Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Plazo de
presentacin: 5 8
das hbiles, segn
corresponda
Plazo de resolucin:
12 das hbiles
Presidente Ejecutivo
del OSCENo aplica
b) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
NO REGULADO DENTRO DE LOS
ALCANCES DE LA LEY 29060
Artculo 242 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
b) En el caso de Consorcios, debern firmar los representantes de cada una de las partes consorciadas.c) Firma de abogado colegiado, con indicacin de nombre y nmero de registro.
( Oficinas
Desconcentradas)
2.- Consignar los fundamentos claros y precisos de sus descargos.3.- Los anexos que se presentan sern identificados y mencionados en el escrito.4.- Documentos que se debern acompaar:
a) En los casos de formar un Consorcio, deber adjuntar a la promesa de consorcio, los poderes de los
representantes de cada una de las partes consorciadas.
b) Copia del escrito y de los recaudos para la otra parte.
No aplica
Tribunal de
Contrataciones
del Estado
Portal del OSCE
a) rea de Mesa
de Partes del
Tribunal (Sede
Central del OSCE)
Los Vocales de la
Sala competente
Base Legal: a) Nombre , domicilio procesal en la ciudad de Lima, RUC, nmero de fascmil, correo electrnico propio
(s lo tuviese) y denominacin o razn social del recurrente. En caso de persona jurdica, debe indicarse
adems los datos generales del representante acompaando el documento oficial de identidad y de la
facultad legal bajo la cual ejerce representacin.
Desde que el
expediente es
remitido a Sala
No mayor a
cuatro meses
3 PRESENTACIN DE DESCARGOS DEL PROVEEDOR, PARTICIPANTE, POSTOR,
CONTRATISTA, EXPERTO INDEPENDIENTE O RBITRO A SOLICITUD DEL TRIBUNAL
DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
1.- Comunicacin dirigida a la Presidencia del Tribunal de Contrataciones del Estado, segn formulario
oficial (Presentacin de descargos) debidamente llenado, en la que deber consignar lo siguiente:
TCE-0000-FOR-0006/ Gratuito Gratuito
ANTE EL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL OSCE
Plazo de resolucin:
30 das hbiles7.- La identificacin del expediente de la materia.8.- Deber estar autorizado por abogado colegiado con indicacin de su nombre, y nmero de registro.
3.- El petitorio, que comprende la determinacin clara y concreta de la pretensin con la debida
fundamentacin legal.Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del acto
4.- Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido. Firma del impugnante
o su representante.
5.- La direccin del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, cuando sea
diferente al domicilio real.
6.- Relacin de documentos y anexos que acompaan el recurso, indicados en el TUPA.
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007
Presidencia
Ejecutiva del
OSCE(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Presidente
Ejecutivo del
OSCE
Base Legal:2.- Identificacin del Impugnante, debiendo consignar su nombre y nmero de documento oficial de
identidad o su denominacin o razn social. En caso de actuacin mediante representante, no acreditado
en el procedimiento, se acompaar, adems, la documentacin que acredite tal representacin.
Artculos 206 y 208 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicada el 11.04.2001
Gratuito Gratuito30
(treinta)
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
2 RECURSO DE RECONSIDERACIN 1.- Solicitud dirigida a la Presidencia Ejecutiva del OSCE. No hay formularioX
13.- Copia del escrito y copia de los recaudos para cada una de las partes que intervienen en el
procedimiento, si las hubiera.
8.- La firma del impugnante o de su representante. En el caso de Consorcios, deber firmar el(los)
representante(s) comn(es) designado(s).9.- Autorizacin de abogado colegiado con indicacin de su nombre y nmero de registro, slo en los
casos de licitaciones pblicas, concursos pblicos y adjudicaciones directas pblicas, y siempre que la
defensa sea cautiva.10.- Si el recurso contiene otrosies o frmulas similares, stos deben contener pedidos independientes del
principal.11.- Si se presentan anexos, stos sern indicados y mencionado en el escrito, debiendo estar foliados y
ordenados cronolgicamente.
NO REGULADO DENTRO DE LOS
ALCANCES DE LA LEY 290606.- Los fundamentos de hecho y de derecho que sustenten su petitorio, as como las pruebas
instrumentales pertinentes.
12.- Copia del documento oficial de identidad del recurrente o de su representante, en su caso, y poder
del mismo.
7.- La garanta del 3% del valor referencial del proceso de seleccin o del tem materia de impugnacin en
procesos de seleccin segn relacin de tems. En ningn caso la garanta ser menor al 50% de la UIT
vigente.
Artculo 53 del Decreto Legislativo N 1017, publicada el 04.06.20083.- En caso de consorcios el representante comn debe interponer el recurso a nombre de los
consorciantes, acreditando sus facultades de representacin mediante la presentacin de copia simple de
la Promesa Formal de Consorcio.
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Subasta Inversa
10 15
(diez o quince)Artculos 94, 104, 109 y 113 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.20094.- Sealar como domicilio procesal una direccin electrnica propia, as como en la ciudad de Lima y un
nmero de facsmil si lo tuviese.
Artculos 206 y 209 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicada el 11.04.2001
5.- El petitorio, que comprende la determinacin clara y concreta de la pretensin: descripcin de la obra,
bien, servicio, proceso de seleccin y precisar el acto o resolucin que se impugna.
No aplicaPresidente Ejecutivo
del OSCE
12
(doce)
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Presidente
Ejecutivo del
OSCEPresidencia
Ejecutiva del
OSCE
Negativo
1RECURSO DE APELACIN ANTE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA DEL OSCE PARA
PROCESOS DE SELECCIN REALIZADOS POR EL OSCE MENORES A 600 UIT
1.- Solicitud dirigida a la Presidencia Ejecutiva del OSCE. No hay formulario Gratuito Gratuito
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
ANTE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA DEL OSCE
Base Legal:
2.- Identificacin del impugnante, debiendo consignar su nombre y nmero de documento oficial de
identidad, o su denominacin o razn social (RUC). En caso de actuacin mediante representante, se
acompaar la documentacin que acredite tal representacin.
No aplica
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Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
Plazo de resolucin:
15 das hbiles
4.- Precisar el acto o resolucin que se impugna.
9.- Domicilio procesal en la ciudad de Lima y correo electrnico (s lo tuviese).
13.- En la parte superior derecha, se indicar en orden descendente: nmero de expediente, sumilla del
pedido y nmero del escrito.
10.- Deber estar autorizado por abogado colegiado con indicacin de su nombre, y nmero de registro.
11.- Si el recurso contiene otrosies o frmulas similares, stos deben contener pedidos independientes del
principal.
12.- Si se presentan anexos, stos sern indicados y mencionados en el escrito, debiendo estar foliados y
ordenados cronolgicamente.
8.- La garanta de una Unidad Impositiva Tributaria (1 UIT) vigente.
notificada o
publicada la
respectiva
resolucin
Artculo 249 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
5.- La identificacin del expediente de la materia.( Oficinas
Desconcentradas)
6.- Firma del impugnante o de su representante.
3.- El petitorio, que comprende la determinacin clara y concreta de la pretensin con la debida
fundamentacin legal.
Base Legal: 2.- Identificacin del Impugnante, debiendo consignar su nombre y nmero de documento oficial de
identidad o su denominacin o razn social del impugnante. En caso de actuacin mediante
representante, no acreditado en el procedimiento, se acompaar, adems, la documentacin que
acredite tal representacin.
Portal del OSCE
X
7.- En el caso de Consorcios, deber firmar su o sus apoderados o representantes comunes designados.
Los Vocales de la
Sala competente
Los Vocales de la
Sala competente
Tribunal de
Contrataciones
del Estado
Plazo de
presentacin:
Dentro de los 5 das
hbiles de
b) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
5 RECURSO DE RECONSIDERACIN EN PROCEDIMIENTO DE APLICACIN DE
SANCIN
1.- Solicitud dirigida a la Presidencia del Tribunal de Contrataciones del Estado, segn formulario oficial
(Interposicin de Recurso de Reconsideracin) debidamente llenado.
15
(quince)
a) rea de Mesa
de Partes del
Tribunal (Sede
Central del OSCE)
De presentado o
subsanado el
recurso
GratuitoTCE-0000-FOR-0007/ Gratuito
10.- Si el recurso contiene otroses o frmulas similares, stos deben contener pedidos independientes del
principal.
11.- Firma del impugnante o de su representante(s) legal o comn(es).
12.- El costo de los informes tcnicos especializados externos, que requiera el Tribunal, sern asumidos
por el solicitante de la diligencia.
13.- Deber estar autorizado por abogado colegiado, con indicacin de su nombre y nmero de registro,
slo en los casos de Licitaciones Pblicas, Concursos Pblicos y Adjudicaciones Directas Pblicas, y
siempre que la defensa sea cautiva.
14.- De los recaudos del recurso:
a) En los casos de formar un Consorcio, deber adjuntar a la promesa de consorcio, los poderes de los
representantes de cada una de las partes consorciadas.
b) Copia del escrito y copia de los recaudos para cada una de las partes que intervienen en el
procedimiento.
c) Copia del documento oficial de identidad del recurrente o del representante, en su caso, y poder del
mismo.
d) Acompaar documento que acredite el valor referencial, sea de las Bases o el Aviso de Convocatoria.
e) Fianza o Constancia de Depsito de garanta en la cuenta bancaria del OSCE, segn el caso.
7.- El petitorio comprende: la precisin del acto o resolucin que se impugna, la indicacin del proceso de
seleccin e item impugnado y la descripcin bsica de la obra, bienes o servicios convocados.
8.- Las pruebas instrumentales pertinentes.
5.- El escrito ser redactado en papel tamao A4, con texto legible.
9.- Si se presentan anexos, stos sern identificados y mencionados en el escrito, debiendo estar foliados
y ordenados cronolgicamente.
6.- Precisar de manera clara y concreta el petitorio y los fundamentos de hecho y de derecho que
sustenten el reclamo.
Artculos 94, 104, 109 y 112 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
Artculos 206, 209 y 210 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, publicada el 11.04.2001
Subasta Inversa
10 15
(diez o quince)
( Oficinas
Desconcentradas)
3.- Nombre completo de la Entidad contra la que se interpone el recurso, indicando la dependencia a
cargo de la convocatoria, as como el domicilio donde deber ser notificada.
4.- La garanta del 3% del valor referencial del proceso de seleccin o del tem materia de impugnacin en
procesos de seleccin segn relacin de tems, etapas, tramos, lotes y paquetes. En ningn caso la
garanta ser menor al 50% de la UIT vigente. En caso de procesos de seleccin convocados antes de la
vigencia del Decreto Legislativo No. 1017, la garanta ser del 1 % del valor referencial del proceso de
seleccin o del item impugnado. En el Caso de Procesos de Seleccin provenientes de PETROPER la
garanta ser de acuerdo a su normativa vigente de Contrataciones.
NO REGULADO DENTRO DE LOS
ALCANCES DE LA LEY 29060
Base Legal: 2.- Identificacin del impugnante, debiendo consignar su nombre, RUC y nmero de documento oficial de
identidad o su denominacin o razn social. En caso de actuacin mediante representante, se
acompaar, adems, la documentacin que acredite tal representacin. En caso de consorcios el
representante(s) comn(es) deber interponer el recurso a nombre de los consorciantes, acreditando sus
facultades de representacin mediante la presentacin de copia simple de la Promesa de Consorcio.
Sealar un domicilio procesal en la ciudad de Lima y nmero de facsmil, si lo tuviesen, asimismo indicar
como domicilio procesal una direccin electrnica propia;
Portal del OSCE
Artculos 53, 63 y Segunda Disposicin Complementaria Transitoria del Decreto
Legislativo N 1017, publicada el 04.06.2008
No aplica Sala competente
Plazo de
presentacin: 5 8
das hbiles, segn
corresponda
Los Vocales de la
Sala competenteDesde que el
expediente est
listo para
resolver
b) rea de
Trmite
Documentario del
OSCETribunal de
Contrataciones
del Estado
5
(cinco)
a) rea de Mesa
de Partes del
Tribunal (Sede
Central del OSCE)
4 RECURSO DE APELACIN O REVISIN ANTE EL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES
DEL ESTADO
1.- Solicitud dirigida a la Presidencia del Tribunal de Contrataciones del Estado, segn formulario oficial
(Interposicin de Recurso Impugnativo) debidamente llenado.
GratuitoTCE-0000-FOR-0001/ Gratuito
No aplica
Plazo de resolucin:
5 das hbiles, desde
que el expediente
est listo para
resolver
En Subasta Inversa:
10 15 das hbiles,
segn corresponda
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Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
Plazo de resolucin:
15 das hbiles
Presidente del
Tribunal de
Contrataciones del
Estado
b) rea de Trmite
Documentario del
OSCE ( Oficinas
Desconcentradas) Plazo de resolucin:
30 das hbiles
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
Tribunal de
Contrataciones
del Estado
5
(cinco)
x expediente x expediente
Numeral 4 del artculo 15-B del TUO de la Ley N 27806, Ley de Transparencia y
Acceso a la Informacin Pblica, aprobado con el Decreto Supremo N 043-2003-
PCM y publicado el 24.04.2003
Artculos 55 y 160 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicado el 11.04.2001
No hay formulario 0.36% S/. 13.14
3.- Antecedentes Administrativos completos, foliados y ordenados cronolgicamente, con copia para la
otra parte.
8SOLICITUD DE CONSTANCIA DEL ESTADO DEL PROCEDIMIENTO (por expediente)
1.- Solicitud dirigida a la Presidencia del Tribunal de Contrataciones del Estado, identificando el nmero
del expediente.Base Legal: 2.- Pago de la tasa correspondiente.
Tribunal de
Contrataciones
del Estado
Desde que el
expediente es
remitido a Sala
Artculo 235, 236, 237, 238, 240, 241 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF,
publicado el 01.01.2009
a) rea de Mesa de
Partes del Tribunal
(Sede Central del
OSCE)
Presidente del
Tribunal de
Contrataciones
del Estado
Plazo de
presentacin:
Dentro de los 5 das
hbiles de
a) Nombre, domicilio procesal en la ciudad de Lima, RUC, nmero de facsmil y correo electrnico (s lo
tuviese) de la Entidad solicitante de la sancin o del tercero denunciante de la infraccin.
b) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
b) Descripcin clara y precisa de la infraccin.notificada o
publicada la
respectiva
resolucin
c) Nombre, domicilio, RUC y nmero de fax o correo electrnico (s lo tuviese) del proveedor,
participante, postor, contratista, experto independiente del Comit Especial o rbitros, en su caso. NO REGULADO DENTRO DE LOS
ALCANCES DE LA LEY 29060 ( Oficinas
Desconcentradas)
a) rea de Mesa
de Partes del
Tribunal (Sede
Central del OSCE)
2.- Informe Tcnico Legal de la Entidad sobre la procedencia de la sancin y la responsabilidad respecto a
la infraccin que se imputa al proveedor, participante, postor y/o contratista o del experto independiente
del Comit Especial o rbitros, en su caso.
Portal del OSCE
GratuitoLos Vocales de la
Sala competente
No mayor a
cuatro mesesLos Vocales de la
Sala competente
Base Legal:TCE-0000-FOR-0004/ Gratuito7 SOLICITUD DE APLICACIN DE SANCIN 1.- Comunicacin dirigida a la Presidencia del Tribunal de Contrataciones del Estado por el Titular del
Pliego o por la Mxima Autoridad Administrativa de la Entidad, segn sea el caso o a quien ste delegue
las facultades de representacin, o por terceros denunciantes, segn formulario oficial (Aplicacin de
Sancin - Entidad) debidamente llenado; adems, en la que deber consignar lo siguiente:
Literal j) del artculo 58 y Literal b) del artculo 63 del Decreto Legislativo N
1017, publicada el 04.06.2008
7.- Si se presentan anexos, stos sern indicados y mencionados en el escrito. 8.- Si el recurso contiene otrosies o frmulas similares, stos deben contener pedidos independientes del
principal.9.- El escrito ser redactado en papel tamao A4, con texto legible.10.- En la parte superior derecha, se indicar en orden descendente: nmero de expediente, sumilla del
pedido y nmero del escrito.11.- Deber estar autorizado por abogado colegiado con indicacin de su nombre, y nmero de registro.
4.- Precisar el nombre completo de la Entidad contra la que se interpone el recurso, indicando la
dependencia a cargo de la convocatoria, as como el domicilio donde sta deber ser notificada. ( Oficinas
Desconcentradas)5.- Precisar de manera clara y concreta el petitorio y fundamentos de hecho y de derecho que sustenten
el reclamo.
NO REGULADO DENTRO DE LOS
ALCANCES DE LA LEY 29060
12.- El costo de los informes tcnicos especializados externos, que requiera el Tribunal, sern asumidos
por el solicitante de la diligencia.
13.- De los Recaudos del Recurso:
a) Copia del documento oficial de identidad del recurrente.
b) Copia del poder del representante legal.
c) Copia del recurso y de los recaudos.
d) Fianza en los casos que corresponda.
e) En los casos de formar un Consorcio, deber adjuntar a la promesa de consorcio, los poderes de los
representantes de cada una de las partes consorciadas.
6.- El petitorio comprende: el acto o resolucin que se impugna. La descripcin bsica de la obra, de los
bienes o servicios convocados. La indicacin del proceso de seleccin o item impugnado.
3.- En el caso de Consorcios, el representante(s) comn(es) designado(s) deber interponer y firmar el
recurso a nombre de los consorciantes, acreditando sus facultades de representacin mediante la
Promesa de Consorcio.
No hay formularioLos Vocales de la
Sala competenteNo aplica
Tribunal de
Contrataciones
del Estado
b) rea de
Trmite
Documentario del
a) rea de Mesa
de Partes del
Tribunal (Sede
Central del OSCE)
6 RECURSO DE REVISIN PROVENIENTES DE LA VIGENCIA DEL RULCOP, REGAC Y
RUA
1.- Solicitud dirigida a la Presidencia del Tribunal de Contrataciones del Estado. GratuitoGratuito
2.- Identificacin del Impugnante , debiendo consignar su nombre,RUC y nmero de documento oficial de
identidad o denominacin o razn social del recurrente. En caso de actuacin mediante representante se
acompaar, adems, la documentacin que acredite tal representacin. Asimismo sealar domicilio
procesal en la ciudad de Lima, nmero de facsmil y correo electrnico propio (s lo tuviesen).
Segunda Disposicin Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N 1017,
publicado el 04.06.2008
Base Legal:
14.- De los Recaudos del Recurso:
a) Copia del escrito y copia de los recaudos para cada una de las partes que intervienen en el
procedimiento.
b) Fianza o Constancia de Depsito de garanta en la cuenta bancaria del OSCE.
No aplica
No aplica
Presidente Ejecutivo
del OSCE
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
Plazo de resolucin:
30 das hbiles
Pgina 3 de 33
Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
Plazo de resolucin:
30 das hbiles
No aplica
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
Presidente Ejecutivo
del OSCE
No aplica
12 DENUNCIAS POR INFRACCIN AL CDIGO DE TICA PARA EL ARBITRAJE EN
CONTRATACIONES DEL ESTADO
1.- Comunicacin , dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE.
a) Sustentacin de la denuncia.
Artculo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
Artculos 105 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,
publicado el 11.04.2001
Artculo 52 del Decreto Legislativo N 1017, publicado el 04.06.2008
Presidente
Ejecutivo del
OSCE
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
15
(quince)
NO REGULADO DENTRO DE LOS
ALCANCES DE LA LEY 29060
Presidencia
Ejecutiva del
OSCE
Gratuito Gratuitoa) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
No hay formulario
b) Documentos que sustenta la denuncia.
2.- Adjuntar dos (02) copias de:Base Legal:
No aplica
Segunda Disposicin Complementaria Final del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF,
publicado el 01.01.2009
NO REGULADO DENTRO DE LOS
ALCANCES DE LA LEY 29060
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Direccin de
Arbitraje
Administrativo
Director de
Arbitraje
Administrativo
11.13% S/. 411.80 11 CONSULTAS DEL SECTOR PRIVADO O SOCIEDAD CIVIL SOBRE LA APLICACIN DE
LA LEGISLACIN EN MATERIA DE ARBITRAJE.
1.- Solicitud dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE, consignndose la identificacin
completa del solicitante, representante legal, domicilio, telfono, fax y correo electrnico.No hay formulario
Base Legal: 2.- Las consultas no podrn versar sobre procesos arbitrales en curso, los temas debern versar sobre
asuntos relacionados con arbitraje y su aplicacin en la normativa de Contrataciones del Estado.Literal i) del artculo 58 del Decreto Legislativo N 1017, publicado el 04.06.2008
Segunda Disposicin Complementaria Final del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF,
publicado el 01.01.2009
NO REGULADO DENTRO DE LOS
ALCANCES DE LA LEY 29060
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Director de
Arbitraje
Administrativo
No aplica
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Direccin de
Arbitraje
Administrativo
10
(diez)
10 CONSULTAS DE ENTIDADES PBLICAS SOBRE LA APLICACIN DE LA LEGISLACIN
EN MATERIA DE ARBITRAJE
1.- Solicitud dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE, consignndose la identificacin
completa del solicitante, representante legal, domicilio, telfono, fax y correo electrnico.
Gratuito GratuitoNo hay formulario
Base Legal: 2.- Las consultas no podrn versar sobre procesos arbitrales en curso, los temas debern versar sobre
asuntos relacionados con arbitraje y su aplicacin en la normativa de Contrataciones del Estado.Literal i) del artculo 58 del Decreto Legislativo N 1017, publicado el 04.06.2008
* Reproduccin de Cinta Magntica de Audio (casette) con registro de Audiencia Pblica. 0.27%
* Copia Simple 0.06% S/. 2.13
ANTE LA DIRECCIN DE ARBITRAJE ADMINISTRATIVO
S/. 9.94
Artculo 10 y numeral 4 del artculo 15-B del TUO de la Ley N 27806, Ley de
Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica, aprobado con Decreto Supremo
N 043-2003-PCM y publicado el 24.04.2003; y artculo 3 de su Reglamento
En el que se deber consignar lo siguiente:
a) Nombre, RUC, Denominacin o Razn Social del solicitante. En caso de persona jurdica, datos
generales del representante (nombre, documento de identidad y facultad para ejercer la representacin).
Portal del OSCE
2.- Pago de la tasa correspondiente.3.- Para Copias Autenticadas o Simples: Identificacin, nmero de folio y fecha del documento solicitado.
En el caso de copia autenticada, sta slo ser solicitada para documentacin que ha sido generada por el
Tribunal.4.- Para Cintas Magnticas: Identificacin del nmero de expediente y fecha en que se llev a cabo la
diligencia de Audiencia Pblica. Plazo de resolucin:
30 das hbiles* Copia Autenticada 0.14% S/. 5.33
b) rea de Trmite
Documentario del
OSCE ( Oficinas
Desconcentradas)
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
b) Copia simple del documento de identidad.
Base Legal: Solicitud de Copias Simples y Autenticadas TCE-0000-FOR-0011/Artculos 55 y 160 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, publicado el 11.04.2001
Solicitud de Reproduccin de Cinta Magntica de Audio (casette) con registro de Audiencia
Pblica. TCE-0000-FOR-0012/
Presidente del
Tribunal de
Contrataciones del
Estado
X 5
(cinco) a) rea de Mesa de Partes del Tribunal
(Sede Central del
OSCE)
Los Vocales de la
Sala competente
Tribunal de
Contrataciones
del Estado
9 SOLICITUDES DE PARTES INVOLUCRADAS EN PROCESOS IMPUGNATIVOS ANTE EL
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES1.- Solicitud dirigida a la Presidencia del Tribunal de Contrataciones del Estado, segn formulario oficial:
3.- Pago de la tasa correspondiente.
10
(diez)
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Plazo de resolucin:
30 das hbiles
Presidente Ejecutivo
del OSCE
No aplica
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Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
Plazo de resolucin:
30 das hbiles
d) Certificado(s) de Diplomado(s) expedido(s) por Universidades que acredite(n) especializacin en
derecho administrativo.8.- De ser el caso, el apoderado del postulante deber contar con poder simple y vigente.9.- De ser el caso, los documentos provenientes del extranjero debern cumplir con las formalidades de
Ley y, cuando corresponda, con su respectiva traduccin simple indicando el nombre del traductor.
Plazo de resolucin:
30 das hbiles7.- Adems, acreditar como mnimo, uno de los siguientes requisitos:
Artculos 220, 221 , 232 y 233 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
a) Documentos que acrediten experiencia en arbitraje actuando como rbitro, abogado o secretario
arbitral, no menor a cinco (5) aos.b) Certificado(s) de Diplomado(s) expedido(s) por Universidades que acredite(n) especializacin en
contrataciones con el Estado.Artculo 508 del Reglamento Consular del Per, aprobado por Decreto Supremo
N 076-2005-RE, publicado en separata especial el 25.10.2005c) Certificado(s) de Diplomado(s) expedido(s) por Universidades que acredite(n) especializacin en
arbitraje.
Quinta Disposicin Complementaria del Decreto Legislativo N 757, Ley Marco para
el Crecimiento de la Inversin Privada, publicado el 13.11.1991
6.- Acreditar haber aprobado el Curso de Formacin de rbitros a cargo del OSCE, o en su defecto, contar
con una capacitacin no menor de ciento veinte (120) horas acadmicas en arbitraje.
5.- Declaracin Jurada:
Artculos 13 y 96 de la Ley N 23733, Ley Universitaria, promulgada el 09.12.83a) Documentos que acrediten experiencia en arbitraje actuando como rbitro, abogado o secretario
arbitral, no menor a cinco (05) aos.
3.- Curriculum Vitae documentado.(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Direccin de
Arbitraje
Administrativo
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.20074.- Copia del Ttulo Profesional y documento de identidad respectivo.
Director de Arbitraje
AdministrativoBase Legal: Portal del OSCE
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Director de
Arbitraje
Administrativo
15 INSCRIPCIN DE RBITROS EXTRANJEROS EN EL SISTEMA NACIONAL DE
ARBITRAJE DEL OSCE (SNA-OSCE)1.- Solicitud dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE, segn formulario oficial (Ficha de
Inscripcin/Renovacin de rbitros) debidamente llenado.
DAA-0000-FOR-0001/ 10.75%
Artculo 52 del Decreto Legislativo N 1017, publicado el 04.06.20082.- Pago de la tasa correspondiente.
S/. 397.60
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007b) Documentos de pago.
c) ltima resolucin arbitral.
X 10
(diez)
4.- Indicacin expresa sobre el estado actual del Proceso Arbitral.(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
5.- Adjuntar a la solicitud dos (02) copias de:a) Acta de instalacin arbitral.
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Presidente Ejecutivo
del OSCE2.- Pago de la tasa correspondiente.
10
(diez)
Presidencia
Ejecutiva del
OSCE
Presidente
Ejecutivo del
OSCE
Artculo 230 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por
Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
S/. 159.75 X4.32%
Artculos 70, 71 y 72 del Decreto Legislativo N 1071, Decreto Legislativo que
Norma el Arbitraje, publicado el 28.06.2008
No hay formulario
3.- Indicar el motivo de la devolucin.
a) Texto completo del Contrato, materia de controversia.
c) Solicitud de arbitraje y de la contestacin, si la hubiese.d) Documentacin adicional que sustenta la solicitud de designacin.
5.- Declaracin Jurada simple sobre la veracidad de los documentos presentados y el agotamiento de los
medios necesarios para lograr la designacin directa del rbitro designado por las partes.
14 DEVOLUCIN DE GASTOS ARBITRALES 1.- Solicitud dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE, consignndose la identificacin
completa del solicitante, representante legal, domicilio, telfono, fax y correo electrnico.Base Legal:
2.- Pago de la tasa correspondiente.
No aplica
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007b) Acta de Conciliacin, de ser el caso.
Artculos 222 y 223 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
3.- Indicacin expresa de la(s) pretensin(es) involucradas y de la cuanta correspondiente.4.- Adjuntar a la solicitud dos (02) copias simples para cada uno de los siguientes documentos:
No aplica8.64% X 30
(treinta)
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Presidente
Ejecutivo del
OSCE
S/. 319.50
Presidencia
Ejecutiva del
OSCE
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
13 DESIGNACIN DE RBITROS 1.- Solicitud dirigida a la Presidencia Ejecutiva del OSCE, la misma que ser derivada a la Direccin de
Arbitraje Administrativo, consignndose la identificacin completa del solicitante, representante legal,
domicilio, telfono, fax y correo electrnico.
No hay formularioBase Legal:
Literal h) del Artculo 58 del Decreto Legislativo N 1017, publicado el 04.06.2008
No aplica
No aplica
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Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Direccin de
Arbitraje
AdministrativoArtculos 214 y 231 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
Artculo 52 del Decreto Legislativo N 1017, publicado el 04.06.20082.- Adjuntar copia de Laudo Arbitral, Acta de Conciliacin o Sentencia.
Portal del OSCE
Gratuito Gratuito X 5
(cinco) No aplica
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.20074.- Identificacin completa del rbitro(s) recusado(s) y su domicilio para ser notificado.
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Director de
Arbitraje
Administrativo
5. Identificacin completa de la parte que design al rbitro recusado y su domicilio para ser notificado.
19REMISIN DE LAUDOS ARBITRALES, ACTAS DE CONCILIACIN O SENTENCIAS 1.- Solicitud dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE, segn formulario oficial
(Formulario de Remisin de copia de Laudos Arbitrales, Actas de Conciliacin o Sentencias) debidamente
llenado consignando claramente los datos requeridos.
DAA-0000-FOR-0002/
Base Legal:
a) Contrato suscrito entre las partes.b) Sustentacin de la recusacin.
Artculos 225 y 226 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
3.- Adjuntar a la solicitud tres (03) copias simples de:
S/. 319.50 X 15
(quince)
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCEPresidencia
Ejecutiva del
OSCE
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
18 RECUSACIN DE RBITROS 1.- Solicitud dirigida a la Presidencia Ejecutiva del OSCE, la misma que ser derivada a la Direccin de
Arbitraje Administrativo, consignndose la identificacin completa del solicitante, representante legal,
domicilio, telfono, fax y correo electrnico.
Presidente
Ejecutivo del
OSCE
No aplicaNo hay formulario 8.64%
Base Legal:
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Direccin de
Arbitraje
Administrativo
2.- Pago de la tasa correspondiente.Literal h) del Artculo 58 del Decreto Legislativo N 1017, publicado el 04.06.2008
Artculos 227 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
4.- Copia simple del texto completo del Contrato materia de Controversia.
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007
5.- Copia simple de la Solicitud de arbitraje y de la contestacin a la Solicitud de arbitraje.6.- Copia de la aceptacin del rbitro o de los rbitros de tratarse de Tribunal Arbitral.
X 10
(diez)
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
No aplica
Director de
Arbitraje
Administrativo
Base Legal:Artculo 52 y literal g) del artculo 58 del Decreto Legislativo N 1017, publicado
el 04.06.2008
2.- Pago de la tasa correspondiente.
S/. 159.75
3.- Indicacin expresa de la cuanta correspondiente a la controversia.
17 INSTALACIN DE TRIBUNAL ARBITRAL 1.- Solicitud dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE, consignndose la identificacin
completa del solicitante, representante legal, domicilio, telfono, fax y correo electrnico;No hay formulario 4.32%
g) Certificado(s) de Diplomado(s) expedido(s) por Universidades que acredite(n) especializacin en
derecho administrativo.
f) Certificado(s) de Diplomado(s) expedido(s) por Universidades que acredite(n) especializacin en
arbitraje.
e) Certificado(s) de Diplomado(s) expedido(s) por Universidades que acredite(n) especializacin en
contrataciones con el Estado.
d) Documentos que acrediten experiencia en derecho administrativo no menor de cinco (5) aos.
c) Documentos que acrediten experiencia en arbitraje actuando como rbitro, abogado o secretario
arbitral, no menor a cinco (5) aos.
b) Documentos que acrediten experiencia en contrataciones pblicas mediante el ejercicio privado
de la profesin, no menor de cinco (5) aos.
a) Documentos que acrediten experiencia en contrataciones pblicas mediante el ejercicio de la
funcin pblica, no menor de cinco (5) aos.
e) No haber sido objeto de despido de la actividad privada por infraccin grave.6.- Acreditar haber aprobado el Curso de Formacin de rbitros a cargo del OSCE, o en su defecto, contar
con una capacitacin no menor de ciento veinte (120) horas acadmicas en arbitraje.7.- Adems, acreditar como mnimo, uno de los siguientes requisitos:
Plazo de resolucin:
30 das hbiles
Artculos 220, 221 , 232 y 233 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
c) No tener sancin disciplinaria vigente del Colegio Profesional al que pertenece.d) No haber sido destituido de la administracin pblica o jurisdiccional.
Artculos 13 y 96 de la Ley N 23733, Ley Universitaria, promulgada el 09.12.83a) De no tener impedimentos para contratar con el Estado.b) De no tener antecedentes penales ni judiciales.
Artculo 52 del Decreto Legislativo N 1017, publicado el 04.06.20082.- Pago de la tasa correspondiente.
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.20074.- Copia del Ttulo Profesional y documento de identidad respectivo.5.- Declaracin Jurada:
Portal del OSCE
3.- Curriculum Vitae documentado.(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Direccin de
Arbitraje
Administrativo
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
XDAA-0000-FOR-0001/ 10.75% S/. 397.60 Director de
Arbitraje
Administrativo
Director de Arbitraje
Administrativo
10
(diez)
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
16 INSCRIPCIN DE RBITROS NACIONALES EN EL SISTEMA NACIONAL DE
ARBITRAJE DEL OSCE (SNA-OSCE)1.- Solicitud dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE, segn formulario oficial (Ficha de
Inscripcin/Renovacin de rbitros) debidamente llenado.Base Legal:
No aplica
No aplica
No aplica
No aplica
Pgina 6 de 33
Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
Plazo de resolucin:
30 das hbilesPlazo de resolucin:
30 das hbiles
Plazo de resolucin:
30 das hbiles
S/. 2.13
* Reproduccin de Cintas Magnetofnicas. 0.27%
* Copia Simple 0.06%
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Director de
Arbitraje
Administrativo
Direccin de
Arbitraje
Administrativo
Director de Arbitraje
Administrativo
S/. 9.94
S/. 5.33
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
22 SOLICITUDES DE PARTES INVOLUCRADAS EN LOS PROCESOS ARBITRALES 1.- Solicitud dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE, consignndose la identificacin
completa del solicitante, representante legal, domicilio, telfono, fax y correo electrnico.No hay formulario
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.* Copia Autenticada
Base Legal:Artculo 51 del Decreto Legislativo N 1071, Decreto Legislativo que Norma el
Arbitraje, publicado el 28.06.2008
Artculo 110 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,
publicado el 11.04.2001 4.- Para Cintas Magnticas: Identificacin del nmero de expediente y fecha en que se llev a cabo la
Audiencia.
Numeral 4 del artculo 15-B del TUO de la Ley N 27806, Ley de Transparencia y
Acceso a la Informacin Pblica, aprobado con del Decreto Supremo N 043-2003-
PCM y publicado el 24.04.2003
X 5
(cinco)2.- Pago de la tasa correspondiente.3.- Para Copias Autenticadas o Simples: Identificacin, nmero de folio y fecha del documento solicitado.
En el caso de copia autenticada, sta slo ser solicitada para documentacin que ha sido generada por
los rbitros o la secretaria arbitral.
0.14%
e) No haber sido objeto de despido de la actividad privada por infraccin grave.Artculos 220, 221 , 232 y 233 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
d) No haber sido destituido de la administracin pblica o jurisdiccional. c) No tener sancin disciplinaria vigente del Colegio Profesional al que pertenece.
5.- Documentos que acrediten la ltima capacitacin en contrataciones pblicas y/o arbitraje, las cuales
debern acreditar su participacin en eventos de capacitacin.
Artculos 13 y 96 de la Ley N 23733, Ley Universitaria, promulgada el 09.12.83b) De no tener antecedentes penales ni judiciales.
4.- Declaracin Jurada:(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Direccin de
Arbitraje
Administrativo
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
a) De no tener impedimentos para contratar con el Estado.Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007
Artculo 52 del Decreto Legislativo N 1017, publicado el 04.06.20082.- Pago de la tasa correspondiente.3.- Curriculum Vitae documentado actualizado.
5
(cinco)Director de Arbitraje
Administrativo
Director de
Arbitraje
AdministrativoBase Legal: Portal del OSCE
Artculo 508 del Reglamento Consular del Per, aprobado por Decreto Supremo
N 076-2005-RE, publicado en separata especial el 25.10.2005
10.75% S/. 397.60
5.- Documentos que acrediten la ltima capacitacin en contrataciones pblicas y/o arbitraje, las cuales
debern acreditar su participacin en eventos de capacitacin.Quinta Disposicin Complementaria del Decreto Legislativo N 757, Ley Marco para
el Crecimiento de la Inversin Privada, publicado el 13.11.19916.- De ser el caso, el apoderado del postulante deber contar con poder simple y vigente.
21 RENOVACIN DE RBITROS NACIONALES EN EL SISTEMA NACIONAL DE
ARBITRAJE DEL OSCE (SNA-OSCE)1.- Solicitud dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE, segn formulario oficial (Ficha de
Inscripcin/Renovacin de rbitros) debidamente llenado.
DAA-0000-FOR-0001/ a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
X
Plazo de resolucin:
30 das hbiles7.- De ser el caso, los documentos provenientes del extranjero debern cumplir con las formalidades de
Ley y, cuando corresponda, con su respectiva traduccin simple indicando el nombre del traductor.Artculos 220, 221 , 232 y 233 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009
3.- Curriculum Vitae documentado actualizado.(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Direccin de
Arbitraje
Administrativo
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007a) Documentos que acrediten experiencia en arbitraje actuando como rbitro, abogado o secretario
arbitral, no menor a cinco (05) aos.
Director de Arbitraje
AdministrativoBase Legal: Portal del OSCE
Artculos 13 y 96 de la Ley N 23733, Ley Universitaria, promulgada el 09.12.83
X Director de
Arbitraje
Administrativo
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
4.- Declaracin Jurada:
20 RENOVACIN DE RBITROS EXTRANJEROS EN EL SISTEMA NACIONAL DE
ARBITRAJE DEL OSCE (SNA-OSCE)1.- Solicitud dirigida a la Direccin de Arbitraje Administrativo del OSCE, segn formulario oficial (Ficha de
Inscripcin/Renovacin de rbitros) debidamente llenado.
DAA-0000-FOR-0001/ 10.75% S/. 397.60
Artculo 52 del Decreto Legislativo N 1017, publicado el 04.06.2008 2.- Pago de la tasa correspondiente.
5
(cinco)
No aplica
No aplica
Presidente Ejecutivo
del OSCE
Pgina 7 de 33
Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
No aplica
Artculos 283 y 286 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009.
Portal del OSCENo aplica
5
(cinco) a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Subdirector de
Plataforma
Subdireccin de
Plataforma(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
No aplicaBase Legal:
26 DESACTIVACIN DE USUARIO - FUNCIONARIO 1.- Solicitud dirigida a la Subdireccin de Plataforma, segn formulario oficial (Solicitud de Creacin y/o
Desactivacin de Cuenta de Usuario Funcionario)DSE-SPLA-FOR-0001/ XGratuito Gratuito
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Subdireccin de
Plataforma
No aplica No aplicaBase Legal:
Artculos 283 y 286 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009.
2. La Entidad solicitante deber estar inscrita en el Registro de Entidades Contratantes (REC). Portal del OSCESubdirector de
Plataforma
X 5
(cinco)
25 CREACIN DE USUARIO - FUNCIONARIO DEL SEACE 1.- Solicitud dirigida a la Subdireccin de Plataforma, segn formulario oficial (Solicitud de Creacin y/o
Desactivacin de Cuenta de Usuario Funcionario)DSE-SPLA-0001/ Gratuito
3.- El petitorio, que comprende la determinacin clara y concreta de la pretensin con la debida
fundamentacin legal.
ANTE LA SUBDIRECCIN DE PLATAFORMA
5.- La direccin del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, cuando sea
diferente al domicilio real.
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Gratuito
Artculos 113, 206, 207, 208 y 211 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, publicado el 11.04.2001
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007
Plazo de resolucin:
30 das hbiles7.- La identificacin del expediente de la materia.8.- Deber estar autorizado por abogado colegiado con indicacin de su nombre, y nmero de registro.
* El recurso debe ser interpuesto dentro de los quince (15) das hbiles siguientes de haber sido
notificado el acto materia de impugnacin.
6.- Relacin de documentos y anexos que acompaan el recurso.
4.- Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido. Firma del impugnante
o su representante.
Plazo de
presentacin: 15
das hbiles desde la
notificacin del
acto.
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Direccin del
SEACE
Director de
SEACE
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Director de SEACE
X 30
(treinta)
24 RECURSO DE RECONSIDERACIN CONTRA LAS DECLARACIONES DE NULIDAD
DICTADAS EN LOS PROCEDIMIENTOS SEGUIDOS ANTE LA SUBDIRECCIN DEL
REGISTRO
1.- Solicitud dirigida a la Direccin del SEACE No hay formulario Gratuito Gratuito
2.- Identificacin del Impugnante, debiendo consignar su nombre y nmero de documento oficial de
identidad o su denominacin o razn social. En caso de actuacin mediante representante, no acreditado
en el procedimiento, se acompaar, adems, la documentacin que acredite tal representacin.Base Legal:
* El recurso debe ser interpuesto dentro de los quince (15) das hbiles siguientes de haber sido
notificado el acto materia de impugnacin.
6.- Relacin de documentos y anexos que acompaan el recurso.7.- La identificacin del expediente de la materia.8.- Deber estar autorizado por abogado colegiado con indicacin de su nombre, y nmero de registro.
Artculos 113 206, 207, 209 y 211 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, publicado el 11.04.2001
4.- Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido Firma del impugnante
o su representante.
Gratuito 30
(treinta)
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Direccin del
SEACE
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Director de
SEACE
5.- La direccin del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, cuando sea
diferente al domicilio real.
Base Legal:
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007
23RECURSO DE APELACIN CONTRA LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EMITIDOS POR
LAS SUBDIRECCIONES DE PLATAFORMA Y DEL REGISTRO
ANTE LA DIRECCIN DEL SEACE
Gratuito
3.- El petitorio, que comprende la determinacin clara y concreta de la pretensin con la debida
fundamentacin legal.
No hay formulario1.- Solicitud dirigida a la Direccin del SEACE
2.- Identificacin del Impugnante, debiendo consignar su nombre y nmero de documento oficial de
identidad o su denominacin o razn social. En caso de actuacin mediante representante, no acreditado
en el procedimiento, se acompaar, adems, la documentacin que acredite tal representacin.
X
No aplica
No aplica
Pgina 8 de 33
Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
ANTE LA SUBDIRECCIN DE REGISTRO
2. Copia del documento que sustente la creacin de la Entidad. Portal del OSCENo aplica
Subdireccin de
Plataforma(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Subdirector de
PlataformaNo aplica
Base Legal:X 5
(cinco) a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Gratuito
Artculos 283 y 286 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009.
27 INCLUSIN AL REGISTRO DE ENTIDADES CONTRATANTES 1.- Solicitud dirigida a la Subdireccin de Plataforma, segn formulario oficial (Solicitud de Inclusin al
Registro de Entidades Contratantes)DSE-SPLA-FOR-0002/ Gratuito
8.-La experiencia en la especialidad se acreditar con un servicio de consultora de obra, de la siguiente
manera:
En consultoras de obras realizadas en el Per:
*En consultora de obras pblicas presentarn:
Copia simple del contrato de consultora de obra y
Copia simple del documento de culminacin expedido por la entidad contratante.
*En consultora de obras privadas presentarn:
Copia simple del contrato de consultora de obra,
Copia simple de los comprobantes de pago y
Copia simple de la constancia de culminacin respectiva.
En consultora de obras Pblicas y Privadas realizadas en el extranjero:
Copia simple del contrato de consultora de obra y
Copia simple del certificado de culminacin o documento que demuestre la conformidad del servicio
prestado.
9.- Los documentos provenientes del extranjero debern cumplir con las formalidades sealadas en el
artculo 255 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Dichas formalidades debern contar
con una antigedad no mayor a ciento cincuenta (150) das calendario, contados a partir del refrendo por
el Ministerio de Relaciones Exteriores del Per, a la fecha de presentacin de la solicitud.
Artculos 252, 255, 265 266, 267, 268, 269, 270 y 271 del Reglamento de
la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-
EF, publicado el 01.01.2009, modificado por el Decreto Supremo N 021-2009-EF,
publicado el 01.02.2009, por el Decreto Supremo N 140-2009-EF, publicado el
23.06.2009, y por el Decreto Supremo N 154-2010-EF, publicado el 18.07.2010
5.- Estar al da en la declaracin mensual del rcord de consultora de obras durante la vigencia de su
inscripcin y siempre que haya suscrito contratos.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.6.- El solicitante no domiciliado en el pas o las empresas extranjeras que no tengan sucursal en el pas,
para acreditar al apoderado o representante, segn corresponda, deber adjuntar copia simple del poder
vigente inscrito en Registros Pblicos del Per, con una antigedad no mayor a sesenta (60) das
calendario a la fecha de presentacin de la solicitud.
Artculo 508 del Reglamento Consular del Per, aprobado por Decreto Supremo
N 076-2005-RE, publicado en separata especial el 25.10.2005
7.- Copia de la escritura pblica de constitucin y del ltimo aumento de capital o documentos que
acrediten la conformacin jurdica de la matriz, inscrito en Registros Pblicos o autoridad competente en
el pas de origen. En el caso que en dichos documentos no figure la distribucin de acciones, podra
presentar documento similar al libro de matrcula de acciones o acta de la Junta General de Accionistas de
la empresa en la cual se desprenda esta informacin.
Quinta Disposicin Complementaria del Decreto Legislativo N 757, Ley Marco para
el Crecimiento de la Inversin Privada, publicado el 13.11.1991.
2.- Pago de la tasa correspondiente.3.- Tener inscripcin vigente en el RNP.
4.- Copia simple del ttulo profesional del plantel tcnico o documento de afiliacin profesional o
colegiatura. Portal del OSCE
Subdireccin del
Registro(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Subdirector de
Registro
Subdirector de
RegistroDirector de SEACE
DSE-SREG-FOR-0014/
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
X S/. 781.00
DSE-SREG-FOR-0015/Base Legal:
30
(treinta)
28 AMPLIACIN DE ESPECIALIDAD DE CONSULTORES DE OBRAS PBLICAS,
PERSONA JURDICA EXTRANJEROS
1.- Solicitud dirigida a la Subdireccin del Registro, segn formulario oficial debidamente llenado: 21.11%
Artculo 9 del Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado,
publicado el 04.06.2008.No Domiciliado: Solicitud para Ejecutor o Consultor de Obras Extranjero No
Domiciliado (Inscripcin/Renovacin / Aumento de Capacidad /
Ampliacin de Especialidad)Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007.
Domiciliado: (Solicitud para Aumento de Capacidad / Ampliacin de Especialidad - Ejecutor o Consultor de Obras)
Pgina 9 de 33
Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
8.- Los documentos provenientes del extranjero debern cumplir con las formalidades sealadas en el
artculo 255 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Dichas formalidades debern contar
con una antigedad no mayor a ciento cincuenta (150) das calendario, contado a partir del refrendo por
el Ministerio de Relaciones Exteriores del Per, a la fecha de presentacin de la solicitud.
Artculos 252, 255, 265 266, 267, 268, 269, 270 y 271 del Reglamento de
la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-
EF, publicado el 01.01.2009, modificado por el Decreto Supremo N 021-2009-EF,
publicado el 01.02.2009, por el Decreto Supremo N 140-2009-EF, publicado el
23.06.2009, y por el Decreto Supremo N 154-2010-EF, publicado el 18.07.2010
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.5.- Estar al da en la declaracin mensual del rcord de consultora de obras durante la vigencia de su
inscripcin y siempre que haya suscrito contratos.
6.- El solicitante no domiciliado en el pas o las empresas extranjeras que no tengan sucursal en el pas,
para acreditar al apoderado o representante, segn corresponda, deber adjuntar copia simple del poder
vigente inscrito en Registros Pblicos del Per, con una antigedad no mayor a sesenta (60) das
calendario a la fecha de presentacin de la solicitud.
Artculo 508 del Reglamento Consular del Per, aprobado por Decreto Supremo
N 076-2005-RE, publicado en separata especial el 25.10.2005
7.- La experiencia en la especialidad se acreditar con un servicio de consultora de obra, de la siguiente
manera:
En consultoras de obras realizadas en el Per:
*En consultora de obras pblicas presentarn:
Copia simple del contrato de consultora de obra y
Copia simple del documento de culminacin expedido por la entidad contratante.
*En consultora de obras privadas presentarn:
Copia simple del contrato de consultora de obra,
Copia simple de los comprobantes de pago y
Copia simple de la constancia de culminacin respectiva.
En consultora de obras Pblicas y Privadas realizadas en el extranjero:
Copia simple del contrato de consultora de obra y
Copia simple del certificado de culminacin o documento que demuestre la conformidad del servicio
prestado.
3.- Tener inscripcin vigente en el RNP.
4.- Copia simple del ttulo profesional del solicitante y del plantel tcnico o documento de afiliacin
profesional o colegiatura.
Portal del OSCE
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007. Subdireccin del
Registro(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Quinta Disposicin Complementaria del Decreto Legislativo N 757, Ley Marco para
el Crecimiento de la Inversin Privada, publicado el 13.11.1991.
2.- Pago de la tasa correspondiente.
Domiciliado: (Solicitud para Aumento de Capacidad / Ampliacin de Especialidad - Ejecutor o Consultor de Obras)
DSE-SREG-FOR-0015/Base Legal:Artculo 9 del Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado,
publicado el 04.06.2008.No Domiciliado: Solicitud para Ejecutor o Consultor de Obras Extranjero No
Domiciliado (Inscripcin/Renovacin / Aumento de Capacidad /
Ampliacin de Especialidad)
DSE-SREG-FOR-0014/
Subdirector de
Registro
Subdirector de
RegistroDirector de SEACE
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
30 AMPLIACIN DE ESPECIALIDAD DE CONSULTORES DE OBRAS PBLICAS,
PERSONA NATURAL EXTRANJEROS1.- Solicitud dirigida a la Subdireccin del Registro, segn formulario oficial debidamente llenado: 10.55% S/. 390.50 X 30
(treinta) a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007. Subdireccin del
Registro5.- La experiencia en la especialidad se acreditar con un servicio de consultora de obra, de la siguiente
manera:
En consultora de obras pblicas presentarn:
- Copia simple del contrato de consultora de obra y
- Copia simple del documento de culminacin expedido por la entidad contratante.
En consultora de obras privadas presentarn:
- Copia simple del contrato de consultora de obra,
- Copias simples de los comprobantes de pago y
- Copia simple de la constancia de culminacin respectiva.
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Artculos 252, 265 266, 267, 268, 269, 270 y 271 del Reglamento de la Ley
de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF,
publicado el 01.01.2009, modificado por Decreto Supremo N 021-2009-EF,
publicado el 01.02.2009, por Decreto Supremo N 140-2009-EF, publicado el
23.06.2009, y por Decreto Supremo N 154-2010-EF, publicado el 18.07.2010
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
Subdirector de
RegistroBase Legal: 2.- Pago de la tasa correspondiente.Artculo 9 del Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado,
publicado el 04.06.2008.3.- Tener inscripcin vigente en el RNP.4.- Estar al da en la declaracin mensual del rcord de consultora de obras durante la vigencia de su
inscripcin y siempre que haya suscrito contratos. -Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
Subdirector de
Registro
DSE-SREG-FOR-0015/ 21.11%
Director de SEACE
X 30
(treinta) a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Portal del OSCE
29 AMPLIACIN DE ESPECIALIDAD DE CONSULTORES DE OBRAS PBLICAS,
PERSONA JURDICA NACIONAL
1.- Solicitud dirigida a la Subdireccin del Registro, segn formulario oficial debidamente llenado:
(Solicitud para Aumento de Capacidad / Ampliacin de Especialidad - Ejecutor o Consultor de Obras)
S/. 781.00
Pgina 10 de 33
Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
Endeudamiento = Patrimonio / (Pasivo corriente + Pasivo no corriente)Liquidez Corriente = Activo Corriente / Pasivo corrienteSolvencia Patrimonial = Patrimonio / Capital SocialMargen Bruto = Utilidad Operativa / (Patrimonio + Pasivo no corriente)
10.- Documentos para acreditar experiencia en obras culminadas en los ltimos cinco (05) aos,
considerados hasta la fecha de presentacin de la solicitud.
*En obras pblicas y privadas culminadas en el extranjero:
Copia simple del contrato de obra y
Copia simple del certificado de culminacin o documento similar donde figure el monto final de la obra.
*En obras culminadas en el Per:
En Obras pblicas presentarn:
- Copia simple del contrato de obra,
Copia simple del acta de recepcin.
Copia simple de la resolucin de liquidacin o liquidacin final de la obra con VB de la Entidad o
Supervisor.
En obras privadas presentarn (i):
Copia simple del contrato de obra y
Copia simple del certificado de conformidad de obra municipal y/o de la declaratoria de fbrica inscrita
en Registros Pblicos del Per o aprobada por la Municipalidad competente, donde figure el monto final
de la obra.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
7.- El solicitante no domiciliado en el pas o las empresas extranjeras que no tengan sucursal en el pas,
para acreditar al apoderado o representante, segn corresponda, deber presentar copia simple del
poder vigente inscrito en Registros Pblicos del Per, con una antigedad no mayor a sesenta (60) das
calendario a la fecha de presentacin de la solicitud.Artculo 508 del Reglamento Consular del Per, aprobado por Decreto Supremo
N 076-2005-RE, publicado en separata especial el 25.10.2005 8.- Copia de la escritura pblica de constitucin y del ltimo aumento de capital o documentos que
acrediten la conformacin jurdica de la matriz, inscrito en Registros Pblicos o autoridad competente en
el pas de origen. En el caso que en dichos documentos no figure la distribucin de acciones, podra
presentar documento similar al libro de matrcula de acciones o acta de la Junta General de Accionistas de
la empresa en la cual se desprenda esta informacin.
9.- Estados Financieros individuales o consolidados en los que se pueda evidenciar en forma individual la
informacin de la empresa que solicita aumento de capacidad mxima de contratacin, correspondiente
al ltimo ejercicio econmico auditado (dictamen del auditor, balance general, estado de ganancias y
prdidas y notas o anexos contables), que permitan acreditar los siguientes indicadores:
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)3.- Tener inscripcin vigente en el RNP. Portal del OSCE
Quinta Disposicin Complementaria del Decreto Legislativo N 757, Ley Marco para
el Crecimiento de la Inversin Privada, publicado el 13.11.1991
4.- Copia simple del ttulo profesional del plantel tcnico o documento de afiliacin profesional o
colegiatura.
5.- Copia simple de la planilla del mes anterior a la fecha de presentacin de la solicitud donde figuren los
integrantes del plantel tcnico o copia simple del contrato de trabajo a plazo indeterminado, si la relacin
laboral comenz en el mes de iniciado el trmite.Artculos 252, 255, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278 y 279 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto
Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009, modificado por el Decreto
Supremo N 021-2009-EF, publicado el 01.02.2009, por el Decreto Supremo N 140-
2009-EF, publicado el 23.06.2009, y por el Decreto Supremo N 154-2010-EF,
publicado el 18.07.2010
6.- Estar al da en la declaracin mensual del rcord de ejecucin de obras durante la vigencia de su
inscripcin y siempre que haya ejecutado obras.
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.20072.- Pago de la tasa correspondiente.
Director de SEACEDomiciliado: (Solicitud para Aumento de Capacidad / Ampliacin de Especialidad - Ejecutor o Consultor de Obras)
DSE-SREG-FOR-0015/
Base Legal: No Domiciliado: Solicitud para Ejecutor o Consultor de Obras Extranjero NoDomiciliado (Inscripcin/Renovacin / Aumento de Capacidad /
Ampliacin de Especialidad)
DSE-SREG-FOR-0014/Artculo 9 del Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado,
publicado el 04.06.2008. -Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
S/. 781.00 X 30
(treinta) a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Subdirector de
Registro
Subdirector de
Registro
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
Subdireccin del
Registro
*En consultoras de obras pblicas presentarn:
Copia simple del contrato de consultora de obra y
Copia simple del documento de culminacin expedido por la entidad contratante.
*En consultora de obras privadas presentarn:
Copia simple del contrato de consultora de obra,
Copias simples de los comprobantes de pago y
Copia simple de la constancia de culminacin respectiva.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
32AUMENTO DE CAPACIDAD MXIMA DE CONTRATACIN DE EJECUTORES DE
OBRAS PBLICAS, PERSONA JURDICA EXTRANJEROS1.- Solicitud dirigida a la Subdireccin del Registro, segn formulario oficial debidamente llenado: 21.11%
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007.
Subdireccin del
RegistroArtculos 252, 265 266, 267, 268, 269, 270 y 271 del Reglamento de la Ley
de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF,
publicado el 01.01.2009, modificado por el Decreto Supremo N 021-2009-EF,
publicado el 01.02.2009, por el Decreto Supremo N 140-2009-EF, publicado el
23.06.2009, y por el Decreto Supremo N 154-2010-EF, publicado el 18.07.2010
5.- La experiencia en la especialidad se acreditar con un servicio de consultora de obra, de la siguiente
manera:
En consultora de obras pblicas presentarn: (Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Subdirector de
Registro
Subdirector de
RegistroDirector de SEACE
Base Legal: 2.- Pago de la tasa correspondiente. Portal del OSCEArtculo 9 del Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado,
publicado el 04.06.2008.3.- Tener inscripcin vigente en el RNP.
4.- Estar al da en la declaracin mensual del rcord de consultora de obras durante la vigencia de su
inscripcin y siempre que haya suscrito contratos.
31 AMPLIACIN DE ESPECIALIDAD DE CONSULTORES DE OBRAS PBLICAS,
PERSONA NATURAL NACIONAL
1.- Solicitud dirigida a la Subdireccin del Registro, segn formulario oficial debidamente llenado:
(Solicitud para Aumento de Capacidad / Ampliacin de Especialidad - Ejecutor o Consultor de Obras)DSE-SREG-FOR-0015/ 10.55% S/. 390.50 X 30
(treinta)
Pgina 11 de 33
Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
(i) En el caso de obras culminadas que por su naturaleza no corresponda la presentacin de los
documentos indicados, se adjuntarn copias simples de contratos, facturas y de la conformidad
mediante documento emitido por una institucin pblica o privada, segn corresponda.
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
5.- Copia simple del acta o testimonio o libro de matrcula de acciones en la cual figure la distribucin de
acciones, cuando dicha informacin no se encuentre registrada en la partida electrnica emitida por
SUNARP.
6.- Copia simple de los Estados Financieros del ltimo ejercicio econmico declarado a la SUNAT y la
constancia de presentacin respectiva o estados Financieros auditados Individuales (dictamen del auditor,
balance general, estado de ganancias y prdidas, notas o anexos contables).
Artculos 252, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278 y 279 del Reglamento de
la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-
EF, publicado el 01.01.2009, modificado por el Decreto Supremo N 021-2009-EF,
publicado el 01.02.2009, por el Decreto Supremo N 140-2009-EF, publicado el
23.06.2009, y por el Decreto Supremo N 154-2010-EF, publicado el 18.07.2010 7.- Estar al da en la declaracin mensual del rcord de ejecucin de obras durante la vigencia de su
inscripcin y siempre que haya ejecutado obras.
8.- Documentos para acreditar experiencia en obras culminadas en los ltimos cinco (05) aos,
considerados hasta la fecha de presentacin de la solicitud.
*En obras pblicas culminadas se presentarn:
- Copia simple del contrato de obra,
Copia simple del acta de recepcin. Copia
simple de la resolucin de liquidacin o liquidacin final de la obra con VB de la Entidad o Supervisor.
*En obras privadas culminadas se presentarn (i):
Copia simple del contrato de obra y
Copia simple del certificado de conformidad de obra municipal y/o de la declaratoria de fbrica inscrita
en Registros Pblicos del Per o aprobada por la Municipalidad competente, donde figure el monto final
de la obra.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
Director de SEACE
Base Legal: 3.- Tener inscripcin vigente en el RNP.Artculo 9 del Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado,
publicado el 04.06.2008.
4.- Copia simple de la planilla electrnica del mes anterior a la fecha de presentacin de la solicitud donde
figuren los integrantes del plantel tcnico o copia simple del contrato de trabajo a plazo indeterminado, si
la relacin laboral comenz en el mes de iniciado el trmite.
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
Subdireccin del
Registro
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
S/. 781.00 X 30
(treinta) a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Subdirector de
Registro
Subdirector de
Registro
11.- Los documentos provenientes del extranjero debern cumplir con las formalidades sealadas en el
artculo 255 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Dichas formalidades debern contar
con una antigedad no mayor a ciento cincuenta (150) das calendario, contado a partir del refrendo por
el Ministerio de Relaciones Exteriores del Per, a la fecha de presentacin de la solicitud.
33 AUMENTO DE CAPACIDAD MXIMA DE CONTRATACIN DE EJECUTORES DE
OBRAS PBLICAS, PERSONA JURDICA NACIONAL1.- Solicitud dirigida a la Subdireccin del Registro, segn formulario oficial debidamente llenado:
(Solicitud para Aumento de Capacidad / Ampliacin de Especialidad - Ejecutor o Consultor de Obras)DSE-SREG-FOR-0015/ 21.11%
2.- Pago de la tasa correspondiente. Portal del OSCE
10.- Documentos para acreditar experiencia en obras culminadas en los ltimos cinco (05) aos,
considerados hasta la fecha de presentacin de la solicitud.
*En obras pblicas y privadas culminadas en el extranjero:
Copia simple del contrato de obra y
Copia simple del certificado de culminacin o documento similar donde figure el monto final de la obra.
*En obras culminadas en el Per:
En Obras pblicas presentarn:
- Copia simple del contrato de obra,
Copia simple del acta de recepcin.
Copia simple de la resolucin de liquidacin o liquidacin final de la obra con VB de la Entidad o
Supervisor.
En obras privadas presentarn (i):
Copia simple del contrato de obra y
Copia simple del certificado de conformidad de obra municipal y/o de la declaratoria de fbrica inscrita
en Registros Pblicos del Per o aprobada por la Municipalidad competente, donde figure el monto final
de la obra.
(i) En el caso de obras culminadas que por su naturaleza no corresponda la presentacin de los
documentos indicados, se adjuntarn copias simples de contratos, facturas y de la conformidad
mediante documento emitido por una institucin pblica o privada, segn corresponda.
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Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominacin
Formulario / Cdigo /
Ubicacin (en % UIT) (en S/.) Automtico
EVALUACIN PREVIA
RECONSIDERACIN APELACINPositivo
N
de
Orden
DENOMINACIN DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIN CALIFICACINPLAZO PARA
RESOLVER
(en das hbiles)
INICIO DEL
PROCEDIMIENTO
AUTORIDAD
COMPETENTE
PARA RESOLVER
(i) En el caso de obras culminadas que por su naturaleza no corresponda la presentacin de los
documentos indicados, se adjuntarn copias simples de contratos, facturas y de la conformidad
mediante documento emitido por una institucin pblica o privada, segn corresponda.
10.- Los documentos provenientes del extranjero debern cumplir con las formalidades sealadas en el
artculo 255 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Dichas formalidades debern contar
con una antigedad no mayor a ciento cincuenta (150) das calendario, contado a partir del refrendo por
el Ministerio de Relaciones Exteriores del Per, a la fecha de presentacin de la solicitud.
8.- Estados Financieros individuales del ltimo ejercicio econmico auditados (dictamen del auditor,
balance general, estado de ganancias y prdidas, notas o anexos contables), que permitan acreditar los
siguientes indicadores:Endeudamiento = Patrimonio / (Pasivo corriente + Pasivo no corriente)Liquidez Corriente = Activo Corriente / Pasivo corrienteSolvencia Patrimonial = Patrimonio / Capital SocialMargen Bruto = Utilidad Operativa / (Patrimonio + Pasivo no corriente)
9.- Documentos para acreditar experiencia en obras culminadas en los ltimos cinco (05) aos,
considerados hasta la fecha de presentacin de la solicitud.
*En obras pblicas y privadas culminadas en el extranjero:
Copia simple del contrato de obra y
Copia simple del certificado de culminacin o documento similar donde figure el monto final de la obra..
*En obras culminadas en el Per:
Obras pblicas presentarn:
- Copia simple del contrato de obra,
Copia simple del acta de recepcin.
Copia simple de la resolucin de liquidacin o liquidacin final de la obra con VB de la Entidad o
Supervisor.
En obras privadas presentarn (i):
Copia simple del contrato de obra y
Copia simple del certificado de conformidad de obra municipal y/o de la declaratoria de fbrica inscrita
en Registros Pblicos del Per o aprobada por la Municipalidad competente, donde figure el monto final
de la obra.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.
-Plazo de
resolucin.- 30 das
hbiles.Artculos 252, 255, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278 y 279 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto
Supremo N 184-2008-EF, publicado el 01.01.2009, modificado por el Decreto
Supremo N 021-2009-EF, publicado el 01.02.2009, por el Decreto Supremo N 140-
2009-EF, publicado el 23.06.2009, y por el Decreto Supremo N 154-2010-EF,
publicado el 18.07.2010
5.- En caso de solicitar una capacidad mxima de contratacin mayor a 1,500 UIT, deber presentar copia
simple de la planilla del mes anterior a la fecha de presentacin de la solicitud donde figuren los otros
integrantes del plantel tcnico o copia simple del contrato de trabajo a plazo indeterminado, si la relacin
laboral comenz en el mes de iniciado el trmite.
6.- Estar al da en la declaracin mensual del rcord de ejecucin de obras durante la vigencia de su
inscripcin y siempre que haya ejecutado obras.
7.- El solicitante no domiciliado en el pas o las empresas extranjeras que no tengan sucursal en el pas,
para acreditar al apoderado o representante, segn corresponda, deber presentar copia simple del
poder vigente inscrito en Registros Pblicos del Per, con una antigedad no mayor a sesenta (60) das
calendario a la fecha de presentacin de la solicitud.
Artculo 508 del Reglamento Consular del Per, aprobado por Decreto Supremo
N 076-2005-RE, publicado en separata especial el 25.10.2005
(Sede Central u
Oficinas
Desconcentradas)
2.- Pago de la tasa correspondiente.
Quinta Disposicin Complementaria del Decreto Legislativo N 757, Ley Marco para
el Crecimiento de la Inversin Privada, publicado el 13.11.1991
3.- Tener inscripcin vigente en el RNP. Portal del OSCE4.- Copia simple del ttulo profesional del solicitante y del plantel tcnico o documento de afiliacin
profesional o colegiatura.
Director de SEACE
Base Legal: No Domiciliado: Solicitud para Ejecutor o Consultor de Obras Extranjero NoDomiciliado (Inscripcin/Renovacin / Aumento de Capacidad /
Ampliacin de Especialidad)
DSE-SREG-FOR-0014/Artculo 9 del Decreto Legislativo N 1017, Ley de Contrataciones del Estado,
publicado el 04.06.2008. -Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
Ley N 29060, Ley del Silencio Administrativo, publicada el 07.07.2007
S/. 390.50 X 30
(treinta) a) rea de
Trmite
Documentario del
OSCE
Subdirector de
Registro
Subdirector de
Registro
-Plazo de
presentacin.- 15
das hbiles desde la
notificacin del acto.
Subdireccin del
Registro
34AUMENTO DE CAPACIDAD MXIMA DE CONTRATACIN DE EJECUTORES DE
OBRAS PBLICAS, PERSONA NATURAL EXTRANJEROS1.- Solicitud dirigida a la Subdireccin del Registro, segn formulario oficial debidamente llenado: 10.55%
Domiciliado: (Solicitud para Aumento de Capacidad / Ampliacin de Especialidad - Ejecutor o Consultor de Obras)
DSE-SREG-FOR-0015/
Pgina 13 de 33
Texto nico de Procedimientos AdministrativosTUPA - OSCE
Negativo
INSTANCIAS DE RESOLUCIONES DE
RECURSOS
Nmero y Denominac
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