AÑO CXLIV - MES VIII Número 41.160 Caracas, lunes 29 de mayo de 2017
FONACITProvidencia mediante la cual se constituye la Comisión de
Contrataciones Permanente de este Fondo, como órgano colegiado y autónomo, integrado por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se mencionan.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE
INEAProvidencia mediante la cual se nombra al ciudadano César
Alejandro Álvarez Peinado, como Cuentadante y Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas, de este Instituto.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE DESARROLLO MINERO ECOLÓGICO
Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Mercantil Corporación Venezolana de Minería, S.A., celebrada el día 25 de agosto de 2016.
Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera
Providencia Administrativa N° ONAFIM-002, de fecha 18 de mayo de 2017, mediante la cual se designa al ciudadano Ricardo Andrés Torrealba Bolívar, titular de la cédula de identidad N° V-15.420.159, como Consultor Jurídico, titular del cargo, dependiente de la Oficina Nacional de Fiscalización e Inspección Minera.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
INNProvidencias mediante las cuales se concede el beneficio de
Jubilación Especial, a las ciudadanas y ciudadanos que en ellas se mencionan, adscritos a este Instituto.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS
Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Juan Carlos Huapaya Gálvez, como Responsable Patrimonial de este Ministerio.
DEFENSA PÚBLICAResolución mediante la cual cesa la Encargaduría contenida
en la Resolución N° DDPG-2014-599, de fecha 27 de noviembre de 2014, donde se designó a la ciudadana Soriyul Marbella Alvarado Rodríguez, como Directora Nacional, en condición de Encargada, de esa Dirección Nacional de Asuntos Internacionales, de este Organismo.
Resoluciones mediante las cuales se designa a las ciudadanas y ciudadanos que en ellas se mencionan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Organismo.
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO URACOAResoluciones mediante las cuales se otorga el beneficio de
Pensión de Sobreviviente, a las ciudadanas que en ellas se indican.
SUMARIO
VICEPRESIDENCIA SECTORIAL DE ECONOMÍAResolución mediante la cual se designa al ciudadano
Alexander Sarmiento Moreno, como Director General de Proyectos Estratégicos y Emblemáticos (E), adscrito a este Organismo.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ
UNESAcuerdo mediante el cual se designa, con carácter permanente,
la Comisión de Contrataciones de esta Universidad, integrada por las ciudadanas y ciudadanos que en él se mencionan.
SARENProvidencias mediante las cuales se designa a los ciudadanos
que en ellas se señalan, para ocupar los cargos que en ellas se especifican, de este Organismo.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES
Resoluciones mediante las cuales se otorga el beneficio de la Jubilación, de manera Excepcional, a las ciudadanas y ciudadanos que en ellas se indican.- (Véase N° 6.301 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de esta misma fecha).
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Bill Beiker Almao Calanche, como Director, en calidad de Encargado, de la Dirección de Recursos Humanos, adscrito a la Dirección General de Administración de la Oficina Nacional de Crédito Público.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSAResolución mediante la cual se designa a la ciudadana Mayor
Darkis Yusbey Manzaneda Canchica, como responsable del manejo de los Fondos de Funcionamiento (Partidas 4.02 y 4.03), que se giren a la Unidad Administradora Desconcentrada, sin firma, que en ella se menciona.
Resolución mediante la cual se Encomienda a la Empresa del Estado “Constructora IPSFA, C.A.”, ente adscrito a este Ministerio, y en función del objeto para el cual fue constituida, la procura de la obra y realización de las actividades que en ella se señalan, las cuales serán ejecutadas en el “Maternal Santiago Mariño”, ubicado en Fuerte Tiuna, adscrito al Viceministerio de Educación para la Defensa.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA,
CIENCIA Y TECNOLOGÍAResolución mediante la cual se designa el Consejo Directivo
Provisional de la Universidad Politécnica Territorial del estado Trujillo “Mario Briceño Iragorry”, el cual estará conformado por las ciudadanas y ciudadanos que en ella se especifican.
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435.726 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017
VICEPRESIDENCIA SECTORIALDE ECONOMÍA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES,
JUSTICIA Y PAZ
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Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.727
Artículo 3. Se designa como Secretaria de la Comisión de Contrataciones,
a la ciudadana KARLA ALEXANDRA CÓRDOVA URIEPERO, titular de la
cédula de identidad Nº V-18.967.159, y como Secretaria Suplente a la
ciudadana MARÍA ELENA PADRÓN REQUENA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.272.254, quienes actuarán con derecho a voz, más no a
voto.
Artículo 4. La Comisión de Contrataciones tendrá las siguientes
atribuciones:
l. Convocar previa solicitud de la unidad contratante o usuaria, a la
apertura del proceso de contratación respectivo, de acuerdo a la
disponibilidad presupuestaria y el nivel de contratación requerido.
2. Recibir, abrir, analizar, directa o indirectamente a través de un grupo
evaluador interdisciplinario, los documentos relativos a la calificación de
los oferentes, examinar, evaluar y comparar las ofertas recibidas, según
aplique la modalidad de contratación.
3. Verificar o hacer que se verifique la inscripción de los oferentes en el
Registro Nacional de Contratistas.
4. Apoyar las políticas del Estado para fomentar la promoción de la
pequeña y mediana industria, cooperativas y otras formas asociativas,
así como la producción nacional y la utilización del financiamiento.
5. Asegurar la transparencia administrativas de los procesos de
contratación.
6. Participar, planificar y ejecutar las modalidades de selección de
contratistas para esta Universidad Nacional Experimental de la Seguridad
(UNES) y constatar que los procedimientos de contratación se realicen
de conformidad con lo establecido en la Ley, así como con las
normativas internas de la Universidad Nacional Experimental de la
Seguridad (UNES) y cualquier otra disposición que regule la materia.
7. Elaborar el Cronograma de Ejecución de actos de recepción de los sobres
y su apertura, según la modalidad a aplicar, y velar por el cumplimiento
de los plazos establecidos para la ejecución de las diferentes
modalidades de contratación.
8. Elaborar, revisar y aprobar los pliegos de condiciones y diSOJtir las
recomendaciones formuladas por las diferentes á.reas si fuere el caso, antes de su respectiva publicación. Las observaciones formuladas por la
Comisión de Contrataciones tendrán carácter vinculante.
9. Considerar y emitir recomendación sobre el régimen legal aplicable, la
estrategia de contratación adoptada, la modalidad de selección de
oontratistas, parámetros, ponderaciones y criterio; de selección de
oferentes y evaluación de ofertas, el compromiso de responsabilidad
social, y sobre cualquier otra propuesta que le presente la Unidad
Usuaria o la Unidad Contratante.
10. Calificar y descalificar oferentes o rechazar ofertas, según el caso, que
no cumplan con los requisltos o condiciones establecidas en el pliego de
condiciones, o que sean inadecuadas a los fines del órgano o ente
contratante.
11. Determinar, visto el informe del grupo evaluador, las ofertas que en
forma integral, resulten más favorables a los intereses de la Universidad
Nacional Experimental de la Seguridad (UNES), de conformidad con los
requisitos establecidos en el pliego de condiciones, emitiendo la
recomendación consiguiente.
12. Considerar y aprobar los informes de recomendación por Consultas de
Precios, que deriven de un Concurso Cerrado que haya sido declarado
desierto, o en las contrataciones efectuadas en el marco de planes
e·xcepcionales que por su cuantía superen las cinco mil unidades
tributarias (5.000 U.T.), para adquisición de bienes, diez mil unidades
tributarias (10.000 U.T) para prestación de servicios y veinte mil
unidades (20.000 U.T) para la ejecución de obras.
13. Considerar y opinar acerca del acto motivado que se someta a la
máxima autoridad de la Universidad Nacional Experimental de la
Seguridad (UNES), para proceder por Contratación Directa como
modalidad excepcional de selección de Contratistas, en especial las
razones que justifican el uso de dicha modalidad, el fundamento legal, la
contratista seleccionada y las ventajas estratégicas, operacionales 0
administrativas para dicha selección.
14. Decidir los recursos de reconsideración interpuestos por los oferentes
en contra de las décisiones de descalificación para participar en una
determinada modalidad de selección de Contratistas, con la asesoría de
la Consultoría Jurídica de la Universidad Nacional Experimental .de la
Seguridad (UNES).
15. Conocer y recomendar las propuestas de modificaciones en los
contratos conforme a lo establecido en la Ley de Contrataciones
Públicas.
16. Conocer y recomendar las variaciones en los precios establecidos en
el contrato, en los casos que le corresponda conocer o que sea solicitado
por :a Unidad Usuaria o Unidad Contratante.
17. Aprobar el cierre del contrato y la evaluación sobre la actuación o
desempeño del contratista, en el suministro de bienes, prestación de
servicios y la ejecución de obras de contrataciones que hayan sido
recomendadas por la Comisión, antes de su envío al Servicio Nacional de
Contrataciones.
18. Remitir a la unidad de Auditoria Interna del órgano o ente contratante
los casos Que, producto de la evaluación de actuación o desempeño del
contratista, presente supuestos que puedan generar averiguación
administrativa para determinación de responsabilidades y
establecimiento de las sanciones correspondientes.
19. Conocer .Y emitir recomendación acerca de la adquisición de bienes,
prestación de servidos y ejecución de obras, destinados a proyectos
sociales, aplicando los recursos financieros provenientes derivados de los
Compromisos de Responsabilidad Social que asumen los Contratistas.
20. Ejercer cualquier otra que le señale la legislación aplicable y las
normas internas de la Universidad Nacional Experimental de la SeguriQaE!
(UNES).
Artículo S. La Comisión de Contrataciones se constituirá válidamente con
la presencia de la mayoría de sus miembros principales o de sus respectivos
suplentes y sus decisiones se tomarán oon el voto favorable de ·1a mayoría.
Artículo 6. La Comisión de Contrataciones podrá nombrar sub-comisiones
para evaluar aspectos técnicos dependiendo de la complejidad del caso.
Artículo 7. La Comisión de Contrataciones designada, deberá cumplir con
las obligaciones que le son propias conforme a la Ley que regula la materia
y velará por su estricto cumplimiento.
Artículo 8. De conformidad con lo establecido en el artículo 15 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas, la designación de los
funcionarios antes mencionados deberá publicarse en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 9. Los miembros permanentes de la Comisión de Contrataciones
que por este instrumento han sido designados ejercerán sus atribuciones y
competencias dando fiel cumplimiento a lo establecido en la Ley de
Contrataciones Públicas y su Reglamento.
Artículo 10. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su
publicación en la Gaceta Universitaria, de conformidad con lo previsto en el
artículo 72 dé la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
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Dado firmado y sellado en el salón de sesiones del Consejo Universitario de
la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad en la ciudad de
caracas a los 31 días del mes enero de 2017 años 206° 157° 17°.
Comuníquese y Publíquese,
·~J~76L RONALD JOSÉ BLANCO LA CR
DAISY SOFÍA RODRÍGUEZ UGUETO
Vicerrectora de Desarrollo Académico
.. ..
Designado según Resolución Rectoral Nº 000084·2016 de fecha 13 de
Abril de 2016
J;2'4/(/ c&rwa. .L NANCY COROMOTO GARCÍA CASTELLANO
Vicerrectora de Creación Intelectual y Vinculación Social
Designada según Resolución Rectoral Nº 000085·2016 de fecha 13 de
Abril de 2016
Secretario
Designado según Resolución Rectoral NºNº000034-2015 del 26 de
febrero de 2015.
JESÚS OSWALDO ESCOBAR
Representante del Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores,
Justicia y Paz.
Designado según oficio Nº 0671
JOSÉ~¡;;-O-A--1--
Vocero del Personal Docente
Designado según Acta de Juramentación de los voceros del Consejo
Universitario de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad Nº
0001 del 08 de mayo de 2013.
....
~~ JOSÉ GR~IO CASTILLO
vocero Administrativo-Obrero
Designado según Acta de Juramentación de los voceros del Corisejo
Universitario de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad del
24 de septiembre de 2014.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS
207º, 158º y 18º
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº - 0 6 6 5 -
Caracas, 2 2 MAYI 2017
Quien suscribe, NELSON JOSÉ GARCÍA, Director General (E) del Servicio Autónomo de Registros y Notarías, nombrado a través del Decreto Presidencial Nº l. 979 de fecha 04 de Septiembre de 2015, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.195, btraordinarioi de la misma fecha, en ejercicio de la delegación de las atnbuc1:ines Y! firmas de los actos y documentos contenida en el Artículo 1, numeral 1°, r la Resolución NO 162, de fecha 09 de Septiembre de 2015, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.743, d fecha 10 de Septiembre de 2015, en atención a lo dispuesto en el numer~ 10 del artículo 5 de la Resolución Nº 31 de fecha 24 de f-ebrero de 2))11, reimpresa por error material en Gaceta Oficial de la República Boljvariana de Venezuela Nº 39.667, de fecha 05 de Mayo de 2011 content¡va de la Estructura Organizativa y Funcional del Servicio Autónomo de Registres y Notarías, conforme a lo previsto en los artículos 12 y 15 del Decreto con Rango, Valor y Fuen:a de Ley de Registros y del Notariado, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.156, Extraordinario de fecha 19 de Noviembre de 2014, y
5egún Punto de Cuenta Nº 028, de fecha 13 de Marzo de 2017, aprobado por el M1n1stro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, p ucedo a DESIGNAR al ciudadano DANIEL ALBERTO LONGA .lIMENEZ, titular de a cédula de identidad Nº V-14.350.019, corno REGISTRAD9R en calidad de ENCARGADO, adscrito al REGISTRO PÚBLICO QEL PRIMER CIRCUITO MUNICIPIO LIBERTAOOR, DISTRITO CAPITAL (OF~ 214) del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN).
"C . 1 . omumques~ y pubhquese"
Director Genrral (E) de Decreto Presiderc,al Nº 1.9
de la Republl~ Bollvarana
SÉ RCÍA ónomo de Registros y Notarias (SAREN) ptlembre de 2015, publicado en Gaceta Oficial
uela Nº 6.195 Extraordinaño de la misma fecha.
IREPÚBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARÍAS
207°, 158º y 18º
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N~ Ü fi fi 6 -
Caracas. 121WO 2017
Quien susdribe, NELSON JOSÉ GARCÍA, Director General (E) del Servicio A~tónomo de Registros y Notarías, nombrado a través del Decreto Pr sidencialNº 1.979 de fecha 04 de Septiembre de 2015, publicado Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.195, Extr ordinario de la misma fecha, en ejercicio de la delegación de las atribuci nes y firmas de los actos y documentos contenida en el Artículo 1, numeral 1°, de la Resolución Nº 162, de fecha 09 de Septiembre de 2015, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana e Venezuela Nº 40.743, de fecha 10 de Septiembre de 2015, en atención a lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 5 de la Resolución Nº 31 de ffha 24 de Febrero de 2011, reimpresa por error material en Gaceta Ofi~·a1 de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.667, de fecha OS d Mayo de 2011 contentiva de la Estructura Organizativa y Funcional I Servicio Autónomo de Registros y Notarías, conforme a lo previsto en los artículos 12 y 15 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Re istros y del Notariado, publicado en Gaceta Oficial de la
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Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.729
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DEL PODER POPULARPARA LA DEFENSA
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MINISTERIO DEL PODER POPULARPARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA,
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Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.731
MINISTERIO DEL PODER POPULARPARA EL TRANSPORTE
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MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE DESARROLLO MINERO ECOLÓGICO
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435.732 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017
ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACIÓN VENEZOLANA DE MINERÍA, S.A.,
CELEBRADA EL DÍA 25 DE AGOSTO DE 2016
En el día de hoy veinticinco (25) de agosto de 2016, siendo las 9:00 a.m., se celebró en el
Centro Empresarial Sabana Grande, piso 13, Sala Bicentenaria, ubicado en la Avenida
. cisco Solano de la ciudad de Caracas, Distrito Capital, Venezuela, sede de la empresa
? P VSA Industrial, S.A., una Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la empresa
' s ORPÓRACIÓN VENEWLANA DE MINERÍA, S.A., sociedad mercantil domiciliada
~ijen la ciudad de Maracaibo del estado Zulia, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil
Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 26 de diciembre de 2012,
quedando anotada bajo el Nº 48, Tomo 86 A· RMI., siendo su última actualización
mediante Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fcch~ 25 de marzo de 2015,
debidamente protocolizada en fecha 25 de mayo de 2015, ante el Registro antes
mencionado, bajo el Nº 36, Tomo - 26-A RMI. Acto seguido; se procedió a verificar el(!
quórum de esta reunión, encontrándose presente el ciudadano ERLING PERKIN!,\,
ROJAS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas y titular de la
cédula de identidad Nº V-6.182.49~tuando con el carácter de Presidente, según se
evidencia del Acta de Asamblea Extraordinaria de Accio.nistas de fecha 19 de noviembre de
2014, inscrita ante la precitada Oficina de Registro Mer~til,en fecha 19 de enero de 2015,
bajo el Nº 182, Tomo 3-A SDO, de la sociedad mercantil PDVSA INDUSTIUAL, S.A,
Filial de Petróleos de Venezuela, S.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la
Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del estado Bolivariano de Miranda, en fecha
27 de diciembre de 2007, bajo el Nº 7, Tomo 265-A SDO,'siendo su última modificación
estatutaria mediante Acta. de Asamblea Extraordinaria de Accionistas, celebrada en fecha
24 de abril de 2015, debidamente protocolizada ante el Registro Mercantil antes indicado,
en fecha 08 de octubre de 20.f5. bajo el N° 52, Tomo .320-A SDO, identificada en el
Registro de Información Fiscal (R.I.F.) con el Nº J-29535597-1, Accionista Universal de la
empresa Corporación Venezolana de Minería, S'A~ el ciudadano JOSÉ SALAMAT Í KHAN FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas y titular de la
cédula de identidad Nº V-4.348.784, actuando en su carácter de Presidente de la Junta
Directiva di; la Corporación Venezolana de Minería, S.A., y la ciudadana MIRIAM Y. BIANCO M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.723.498,
en su carácter de Secretaria Ad Hoc de la Asamblea de Accionistas de esta sociedad. O~
,, igual manera, se encuentran presentes, en calidad de invitados: el ciudadano ROBERTi
¡Jf IGNACIO MIRABAL ACOSTA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas~
1fi titular de la cédula de identidad N° V-12.605.647, actuando con el carácter de Ministro del
Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico, de conformidad con lo establecido en el
Di:ictelo Nº 2.351, de fecha 9 de junio de 2016, publicado en ll\ Gaceta Oficial de~
República Bolivariana de Venezuela Nº 40.922, de esa misma fecha y REI~AL#9..~
ENRIQUE ~OZ PEDROZA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.!Ái9.426, en su
caracter de Procurador General de la República (E). Encontrándose representadas el cien
por ciento (100%) de las acciones que conforman el capital social de la empresa y habiendo
manifestado expresamente el accionista estar de acuerdo con la agenda a tratar, se omitió el
requisito de la convocatoria previa y se procedió a declarar valídamente constituida la
Asamblea Extraordinaria de Accionistas, de conformidad con lo establecido en la Cláusula~
06cirna Cuarta de los Estatutos Sociales de la empresa. En este sentido, la Secretaria ¿J Hoc de la Asamblea dio lectura a los Puntos que conforman el Orden del Día, siendo 1~
agenda del tenor siguiente: PUNTO UNICO: Decidir sobre la transferencia del cien por.:·
ciento (100%) de las acciones propiedad de PDVSA Industriab S.A .• en la sociedad}~
mercantil Corporación Vener.olana de Minería. S.A .• a la Repúbli? Bolivariana de
Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero y
Ecol6c:ico. Acto seguido tomó la palabra el ciudadano ERLING PERKINS ROJAS
CASTILLO, quien en ejercicio de la facultad conferida en el numeral 6° dl la Cláusula
Décima Quinta del Acta Constitutiva y Estatutos Sociales de la sociedad, la cual otorga a
PDVSA INDUSTRIAL S.A., en su condición de único accionista, la facultad de decidir
sobre la venta del activo social de la empresa, y de acuerdo con lo decidido por el Comité
Ejecutivo de PDVSA en su Reunión Nº 2016-34 de fecha 24 de agosto de 2016, en
concordancia con lo establecido en el Articulo 6º del Decreto 2.350, de fecha, de junio de
2016, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venei:uela N° 40.922,
de esa misma fecha, procede en este acto a transferir a la República Bolivariana de
Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico, la
totalidad de las acciones suscritas y pagadas, las cuales representan el cíen por ciento
(100%) del capital social de la empresa CORPORACIÓN VENEZOLANA DE
MINERÍA, S.A., conformado por DIEZ ACCIONES (10) de ~isma e~ cuyo valor
nominal es de CIEN MIL BOLIV ARES SIN CENTIMOS (Bs. H0.000,00} cada una de
ellas, para un valor total de UN MILLÓN DE BOLIV ARES SIN CENTIMOS (Bs.
1.000.000,00). Se~arnente, toma la palabra el ciudadano REINALDO ENRIQUE
~OZ PEDROZA, en su carácter de Procurador General de la República, quien acepta
plenamente la referida transferencia de acciones en bcn'?ficio de los intereses patrimoniales
de ta República Bolivariana de Venezuela, as! mismo, el ciudadano ROBERTO
IGNACIO MIRABAL ACOSTA, intervino para seftalar que asume en n~wbre de la/,
República la representación que en el ámbito de las competencias del Despacho a su cargbi
corresponden. RESUELTO: Suficientemente debatido el Punto, la Asamblea d~• .. .,
Accionistas, en ejercicio de sus facultades como órgano supremo de las decisiones de la
Empresa, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Octava del Acta Constitutiva 'y
Estatutos Sociales de la empresa, decidió aprobar por unanimidad, la transferciicia a titulo
gratuito a la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerib del Pod~
Popular oe Desarrollo Minero Ecológico, del cien por ciento (100%) de las acciones q '
posee PDVSA INDUSTRIAL, S.A., en la sociedad mercantil CORPORACIÓ
VENEWLANA DE Ml~'EIÚA, S.A. En tal sentido. se acuerda asentar la presente cesión
en el libro de accionistas de la empresa, a ser suscrita por los mencionados ciudadanos en
su condición de representantes del cedente y del cesionario, en sujeción al mandato
contenido en el Artículo 276 del Código de Comercio venezolano vigente. Tratado y
aprobado como ha sido el Orden del Día, se dio por terminada la Asamblea y leída como
fue dicha Acta, firman en señal de conformidad. La Asamblea acordó ordenar la inscripción
y publicación de la presente Acta, de conformidad con lo establecido en la legislación que
rige la materia. También acordó, autorizar suficientemente a los ciudadanos JOHSUA / , J DANIEL A.REZ ORDOl'fEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de
• identidad Nro V-17.415.745, para que realice, conjunta o separadamente, todos los trámit~cs
y participaciones que sean necesarias para que el presente documento sea inscrito )l ~·
registrado por ante el Rcgi tro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Esta •
Zulia, y luego, debi e te publicado, pudiendo en consecuencia, finnar toda 1 V.a documentación correspo di te. No habiendo otro asunto que tratar, se levanto la sesión,
/
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE DESARROLLO MINERO ECOLÓGICO
OFIONA NAOONAL DE FISCAUZAOÓN E INSPECOÓN MINERA
Nº ONAFIM- 002 caracas, 18 de mayo de 2017 207°, 158° y 18º
PROVIDENOA ADMINISTRATIVA
El ciudadano Higinio Alfredo Benítez Calzadilla, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.012.739, actuando en su carácter de Jefe (E) de la Oficina Nacional de FtSCalización e Inspección Minera, designado mediante Decreto Nº 2.753, de fecha 15 de marzo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 41.114, de esa misma fecha, en ejercicio de las competencias que me confiere el artículo 9 del Decreto Nº 2.945 de fecha 26 de agosto de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la
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Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.733
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
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435.734 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017
RE?UBLICA BOLIVARIANA [.'E VENEZUELA MINISTERIO 01:L PODER POPULAR PARA Lt.. AllMrNTAClÓN
INST!TUTO NAClONAl CE NUTF<ICIÓN PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 361
Caracas.02 dt Noviembre de 2016
206º, 157º y 17º
Quien suscribe, Lir.. MARILYN DI LUCA SANTAELLA, Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el CecretO Presidencia! Nº 4.892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5, numeral s de la Ley .del Estaruto de la Función Púolica. en concordancia con lo previsto en el artíOJlo ll. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por dispasición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artíOJlo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de J ubiladones y Pens.ones de los Funcionarios o Empleados de la Admini straclón Pública ~adonal. de los Estados y los Municipios. concede a partir de la FECHA CE PUBUCAOON EN GACETA OFICIAl. el benerido de JUBILACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 058. de fecha 23 de Noviembre de 2015. al(a) ciudadano(a) SALAS MAGALI COROMOTO. titular de la Cédula de Identidad Nº 4.924.584. quien se desempeñaba romo BACHILLER 1 . adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado BARINAS. p0r cuanto laboró 19 años.02 meses y29 dias en la Administración Pública y tiene 59 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de TRECE MIL COSCIENTOS ClNCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON SETENTA Y ClNCO CÉNTIMOS (Bs 13.258.75) mensuales, que equivalen al cuarenta y siete coma cinco por ciento (47.5%) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (121 meses El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. así como lo establece el t..-r. !l:J de la ConstitLción ée la Re~Í!bhca Bolivariana de Ve<'lez~ela.
Por consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estado BAR IN AS. una (l) cooia de i¡¡ céduia de idenbda1 legible. y pre5€nt;r anualmente onginal de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenoa ante la I e'end<l Unidad. a objeto de firmar el libre. el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exiqi:lo para la co~tinuidad del pago.
Sírvale firmar. ~ero de cédula y fechar en señal de notificaoón.
Comuníquese y pub\4~ -·~t\ 1j l.
1 ·,, ."<:r.:-· r.1 l11.LJ I f}f'f¡\J¡¡_ -s; .,tic,Mar~~uca Santaella
·, 1 ·, · " r,. • Directora Ejecutiva. , '-ín~tuto Nacional de Nu1Jidón
Designada modiante Decreto Presidencial N• 4.892, publicado en Gace:a Ofieial N• 38.540 de fecha 10 de octubre de 2006.
REPUBLICA BOLIVARIANA CE VENEZUELA MINISTERIO OEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA AOM INISTRATIVA Nº 353
Caracas.2'4 de Octubre de 2016
20Gº. 157º y 17º
Quien suscribe, Lic. MARILYN CI LUCA SANTAELLA. Cirectora Ejecutiva del lnstituto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4 .892, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38. 540. de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo s. numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del lnstitl.lto Naaonal de Nutrición. Por d1spasición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la Repúbilc.1 8ohvariana de Venezuela: según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de tos Funcionarios o Empleados de la Administraoón Pública ~aciona!. de los Estados y los Municipios. concede a partir de :a FEUJA CE PUBL!CACION EN GACETA OFICIAL. el benef1c10 de JUBILACIÓ\I ESPECJAL. aprobada mediante planilla FP026 NO 055. de fecha 18 de Agosto de 2015, al(a) ciudadano(a) BASTICAS PRACO MARIA ANTON:A. titular ::le la Cédula oe Identidad Nº 10.~88 6~2. quien 5€ desempeñaba como (Pl)PROFESIONAL N!VELACO . adscrito(a) a 'a Unidad de Nutndón del Estado COJECES. por cuanto laboró 24 años.10 meses yOO dias en la Administración Pública y tiene 45 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilaoón es por la cantidad de VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO SOLIVARES CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (Ss.24.455.81) mensuales. que equivalen al SESENTA par ciento (60°/,) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce ( 12) meses. El cual será a¡ustaoo al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivaria11a de Venezuela.
Por consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estado COJ EDES. una (1) copia de la cédula de identidad legible. y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad. a objeto de finnar el libro. et cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
Sfrvale firmar. colocar número de cédul'a~ señal de notificación. Comuníquese y publíquese ,, ' .
L1c.Ma~c '. Directora Ejecutl!f9.. '-•
Instituto Nacional de Nl(Írfción Designada mediante Decreto Presldencial..N°'4.ll92, publicado en
Gaceta Oficial Nº 38 540 de focha 10 di,..Q_c.t,u!n'e de 2006.
íU:PUBLICA BOLIVARIANA CI: VENEZUE~'\ f"lr:!S'ERJO DEL PODER ~OPULAR P/\R/, LA/\d'ff~:Tr\C'ÓN
,NST!TUTO ~;ACiOtlAl ::E NUTRlCJé:: PRO'JWENCII\ A()MJ~:!S~!lµf!VA Nº %~
Ca·acas.02 de NovieMbr~ ce 2016
206•. 157• y 17•
Quien suscribe. Lic. MARIL YN DI LUCA SANTAElLA, Cirectora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4.892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38. 540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el a-óculo 5. numeral S de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de . la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de ta República Bolivariana de Ve<'lezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionanos o Empleados de la Administración Pública Naoonal. de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAl. el beneficio de JUBILACIÓN ESPECJAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 059. de fecha 16 de octubre de 2015. al(a) dudadano(a) VELASQUEZ BEN !TEZ FLOR MARIA. titular de la Cédula de Identidad Nº 5.075.729. quien se desempeñaba como BACHILLER [ ' adscrito(a) a la Unidad de Nutric.ón del Estado SUCRE. por OJanto laboró 21 años.01 mes y29 dias en la Administración Pública y tiene 60 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de CATORCE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs.14.848,87) mensuales. que equivalen al cincuenta y dos coma cinco por ciento (52,5%) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. así como to establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente. debe consigna, ante la Unidad del Estado SUCR E. una ( 1) copia ae la cédula de 1den1Jdad legible. y presentar anualmente original de ta constanoa de fe :1,- vid.; o en su defecto hacer acto dE: presenc,a ante !a refer•cla Unidad. "oo¡eto de ' .ri,ar el h~ro. el ci,a t1e•1c e1 m,<.ir.o f-n 'eqc1I; proced1m,ento éste exigirlo p;,ra lit < .:--,nt1nL:1•.t rJ .:1~_~1 ptgn
S11va1e firmar. colocar número de C:Jmurii:,1uese y pubi :q,Je5e
Lic. ~1iiyn L
Clreaora Ej Instituto Nacional
Designoda mediante Decreto Pres1d Gaceta Oficial N• 36.540 de rech
señal de notificación.
. publicado en re de 2006.
REPUSLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA M1NIST1;RIOO€L PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE NUTRJCJÓN PROVrnENClA ADMINISTRATIVA Nº 253
Caracas.30 de Abril de 2016
2060, J 570 y 17º
Quien suscribe, Lic. MARIL YN CI LUCA SANTAELLA, Directora EjecutJva del Instituto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Pres,dencial Nº 4.892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38. 540. de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en e;ercicio de las atribuciones que me confiere el artículo S. numeral S de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordanáa con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de ,a Ley del Instituto Nacional de Nutrición. POI' disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivarian.a de Venezuela: según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los r,.1unicipios, concede a ~artir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAl. el benefic,o de J UB!LACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 060, de fecha 08 de octubre de 2015. al(a) oudadano(a) RON CON MOLINA MARIA BELEN . ~'.1.:'•ar de 'a Cédula de Identidad Nº 8. O 3 7 7 4 3. quien se desempeñaba como ~ <UC4NTE CE SERVICIOS CE COCINA . adscnto(a) a la Unidad de \lutnoón del Fstaio ~:ERICl\. por ci.,anto 1aooró ;>, .ii\o,. en 1~ Adm1nistraoón Púbhw.; tJer,c SR , ·;os :Je r::a::t. El mcr:o correspondiente de la J•,b•lac,ón es por 1a canbd<l-'.l ó<: VElNl!UN MIL '.c0CIENT0S CINCUENTA Y UN BOL!VARES CON SETH,TA Y OC!iO CÉNTlMOS (Bs 21.251.78) mensuales. que equ,valen al ClNCUENTA Y SIETE coma CINCO por ciento (57.5%) de la remJnerac1ón promedio mensual de los ulomos doce ( 12) meses. El cual será a¡ustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como l,J establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de \'enczuela.
Por consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estado MERlDA , una (1) copia de la cédula de identidad legible. y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad. a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
Sírvale firmar. colocar número Comuníquese y publíquese
Lic. Marilyn L Directora Ej
lnstltl.lto Nacional Designada mediante Decreto Presid
Gaceta Oficial Nº 38. 540 de fecha
señal de notificación.
• publicado en re de 2006.
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Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.735
IU::l'l!BI.ICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO OH POCER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
INSTITUTO NACIONAL CE NUTRICIÓN PROVW!'NCIA ACMHIISTRAT!VA ~.o ]S<
Caracas.25 de OC!Ubre de 2016
206•. 157• y 179
0,1ieri susaibe. Lic. MARILYN C'I LUCA SANTAELLA, Directora Ejecutiv;¡ del r,stiMo ~;,c,011a1 '.le Nutr ció,1. carácter que consta en el C'ecreto Presidencial Nº 4.892. publicado en la Gaceta Oficia! Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en e ere.cío de las atnbuciooes que rre confiere el articulo S. numeral 5 de la Ley éel Es,ilt'cto de la Función Pública. en concordancia con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de 10 Ley oel Instituto Naaonal de Nutnc1ón. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutvo de la República Bolivariana de Venezuela: según lo dispuesto en el articulo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de J ub1laciones y Pensiones ae los F·Jncionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional. de los Estados y los Municipios, <.oncede a partir de la FECHA CE PUBUCACJÓN EN GACETA OFICIAL el beneficio de J UBJLACIÓN ESPECIAL, aprobada mediante planilla FP026 Nº 061. de fecha 13 de Agosto de 2015. al(a) oudadano(a) RON CON CE GONZALEZ CORSI_NIA ANDREA • titular de la Cédula de Identidad Nº 4.372.004, quien se desempenaba como AYUDANTE DE SERVICIOS CE COCINA • adsaito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado MIRANDA • por cuanto laboró 22 años. en la Administración Pública Y tiene 61 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de VEINTE MlL TRECIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs.20.335.34) mensuales, que equivalen al CINCUENTA Y CINCO por ciento (55%) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce ( 12) meses. El OJal será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigenl'e. asf como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado MIRANC·A· , una (l) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente ong1nal de. la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenoa ante la refenda Unidad. a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
Sírvale firmar. colocar número Comun1quese y publiqLese
de noti~cación.
REPUBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AllMENTACIÓN
INSTITUTO NACIONAL CE NUTRICIÓN PROV!OENCI.A ADMINISTRATIVA Nº 255
Caracas,25 de OctoJbre de 2016
206º. 157º y 17º
Quien suscribe, Lic. MARIL YN DI LUCA SANTAELLA, Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4.892, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo S. numeral 5 de la Ley .del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo prevt~to en el articulo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional. de los Estados y los Municipios. concede a partir de la FECHA DE PUBUCAOÓN EN GACETA OFICIAL el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 062, de fecha 13 c!e Agosto de 2015, al(a) c1udadano(a) ESCOBAR C'E QUESADA GUAC'ALUPE BERNARDA, titular de la Cédula de Idenbdad Nº 5.602.104, quien se desempeñaba como AYUC'AI\TE C'E SERVICIOS CE COCINA . adsc.rito(a) a la Unidad de Nut11cón del Estado M IRANC'A . por cuanto laboró 19 años. e" I" Mr11rnstración Pública i' tiere 57 años de e:Jari. El monto correspondiente- de IJ Juh1ac1óe1 e5 por la canodad de CECISIETE MIL QUIN!ENTOS TREiNTA Y TJ;ES B0L1VARES CON SIETE CENTWOS (Bs.17.533.07i mensu,;les, que equivalen al CIJI\RENTA Y SIETE coma CINCO por ciento ( 4 7. 5%) de la remuneración promedio mensual de ,os IJltirnos doce ( 12) meses. El cual será a¡ ustado al Sueldo Mínimo Na,ional vigente. as: como lo establece el Art. 80 de la Co"stitución de 1a RepúblKa So!i·:aria:ia de Venez Je a.
Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado MIRANDA . una (l) copia de la cédula de identidad legible. y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad. a objeto de firmar el libro. el OJal tiene el mismo fin legal; proc:edimienm éste exigido para la continuidad del pago.
Sírvale firmar. colocar número de cédula y~. señal de notificación.
comuniquese y publíquese L, (l~:1' .... ·, ) Lic. ·~~~~~) M;,:~·~ ,L~ .·.k • IJ
InstiOJto Nacional de ·~ /: Designada mediante Decreto Preside~~Nº 4.8ti. publicado en
Gaceta Oficial N• 38.540 de focha ~ili\ 9~re de 2006.
REPUOUCA 80LlVARlANA OE VENEZUELA MINISTERIO oeL PODl!R POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 2SG
Caracas,2S de OcttJbre de 2016
206º, 151º y 17º
Quien suscribe, Lic. MARILYN DI LUCA SANTAELLA. Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540. de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo S. numeral ~ de la Ley .del Estatuto de la Función Pública. en concordancia con lo previsto en el articulo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición _del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; segun lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional. de los Eslados Y los Municipios concede a partir de la FECHA DE PUBUCACIÓN EN GACETA OFICIAL el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 063, de Fecha 13 de Agosto de 2015. al(a) ciudadano(a) MONTILLA CE HERNANCEZ IRIS CEL CARMEN. btula' de la Cédula de Identidad Nº 5.637 .400. quien se dese,.,oei\aba como AYUCANTE CE SERVICIOS CE COCINA . adscrito(a) a la unidac de 'llutnc1ón del Estado TRUJ I LLO. por cuanto laboró 20 años. en la Aom1n strac1ór Pública y tiene 62 años de edad. El monto correspondiente de la , uoilac.ón es por la cant1clao de DIECIOCHO MI L CUATROCIENTOS SESENTA BOLIV.t,RES CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs 18.460.88) mensuales. q1,,. equivalen al CINCUENTA por ciento ( 50%) de la remuneración promedio mensual de los últimos coce ( 12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. así como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Por consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estado TRUJILLO • una (1) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente orloinal de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer actX) de presencia ante la referida Unidad. a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento é5te exigido para la continuidad del pago. .____,
Sírvale firmar. colocar número de cédul~~n señal de notificación.
Comuniquese y publíquese ( V'\ 1 1
J. i A.~~· 1
Lic.~uc~II•)' Dire<.tora e)&ó.ltl¡la. 1
Instituto Nacional ~~tricióii' Designada mediante Decreto Pr6'ide Íhbl~ 4. 2, publicado en
Gaceta Oficial Nº 38.540 de fecha · ubro de 2005.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL POOER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
INSTITUTO NAClONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 262
Caracas.25 de Octubre de 2016
206•. 157º y 17•
Quien suscribe. Lic. MARIL YN DI LUCA SANTAELLA. Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición. caráctBr que consta en el Decreto Presidencial NP 4.892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38. 540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercido de las atribuciones que me confiere el artí~ulo S. numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. en concordancia con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposlción del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiooes de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios. concede a partir de la FECHA CE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 069, de fecha 13 de Agosto de 2015. al(a) Ciudadano(a) GUEVARA DE CARVAJAL AURA MARGARITA. titular de la Cédula de Identidad Nº 5.194.586, quien se desempeñaba como AYUDANTE CE SERVICIOS DE COCINA • adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado DISTRITO CAPlTAL • por cuanto laboró 23 años, en la Administración Pública ,¡ tiene 64 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de VEINTIUN MIL DOCIENTOS CUARENTA Y TRES BOLIVARES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs.21.243,47) mensuales, que equivalen al CINCUENTA Y SIETE coma CINCO por ciento (57,5%) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce ( 12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Naciona, vigente. asi como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estádo C'ISTRITO CAPITAL mente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
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-001
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435.736 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017
REPUBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA AOMINISTRATIVA Nº 257
Caracas.25 de Octubre de 2016
206•. 157• y 17•
Quien suscribe. Lic. MARIL YN DI LUCA SANTAELLA. Directora Ejecutiva del InstitlJtO Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4.892, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38. 540. de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en ejercido de las a::ribuciones que me confiere el artículo 5. numeral S de la Ley del Estatuto de la Función Pública. en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de !¡; Repúblrca Bolivariana de Vene7liela: según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del E<i:.'ltut:> sobre el Régimen de ! J:>ilac1cnes y Pensiones de los Funcionarios o Empleados d~ la Admi1istrac1ón Pública Nacional de tos Estados y los Mur,c1p1os. concede a partir de ·:, F~CHA CE PUBUCACION EN GACETA OFICIAL. el benef1c10 de J UB!LACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 064, de fecha 02 de Novíernore de 2015. al(a) ciudadano(a) RANGEL GUERRERO CELIA ESTHER . titular de la Cédula de identidad Nº 4.471.277. qu,en se desempeñaba como AYUCANTE CE SERVICIOS CE COCINA . adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado ZULJA. por cuanto laboró 23 años. en la Administración Pública y tiene 69 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de VEINTIUN MIL COCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs.21.244.85) mensuales, que equivalen al GNCUENTA Y SIETE coma ONCO por ciento (57.5%) de la remuneración promedio mensual de los últimos dore (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. as/ como lo establece el Art. 80 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estado ZUUA mente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
Sírvale firmar. ¡:ri)6;>¡,¡¡,mero de cédula y fechar en señal de notificación. Comuníquese y publíqt¡ese · .
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••. ~ Nacional de Nutrición Oesignadt,.~Í,~ Decroto Presidencial Nº 4.892, publicado en
Gaceta ·ot1e1111 N• 38.540 de fecha 10 de octubre de 2006.
REPUBUCA BOUVARIANA OE VENE'ZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVICENCIA ADMINISTRATIVA Nº 258
Caracas.25 de Octubre de 2016
206•, 157• y 17º
Quien suscribe. Lic. MARILYN DI LUCA SANTAELLA, Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Presidencial NC 4.892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.S40, de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en ejercido de las atribuciones que me confiere é1 artículo s. numeral S de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por d'tSpOSición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional. de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICAOÓN EN GACETA OFICIAL el beneficie de JUBILACIÓN ESPECIAL, aprobada mediante planilla FP026 Nº 065. de fecha 04 de Noviembre de 2015. al(a) ciudadano(a) PARECES PARRA CARMEN ZORAICA . titular de la Cédula de Identidad Nº 8.133 420. quien se desempeñabd corno AYUCANTE CE SERVIC:05 r.E COCINA adscrito(a) a la Unidad de Nutr1aón cel Estado MER !CA. por cuanto laboró 20 años. en la Admimstraoón Pública y tierie 60 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilaaón es par la cantidad de CIECIOCHO Mil CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs.18.486,68) mensuales, que equivalen al C:NCUENTA por ciento (50°4) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce ( 12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, as/ como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado MERit'A mente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal: procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
Sírvale firmar, colocar número de cédula y~ en señal de notlficaoón. Comuníquese y publíquese \/'
Li, .• ~&~,~ .: Directora Ej~vá~ 9
Instituto Nacional dé'~dón.· Designada mecUante Decreto Preslde~~J.8~. publicado en
Gaceta Oficial N• 38.540 de fecha\~&. ~bre de 2006.
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INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA NO 259
Caracas.25 de Octubre de 2016
2060, 157º y 17•
Quien suscribe, Lic. MARIL YN DI LUCA SANTAELLA, Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4.892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540. de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribucíones que me confiere el artículo S. numeral S de la Ley del Estatuto de la Función Pública. en concordancia con lo previsto en el artía.,lo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artíwlo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiories de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios. concede a ~artir de la FECHA CE PUBLICAOÓN EN GACETA OFlOAL, el benefci~ de JUBILACION ESPECIAL, aprobada mediante planilla FP026 NO 066, de fecha 02 de Noviembre de 2015. al(a) dudadano(a) MORALES POLANCO NELL Y MARGARITA. titular de la Cédula de Identidad Nº 5.847.526. quien se desempeñaba como AYUCANTE CE SERVICIOS CE COCINA . adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado ZULJA . por cuanto laboró 19 años. en la Administración Pública y tiene 66 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de CIECISIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y COS BOLIVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs.17.562.34) mensuales. que equivalen al CUARENTA Y SIETE coma QNCO por ciento ( 4 7. 5 % ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo M/nimo Nacional vigente. asi como 10 establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivanana de Venezuela.
Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado ZULIA mente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia anll! la referida Unidad. a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; proeedlmienlD éste exigido para la continuidad del pago.
señal de notificaci6n,
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JNSTITUTO NACIONAL OE NJTRIClÓN PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N• 261
Caracas.25 de Octubre de 2016
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Quien suscribe. Lic. MARIL YN CI LUCA SANTAELLA. Cirectora Ejecutiva del Instituto 1:ac1onal de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Presidenaal Nº 4.892. uubhcado en la Gaceta Oficial :\º 38.540. de fecha 10 de octubre de '.2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo S. numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. en concordancia con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional. de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL. el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL, aprobada mediante planilla FP026 Nº 068, de fecha 13 de Agosto de 2015. al(a) ciudadano(a) AREVALO JUANITA RUMALCA. titular de la Cédula de Identidad Nº 4.164.216, quien se desempeñaba como SUPERVISOR DE SERVICIOS INTERNOS . adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado CISTRITO CAPITAL • por cuanto laboró 23 años, en la Administración Pública y tiene 62 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS VEINTITRES BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs.22.923,85) mensuales, que equivalen al CNCUENTA Y SIETE coma CINCO por dento (57,5°4) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo M(nimo Nacional vigente, as/ como lo establece el Art. 80 de la COnstituoón de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado DISTRITO CAPITAL mente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer adX> de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
de notificación.
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Caracas,25 de Octubre de 2016
206•, 157º y 17º
Quien suscribe. Lic. MARIL YN DI LUCA SANTAELLA. Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo s. numeral 5 de la Ley det Estatuto de la Función Pública, en concordanoa con lo previsto en et artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre et Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBUCAOÓN EN GACETA OFIOAL. et beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 067, de fecha 11 de Septiembre de 2015, al(a) ciudadano(a) MENDOZA DE PAEZ DORIS LOUROES . titular de la Cédula de Identidad Nº 5.139.671, quien se desempeñaba como COCINERO' adscrito(a) a la Unidad de Nutrición de4 Estado MIRANDA • por cuanto laboró 22 años. en la Adm1nistraci6n Pública y tiene 59 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de VEINTIUN MIL SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs 21.066.83) mensua·es. quP equ1va1en al CINCUENTA Y CINCO por ciP.nto , 550,, ) de la remvneración p,orred10 rnensudl de los últimos doce (12) meses. El wal será a¡ustado al Sueldo Mínirro Nacional vigente. así como lo establece el Art. 80 de I;, Cor.st1~nón de la Repút:hca Bo1,van~ra de Verewela
Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado MIRANDA mente onginal de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
Sírvale firmar. colocar número de cédula y fechar en señal de notificaci6n. Comuníquese y publíquese
Lic. M~~"'-''"'•"·"'Directora Ej
Instituto Nacional de Designada mediante Decreto Preside
Gaceta Oficial N• 38.~40 de fecha
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Caracas.OS de Octubre de 2016
2060, 157• y 17º
Quien suscribe, Lic. MARILYN DI LUCA SANTAELLA. Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en et Decreto Presidencial Nº 4.892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere et artículo 5. numeral s de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en et artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolrvariana de Venezuela; según lo dispuesto en el articulo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional. de los Estados y los Mu111cipios. concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFJOAL. el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº :)44. de fecha 13 de Agosto de 2015. al(a) ciudadano(a) MATOS ALVARACO ZAICA MERCEDES . titular de la Cédula :le Idenbdad Nº 7.509.488, quien se desempeñaba como AYUDANTE CE SERVICIOS DE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado YARACUY. por cuanto laboró 20 años y 01 mes en la Admin:stración Pública y tiene 58 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES CON VE!NT!TRES CÉNTIMOS (Bs.18.260,23) mensuales, que equivalen al CINCUENTA por ciento ( 50% ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce ( 12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, así como lo establece et Art 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estado YARACUY, una (l) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad. a objeto de firmar et libro, el cual tiene el mismo fin legal: procedimie11D ésre exigido para la continuidad del pago.
Sfrvale firmar, colocar número de cédula y~- en señal de notificadón.
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Directora Ejecu~\ Instituto Nacional de N ,
Designada mediante Decreto Presidenci ·f~92. pubücado en Gaceta Oficial N• 38.540 de fecha I O de bre de 2006.
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Quien suscribe, Lic. MARILYN DI LUCA SANTAELLA, Directora Ejecutiva del Instituto NaC1onal de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial N° 4.892, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38. 540, de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en ejercicio de las atribuciones c;ue me confiere el artlculo 5, numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. en concordancia con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de a Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivanana de Venezuela; según lo dispuesto en el articulo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración P.lblica Nacional, de los Estados y los MumClpios. concede a partir de la FECHA DE PUBUCACIÓN EN GACETA OFlClAL. el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 NO 045, de fecha 18 de Agosto de 2015, al(a) ciudadano(a) GOTOPO ROMERO MAR IT2A JOSEFINA, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.842.637. quien se desempeñaba como AYUDANTE DE SERVICIOS CE COCINA • adsaito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado FALCON. por cuanto laboró 19 años y 01 mes en la Administracióo Pública y tiene 54 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs.17 .432,61) mensuales, que equivalen al CUARENTA y SIETE CON ONCO por ciento (47.5%) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce ( 12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. así como lo establece el Art 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado FALCON, una (l) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente ~nal de. la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenaa arte la referida Unidad. a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento ésre exigido para la continuidad del pago. ~ .
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206º, 157• y 17•
Quien suscribe. Lic. MARILYN DI LUCA SANTAELLA. Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4 .892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en ejercicio de las atribucones que me confiere el artículo s. numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el artlculo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidenb! Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artfrulo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jub41adones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL. el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL, aprobada mediante planilla FP026 Nº 046, de fecha 20 de Octubre de 2015, al(a) ciudadano(a) RIVAS ESPARRAGOZA MAGALIS TERESA, titular de la Cédula de Identidad N° 8.436.220. quien se desempeñaba como AYUCANTE CE SERVICIOS CE COCINA . adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado SUCRE. por cuanto laboró 19 aiios y O l mes en la Administración Pública y tiene 56 años de edad. El monto correspondiente de la Jubolación es por la cantidad de DIECISIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS ( Bs.17 .328. 71) mensuales. que equivalen al CUARENTA Y SIETE CON CINCO por ciento ( 4 7, 5 % J de la remuneración promedio mensual de los últimos doce 112i meses El cual será ajustado al Sueldo Mírimo Nacional vigente, así como lo establece e' Ar<. 80 de a Constitución de la República Bohvanana de Venezuela.
Por consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estado S UCR E, una ( 1) copia oe la cédula de idenMad legible, y presentar anualmente original de la constanoa de re de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal: procedimiento éste exigido para la continuidad de! pago
Sírvale firmar. .colocar número de cédul~~ar en señal de notificación. Comumquese y pubilquese • ,
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Directora lijecutwa, . Instituto Nacional (!lt, Nutrici6n
Designada mediante Decreto Presi~al.)4• 4,.892, p@licado •a Gaceta Oficial Nº 38.540 de fec~,&ctubre de 2006.
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INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADM'INISTRAT!VA Nº 344
Caracas.os de Octubre de 2016
Quien suscribe, Lic. MAR!LYN DI LUCA SANTAELLA. Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4 .892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006. actuanclo en ejercioo de las atribuciones que me confiere el artículo S. numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. en conccrdancia con lo previsto en el articulo 11 or:londl 11 de la Ley del Instituto N~oonal de Nutrición Por d1spos c,ón del ci~dal1ano V·ccpres,dente Ejecutivo de la Republlca Bo1,vana~a de Venezuela; según lo d spuesto en el articulo 6 de la Ley del EstatLtO sobre el Régimen de Jubilaciones y PenStones de los Func1onanos o Empleados de la Administración Pública Nacional. de los Estados y los Municipios. concede a partlr de la FECHA CE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL el beneficio de J U8lLACIÓN ESPECIAL, aprobada mediante planilla FP026 Nº 047. de fecha 20 de Octubre de 2015, a (a) ciudadano(a) CELIS ROSAURA, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.713.307, quien se desempeñaba como AYUDANTE DE SERVIClOS CE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado ZUL!A, por cuanto laboró 21 años y 05 meses en la Administración Pública y tiene 58 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs.19.685,83) mensuales. que equivalen al CINCUENTA Y DOS CON CINCO por dento (52,S°lo) de la remuneraóón promedio mensual de los úlomos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. así como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado ZUL!A, una (1) cop4a de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago. E-::':,
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Sírvale firmar. colocar número de céd ;'¡ f~\ señal de notificación.
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Directora EJ~a. . < · Instituto Nacional dé$~/
Designada 111ed1ante Decreto Presil1en~_t,I.89'l. publicado en Caceta Of1c1al N• 18 540 de fecha l O de octt1bre de 2006.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
INSTITUTO NACIONAL CE NUTRICIÓN PROVICENCIA At'MINISTRATIVA Nº 346
Caracas.OS de Octubre de 2016
Quien suscribe, Lic. '1ARlLYN CI LUCA SANTAELLA. Cirectora Ejecutiva del lnst,tuto Nacional de Nutrició~. carácter q•Je consta en el Cecreto Presidencial Nº 4.892. pciblicado en la Gaceta Oficial Nº 38. 540. de fecha IO de octubre de 2006. actuando en ejercicio je las atribuciones que me confiere el articulo 5. numeral 5 de ia Ley del Est11tuto de la Función Pública. en ccncordancia con lo previsto en el articulo 11, 0<dinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela: según lo dispuesto en el articulo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Naciooal, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBUCAOÓN EN GACETA OFIClAL el beneficio de J U8ILACIÓN ESPECIAL, aprobada mediante planilla FP026 Nº 048. de fecha 20 de Octubre de 2015, al(a) ciudadano(a) RIVAS YAJAIRA DEL VALLE. titular de la Cédula de Identidad Nº 5.082.742. quien se desempeñaba como AYUDANTE CE SERVICIOS DE COClNA • adscrlto{a) a la Unidad de Nutrición del Estado SUCRE. por cuanto laboró 19 años en la Administración Pública y tiene 59 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de DIECISIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO BOL!VARES CON SETENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs.17.328,71) mensuales. que equivalen al CUARENTA Y SIETE CON ONCO por ciento (47,SOJ.) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al sueldo Mínimo Nacional vigente. asf como lo establece el Art. 80 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estado SUCRE, una (1) copia de ta cédula de identidad legible. y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
Sírvale firmar. colocar número Comuniquese y publiquese
Lic.
de notificaóón.
REPUBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PEll!lER POl't.lLAR PARA LA ALIMENTACIÓN
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206D, 157D y 17D
Quien suscribe, Lic. MARIL YN DI LUCA SANTAELLA, Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4 .892. publicado en la Gaceta Oficial N° 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 5. numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la Repúbhca Bolivariana de Veneivela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los F,m:ionarios o Empleados de la Administración Púbhca Nacional. de los Estados y los Mun,ci~ios. concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFICIAL el benef.co de JUBILACIÓN ESPEClAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 020. de fecha 06 de Agosto de 2014. al(a) ciudadano(a) MEJIAS DE MENDOZA BEATRIZ MERCECES . titular de la Cédula de ldentidad N° S.109.573. quien se desempeñaba como AYUDANTE DE SERVICIOS CE COCINA , adscrito{a) a la Unidad de Nutrioón del Estado LARA • por cuanto laboró 19 años. er la Administración Pública y tiene 60 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de DIESISEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON SETENTA Y ClNCO CÉNTIMOS (Bs.16.497.75) mensuales. que equivalen al cuarenta y siete , cinco por ciento ( 4 7. 5 o;. ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. asi como lo establece el Art. 80 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado LARA. una ( l) copia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad, a objeto de finnar el libro, el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
Sírvale firmar, colocar número de cédu ;-;_-,;~t.. , r en señal de notificación.
Comuniquese y publíquese /Ñ \t ÁJO l l !{J. ~J11o. \: ¡
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Instituto Naóonal'~,/'Mrld~.' Designada mediante Decreto Presld.enéial~"'· 92. publicado en
Gaceta Ofic,al N• 38.540 <le fecha 10',tl'i ubre de 2006. ·,._
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206D, 1570 y 170
Quien suscribe, Lic. MARI L YN DI LUCA SANTAELLA, Cirectora Ejecuova del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4 .892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38. 540, de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en ejerocio de las atribuciones que me confiere el articulo 5. numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el articulo 11, 0<dinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición del óudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios, concede a partir de la FECHA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFIOAL el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL, aprobada mediante planilla FP026 Nº 041, de fecha 23 de Octubre de 2014, al(a) ciudadano(a) ROJAS TOMASA MARGARITA , titular de la Cédula de Identidad Nº 5.334.473, quien se desempei\llba como AYUDANTE CE SERVICIOS DE COCINA • adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado DEL TA AMACURO, por cuanto laboró 19 años en la Administración Pública y tiene 66 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilaóón es por la cantidad de DIECISIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE BOL!VARES CON VEINTICOS CÉNTIMOS (Bs.17.347,22) mensuales, que equivalen al CUARENTA Y SIETE CON CINCO por ciento ( 4 7. 5 o;. ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. asf como lo establece el Art. 80 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estado DEL TA AMACURO, una ( ¡) copia de la cédula de identidad legible. y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad. a ob¡eto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
Sírvatc firmar, colocar número de cédula~en señal de notificaoóo Comu1,quese y publíquese -~·. , l --a , , (') 1 \ -~ · '
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Caracas. 19 de Octubre de 2016
206º, 157º y 17•
Quien suscribe, Lic. MARILYN DI LUCA SANTAELLA. Directora e¡ecutiva del Instituto Nacional de Nutrición, carácter que consta en el Cecreto Presidenaal Nº 4 .892, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo S. numeral 5 de la Ley _del Estatuto de la Función Pública, en concordanoa con lo preVlsto en el artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nub_ición. Por disposición .del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Sollvanana de Venezuela; segun lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Peflsiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública ~acional. de los Estados Y los Municipios. concede a partir de la FECHA CE PUBLICACION E~ GACETA OFlClAL el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL, aprobada mediante planilla FP026 Nº 052, de fecha 13 de Agosto de 2015, al(a) ciudadano(a) RODRIGUEZ VICTORIANA • tnular de la Cédula de Idenbdad Nº 5.548.253, quien se desempeñaba como ASEACOR • adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado_ ~ISTRITO. CAPIT~L , por _cuanto laboró 21 años.OS meses Y 02dias en la Adm1nistraoón Pública y tiene 57 anos de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de CIESINUEVE Mil QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs.19.589.40) mensuales. que equivalen al cincuenta y dos ,cinco por ciento (52.5%) de la rer1unerao6n promedio mensual de !OS últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente, aS1 como lo e<.tablece el Art. 80 ::e la Corst1tüció~ de 1¡¡ Reoúblic.a Bo'•vanara rle Vene1uela
Por cons,guiente. debe ccns1gnar ante la Unidad del Estado DISTRITO CAPITAL, u~d ( ¡ l copia de la cédula de identidad legible. y presentar anualmente ong1nal de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presenoa ante la rel~d.3 Unidad. a ob¡eto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; proced1m,ento éste exigido para la continuidad del pago.
Sírvale firmar. colocar número de cédula ~r en señal de notificacióo. Comuníquese y publíquese ' · · L1c.M~t~~.
Directora Ej -..:..,
Instituto Naaonal de =·ón Designada mediante Decreto Presidenc ¡..¡p,.4,59_¡, publicado en Gaceta Oficial Nº 38 540 de fecha l ' bre de 2006.
REPUBUCA BOLIVARIANA OE VENEZUELA MINISTERIO DEL POOER'POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN
INSnTUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 345
Caracas.OS de Octubre de 2016
206º, 15 70 y 17º
Quien suscribe, Lic. MARIL YN DI LUCA SANTAELLA. Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4.892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercido de las atribuciones que me confiere el artículo S. numeral 5 de la Ley .del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Por disposición _del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela; segun lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Púbíica ~adonal, de los Estados y los Muniopios. concede a partir de la FECHA CE PUBLICACION EN GACETA OFlClAL el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 048. de íecha 18 de Agosto de 2015, al{a) ciudadano(a) PEREZ C'E NIEVE BELKIS_EMERITA. llt'Jlar de la Cédula de Identidad Nº 5.938.987, quien se desempena~,a :orno AYUCAr-..TE :'.:'E SERVICIOS CE COCINA . adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado LARA por cua11,o laboró 19 años en la Admm,stración Púbhc.3 y bt>ne 51 años oe eda1. El monto correspondiente de la Jubilanón es por la cantidad de CJECiSJETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOL!VARES CON OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.17.469,89) mensuales. que equivaler> al CUARENTA Y SIETE CON CINCO por ciento (47.5%) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. así como lo establece el Art. 80 de la Consbtución de la República Bolivariana de Venezuela.
Por consiguiente, debe consignar ante la Unidad del Estado LARA. una (1) ~ia de la cédula de identidad legible, y presentar anualmente ong1nal de la constanoa de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la referida Unidad. a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal: procedimiento éste exigido para la continuidad del pago.
señal de nottf\caci6n.
REPUBLICA BOLIVARIANA CE VENEZUELA MINISTERIO DEL POCER POPULAR PARA LA AL!MENTAC!ÓN
INSTITUTO NACIONAL CE I\UTRIC!ÓN PROV!CENCIA AD~!NISTRATIVA N• HO
Caracas.OS de Octubre de 2016
206", 157• y 17º
Quie,1 suscribe, Lic. MAR!LYN 01 LUCA SANTAELLA. C'lrect.ora Ejecutiva del Insbtuto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Decreto Presidencial Nº 4.892, publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006, actuando en ejercido de las atribuciones que me confiere el artículo S. numeral s de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en el artículo 11, ordinal 11 de la Ley del Jnstituto Nacional de Nutrición. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejeartívo de la República Bolivariana de Venezuela; según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y los Municipios. concede a partir de la FEOiA DE PUBLICACIÓN EN GACETA OFlC!AL, el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL, aprobada mediante planilla FP026 Nº 043. de fecha 13 de Agosto de 2015. al(a) ciudadano(a) SANCHEZ DE MIR ELES OLGA LETICIA • titular de la Cédula de Identidad Nº 2.506.710, quien se desempeñaba como AYUDANTE DE SERVICIOS CE COCINA , adscrito(a) a la Unidad de Nutrición del Estado GUARICO, por wanto laboró 24 años y o l mes en la Administración Pública y tiene 72 años de edad. El monto correspondiente de la Jubilación es por la cantidad de VEINTIDOS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO 80LIVARES CON CERO DOS CÉNTIMOS (Bs.22.184.02) mensuales. que equivalen al SESENTA por ciento ( 60% ) de la remuneración promedio mensual de los últimos doce (12) meses. El cual será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. asi como lo establece el Art 80 de la Con5titución de la República Bolivariana de \/f>ne;:,cla
Po· consiguiente. debe consignar ante la Unidad del Estado GUARICO. una (1) cop1il de la céduia de identidad legiole. y presentar anualmente onginal de la constancia de fe de vida ó en su defecto hacer acto de presencia ante la relenda Unidad. a ob1 eto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal; procedimiento éste €cX1g ,Jo para :a cont'1u1dad oel pago.
Sírvale firmar. colocar número de cédu~., ;~~ en señal de notificación. ComJniquese y i;ubiíquese
:~· ,,,·., .. · . . . ,.. . ? '
Uc. ~~ca 1
aellt0
Cirectora Ej~va. .• Instituto Nacional~-~
Designada mediante Decreto Preside ~'m .892. publicado en Gaceta Oficial N• 38.540 de fecha l e octubre de 2006.
REPUBUCA BOLIVARIANA CE VENE2UELA MINISTERIO CEL PODER POPULAR PARA LA ALI l"ENTACIÓN
INSTITUTO NACIONAL CE 'JUTRICIÓN PROVIC'ENC!A AC"1!N'.STRAT1'1A t,o 3'l'J
Carar.a'.05 de Oct .. breC" n16
20Gt1, 15-:,0 y 1 ¡o
Quien suscribe, Lic. MAR Il YN CI LUCA SANTAELLA. Cirectora Ejecutiva del Insbtuto Nacional de Nutrición. carácter que consta en el Cecreto Presidencial Nº 4.892. publicado en la Gaceta Oficial Nº 38.540, de fecha 10 de octubre de 2006. actuando en c¡crcic10 de las atribuciones que me confiere el artículo s. numeral 5 de la Ley del Estatuto de la Función Públic~ en concordancia con lo previsto en el artículo 11. ordinal 11 de la Ley del Instituto Nacional de Nutrici:Sn. Por disposición del ciudadano Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela: según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y PenSiones de los Funcionarios o Empleados ¡de la Administración Pública Nacional. de los Estados y los Municipios, concede a partir'de la FECHA DE PU8UCACION EN GACETA OFlOAL el beneficio de JUBILACIÓN ESPECIAL. aprobada mediante planilla FP026 Nº 042. de fecha 13 de Agosto de 20ts. al(a) ciudadano(a) GARCIA VILLARROEL MARIA ANGELINA, titular de la Cépula de Identidad N° 6.589.591. quien se desempeñaba como AYUDANTE CE SERl/;tCIOS DE COCINA . adscrito(a) a la Unidad de Nutrici6n del Estado ANZOA TEGUI, ¡· cuanto laboró 19 años y O 1 mes en la A.dmlnlstraci6n Pública y tiene 62 años de dad. El monto correspoodienre de la Jubilación es por la cantidad de DIESICIETE M l CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES CON OCHENTA Y SEIS C NTIMOS (Bs.17.438,86) mensuales. que equivalen al CUARENTA Y SIETE CON NCO por dento (47,So/o) de la remuneración promedio mensual de los últimos d (12) meses. El a.al será ajustado al Sueldo Mínimo Nacional vigente. así como I establece el Art. 80 de la COnstitución de la República Bolivariana de Venezuela. '
Por cons,guiente. debe consignar ante la Unidad del Estado ANZOATEGUI. una (1) copia de la cédula de identidad legible. y presentar anualmente original de la constancia de fe de vida ó en su defecto hace' acto de presencia anre la referida Unidad. a objeto de firmar el libro. el cual tiene el mismo fin legal: procedimiento éste ex gido para la cononuidad del pago.
.,...---, s1rvale firmar, .colocar núr1ero ele cédu~la { .tediar. · \n señal de notiñcaoón.
Comuniquese y pubhquese , , . .
~ic. ~u a·f~ir, .': Directrxa Ejeq¡tiva:-:.:;.;.
ll'lstituto Nacional del'-llltrición , ' Designada med1~nte Decreto Pres1de~úit~\f$92, pu.bhcado en
Gaceta Oficial Nº 38.540 do fecha l<l,~~re de 2006.
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435.740 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS
DEFENSA PÚBLICAE
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Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.741
REPUBI.ICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA OEFENSA PÚBLICA
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___ J ! r,;o DOPG-2017·178 Car;icas, l 5 de mayo de 201 t
158º, 207° v l-Jº
1La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, designada mediante Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015,
publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, establecidas en el artículo 14, numerales l, 2, 11, y 15, ejusdem,
CONSIDERANDO
'
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de este Organo Constitucional, ejercer la dirección y supervisión de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el
derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y
administrativo.
CONSIDERANDO
Que es competenoa de la Defensora Pública General, como máxima autoriddd, velar por el cumplimiento de los procesos de ingreso, egreso,
ascenso y traslado del person.:tl de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es compctent1a de la Defensora Pública General, como máxima autor dad. ld('sigr\ar y juramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Púhhca'.,. 1 1
RESUELVE
PRIMERO: DESIGNAR al ciudadano RAINIERO EDUARDO MÉNDEZ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-18.365.991, como Defensor
1 Público Auxiliar Primero (1 º), con competencia en materia Laboral, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas,
extensión Sede Central, a partir de la fecha de su notificación.
isEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta !Oficial de la República Bolivanana de Venezuela.
Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la
ciudad de Caracas.
Comuníquese y Publíquese,
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA
Nº DDPG-2017-179 Caracas, 15 de mayo de 201 / ! SSº '07° V HIº
La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ,
ltttular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, designada mediante
Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº
40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Púbhca y en ejercicio de sus atribuciones,
establecidas en el artículo 14, numerales 1, 2, 11, y 15, ejusdem,
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de este Órgano Constitucional, ejercer la d1recc1ón y supervisión de la ¡Defensa Públtca. i
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso ¡udic1al y administrativo.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máx:ma autoridad, velar po el cumplimiento de los procesos de ingreso, egreso, ascenso y traslado d¿I personal de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, cerno máxima autoridad, designar y ¡uramentilr a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.
RESUELVE
PRIMERO; DESIGNAR al ciudadano GONZALO ELEAZAR RODRÍGUEZ
1
CHACÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-6.347.422, como Defensor Público Auxiliar Ce1tésimo Décimo Tercero (113º), con competencia en materia Penal Ordin irio, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, a partir de la fecha de su notificación.
SEGUNDO: Publtcar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta Ofidal de la República Bolivariana de Venezuela.
Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la
:ciudad de Caracas.
lcomuníouese y Pubi'auese.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ___ _
1 Nº DDPG-2017-180
DEFENSA PÚBLICA
Caracas, 15 de mayo de 2017 158º, 207º y 18º
ILa Defensora Pública General, ORA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, designada mediante
¡Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015,
publicado en la Gaceta Oficial de la República Boli~ariana de Venez~ela Nº 40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el articulo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones,
establecidas en el artículo 14, numerales 1, 2, 11, y 15, ejusdem,
CONSIDERANDO
I
Que es compe. tenc,a de la Defensora Pública General, :orno máxim_a ~utoridad de este Organo Constitucional, ejercer la d1recc1on y superv1s1on de la
Defensa Públtca.
CONSIDERANDO
,Que es competencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso Judicial y
adn nistr at1vo.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima
autoridad, velar por el cumplimiento de los procesos de ingreso, egreso, 1 ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad,
designar y juramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.
RESUELVE
II
PRIMERO: DESIGNAR al ciudadano JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ GAINZA, titular de :a cédula de identidad Nº V-13.989.253, como Defensor
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435.742 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017
IPúbl1co Auxiltar Pmr.ero (lº), con competencia en materia Penal Ordinario en ;rase de Proceso, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del 1lestado Carabobo, a >art1r de la fecha de su notificación.
\
SEGUNDO¡ Publicar el texto integro de la presente Resolución en la Gacct<l ,Oficial de la República Bo1ivana'1a de Ven'!zuela.
loada, firmada y sell.ida en el Despacho de la Defensora Pública General, en la ciudad de Caracas. ,- ·,. · ·'_
leomuníquese y Publíquese, '\ 1 1
\
Rl!PÍIIIUCA-BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA
Nº ODPG-2017-182 Caracas, 15 de mayo de 20!7 1 se• 201• v 1a~
La Defensora Pública General, ORA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, designada mediante Acuerdo de la Asamblea Naaonal, de fecha 10 de diciembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº
40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, 1
estableadas en el artículo 14, numerales 1, 2, 11, y 15, ejusdem, 1 l CONSIDERANDO
,Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima au:ondad 1 de este Organo Constitucional, ejercer la dirección y superv1~1ón de la
!Defensa Pública.
CONSIDERANDO
IIQue es competencia de ta Defensa Pública, garantizar a toda persona el !derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso ¡ud1c1al y
1¡adm1n1strat1vo.
1 CONSIDERANDO 11
1 Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, velar por el cumplimiento de los procesos de ingreso. egreso, ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es competenoa de la Defensora Pública General, como máxima autoridad,
designar y juramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.
RESUELVE
PRIMERO¡ DESIGNAR a la ciudadana XIOMARA DEL CARMEN MONTILLA LUNA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.968.645, como
Defensora Pública Auxiliar Cuarta ( 4°), con competencia en materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Bolivariano de Miranda, a partir de la fecha de su !notificación. ___ _
SEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en 'ª G3ceta )Of1c,al de la ~epúbllca Bolivariana de Venezuela
!Dé!da, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Publ•ca General, en la
ciudad de C<1racas
¡comuníquese y Publiquese,
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA
Nº DDPG·2017·184 Caracas, 15 de mayo de 2017 1ss•, zor v 18º
La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, des1gnada mediante Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015, publicado en la Gaceta Ofioal de la República Bohvariana de Venezuela NO 40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en e¡ercício de sus atribuciones,
¡ establecidas en el artículo 14, numerales 1, 2, 11, y 15, e111sdem,
CONSIDERANDO
i¡Que es com_petenc1a de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de este Organo Constitucional, ejercer la dirección y supervisión de la
Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso ¡ud1c1al y
admin1~trat1vo.
1
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora PGblica General, como máxima autoridad, velar por el cumpilm1ento de los procesos de ingreso, egreso,
ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
,Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad,
¡designar y ¡uramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.
RESUELVE
PRIMERO: DESIGNAR a la ciudadana GISEUMAR KATHERINE GARCÍA VADERNA, titular de la cédula de identidad Nº V-18.473.443, como Defensora Pública Auxiliar Primera ( 1 º), con competencia en materia Agraria, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Guárico, ¡extensión Valle de la Pascua, a part,r de la fecha de su notificación.
!
SEGUNDO; Pubhcar el texto integro de la presente Resolución en la Gaceta
Oficial de :a Republica Bolivariana de Venezuela.
Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la
oudac de Caracas
Comuníquese y Publiquese,
DRA. SUSANA
~.yi~~f' Jl!YODO. .~._~,.°''~ ... · l)Of'.:tt..- ,,Or.1'01\. ~ .. ~~!.:._c,e:~~~C.t
M1t1.-~...,. 0t vet'it1""';a ,,. • O 1'17 :>r ft'd:.., to oe ()1(1f.mt''e ce nis
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA
I Nº D0PG·2017-185
1
Caracas, 15 de mayo de 2017 158°, 207° y 18º
1
La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, desJgnada mediante Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el articulo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atr1buc1ones establecidas en el artículo 14, numerales 1, 2, 11, y 15, ejusdem, '
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de este Órgano Constitucional, ejercer la dirección y supervisión de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensa Públ,ca, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso ¡ud1c1al y ddm1mstrd\1vo.
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Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.743
CONSIDERANDO
Que es competenr.ia de la Defensora Pública General, corno máx1mcJ
¡autoridad, velar poc el complimiento de los procesos de ,ngreso, egreso. ascenso y traslad•) del personal de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
¡Que es competen-cía de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, designar y juramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.
RESUELVE
PRIMERO: DESIGNAR a la ciudadana OREANA CORITZA JUÁREZ VALOR, titular de lé!. cédula de identidad Nº V-21.662.096, como Defensora Pública Auxiliar F'rimera ( 1 º), con competencia en materia de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Guárico, extensión Valle de la Pascua, a partir de la fecha
de su notificación.
ISEGIINOO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
~Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la
ciudarl de C3racas
'!comuníquese y Pubhquese,
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA
Nº DOPG-2017-186 Caracas, 15 de mayo de 20 l 7 1SSº, 207° y 18"
jLa Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, !¡titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, designada mediante Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015, ¡publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el articulo 3,
de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, ¡establecidas en el articulo 14, numerales l, 2, 11, y 15, eJusdem, 1
1 CONSIDERANDO
!Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad
lllde este Organo Constitvcional, eiercer la difección y supervisión de la
fefensa Pública.
ii CONSIDERANDO
j Que es competencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el
1 derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y 1 administrativo.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, velar por el cumplimiento de los procesos de ingreso, egreso,
.ascenso y traslado del personal de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad,
1 designar y ¡uramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas 1
RESUELVE
! PRIMERO; DESIGNAR al ciudadano OSWALDO JOSÉ BARONA 1 SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº V•S,615.307, como Defensor Público Auxiliar Segundo (2°), con competencia en materia Agraria, adscrito a
la Unidad Region31 de la Defensa Pública del estado Guárico, a partir de la
fecha de su notificación.
1SEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dada, firmada y sellada en el Despacho d~la Defensora Pública General, en la 1
ciudad de Caracas.
Comuníquese y P:iblíquese,
.--. ... /: .. ,
ORA. SUSANA A R~~RÍ~U0
ÉZ_{ : :', DEFENSO ~ERAL· ' .·.;
Oes.9~ medl•nte ACUC-rdO de 1a ~a~ de fec:Ni ¡: ;o rie d•clt?fnbrce <lt 101 s. ov~ ~ '• Gacm Ofloal'de'ia Republ~¡.(. 30!1v,)·1,:11'1,> de '<lt>l'\tZul!'l<"t 1\111 4C, 5C7 Ct 't'(h,1 : :) dl' d•c.'te'mbft·~ !OJ.S, /
REPÚBUCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA
Nº DDPG-2017-187 Caracas, 15 de mayo clr ?O J l )~)¡{<> 207" V 18•
La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, , titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, designada mediante
Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 7015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº
40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, establecidas en el artículo 14, numerales 1, 2, 11, y IS, ejusdem,
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de este Órgano Constitucional, ejercer la dirección y supervisión de la
Defensa Pública.
CONSIDERANDO
IQue es competencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el
derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y
:administrativo.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima ,autoridad, velar por el cumplimiento de los procesos de ingreso, egreso,
!ascenso y traslado del personal de la Defensa Púbhca.
CONSIDERANDO ¡ 1 IQue es competencia de la Defensora Pública General, como rnax1ma autoridad. designar y juramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.
1
RESUELVE
PRIMERO: DESIGNAR al ciudadano JOSÉ GREGORIO PACHECO, titular
lde la cédula de identidad Nº V-19.338.018, como Defensor Público Auxiliar
Segundo (2°), con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y
!Adolescentes, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado
Portuguesa, a partir de la fecha de su notificación.
SEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
! Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la 1 ciudad de Caracas.
1 Comuníquese v Publlquese,
RODRÍGUEZ DEFENSO ~ -tt do ... mt,,~~. del~,.;,
1ooe:d1C>tfflbteele20JS iCIQOenlaCiKC'ta~at .• WR~U &o,1,¡ar,an.o 0c Vt:C'le1veta tr •o so1. c:1oe ffl<N 10 de d~de 201s.
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435.744 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1 DEl"ENSA PÚBLICA ' ________________ _J i 1
j Nº DDPG-2017-188
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Caracas, 15 de mayo de 70 l 7 158°, 207~ y :ee
La Defensora Pública General, DRA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, designada mediante Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº
· 40.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, !establecidas en el artículo 14, numerales 1, 2, 11, y 15, ejusdem,
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de este Órgano Constitucional, ejercer la dirección y supervisión de la
Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el
derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial Y
administrativo.
CONSIDERANDO
~Que es competencia de la Defensora Púbhcil General. como máx1rnc1 · autoridad, velar por el cumplimiento de los proceso<; ór. 1nqrcso, egreso.
~ascenso y trastaoo cJel personal tle la Defensa Público.
f
CONSIDERANDO
J Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, designar y juramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.
RESUELVE
PRIMERO: DESIGNAR al ciudadano ALI JOSÉ FABRICIO PAREDES, titular de la cédula de identidad Nº V-12.258.530, como Defensor Público
¡rov1sono Octavo (8º), con competencia en materia Administrativa,
Contencioso-Administrativa y Penal _para los _Funcionarios _Y . Funcion~rias oliciales, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Publica del Area
Metropolitana de caracas, extensión sede Central, a partir de la fecha de su
otificación.
\SEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
!Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la ciudad de Caracas. . ··:· · ·
!comuníquese y Publíquese,
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DRA. SUSANA11
R S RODRÍGUEZ DEFENSO P GENERAL
~ooa meoante rdo de 1a ASam()lea Naoonal, ae tecna 10 do dóOemb<e de 2015, t>vDIKado en ta Gac:eta Qflci,,de la ~epunloe4 Bofiva~na de vene,ueta N• 40,807. oe fectla tO oe d1C1~bteoo 2oí~
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFENSA PÚBLICA
1 Nº DDPG-2017-189 Caracas, 15 de mayo de 2017 158°, 207° y 18°
ILa Defensora Pública General, ORA. SUSANA BARREIROS RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.851.035, designada mediante ¡Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2015, ¡publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 140.807, de la misma fecha, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 3, :de la Ley Orgánica de la Defensa Pública y en ejercicio de sus atribuciones, lestablecidas en el artículo 14, numerales 1, 2, 11, y 15, ejusdem,
1
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de este Órgano Constitucional, ejercer la dirección y supervisión de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Defensa Pública, garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y adm,n,strat,vo.
CONSIDERANDO
IQue es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, velar pe: el cumplimiento de los procesos de ingreso, egreso, 1asceriso y traslado del personal de la Defensa Pública.
CONSIDERANDO
Que es conpetenc,a de la Defensora Pública General, como máxima autoridad, designar y juramentar a los Defensores Públicos o Defensoras Públicas.
RESUELVE
PRIMERO: DESIGNAR a la ciudadana CARMEN GRACIELA PICCIONI GUZMAN, titular de la cédula de identidad Nº V-11.773.576, Defensora
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1
Pública Provisoria Primera ( 1 º) con competencia en materia Penal Ordinario, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Monagas, como Coordinadora de esa Unidad Regional, en condición de Encargada, a partir de la fecha de su notificación.
\SEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la
ciudad de Caracas .
Comuníquese y Publíquese,
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Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.745
ALCALDÍA DEL MUNICIPIO URACOA
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435.746 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Lunes 29 de mayo de 2017
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Otorgar el ºbeneficio de PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE a la ciudadana
OOMINGA MARIA VILLEGAS DE FIGUEREDO, titular de la cedula de identidad Nº V-4.934.853, viuda de JOSE ISABEL FIGUEREDO, titular de la cedula de identidad N° V-2.011.179 Jubilado de la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas, a partir del día 23 de Marzo del año 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. La PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE se otorgará por un monto mensual de TREINTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 30.478,62),
equivalente al SETENTA CINCO POR CIENTO (75%) de la Jubilación que correspondía al causante, siendo homologado a los montos del salario mínimo decretados por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el Articulo N° 80 de la Constitución de la Rept;iblica Bolivariana de Venezuela, " ... Las pensiones y Jubilaciones otorgadas mediante el sistema de seguridad social no podrán ser inferiores al salario mf.n¡mo urbano ... ".
r ,;, •';°.
ARTÍCULO TERCERO. Autorizar a la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas a ejecutar esta Resolución
ARTÍCULO CUARTO. Una vez publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, efectuar la correspondiente notificación de la presente Resolución de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo Nº 73 de la Ley de Orgánica de Procedimientos Administrativos a la ciudadana DOMINGA
MARIA VILLEGAS DE FIGUEREDO, ya identificada.
Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho del Alcalde del Municipio Uracoa del Estado Monagas, a los Dos (02) días del mes de Mayo del Añ9 pos mil Diecisiete . Años 207º de la
Independencia y 158º de la Federación. ~~q." 'ly,""'S ... ~ ~" "'~ \
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE. ·°/,{:.." ~ ,. :,l.' 11 ~ l -~ ,· ,t. ~ ... , • •\1
Dr. L~IS ENRIQ E O RIGUEZ VICUÑA
lJNICJPIO,URACOA
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Lunes 29 de mayo de 2017 GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 435.747
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO MONAGAS MUNICIPIO URACOA
DESPACHO DEL ALCAL:DE
RESOLUCIÓN N° DA/024/2017
Dr. LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ VICUÑA ALCALDE DEL MUNICIPIO URACOA
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artíc.ulo N° 88, ordinales 1, 2, 3, 7 y 16 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal; a tenor de· 10 preceptuado en los artículos N° 4, aparte
Único, Articulo N° 5, ordinal 4 de la Ley del Estatuto de la Función Pública; Articulo Nº 16, 17 y 18 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores y las Trabajadoras de la Administración Pública Nacional, Estada! y Municipal, publicado en Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela N2 6.156 extraordinaria del
19 de Noviembre de 2014, se dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
CONSIDERANDO
Que el artículo Nº 80 de nuestra Carta Magna dispone que "El Estado garantizara a los ancianos y ancianas el pleno ejercicio de sus derechos y garantías.· El Estado, con la participación solidaria de
las familias y la sociedad, está obligado a respetdr"su · dignidad humana, su autonomía y les garantizará atención integral y los beneficios de la seguridad social que eleven y aseguren su calidad de vida. Las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante el sistema de Seguridad Social no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano ... "
CONSIDERANDO
Que el artículo Nº 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que
toda persona tiene derecho a un sistema de seguridé!d¡:SO..~íé!l·"( ... ) que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad,, pa,ternJ{ia,cJ, . enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandGd, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier
otra circunstancia de previsión social."
CONSIDERANDO
Que el ciudadano JOSE GREGORIO ZAMBRANO SAGARAY, titular de la cedula. de identidad N° V-
2.251.526 Jubilado de la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas, falleció el día 19 de
Febrero del año 2017, según Acta de Defunción asentad~.b,ajo el acta N° 6, Folio Nº 6, Año 2017.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Uracoa del Estado Monagas
verifico el cumplimiento de los requisitos exigidos según el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la
Ley sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores y las Trabajadoras de la
Administración Pública Nacional, Estada! y Municipal para el otorgamiento del Beneficio de
PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE a la ciudadana ARELIS DEL CARMEN MARTINEZ DE ZAMBRANO,
titular de la cedula de identidad Nº V-4.514.405.
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AÑO CXLIV - MES VIII Número 41.160Caracas, lunes 29 de mayo de 2017
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