ACUERDO DE LAJUNTA DE GOBIERNO
LOCAL
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Fecha: 09/11/2011
CONCESIÓN DEL USO PRIVATIVO DEL INMUEBLE MUNICIPAL EN EL CENTRO CIVICODEL BARRIO DE YAGÜE. PLIEGO DE CONDICIONES.
La Junta de Gobierno Local, con base en los siguientes,
FUNDAMENTOS
1. El Ayuntamiento de Logroño ha construido a su costa en la Ciudad de Logroño, en su Barrio de Yagüe, un edificio denominado “Centro Cívico”, uno de cuyos espacios va a ser destinado a la instalación de una Cafetería, cuya explotación tiene prevista en régimen de concesión administrativa.
2. A fecha actual se está tramitando el preceptivo expediente administrativo para la afectación del total inmueble al dominio público de servicio público, dejando de tener la calificación jurídica de patrimonial, y posibilitando la explotación del referido espacio en régimen de concesión administrativa.
3. El Pliego de Condiciones para la concesión del uso privativo del espacio referido, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria con varios criterios de adjudicación, redactado por el Gestor de Patrimonio y Técnico de Administración General de Asistencia Jurídica, con fecha 11 de octubre de 2011.
4. La competencia en materia de gestión patrimonial está atribuida a la Junta de Gobierno Local, conforme artículo 127.1.f. de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003.
5. Los informes preceptivos emitidos por la Asesoría Jurídica Municipal y el Interventor General Municipal de fechas 14 y 17 de octubre de 2011, respectivamente.
6. La propuesta de acuerdo redactada por el T.A.G. de Asistencia Jurídica.
Adopta los siguientes acuerdos:
Primero: Aprobar el expediente instruido para la adjudicación de la concesión del uso privativo del espacio destinado a Cafetería perteneciente al “Centro Cívico del Barrio de Yagüe” en la ciudad de Logroño.
Segundo: Aprobar el Pliego de condiciones regulador de la licitación, referenciado en el Fundamento 2 del presente acuerdo y que se adjunta como Anexo.
Tercero: En función de la expuesto en el Fundamento 2. Del presente acuerdo, la
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adjudicación de la concesión se diferirá a la afectación definitiva del inmueble al servicio público.
ANEXO
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONCESION DEL USO PRIVATIVO DE LA CAFETERIARESTAURANTE DEL CENTRO CIVICO DE YAGÜE.
INDICE
Capítulo 1. Disposiciones Generales.
Capítulo 2. Adjudicación y Formalización del contrato.
Capítulo 3. Cumplimiento del contrato.
Capítulo 4. Responsabilidades.
Capítulo 5. Resolución del contrato.
Capítulo 6. Extinción de la concesión.
Capítulo 7. Garantías.
ANEXO 1. Modelo de proposición.
ANEXO 2. Descripción del espacio objeto de la concesión.
ANEXO 3. Descripción del espacio destinado a uso por la Asociación de Mayores del Barrio de Yagüe.
ANEXO 4. Listado de productos y precios.
Capitulo 1. Disposiciones Generales
Condición 1ª
El presente Pliego de Condiciones será aplicable a la concesión del uso privativo del espacio habilitado como cafeteríarestaurante en el inmueble de propiedad municipal que se constata y describe gráficamente en el Anexo 2 del presente Pliego.
El espacio objeto de concesión consta de: sala para cafeteríarestaurante, cocina, almacén de cocina, aseos y cuarto de almacén de materiales de limpieza, ubicándose dentro del edificio destinado a Centro Cívico de Yagüe (C/ Valdegastea con C/Pamplona, en el Barrio de Yagüe).
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El contrato tendrá carácter patrimonial. En cuanto al régimen jurídico, se constata el carácter demanial del inmueble objeto de la concesión, ya que es de titularidad pública municipal y se encuentran afectado al servicio público; y asimismo se constata que la actividad a desarrollar no supone su establecimiento ni explotación directa por la Administración, sino que predomina la utilización privativa del espacio por parte de particulares en beneficio de los usuarios del centro y de la colectividad. De esta forma, teniendo el bien naturaleza demanial, la explotación de la cafeteríarestaurante mediante uso privativo se producirá en régimen de concesión demanial.
La concesión administrativa se regirá por el presente Pliego de Condiciones y las disposiciones especiales que pudieran ser aplicables; la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas; la Legislación de bienes y servicios de las Entidades Locales, específicamente el Reglamento de Bienes de las Corporaciones locales (RD 1372/1986), el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (Decreto de 17 de Junio de 1955); y el resto de disposiciones administrativas que las complementen o desarrollen. Las normas generales del derecho administrativo y en su defecto, las normas del derecho privado, se aplicarán como derecho supletorio (art.5.4 de la LPAP). En especial será de aplicación la Ley 30/2007 de contratos del sector público para la preparación y desarrollo del procedimiento de adjudicación por remisión de la normativa patrimonial (art. 78 del RBEL) y en general, sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse (art.4.2 de LCSP).
La Administración municipal y el adjudicatario de la concesión ostentarán en relación con el contrato las potestades establecidas en el Ordenamiento jurídico vigente y en el presente Pliego.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la contenciosoadministrativa, a tenor de la Ley de dicha jurisdicción.
Condición 2ª
La concesión tiene por objeto la utilización privativa y exclusiva del espacio destinado a cafeteríarestaurante del C.C de Yagüe, para la prestación a los usuarios del centro y al público en general los servicios de cafeteríarestaurante. Asimismo podrá prestarse el servicio de terraza de veladores en el espacio acotado para ello.
Para el uso de la terraza de veladores deberá solicitarse la correspondiente autorización al propio Ayuntamiento de Logroño, ateniéndose al contenido de esta y abonando la correspondiente tasa.
El espacio objeto de la concesión se describe y constata gráficamente en los Anexos 2 y 3 del presente Pliego, incluyendo la totalidad de la Planta Baja del centro.
Las circunstancias generales de esta Planta son las siguientes:
a) Todo el inmueble está libre de cargas, gravámenes, arrendamientos u ocupantes por cualquier título.
b) La concesión sobre el espacio se otorga a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de tercero.
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Condición 3ª
El plazo de la concesión se fija en 15 años, contados desde la fecha de adjudicación definitiva de la misma.
Una vez finalizado el plazo antes señalado, la concesión se entenderá prorrogada por periodos anuales, con un máximo de 3 prórrogas, siempre que alguna de las partes no manifieste su voluntad en contrario con tres meses de antelación al vencimiento del plazo contractual o de la prórroga en vigor.
Condición 4ª
Será admisible la novación del contrato por cesión de los derechos del concesionario a otra persona, cuando se cumpla alguno de los siguientes requisitos:
a) Que se haya prestado el servicio durante un periodo de tiempo no inferior a la tercera parte del plazo contractual.
b) Que existan supuestos excepcionales apreciados por parte de la Administración Municipal.
En todo caso, la novación deberá ser objeto de autorización expresa por parte de la Administración Municipal.
Capitulo 2. Selección, Adjudicación y Formalización del Contrato
Condición 5ª
La concesión se adjudicará mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, según los criterios de adjudicación que más adelante se señalan, convocado por anuncio inserto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Podrán tomar parte en la licitación todas aquellas personas físicas o jurídicas, que tengan plena capacidad de obrar, no se hallen incursas en las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público y cumplan los requisitos establecidos en el presente Capítulo.
La participación en la licitación presume la aceptación incondicional de la totalidad del presente Pliego, sin salvedad alguna.
Condición 6ª
Los licitadores presentarán dos sobres cerrados y firmados por él mismo o persona que lo represente, en los que se indicarán, además de la razón social y denominación de la Entidad licitadora y un número de teléfono de contacto, la siguiente leyenda:
“Proposición para tomar parte en la licitación convocada por el Ayuntamiento de Logroño, para la Concesión del uso privativo del espacio destinado a cafeteríarestaurante del C.C Yagüe”.
Las proposiciones contendrán: el Sobre (A) la documentación exigida para tomar parte en la licitación y el Sobre (B) la documentación correspondiente a criterios no cuantificables automáticamente.
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SOBRE A:
a) Documento Nacional de Identidad, si el licitador es persona individual. Si es persona jurídica, copia de la escritura de constitución de la Sociedad, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso en el correspondiente Registro oficial. Copia del C.I.F. de la persona jurídica. Documento Nacional de Identidad de la persona que formula la proposición y documento justificativo y suficiente para actuar en nombre de la Sociedad y obligarla. Si se actúa por representación, poder bastanteado por la Secretaria Gral. del Ayto. de Logroño.
b) Solicitud de admisión a la licitación.
c) Declaración de que el licitador expresamente y en su caso de todas aquellas Entidades con las que subcontrate, no están incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artº 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
d) La documentación que justifique los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, a que se hace referencia en la condición 7ª, como "Memoria de la Entidad licitadora".
e) Justificante de haber constituido la garantía provisional.
SOBRE B:
a) Proyecto de Actividad.
b) Oferta Económica.
Condición 7ª
El documento “Memoria de la Entidad licitadora”, acreditará con la documentación pertinente la solvencia organizativa, económica, financiera y técnica de la Entidad para la gestión de actividad con el siguiente contenido mínimo: Referencias sociales y organizativas de la Entidad licitadora. Informe de instituciones financieras. Actividades realizadas en los ámbitos de la actividad objeto de concesión, con especificación de las realizadas y gestionadas hasta la fecha.Y cuantas circunstancias se estimen de interés en orden a la apreciación por la Administración municipal de la solvencia organizativa, económica, financiera y técnica del licitador.
El documento “Proyecto de Actividad”, se formulará con el siguiente contenido mínimo:
a) Proyecto o memoria de gestión del servicio de CafeteríaRestaurante del Centro Cívico.b) Relación de medios personales que se adscribirán al contrato.
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c) En su caso, documentación que acredite de forma fehaciente el carácter de Empresa dedicada a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social o Entidad sin ánimo de lucro.
d) Proyecto de decoración y equipamiento interior del inmueble destinado a CafeteríaRestaurante.e) Lista de precios del servicio de CafeteríaRestaurante.f) Mejoras que se oferten respecto a las obligaciones establecidas en este Pliego.
El documento “Propuesta de limpieza y mantenimiento de la Planta baja” (uso por parte de la Asociación de Mayores del Barrio de Yagüe)
a) Proyecto de limpieza de la zona: frecuencias, organización del trabajo, medios personales y técnicos, etc.
b) En su caso, otras mejoras.
Condición 8ª
El plazo de presentación de proposiciones será de UN MES, a partir de la fecha en que tenga lugar la inserción del anuncio de licitación en el B. O. de La Rioja. Los licitadores podrán visitar el espacio en el día y hora que se señale por parte de la Dirección General de Atención, Información y Participación Ciudadana.
Las proposiciones se presentarán en el Ayuntamiento de Logroño, Unidad Administrativa de Secretaría General, hasta las 14 horas del último día del plazo, o hasta la hora fijada de atención al público en supuestos de jornada reducida, o a través de los procedimientos indicados en el art. 80 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En Correos u otros Registros Públicos se presentarán según su horario de apertura al público. Si la Proposición se envía por correo, se deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax (941277006), telegrama o correo electrónico (contratacion@logroo.org) en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación ésta no será admitida en ningún caso.
Calificación documental y solvencia. La calificación de la documentación a que se refiere la siguiente cláusula, se efectuará por la Mesa de Contratación. El Presidente ordenará la apertura del sobre A, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos, aprovechando el levantamiento del oportuno Acta a que se refiriere el apartado siguiente.
Si la Mesa de Contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación incluida en el sobre A, lo comunicará verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que estas circunstancias se hagan publicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa.
Calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de los que adolezca, la Mesa de Contratación declarará admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el artículo 130 de la Ley de Contratos del Sector Público, procediéndose, en su caso, al examen y valoración de la solvencia, conforme se prevé en el
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artículo 82 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, haciendo declaración expresa de los rechazados, así como de las causas de su rechazo. De todo lo actuado se dejará constancia en el acta que recoge el siguiente apartado.
Apertura de Proposiciones (Sobre B). Realizadas las actuaciones anteriores, tendrá lugar en acto público a las 12 horas del segundo día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones, la apertura del sobre B, entregándose a los Servicios Técnicos la documentación contenida en el mismo. De todo ello se dejará constancia mediante la extensión del Acta que, a efectos prácticos, en aras de una mayor agilidad y eficiencia de funcionamiento, la Mesa de Contratación recogerá en un solo documento, constatando asimismo las actuaciones llevadas a cabo sobre calificación documental y de solvencia.
No obstante, si a resultas de la calificación documental, prevista en el apartado anterior, se produjera el supuesto de subsanación de la documentación, la Mesa de Contratación suspenderá el acto de apertura comunicándolo a todos los interesados, y quedará automáticamente convocado el séptimo día natural siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones, a la misma hora; salvo que, por razón de una rápida cumplimentación del tramite por parte de los interesados, pueda anticiparse la realización de esta apertura del sobre B, en cuyo caso se informara inmediatamente a todos los licitadores de la fecha y hora de su celebración. De todo ello se dejará constancia en el Acta que se extienda.
A los efectos contemplados en los anteriores apartados, el sábado tendrá la consideración de inhábil.
Si el último día del plazo de presentación de proposiciones es sábado o festivo, se ampliará hasta el primer día hábil siguiente.
Condición 9ª
Los criterios de valoración para la resolución de la licitación serán los siguientes:
a) Proyecto de la Actividad……………. ………………………………. ..Hasta 5 puntos.b) Oferta de gestión de limpieza y mantenimiento de la Planta Baja (Asociación de Mayores de Yagüe)
………….………………………..... ..................Hasta 2 puntos.c) Lista de precios...............................................................................Hasta 2 puntos.d) Oferta económica............................................................................Hasta 1 punto.
Se valorará especialmente dentro de la oferta, la presentación por el licitador de rebajas en la lista de precios para los jubilados de la Asociación de Mayores de Yague.
Quedarán automáticamente excluidas de la licitación, las proposiciones cuyo Proyecto de Actividad no supere los 3 puntos.
Condición 10ª La Mesa de Contratación formulará propuesta de adjudicación del contrato al Organo de contratación, sobre la base de las conclusiones, dictámenes o informes emitidos.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el
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requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de la sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme el artículo 53.2 y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios del presente pliego.
La adjudicación se notificará a los licitadores y se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja.
Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato en escritura pública.
La adjudicación del contrato será competencia de la Junta de Gobierno Local.
La concesión podrá formalizarse en escritura pública a solicitud de cualquiera de las partes, una vez constituida la fianza definitiva, siendo de cuenta del solicitante la totalidad de los gastos que se originen.
Capitulo 3. Cumplimiento del contrato
Condición 11ª
El equipamiento e instalación del mobiliario preciso y adecuado para la prestación de la actividad será de cuenta del adjudicatario, debiendo indicar en su oferta (documento “Proyecto de Actividad”) el detalle del equipamiento con que prevé dotar la prestación del servicio.
Será de cuenta del adjudicatario la instalación del rótulo luminoso con la leyenda “BARRESTAURANTECAFETERIA”, con la imagen y diseño que se le facilite por la Administración Municipal.
El plazo máximo para comenzar la prestación de los servicios a realizar en el espacio concedido será de dos meses, contados desde la fecha de puesta a disposición del concesionario del espacio e instalaciones concedidas.
El concesionario queda obligado a cumplir los fines establecidos con arreglo al presente Pliego de Condiciones y al Proyecto de Actividad presentado en la licitación.
La Administración municipal podrá prorrogar los plazos señalados en el Proyecto de Actividad a desarrollar en los inmuebles concedidos por motivos justificados, a solicitud de la persona o Entidad adjudicataria.
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La prestación de los servicios concedidos se efectuará aportando el concesionario los elementos necesarios de personal, así como de materiales, exceptuando el equipamiento que se constata en el Anexo 2 del presente Pliego.
El espacio concedido será utilizado por el concesionario a los exclusivos efectos de la prestación de los servicios establecidos en el presente Pliego, quedando prohibida expresamente la realización en los mismos de cualquier actividad distinta de aquellos.
Condición 12ª
Los servicios de cafeteríarestaurante se prestarán a lo largo de todo el año, siendo el horario mínimo de apertura al público de la Cafetería el comprendido entre las 10,00 horas y las 21,00 horas; y el máximo, el permitido por la normativa vigente en la materia.
Los periodos y horarios indicados, tienen el carácter de mínimos y podrán ser ampliados a solicitud del concesionario, previo acuerdo municipal aprobatorio de la modificación pretendida que en todo caso, tiene carácter discrecional.
En todo caso, deberá cumplirse lo establecido en la normativa sectorial correspondiente.
Condición 13ª
En la prestación del servicio el concesionario observará las prescripciones establecidas por la Legislación vigente.
La Administración Municipal tendrá facultad para prohibir la venta de artículos que puedan afectar a la limpieza y ambientación del local o del entorno.
El contratista procurará disponer de, al menos, los productos que se especifican en el Anexo 4.
El contratista establecerá los precios de las consumiciones con sujeción a la vigente legislación y a su oferta, debiéndose atenerse a los precios que como máximo se fijan en el Anexo 4.
El contratista observará en la prestación del servicio una esmerada limpieza, patente en vajilla, vestuario, materiales, instalaciones y locales.
Condición 14ª
Queda prohibida la instalación en el local objeto del contrato de máquinas “tragaperras” y de anuncios o cualquier elemento de propaganda.
La Administración Municipal, tendrá potestad para:
a) Prohibir la instalación o funcionamiento de equipos de reproducción sonora o visual, máquinas recreativas o de venta mecánica, y la realización de cualquier acto que afecte o pueda afectar a unas adecuadas condiciones de limpieza, ambientación o tranquilidad de las instalaciones y el
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entorno.
b) Ordenar la adopción de las medidas necesarias para garantizar las condiciones expresadas en el párrafo anterior.
Condición 15ª
Corresponderá al concesionario la obtención de cuantos permisos o autorizaciones sean necesarios para el desarrollo de la actividad objeto de la concesión.
Condición 16ª
El concesionario asume la prestación de la limpieza y mantenimiento de la totalidad de la Planta Baja del edificio (se describe en el Anexo 3), incluyendo ventanas y fachada exterior, (referida únicamente a la Planta Baja) puerta principal y pasillo de acceso al edificio, pasillos interiores, ventanales, cristales, dependencias, mobiliario y resto de enseres afectos a la misma.
Dicha Planta baja estará destinada a sede social y centro de actividades de la Asociación de Mayores del Barrio de Yagüe, pudiendo la Administración Municipal variar estos usos e incluso ceder algún espacio de esta planta a otros colectivos.
Esta Planta Baja, en su integridad, con sus instalaciones y elementos materiales serán mantenidos por el concesionario en buen estado, efectuando por su cuenta las obras y actividades necesarias de reparación y conservación; asimismo, el Ayuntamiento podrá exigir al concesionario la realización de obras y tareas concretas de reparación o conservación.
En especial, serán obligaciones del concesionario relacionadas con esta prestación:
a) El cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
b) Antes del inicio de la explotación, se realizará un inventario de todos los elementos existentes, inventario que será suscrito por las partes contratantes y quedando unida copia al contrato y será revisado periódicamente por ambas partes.
c) Los gastos de la Planta Baja (cuyo uso corresponderá a la Asociación de Mayores del Barrio de Yagüe) correspondientes a electricidad y canon de televisión y/o audiovisuales (en su caso), durante la explotación de la concesión de la cafeteríarestaurante correrán a cargo del adjudicatario.
A los efectos anteriores deberá asumir y suscribir el correspondiente contrato de suministro de energía eléctrica.
El consumo de agua será a cargo de la Administración Municipal.
d) La limpieza y mantenimiento de los locales e instalaciones se llevará a cabo en horario que no
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cause perjuicio a los usuarios de las instalaciones, debiendo poner de acuerdo con el responsable que se designe por la Administración Municipal.
e) Velará en todo caso, por que se haga un uso racional de los consumos de agua y luz, ostentando para ello la correspondiente autoridad como responsable de la instalación.
Condición 17ª
Los medios materiales necesarios para el cumplimiento del contrato que no sean facilitados por el Ayuntamiento de Logroño, serán aportados por el concesionario; dichos medios deberán ser de primera calidad y con la adecuada aptitud para el servicio.
La Administración municipal se reserva la facultad de rechazar los elementos materiales que por su calidad o diseño no estén en consonancia con el conjunto y ambientación del edificio. Expresamente el concesionario asume la obligación de someter a aprobación Municipal el Proyecto de decoración y equipamiento interior del inmueble destinado a Cafetería.
Condición 18ª
El régimen económico de la concesión será el siguiente:
La concesión se otorga a riesgo y ventura del contratista.
El adjudicatario del presente contrato abonará al Ayuntamiento de Logroño el importe ofrecido por el mismo en su proposición económica, debiendo incluir la parte correspondiente al IVA.
El canon concesional a abonar a la Administración municipal será el que resulte de la licitación. Tendrá carácter anual y el abono del mismo se efectuará mensualmente por doceavas e iguales partes, contra la expedición del correspondiente recibo, que deberá ser ingresado por el concesionario en los plazos establecidos en la correspondiente Ordenanza Fiscal. Se actualizará anualmente con efectos de 1 de Enero, en función del Indice General de Precios al Consumo, Conjunto Nacional, del ejercicio anterior, mediante el cobro de los atrasos correspondientes del ejercicio si fuera preciso.
El canon correspondiente al ejercicio de la adjudicación de la concesión, se prorrateará en función de los meses de ejercicio efectivo de la concesión.
Sin perjuicio de lo que proceda en cuanto a la resolución del contrato, el retraso en los pagos comportará la utilización de la vía de apremio administrativa para la recaudación ejecutiva de las cantidades impagadas.
La retribución del concesionario se compondrá, única y exclusivamente, de la explotación de la Cafeteríarestaurante.
Serán de cuenta del concesionario la totalidad de los gastos que se deriven del presente contrato, incluyendo de forma expresa el alta y consumo de cualquier suministro; asimismo será de su cuenta el pago de cuantos tributos y exacciones graven la actividad objeto del presente contrato, incluida, en su caso, la tasa por la instalación de terraza de veladores.
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Capitulo 4. Responsabilidades
Condición 19ª
La Administración municipal y el concesionario quedarán sujetos a resarcir los daños e indemnizar los perjuicios que se causen, si en el cumplimiento de sus respectivas obligaciones derivadas del contrato incurrieren en dolo, negligencia o morosidad o de cualquier modo contravinieren el tenor literal de aquellas.
Condición 20ª
El incumplimiento por el concesionario de las obligaciones establecidas en el presente Pliego, sin perjuicio de lo que proceda en cuanto a la resolución de la concesión en los términos establecidos en el presente Pliego, determinará la imposición de penalidades al adjudicatario por la Administración municipal.
En especial, procederá la imposición de penalidades al adjudicatario en los siguientes supuestos y por las cuantías que se señalan:
• Tendrán la consideración de faltas muy graves:
a) La suspensión de la actividad objeto de la concesión por plazo superior a cuarenta días.
b) La producción de daños graves en el espacio objeto de la concesión y en el resto del edificio.
c) El retraso en el comienzo de la prestación de los servicios por tiempo superior a un mes, contado desde la fecha establecida en la cláusula 11ª.
d) El incumplimiento de la obligación establecida en la Condición 22ª.2.
e) Ceder el contrato sin previa autorización municipal.
f) El incumplimiento de los actos dictados por la Administración Municipal en el ejercicio de las potestades constatadas en las cláusulas 13ª.2 y 14ª.
g) El incumplimiento del Proyecto de actividad ofertado para la licitación, siempre que no merezca ser calificado como falta grave o leve.
h) La comisión de dos faltas graves en el periodo de doce meses.
• Tendrán la consideración de faltas graves:
a) La no prestación de los servicios objeto del contrato por plazo superior a veinte días, contado desde el requerimiento de la Administración Municipal.
b) La prestación defectuosa del servicio cuando su irregularidad haya sido previamente advertida por la Administración Municipal.
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c) El defectuoso cumplimiento de los actos dictados por la Administración Municipal en el ejercicio de sus potestades; y el incumplimiento de los mismos, salvo en los casos tipificados como faltas muy graves.
d) La defectuosa ejecución de las obras e instalaciones fijas en los locales ofertadas en el proyecto o memoria de gestión.
e) La falta de aseo y limpieza en la prestación de los servicios.
f) La manifiesta reiteración en faltas leves.
• Tendrán la consideración de faltas leves las que, implicando falta de realización o realización defectuosa de las actividades para la prestación de los servicios, no estén tipificadas expresamente como graves o muy graves.
Condición 21ª
La comisión de faltas dará lugar a la imposición de las siguientes penalidades:
a) Faltas muy graves: de 601 a 1.000 euros.
b) Faltas graves: de 301 a 600 euros.
c) Faltas leves: de 30 a 300 euros.
Las penalidades se impondrán por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, que será inmediatamente ejecutivo y se harán efectivas con cargo a la fianza definitiva y en caso de resultar insuficiente, con cargo a los demás bienes del concesionario.
Acordada la imposición de la penalidad, la Administración municipal requerirá a la Entidad adjudicataria el cumplimiento de la obligación incumplida en el plazo que al efecto se señale, con apercibimiento de resolución del contrato en caso de incumplimiento.
Las responsabilidades del concesionario ante la Administración municipal se harán efectivas con cargo a la fianza definitiva y en caso de resultar insuficiente, con cargo a los demás bienes de la misma.
Condición 22ª
El concesionario deberá indemnizar a terceros de los daños que les ocasione el funcionamiento de los servicios que se presten en el espacio concedido, salvo si se hubieren producido por actos realizados en cumplimiento de una cláusula impuesta por la Administración concedente con carácter ineludible.
El concesionario deberá aportar a la Administración Municipal, antes del inicio efectivo del contrato, póliza de seguros que cubra los daños el espacio concedido y zona objeto de limpieza y mantenimiento, equipamiento y mobiliario concedidos y la responsabilidad civil por daños en personas o cosas, póliza que podrá ser rechazada por la Administración Municipal por insuficiencia en sus coberturas o en el condicionado general o particular de la misma. Las coberturas mínimas de la póliza de seguros serán las
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Nº : 09112011/O/016
Fecha: 09/11/2011
siguientes:
• Daños: Continente: 100.000 euros. Contenido: 50.000 euros.• Responsabilidad Civil: 600.000 euros por siniestro.
Capitulo 5. Resolución del contrato
Condición 23ª
La Administración Municipal podrá resolver el contrato en los supuestos de acciones u omisiones imputables al concesionario contrarias al Ordenamiento Jurídico o al presente Pliego de Condiciones que afecten a los elementos esenciales del contrato.
Se entenderán comprendidas en el supuesto anterior, entre otras, las siguientes:
1º. Falta de constitución de la garantía definitiva o no concurrencia a la formalización del contrato en escritura pública a requerimiento de la Administración Municipal.
2º. Incumplimiento reiterado en las obligaciones de limpieza y mantenimiento del espacio de la Planta baja.
3º Comisión de una infracción muy grave.
4º Incumplimiento reiterado de las demás obligaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones, en especial las establecidas en las Condiciones 15ª y 22ª.2, y demás causas de resolución establecidas en el artículo 206 de la Ley de Contratos del Sector Público.
5º Declaración de Insolvencia o declaración de concurso del concesionario, o la extinción de su personalidad jurídica, salvo los casos de fusión o absorción.
Salvo en los supuestos 4º y 5º, para que proceda la resolución del contrato será necesario que la Administración requiera al concesionario su cumplimiento en el plazo que al efecto se establezca, con apercibimiento de resolución en caso de incumplimiento. La resolución producirá los siguientes efectos:
1º. Pérdida de la fianza definitiva.
2º. Recuperación por la Administración municipal de la posesión y titularidad plena del espacio concedido, con el equipamiento e instalaciones realizados en los mismos.
3º Imposición de una penalidad contractual por importe de 25.000 euros, actualizable con arreglo al Indice de Precios al Consumo.
Capitulo 6. Extinción de la concesión
Condición 24ª
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La concesión se extinguirá, además de los supuestos de resolución del contrato regulados en el capítulo anterior, por:
a) Muerte o incapacidad sobrevenida del concesionario individual o extinción de la personalidad jurídica.
b) Falta de autorización previa en los supuestos de transmisión o modificación, por fusión, absorción o escisión, de la personalidad jurídica del concesionario.
c) Por vencimiento del plazo concesional.d) Mutuo acuerdo.e) Rescate de la concesión.f) Por cualquier otra causa establecida en el Ordenamiento Jurídico.
Condición 25ª
La extinción por vencimiento del plazo comportará la reversión al Ayuntamiento del espacio concedido, así como del equipamiento incorporado a dichos inmuebles y posibles instalaciones realizadas por la Entidad concesionaria, sin pago de contraprestación o indemnización alguna.
Condición 26ª
El Ayuntamiento de Logroño podrá dejar sin efecto la concesión antes del vencimiento, si así lo justificaren circunstancias sobrevenidas de interés público.
La extinción por el motivo anterior, requerirá el preceptivo expediente contradictorio en orden a la determinación de la procedencia o no de indemnización al concesionario, y el plazo para el desalojo de la parcela.
Condición 27ª
Extinguida la concesión y determinado el plazo para el desalojo del inmueble, el Ayuntamiento tendrá la potestad de acordar y ejecutar por si el lanzamiento del concesionario en caso de incumplimiento de lo anterior, siendo de aplicación las normas reguladoras del procedimiento de desahucio administrativo de los bienes de las Entidades Locales.
Capitulo 7. Garantías
Condición 28ª
Será obligatoria la constitución de garantías, provisional y definitiva. Ambas podrán constituirse mediante aval bancario o cualquiera de los medios establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, y sus cuantías serán las siguientes:
Fianza Provisional: CINCO MIL EUROS (5.000,00 €)Fianza Definitiva: DIEZ MIL EUROS (10.000,00 €)
La garantía provisional para tomar parte en la licitación se devolverá una vez adoptado el acuerdo de
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adjudicación definitiva, salvo al adjudicatario de la concesión.
La garantía definitiva se constituirá por el concesionario en los términos establecidos en la Condición 10ª; y se mantendrá durante la totalidad del plazo concesional.
Logroño, 11 de octubre de 2011.
El Gestor de Patrimonio El T.A.G. de Asistencia Jurídica
Fdo. Juan Manuel Ubago Frias Fdo. Diego Hernáiz Solana
ANEXO 1
MODELO DE PROPOSICION
Don..........................., vecino de ......., con domicilio en.................., y provisto de D.N.I. núm. ......., expedido en ........... el día ...... de ...... de ……....
(En su caso) En nombre propio.
(En su caso) En nombre de la Empresa……………………………. CIF. ……………..
(En su caso) En representación de …………………………………. CIF. …………….
En plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar.
Toma parte en la licitación convocada por el Ayuntamiento de Logroño mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de La Rioja núm. ... de ..........., convocada por el Ayuntamiento de Logroño, para la “Concesión del uso privativo del espacio destinado a cafeteríarestaurante en el Centro Cívico de Yagüe”, descritos en el Anexo 2 del Pliego de Condiciones aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha …………………………, a cuyo efecto hace constar:
a) Que acepta el Pliego de Condiciones regulador de la licitación con cuantas obligaciones y derechos se derivan del mismo..
b) Que aporta los documentos exigidos en el Pliego de Condiciones.
c) Que en concepto de canon concesional ofrece la cantidad de..........................................€, IVA incluido, en los términos de la Condición 18ª del Pliego.
En ................, a .... de ................. de ……………………..
(Firma del proponente).ANEXO 2
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DESCRIPCION DEL ESPACIO OBJETO DE LA CONCESION.
El espacio destinado a concesión se concreta en los siguientes espacios:
a) Sala de cafeteríacomedor con instalación de barra de bar y preinstalación de acometida de servicios. Superficie: 79,18 m2.
b) Sala de Oficio , con preinstalación para acometida de servicios. Superficie: 10,59 m2.
c) Cocina, con preinstalación para acometida de servicios. Superficie: 9,56 m2.
d) Aseos M, debidamente equipados. Superficie: 10,24 m2.
e) Aseo PMR, debidamente equipado. Superficie: 4,05 m2.
f) Cuarto de almacén de limpieza. Superficie: 2,66 m2.
g) Aseos H, debidamente equipados. Superficie: 10,22 m2.
h) Pasillo de distribución: Superficie: 15,12 m2.
i) Pasillo de salida a terraza: Superficie 4,51 m2.
ANEXO 3
DESCRIPCION DEL ESPACIO DE LA PLANTA BAJAASOCIACION DE MAYORES DEL BARRIO DE YAGÜE.
a) Sala Polivalente 1: Superficie de 38, 90 m2.
b) Sala Estancial: Superficie de 61,00 m2.
c) Vestuarios H: Superficie de 9,47 m2.
d) Cuarto de Limpieza: Superficie de 3,46 m2.
e) Baño Geriátrico: Superficie de 4,14 m2.
f) Vestuario M: Superficie de 9,94 m2.
g) Despacho 1: Superficie de 10,44 m2.
h) Despacho 2 : Superficie de 12,27 m2.
i) Despacho 3: Superficie de 12,27 m2.
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j) Despacho 4: Superficie de 10,43 m2.
k) Espacio de salida: Superficie de 4,51 m2.
l) Escaleras de acceso a planta superior: Superficie de 9,39 m2.
m) Vestíbulo : Superficie de 24,46 m2.
ANEXO 4
PRODUCTOS Y PRECIOS MAXIMOS
GRUPO 1: CAFÉS, DESAYUNOS Y MERIENDAS:
Precio CAFÉS SÓLO, CON LECHE O HIELO 1,10 €DESCAFEINADO SOLO O CON LECHE 1,10VASO DE LECHE 0.70INFUSIONES 0.90CHOCOLATE O SIMILAR 1,00CARAJÍLLO 1,00DESAYUNO O MERIENDA CON BOLLERÍA 1.50
GRUPO 2: REPOSTERIA Y CONFITERIA:
Precio CROISSANT PLANCHA 1.20 €TOSTADAS DE PAN * 1,00PORRAS Y CHURROS (RACIÓN)* 1,00BOLLERÍA VARIADA (donuts, ensaimadas, bambas, etc) 1,00
GRUPO 3: CERVEZAS:
Precio CAÑA DE BARRIL SOLA, CLARA O LIMÓN* 1,00 €CERVEZA CORRIENTE 1/5 ( PRIMERAS MARCAS) 1,20CERVEZA BOTE (PRIMERAS MARCAS) 1.20CERVEZA SIN ALCOHOL 1/5* 1,10
GRUPO 4: APERITIVOS, REFRESCOS, ZUMOS Y AGUA MINERAL:
Precio VERMOUT (PRIMERAS MARCAS) 1,50 €VERMOUT CON GINEBRA 1.80MOSTO* 0.80
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REFRESCOS PRIMERAS MARCAS LATAS Y BOTELLAS (NARANJA, LIMÓN, COLA, TÓNICA)*
1 € botesy botellla de 33 cl
BATIDOS, SIDRA 1,00ZUMOS EMBOTELLADOS 1.20ZUMO NATURAL 1.50AGUA MINERAL 1/3 LITRO* 0.70AGUA MINERAL 1/2 LITRO* 0.90
GRUPO 5: VINOS:
Precio CHATO DE VINO CORRIENTE* 0,70 €CHATO DE VINO DE CRIANZA O RIOJA* 0,90CAÑA DE VINO CRIANZA O RIOJA* 1.10CAÑA DE VINO CORRIENTE* 0,90VINO CRIANZA 1.80TINTO DE VERANO (VINO CON CASERA) 1,10
GRUPO 6: BOCADILLOS Y SANDWICHES:
Precio BOCADILLOS TORTILLA ESPAÑOLA 1.60 €BOCADILLOS (salchichón, chorizo, queso y jamón) 1.50BOCADILLO DE TORTILLA FRANCESA 1.30BOCADILLO DE CALAMARES 1.80BOCADILLO DE BEICON 1.60MONTADOS TORTILLA ESPAÑOLA* 1.30MONTADOS (salchichón, chorizo, queso y jamón)* 1.10SÁNDWICH MIXTO* 1.00SÁNDWICH VEGETAL* 1,20BOLSAS DE DORITOS, PATATAS ETC.* 0.60PULGUITAS VARIADAS 0.60
GRUPO 7: LICORES Y ALCOHOL:
Precio COÑAC (COPA DE VETERANO Y SIMILARES) 1.30 €COÑAC (COPA DE MAGNO Y SIMILARES ) 1.90COÑAC RESERVA (PRIMERAS MARCAS) 5.00SOL Y SOMBRA 2,00WHISKY NACIONAL, PONCHE 2,00WHISKY ESCOCÉS 3,50WHISKY DYC – COCACOLA O REFRESCO 3,00HABANA 7 CON COLA 3,00
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GINEBRA NACIONAL CON TÓNICA 3,00LICOR DE HIERBAS 1,10LICOR DE FRUTAS 0.90COPA DE ANÍS 1.30CHUPITO LICORES 1.40BOTELLA DE SIDRA 2.50VASO DE SIDRA 0,90
RACIONES:
BRAVAS 2 €JAMÓN SERRANO 3 QUESO MANCHEGO 2,80 CROQUETA (unidad) 0,30 PATATAS ALIOLI 2
MENÚS DIARIOS NORMAL Y SIN SAL ETC: 9,00 €
BONO DE 10 MENÚS 70€
EL RESTO DE PRODUCTOS QUE NO APAREZCAN EN EL ANEXO Y EL ADJUDICATARIO PRETENDA AÑADIR TENDRÁ UN PRECIO A LIBRE DISPOSICIÓN DE ESTE, PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA DIRECCION DEL CONTRATO.
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