada por el RD Ley
6/2016 (art. 3)
8 12Contratación temporal para la
formación y el aprendizaje
Jóvenes desempleados e inscritos en la
oficina de empleo
indefinida
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II:
Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de
la ayudaNormativa de referencia
Ref. SEPE
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Ref. SS
(pág)
Todas las empresas para sustituir a
trabajadores durante los periodos de
descanso por maternidad, adopción,
acogimiento, paternidad, riesgo durante
el embarazo o lactancia
Personas desempleadas
-100% cuota
empresarial por
todas las
contingencias del
interino
-100% cuota
trabajador en
situación de
descanso
periodo de
sustitución
-RD Ley 11/1998 (art. 1)
-Ley 12/2001 (disposición
adicional 2ª)
10 12 y 14
Todas las empresas para sustituir a
trabajadores en excedencia por cuidado
de familiares
Personas beneficiarias de prestaciones
por desempleo durante más de 1 año
Reducción de la
cuota empresarial
por contingencias
comunes:
1er año: 90%
2o año: 60%
3er año: 50%
periodo de
excedencia
(hasta 3
años)
Estatuto de los trabajadores
RD Legislativo 2/2015
(disposición adicional 21ª)
Todas las empresas para sustituir a
trabajadoras víctimas de violencia de
género que hayan suspendido su
contrato ejercitando su derecho a la
movilidad geográfica
Ninguna
100% cuota
empresarial a la
seguidad social
por contingencias
comunes
-periodo
sustitución
-6 meses si
movilidad
geográfica o
cambio de
centro de
trabajo
Ley orgánica 1/2004 (art. 21)
Contrato de interinidad por
duración determinada
11 12
indefinida
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II:
Dirigido a Condiciones Empresa / Empresario condiciones de persona a contratar Cuantía ayuda DuraciónVigencia de
la ayudaNormativa de referencia
Ref. SEPE
(pág)
Ref. SS
(pág)
Contrato en prácticas Todas las empresas
Menores de 30 años o menores de 35 en
caso de discapacidad ≥ 33%, inscritos en
la oficina de empleo:
-caso general
-inscrito en sistema nacional de garantía
juvenil, que realiza prácticas no
laborales (RD 1543/2011)
Reducción cuota
empresarial por
contigencias
comunes:
-50%
-75%
vigencia del
contrato
hasta que
tasa
desempleo
< 15%
Ley 11/2013 (art. 13) y RD Ley
4/2013
Incorporación como socio
trabajador o de trabajo
Cooperativas, optando por régimen de
seguridad social propio de trabajador
por cuenta ajena, o sociedades laborales
Menores de 30 años o menores de 35 en
caso de discapacidad ≥ 33%, inscritos en
la oficina de empleo.
Mayores de 30 años.
1er año: 1.650 €
2o y 3er año: 800 €
800 € / año
3 años indefinida
Ley 5/2011 (art. 9),
modificada por Ley 31/2015
(art. 3)
2 24
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III:
Convocatorias a nivel regional
En este apartado, se ha recogido información de interés puesta a disposición desde los servicios de empleo de cada CCAA, en su caso,
en relación con ayudas específicas destinadas a la contratación en la región. Desde la referencia a la CCAA se puede acceder a la
información actualizada de forma directa, y adicionalmente se ha recopilado la información relativa a las convocatorias con plazo
abierto en el momento de redacción de este documento:
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Andalucía:
Programa Emple@Joven y Emple@30+
El Programa Emple@Joven supone en Andalucía la puesta en marcha de una experiencia piloto basada en los principios de la Garantía Juvenil y el Programa Emple@30+ pretende dar
cobertura a aquel conjunto de población de 30 o más años de edad, con dificultades para acceder al empleo, mediante dos medidas especialmente definidas para ello.
A raíz de la aprobación e implantación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y la puesta en marcha del Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, es necesario adaptar y
actualizar los programas Emple@Joven y Emple@25+ de forma que se cumplan con los requisitos de edad de la Garantía Juvenil, que incluyen a la población de 18 a 29 años.
El programa se contemplan las siguientes medidas, (pueden optar empresas, en plazo):
- Iniciativa Cooperación Social y Comunitaria Emple@Joven y Emple@30+.
- Becas para el desarrollo de prácticas profesionales en empresas.
- Ayudas para la contratación de personas titulares del Bono de Empleo Joven.
- Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo.
- Incentivos a la contratación indefinida de personas jóvenes.
Abierto
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Incentivos a la contratación
indefinida de personas jóvenes
(Programa Emple@Joven y
Emple@30+)
Ayuda (cantidad a tanto alzado por importe de 4.750 - 6.000 €) si el contrato se formaliza con una persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%:
a) Las entidades beneficiarias que contraten de forma indefinida a las personas titulares de un Bono de Empleo Joven, tras la finalización del periodo correspondiente a los doce meses
de la ayuda. Podrá solicitarse este incentivo tanto en los supuestos de mantenimiento de un contrato inicialmente indefinido como en los supuestos de transformación del contrato inicial en indefinido.
b) Las empresas asociadas inscritas en la Iniciativa Prácticas Profesionales en empresas, que contraten con carácter indefinido a las personas jóvenes beneficiarias en el plazo máximo de tres meses desde el momento de finalización de la práctica profesional.
El contrato deberá mantenerse ininterrumpidamente por un periodo mínimo de doce meses y celebrarse a jornada completa.
Abierto
Ayudas para la contratación de personas
titulares del Bono de Empleo Joven
(Programa Emple@Joven y Emple@30+)
Ayuda económica a las personas o entidades que, cumpliendo los requisitos establecidos, formalicen un contrato laboral con una persona titular de un Bono de Empleo Joven.
La pueden solicitar empresas, trabajadores autónomos, entidades privadas sin ánimo de lucro, así como entidades sin personalidad jurídica que contraten a las personas titulares de un Bono de Empleo Joven (las personas, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que en el momento de formalización del contrato para el que se solicita la
ayuda tengan una edad comprendida entre los 18 y 29 años, ambos inclusive y con las siguientes titulaciones:
-Titulación universitaria oficial o titulación en enseñanzas artísticas superiores. -Titulación de formación profesional inicial o bachiller, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas. -Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.)
Abierto
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Incentivos a la contratación dirigidos a las
empresas del Programa Retorno del
talento
Tienen por objeto facilitar el regreso de personas andaluzas que estén desarrollando su actividad laboral en el extranjero y deseen incorporarse al mercado laboral andaluz.
Estos incentivos a la contratación están dirigidos a las empresas que contraten a personas andaluzas que se encuentren residiendo y trabajando en el extranjero.
El contrato laboral deberá formalizarse con carácter indefinido a jornada completa, en la categoría profesional correspondiente a su titulación o equivalente, debiendo mantenerse ininterrumpidamente por un periodo mínimo de 24 meses. Cumpliendo tener hasta 45 años,
poseer un título universitario oficial de grado o equivalente y estar en situación de alta laboral.
Un mes desde
contrato
Incentivos para la contratación indefinida
de personas mayores de 45 años
Esta línea de incentivos dependiente del Programa para la contratación indefinida de personas mayores de 45 años, tiene por objeto incentivar la contratación indefinida de
personas desempleadas de larga duración de 45 o más años de edad que se lleven a cabo por parte de las empresas ubicadas en Andalucía, como medida de fomento del empleo y estabilidad laboral en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas trabajadoras autónomas, las empresas válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro, incluidas las de economía social, y las entidades sin personalidad jurídica, ubicadas en Andalucía.
La ayuda consistirá en un incentivo a tanto alzado de 6.000 euros por cada contrato laboral
formalizado o de 7.500 euros si el contrato se formaliza con una persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
Abierto
Convocatoria "Empresas de cualquier
sector en Andalucía. Convenio Manc.
Levante Almeriense"
Ayuda convocada por la fundación EOI. Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o
formación reglada puedan recibir una oferta de empleo.
La cuantía máxima será de 4.000 €.
21/01/2018 a
19/02/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Aragón
Subvenciones para el estímulo del
mercado de trabajo y el fomento del
empleo estable y de calidad
Subvenciones destinadas a fomentar en la Comunidad Autónoma de Aragón la contratación por cuenta ajena de trabajadores desempleados.
Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos, las entidades privadas sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes y las sociedades civiles que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que
contraten a trabajadores por cuenta ajena. Existen 4 líneas de ayuda:
• Subvenciones para el fomento de la contratación indefinida. • Subvenciones para el fomento de la estabilidad en el empleo a través de la
conversión de contratos temporales en indefinidos
• Subvención de contratos en prácticas celebrados con titulados universitarios • Promoción de la contratación temporal con fines integradores.
Un mes tras alta en Seg.
Social
Financiación de cuotas de seguridad social
a beneficiarios de la prestación por
desempleo en su modalidad de pago único
Tiene por objeto financiar parte de los gastos de cotización a la Seguridad Social de aquellos
emprendedores que hayan percibido la totalidad de la prestación por desempleo, en su modalidad de pago único, por el valor actual del importe total de la prestación:
• Socios trabajadores o de trabajo de una cooperativa de trabajo o de una sociedad laboral.
• Trabajadores autónomos con una discapacidad igual o superior al 33%.
Supone para el emprendedor una subvención equivalente:
• al 50% de la cuota al régimen correspondiente a la Seguridad Social como trabajador autónomo, calculada sobre la base mínima de cotización.
• al 100% de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social, si se trata de socios trabajadores o de trabajo de
sociedades laborales o cooperativas, que hayan elegido un régimen distinto del de autónomos.
10/01/2018 a
31/10/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Subvenciones para Microempresas que
obtengan la calificación deIiniciativa Local
Emprendedora (MILE)
Subvenciones para la promoción del empleo, dirigidas a microempresas locales emprendedoras.
Existen varias líneas de ayuda, además de las específicas para contratación.
Según línea. Para
contratación, un mes tras
formalización.
Subvenciones destinadas a emprendedores
autónomos Subvenciones para la promoción del empleo, dirigidas a emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia.
Subvenciones públicas destinadas a
financiar programas formativos que
incluyan compromisos de contratación
Subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados, que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades.
Las empresas o entidades deben tener centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón, y adquirir para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores
formados en el marco de este programa.
10/01/2018
a 29/06/2018
Asturias
Ayudas a la contratación indefinida de
personas desempleadas con discapacidad
Subvenciones destinadas a empresas radicadas en el Principado de Asturias por la contratación indefinida de personas desempleadas con discapacidad o por la transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo para personas con
discapacidad, que se formalicen en ambos casos, al amparo del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo.
Los contratos tendrán una fecha de inicio comprendida entre el 1 de junio de 2017 y el 31 de mayo de 2019 (ambos incluidos).
12/01/2018 a
30/06/2019
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Canarias
Subvención del 50% del SMI para el
mantenimiento de los puestos de trabajo
de personas con discapacidad en Centros
Especiales de Empleo
Abono del coste salarial correspondiente al puesto de trabajo ocupado por persona con discapacidad que realice una jornada de trabajo normal y que esté en alta en la Seguridad Social, por importe del 50% salario mínimo interprofesional, reducido proporcionalmente en caso de jornada laboral a tiempo parcial.
Las empresas beneficiarias deberán ser Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Abierto
Subvención para la adaptación de puestos
de trabajo de personas con discapacidad
en Centros Especiales de Empleo
Ayudas dirigidas a la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas en Centros Especiales de Empleo para facilitar la integración laboral de personas con discapacidad.
Las empresas beneficiarias deberán ser Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Abierto
Subvención por la contratación indefinida
de personas con discapacidad en la
empresa ordinaria.
Ayuda dirigida al fomento de la contratación indefinida de personas con discapacidad en el mercado ordinario. La ayuda será de 3.907,00 euros si la jornada del trabajador es completa y proporcional en caso de jornada a tiempo parcial.
Abierta
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Convocatoria de subvenciones con cargo al
Programa de Incentivos a la Contratación
Laboral de personas jóvenes desempleadas
incluidas en el SNGJ denominado
"Programa de Incentivos al Empleo Joven-
INCENTÍVATE" para los ejercicios 2017-
2018
Ayudas dirigidas a incentivar la contratación, en la modalidad de formación-aprendizaje o en prácticas, de personas jóvenes demandantes de empleo e inscritas en situación de beneficiarias en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).
La empresa beneficiaria deberá tener un centro de trabajo permanente en Canarias.
Las ayudas dependerán del tiempo por el que se formalice el contrato:
• Contrato de formación y aprendizaje: entre 1.500 € y 4.000 €. • Contrato de prácticas: entre 2.000 € y 5.000 €.
Abierta por periodos,
según momento de
formalización del contrato, (aprox. hasta día 13-15 del
mes siguiente)
Subvención para la adaptación del puesto
de trabajo de personas con discapacidad
en la empresa ordinaria
Ayudas dirigidas al fomento de la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
Para contratos indefinidos o temporales de fomento del empleo para personas con
discapacidad o siempre que su duración sea igual o superior a 12 meses, contratos en prácticas o para la formación, se otorga una ayuda de 901,52 €.
Abierta
Programa de incentivos a la contratación
"Retorno al Empleo"
Subvención a favor de aquellas empresas que contraten, en la modalidades de contratación previstas, a personas inscritas en el Servicio Canario de Empleo (SCE) en la condición de demandantes de empleo desempleadas de larga duración, de acuerdo a los condicionantes establecidos en las Bases reguladoras y demás normativa que resulte de aplicación, con el fin de facilitar la celebración de nuevos contratos y de contribuir a la reincorporación al mercado laboral de este colectivo, reforzando su empleabilidad y competencias profesionales.
La cuantía depende del tipo de contrato:
• Indefinido: 5.000 € (+1.000 € si la persona empleada tiene más de 45 años)
• Temporal (mínimo 6 meses): (+500 € / 6 meses añadidos a la exigencia mínima de celebración del contrato, hasta un máximo de 4.500 €).
Abierta
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Cantabria
Subvenciones destinadas a fomentar la
CONTRATACIÓN INDEFINIDA en la
Comunidad Autónoma de Cantabria,
cofinanciadas por el Fondo Social Europeo
Ayudas para pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), siempre que
desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Estas ayudas sólo son compatibles con las reducciones y bonificaciones de cuota de la Seguridad Social y con los programas de promoción de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres promovidos por el Servicio Cántabro de Empleo.
No podrán ser beneficiarias las empresas que durante los 12 meses anteriores al alta en la Seguridad Social del contrato o de la conversión hayan extinguido contratos indefinidos con
despido nulo, despido por causas objetivas, despido improcedente o despido colectivo.
Periodo mínimo de mantenimiento a tiempo completo de los contratos de trabajo: 3 años.
Un mes desde
contrato
Subvenciones destinadas a fomentar la
creación de empleo autónomo
Ayuda dirigida a personas inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos
de Empleo, que vayan a desarrollar de forma personal, profesional y directa en empresas, radicadas y que desarrollen principalmente su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria, y cuyo proyecto sea viable desde un punto de vista técnico, económico y
financiero.
Abierto, en un máximo
de 3 meses tras la
emisión del informe de viabilidad previo.
Subvenciones destinadas a promover la
igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres en el empleo
El programa I, Planes de Igualdad, va dirigido a pequeñas y medianas empresas, que tengan una plantilla superior a 3 personas trabajadoras fijas y todos sus centros de trabajo estén
ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Un mes desde firma
del documento
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Subvenciones en materia de formación de
oferta, en modalidad presencial,
consistentes en la ejecución de acciones
formativas que incluyan compromiso de
contratación 2017
Subvenciones destinadas al desarrollo de la formación de oferta mediante la realización de acciones formativas que incluyan compromiso de contratación, en modalidad presencial. La
empresa beneficiaria deberá contratar al menos al 60% de las personas formadas, en plazo máximo de 2 meses tras la finalización de la formación.
01/01/2018 a
15/01/2018
Y 01/03/2018
a 14/03/2018
Subvenciones a centros especiales de
empleo destinadas al mantenimiento de
los puestos de trabajo ocupados por
personas con discapacidad.
Subvención para centros especiales de empleo ubicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria e inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la misma, asociada a empleados que deberán estar en alta en la Seguridad Social en la Comunidad Autónoma de
Cantabria.
La ayuda cubre parcialmente el coste salarial correspondiente a los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en cada centro especial de empleo, a lo largo de cualquier periodo durante el cual esté contratada la persona que lo ocupe. Cuando la
contratación de una nueva persona con discapacidad no represente un incremento neto del número de personas empleadas en el centro especial de empleo en comparación con la media de los doce meses previos, el puesto o los puestos deberán haber quedado vacantes a
raíz de la dimisión del trabajador o de la trabajadora, de su discapacidad, de su jubilación por motivos de edad, de la reducción voluntaria del tiempo de trabajo o de su despido disciplinario procedente y no de resultas de su despido.
Meses de mayo y
noviembre de cada
anualidad para costes de posterior
semestre natural
respectivo.
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Subvenciones en materia de formación
profesional para el empleo relativas al
régimen de becas y ayudas a personas
desempleadas, prácticas profesionales no
laborales en empresas y acciones
formativas que incluyan compromiso de
contratación
Ayudas por concesión directa de becas y ayudas a personas desempleadas, prácticas profesionales no laborales en empresas y acciones formativas que incluyan compromiso de contratación, en el ámbito de la formación profesional para empleo, en su modalidad de formación de oferta, en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Programa I: Becas, ayudas de transporte, manutención, alojamiento y ayudas de conciliación de los participantes en acciones en el ámbito de la Formación Profesional para el Empleo, incluidas la participación en prácticas no laborales. Plazo: dentro del mes siguiente al alta de
la persona trabajadora en desempleo en la correspondiente acción subvencionable o de producirse el hecho causante que motive el derecho a su percepción.
Programa II: Subvenciones a las empresas para compensar la realización de prácticas profesionales no laborales de personas trabajadoras en desempleo. Plazo: abierto, pero deben solicitarse, al menos, con veinte días hábiles de antelación al inicio de las mismas.
Programa III: Subvenciones a empresas, sus asociaciones u otras entidades para la realización de acciones de formación profesional para el empleo dirigidas prioritariamente a
personas trabajadoras en desempleo que incluyan un compromiso expreso de contratar un
porcentaje de alumnos formados. Plazo: abierto.
Abierto, pero
acotado según
programa
Subvenciones destinadas al fomento del
empleo de las personas con discapacidad
Ayudas por concesión directa de subvenciones destinadas al fomento del empleo de las personas con discapacidad, destinadas a incentivar, en la Comunidad Autónoma de
Cantabria, la integración laboral de las personas con discapacidad mediante la contratación indefinida por cuenta ajena de desempleados, fomentar la estabilidad en el empleo, estimulando la transformación de contratos temporales en indefinidos.
Programa I.- Ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos de trabajadores con discapacidad.
Programa II.- Ayudas para la adaptación a puestos de trabajo de trabajadores con discapacidad. En este caso, la solicitud se deberá presentar junto con la solicitud de
subvención para la contratación indefinida o transformación.
Un mes desde la
contratación
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Castilla La Mancha:
En el momento de publicación de este documento no hay convocatorias abiertas. Se pueden consultar las posibles convocatorias que se vayan publicando
aquí.
Cataluña:
Subvenciones del Programa Barcelona con
la Ocupación de Calidad: Buen trabajo,
Barcelona
Incentivos a la contratación para aquellas personas en situación de desempleo que
presentan especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo como son los
siguientes colectivos:
Supuesto 1: Personas mayores de 40 años en situación de desempleo de
larga duración.
Supuesto 2: Personas en riesgo de exclusión social.
Supuesto 3: Personas participantes en programas y/o itinerarios de inserción
laboral de Barcelona Activa.
Supuesto 4: Personas con residencia en alguno de los territorios de
actuación preferente en la ciudad y con participación acreditada en
dispositivos y/o acciones de mejora de su ocupabilidad.
Cuantía máxima:
10.000 € para los supuestos 1 y 3.
12.000 € para los supuestos 2 y 4.
06/11/2017
a 31/12/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Ceuta:
Subvenciones a la contratación indefinida y
a la transformación de contratos
temporales en indefinidos.
Ayudas para la generación de contratos indefinidos y transformación de contratos
temporales en indefinidos.
LINEA I: La contratación indefinida de los trabajadores pertenecientes a los
colectivos desfavorecidos o muy desfavorecidos o discapacitados, siempre que la
persona contratada por la empresa se encuentren en situación de desempleo.
Ayuda máxima entre 4.500 € y 6.300 €, según grupo de cotización.
LINEA II: La transformación de contratos temporales en contratos indefinidos de
los trabajadores pertenecientes a los colectivos desfavorecidos o muy
desfavorecidos o discapacitados.
Ayuda máxima entre 9.100 € y 12.700 €, según grupo de cotización.
El empleo indefinido ha de ser mantenido durante un mínimo de 3 años para ambas
líneas de ayuda.
Se entiende por "trabajador desfavorecido" a toda persona que:
a) no haya tenido un empleo fijo remunerado en los seis meses anteriores, o
b) tenga entre 15 y 24 años, o
c) no cuente con cualificaciones educativas de formación secundaria o profesional
superior (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación), o haya finalizado
su educación a tiempo completo en los dos años anteriores y no haya tenido antes
un primer empleo fijo remunerado,
d) tenga más de 50 años,
e) sea un adulto que viva como soltero y del que dependan una o más personas.
Se entiende por "trabajador muy desfavorecido a toda persona que
a) no haya tenido un empleo fijo remunerado durante al menos 24 meses, o
b) no haya tenido un empleo fijo remunerado durante al menos 12 meses y
pertenezca a una de las categorías "b) a e)" mencionadas en la definición de
"trabajador desfavorecido".
21/12/2017
a 20/02/2018
(último plazo
previsto)
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Subvenciones públicas destinadas a
fomentar el empleo de jóvenes con un
periodo mínimo de permanencia programa
operativo de empleo juvenil 2014-2020
Subvenciones destinadas a la contratación por parte de las empresas beneficiarias,
por un período mínimo de permanencia de 6 meses y a jornada completa, a jóvenes
identificado/as en el SNGJ.
Se subvencionará con un importe de 4.953 euros cada contrato laboral celebrado.
Periodos bimensuales:
21/12/2017
a 20/02/2018
(21/02/2018
a 20/04/2018)
(21/04/2018
a 20/06/2018)
(21/06/2018
a 20/08/2018)
Comunidad de Madrid:
Subvención para la contratación
indefinida, en especial de mayores de 45
años y mujeres con especiales dificultades
de inserción
Procedimiento de concesión directa de subvenciones del Programa de Incentivos
para la contratación indefinida, en especial de mayores de 45 años y mujeres con
especiales dificultades de inserción.
Ayuda entre 2.500 € y 3.500 €, según colectivo al que pertenezca la persona
contratada.
Abierta, pero
acotada a
un mes desde alta
en seguridad
social
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Subvenciones para la contratación de
jóvenes inscritos en el fichero del Sistema
Nacional de Garantía Juvenil
Subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo
Juvenil dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil para la contratación de
jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el
ámbito de la Comunidad de Madrid.
Los jóvenes que sean contratados por las empresas, deberán cumplir los siguientes
requisitos:
a) Ser menor de 30 años.
b) Tener residencia en la Comunidad de Madrid.
c) Figurar como persona inscrita, en situación de beneficiaria, en el Fichero del
Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Programa de Impulso a la Contratación en Prácticas: los jóvenes contratados
deberán estar en posesión, en el momento de la formalización del contrato, de un
título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos
oficialmente reconocidos como equivalentes
Programa de Refuerzo de los Incentivos al Contrato de Formación y Aprendizaje: los
jóvenes contratados deberán carecer de la cualificación profesional reconocida por
el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo
requerida para concertar un contrato en prácticas
La ayuda será de:
5.500 € para contrato en prácticas a tiempo completo por un mínimo de 12
meses.
4.300 € para contrato en formación y aprendizaje a tiempo completo por un
mínimo de 12 meses.
5.500 € para contrato indefinido a tiempo completo por un periodo mínimo
de 12 meses.
Las cuantías se incrementarán en 500 € en el caso de que los jóvenes contratados
sean mujeres.
Abierta, pero
acotada a un mes
desde alta en
seguridad
social
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Subvenciones destinadas al fomento del
empleo para personas con discapacidad
Subvenciones destinadas a incentivar la contratación indefinida de trabajadores con
discapacidad inscritos como desempleados en las Oficinas de Empleo, así como la
adaptación de puestos de trabajo, eliminación de barreras o dotación de medios de
protección personal con el objeto de favorecer su integración labor.
Se financia tanto la contratación inicial indefinida, como la transformación de
contratación temporal en indefinida, así como los costes de adaptación de los
puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal necesarios para
evitar accidentes laborales al trabajador con discapacidad contratado, o para
eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de los
trabajadores con discapacidad.
En ambos casos, las empresas beneficiarias deberán contar con un informe
favorable sobre la adecuación del puesto al grado de discapacidad, solicitado de
oficio por la por la Dirección General de Empleo.
Abierto pero acotado a
Tres meses tras alta del
trabajador en la
Seguridad Social con límite 1 de noviembre
de cada
ejercicio
Comunidad Valenciana
En el momento de publicación de este documento no hay convocatorias abiertas. Se pueden consultar las posibles convocatorias que se vayan publicando
aquí.
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Extremadura:
Ayudas a la contratación en prácticas y su
transformación en indefinidos
Subvenciones destinadas a fomentar la contratación en prácticas y su
transformación en contratación indefinida de personas jóvenes con titulación en la
Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante dos programas de subvenciones:
Programa I: Ayudas a la contratación en prácticas de personas jóvenes tituladas
universitarias o con titulación de formación profesional, de grado medio o superior,
o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad.
Programa II: Ayudas a la transformación en indefinidos de los contratos en
prácticas subvencionados en el Programa I.
22/09/2017 a
21/09/2018
Ayudas para el fomento de la Igualdad de
Género en el Empleo
Subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante tres programas de subvenciones:
Programa I: Ayudas destinadas a promover la contratación indefinida de mujeres en
empleos masculinizados, entendiendo por tales los relacionados en el Anexo IV de la normativa.
Programa II: Ayudas para la transformación de contratos indefinidos a tiempo parcial suscritos por mujeres en contratos indefinidos a tiempo completo.
Programa III: Ayudas para la contratación indefinida de mujeres que lleven más de
24 meses desempleadas después del nacimiento y/o adopción de un hijo/a.
Ayuda máxima:
Programas I y III: 9.000 € para jornada completa.
Programa II: según si jornada parcial de contrato inicial
o ≤ 50% de jornada completa: 4.000 € o > 50% y ≤ 75% jornada completa: 3.000 €.
22/09/2017 a
21/09/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Ayudas a la contratación de la EOI dentro
del Programa Operativo de Empleo Juvenil
(POEJ) del Fondo Social Europeo.
Convocatoria “Empresas de cualquier
sector en Extremadura”.
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las empresas de cualquier sector con
sede o centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que
contraten jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, inscritos en
el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y que hayan participado en una
acción formativa desarrollado por EOI en el marco del POEJ.
El importe máximo de la ayuda es de 5.000 €, hasta un máximo del 90% de los
costes laborales.
07/01/2018 a
06/02/2018
Programa I: Ayudas al establecimiento de
personas desempleadas como trabajadoras
autónomas
Ayudas dirigidas para:
personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajador
por cuenta propia a título individual siempre que deban quedar encuadrados en
el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
personas trabajadoras autónomas económicamente dependiente a los que se
refiere el Capítulo III del Título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto
del trabajador autónomo, en los términos establecidos en el artículo 9.1.h
profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia, que requiera la
incorporación a un Colegio Profesional cuyo colectivo se haya integrado en el
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otras entidades
sin personalidad jurídica, formando parte como comunero o socios y se den de
alta en RETA.
01/06/2017 a
31/03/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Galicia:
Ayudas a los proyectos de inversión
empresarial, cofinanciadas por el Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, en el
marco del programa operativo FEDER
Galicia 2014-2020.
Línea de ayuda a inversiones generadoras de empleo: ayudas dirigidas a pymes
para la realización de proyectos de inversiones generadores de empleo para la
creación de un nuevo establecimiento o la ampliación de capacidad, que cumplan
una serie de condiciones.
Ampliado hasta
28/03/2018 o fin de crédito
Iniciativas de empleo de base tecnológica
(IEBT)
Las empresas calificadas como IEBT podrán solicitar las siguientes modalidades de
ayudas:
Subvención a la creación directa de empleo estable.
Subvención para la contratación de personal técnico de alta cualificación. Se
establecerá una cuantía máxima por proyecto y se calculará en atención a los
costes laborales totales.
c) Ayuda para el inicio y puesta en marcha de la actividad. La cuantía de la
ayuda se fijará en un porcentaje del coste con un límite máximo variable en
atención al número de puestos de trabajo.
Para poder acceder a las distintas líneas de ayudas se deberá crear empleo estable
para personas desempleadas.
27/01/2018 a 01/10/2018
Pág. 40 VOLVER INICIO
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Programa II de ayudas a personas
trabajadoras autónomas por la
contratación indefinida de personas
asalariadas.
Las ayudas consisten en incentivos a la contratación indefinida inicial de personas
desempleadas realizadas por personas trabajadoras autónomas o personas
profesionales con domicilio social y fiscal en Galicia.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas:
las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la primera
contratación que realicen con carácter indefinido durante su primer año de
actividad.
las personas trabajadoras autónomas o las personas profesionales por la
segunda y tercera contratación que realicen con carácter indefinido en los tres
primeros años de actividad.
27/01/2018 a 30/09/2018
Ayudas a la contratación de la EOI dentro
del Programa Operativo de Empleo Juvenil
(POEJ) del Fondo Social Europeo.
Convocatoria “Empresas de cualquier
sector en Galicia”.
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria las empresas de cualquier sector con
sede o centro de trabajo ubicado en la Comunidad Autónoma de Galicia, que
contraten jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, inscritos en
el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y que hayan participado en una
acción formativa desarrollado por EOI en el marco del POEJ.
El importe máximo de la ayuda es de 4.000 €, hasta un máximo del 90% de los
costes laborales.
20/01/2018 a
19/02/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
La Rioja:
Ayudas al fomento de la contratación de
jóvenes desempleados (Cheque joven)
Ayudas dirigidas a empresas, con el centro de trabajo donde se vaya a desarrollar
el puesto de trabajo objeto de subvención ubicado en la Comunidad Autónoma de
La Rioja.
Las subvenciones se destinarán a la contratación de jóvenes menores de 30 años
que deberán haberse incorporado al Programa Cheque Joven conforme a lo
dispuesto en la normativa reguladora, con una duración mínima del contrato para
poder ser subvencionado de doce meses, pudiendo ser subvencionado hasta un
máximo de veinticuatro meses, si se mantiene al trabajador contratado.
La cuantía de ayuda dependerá del grupo de cotización.
Abierta
Ayudas al fomento de la contratación de
trabajadores en sustitución de aquellos
otros que ejercitan el derecho de
excedencia para el cuidado de hijos
Ayudas para empresas con sede en La Rioja dirigidas al fomento de la contratación
de trabajadores en sustitución de aquellos otros que ejercitan el derecho de
excedencia para el cuidado de hijos.
Los trabajadores por cuya contratación se solicite subvención deberán encontrarse
desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Riojano de
Empleo hasta la fecha de la contratación.
Abierta pero
acotada a un mes tras
firma de contrato.
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Ayudas al fomento de la contratación de
mayores de 45 años desempleados
(Programa Cheque Senior)
Ayudas dirigidas a empresas, con el centro de trabajo donde se vaya a desarrollar
el puesto de trabajo objeto de subvención ubicado en la Comunidad Autónoma de
La Rioja.
Las subvenciones se destinan a la contratación de personas mayores de 45 años
que deberán haberse incorporado al Programa Cheque Sénior, manteniendo las
condiciones iniciales en el momento de ser contratados:
Tener más de 45 años en el momento de solicitar su incorporación al Programa
Cheque Sénior.
Estar desempleado e inscrito en las oficinas de empleo de la Comunidad
Autónoma de La Rioja durante los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha
de presentación de la solicitud.
Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma
de La Rioja durante los 365 días previos a la solicitud.
La duración mínima del contrato para poder ser subvencionado de doce meses,
pudiendo ser subvencionado hasta un máximo de veinticuatro meses, si se
mantiene al trabajador contratado.
La cuantía de ayuda dependerá del grupo de cotización.
Se establece un incentivo económico, que se sumará a la subvención máxima
concedida si el contrato subvencionado es indefinido, o se convierte en indefinido
una vez cumplidos los primeros 24 meses, y se mantiene como tal de forma
ininterrumpida hasta cumplir los 36 meses de antigüedad.
Abierta
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Ayudas a la Contratación estable en
Empresas de base tecnológica
Ayuda para empresas de Base Tecnológica que dispongan de un proyecto a realizar
en un periodo máximo de cinco años, que suponga la creación de empleo estable,
contraten con carácter indefinido y a jornada completa o a tiempo parcial, a un
mínimo de 10 trabajadores durante cada uno de los años que dure el proyecto.
Los trabajadores por cuya contratación se solicite la subvención deberán
encontrarse desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio
Riojano de Empleo cumpliendo, además, al menos el 60% de las personas cuya
contratación se subvenciona, alguna de las siguientes condiciones:
menores o iguales de 25 años que hayan permanecido inscritos al menos, los 3
meses inmediatamente anteriores a la fecha de contratación.
mayores de 25 años y menores de 45 años que hayan permanecido inscritos al
menos, los 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de contratación.
mayores o iguales de 45 años que hayan permanecido inscritos al menos, los 3
meses inmediatamente anteriores a la fecha de contratación.
mujeres.
colectivos en situación o riesgo de exclusión. Esta situación vendrá determinada
por la participación en un proceso individualizado de inserción sociolaboral y se
acreditará por los Servicios Sociales del primer nivel.
La edad y condiciones del trabajador a tener en cuenta, a efecto de las
contrataciones, será la que tenga el trabajador en el momento de la formalización
del contrato indefinido.
Abierta, pero la
solicitud debe ser
anterior a la fecha de la
contratación indefinida.
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Subvenciones al fomento del empleo de
trabajadores con discapacidad
Solicitar trabajadores a la Oficina de empleo mediante la correspondiente oferta de
empleo;
Que el puesto de trabajo sea adecuado a la discapacidad del trabajador con
dictamen de aptitud, y se mantenga durante al menos tres años;
En caso de solicitar ayuda por la adaptación del puesto de trabajo o de dotación de
equipos de protección personal o de eliminación de barreras previo dictamen
emitido por la Inspección de trabajo;
Las empresas deben estar de alta en el impuesto de actividades económicas y al
corriente de sus obligaciones tributarias (con la Agencia Tributaria Estatal y con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de La Rioja) y con la Seguridad Social.
Abierta pero se debe notificar
contrato tras 10 días hábiles de
subvención.
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Navarra:
Subvenciones para el fomento de la
contratación de personas desempleadas
menores de 30 años en empresas de las
áreas económicas prioritarias de la
Estrategia de Especialización Inteligente
Ayuda dirigida a empresas cuya actividad se desarrolla en alguna de las áreas
económicas prioritarias determinadas por la estrategia de especialización inteligente
(automoción y mecatrónica, cadena alimentaria, energías renovables y recursos,
salud, turismo integral e industrias creativas y digitales). Los epígrafes de "división"
(a dos dígitos) de CNAE 2009 correspondientes a dichos sectores son: 20, 21, 22,
23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 30, 33, 35, 38, 39, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 71,
72, 73, 74, 75, 86, 90, 91, 94.
Las empresas deberán tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Foral de
Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra y más de 50 trabajadores en
plantilla.
Las personas contratadas deberán estar desempleadas e inscritas en el Servicio
Navarro de Empleo - Nafar Lansare a la fecha de contrato, tener menos de 30 años,
no haber tenido en los últimos 6 meses un contrato indefinido y no haber trabajado
en la empresa en los 6 meses anteriores.
El período máximo subvencionable será de 12 meses, por las siguientes cuantías:
Contratos suscritos con personas perceptoras de la Renta Garantizada, o
mujeres, cuando el contrato suscrito sea de 12 o más meses: 1.100,00 €/mes
Contratos suscritos con personas perceptoras de la Renta garantizada, o
mujeres, cuando el contrato suscrito sea entre 6 y 12 meses: 1.045,00 €/mes
Contratos suscritos con hombres no perceptores de Renta Garantizada, cuando
el contrato sea de 12 o más meses: 990,00 €/mes
d) Contratos suscritos con hombres no perceptores de Renta Garantizada,
cuando el contrato suscrito sea entre 6 y 12 meses: 935,00 €/mes.
Abierta pero
acotada a un mes
desde firma contrato
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Subvenciones para el fomento de la
contratación en prácticas de jóvenes en
desempleo menores de 30 años
Ayudas dirigidas a fomentar la contratación en prácticas de personas jóvenes
desempleadas menores de 30 años.
Las empresas beneficiarias deberán tener domicilio social y fiscal en la Comunidad
Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra.
Los trabajadores contratados deberán:
Estar desempleadas e inscritas en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.
Estar inscritas en el Registro Nacional de Garantía Juvenil..
Tener una edad inferior a 30 años.
Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
Titulación universitaria.
Ciclos formativos de Grado Superior (FPII) o Ciclos formativos de Grado
Medio (FP I), siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico
Especialista (FPII) y Técnico Auxiliar (FPI).
Certificado de profesionalidad.
Subvención máxima:
Titulación universitaria: 5.100 euros.
Ciclos formativos de Grado Superior (FPII): 4.350 euros.
c) Ciclos formativos de Grado Medio (FP I) y certificados de profesionalidad:
3.600 euros.
Abierta pero acotada a un mes
desde firma contrato
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Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Subvenciones para el fomento de la
contratación de personas perceptoras de
Renta Garantizada
Ayudas dirigidas a empresas que tengan domicilio social y fiscal en la Comunidad
Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra. Y que contraten a
personas que cumplan con:
Estar desempleadas e inscritas en el Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare
Ser perceptoras de Renta Garantizada o Renta de Inclusión Social
Las cuantías a subvenciona dependerán de la duración del contrato:
3 meses: 600 €/mes para mujeres y 550 €/mes para hombres.
6 meses: 800 €/mes para mujeres y 750 €/mes para hombres.
12 meses: 1.000 €/mes para mujeres y 900 €/mes para hombres.
Abierta pero
acotada a un mes
desde firma contrato
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Ayudas a las empresas que contraten con
carácter indefinido a personas con
discapacidad
Ayudas destinadas al fomento de las medidas de tránsito de los trabajadores con
discapacidad desde el empleo en los Centros Especiales de Empleo, al empleo en
empresas del mercado ordinario de trabajo a través de los enclaves laborales
regulados en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, incentivando su
contratación con carácter indefinido.
Se financia la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad y
transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento de empleo
celebrados con personas con discapacidad o contratos formativos suscritos con
trabajadores con discapacidad.
El importe de la subvención por contrato indefinido a jornada completa será de:
- 4.000 euros.
- 4.400 euros si es mujer.
- 8.000 euros si es persona con discapacidad con especiales dificultades de acceso
al mercado ordinario de trabajo.
- 8.400 euros si es persona con discapacidad mujer con especiales dificultades de
acceso al mercado ordinario de trabajo.
Se puede complementas con un ayuda para la adaptación del puesto de trabajo del
trabajador con discapacidad por un importe máximo de hasta 1.800 €.
Abierta pero acotada a 3 mes desde
firma contrato o
transformación en
indefinido
Subvenciones para empleo con apoyo de
personas con discapacidad en el mercado
ordinario de trabajo
Ayudas dirigidas a las empresas del mercado ordinario (entre otras entidades) que
promuevan proyectos de empleo con apoyo de personas con discapacidad.
Abierta pero acotada a 3 mes desde
firma contrato
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Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
País Vasco:
Convocatoria para el año 2018 de ayudas
al retorno juvenil destinadas a la
contratación de personas jóvenes en
centros de trabajo en la CAPV. Subvención
por contratación.
Ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes menores de 35 años que,
durante al menos los últimos 12 meses, no han trabajado ni residido en la CAPV
pero que están vinculadas a la misma por alguna de las siguientes causas:
- Nacimiento
- Haber realizado estudios presenciales y haber obtenido un título oficial
- Vecindad administrativa durante 2 años anteriores a su salida.
Se establecen dos líneas de ayuda, de las que esta es la primera:
A- Ayuda a la Contratación: A las empresas vascas que contraten personas
jóvenes menores de 35 años, en los términos y condiciones de la convocatoria.
B- Ayuda por Gastos de Desplazamiento a la CAPV asociados al Retorno: A las
personas jóvenes contratadas por las empresas vascas en el marco de esta
convocatoria.
El periodo máximo subvencionado no podrá superar los 12 meses y finalizará, en
todo caso, el 30 de octubre de 2019.
El importe subvencionado depende del tipo de contrato (12 meses o indefinido) y de
la titulación académica o estudios, estando entre 4.800 € y 12.000 €, pudiendo
incrementarse en un 10% si la persona contratada es una mujer.
30/12/2017 a
20/09/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Convocatoria para el año 2018 de ayudas
al retorno juvenil destinadas a la
contratación de personas jóvenes en
centros de trabajo en la CAPV. Subvención
por gastos de desplazamiento a la CAPV
asociados al retorno.
Ayudas destinadas a la contratación de personas jóvenes menores de 35 años que,
durante al menos los últimos 12 meses, no han trabajado ni residido en la CAPV
pero que están vinculadas a la misma por alguna de las siguientes causas:
- Nacimiento
- Haber realizado estudios presenciales y haber obtenido un título oficial
- Vecindad administrativa durante 2 años anteriores a su salida.
Se establecen dos líneas de ayuda, de las que esta es la segunda:
A- Ayuda a la Contratación: A las empresas vascas que contraten personas jóvenes
menores de 35 años, en los términos y condiciones de la convocatoria.
B- Ayuda por Gastos de Desplazamiento a la CAPV asociados al Retorno: A las
personas jóvenes contratadas por las empresas vascas en el marco de esta
convocatoria.
Las ayudas por el desplazamiento se concederán, en su caso, previa solicitud y
transcurridos 3 meses desde el inicio del contrato, una vez verificados por Lanbide-
Servicio Vasco de Empleo los datos de identidad y de padrón de la persona
solicitante de la ayuda.
La cuantía de la ayuda por desplazamiento varía en función del lugar desde el que
retornan las personas jóvenes:
- 150 €, desde otra CCAA, siempre que la distancia sea > 300 Km.
- 800 €, desde otro Estado de la UE, del Espacio Económico Europeo y Suiza.
- 1.000 €, desde otros países del mundo.
30/12/2017 a
10/11/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Medidas de conciliación de la vida familiar
y laboral. 2018.
Ayudas dirigidas para favorecer la implantación de medidas de conciliación. Se
subvencionará:
- la contratación de personas inscritas como desempleadas, para sustituir a
personas trabajadoras que se hayan acogido a una excedencia o reducción de
jornada para el cuidado de hijos/as, y familiares en situación de dependencia o
extrema gravedad sanitaria.
- la ampliación de la jornada laboral de una persona ya contratada a tiempo
parcial para cubrir puesto de otra en excedencia o con reducción de jornada.
08/06/2017
a 31/12/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Ayudas al contrato de relevo. 2018.
Ayudas para los contratos de relevo (destinados a cubrir puesto de persona que
accede a la jubilación parcial), para centros de trabajo en la CAPV.
Los contratos serán a jornada completa y por tiempo indefinido, con retribución
anual bruta de la persona relevista ≥ 12.000 €, y deben haberse iniciado a partir
del 21/12/2017.
La persona relevista debe pertenecer a alguno de estos colectivos:
- < 30 años, inscrita en Lanbide y desempleada en la fecha de inicio del contrato,
que haya mantenido situación de alta al menos 180 días en los 9 meses previos.
- < 30 años, con contrato en prácticas o para la formación y el aprendizaje, o
desarrolle un periodo de prácticas no laborales reguladas en el Real Decreto
1543/2011, y que pase a ser relevista dentro del periodo establecido de vigencia
de dicho contrato o prácticas no laborales, o al día siguiente de su finalización.
- < 30 años, con contrato de duración determinada con la empresa (*).
- Persona trabajadora de la empresa, en el caso de que en esta exista un acuerdo
previo para la sustitución de las jubilaciones parciales mediante contrato de
relevo con personas en activo en la misma (*).
(*) Con obligación de contratación adicional de persona que cumpla uno de los dos
primeros supuestos anteriores.
La subvención será por una cuantía de 6.000 €.
30/12/2017 a
19/10/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Convocatoria de subvenciones para el año
2017 para la formación y contratación de
jóvenes en situación de desempleo en el
marco del Programa Operativo de Empleo
Juvenil 2014-2020. (Contratación)
Ayudas destinadas a la financiación de proyectos que combinen formación y
contratación, a desarrollar en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco,
dirigidos a jóvenes en situación de desempleo, en el marco del Programa Operativo
de Empleo Juvenil 2014-2020.
Se subvencionan los contratos de trabajo celebrados a jornada completa con el
alumnado de las acciones formativas previamente subvencionadas.
El período subvencionable máximo serán los 6 primeros meses de contrato,
independientemente de que la duración de la contratación sea superior, y siempre y
cuando dicho período se haya cubierto a fecha 31 de Agosto de 2018. La ayuda
máxima será de:
Proyectos de formación previa con compromiso de contratación:
o 6.000 € / contrato
o 4.950 € / contrato
Para proyectos de formación dual: 3.500 € / contrato.
01/01/2018 a
15/09/2018
Landhome 2018 - Ayudas a empresas
radicadas en la CAPV para la contratación
de repatriados vascos.
Ayudas destinadas a que las empresas de la CAPV adapten sus organizaciones y
posibiliten el retorno de profesionales; directivos y técnicos, experimentados en el
exterior.
Las empresas deberán ofertar y formalizar un contrato laboral de carácter indefinido
(plazo no inferior a 4 años) para cubrir un puesto de nivel directivo o de técnico
superior, y contar con un plan de internacionalización vigente.
La subvención cubre una parte del coste salarial bruto del primer año de vigencia
del correspondiente contrato laboral.
15/01/2018 a
31/10/2018
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III:
Convocatoria Objeto de la ayuda Plazo
Región de Murcia:
Contratación indefinida de trabajadores
discapacitados
Ayudas destinadas a que las empresas del mercado ordinario de trabajo con centro
de trabajo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia contraten de forma
indefinida a trabajadores con discapacidad. Abierto
Ayudas a la contratación de la EOI en el marco del POEJ a nivel Regional
En el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo destinado a todas las regiones de España, y con la financiación del Programa
Operativo de Empleo Juvenil (POEJ) del Fondo Social Europeo, la Escuela de Organización Industrial (EOI) en calidad de Organismo
Intermedio tiene previsto convocar ayudas a la contratación para las empresas.
En el momento de la edición de este documento se encuentran abiertas convocatorias para Extremadura y Galicia.
Existe previsión de publicación de nuevas convocatorias por parte de la EOI dentro del periodo 2014-2020.
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Referencia y enlace Nombre Publicación BOE Entrada en
vigor
Última
actualización
publicada
Estatuto de los trabajadores
RD LEG 2/2015
Norma básica que regula el empleo por cuenta ajena en España.
El último texto en vigor es el recogido en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
BOE nº 255, de 24/10/2015 13/11/2015 13/05/2017
Estatuto del trabajador autónomo
Ley 20/2007
Norma básica que regula el empleo por cuenta propia en España.
Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
BOE nº 166, de 12/07/2007 12/10/2007 25/10/2017
RD 1451/1983
Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo o las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos.
BOE nº 133, de 04/06/1983 05/06/1983 07/07/2012
Ley 19/1994 Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
BOE nº 161, de 07/07/1994 08/07/1994 28/06/2017
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E IV
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Referencia y enlace Nombre Publicación BOE Entrada en
vigor
Última
actualización
publicada
RDL 11/1998
Real Decreto-ley 11/1998, de 4 de septiembre, por el que se regulan las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social de los contratos de interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento.
BOE nº 213, de 05/09/1998 06/09/1998 23/03/2007
Ley 12/2001
Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad.
BOE nº 164, de 10/07/2001 11/07/2001 31/10/2015
Ley 45/2002
Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.
BOE nº 298, de 13/12/2002 14/12/2002 31/10/2015
Ley 40/2003 Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
BOE nº 277, de 19/11/2003 09/12/2003 29/07/2015
LO 1/2004
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
BOE nº 313, de 29/12/2004 28/01/2005 06/10/2015
Ley 43/2006 Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
BOE nº 312, de 30/12/2006 31/12/2006 24/10/2015
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E IV
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Referencia y enlace Nombre Publicación BOE Entrada en
vigor
Última
actualización
publicada
Ley 44/2007
Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
BOE nº 299, de 14/12/2007 13/01/2008 29/12/2012
Resolución de 16 de enero de 2008
Resolución de 16 de enero de 2008, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se imparten directrices para la tramitación de los actos de encuadramiento en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
BOE nº 27, de 31/01/2008 01/01/2008 31/01/2008
Ley 51/2007 y posteriores
Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.
BOE nº 310, de 27/12/2007 01/01/2008 31/05/2016
Ley 2/2008 y posteriores Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009.
BOE nº 309, de 24/12/2008 01/01/2009 10/04/2014
RD 197/2009
Real Decreto 197/2009, de 23 de febrero, por el que se desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo en materia de contrato del trabajador autónomo económicamente dependiente y su registro y se crea el Registro Estatal de asociaciones profesionales de trabajadores autónomos.
BOE nº 54, de 04/03/2009 05/03/2009 04/03/2009
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Última
actualización
publicada
Resolución de 18 de marzo de 2018
Resolución de 18 de marzo de 2009, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento para el registro de los contratos de los trabajadores autónomos económicamente dependientes.
BOE nº 82, de 04/04/2009 05/04/2009 04/04/2009
RD 1613/2010
Real Decreto 1613/2010, de 7 de diciembre, por el que se crea y regula el Consejo de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el ámbito estatal y se establece la composición y régimen de funcionamiento y organización del Consejo del Trabajo Autónomo.
BOE nº 315, de 28/12/2010 29/12/2010 10/09/2015
Orden TIN/449/2011
Orden TIN/449/2011, de 1 de marzo, por la que se publica la convocatoria cuatrienal para la determinación de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el ámbito estatal.
BOE nº 54, de 04/03/2011 05/03/2011 04/03/2011
Ley 14/2011 Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
BOE nº 131, de 02/06/2011 02/12/2011 07/10/2017
Ley 27/2011
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
BOE nº 184, de 02/08/2011 01/01/2013 31/10/2015
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:
Referencia y enlace Nombre Publicación BOE Entrada en
vigor
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publicada
Ley 31/2011
Ley 31/2011, de 4 de octubre, por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
BOE nº 240, de 5/10/2011 06/10/2011 05/10/2011
RDL 18/2011
Real Decreto-ley 18/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social de los contratos de trabajo celebrados con personas con discapacidad por la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) y se establecen medidas de Seguridad Social para las personas trabajadoras afectadas por la crisis de la bacteria "E.coli".
BOE nº 279, de 19/11/2011 19/11/2011 19/11/2011
Ley 3/2012 Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
BOE nº 162, de 07/07/2012 08/07/2012 28/06/2017
Ley 17/2012
Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.
BOE nº 312, de 28/12/2012 01/01/2013 28/06/2017
RDL 4/2013
Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
BOE nº 47, de 23/02/2013 24/02/2013 07/04/2017
Ley 11/2013
Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
BOE nº 179, de 27/07/2013 28/07/2013 10/09/2015
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Ley 14/2013 Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
BOE nº 233, de 28/09/2013 29/09/2013 29/07/2015
RDL 16/2013
Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores.
BOE nº 305, de 21/12/2013 22/12/2013 31/10/2015
RDL 3/2014
Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida.
BOE nº 52, de 01/03/2014 02/03/2014 30/12/2014
RD 475/2014
Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador
BOE nº 144, de 14/06/2014 14/09/2014 14/06/2014
RDL 17/2014
Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.
BOE nº 315, de 30/12/2014 31/12/2014 30/12/2014
Ley 36/2014 Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
BOE nº 315, de 30/12/2014 01/01/2015 28/06/2017
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Orden ESS/86/2015
Orden ESS/86/2015, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.
BOE nº 27, de 31/01/2015 01/02/2015 31/01/2015
Ley 31/2015
Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.
BOE nº 217, de 10/09/2015 11/09/2015 10/09/2015
RD Leg 8/2015
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
BOE nº 261, de 31/10/2015 02/01/2016 25/10/2017
RDL 6/2016
Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
BOE nº 310, de 24/12/2016 25/12/2016 24/12/2016
Ley 3/2017 Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
BOE nº 153, de 28/06/2017 29/06/2017 28/06/2017
Ley 6/2017 Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.
BOE nº 257, de 25/10/2017 26/10/2017 25/10/2017
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