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AVES EXÓTICAS INVASORAS EN ESPAÑA:

PROPUESTA INICIAL DE LISTA PARA EL CATÁLOGO NACIONAL DE EEI

Grupo de Aves Exóticas - SEO/BirdLife www.seo.org/?grupodeavesexoticas

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Enero 2010

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ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN: LAS AVES EXÓTICAS INVASORAS ......... 3 -Las especies exóticas invasoras ............................................................ 3 -Definición de especie exótica invasora ................................................ 3 -Características que permiten predecir el carácter

invasor de una especie ................................................................ 4 -Vias de introducción ............................................................................. 5 -Marco legal de la importación y tenencia de especies

de aves exóticas ........................................................................... 7 -Aplicación territorial de medidas contra las especies

exóticas invasoras ....................................................................... 8 2. LISTAS Y BASES DE DATOS DE EEI EN DIFERENTES

ÁMBITOS GEOGRÁFICOS .................................................... 10 -Especies invasoras a nivel mundial ..................................................... 10 -Lista mundial de especies naturalizadas ............................................ 11 -Lista europea de especies exóticas establecidas ................................. 13 -Lista española de especies introducidas y establecidas ..................... 15 -Lista española de especies con características invasoras .................. 17 3. LISTA RESUMEN DE LAS ESPECIES QUE SUPONEN UNA

AMENAZA PARA LA BIODIVERSIDAD ESPAÑOLA ...... 19 4. PROPUESTA DE ESPECIES QUE DEBEN SER INCLUIDAS

EN EL CATÁLOGO ESPAÑOL DE EEI ............................... 26 5. CONSIDERACIONES DE APLICACIÓN DEL CATÁLOGO

DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS ............................. 34 -Aplicación del Catálogo ....................................................................... 34 -Retirada de ejemplares en poder de particulares ............................. 34

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1. INTRODUCCIÓN: LAS AVES EXÓTICAS INVASORAS Las especies exóticas invasoras La introducción de especies exóticas invasoras (EEI) es uno de los componentes de la actual crisis ecológica que pone en peligro la supervivencia de todos los ecosistemas a nivel mundial. Después de la pérdida de hábitat, las especies exóticas invasoras son el principal factor responsable por la pérdida de biodiversidad. Las medidas que se adopten en la actualidad serán decisivas para evitar o no la pérdida de los ecosistemas. Así, en relación a las especies exóticas, se hacen necesarios cambios radicales en muchos de los hábitos sociales, por otra parte perfectamente prescindibles, que llevan a la introducción de estas especies. El principio de precaución, a través de la prevención de las introducciones, debe convertirse en la norma de cualquier medida destinada a combatir las EEI. La elaboración del futuro Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras debe responder necesariamente a la realización de estos principios. > La prevención debe ser la norma fundamental en cu alquier medida contra las EEI. Debe sustituirse el viejo paradigma de “introducir a ver qué pasa” por el nuevo paradigma de “permitir la introducción únicamente cuando esté demostrada s u inocuidad y ella se justifique”. > No se puede esperar a que una especie exótica sea introducida y colonice nuestro país u otros para tener así pruebas que justifiquen su prohibici ón, pues entonces la prohibición habrá llegado demasiado tarde. Definición de especie exótica invasora Una especie exótica es una especie que se encuentra fuera de su área de distribución natural o de potencial dispersión, suponiéndose por ello algún tipo de intervención humana que se traduce en su traslado a través de una determinada barrera biogeográfica. Sin embargo, deben también entenderse como exóticos: - Los ejemplares introducidos de especies que, a pesar de ser nativas, pertenezcan a subespecies o variedades genéticamente diferentes de la subespecie o variedad nativa. - Las variedades domésticas de cualquier especie, cuando éstas difieran genéticamente de la especie silvestre debido a un proceso continuado de selección artificial. - Los ejemplares híbridos que posean material genético propio de otras especies, subespecies o variedades exóticas, o bien de variedades domésticas.

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Unas especie exótica se considera establecida cuando salva las barreras bióticas y abióticas que se oponen a su supervivencia y supera los obstáculos que se oponen a su reproducción normal, manteniendo así poblaciones de forma autosuficiente. Una especie exótica se considera especie exótica invasora cuando prolifera y se extiende allá de determinados límites, induciendo con ello cambios que amenazan a ecosistemas, los hábitats o las especies. Sin embargo, en virtud del principio de precaución, toda especie exótica establecida o en proceso de establecimiento debe considerarse como invasora o potencialmente invasora. Y así, debe ser por tanto incluida en las listas de especies invasoras. Características que permiten predecir el carácter invasor de una especie Las características que permiten predecir si una especie de ave puede convertirse en invasora han sido estudiadas en numerosos trabajos, por ejemplo en: Vall-llosera, M., Sol, D. 2009. A global risk assessment for the success of bird introductions. Journal of Applied Ecology 46:787-795. Los factores que permiten predecir con mayor éxito la capacidad invasora de una especie exótica son (por orden de importancia): 1- Número de individuos introducidos. Cuanto mayor es el número de ejemplares introducidos (propágulo) mayor es la probabilidad de la especie llegar a establecerse y convertirse en invasora. 2- Amplitud del nicho ecológico de la especie en su área de distribución natural. Contra más generalista sea la especie, mayor es su probabilidad de establecimiento. 3- Tamaño relativo del cerebro en relación al tamaño corporal. Un mayor tamaño relativo del cerebro está asociado a un mayor éxito colonizador. 4- Introducción en territorio insular . El establecimiento de una especie es mayor en un medio insular que en un medio continental. Otras características, algunas de ellas relacionadas con las anteriores, han sido también apuntadas para determinar el potencial invasor: comensalismo con el hombre, posesión de capacidades adaptativas no presentes en las especies nativas, flexibilidad de comportamiento, falta de comportamiento migratorio, falta de elaborada selección sexual, nidificación en árboles a salvo de predadores, alta capacidad de reproducción, etc.

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>Prohibir la importación y tenencia de unas determin adas especies exóticas consideradas invasoras puede llevar a importar en mayor número o tras especies. Con esto, estas últimas especies pueden ser objeto de un mayor número de in troducciones (mayor tamaño de propagulo), aumentando su probabilidad de establecimiento y de que pasen a convertirse también, por su vez, en invasoras. Vias de introducción Se han descrito diferentes vías de introducción para las especies exóticas: Hulme et al. 2008. Grasping at the routes of biological invasions: a framework for integrating pathways into policy. Journal of Applied Ecology 45:403-414. Sin embargo, en el caso de las aves pueden resumirse a tres: - Introducción intencionada (o liberaciones). Resultado de la liberación premeditada de ejemplares exóticos en el medio natural. - Introducción accidental (o escapes). Resultado del escape de ejemplares exóticos hasta ese momento mantenidos en cautividad. - Introducción involuntaria . Resultado del transporte y liberación inadvertida de una especie exótica. Introducción intencionada: Básicamente debido a actividades cinegéticas, a la cría de palomas y similares, y a propósitos ornamentales. La caza es responsables de la introducción de tres especies establecidas en España: el faisán vulgar (Phasianus colchicus) y, en Canarias, la perdiz moruna (Alectoris barbara) y la perdiz roja (Alectoris rufa). La cría tradicional de palomas es responsable de la introducción de dos variedades domésticas establecidas en España: la paloma doméstica y de la tórtola doméstica, descendientes de la paloma bravía (Columba livia) y de la tórtola rosigrís africana (Streptopelia roseogrisea). Las introducciones ornamentales, principalmente las realizadas en otros países vecinos, son responsables del esablecimiento y la llegada a nuestro país de ejemplares de tres especies: la barnacla canadiense (Branta canadensis), la malvasía canela (Oxyura jamaicensis) y el pato mandarín (Aix galericulata).

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Introducción accidental Cabe distinguir dos situaciones muy diferentes: -Introducción accidental desde confinamiento seguro, cuando se debe a fugas de parques zoológicos y similares, habiendo supuestamente medidas de seguridad para evitar las fugas. -Introducción accidental desde confinamiento negligente, cuando se debe a fugas de ejemplares mantenidos en cautividad por particulares, sin ningún tipo de seguridad ni control. Las introducciones desde confinamiento seguro son responsables de la introducción de una especie establecida con cría en Francia: el ibis sagrado (Threskiornis aethiopicus). Las introducciones desde confinamiento negligente son la principal vía de introducción de aves exóticas en nuestro país. Autorizando el comercio y la tenencia de especies exóticas en estas condiciones, la legislación española fomenta, en la práctica, la introducción de nuevas especies exóticas invasoras en nuestro país. Este tipo de introducciones son responsables del establecimiento de muchas especies en nuestro país: la cotorra de pecho gris o argentina (Myiopsitta monachus), el alejandrino común o cotorra de Kramer (Psittacula krameri), el bulbul orfeo (Pycnonotus jocosus), el ruiseñor del Japón (Leiothrix lutea), el tejedor amarillo (Euplectes afer), el tejedor cabecinegro (Ploceus melanocephalus), el pico de coral colinegro (Estrilda troglodytes), el pico de coral común (Estrilda astrild) y el bengalí rojo (Amandava amandava). Algunas de ellas han colonizado zonas de nuestro país partiendo de Portugal. Introducción involuntaria Muy rara en aves, aunque se sospecha que el gorrión común (Passer domesticus) podría haber llegado al archipiélago canario viajando como polizón a bordo de barcos. > La principal vía de introducción de aves exóticas invasoras se debe a introducciones accidentales desde confinamiento negligente, es dec ir, al escape de ejemplares mantenidos en cautividad por particulares. El comercio y tenencia de ejemplares en estas condiciones fomentan en la práctica la introducción de especies exóticas . > Se hace necesario acabar con el libre comercio de aves exóticas tal como existe actualmente. Las especies objeto de este comercio deben ser rest ringidas a una lista muy reducida o anuladas en su generalidad. Debe exigirse que los ejemplares cautivos en poder de particulares sean mantenidos en condiciones dignas y con suficientes medidas de seguridad para evitar los escapes.

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Marco legal de la importación y tenencia de especies de aves exóticas Prohibición de la importación de ejemplares de aves silvestres La importación de ejemplares de aves silvestres fue prohibida en el ámbito de la Unión Europea: REGLAMENTO (CE) Nº 318/2007 DE LA COMISIÓN, de 23 de marzo de 2007, por el que se establecen condiciones zoosanitarias para la importación de determinadas aves en la Comunidad y las correspondientes condiciones de cuarentena. Por este Reglamento, sólo se permite la importación de ejemplares criados en cautividad y que provengan de determinados países donde se aseguren las necesarias condiciones zoosanitarias. > Cualquier medida destinada a prohibir la importac ión de especies de aves invasoras se referirá sólo a ejemplares exóticos criados en cautividad. L a importación de ejemplares silvestres ya está prohibida por la actual legislación. > Los grupos de aves exóticas de los que no se cono zca su capacidad de reproducción en cautividad tienen su presencia prohibida en nuestro país. Su importación y tenencia están prohibidas independientemente de sus potenciales ca racterísticas invasoras. Prohibición de la importación de ejemplares de especies amenazadas La Convención CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) prohibe, en diferentes grados, la importación de especies silvestres que se hallan amenazadas por el comercio internacional. > La importación de ejemplares silvestres queda, po r tanto, doblemente prohibida en el caso de tratarse de especies amenazadas en su área de distr ibución natural. Estrategia para la elaboración de listas negras y grises para prohibir las importaciones de especies exóticas La Convención de Berna establece una estrategia sobre las especies exóticas invasoras en Europa: Genovesi, P., Shine, C. 2003. Stratégie européenne relative aux espèces exotiques envahissantes. Convention relative a la conservation de la vie sauvage et du milieu naturel de l’europe.

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Esta estrategia determina que, en relación a las especies exóticas, deben elaborarse tres listas diferentes: listas negras, listas grises y listas blancas. Las listas negras prohiben la introducción de las especies en ellas incluidas. Están formadas por las especies señaladas como invasoras en uno o varios países europeos, las especies señaladas como invasoras en otros continentes y las especies que, sin haber sido introducidas en Europa, puedan probablemente llegar a serlo y causar problemas. Las listas blancas permiten la introducción, previa autorización, de las especies incluidas en ellas. Están formadas por especies de las que existe la suficiente información para permitir clasificarlas como de bajo potencial invasor. Las listas grises obligan a una evaluación de riesgo antes de permitir o no la introducción de las especies incluidas en ellas. Están formadas por las especies no recogidas en las listas negras o blancas. > Prohibir una especie que aún no ha revelado comple tamente su carácter invasor puede ser más útil que prohibir una especie ya establecida, con d emostrado carácter invasor, que posiblemente acabará por ocupar todo el territorio debido a las grandes dificultades con que se enfrenta cualquier medida de erradicación. Aplicación territorial de medidas contra las especies exóticas invasoras En el territorio español se divide en dos áreas, correspondientes a diferentes regiones biogeográficas, que deben ser contempladas de forma diferente: -Territorio de la Península Ibérica e Islas Baleares (región paleártica). -Territorio insular de las Islas Canarias (región macaronésica). Y aún deben considerarse por separado los enclaves de Ceuta y Melilla, situados en el norte de África. Se da el caso de que especies nativas en la Península pueden ser al mismo tiempo EEI en las Islas Canarias. Este caso es ejemplificado por el gorrión común (Passer domesticus). Casos contrarios también son posibles, aunque menos probables. La introducción de una especie exótica puede tener diferente resultado en la Península o en las Islas Canarias, debido a sus características diferentes. Está demostrado que los territorios insulares son más vulnerables al establecimiento de aves exóticas invasoras. Las medidas aplicadas en el territorio insular canario deben ser, por tanto, más estrictas. Tambén debe aplicarse este criterio al territorio insular balear, a pesar de no diferir grandemente en su composición biogeográfica del territorio peninsular.

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Considerando la capacidad de expansión de las EEI, que evidentemente no se detienen en fronteras políticas, queda claro que cualquier medida o estrategia que se emprenda contra ellas debe tener el ámbito de aplicación más extenso posible para asegurar su efectividad. La aplicación debe ser como mínimo nacional, ya que fallos en la aplicación de una medida en una determinada región o comunidad autónoma invalidaría los esfuerzos realizados en las zonas limítrofes. Del mismo modo, debe siempre buscarse una aplicación conjunta de ámbito internacional, comenzando por el ámbito europeo y la legislación comunitaria. Son varios los ejemplos, todos ellos bastante graves, de especies de aves exóticas que han llegado a colonizar partes de España a través de sus fronteras, expandiéndose a partir de otros países, no sólo limítrofes sino también más distantes. Por ejemplo, el pico de coral común (Estrilda astrild) proveniente de Portugal, el ibis sagrado (Threskiornis aethiopicus) proveniente de Francia o la malvasía canela (Oxyura jamaicensis) proveniente de Gran Bretaña, entre otros casos. La cooperación internacional resulta así imprescindible para luchar contra las EEI. > El territorio español está dividido en dos áreas b iogeográficas diferentes, la Península y Baleares y las Islas Canarias, que deben ser tratadas siempr e de forma diferente. > Determinadas especies nativas de la Península pue den ser especies exóticas invasoras en las Islas Canarias. > Las especies exóticas invasoras se expanden inevi tablemente a través de las fronteras nacionales, siendo imprescindible una estrategia y la aplicación de medidas en el ámbito europeo, cuando no sea posible a un nivel internacional más amplio.

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2. LISTAS Y BASES DE DATOS DE EEI EN DIFERENTES ÁMBITOS GEOGRÁFICOS Especies invasoras a nivel mundial En la Base de Datos del Grupo Especialista en Especies Invasoras (ISSG), formado dentro de la Comisión de Supervivencia de Especies (SSC) de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) se recogen 24 especies de aves de las que existe documentación sobre su carácter invasor. Esta lista es claramente incompleta y parcial, pues existen muchas otras especies de conocido carácter invasor que no están aún incluidas en esta base de datos. De la lista actual, ocho especies son nativas en España, aunque dos de ellas lo son únicamente en territorio peninsular. Especies invasoras que son exóticas en todo el territorio español:

ANATIDAE : Branta canadensis, Oxyura jamaicensis. ACCIPITRIDAE : Circus approximans. PSITTACIDAE : Myiopsitta monachus. STRIGIDAE : Bubo virginianus. PYCNONOTIDAE : Pycnonotus jocosus, Pycnonotus cafer. ZOSTEROPIDAE : Zosterops japonicus. TIMALIIDAE : Leiothrix lutea. CORVIDAE : Corvus splendens. CRACTICIDAE : Gymnorhina tibicen. STURNIDAE : Acridotheres tristis, Acridotheres fuscus. FRINGILLIDAE : Carpodacus mexicanus. ICTERIDAE : Molothrus bonariensis, Molothrus ater.

Especies de aves que son nativas en España, pero únicamente en la Península Ibérica y no en las Islas Canarias:

ANATIDAE : Cygnus olor. PASSERIDAE: Passer domesticus.

Otras seis especies de aves son nativas en España, tanto en la Península Ibérica como en las Islas Canarias, si bien que existen variedades domésticas en algunas de ellas que deben ser consideradas como exóticas: > Anser anser, Anas platyrhynchos, Bubulcus ibis, Columba livia, Streptopelia decaocto, Sturnus vulgaris.

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Lista mundial de especies naturalizadas El libro publicado por C. Lever en el año 2005 Christopher Lever. 2005. Naturalised Birds of the World. T & AD Poyser. London. proporciona una lista mundial de especies que han llegado a establecerse (o naturalizarse) tras ser introducidas en áreas geográficas distintas de su área de distribución natural. Todas ellas, por el hecho de haberse establecido en un área diferente, son potencialmente invasoras. Muchas de ellas son, además, reconocidamente invasoras. La capacidad de establecimiento e invasión de estas especies en nuestro país debe ser extrapolada a las características bióticas y abióticas del territorio español. Aunque basándose en el principio de precaución, ninguna de ellas debería ser importada o introducida. La siguiente lista excluye las especies que son nativas en la península, con algunas excepciones justificadas: TINAMIDAE : Nothoprocta perdicaria.

STRUTHIONIDAE : Struthio camelus.

CRACIDAE : Ortalis vetula.

NUMIDIDAE : Numida meleagris.

ODONTOPHOTIDAE : Oreortyx pictus, Callipepla californica, Callipepla gambelii, Colinus virginianus.

PHASIANIDAE : Meleagris gallopavo, Tetraogallus himalayensis, Alectoris chukar, Alectoris barbara, Alectoris rufa, Francolinus francolinus, Francolinus pondicerianus, Francolinus erckelii, Perdix perdix, Coturnix chinensis, Coturnix japonica, Coturnix ypsilophora, Perdicula asiatica, Bambusicola thoracicus, Gallus gallus, Lophura leucomelanos, Lophura nycthemera, Syrmaticus reevesii, Phasianus colchicus, Phasianus versicolor, Chrysolophus pictus, Chrysolophus amherstiae, Pavo cristatus.

ANATIDAE : Anser indicus, Anser caerulescens, Anser cygnoides, Branta canadensis, Cygnus atratus, Cygnus olor, Alopochen aegyptiaca, Tadorna ferruginea, Cairina moschata, Aix galericulata, Anas melleri, Oxyura jamaicensis.

PHOENICOPTERIDAE : Phoenicopterus ruber, Phoenicopterus chilensis.

THRESKIORNITIDAE : Threskiornis aethiopicus.

CATHARTIDAE : Cathartes aura.

FALCONIDAE : Milvago chimango.

RALLIDAE : Gallirallus australis.

PTEROCLIDIDAE : Pterocles exustus.

COLUMBIDAE : Columba livia, Streptopelia risoria, Streptopelia picturata, Streptopelia chinensis, Streptopelia senegalensis, Streptopelia bitorquata, Geopelia striata, Columbina passerina, Chalcophaps indica, Leptotila jamaicensis, Zenaida macroura.

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CACATUIDAE : Eolophus roseicapilla, Cacatua sanguinea, Cacatua goffini, Cacatua sulphurea, Cacatua galerita.

PSITTACIDAE : Vini kuhlii, Prosopeia tabuensis, Platycercus elegans, Platycercus eximius, Melopsittacus undulatus, Eclectus roratus, Psittacula krameri, Psittacula eupatria, Agapornis canus, Agapornis fischeri, Agapornis personatus, Ara ararauna, Ara severus, Aratinga acuticaudata, Aratinga mitrata, Aratinga holochlora, Aratinga erythrogenys, Aratinga canicularis, Aratinga pertinax, Nandayus nenday, Myiopsitta monachus, Forpus passerinus, Brotogeris versicolorus, Brotogeris chiriri, Amazona ventralis, Amazona viridigenalis, Amazona finschi, Amazona oratrix, Amazona ochrocephala, Amazona amazonica.

CUCULIDAE : Crotophaga ani.

STRIGIDAE : Bubo virginianus.

APODIDAE : Aerodramus (Collocalia) bartschi.

ALCEDINIDAE : Dacelo novaeguineae.

TYRANNIDAE : Pitangus sulphuratus.

MELIPHAGIDAE : Manorina melanocephala.

CRACTICIDAE : Gymnorhina tibicen.

DICRURIDAE : Dicrurus macrocercus.

PYCNONOTIDAE : Pycnonotus jocosus, Pycnonotus cafer, Pycnonotus aurigaster, Pycnonotus goiavier.

SYLVIIDAE : Cettia diphone.

TIMALIIDAE : Garrulax canorus, Garrulax pectoralis, Garrulax caerulatus, Garrulax perspicillatus, Leiothrix lutea.

ZOSTEROPIDAE : Zosterops japonicus, Zosterops lateralis, Zosterops natalis.

MIMIDAE : Mimus polyglottos, Mimus gilvus.

CORVIDAE : Cyanocorax dickeyi, Corvus splendens, Corvus brachyrhynchos.

STURNIDAE : Gracula religiosa, Acridotheres cristatellus, Acridotheres fuscus, Acridotheres javanicus, Acridotheres melanopterus, Acridotheres cinereus, Acridotheres gingianus, Acridotheres tristis, Sturnus contra.

TURDIDAE : Turdus poliocephalus.

MUSCICAPIDAE : Copsychus malabaricus.

PASSERIDAE: Passer domesticus

PLOCEIDAE : Ploceus cucullatus, Ploceus jacksoni, Ploceus intermedius, Ploceus manyar, Foudia madagascariensis, Euplectes franciscanus, Euplectes afer.

ESTRILDIDAE : Uraeginthus bengalus, Uraeginthus angolensis, Estrilda melpoda, Estrilda caerulescens, Estrilda astrild, Estrilda troglodytes, Amandava amandava, Neochmia temporalis, Lonchura cucullata, Lonchura malabarica, Lonchura punctulata, Lonchura leucogastroides, Lonchura malacca, Lonchura hunsteini, Lonchura castaneothorax, Lonchura oryzivora, Lonchura striata.

VIDUIDAE : Vidua macroura, Vidua paradisaea.

FRINGILLIDAE : Serinus canaria, Serinus mozambicus, Serinus canicollis, Serinus flaviventris, Carduelis cucullata, Carduelis flammea, Carpodacus mexicanus.

THRAUPIDAE : Ramphocelus dimidiatus, Cyanerpes cyaneus.

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EMBERIZIDAE : Sicalis luteola, Sicalis flaveola, Diuca diuca, Tiaris olivaceus, Tiaris canorus, Paroaria coronata, Paroaria capitata.

CARDINALIDAE : Cardinalis cardinalis.

ICTERIDAE : Icterus icterus, Icterus pectoralis, Molothrus bonariensis, Sturnella neglecta, Quiscalus lugubris.

Lista europea de especies exóticas establecidas El documento elaborado por el Grupo de Aves Exóticas (GAE-SEO/BirdLife) D. M. Santos, J. Clavell, D. Sol. 2007. Lista europea de aves: categorías C y E. http://www.seo.org/?grupodeavesexoticas proporciona una lista de las especies que han sido introducidas en Europa. Cada especie está clasificada según una categoría que señala su grado de establecimiento: establecida (C), próxima a establecerse (E1), no establecida pero con reproducción comprobada en libertad (E2). En esta lista no se establece el carácter invasor de las especies, si bien que todas las especies establecidas (C) o a punto de establecerse (E1) deben considerarse como potencialmente invasoras. Además, muchas de ellas ya han sido documentadas como invasoras. Las especies de categoría E2 que se han reproducido en un mínimo de tres países suponen también un riesgo importante de establecimiento, por lo que se incluyen también en la siguiente lista (señaladas como E2#). Se ha actualizado la categoría de algunas especies (*), según información del GAE. En la siguiente lista se excluyen las especies que son nativas en alguna parte del territorio europeo. Se utiliza un código de color (cod) para señalar la categoría: rojo (C), naranja (E1) y azul (E2#). También se señala en una columna (nat) la existencia de citas de caracter natural para la especie: ac para la presencia de la especie como divagante, B para señalar la presencia antigua de la especie, D para la existencia de citas dudosas de origen natural.

cod nat Categoría RHEIDAE

Rhea americana ■ E1(*) ANATIDAE

Cygnus atratus ■ C Anser cygnoides ■ E1 Anser indicus ■ D C Anser caerulescens ■ ac E1 Branta canadensis ■ ac C Chloephaga picta ■ E1 Alopochen aegyptiaca ■ B C Cairina moschata ■ E1 Aix sponsa ■ ac E1 Aix galericulata ■ D C Oxyura jamaicensis ■ C

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PHASIANIDAE Callipepla californica ■ C Colinus virginianus ■ C Alectoris barbara ■ C Francolinus erckelii ■ C Francolinus francolinus ■ C Coturnix japonica ■ C Syrmaticus reevesii ■ C Phasianus colchicus ■ C Chrysolophus pictus ■ C Chrysolophus amherstiae ■ C

NUMIDIDAE Numida meleagris ■ E1

THRESKIORNITHIDAE Threskiornis aethiopicus ■ C

PHOENICOPTERIDAE Phoenicopterus chilensis ■ E1

COLUMBIDAE Streptopelia roseogrisea ■ C

PSITTACIDAE Melopsittacus undulatus ■ E2# Agapornis fischeri ■ C Psittacula eupatria ■ E1 Psittacula krameri ■ C Aratinga acuticaudata ■ E1 Aratinga mitrata ■ E1 Aratinga erythrogenys ■ E1 Myiopsitta monachus ■ C Amazona oratrix ■ E1

PYCNONOTIDAE Pycnonotus jocosus ■ E1(*) Pycnonotus cafer ■ E1

TIMALIIDAE Paradoxornis webbianus ■ C Paradoxornis alphonsianus ■ C Leiothrix lutea C

CORVIDAE Corvus splendens ■ D E1

STURNIDAE Acridotheres tristis ■ E1(*)

PLOCEIDAE Ploceus cucullatus ■ E2# Ploceus melanocephalus ■ D E1 Quelea quelea ■ E1 Euplectes afer ■ D E1

ESTRILDIDAE Estrilda astrild ■ C Estrilda melpoda ■ E1 Estrilda troglodytes ■ D E1 Amandava amandava ■ C Lonchura malabarica ■ C

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Lista española de especies introducidas y establecidas El documento elaborado por el Grupo de Aves Exóticas (GAE-SEO/BirdLife) Grupo de Aves Exóticas (GAE-SEO/BirdLife). 2006. Lista de aves introducidas en España: especies en las categorías C y E. http://www.seo.org/?grupodeavesexoticas y su actualización, aún no publicada, proporciona una lista de las especies que han sido introducidas en España. Cada especie está clasificada según una categoría que señala su grado de establecimiento: establecida (C), próxima a establecerse (E1), no establecida pero con reproducción comprobada en libertad (E2). En esta lista no se establece el carácter invasor de las especies, si bien que todas las especies establecidas (C) o a punto de establecerse (E1) deben considerarse como potencialmente invasoras. Además, muchas de ellas ya han sido documentadas como invasoras. Las especies que se han logrado reproducirse (E2) en nuestro país suponen también un riesgo de establecimiento considerable, por lo que debería estudiarse con más detalle su potencial invasor. Por ello, se incluyen en la siguiente lista. La lista siguiente considera las dos áreas biogeográficas: la formada por la Península Ibérica y Baleares, y la formada por las Islas Canarias. Se utiliza un código de color para señalar la categoría: rojo (C), naranja (E1), azul (E2), verde (E3, especies sin reproducción conocida) y amarillo (ausente en ese territorio). También se señala en una columna la existencia de citas de caracter natural para la especie (categorías A, B) o la existencia de citas dudosas (categoría D). Se señalan como (A) las variedades domésticas de especies nativas. PEN Y BAL CANARIAS ANATIDAE Dendrocygna autumnalis ■ E2 ■ --- Cygnus olor ■ A E2 ■ E3 Cygnus atratus ■ E2 ■ --- Anser erythropus ■ C* ■ --- Branta canadensis ■ C* ■ --- Alopochen aegyptiaca ■ E2 ■ --- Tadorna ferruginea ■ A E2 ■ A E2 Cairina moschata ■ E2 ■ E2 Aix sponsa ■ D E2 ■ E3 Aix galericulata ■ C* ■ E3 Anas sibilatrix ■ E2 ■ --- Anas platyrhynchos var. ■ (A) E2 ■ (A) E3 Oxyura jamaicensis ■ C* ■ --- CRACIDAE Pipile cumanensis ■ E2 ■ --- MELEAGRIDIDAE Meleagris gallopavo ■ E2 ■ E2

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ODONTOPHORIDAE Callipepla californica ■ E1 ■ E3 Colinus virginianus ■ E1 ■ E3 PHASIANIDAE Alectoris chukar ■ E2 ■ --- Alectoris barbara ■ E2 ■ C Alectoris rufa ■ A E1 ■ C Coturnix japonica ■ E2 ■ E2 Phasianus colchicus ■ C ■ E3 Pavo cristatus ■ --- ■ E2 NUMIDIDAE Numida meleagris ■ E3 ■ E1 THRESKIORNITHIDAE Threskiornis aethiopicus ■ C*? E2 ■ E2 COLUMBIDAE Columba livia var. ■ (A) C ■ (A) C Columba guinea ■ --- ■ E2 Streptopelia roseogrisea var. ■ C ■ C CACATUIDAE Nymphicus hollandicus ■ E3 ■ E2 PSITTACIDAE Melopsittacus undulatus ■ E3 ■ E2 Psittacula krameri ■ C ■ C Agapornis fischeri ■ E2 ■ E2 Agapornis personatus ■ E2 ■ E2 Poicephalus senegalus ■ E2 ■ E2 Aratinga acuticaudata ■ E1 ■ --- Aratinga mitrata ■ E1 ■ --- Aratinga erythrogenys ■ E1 ■ --- Nandayus nenday ■ E2 ■ E2 Cyanoliseus patagonus ■ E2 ■ E3 Myiopsitta monachus ■ C ■ C Amazona leucocephala ■ --- ■ E2 Amazona aestiva ■ E2 ■ E3 Amazona ochrocephala ■ --- ■ E2 PYCNONOTIDAE Pycnonotus jocosus ■ E1? E2 ■ E2 Pycnonotus cafer ■ E1 ■ E3 TIMALIIDAE Leiothrix lutea ■ C ■ E2 STURNIDAE Acridotheres tristis ■ E2 ■ E2 Gracupica nigricollis ■ E2 ■ --- Lamprotornis chalybaeus ■ E2 ■ --- Lamprotornis purpureus ■ E3 ■ E2 Lamprotornis caudatus ■ E2 ■ E3 PASSERIDAE Passer domesticus ■ A --- ■ E1

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PLOCEIDAE Ploceus galbula ■ E2 ■ --- Ploceus cucullatus ■ E2 ■ E3 Ploceus melanocephalus ■ E1 ■ --- Quelea quelea ■ E1 ■ E3 Euplectes afer ■ E1 ■ E3 Euplectes orix ■ E2 ■ E2 ESTRILDIDAE Uraeginthus bengalus ■ E3 ■ E2 Estrilda melpoda ■ E1 ■ E2 Estrilda troglodytes ■ E1 ■ E2 Estrilda astrild ■ C ■ C Amandava amandava ■ C ■ E2 Lonchura malacca ■ E2 ■ E3 EMBERIZIDAE Paroaria coronata ■ E2 ■ E3 Lista española de especies con características invasoras En la siguiente lista se señalan, para las especies de categoría C y E1, el conocimiento que existe en la actualidad sobre su comportamiento invasor. Del conjunto de especies establecidas o próximas a establecerse, algunas manifiestan un crecimiento de sus efectivos y de su distribución geográfica que demuestran un claro carácter invasor (crec). Otras especies no presentan un crecimiento evidente (---). Esto puede deberse a diversos factores: a encontrarse la especie en una fase temprana de colonización, a no haber alcanzado un número poblacional crítico necesario para expandirse, a no haber recibido suficiente reclutamiento de nuevos ejemplares introducidos, a haber enfrentado fenómenos estocásticos adversos de naturaleza abiótica, a encontrar limitaciones que impiden definitivamente su paso a especie invasora, etc. Otras especies se reproducen fuera de España, llegando ejemplares hasta nuestro territorio por movimientos migratorios (ext). Aunque estas especies no parecen mostrar una clara tendencia al aumento, su evolución dependerá sempre del éxito de las medidas de control emprendidas en los otros países, y también en el nuestro. En la lista se señala en dos columnas, por medio del código de color, su categoría en la Península y Baleares (PB) y en las Islas Canarias (Can). La indicación de su comportamiento invasor está en la columna Crec.

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PB Can crec

ANATIDAE Anser erythropus ■ ■ ext Branta canadensis ■ ■ ext Aix galericulata ■ ■ ext Oxyura jamaicensis ■ ■ ext

ODONTOPHORIDAE Callipepla californica ■ ■ --- Colinus virginianus ■ ■ ---

PHASIANIDAE Alectoris barbara ■ ■ --- Alectoris rufa ■ ■ --- Phasianus colchicus ■ ■ ---

NUMIDIDAE Numida meleagris ■ ■ ---

THRESKIORNITHIDAE Threskiornis aethiopicus ■ ■ ext

COLUMBIDAE Columba livia var. ■ ■ crec Streptopelia roseogrisea var. ■ ■ ---

PSITTACIDAE Psittacula krameri ■ ■ crec Aratinga acuticaudata ■ ■ --- Aratinga mitrata ■ ■ --- Aratinga erythrogenys ■ ■ --- Myiopsitta monachus ■ ■ crec

PYCNONOTIDAE Pycnonotus jocosus ■ ■ crec Pycnonotus cafer ■ ■ ---

TIMALIIDAE Leiothrix lutea ■ ■ crec

PASSERIDAE Passer domesticus ■ ■ crec

PLOCEIDAE Ploceus melanocephalus ■ ■ crec Quelea quelea ■ ■ --- Euplectes afer ■ ■ crec

ESTRILDIDAE Estrilda melpoda ■ ■ --- Estrilda troglodytes ■ ■ --- Estrilda astrild ■ ■ crec Amandava amandava ■ ■ crec

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3. LISTA RESUMEN DE LAS ESPECIES QUE SUPONEN UNA AMENAZA PARA LA BIODIVERSIDAD ESPAÑOLA Juntando la información de las bases de datos hasta aquí referidas es posible hacer la siguiente lista de todas las especies cuya importación, con su más que probable introducción consiguiente, suponen una amenaza para la biodiversidad española. La lista incluye las especies que a nivel mundial han sido referenciadas como invasoras (ISSG), las especies que a nivel mundial han sido capaces de establecerse fuera de su área de distribución natural (Lever) y las especies que a nivel europeo han conseguido establecerse, o están próximas a establecerse, o han conseguido reproducirse en un mínimo de tres países (GAE). También incluye las especies que han conseguido reproducirse en territorio español, diferenciándose las que han conseguido establecerse, las que están próximas a establecerse, o las que únicamente han conseguido reproducirse en libertad (GAE). Se diferencian las dos áreas biogeográficas de Península/Baleares y Canarias. También se señala si existe información sobre la expansión de las poblaciones establecidas. En esta lista se excluyen, lógicamente, las especies que son nativas en territorio español, pero se incluyen algunas excepciones. Algunas especies son nativas en el territorio peninsular pero son exóticas en el archipiélago canario, donde constituyen una grave amenaza (p.e. Passer domesticus). Otras especies son consideradas nativas porque pueden llegar al territorio español como divagantes, pero es mucho más frecuente encontrarlas como consecuencia de una introducción por el hombre. En este último caso se desconoce normalmente la identidad de estos ejemplares introducidos en relación a la subespecie, variedad, domesticidad o hibridación, por lo que deben tratarse, en principio, como variedades exóticas (p.e. Tadorna ferruginea). Aquellas variedades domésticas que han sido objeto de una marcada selección artificial también se consideran como exóticas, aunque la especie original sea nativa (p.e. Columba livia var.). Las columnas de la tabla siguiente indican: -Fam: Familia taxonómica (sigue normalmente la clasificación de Clements). -Especie: Nombre científico de la especie. -Inv : La casilla de color gris indica que la especie se halla referenciada como invasora a nivel mundial (ISSG). -Mu : La casilla de color granate indica que la especie ha sido capaz, a nivel mundial, de establecerse en áreas geográficas donde fue introducida (Lever). -Eur : La casilla con diferentes colores indica que la especie ha sido introducida en Europa y ha sido capaz de establecerse o está próxima a establecerse. El color rojo indica que la especie está establecida. El color naranja indica que la especie está próxima a establecerse. El color azul indica que la especie, aunque no está establecida, ha sido capaz de reproducirse en un mínimo de tres países europeos.

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-P/B: La casilla con diferentes colores indica que la especie ha sido introducida en el territorio peninsular español o en las Islas Baleares y ha sido al menos capaz de reproducirse en libertad. El color rojo indica que la especie está establecida. El color naranja indica que la especie está próxima a establecerse. El color azul indica que la especie, aunque no está establecida, ha sido capaz de reproducirse en libertad en esta parte de España. -Ca: Lo mismo, referido a las Islas Canarias. -cr: Esta columna se aplica sólo a las especies establecidas o próximas a establecerse en territorio español (más algunas especies de que se sospecha que pasarán a estarlo próximamente). La casilla de color gris claro indica que, hasta el momento, no se conoce un marcado crecimiento de las poblaciones existentes en territorio español. Se distinguen las especies que se reproducen principalmente fuera del territorio español (e) del resto (--). La casilla de color oscuro y señalado (cr) indica que, para la especie, se conoce un notable crecimiento o expansión de las poblaciones existentes en territorio español.

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Fam Especie Inv Mu Eur P/B Ca cr

TINAMIDAE Nothoprocta perdicaria RHEIDAE Rhea americana STRUTHIONIDAE Struthio camelus ANATIDAE Dendrocygna autumnalis Cygnus olor Cygnus atratus Anser cygnoides Anser erythropus e Anser indicus Anser caerulescens Branta canadensis e Chloephaga picta Alopochen aegyptiaca Tadorna ferruginea Cairina moschata Aix sponsa Aix galericulata e Anas sibilatrix Anas platyrhynchos var. Anas melleri Oxyura jamaicensis e CRACIDAE Ortalis vetula Pipile cumanensis MELEAGRIDIDAE Meleagris gallopavo PHASIANIDAE Oreortyx pictus Callipepla californica --

Callipepla gambelii

Colinus virginianus -- Alectoris chukar Alectorix rufa -- Alectoris barbara --

Francolinus erckelii Francolinus francolinus Francolinus pondicerianus Perdix perdix Coturnix japonica Coturnix ypsilophora Coturnix chinensis Perdicula asiatica Tetraogallus himalayensis Bambusicola thoracica

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Gallus gallus Lophura leucomelanos Lophura nycthemera Syrmaticus reevesii Phasianus colchicus -- Phasianus versicolor Chrysolophus pictus Chrysolophus amherstiae Pavo cristatus NUMIDIDAE Numida meleagris -- THRESKIORNITHIDAE Threskiornis aethiopicus e PHOENICOPTERIDAE Phoenicopterus ruber Phoenicopterus chilensis CATHARTIDAE Cathartes aura ACCIPITRIDAE Circus approximans FALCONIDAE Milvago chimango RALLIDAE Gallirallus australis PTEROCLIDIDAE Pterocles exustus COLUMBIDAE Columba livia var. cr Columba guinea Streptopelia roseogrisea var. --

Streptopelia senegalensis Streptopelia chinensis Streptopelia picturata Streptopelia bitorquata Geopelia striata Zenaida macroura Columbina passerina Chalcophaps indica Leptotila jamaicensis PSITTACIDAE Vini kuhlii Prosopeia tabuensis Eclectus roratus Platycercus elegans Platycercus eximius Melopsittacus undulatus

Eclectus roratus Poicephalus senegalus Agapornis canus Agapornis fischeri

Agapornis personatus

Psittacula eupatria

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Psittacula krameri cr

Ara ararauna Ara severa Aratinga acuticaudata -- Aratinga holochlora Aratinga mitrata --

Aratinga erythrogenys -- Aratinga canicularis Aratinga pertinax Nandayus nenday Cyanoliseus patagonus Myiopsitta monachus cr

Forpus passerinus Brotogeris versicolorus Brotogeris chiriri Amazona leucocephala Amazona aestiva Amazona oratrix Amazona ochrocephala Amazona amazonica Amazona ventralis Amazona viridigenalis Amazona finschi CACATUIDAE Eolophus roseicapilla Cacatua sulphurea Cacatua galerita Cacatua goffini Cacatua sanguinea Nymphicus hollandicus CUCULIDAE Crotophaga ani STRIGIDAE Bubo virginianus ALCEDINIDAE Dacelo novaeguineae APODIDAE Collocalia bartschi TYRANNIDAE Pitangus sulphuratus MELIPHAGIDAE Manorina melanocephala PYCNONOTIDAE Pycnonotus jocosus cr Pycnonotus cafer -- Pycnonotus aurigaster Pycnonotus goiavier

ZOSTEROPIDAE Zosterops lateralis Zosterops natalis Zosterops japonicus

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MIMIDAE Mimus polyglottos Mimus gilvus DICRURIDAE Dicrurus macrocercus SYLVIIDAE Cettia diphone TIMALIIDAE

Paradoxornis webbianus

Paradoxornis alphonsianus Garrulax caerulatus Garrulax canorus Garrulax pectoralis Garrulax perspicillatus Leiothrix lutea cr CORVIDAE Cyanocorax dickeyi Corvus splendens

Corvus brachyrhynchos CRACTICIDAE Gymnorhina tibicen STURNIDAE Lamprotornis purpureus Lamprotornis chalybaeus Lamprotornis caudatus Sturnus contra Sturnus nigricollis Acridotheres tristis Acridotheres ginginianus Acridotheres cristatellus Acridotheres fuscus Acridotheres javanicus Acridotheres melanopterus Acridotheres cinereus Gracula religiosa TURDIDAE Turdus poliocephalus MUSCICAPIDAE Copsychus malabaricus PASSERIDAE Passer domesticus cr PLOCEIDAE Ploceus intermedius Ploceus galbula Ploceus manyar Ploceus cucullatus Ploceus melanocephalus cr Ploceus jacksoni Quelea quelea -- Euplectes afer cr Euplectes franciscanus Euplectes orix

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Foudia madagascariensis ESTRILDIDAE Uraeginthus angolensis Uraeginthus bengalus Estrilda caerulescens Estrilda astrild cr Estrilda melpoda -- Estrilda troglodytes -- Amandava amandava cr Neochmia temporalis Lonchura malabarica

Lonchura cucullata Lonchura striata Lonchura punctulata Lonchura malacca Lonchura leucogastroides Lonchura hunsteini Lonchura castaneothorax Padda oryzivora Vidua macroura Vidua paradisaea FRINGILLIDAE Serinus canaria Serinus mozambicus Serinus canicollis Serinus flaviventris Carduelis flammea Carduelis cucullata Carpodacus mexicanus THRAUPIDAE Ramphocelus dimidiatus Cyanerpes cyaneus EMBERIZIDAE Paroaria coronata Paroaria capitata Diuca diuca Sicalis luteola Sicalis flaveola Tiaris canorus CARDINALIDAE Cardinalis cardinalis ICTERIDAE Icterus icterus Icterus pectoralis Sturnella neglecta Quiscalus lugubris Molothrus bonariensis Molothrus ater

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4. PROPUESTA DE ESPECIES QUE DEBEN SER INCLUIDAS EN EL CATÁLOGO ESPAÑOL DE EEI En base a las listas y bases de datos de especies exóticas invasoras en diferentes ámbitos geográficos y a la lista de especies que suponen una amenaza para la biodiversidad española, se reliza la siguiente propuesta inicial de especies que deberían ser incluidas en el Catálogo Español de EEI. Se señalan en rojo aquellas especies o familias que deberían ser incluidas en el Catálogo y en azul aquellas especies que en principio, por diferentes motivos, son descartadas. Fam. TINAMIDAE -Especie establecida a nivel mundial: Nothoprocta perdicaria. Fam. RHEIDAE y STRUTHIONIDAE Se ha referenciado el establecimiento de Rhea americana y Struthio camelus a nivel mundial y europeo. Estas especies tienen actualmente valor comercial por ser criadas en granjas. No se piensa que puedan suponer una amenaza importante a la biodiversidad, por lo que puede permitirse su importación siempre que se observen las necesarias reglas. Fam. ANATIDAE Se recomienda la prohibición de todas las especies exóticas de Anatidae, excepto aquellas variedades domésticas de valor comercial que son criadas en granjas. La principal amenaza para la biodiversidad que representan las especies exóticas resulta de la competición y la hibridación con especies nativas. Las variedades domésticas también suponen un grado importante de amenaza por los mismos motivos, por lo que debe prohibirse rigurosamente su liberación en el medio natural. Existe ya un programa para la erradicación de Oxyura jamaicensis por amenazar gravemente a una especie nativa (O. leucocephala) por hibridación. Su posesión está ya prohibida en varias comunidades autónomas. -Especies invasoras a nivel mundial: Cygnus olor, Branta canadensis, Oxyura jamaicensis. -Otras especies establecidas a nivel mundial y europeo: Dendrocygna autumnalis, Cygnus atratus, Anser cygnoides, Anser indicus, Anser caerulescens, Chloephaga picta, Alopochen aegyptiaca, Tadorna ferruginea, Cairina moschata, Aix sponsa, Aix galericulata, Anas sibilatrix, Anas melleri.

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-A nivel español las especies establecidas son aquellas que llegan desde otros países europeos donde tienen colonias de cría, como Branta canadensis, Aix galericulata y Oxyura jamaicensis. GALLIFORMES: Fam. CRACIDAE, MELEAGRIDIDAE, PHASIANIDAE y NUMIDIDAE Incluye numerosas especies de valor cinegético y de granja. Muchas de estas especies se han establecido en diferentes países, a nivel mundial. Se recomienda la prohibición de todos los Galliformes excepto aquellas especies cinegéticas que sean nativas en la Península o en las Canarias, siendo su cría e introducción regulada por las leyes aplicables a la fauna silvestre y de caza. Debe cuidarse, sin embargo, que los ejemplares introducidos no pertenezcan a subespecies o variedades exóticas. Son nativas en la península: Alectorix rufa, Perdix perdix y Coturnix coturnix. Es nativa en Canarias: Coturnix coturnix. También se recomienda excluir de la prohibición a las especies y variedades domésticas de valor comercial que son criadas en granjas. -Especies establecidas a nivel mundial y europeo: Ortalis vetula, Pipile cumanensis, Oreortyx pictus, Callipepla californica, Callipepla gambelii, Colinus virginianus, Alectoris chukar, Alectoris barbara, Francolinus erckelii, Francolinus francolinus, Francolinus pondicerianus, Coturnix japonica, Coturnix ypsilophora, Coturnix chinensis, Perdicula asiatica, Tetraogallus himalayensis, Bambusicola thoracica, Lophura leucomelanos, Lophura nycthemera, Syrmaticus reevesii, Phasianus colchicus, Phasianus versicolor, Chrysolophus pictus, Chrysolophus amherstiae, Pavo cristatus, Numida meleagris. -A nivel español las especies establecidas son: Phasianus colchicus (Península), Alectorix rufa y Alectoris barbara (Canarias). Fam. THRESKIORNITHIDAE Dentro de esta familia, una especie considerada invasora se encuentra ya establecida en Europa y posiblemente está llegando a España mediante migraciones. -Especie establecida a nivel mundial y europeo: Threskiornis aethiopicus. Fam. PHOENICOPTERIDAE -Especies establecidas a nivel mundial y europeo: Phoenicopterus ruber, Phoenicopterus chilensis.

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FALCONIFORMES: Fam. CATHARTIDAE, ACCIPITRIDAE y FALCONIDAE -Especies establecidas a nivel mundial: Cathartes aura, Circus approximans, Milvago chimango. Fam. RALLIDAE -Especie establecida a nivel mundial: Gallirallus australis. Fam. PTEROCLIDIDAE y COLUMBIDAE La principal amenaza para la biodiversidad es la exclusión, competición e hibridación que las variedades domésticas de palomas (Columba livia var.), tradicionalmente criadas en nuestro país, ejercen sobre la especie silvestre de paloma (Columba livia), amenazada de desaparición en nuestro país. Se hace imprescindible prohibir la introducción en el medio natural de las variedades domésticas, así como prohibir que sus poblaciones sean alimentadas artificialmente. Otra potencial amenaza es la liberación de tórtolas domésticas (Streptopelia roseogrisea var.), que son descendientes de la especie exótica Streptopelia roseogrisea. -Especies establecidas a nivel mundial: Pterocles exustus, Columba guinea, Streptopelia senegalensis, Streptopelia chinensis, Streptopelia picturata, Streptopelia bitorquata, Geopelia striata, Zenaida macroura, Columbina passerina, Chalcophaps indica, Leptotila jamaicensis. -A nivel español las especies establecidas son las referidas variedades domésticas: Columba livia var., Streptopelia roseogrisea var. PSITTACIFORMES: Fam. PSITTACIDAE y CACATUIDAE Se recomienda la prohibición de todos los Psittaciformes. Existen gran número de especies que han sido capaces de establecerse en diferentes áreas geográficas donde han sido introducidas, en gran parte debido a la gran adaptabilidad de estas especies. Muchas de ellas provocan pérdidas económicas en la agricultura en sus países de origen, por lo que se espera que puedan también provocarlos en el futuro en los países donde han sido introducidos. Debido a ello, algunas especies han sido ya prohibidas en algunos países. Estas especies también son responsables de amenazas para la biodiversidad en algunos países donde han sido introducidas, provocando la desaparición de especies nativas. Algunas especies son criadas frecuentemente en cautividad como animales ornamentales o de compañía. Sin embargo, raramente son mantenidos en condiciones éticas dignas o con las debidas medidas de seguridad para evitar escapes. -Especies invasoras a nivel mundial: Psittacula krameri, Myiopsitta monachus.

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-Otras especies establecidas a nivel mundial: Vini kuhlii , Prosopeia tabuensis, Eclectus roratus, Platycercus elegans, Platycercus eximius, Melopsittacus undulatus, Eclectus roratus, Poicephalus senegalus, Agapornis canus, Agapornis fischeri, Agapornis personatus, Psittacula eupatria, Ara ararauna, Ara severa, Aratinga acuticaudata, Aratinga holochlora, Aratinga mitrata, Aratinga erythrogenys, Aratinga canicularis, Aratinga pertinax, Nandayus nenday, Cyanoliseus patagonus, Forpus passerinus, Brotogeris versicolorus, Brotogeris chiriri, Amazona leucocephala, Amazona aestiva, Amazona oratrix, Amazona ochrocephala, Amazona amazonica, Amazona ventralis, Amazona viridigenalis, Amazona finschi, Eolophus roseicapilla, Cacatua sulphurea, Cacatua galerita, Cacatua goffini, Cacatua sanguinea, Nymphicus hollandicus. -A nivel español las especies establecidas o próximas a establecerse son: Psittacula krameri, Myiopsitta monachus, Aratinga acuticaudata, Aratinga mitrata, Aratinga erythrogenys, siendo las dos primeras claramente invasoras. Fam. CUCULIDAE -Especie establecida a nivel mundial: Crotophaga ani. Fam. STRIGIDAE -Especie invasora a nivel mundial: Bubo virginianus. Fam. ALCEDINIDAE -Especie establecida a nivel mundial: Dacelo novaeguineae. Fam. APODIDAE -Especie establecida a nivel mundial: Collocalia bartschi. Fam. TYRANNIDAE -Especie establecida a nivel mundial: Pitangus sulphuratus. Fam. MELIPHAGIDAE -Especie establecida a nivel mundial: Manorina melanocephala. Fam. PYCNONOTIDAE Se recomienda la prohibición de todos los Pycnonotidae. Dentro de este grupo homogéneo de especies exóticas existen al menos dos especies con características claramente invasoras.

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-Especies invasoras a nivel mundial: Pycnonotus jocosus, Pycnonotus cafer. -Otras especies establecidas a nivel mundial: Pycnonotus aurigaster, Pycnonotus goiavier. -A nivel español las especies próximas a establecerse son: Pycnonotus jocosus y Pycnonotus cafer, estando la primera en expansión. Fam. ZOSTEROPIDAE Se recomienda la prohibición de todos los Zosteropidae. Dentro de este grupo homogéneo de especies exóticas existe al menos una especie con características claramente invasoras. -Especie invasora a nivel mundial: Zosterops japonicus. -Otras especies establecidas a nivel mundial: Zosterops lateralis, Zosterops natalis. Fam. MIMIDAE -Especies establecidas a nivel mundial: Mimus polyglottos, Mimus gilvus. Fam. DICRURIDAE -Especie establecida a nivel mundial: Dicrurus macrocercus. Fam. SYLVIIDAE -Especie establecida a nivel mundial: Cettia diphone. Fam. TIMALIIDAE Se recomienda la prohibición de todos los Timaliidae. Dentro de este grupo homogéneo de especies exóticas existen al menos una especie con características claramente invasoras y otras con capacidad de establecimiento. -Especie invasora a nivel mundial: Leiothrix lutea. -Otras especies establecidas a nivel mundial y europeo: Paradoxornis webbianus, Paradoxornis alphonsianus, Garrulax caerulatus, Garrulax canorus, Garrulax pectoralis, Garrulax perspicillatus. -A nivel español la especie Leiothrix lutea se encuentra establecida y en expansión, siendo claramente invasora.

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Fam. CRACTICIDAE -Especie invasora a nivel mundial: Gymnorhina tibicen. Fam. CORVIDAE Se recomienda la prohibición de todos los Corvidae, excepto las especies nativas, a las que se aplican las leyes relativas a la fauna silvestre. Existe al menos una especie con características claramente invasoras y otras con capacidad de establecimiento. Es un grupo de especies con gran adaptabilidad. -Especie invasora a nivel mundial: Corvus splendens. -Otras especies establecidas a nivel mundial: Cyanocorax dickeyi, Corvus brachyrhynchos. Fam. STURNIDAE Se recomienda la prohibición de todos los Sturnidae, excepto las especies nativas, a las que se aplican las leyes relativas a la fauna silvestre. Existen al menos dos especies con características claramente invasoras y otras con capacidad de establecimiento. Es un grupo de especies con gran adaptabilidad. Debe referirse que existen grandes dificultades para identificar las especies del género Lamprotornis. Se han realizado ya diversos programas para la erradicación de Acridotheres tristis en varios lugares de nuestro país, tal como en otros países. -Especies invasoras a nivel mundial: Acridotheres tristis, Acridotheres fuscus. -Otras especies establecidas a nivel mundial: Lamprotornis purpureus, Lamprotornis chalybaeus, Lamprotornis caudatus, Sturnus contra, Sturnus nigricollis, Acridotheres ginginianus, Acridotheres cristatellus, Acridotheres javanicus, Acridotheres melanopterus, Acridotheres cinereus, Gracula religiosa. -A nivel español la especie Acridotheres tristis ha sido sometida a varios programas de erradicación para evitar su expansión, habiéndose constatado varias veces su carácter invasor. Fam. TURDIDAE y MUSCICAPIDAE -Especies establecidas a nivel mundial: Turdus poliocephalus, Copsychus malabaricus. Fam. PASSERIDAE El principal problema se debe a la introducción en las Islas Canarias del gorrión común Passer domesticus, donde es una especie invasora, a pesar de que en la península es una especie nativa.

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-Especie invasora a nivel mundial: Passer domesticus. -A nivel español, esta misma especie es invasora en las Islas Canarias. Fam. PLOCEIDAE Se recomienda la prohibición de todos los Ploceidae. Dentro de este grupo homogéneo de especies exóticas existen varias especies con características claramente invasoras y otras muchas con capacidad de establecimiento. Debe referirse que existen grandes dificultades para identificar las hembras de estas especies. -Especies establecidas a nivel mundial y europeo: Ploceus intermedius, Ploceus galbula, Ploceus manyar, Ploceus cucullatus, Ploceus melanocephalus, Ploceus jacksoni, Quelea quelea, Euplectes afer, Euplectes franciscanus, Euplectes orix, Foudia madagascariensis. -A nivel español hay al menos tres especies en proceso de establecimiento: Ploceus melanocephalus, Euplectes afer, Quelea quelea, estando las dos primeras en expansión y con características claramente invasoras. Fam. ESTRILDIDAE Se recomienda la prohibición de todos los Estrildidae. Dentro de este grupo homogéneo de especies exóticas existen varias especies con características claramente invasoras y otras muchas con capacidad de establecimiento. Una de ellas, Estrilda astrild, se encuentra establecida en un gran número de países. Algunas especies son criadas en cautividad como animales ornamentales o de compañía. Sin embargo, raramente son mantenidos en condiciones éticas dignas o con las debidas medidas de seguridad para evitar escapes. -Especies establecidas a nivel mundial y europeo: Uraeginthus angolensis, Uraeginthus bengalus, Estrilda caerulescens, Estrilda astrild, Estrilda melpoda, Estrilda troglodytes, Amandava amandava, Neochmia temporalis, Lonchura malabarica, Lonchura cucullata, Lonchura striata, Lonchura punctulata, Lonchura malacca, Lonchura leucogastroides, Lonchura hunsteini, Lonchura castaneothorax, Padda oryzivora, Vidua macroura, Vidua paradisaea. -A nivel español hay al menos cuatro especies establecidas o en proceso de establecimiento: Amandava amandava, Estrilda astrild, Estrilda melpoda, Estrilda troglodytes, estando las dos primeras en expansión con características claramente invasoras. Fam. FRINGILLIDAE Una especie nativa de las Islas Canarias, Serinus canaria, se ha establecido en otros países, aunque no se espera que lo haga en la Península. Variedades de esta especie son

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criadas en cautividad como animales ornamentales. Sin embargo, raramente son mantenidos en condiciones éticas dignas o con las debidas medidas de seguridad para evitar escapes. -Especie invasora a nivel mundial: Carpodacus mexicanus. -Otras especies establecidas a nivel mundial: Serinus mozambicus, Serinus canicollis, Serinus flaviventris, Carduelis flammea, Carduelis cucullata. Fam. EMBERIZIDAE, THRAUPIDAE y CARDINALDAE -Especies establecidas a nivel mundial: Ramphocelus dimidiatus, Cyanerpes cyaneus, Paroaria coronata, Paroaria capitata, Diuca diuca, Sicalis luteola, Sicalis flaveola, Tiaris canorus, Cardinalis cardinalis. -A nivel español se ha constatado la reproducción en libertad de Paroaria coronata. Fam. ICTERIDAE Se recomienda la prohibición de todos los Icteridae. Dentro de este grupo homogéneo de especies exóticas existen al menos dos especies con características claramente invasoras y otras con capacidad de establecimiento. -Especies invasoras a nivel mundial: Molothrus bonariensis, Molothrus ater. -Otras especies establecidas a nivel mundial: Icterus icterus, Icterus pectoralis, Sturnella neglecta, Quiscalus lugubris.

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5. CONSIDERACIONES DE APLICACIÓN DEL CATÁLOGO DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS Aplicación del Catálogo La inclusión de una especie en el catálogo de EEI implica la acción a tres niveles: - La prohibición de la entrada de nuevos ejemplares en el territorio nacional. - La prohibición de la cría de ejemplares cautivos de esas especies dentro del país. - La retirada de los ejemplares existentes en cautividad de esa especie. La retirada de los ejemplares existentes en libertad corresponderá a la realización de planos de erradicación, asociados en parte a este Catálogo. Los primeros dos niveles de acción dependen de decisiones administrativas y de su adecuada implementación, en las aduanas y junto a los criadores de aves. En este último caso, será necesaria una campaña de información sobre la nueva situación legal. La retirada de ejemplares, en cambio, necesita de medidas para su implementación. Para acoger a los individuos cautivos que sean retirados se hace necesario la existencia de una red de centros de confinamiento. Estos centros pueden ser parques zoológicos ya existentes, centros de nueva creación, etc. Todos ellos deben ser dotados de presupuesto necesario para acoger los ejemplares retirados. Y todos ellos deben garantizar las adecuadas medidas de seguridad para evitar los escapes de ejemplares. En el caso de los parques zoológicos que ya posean en sus colecciones ejemplares de estas especies, se hace recomendable que estos parques pasen a formar parte de la red de centros de confinamiento, para así cuidar de sus propios ejemplares o, eventualmente, de nuevos ejemplares transferidos. Pero en el caso de que estos parques no puedan asegurar las necesarias medidas de seguridad, sus ejemplares deberán ser transferidos a un centro de confinamiento más adecuado. Así, mientras la prohibición de la importación, del comercio interno y de la cría de estas especies podrá tener una aplicación inmediata, la retirada de ejemplares en cautividad necesitará de cierto tiempo para permitir el refuerzo de las condiciones de seguridad dentro de las instalaciones zoológicas que formen la red de centros de acogimiento. Tiempo que será aún mayor en el caso de centros o instalaciones de nueva creación. Retirada de ejemplares en poder de particulares La retirada de ejemplares en poder de personas particulares puede ser conflictiva y de muy difícil aplicación. Resultará casi imposible detectar la presencia de individuos cautivos de estas especies, muchos de ellos confinados en el interior de domicilios.

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Así, lo más recomendable sería que los particulares pudiesen entregar voluntariamente sus ejemplares o que pudiesen acogerse a un periodo transitorio de aplicación del Catálogo. En este periodo transitorio los particulares podrían conservar sus ejemplares bajo dos condiciones estrictas: evitar los escapes e impedir la cría. Al final del periodo transitorio, correspondiente a la longevidad de la especie, la posesión de ejemplares estaría definitivamente prohibida. Aún así, las autoridades deben intervenir cuando exista en poder de un particular un elevado número de ejemplares pertenecientes al Catálogo o las condiciones de seguridad en que son mantenidos sean precarias, constituyendo por ello una grave amenaza. Y especialmente cuando se tenga conocimiento de la existencia de escapes o de la criación de nuevos ejemplares. Para simplificar la reglamentación de este periodo transitorio, puede establecerse un periodo transitorio general de unos pocos años, por ejemplo 3-4 años, y después permitirse un prolongamiento especial sólo para las especies más longevas. Normalmente, las especies de menor tamaño suelen estar caracterizadas por un alto potencial reproductor y por una corta longevidad. En cambio, las especies de mayor tamaño suelen tener un bajo potencial reproductor y una larga longevidad. Así, las primeras son, en general, más peligrosas desde el punto de vista de las invasiones biológicas, ya que pueden reproducirse más rápidamente y son más difíciles de recapturar una vez que son introducidas. Las segundas son, en general, menos peligrosas. La aplicación de un periodo transitorio general podría permitir la muerte natural de gran parte de los ejemplares de las especies pequeñas, menos longevas. Así, pasado este periodo, el riesgo de establecimiento de nuevas EEI se habría reducido muy significativamente, ya que sólo continuarían en cautividad las especies más grandes y, en principio, menos peligrosas. El prolongamiento especial del periodo transitorio para estas últimas especies permitiría su completa desaparición con bajo riesgo para la biodiversidad de nuestro país. Sin embargo, esta cuestión debe ser analizada individualmente para cada especie.