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SERVICIO DE INSPECCIÓN DE SEVILLA.-
ORDEN DE 10/08/2007, POR LA QUE SE ESTABLECE LA
ORDENACIÓN DE LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE DEL
ALUMNADO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA EN LA
COMUNIDAD AUTÓMOMA DE ANDALUCIA (BOJA nº 166 de 23/08/2007)
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CONTENIDOS DE LA ORDEN (1)
1 Justificación 2 Objeto y ámbito de aplicación3 Normas generales de ordenación de
la evaluación4 Evaluación inicial5 Evaluación continua6 Sesiones de evaluación7 Evaluación a finalización del curso
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CONTENIDOS DE LA ORDEN (2)
7. Evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
8. Evaluación del alumnado que cursa programas de diversificación curricular y cualificación profesional inicial
9. Promoción del alumnado10. Titulación11. Participación del alumnado y familias 12. Documentos oficiales de evaluación
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CONTENIDOS DE LA ORDEN (3)
13Traslado del historial académico
14Convocatoria anual de pruebas para la obtención de la titulación básica.
Disposición adicional primera. Proceso de reclamación sobre calificaciones
Disposición adicional segunda. Cumplimentación electrónica de los documentos de evaluación.
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CONTENIDOS DE LA ORDEN(4)Disposición adicional tercera. Aplicación de
la presente orden a los centros docentes privados
Disposición transitoria única. Validez del libro de escolaridad de enseñanza básica
Disposición derogatoria única. Derogación normativa
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución
Disposición final segunda. Entrada en vigor
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Justificación y Marco: Ley Orgánica de Educación (LOE) 2/06 Decreto 231/2007 de 31 Julio que
establece la ordenación y enseñanzas correspondientes a la ESO en Andalucía (Cap. IV. Evaluación, promoción y titulación).
R.D. 806/206 que establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del S.E.
Orden ECI/1845/2007, de 19 de junio que establece los elementos de los documentos básicos de evaluación
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ASPECTOS MAS RELEVANTES DE LA
ORDEN DE EVALUACIÓN
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Será continua y diferenciada según materias A considerar las características del alumnado y
el contexto sociocultural del Centro. Carácter formativo y orientador. Realizada por el profesorado, a través de la
observación continuada del proceso de aprendizaje y pruebas.
Obligación de especificar en el Proyecto Educativo criterios y procedimientos de evaluación y hacerlos públicos para cada materia, promoción y titulación.
Se establecerán sistemas de participación del alumnado y familias en proceso de evaluación
Características generales de la evaluación
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Para garantizar la adecuada transición interetapas se establecerán mecanismos de coordinación en el tercer trimestre
En el primer mes: La aborda todo el profesorado - los tutores analizan informes personales – se convoca sesión de evaluación – será referencia- adoptan medidas de refuerzo en instrumentales.
Se aborda por el equipo docente de manera colegiada bajo coordinación del tutor.
La aplicación de medidas de atención a la diversidad se adoptarán en cualquier momento del curso.
Evaluación inicial y continua
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Se establecen mecanismos de coordinación con centros adscritos: facilitar transición y continuidad del proceso educativo
Se realizará evaluación inicial durante el 1º mes: conocer, valorar y adoptar medidas en función de la misma
Aunque la evaluación es colegiada, el profesor de la materia decide la calificación de cada materia.
Se realizarán, al menos 3 por curso, + Evaluación inicial
Tutor coordina sesiones y levanta acta de los acuerdos y decisiones de la sesión de evaluación
En el proceso se establece la participación de alumnos y familia: Información y atención.
Sesiones de evaluación y evaluación final de curso
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• Los pormenores de la evaluación deberán ser conocidos por el alumnado.
• En cualquier momento podrán adoptarse medidas de atención a diversidad.
• Sistema de calificación cualitativa a la que se añade equivalencia numérica
• En la evaluación negativa: informe individual especificando actividades de recuperación.
• Prueba extraordinaria en los 5 días de septiembre. NP=calificación negativa.
• Se podrán formular reclamaciones sobre evaluación final y prueba extraordinaria.
Sesiones de evaluación y evaluación final de curso (2)
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• Para el alumnado con n.e.a.e los criterios establecidos en la ACI serán referentes para valorar el grado de adquisición de competencias básicas.
• En el alumnado que se incorpore tarde al sistema o tenga graves carencias con la lengua española se tendrá en cuenta los informes del profesorado de apoyo.
• En estos Programas el referente serán las competencias básicas y objetivos de la etapa y los criterios de evaluación específicos de los mismos.
Evaluación de alumnado con necesidad específica de apoyo, PDC y cualificación profesional
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• En todo momento y situaciones, alumnado y familia deberán ser oídos.
• Se promocionará y podrá titular, hasta con 2 materias negativas. A consideración del equipo, se promociona con 3 negativas. En ambos casos con programa de refuerzo /recuperación
• La repetición irá acompañada por un plan específico personalizado.
• Se podrá repetir curso una sola vez y dos en la etapa. Excepcionalmente 2 veces en cuarto si no lo ha hecho anteriormente.Se prolongará en un año el límite de permanencia.
Promoción y Titulación
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• Alumnado de n.e.e. con ACI, permanecerá un año mas en la etapa si esto favorece la obtención del Título o se derivan beneficio
• En PDC, se promocionará y titula siempre que supere los ámbitos instrumentales y sólo tenga negativas 2 (3) materias o el ámbito práctico. Se podrá permanecer un año mas en el PDC.
• Alumnado de P.C.P.I titulan si superan los módulos establecidos en el Decreto 231
• Quien no titula recibe certificado de escolaridad
Promoción y Titulación (2)
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• Son documentos oficiales: Actas de evaluación - expediente académico - historial académico - informe personal. En todos se establecen modelos oficiales.
• Se realizan actas de período ordinario, de prueba extraordinaria y materias pendientes.
• El historial académico tiene valor acreditativo y se entrega al alumno (en impreso oficial) al finalizar la etapa.
• Obligatoriedad del tutor de cumplimentar informe personal del alumno.
• El traslado de documentos (historial académico e informe personal) siempre será a petición del centro de destino.
Documentos de Evaluación y traslado de documentación
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Alumnado que finaliza sin títulación básica:
• Dispone de 2 convocatorias anuales siguientes
• Sobre materias pendientes y siempre que estas no superen las cinco.
• A realizar en el último centro matriculado.
• Con 18 años o 16 en determinadas situaciones
• Solicitudes del 1al 20 de Abril y realización del 10 al 31 de Mayo, con publicación en tablón de calendario, criterios….
• Sesión de evaluación colegiada y con idénticas características a la ordinaria.
Convocatoria anual de pruebas para la obtención de Título
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Convocatoria anual de pruebas para la obtención de Título (2)
Se obtiene el título con superación de todas las materias y con pendientes en idénticas situaciones a la ordinaria
Las calificaciones se reflejan en acta, en expediente académico, y si son positivas en el historial académico.
La notificación se hará a través del tablón de anuncios del Centro.
Reclamaciones sobre resultados siguiendo el procedimiento ordinario establecido.
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Disposición adicional primera: Proceso de reclamación sobre
calificaciones
Sobre calificaciones finales, promoción y titulación. Con el procedimiento siguiente:
Alegaciones por escrito y en 2 días hábiles desde anuncio El Jefe de Estudios lo pone en marcha, recibe y comunica
a familia la decisión razonada Sobre calificación: sesión extraordinaria del Dpto. al día
siguiente. Análisis e informe. Sobre promoción o titulación: Se convoca sesión
extraordinaria del Equipo Docente en 2 días hábiles: análisis - decisión razonada y acta.
Si persiste desacuerdo: reclamación en 2 días hábiles. La Dirección del Centro eleva reclamación + informes y demás datos a Delegación en tres días hábiles.
La Comisión Técnica Provincial tanto en composición como en funciones se mantiene a lo anterior. Realiza informe con propuesta al Delegado/a
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Otras cuestiones
Cumplimentación electrónica de los documentos oficiales a través de Séneca
Adaptación de la orden a lo específico de los Centros privados.
Los libros de escolaridad tienen efectos de acreditación hasta 2006-2007 que se cerrarán mediante diligencia y se continúa en el historial académico reflejando serie y número del Libro.
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Disposiciones Finales:
Desarrollo y aplicación– Se autoriza a las DD.GG. a dictar las
instrucciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la Orden
Entrada en vigor– Al día siguiente al de su publicación en el
BOJA
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