REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
DE LA ESCUELA “EMILIA ROMAGNA”
DE TRAIGUÉN
2020-2021
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCUELA EMILIA ROMAGNA
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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES
DE LA ESCUELA “EMILIA ROMAGNA”
FUNDAMENTOS
El presente Reglamento, tiene como objetivo establecer normas y /o
procedimientos de evaluación y promoción escolar, en conformidad a las
disposiciones y facultades que otorgan los siguientes Decretos:
Decreto 481/2018, que establece las Bases Curriculares de la Educación
Parvularia.
Decreto 67/2018 del Ministerio de Educación, que regulan la Evaluación y
Promoción de los estudiantes de Educación General Básica
Decreto Supremo de Educación Nº 439/2012, que aprueba Bases
Curriculares de 1° a 6° año básico.
Decreto Supremo de Educación Nº 169/2014, que aprueba Bases
Curriculares de 7° y 8° año básico.
Ley 19.253 o Ley Indígena
Decreto Supremo Nº 924/83
Decreto 170
Decreto 83/2015
Constitución Política de la República, artículo 19 Nº 10
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Ley 20201 con su Decreto 170
Ley 20418 (Plan SAG)
Ley 20845 (Inclusión Escolar)
Ley 20911 (Formación Ciudadana)
Decreto N° 4 Ministerio de Salud/Febrero 2020
Decreto N° 104, Ministerio del Interior/Marzo 2020
Resolución Exenta N°217 Ministerio de Salud
Orientaciones Implementación Priorización Curricular en forma remota y
presencial, Ministerio de Educación UCE/ Julio 2020
La Escuela “Emilia Romagna”, adopta el presente Reglamento que normará
todo el proceso de Evaluación, calificaciones y promoción de los estudiantes,
dentro de las normas legales vigentes y de acuerdo a su Proyecto Educativo
Institucional y Reglamento Interno.
Tendrá vigencia por un período de 2 años, sin perjuicio de ser revisado y
modificado anualmente en forma parcial o total.
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I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º Las disposiciones del presente Reglamento se aplicará a todos
los estudiantes del nivel Pre básica y Educación General Básica
de la escuela “Emilia Romagna” de Traiguén.
ARTÍCULO 2º Los estudiantes serán evaluados y calificados en períodos
semestrales en cada una de las Asignaturas del Plan de
Estudios.
Para efectos del presente decreto, se entenderá por:
a) Reglamento: Instrumento mediante el cual se establecen
los procedimientos de carácter objetivo y transparente para la
evaluación periódica de los logros y aprendizajes de los
alumnos.
b) Evaluación: Conjunto de acciones lideradas por los
profesionales de la educación para que tanto ellos como los
alumnos puedan obtener e interpretar la información sobre el
aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan
promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los
procesos de enseñanza.
c) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a
través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un
significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante
un número, símbolo o concepto.
d) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel del proceso
de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla durante una
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jornada en un año escolar determinado, mediante los Planes y
Programas previamente aprobados por el Ministerio de
Educación.
e) Promoción: Acción mediante la cual el alumno culmina
favorablemente un curso, transitando al curso inmediatamente
superior.
ARTÍCULO 3º Los alumnos serán informados de los criterios de evaluación; a
ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo
y transparente.
La Directora del Establecimiento, jefe de la Unidad Técnica
Pedagógica y Consejo de Profesores decidirán la planificación
del proceso de evaluación y la determinación de todos los
aspectos administrativos complementarios los que serán
comunicados al inicio del año escolar respectivo a los
estudiantes, padres, madres, apoderados (primera reunión,
marzo) y Dirección Provincial de Educación .
II. RÉGIMEN, ESTRATEGIA Y CARÁCTER DE LA EVALUACIÓN
Para las disposiciones de este Reglamento, se concibe la Evaluación como un
proceso permanente y sistemático mediante la cual se obtiene y analiza
información relevante sobre la enseñanza y el aprendizaje, permitiendo formular
juicios valorativos y tomar decisiones pedagógicas en procura del mejoramiento
continuo en todas sus dimensiones, principalmente sobre los factores o
condiciones que influyen en la calidad y en el logro de aprendizajes relevantes y
significativos por parte de los estudiantes.
Para los efectos de planificación, desarrollo y evaluación, el año escolar,
funcionará con régimen semestral.
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Los dos semestres lectivos, incluyendo los periodos de vacaciones, se
extenderán de acuerdo a las fechas que determine el Calendario Escolar del
Ministerio de Educación, para la región de La Araucanía.
Se entenderá por estrategias de evaluación todas aquellas que permitan
recopilar información útil para la toma de decisiones pedagógicas o de
calificación en torno al nivel de logro de los aprendizajes. Estas estrategias o
procedimientos podrán ser escritos, orales o prácticos.
III. DE LAS EVALUACIONES
ARTÍCULO 4º:
Durante todo el proceso se aplicarán Evaluaciones de tipo: normativa y/o
criterial.
Se realizará evaluación:
a) DIAGNÓSTICA: puede entenderse como un tipo de evaluación formativa.
Se realizará al inicio de cada una de las unidades de aprendizaje, teniendo
como propósito identificar los conocimientos y experiencias que poseen los
y las estudiantes en relación a determinados aprendizajes, con el fin de
que esta información constituya un insumo para diseñar y/o ajustar el
proceso aprendizaje.
b) DE PROCESO: Tiene un carácter orientador y regulador con una
intencionalidad formativa comprometiendo la implementación de
estrategias de retroalimentación. Se aplicará durante todo el proceso
educativo. Para ello se considerarán todas aquellas observaciones
realizadas por el docente, en cada asignatura en forma permanente y
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sistemática, haciendo uso de Instrumentos de Observación, tales como:
Listas de Cotejo, Observación Directa u otro medio que permita al docente
monitorear el grado de avance del estudiantes, en relación a su propio
aprendizaje y referido a los conocimientos, habilidades y actitudes que
todo estudiante debe aprender.
Será registrada como información objetiva y permanente de logros y
avances de los estudiantes y podrá traducirse y registrarse como
calificación parcial, según criterio pedagógico del Profesor en consulta con
el jefe de U.T.P del establecimiento, siempre y cuando la información sea
necesaria para tomar decisiones sobre acreditación del proceso de
aprendizaje.
En relación al Profesor y su enseñanza, las evaluaciones formativas
ofrecen valiosa información para hacer ajustes sobre planificaciones,
actividades, recursos y organización del tiempo y del espacio de
enseñanza.
c) FORMATIVA: La evaluación cumple un propósito formativo cuando se
utiliza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los estudiantes, es
decir, cuando la evidencia de su desempeño se obtiene, interpreta y usa
por docentes y estudiantes para tomar decisiones acerca de los siguientes
pasos para avanzar en el proceso de enseñanza aprendizaje.
d) SUMATIVA: La evaluación cumple un propósito sumativo cuando entrega
información acerca de hasta qué punto los estudiantes lograron
determinados objetivos de aprendizaje luego de un determinado proceso
de enseñanza. Se utilizará para certificar los aprendizajes logrados, y se
comunicará mediante una calificación.
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Cada situación de aprendizaje será calificada con una escala de 1 a 7
hasta con un decimal, considerando una exigencia mínima de aprobación
del 60%.
Toda vez que se entregue un informe de calificaciones escolares, las
evaluaciones acumulativas deficientes, deberán ser consideradas como
señales de alerta para el Profesor, de modo que éste deberá explorar las
causas, informarlas oportunamente al jefe de U.T.P y en conjunto elaborar
un Plan de Intervención, para que, dentro de lo posible revertir la
situación siempre y cuando el Apoderado firme la autorización
correspondiente.
En el caso de Pre básica el concepto P/L (Por Lograr) referido a los
aprendizajes esperados, deberán ser considerados como “alertas” y
compromete a la familia, para que refuerce a su hijo en el hogar siguiendo
la pauta de situaciones de aprendizaje entregada por la Educadora.
De la Autoevaluación, Coevaluación y Heteroevaluación
LA AUTOEVALUACIÓN: Se entenderá por Autoevaluación, el juicio que hace
un estudiante de su propio trabajo u acciones, conforme a pautas, criterios y
procedimientos previamente conocidos. Este proceso permite conocer fortalezas
y debilidades en relación al aprendizaje y reflexionar respecto a la forma en que
se logró. Puede aplicarse durante la evaluación de proceso y/o de producto.
LA COEVALUACIÓN: Se entenderá por Coevaluación, la evaluación mutua
entre pares respecto de una acción o de una actividad de aprendizaje, conforme
a pautas, criterios y procedimientos previamente conocidos por los estudiantes.
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Se aplicará al término de trabajos grupales de carácter colaborativo. Se concibe
como un medio para potenciar las interacciones pedagógicas y colaboración
entre pares.
Ambas modalidades serán registradas en Pautas de Observación y servirán al
docente como información en la toma de decisiones. (Se sugiere que estas
evaluaciones no incidan más allá del 10 % de la calificación del trabajo
asignado).
LA HETEROEVALUACIÓN: Se entenderá por Heteroevaluación, la valoración
que realiza el profesor u otro adulto habilitado (profesional docente apoyo PIE),
del trabajo realizado por un estudiante o un grupo de ellos, conforme a pautas,
criterios y procedimientos previamente conocidos por los estudiantes.
Se realizará, además, evaluación cualitativa en relación a los O.A.T los que se
registrarán en el Informe de Desarrollo Personal, que será entregado
semestralmente a los padres, madres y apoderados junto con las evaluaciones
obtenidas en el período.
IV. DE LAS EVALUACIONES DE DESEMPEÑO
Al término de cada semestre los estudiantes serán sometidos a una evaluación
de desempeño en Lenguaje y Matemática (Intermedia Primer Semestre y Final
Segundo Semestre). Estas evaluaciones no serán calificadas, no obstante
entregarán información para la toma de decisiones respecto de los Objetivos de
Aprendizaje menos Logrados. Constituirán un insumo valioso para reforzar los
contenidos y/o habilidades la última semana del primer semestre y la primera
semana de marzo.
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a) Los estudiantes serán evaluados en todas las asignaturas del Plan de
Estudios incluida la asignatura de Orientación cuya calificación no incidirá
en la promoción.
Desde el año 2014 se implementará progresivamente la asignatura de
Lengua Indígena.
El Plan de estudios contemplará 4 horas pedagógicas.
La evaluación será sistemática y permanente, registrada en Pautas y
Documentos especialmente diseñados por los docentes de cada asignatura.
Estos instrumentos deberán ser presentados al jefe de U.T.P una semana
antes de aplicar la Evaluación.
Las evaluaciones pueden ser individuales y/o grupales, y se podrán utilizar
procedimientos escritos, orales o prácticos.
Serán grupales cuando el trabajo o la tarea encomendada sea realizada por
dos o más estudiantes de manera conjunta.
Cuando se trabaje en forma colaborativa, (investigaciones, maquetas,
montajes de dramatizaciones, experimentos, informes u otros), el producto
se evaluará en equipo y el proceso en forma individual, llevando
información clase a clase en Parrilla de Proceso.
Los trabajos de investigación tendrán una ponderación que fluctuará
entre10% y 40% y las disertaciones entre un 60% y 90%.
Para las evaluaciones, el Profesor podrá usar procedimientos e
instrumentos tales como: pruebas escritas, ensayos, interrogaciones
orales, evaluación auténtica, listas de cotejo, rúbricas, disertaciones,
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bitácoras, portafolios, trabajos prácticos, maquetas, dramatizaciones,
salidas a terreno, proyectos, informes, etc.- Lo esencial es que la
evaluación sea coherente con las actividades que se desarrollaron para
lograr el Objetivo de Aprendizaje.
Todo estudiante debidamente acreditado por el o los especialistas del
Programa de Integración Escolar (PIE), tendrá derecho a ser evaluado
mediante instrumentos y procedimientos ajustados a su necesidad
educativa, sea esta última temporal o permanente, además tienen derecho
a recibir apoyo por parte de un profesor especialista de acuerdo a su
N.E.E., sea transitoria o permanente, la cual establece adecuación
curricular y evaluación diferenciada en las asignaturas que lo requiera.
Según las características del problema de aprendizaje que presente el
estudiante, la Evaluación Diferenciada puede ser:
evaluación oral
evaluación auténtica
otorgar más tiempo que al resto de sus compañeros
prueba con menor número de preguntas, pero que apunten al logro
del Objetivo de Aprendizaje
pruebas de selección múltiple u otras que recomiende el especialista.
En el caso de los estudiantes con NEEP se deberá considerar su Plan
Educativo Individual.
El plazo máximo para la entrega de Planes de Apoyo Individual será el 30 de
marzo a la Unidad Técnico Pedagógica y de toda la documentación
correspondiente a los estudiantes del Programa PIE será el 30 de abril, la
que será entregada a la coordinadora del Programa.
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El Establecimiento atenderá a los/las estudiantes con NET mediante un
programa que contemple el apoyo de docentes especialistas y el docente de
aula común, en un trabajo colaborativo y articulado en beneficio del
estudiantes.
La Evaluación Diferenciada se utilizará para todos aquellos estudiantes con
NEE, no obstante; para ser promovidos, deberán cumplir con los Objetivos
de Aprendizaje señalados en su Plan Individual.
Los estudiantes atendidos según las normas del Decreto 170 y Decreto
83/2015, según sus NEE tendrán Adaptaciones Curriculares y/o Planes
Educativos Individuales.
El/La docente de apoyo del estudiante NEEP en conjunto con el/la docente
de aula común, velarán por el proceso evaluativo del estudiante.
V. DE LAS EXIMICIONES
ARTÍCULO 5º Los alumnos no podrán ser eximidos de ninguna asignatura del
plan de estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y
en todas las asignaturas.
Para aquellos estudiantes que tengan dificultad en alguna
asignatura, se implementarán las diversificaciones
pertinentes. (Adecuaciones curriculares necesarias, según lo
dispuesto en los decretos exentos N°s 83, de 2015 y 170, de
2009).
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VI. DE LAS CALIFICACIONES
ARTÍCULO 6º Los estudiantes serán calificados con una escala de 1 a 7 hasta
con un decimal, considerando una exigencia mínima de
aprobación del 60%.
La asignatura de Religión y Orientación de 1º a 6º año serán evaluadas en
conceptos, usando la siguiente nomenclatura:
MB Muy Bueno
B Bueno
S Suficiente
I Insuficiente
Para el resto de las asignaturas se utilizará la escala numérica de 1,0 a 7,0.
Se certificarán las calificaciones anuales de cada alumno con un certificado que
contemplará los promedios finales de cada asignatura obtenida por el estudiante
y en el caso de los Octavos años con una licencia que acredita la culminación de
sus estudios de Enseñanza Básica.
Toda evaluación calificada, se desarrollará de acuerdo con una escala y una
pauta de observación y sus resultados pueden ser: numéricos, conceptuales o
descriptivos.
a) En toda evaluación calificada los estudiantes deben conocer los criterios e
indicadores con los que serán evaluados.
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b) Las asignaturas que utilicen escalas de calificación descriptivas, como las
rúbricas, deberán indicar el nivel de logro satisfactorio o suficiente, y
transformar el puntaje obtenido a la escala anteriormente señalada.
c) A aquellos estudiantes que provengan de Establecimientos con régimen
Trimestral, se les considerará las calificaciones parciales como tal, esto es
sin considerar el Promedio Trimestral.
d) Durante el año lectivo los estudiantes tendrán las siguientes calificaciones:
PARCIALES: corresponderán a las calificaciones resultantes tanto de
las evaluaciones de proceso, como de las evaluaciones sumativas.
Las evaluaciones de proceso serán consignadas en el leccionario y al final
del semestre se obtendrá de todas ellas una sola calificación, la que
pasará a ser la última nota parcial.
SEMESTRALES: corresponderán a la suma ponderada de todas las
calificaciones parciales acumuladas durante el semestre en cada
asignatura.
FINALES: corresponderán, en cada asignatura, a la suma ponderada de
las calificaciones semestrales.
GENERALES: corresponderá a la suma ponderada de las calificaciones
finales obtenida por los estudiantes en cada una de las asignaturas.
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ARTÍCULO 7º Las calificaciones de las asignaturas de Religión y Orientación
no incidirán en el promedio final anual ni en la promoción
escolar de los alumnos.
ARTÍCULO 8º La calificación final anual de cada asignatura se escribirán
en una escala de 1,0 a 7,0 hasta con un decimal, CON
APROXIMACIÓN desde la centésima 6 inclusive y
considerando una exigencia mínima de un 60% de logro, para
su aprobación.
La calificación mínima de aprobación es 4,0
ARTÍCULO 9º La cantidad de calificaciones y las ponderaciones que se
utilizarán para calcular la calificación final de cada semestre y
de final de año de una asignatura, deberá estar consignada
en la planificación de cada docente.
No obstante cada Unidad de aprendizaje deberá contemplar
como mínimo 3 calificaciones.
Lo anterior, sin perjuicio que los estudiantes con NEEP contemplen sólo una
evaluación final.
Para ponderar una nota, se deberán considera los siguientes criterios:
b) Relevancia, esto es: otorgar mayor ponderación a aquella evidencia
que represente aprendizajes más relevantes.
c) Integralidad. Dar mayor ponderación a evidencia más comprehensiva
o integral por sobre aquella más parcial o que refiere a aspectos
específicos, es decir, evidencia que represente el aprendizaje que se
evalúa en su globalidad integrando sus distintas dimensiones o bien
que considere varios aprendizajes en un desempeño.
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d) Temporalidad. En aquellos casos en que el aprendizaje evaluado
tiene carácter progresivo, dar mayor ponderación a las últimas
evaluaciones, es decir, a evidencia más reciente del aprendizaje, dado
que el estudiante podría evidenciar logros que representarían su nivel
de aprendizaje de mejor forma que en evaluaciones previas.
En el caso de un proyecto, se podrían definir y reportar calificaciones por cada
etapa o producto de dicho proyecto, resguardando que los productos parciales o
intermedios ponderen menos que el producto final.
Las notas de proceso tendrán una ponderación máxima del 30%
otorgándose un 70% a la prueba sumativa.
Los Talleres (Horas de Libre Disposición), podrán ser evaluados, sólo aquellos
realizados por un/a docente, y agregar el promedio de éste como una
calificación más, en las asignaturas que a continuación se señalan:
TALLER ASIGNATURA
Reforzamiento/Nivelación
Lenguaje y Comunicación /Lengua y
Literatura.
Matemática
Inglés (1° a 4°) Lenguaje y Comunicación
Deporte Ed. Física y Salud
Informática Tecnología
Formación Ciudadana Historia, Geografía y Cs Sociales
Taller Intercultural Mapuzungun
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Ecológico Ciencias Naturales
Música Música
Teatro Lenguaje y Comunicación
RTV Lenguaje y Comunicación
El Taller de Inglés, en el primer ciclo básico, será evaluado como una forma
de motivar al estudiante para el aprendizaje de este idioma; no incidiendo
en la promoción.
VII. DE LA PROMOCIÓN
ARTÍCULO 10º Para la Promoción de los estudiantes de 1º a 8º año Básico
se considerará, conjuntamente, el logro de los objetivos de
las distintas asignaturas y la Asistencia a Clases.
RESPECTO DEL LOGRO DE LOS OBJETIVOS:
a) Serán promovidos los estudiantes de 1º a 8º Básico que hubieren aprobado
todos las asignaturas de sus respectivos Planes de Estudio.
b) Serán promovidos los estudiantes que no hubieren aprobado una
asignatura, siempre que su promedio general de logro corresponda a 4,5
incluida la asignatura no aprobada.
c) Igualmente, serán promovidos los estudiantes que no hubieren aprobado
dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un
promedio de 5,0 incluidas las dos asignaturas reprobadas.
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Para efectos de promoción de todos los estudiantes del Establecimiento, la
calificación Final Anual 3.9 de cualquier asignatura y que comprometa la
promoción, dará espacio a una evaluación extraordinaria. Dicha evaluación
será preparada por el docente de la asignatura comprometida y de ser
satisfactoria la calificación, el/la estudiante obtendrá como calificación Anual
4,0
d) También serán promovidos todos los estudiantes de Pre kínder a Kínder.
e) Serán promovidos todos los estudiantes de Kínder a 1º Básico.
f) Repetirán curso aquellos estudiantes que no cumplan con las letras a, b
y c de este reglamento.
2.- En relación con la ASISTENCIA a clases:
a) Serán promovidos los alumnos que tengan un porcentaje igual o superior al
85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual.
Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación
de los alumnos en eventos previamente autorizados por el establecimiento,
sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la
literatura, las ciencias y las artes.
b) No obstante lo anterior, el director del establecimiento, en conjunto con el
jefe técnico-pedagógico consultando al Consejo de Profesores, podrá
autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores a la asistencia
requerida.
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ARTÍCULO 11º Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, la
directora y su equipo directivo, analizarán la situación de
aquellos alumnos que no cumplan con los requisitos de
promoción antes mencionados o que presenten una
calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la
continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, para
que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción
o repitencia de estos alumnos. Dicho análisis deberá ser de
carácter deliberativo, basado en información recogida en
distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y
considerando la visión del estudiante, su padre, madre o
apoderado.
Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de
un informe elaborado por el jefe técnico-pedagógico, en
colaboración con el profesor jefe, profesionales del
Programa PIE y otros profesionales del establecimiento que
hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno.
El informe, individualmente considerado por cada alumno,
deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios
pedagógicos y socioemocionales:
a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno durante el año;
b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el alumno y los
logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la
continuidad de sus aprendizajes en el curso superior; y
c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la
situación de alumno y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería
más adecuado para su bienestar y desarrollo integral.
El contenido del informe será consignado en un archivo destinado a situaciones
especiales.
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La situación final de promoción o repitencia de los alumnos deberá quedar
resuelta antes del término de cada año escolar.
Una vez aprobado un curso, el alumno no podrá volver a realizarlo, ni aun
cuando éstos se desarrollen bajo otra modalidad educativa.
ARTÍCULO 12º Durante el año escolar siguiente, en ambos ciclos básicos,
el profesional PIE de apoyo junto al docente de asignatura,
realizarán el acompañamiento pedagógico de aquellos
estudiantes que, según lo dispuesto en el artículo anterior,
hayan o no sido promovidos. Estas medidas deberán ser
autorizadas por el padre, madre o apoderado.
El/la profesional encargado/a de monitorear los Planes de
acompañamiento será el coordinador/a del Programa de
Integración Escolar.
ARTÍCULO 13º Una vez finalizado el proceso de evaluación y promoción
escolar, el establecimiento entregará a todos los
estudiantes, un Certificado Anual de Estudios que indique
las asignaturas, con las calificaciones obtenidas y la
situación final correspondiente.
El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por el
establecimiento educacional en ninguna circunstancia.
ARTÍCULO 14º El rendimiento escolar del alumno no será obstáculo para la
renovación de su matrícula, y tendrá derecho a repetir
curso en el establecimiento a lo menos en una
oportunidad sin que por esa causal le sea cancelada o no
renovada su matrícula.
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ARTÍCULO 15º La licencia de educación básica permitirá al estudiante optara
la continuación de estudios en la Educación Media.
VIII. DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 16º
a) Toda evaluación deberá ser avisada a los estudiantes con un plazo no menor
a una semana en relación a la fecha de su aplicación, a su vez se les
comunicará los objetivos y contenidos que se evaluarán.
b) Las evaluaciones deberán contemplar puntaje por ítem (sea éste de
desarrollo o de selección múltiple); además, el puntaje total.
c) Después de aplicado el instrumento de evaluación, los estudiantes deberán
ser informados de su calificación dentro de un plazo máximo de 15 días. La
calificación quedará registrada en el Libro de Clases en el momento de
dársela a conocer al estudiante.
Las pruebas escritas serán retroalimentadas por el profesor al momento de
ser entregadas con su respectiva calificación.
d) Las diversas evaluaciones deberán ser racionalmente calendarizadas durante
cada semestre, esto con el objeto de evitar que en un mismo día los
estudiantes sean sometidos a más de dos evaluaciones de las asignaturas
científico – humanistas. Sí se podrán realizar interrogaciones (de la clase
anterior) o una Evaluación de las asignaturas antes mencionados más un
trabajo práctico de las asignaturas técnico-artísticas. También se podrá
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realizar evaluación auténtica para medir el nivel de desarrollo de una
habilidad, capacidad o competencia a través de una actividad o desempeño.
e) Todo estudiante debidamente acreditado por el o los especialistas del
Programa de Integración Escolar (PIE), tendrá derecho a ser evaluado
mediante instrumentos y procedimientos ajustados a su necesidad
educativa, sea esta última temporal o permanente, como también tendrá
derecho a recibir apoyo por parte de un profesor especialista de acuerdo a su
N.E.E., sea transitoria o permanente.
f) Todo estudiante con asignaturas deficientes y que pongan en riesgo su año
escolar tendrá derecho a un Plan de Acompañamiento. Como también tendrá
acompañamiento aquel estudiante que fuese promovido según lo estipulado
en el ARTICULO 12º
IX. DE LA EDUCACIÓN PRE-BÁSICA
ARTÍCULO 17º
a) Los estudiantes de Educación Pre básica serán evaluados teniendo como
referente una serie de indicadores que den cuenta de los Objetivos de
Aprendizaje según las Bases Curriculares de la Educación Parvularia y el
Proyecto Educativo Institucional.
b) Los indicadores estarán definidos en una escala de apreciación la que será
comunicada a los apoderados en un Informe de Rendimiento Escolar, en el
que se registrarán apreciaciones en términos cualitativos.
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c) Cada uno de los indicadores de logro de los estudiantes de Educación Pre
básica será observado, medido o apreciado en al menos dos ocasiones en
cada semestre, con una escala que considere los siguientes grados:
Logrado Sobre lo Esperado (LSE)
Logrado (L)
Logrado con Dificultad (LCD)
P/L (Por Lograr)
X. DE LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
ARTÍCULO 18º
Definimos a un estudiante con Necesidades Educativas Especiales (NEE) como
aquel o aquella que por sus condiciones personales de tipo motor, cognitivo o
emocional, tiene dificultades o es incapaz de lograr los objetivos de aprendizaje
bajo las condiciones pedagógicas que se planifican y desarrollan comúnmente
para todos o la mayoría de los estudiantes de su curso.
Es responsabilidad de Profesores y especialistas, tanto internos como externos,
aportar antecedentes que permitan detectar a los estudiantes con NEE y sugerir
las adaptaciones curriculares que sean adecuadas y posibles de realizar como
parte de las prácticas educativas.
Es responsabilidad de los Padres y/o Apoderados, informar y aportar
antecedentes de su hijo o pupilo que permitan identificarlo con NEE. Además,
también es de su responsabilidad asumir la situación y colaborar con la escuela
en el desarrollo de estrategias de integración escolar.
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Todos y cada uno de los estudiantes con NEE tendrán derecho a programas
específicos de atención diferenciada o de adaptaciones curriculares en una o
más asignaturas, según sugerencias de los especialistas internos en estas
materias (psicopedagoga, Educadora Diferencial u otros) y según los recursos
humanos y materiales del establecimiento.
Entre las posibles estrategias metodológicas y evaluativas, incluidas en el Plan
de inclusión, se consideran una o más de las siguientes:
Readecuar los contenidos de los Programas de Estudio.
Adecuar los Objetivos de Aprendizaje.
Implementar métodos, técnicas y/o estrategias individualizadas.
Asignar tareas complementarias o suplementarias.
Readecuar tiempos destinados para la evaluación, pudiendo dividir la
evaluación en más de una sesión.
Realizar el proceso de evaluación en un ambiente más personalizado.
Evaluación en forma oral a los niños que presentan problemas de
escritura.
Permitir el uso de la calculadora, textos de apoyo, tablet al momento
de realizar la evaluación.
Realizar evaluaciones de tipo diferenciado considerando el progreso
del estudiante consigo mismo, en un periodo de tiempo determinado.
Privilegiar evaluaciones auténticas del propio desempeño del
estudiante.
También serán considerados estudiantes con NEE, aquellos que demuestran
capacidades sobresalientes en alguno de sus ámbitos de desarrollo (por
ejemplo, cognitivo, motriz, artístico). Para ellos, los Profesores diseñarán
actividades desafiantes que potencien aún más sus capacidades.
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XI. DE LOS INFORMES DE RENDIMIENTO, CERTIFICADO DE
ESTUDIOS Y ACTAS DE REGISTRO DE CALIFICACIONES
ARTÍCULO 19º
a) Para informar a los padres y apoderados sobre el avance educacional de su
hijo o pupilo, cada profesor jefe beberá entregar:
Informe de Notas cada 12 semanas
Informe Semestral
Certificado Anual de Estudios
El Profesor Jefe en Primer ciclo y/o el profesor de asignatura en el Segundo
ciclo en conjunto con el docente de apoyo PIE, citará a todos aquellos
apoderados cuyos estudiantes hayan obtenido calificaciones deficientes en
dos o más asignaturas. En esta instancia, se les dará a conocer el Programa
de acompañamiento y a la vez los apoderados deben firmar un compromiso
de apoyo tendiente a mejorar el nivel de aprendizaje de sus estudiantes.
b) El establecimiento registrará las calificaciones finales anuales en el Acta de
Registro de Calificaciones y Promoción Escolar. En este documento se
consignarán tanto las calificaciones finales de cada asignatura como la
Situación Final de los estudiantes.
c) Las actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar serán
elaboradas por cada profesor jefe, revisadas por una comisión y en última
instancia por el Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica.
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El logro de los OAT se registrará en el Informe de Desarrollo Personal y
Social del estudiante, el que será entregado a los padres y apoderados
junto con el Informe de calificaciones semestrales.
ARTÍCULO 20º
a) La asignatura de Religión es optativa, debiendo el padre, madre o
apoderado pronunciarse al respecto, al momento de efectuar la matrícula.
b) Los estudiantes serán evaluados en conceptos y registrada en el Informe
de Rendimiento y en el Certificado de Estudios. No incidirá en su
promoción.
c) Atendiendo a las necesidades de los estudiantes y sus familias, la oferta
educativa del Establecimiento está basada en impartir Religión Católica y
Religión Evangélica.
XII. SITUACIONES ESPECIALES EN LA EVALUACIÓN
1) En el caso de un estudiantes que hubiere faltado por un largo período de
tiempo, producto de una enfermedad; se le reprogramarán las
evaluaciones. El profesor deberá diseñar y aplicar un instrumento
evaluativo diferente al aplicado al curso.
2) La negativa de un estudiante a rendir una evaluación programada con
anticipación, estando presente en clases, amerita una conversación con el
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estudiante, si este persiste en su actitud será calificado con la nota mínima
(1,0), por considerarse en rigor, una evaluación entregada en blanco, sin
respuesta.
3) Los casos de manifestaciones colectivas en contra de la aplicación de un
procedimiento o instrumento de evaluación, por ejemplo la negativa de un
curso completo o de un grupo de estudiantes a la aplicación de una
prueba, serán entendidos como conductas personales por parte de los
estudiantes involucrados y cada uno de ellos, asumirá su propia
responsabilidad individual.
4) Si un estudiante es sorprendido/a plagiando o copiando en una prueba,
trabajo, tarea o cualquiera otra asignación para desarrollar en clases, o el
hecho es demostrado mediante argumentos materiales probatorios o por
declaración de testigos, será sometido inmediatamente a una evaluación
oral, anulándose la evaluación escrita.
Este artículo incluye el eventual mal uso de nuevas formas de comunicación
o tecnologías para fines de plagio, robo intelectual o copia (entiéndase
Internet, celulares, aparatos para mensajería, grabadoras de imágenes,
reproductores de archivos de audio, etc.)
5) En ausencia del Profesor titular en el horario de clases de una asignatura,
los estudiantes deberán cumplir con lo programado, sean pruebas o guías
de trabajo o con materiales provistos por el Profesor o jefe de U.T.P.
6) Ante la eventual falta de materiales, los estudiantes aprovecharán el
tiempo en el desarrollo de tareas, revisión de contenidos o realización de
trabajos de la misma asignatura. Todo esto no excluye que la actividad sea
evaluada.
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28
7) Si por razones de fuerza mayor e imprevistas, tales como enfermedades
severas prolongadas, embarazos adolescentes u otras, y cuya situación
sea calificada como caso especial por lo que un estudiante se viera
impedido de cumplir con el mínimo de asistencia reglamentaria y con las
condiciones de evaluación, el Establecimiento determinará las estrategias
necesarias, para que puedan terminar su proceso y continuar en el
sistema.
- Ingreso tardío al período lectivo: El alumno que ingrese tardíamente
al año lectivo, deberá rendir exámenes en las siguientes asignaturas:
Lenguaje y Comunicación, Matemática, Historia y Ciencias Sociales,
Ciencias Naturales. Exámenes que servirán de diagnóstico.
- Embarazo: Si un estudiante quedara embarazada a principios de año,
podrá terminar sus estudios, asistiendo normalmente a clases, hasta seis
semanas antes del parto y ausentarse hasta 12 semanas a contar del
parto.
Si una estudiante quedara embarazada a fines de año, entre los meses
de septiembre y diciembre, podrá continuar normalmente su año escolar.
En ambos casos la estudiante podrá reintegrarse antes o una vez
terminada su condición de embarazo, al año escolar correspondiente
8) Si a partir del mes de octubre, un estudiante presenta graves problemas
disciplinarios o de otra índole que comprometa su permanencia en el
establecimiento, se le dará la oportunidad de finalizar su año escolar como
“estudiante libre”, esto es, presentarse en el establecimiento sólo para rendir
las evaluaciones. Previo a esto se le entregará temario de contenidos y fecha
de evaluaciones. Si no se presentare será calificado con la nota mínima.
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29
Tendrá derecho, además, de presentarse en el establecimiento a consultar
dudas al docente respectivo y a hacer uso de los recursos pedagógicos (CRA,
laboratorio de informática), siempre con el acompañamiento de un adulto
responsable (docente, profesional de apoyo PIE, docente profesional,
Asistente de la Educación)
DE LAS AUSENCIAS A EVALUACIONES Y ACTITUDES FRAUDULENTAS
a) La ausencia de un estudiante a una evaluación calendarizada con
anticipación, sea ésta prueba, entrega de trabajo, informe u otro, requiere
obligatoriamente de:
Justificación personal de su apoderado ante el profesor que aplicará la
evaluación, acerca de la ausencia y de los motivos que la produjeron.
Certificación médica del problema de salud que motivó la ausencia.
b) Si un estudiante se ausenta a una evaluación sin mediar justificación
alguna, el docente entregará la evaluación a la Unidad Técnica Pedagógica
quien aplicará el instrumento al momento del ingreso del estudiante a
clases.
c) En el caso de un estudiante que hubiere faltado por un largo período de
tiempo, producto de una enfermedad; se le reprogramarán las evaluaciones.
El profesor deberá diseñar y aplicar un instrumento evaluativo diferente al
aplicado al curso. Si fuera sometido a un tratamiento médico prolongado,
entendiéndose este como un período superior a dos tercios del semestre, el
Director en conjunto con el consejo de profesores, oído los antecedentes
presentados por el profesor jefe, podrá determinar el cierre el año escolar
con un sólo semestre.
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30
d) En los casos en que un estudiante no cumpla con los plazos de entrega de
trabajos de investigación y otros, se le dará una oportunidad más, pero se le
aplicará una exigencia del 70%, esto con la finalidad de salvaguardar a
aquellos estudiantes que cumplieron dentro del plazo estipulado,
entendiéndose que este estudiante estará en ventaja respecto a sus pares,
pues dispondrá de mayor tiempo.
Si a pesar de haber programado un nuevo plazo, el estudiante no se
presenta con su trabajo, se procederá a calificar con una nota de 2.0 (dos
coma cero), la que deberá ser promediada con la (s) nota (s) obtenidas
durante el proceso, resguardando su debida ponderación.
e) De 1º a 4º Básico, los estudiantes sorprendidos en actitud fraudulenta
durante el desarrollo de una prueba, se le aplicará una medida formativa que
incluirá la comunicación al apoderado de la situación. En cuanto a la
evaluación, esta será anulada y se reemplazará por una Interrogación oral.
Los estudiantes de 5º a 8º Básico, sorprendidos en actitud fraudulenta
(copia, plagio, fuga interna, manipulación de celular) durante el desarrollo
de una prueba, se le aplicará una medida formativa y se les volverá a aplicar
la evaluación en una segunda oportunidad con una exigencia del 70% para
obtener la nota mínima. La acción será registrada por el docente de la
asignatura en la hoja de vida del estudiante e informada la situación al
apoderado, por el Profesor Jefe.
Si se trata de plagio de trabajos sacados de la Internet o extraídos de otra
fuente comprobada, el estudiante será calificado con nota mínima (1,0).
f) El Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica podrá anular la aplicación de una
prueba, cuando se haya comprobado que existió una irregularidad en el
proceso (copia masiva, robo de prueba u otro). En este caso se aplicará un
nuevo instrumento de evaluación.
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De igual forma se procederá cuando más del 40% de los estudiantes
obtengan una calificación deficiente en una evaluación escrita. En este caso,
se procederá a reforzar los contenidos y diseñar un nuevo instrumento de
evaluación.
g) Los estudiantes que falten a una evaluación que requiera de recursos
audiovisuales, dramatizaciones o disertaciones, podrán ser sometidos a una
evaluación escrita, oral o práctica, de acuerdo con la naturaleza de la
asignatura de la que se trate, fijada por el profesor y comunicada al
estudiante.
ARTÍCULO 21º
La Dirección del establecimiento, Jefe de Unidad Técnico Pedagógica junto con
el Profesor Jefe de Curso respectivo, deberán resolver las situaciones
especiales de evaluación y promoción de los Alumnos de 1º a 4º de
Enseñanza Básica. Para los estudiantes de 5º a 8º, esta decisión deberá ser
refrendada por el Consejo de Profesores.
Entre otros, resolverán los casos de estudiantes que por motivos justificados
requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un periodo
determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes.
Todas las situaciones de evaluación, deberán quedar resueltas dentro del
período escolar correspondiente.
ARTÍCULO 22º
Una vez finalizado el proceso de evaluación y promoción escolar, el
establecimiento entregará a todos los estudiantes, un Certificado Anual de
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32
Estudios que indique las asignaturas, con las calificaciones obtenidas y la
situación final correspondiente.
El Certificado Anual de Estudios, no podrá ser retenido por ningún motivo
ARTÍCULO 23º
a) Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en
cada curso, las calificaciones finales de cada asignatura y la situación final
de los estudiantes.
b) Las Actas serán elaboradas por cada Profesor Jefe, revisadas por equipos de
trabajo y visadas por la U.T.P.
c) Las Actas se confeccionarán en Informática, en forma digital.
ARTÍCULO 24º
a) Las situaciones de evaluación y promoción no previstas en el presente
Reglamento, serán resueltas por la Secretaría Regional Ministerial de
Educación respectiva dentro de la esfera de su competencia.
b) Otras situaciones no planteadas, serán resueltas por el Director, Jefe de
U.T.P y Consejo de Profesores, de acuerdo a criterios estrictamente
pedagógicos.
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XIII. EL APRENDIZAJE EN TIEMPOS DE PANDEMIA EN LA ESCUELA
EMILIA ROMAGNA
Durante el tiempo que dure la suspensión de clases presenciales, se adoptará la
modalidad de trabajo didáctico a distancia. Esta modalidad de trabajo se
basará en la estrategia de aprendizaje autónomo. Para ello se diseñará material
pedagógico posible de ser desarrollado por la vía del trabajo a distancia. En
términos generales el trabajo didáctico, para las distintas asignaturas, se
fundamentará en el trabajo desde las habilidades de comprensión del material
elaborado. En este sentido, se diseñarán y elaborarán actividades donde el
estudiante, aplique lo aprendido, demuestre evidencias de sus avances, y/o
elabore algún producto que dé cuenta de su trabajo. En la línea de lo señalado,
se hará llegar a los estudiantes material de apoyo en la modalidad de auto-
aprendizaje; guías de auto- aprendizaje, recursos audiovisuales; videos
complementarios (youtube.com, aprendo en línea, aptus, entre otras), lecturas
complementarias y actividades de comprensión respecto de lo leído, algunos
audio-libro (para el plan lector en las asignaturas de Lenguaje), textos de
apoyo, entre otros.
Para consolidar los aprendizajes que deben lograr los estudiantes, se trabajará
con aquellos estudiantes que posean internet, segundo ciclo, clases sincrónicas
mediante plataforma MEET la que permitirá un monitoreo del trabajo de los
estudiantes y a la vez generar instancia de retroalimentación:
Para los estudiantes del Programa de Integración Escolar: el apoyo en
sus aprendizajes se realizará de acuerdo a sus Planes Individuales con apoyo de
recursos digitales, tales como videos interactivos, juegos pedagógicos de
desafío cognitivo con el objetivo de generar un programa de estimulación
cognitiva activo lo que favorece la adquisición de nuevo contenidos
pedagógicos. Se entregará apoyo a los padres sobre las habilidades que los
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34
estudiantes del programa de integración escolar deben desarrollar para acceder
al aprendizaje de una manera efectiva.
ARTÍCULO 25°
DE LA EVALUACIÒN
Es importante considerar que la Evaluación es un proceso que permite levantar
las evidencias de los aprendizajes de los estudiantes. De acuerdo con lo
planteado en el Decreto N° 67, que regula los procesos de Evaluación,
Calificación y Promoción Escolar, “El proceso de evaluación, como parte
intrínseca de la enseñanza, podrá usarse formativa o sumativamente (con
calificación)”. Respecto de la definición anterior, las actividades pedagógicas y el
material generado por los docentes deberá estar orientado para hacer
seguimiento de los aprendizajes de los estudiantes y recopilar evidencias del
trabajo realizado por éstos durante el periodo de clases a distancia. Durante
todo este período se evaluará formativamente a los estudiantes. Estas
evaluaciones serán registradas en Parrillas diseñadas para la ocasión. Todas las
evidencias recopiladas durante el período a distancia podrán ser transformadas
en una evaluación sumativa con calificación la que se informará a los padres y
apoderados mediante circulares enviadas por whatsApp.
La cantidad de calificaciones por asignatura se definirá en consenso según el
tiempo que dure la suspensión de clases.
ARTÍCULO 26°
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN ALUMNOS PIE
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35
Se trabajará en base a las habilidades y contenidos. Las adecuaciones,
monitoreo, retroalimentación y evaluación será realizado por las Educadoras
Diferenciales y profesionales de Apoyo.
ARTÍCULO 27°
PROTOCOLO TELETRABAJO
PRE-BÁSICA
1. Educadora establece contacto con equipo de profesionales que apoyan a
sus estudiantes y preparan estrategias de apoyo.
2. Mantiene contacto con sus estudiantes según medio señalado en su Plan
de Trabajo.
3. Monitorea y proporciona retroalimentación directa a sus estudiantes
4. Establece nexo entre padres, estudiantes y profesionales de apoyo.
5. Mantiene contacto permanente con sus apoderados para entrega de
información y otros comunicados de la escuela.
6. Mantiene bitácora actualizada con registro de actividades
7. Prepara material pedagógico y Plan Mensual según pertinencia.
8. Disponibilidad horaria para los estudiantes según su horario lectivo.
9. Archiva evidencia proporcionada por sus estudiantes
10. Da cumplimiento al Plan de trabajo enviado a la Unidad Técnico
Pedagógica.
11. Evalúa formativamente a sus estudiantes mediante Parrilla
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PRIMER CICLO
1. Profesor jefe establece contacto con equipo de profesionales que apoyan a
sus estudiantes y preparan estrategias de apoyo.
2. Mantiene contacto con sus estudiantes según medio señalado en su Plan
de Trabajo.
3. Monitorea y proporcionar retroalimentación directa a sus estudiantes
4. Establece, en una primera instancia, nexo entre estudiantes y
profesionales de apoyo.
5. Mantiene contacto permanente con sus apoderados para entrega de
información y otros comunicados de la escuela.
6. Lleva registro de actividades en bitácora
7. Prepara material pedagógico y Plan Mensual según pertinencia.
8. Disponibilidad horaria para los estudiantes según su horario lectivo.
9. Archiva evidencia proporcionada por sus estudiantes
10. Da cumplimiento al Plan de Trabajo enviado a la Unidad Técnico
Pedagógica.
11. Evalúa formativamente a sus estudiantes mediante Parrilla
SEGUNDO CICLO
En este ciclo se distinguirá entre profesor jefe y profesor de asignatura, puesto
que sus roles diferentes.
PROFESOR JEFE
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1. Establece contacto con equipo de profesionales (PIE, docente de
asignaturas) que apoyan a sus estudiantes y preparan estrategias de
apoyo.
2. Mantiene contacto con sus estudiantes según medio señalado en su Plan
de Trabajo.
3. Establece en una primera instancia, nexo entre estudiantes y
profesionales de apoyo.
4. Lleva registro en bitácora
5. Mantiene contacto permanente con sus apoderados para entrega de
información y otros comunicados de la escuela.
6. Disponibilidad horaria para los estudiantes según su horario lectivo.
7. Evalúa formativamente a sus estudiantes mediante Parrilla
PROFERSOR DE ASIGNATURA
1. Establece contacto con profesionales de apoyo PIE
2. Mantiene contacto con sus estudiantes según medio señalado en su
Plan de Trabajo.
3. Monitorea y proporcionar retroalimentación directa a los estudiantes de
cada uno de los cursos en los que hace clases, según situación
particular.
4. Lleva registro de actividades en bitácora
5. Prepara material pedagógico y Plan Mensual según pertinencia.
6. Disponibilidad horaria para los estudiantes según su horario lectivo.
7. Archiva evidencia proporcionada por sus estudiantes
8. Da cumplimiento al Plan de Trabajo enviado a la Unidad Técnico
Pedagógica.
9. Mantiene contacto permanente con el profesor jefe de los cursos en los
que imparte la asignatura.
10. Evalúa formativamente a sus estudiantes mediante Parrilla
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38
PROFESIONALES PIE
1. Establece contacto con los profesores jefes de los cursos que apoya y
coordinan estrategias.
2. Prepara material pedagógico para los estudiantes con NEEP
3. Monitorea y retroalimenta a los estudiantes con FIL y NEEP de los cursos
que apoya.
4. Mantiene contacto permanente con el profesor de asignatura de los
estudiantes que apoya.
5. Disponibilidad horaria para los estudiantes según su horario lectivo.
6. Archiva evidencia proporcionada por sus estudiantes
7. Da cumplimiento al Plan de Trabajo enviado a la Unidad Técnico
Pedagógica.
8. Lleva registro de actividades en bitácora
INSTRUMENTOS
1. Planes de trabajo mensuales
2. Parrilla de retroalimentación/contacto/Evaluación/Asistencia
3. Bitácora profesor
4. Carpeta y/ o archivo de evidencias
XIV. ELEMENTOS A CONSDIERAR EN LA PROMOCIÓN DE LOS
ESTUDINATES AÑO 2020 (CONTEXTO COVID)
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39
Para la promoción de los estudiantes se considerará conjuntamente el
logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas priorizadas y la
asistencia, conceptos que deben ser aplicados con la flexibilidad señalada.
RESPECTO DEL LOGRO DE LOS OBJETIVOS
Los estudiantes serán evaluados en todas las asignaturas del Plan de estudios
con énfasis en Lenguaje y Comunicación/ Lengua Castellana, Matemática,
Ciencias Naturales e Historia y Geografía y Ciencias Sociales.
Durante el tiempo de enseñanza remota se evaluará formativamente a los
estudiantes. En diciembre, estas evaluaciones formativas se transformarán en
una nota final en una escala de 1,0 a 7,0 y hasta con un decimal.
La tabla de conversión es la siguiente:
CONCEPTOS
DE EVALUACIÓN
FORMATIVA
CONCEPTO RANGO DE
NOTA
E
Excelente
7.0
MB Muy
Bueno
6,0 a 6,9
B Bueno 5,0 a 5,9
S
Suficiente
4,0 a 4,9
I
Insuficiente
1,0 a 3,9
RESPECTO DE LA ASISTENCIA
Considerando la situación sanitaria y la forma como se ha desarrollado el
presente año escolar, se entenderá por “asistencia” la participación de los
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40
estudiantes en actividades de aprendizaje “sincrónicas” (Meet, WhatsApp, mail,
etc.) y/ o asincrónicas, contacto con docentes vía telefónica, trabajos en
tiempos variados).
La Directora y su equipo directivo analizarán la situación de aquellos alumnos
que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que
presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la
continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente.
DEL CERTIFICADO ANUAL DE ESTUDIOS
El certificado Anual de estudios contemplará calificación en 4 asignaturas
priorizadas: Lenguaje y comunicación/Lengua Castellana, Matemática, Ciencias
Naturales e Historia, Geografía y Ciencias Sociales.
El promedio de las asignaturas priorizadas se obtendrá de sumar todas las
evaluaciones obtenidas en esas asignaturas más otra evaluación que
corresponderá al promedio de la o las asignaturas que la complementan.
Las asignaturas priorizadas con las asignaturas complementarias estarán
determinadas como se señala a continuación:
Lenguaje / Mapudungun / Inglés
Matemática /Tecnología / Música
Historia/ Artes Visuales
Ciencias Naturales /Educación Física
No se considerarán para efectos de asignaturas complementarias las evidencias
de Orientación y Religión debido a que su calificación no incide en el promedio.
DE LA COMUNICACIÒN CON EL APODERADO
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41
Para mantener el vínculo con el apoderado de enviarán comunicados mediante
correo electrónico, watssap y /o impresos conjuntamente con el material
pedagógico de su pupilo.
Para reportar los avances pedagógicos de su pupilo, se enviarán dos Informes
de Estado de Avance al hogar: Agosto y primera quincena de noviembre.
OTRAS CONSIDERACIONES
Para reestablecer el vínculo con algún estudiante cuyo contacto se haya perdido
por más de 15 días, se enviarán correos, intensificarán los llamados telefónicos,
mensajes vía WhatsApp; si pee a estos esfuerzos no se logra recuperar el
contacto, las duplas psicosociales realizarán visitas domiciliarias y levantarán un
informe de ello, el que será remitido a los profesores jefes respectivos.
COMITÉ DE EVALUACIÓN
Se activará en situaciones excepcionales, esto es cuando pese a todos los
esfuerzos no se logra obtener evidencias pedagógicas de algunos estudiantes.
Este comité estará integrado por:
Directora
Jefe UTP
Profesor jefe
Docente PIE
Profesor de asignatura/s
Duplas psicosociales
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XV. DISPOSICIONES FINALES
El presente Reglamento, podrá ser modificado y/o complementado en el
transcurso del año escolar, presentando sus modificaciones ante el Consejo
Escolar.
Las modificaciones se entregarán a los padres, madres y apoderados en forma
escrita, al inicio del año escolar.
Todas las situaciones de evaluación y calificación de los alumnos de 1º a 8º
año de Enseñanza Básica deberán quedar resueltas dentro del período escolar
correspondiente, sin excepción alguna.
Los estudiantes que participen en eventos relativos a diferentes áreas del
currículo, en representación de su curso, del establecimiento o de la comuna,
tendrán derecho a la reprogramación de sus evaluaciones.
Toda situación no contemplada en este Reglamento será consultada a la
Dirección Provincial de Educación.
Proceso de reestructuración dirigido por la Unidad Técnica Pedagógica.
Presentación de Modificaciones al Consejo Escolar, Segunda Sesión Ordinaria/14
de julio de 2020.
Entrega de Información a los apoderados 30 de julio 2020
.
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